Versión Final Bases Válvulas 903 - Pemex Gas y Petroquímica Básica
Versión Final Bases Válvulas 903 - Pemex Gas y Petroquímica Básica
Versión Final Bases Válvulas 903 - Pemex Gas y Petroquímica Básica
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Subdirección de Administración y Finanzas<br />
Unidad de Servicios Regionales Zona Sur<br />
Departamento de Recursos Materiales<br />
PGPB-IRI-10004094-13<br />
No se considera caso fortuito o fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia,<br />
impericia, provocación o culpa del proveedor, o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que<br />
de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se<br />
establecen en la cláusula correspondiente.<br />
La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.<br />
En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula<br />
denominada “Suspensión”.<br />
En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en<br />
la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.<br />
DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO<br />
14.1 Rescisión administrativa<br />
“PGPB” podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o<br />
arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:<br />
a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;<br />
b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su<br />
presentación;<br />
c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo<br />
justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la<br />
Ejecución del Contrato;<br />
d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura<br />
análoga;<br />
e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere<br />
acreditado para la adjudicación del contrato;<br />
f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria<br />
para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;<br />
g) Cuando sin autorización expresa de “PGPB” ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de<br />
cualquier forma;<br />
h) Cuando sin autorización expresa de “PGPB” ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del<br />
PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;<br />
i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada<br />
nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;<br />
j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada<br />
“Contenido Nacional”;<br />
k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;<br />
l) Si no da a “PGPB” o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección<br />
de los bienes;<br />
m) Si no entrega a “PGPB” el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el<br />
cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;<br />
n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de<br />
este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá<br />
como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de<br />
un mismo evento;<br />
o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales<br />
señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;<br />
p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas,<br />
ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u<br />
obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato<br />
o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este<br />
supuesto PGPB podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades<br />
competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante<br />
dicha determinación, PGPB valorará la decisión de rescindir;<br />
Página 72 de 102