Versión Final Bases Válvulas 903 - Pemex Gas y Petroquímica Básica
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Subdirección de Administración y Finanzas<br />
Unidad de Servicios Regionales Zona Sur<br />
Departamento de Recursos Materiales<br />
PGPB-IRI-10004094-13<br />
17.14. Subcontratación. NO APLICA<br />
17.15. Condiciones de Precios.<br />
Los precios establecidos serán fijos a partir de la fecha de formalización del contrato y hasta que se haya<br />
efectuado el pago por las obligaciones pactadas.<br />
17.16. Mecanismos de Solución de Diferencias y Controversias.<br />
La solución de diferencias y controversias que pudieran presentarse con motivo de la ejecución del<br />
contrato, se resolverán de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas denominadas “Ley Aplicable y<br />
Jurisdicción” y “Mecanismos de Prevención y Resolución de Controversias”, del Modelo de Contrato<br />
(Documento 11 de estas bases).<br />
17.17. Suspensión del Contrato.<br />
Con fundamento en el Artículo 74 de las DAC, <strong>Pemex</strong> <strong>Gas</strong> y <strong>Petroquímica</strong> <strong>Básica</strong> podrá suspender<br />
parcial o totalmente un contrato porque las necesidades del Proyecto Sustantivo o del propio contrato<br />
así lo requieran. El contrato establecerá los términos en los que se procederá como consecuencia de la<br />
suspensión y, en su caso, los pagos correspondientes.<br />
La suspensión del contrato se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Vigésima<br />
Primera.- “Suspensión”, del Modelo de Contrato (Documento 11 de estas bases).<br />
17.18. Terminación Anticipada del Contrato.<br />
La terminación anticipada del contrato se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en la Cláusula<br />
Décima Quinta.- “Terminación Anticipada”, del Modelo de Contrato (Documento 11 de estas bases).<br />
17.19. Cálculo, Acreditación y Declaración del Grado de Integración Nacional de los<br />
Bienes Suministrados y Aplicación del Margen de Preferencia en el Precio de los<br />
Bienes Nacionales, Respecto del Precio de los Bienes de Importación.<br />
En cumplimiento del Artículo 23 de las DAC, así como de las directrices emitidas por la Unidad de<br />
desarrollo de Proveedores, Contratistas y Contenido Nacional, mediante oficio DCO-SUDPCCN-145-2011,<br />
como parte de la Documentación Legal en la Propuesta se podrá incluir de manera opcional el Formato<br />
1 del Documento 07 de estas bases, para obtener el beneficio del Margen de Preferencia del 15%,<br />
siempre y cuando se oferten Bienes de Fabricación Nacional, que cuenten con un Grado de Integración<br />
Nacional de cuando menos sesenta y cinco por ciento (65%).<br />
Información opcional que debe incluirse en la Propuesta, solo cuando se solicite la aplicación del<br />
Margen de Preferencia:<br />
La convocante verificará que se haya incluido el escrito libre o Formato 1 del Documento 07, con la<br />
finalidad de que se aplique para efectos de la evaluación económica, de conformidad con el<br />
apartado 4 del Documento 07 de estas bases.<br />
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