Versión Final Bases Válvulas 903 - Pemex Gas y Petroquímica Básica
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Subdirección de Administración y Finanzas<br />
Unidad de Servicios Regionales Zona Sur<br />
Departamento de Recursos Materiales<br />
PGPB-IRI-10004094-13<br />
en este anexo.<br />
5.2. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito<br />
indicado en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria,<br />
para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien<br />
manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien<br />
suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada utilizando el Formato 3 incluido<br />
en este anexo.<br />
5.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los<br />
apartados 5.1 y 5.2, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas<br />
suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección de<br />
los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse<br />
las facturas de pago correspondientes.<br />
5.4. En el caso de los Bienes fabricados en el extranjero, en el escrito referido en el apartado<br />
5.1, el proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a<br />
cero, y no requerirá presentar el escrito del Fabricante del Bien que se indica en el<br />
apartado 5.2.<br />
5.5. El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los<br />
bienes, la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la<br />
veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los apartados 5.1 y 5.2 de este<br />
anexo, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para<br />
que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una<br />
inspección.<br />
6. Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional<br />
6.1. En caso de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales, PEMEX GAS Y<br />
PETROQUÍMICA BASICA verificará que el Grado de Integración Nacional indicado en la<br />
declaración a la que se refiere el apartado 5.1, sea igual o mayor al Grado de<br />
Integración Nacional ofertado, descrito en el apartado 3.1.<br />
6.2. Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea<br />
menor al ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 10% del<br />
valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas.<br />
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