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RELATOS DE INICIATIVAS DESTACABLES<br />

173<br />

Al igual que el análisis hecho por la SEC respecto del sistema de otorgamiento<br />

de licencias, esta Comisión concluyó que los procedimientos vigentes en dicha<br />

área, basados en títulos profesionales y/o exámenes teóricos, no aseguraban<br />

la competencia laboral de los postulantes.<br />

El método actual y las disposiciones legales excluyen a los instaladores con<br />

amplia experiencia. Ellos no tienen derecho a una licencia porque no poseen<br />

un título técnico o profesional. El sistema vigente es discriminatorio y no<br />

permite dar mayor dinamismo a un sector que puede ser demandante de<br />

mano de obra calificada y certificada. Lo anterior tiene especial significación<br />

para niveles que presentan altos índices de cesantía: los instaladores de gas y<br />

maestros eléctricos no pueden ser reconocidos por este sistema y se les coarta<br />

su integración o movilidad laboral.<br />

Frente a esta situación, la SEC optó por complementar el antiguo modelo<br />

de autorización (otorgamiento de licencias teóricas) con un esquema<br />

moderno basado en un Sistema de Competencias Laborales 2 . Implica<br />

el desarrollo conjunto de un sistema donde se establecen modelos y<br />

estándares de amplio reconocimiento y legitimidad y que servirán de base<br />

para la evaluación y certificación de competencias. Esta certificación de<br />

competencias es un requisito técnico fundamental para que la autoridad<br />

(SEC) otorgue licencias a aquellas personas que no cuentan con un título<br />

técnico o profesional habilitante.<br />

En el marco de esta nueva lógica se convocó a instituciones para la acreditación<br />

de entidades evaluadoras sobre la base de la construcción de instrumentos<br />

de evaluación; proceso realizado con la conducción metodológica de la<br />

Fundación Chile, en operación conjunta con la SEC y la Corporación de<br />

Capacitación de la Construcción (que actúa como representante de la<br />

Cámara Chilena de la Construcción) 3 .<br />

2. Cabe señalar que por encima de lo que pueda establecer un sistema de certificación<br />

de competencias, hay normas legales (por ejemplo, leyes de Colegios Profesionales) que<br />

establecen ámbitos de desempeño garantizados.<br />

3. Entre las entidades evaluadoras se cuentan las universidades Técnica Federico Santa María,<br />

Tecnológica Metropolitana, de Las Américas y de Concepción, y la Corporación Educacional<br />

de la Construcción.<br />

www.gestionpublica.gov.cl

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