VII Congreso Nacional de Estudios del Trabajo âNuevos ... - ASET
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2.4. El Programa <strong>de</strong> Propiedad Participada<br />
Tras la privatización <strong>de</strong> ENTel, en diciembre <strong>de</strong> 1992 se firmó el acuerdo <strong>de</strong> transferencia <strong>de</strong><br />
las acciones clase C —que constituían el 10% <strong>de</strong> las acciones <strong>de</strong> ambas empresas<br />
telefónicas— hacia los trabajadores en concepto <strong>de</strong>l Programa <strong>de</strong> Propiedad Participada<br />
(PPP). La iniciativa actuó como moneda <strong>de</strong> cambio para que los empleados aceptaran la<br />
privatización.<br />
Las acciones, aún siendo <strong>de</strong> propiedad individual, estaban sindicadas: tenían una<br />
representación colectiva en cada sociedad anónima. Por ello, los trabajadores <strong>de</strong>bían elegir en<br />
asamblea <strong>de</strong> accionistas (máxima autoridad <strong>de</strong>l PPP) a sus representantes. El gobierno<br />
nombró al frente <strong>de</strong>l comité organizador <strong>de</strong>l PPP al entonces jefe <strong>de</strong> FOEESITRA, el<br />
menemista Rogelio Rodríguez. El comité fijó un presupuesto <strong>de</strong>l 9% <strong>de</strong> las utilida<strong>de</strong>s.<br />
La Fe<strong>de</strong>ración nacional organizó la sindicación entre los empleados que dieron su adhesión<br />
rubricada. FOEESITRA y el Sindicato FOETRA Buenos Aires (que tenían conducción<br />
antimenemista) retuvieron po<strong>de</strong>res pero por separado. Doce mil trabajadores se presentaron<br />
ante la justicia reclamando su cuota-parte accionaria. En su mayoría se trató <strong>de</strong> <strong>de</strong>spedidos<br />
entre la privatización y la organización <strong>de</strong>l PPP.<br />
La obligación <strong>de</strong> “sindicar” las acciones <strong>de</strong>rivó en el manejo <strong>de</strong> las mismas por parte <strong>de</strong> los<br />
sindicatos, cuyos directivos embolsaron los divi<strong>de</strong>ndos. A los empleados telefónicos se les<br />
pagó $200 en dos oportunida<strong>de</strong>s a lo largo <strong>de</strong> seis años (Ortiz, 2001).<br />
Los Programas <strong>de</strong> Propiedad Participada se implementaron con ciertas particularida<strong>de</strong>s: a) los<br />
empleados adquirirían las acciones con el propio divi<strong>de</strong>ndo <strong>de</strong> estos títulos, es <strong>de</strong>cir, que se<br />
autopagaban; b) por el porcentaje accionario tenían <strong>de</strong>recho a nombrar un director ante las<br />
empresas privatizadas; y c) la adhesión <strong>de</strong>l trabajador al PPP <strong>de</strong>bía ser voluntaria. Sin duda,<br />
éstas —y fundamentalmente, la última condición— fueron un mecanismo que aseguró una<br />
parte importante <strong>de</strong>l apoyo <strong>de</strong> los trabajadores a la privatización.<br />
El manejo <strong>de</strong>l PPP también estuvo plagado <strong>de</strong> irregularida<strong>de</strong>s. El 13 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 1991,<br />
Cavallo <strong>de</strong>signó a Bunge asesor ad honorem, con nivel jerárquico equivalente a la máxima<br />
categoría <strong>de</strong>l escalafón, para que asesorara en la implementación <strong>de</strong>l PPP. Bunge había creado<br />
una consultora <strong>de</strong>dicada al tema, llamada PPP S.A., que fue contratada por los sindicalistas <strong>de</strong>