formato contrato reca - Itaucard
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ecibidas o de los servicios prestados, producirán los mismos efectos que la<br />
legislación mexicana otorga a los documentos con firma autógrafa, y en consecuencia<br />
tendrán el mismo valor probatorio.<br />
TARJETAS UNISOLUCIONES podrá proporcionar a través de su Centro de Atención<br />
Telefónica los servicios que de forma enunciativa más no limitativa se mencionan a<br />
continuación o cualquier otro servicio que se llegue a implementar en un futuro: (A)<br />
solicitud y/o activación de la(s) tarjeta(s) de crédito; (B) consulta de saldos y<br />
operaciones realizadas; (C) inscripción para consultar saldos y operaciones sin la<br />
necesidad de recibir un estado de cuenta en papel; (D) realizar pagos de la(s)<br />
tarjeta(s) de crédito; y (E) actualización de datos personales. Asimismo, el CLIENTE<br />
podrá acudir a las sucursales de TARJETAS UNISOLUCIONES para obtener los<br />
servicios antes mencionados.<br />
En los casos en que así corresponda, una vez que el CLIENTE concluya<br />
exitosamente el proceso de solicitud y/o contratación de la(s) tarjeta(s) a través de los<br />
medios electrónicos que TARJETAS UNISOLUCIONES y/o el Socio Comercial de que<br />
se trate hubieran puesto a disposición suya para tales efectos, incluyendo la<br />
autorización para la consulta a la(s) sociedad(es) de información crediticia<br />
correspondiente(s), TARJETAS UNISOLUCIONES otorgará al CLIENTE: (i) un<br />
número de cuenta que identificará el crédito individual en cuenta corriente y en<br />
moneda nacional que le hubiera sido concedido, y (ii) medios de autenticación y/o<br />
identificación asociados a dicho crédito (tales como claves, dígitos verificadores y<br />
otros similares), a fin de que se encuentre en posibilidad de disponer del mismo para<br />
la adquisición de productos y/o servicios en tanto recibe el plástico correspondiente al<br />
medio de disposición de que se trate.<br />
La emisión de las tarjetas de plástico mencionadas en la cláusula Segunda podrá o no<br />
dejar sin efectos la posibilidad de disponer del antedicho crédito haciendo uso de los<br />
números y medios de autenticación o identificación que se refieren en el párrafo<br />
anterior.<br />
TARJETAS UNISOLUCIONES y el CLIENTE convienen que éste podrá realizar una o<br />
más de las antedichas acciones y celebrar ciertas operaciones a través de los<br />
equipos, medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, sistemas<br />
automatizados de procesamiento de datos y/o redes de telecomunicaciones que<br />
aquélla le informe oportunamente, sujeto al pago de las Comisiones que, en su caso,<br />
se determinen, y a los términos que resulten aplicables conforme a la naturaleza y<br />
funciones de los mismos, siempre y cuando el CLIENTE lo hubiera solicitado y<br />
hubiera suscrito los instrumentos correspondientes, en los casos en que ello proceda,<br />
así como realizado el alta de las cuentas o los medios de disposición necesarios para<br />
ello.<br />
Dichos medios, equipos o sistemas serán instrumentos para la creación, transmisión,<br />
modificación o extinción de derechos y obligaciones entre TARJETAS<br />
UNISOLUCIONES y el CLIENTE con motivo de la realización de las acciones y/o<br />
celebración de las operaciones de que se trate en términos de las disposiciones<br />
aplicables, por lo que las formas o medios de identificación que sean utilizados en<br />
sustitución de la firma autógrafa producirán los mismos efectos que las leyes otorgan<br />
a los documentos correlativos y, consecuentemente, tendrán el mismo valor y fuerza<br />
probatorios.<br />
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