guia para el alumnado - Colegio Beata Filipina
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116 Cuaderno Informativo de Orientación Académica y Profesional | 2013<br />
6.2. Los planes de estudios universitarios<br />
La profunda reforma que supuso la nueva estructuración de las enseñanzas y títulos universitarios<br />
oficiales concebida por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica<br />
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, fue concretada y llevada a la práctica por medio d<strong>el</strong><br />
Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por <strong>el</strong> que se establece la ordenación de las enseñanzas<br />
universitarias oficiales.<br />
El Real Decreto 1393/2007, fue modificado por <strong>el</strong> Real Decreto 861/2010, de 2 de julio de 2010,<br />
viniendo a introducir los ajustes necesarios a fin de garantizar una mayor fluidez y eficacia en los<br />
criterios y procedimientos: se introducen nuevas posibilidades en materia de reconocimiento de créditos<br />
por parte de las universidades; se posibilita que las universidades completen <strong>el</strong> diseño de sus<br />
títulos de grado con la introducción de menciones o itinerarios alusivos a una concreta intensificación<br />
curricular; se extiende la habilitación <strong>para</strong> emitir <strong>el</strong> preceptivo informe de evaluación en <strong>el</strong> procedimiento<br />
de verificación, además de a la ANECA a otros órganos de evaluación de las comunidades<br />
autónomas y, finalmente, se revisan los procedimientos de verificación, modificación, seguimiento y<br />
renovación de la acreditación con <strong>el</strong> fin de dotar a los mismos de una mejor definición.<br />
Los Reales Decretos 1393/2007 y 861/2010 han posibilitado que sean las propias universidades<br />
las que creen y propongan, de acuerdo con las reglas establecidas, las enseñanzas y títulos que<br />
hayan de impartir incluyendo también la posibilidad de expedir títulos conjuntos con otras universidades<br />
españolas y extranjeras. Esta estructura se completa con la regulación d<strong>el</strong> doctorado, establecida<br />
por <strong>el</strong> Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.<br />
Finalmente <strong>el</strong> Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios<br />
oficiales, crea <strong>el</strong> Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales y determina los contenidos<br />
integradores d<strong>el</strong> mod<strong>el</strong>o de Suplemento inherentes al los títulos de Graduado, Máster Universitario<br />
y Doctor, que había regulado <strong>el</strong> Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por <strong>el</strong> que se establece <strong>el</strong><br />
procedimiento <strong>para</strong> la expedición por las universidades d<strong>el</strong> Suplemento Europeo al Título.<br />
6.2.1. Nueva estructura universitaria<br />
Las enseñanzas universitarias oficiales reguladas por <strong>el</strong> RD 1393/2007, de 29 de octubre, son las<br />
de Grado, Máster y Doctorado, que se miden en créditos europeos (ECTS). El número mínimo de<br />
horas, por crédito, será de 25, y <strong>el</strong> máximo, de 30. En estas horas se incluyen las correspondientes<br />
a las clases lectivas, teóricas o prácticas, las horas de estudio, las dedicadas a la realización de<br />
seminarios, trabajos, prácticas o proyectos, y las exigidas <strong>para</strong> la pre<strong>para</strong>ción y realización de los<br />
exámenes y pruebas de evaluación. Los planes de estudios son <strong>el</strong>aborados por las universidades y<br />
verificados según <strong>el</strong> procedimiento establecido.<br />
Detallamos a continuación la estructura.<br />
Enseñanzas de Grado<br />
Tienen como finalidad la obtención por parte d<strong>el</strong> estudiante de una formación general, en una o<br />
varias disciplinas, orientada a la pre<strong>para</strong>ción <strong>para</strong> <strong>el</strong> ejercicio de actividades de carácter profesional.<br />
La superación de las enseñanzas da derecho a la obtención d<strong>el</strong> título de Graduado.<br />
Estos planes tienen 240 créditos que albergan toda la formación teórica y práctica. Las enseñanzas<br />
concluyen con la <strong>el</strong>aboración y defensa de un trabajo de fin de Grado.<br />
Las materias que constituyen la propuesta de un título de graduado son: formación básica, obligatorias,<br />
optativas, prácticas externas (si se incluyen) y trabajo de fin de grado.<br />
Los planes de estudio constan de un mínimo de 60 créditos de formación básica, de los que al<br />
menos 36 están vinculados a las materias que se definen dentro de las distintas ramas de conocimiento<br />
en las que se adscriben los títulos universitarios, que se recogen a continuación:<br />
• Artes y Humanidades: Antropología, Arte, Ética, Expresión Artística, Filosofía, Geografía,<br />
Historia, Idioma Moderno, Lengua, Lengua Clásica, Lingüística, Literatura, Sociología.<br />
• Ciencias: Biología, Física, Geología, Matemáticas, Química.