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subcomeri - Normateca institucional

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REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITE DE MEJORA<br />

REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO (SUBCOMERI)<br />

EN ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />

DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS<br />

SUBSIDIARIOS<br />

Julio 2004


REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />

MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />

(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

Í N D I C E<br />

Página<br />

ANTECEDENTES 3<br />

1 MARCO JURÍDICO 3<br />

2 OBJETIVO DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO 5<br />

3 ÁMBITO DE APLICACIÓN 5<br />

4 FUNCIONES DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO 5<br />

5 INTEGRACIÓN<br />

5.1 DE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES<br />

A) DEL PRESIDENTE<br />

B) DEL SECRETARIO<br />

C) DE LOS VOCALES<br />

6<br />

6<br />

7<br />

8<br />

6 DE LA OPERACIÓN<br />

6.1 DE LA CELEBRACIÓN DE LAS REUNIONES DE TRABAJO<br />

8<br />

9<br />

7 DEL PROCEDIMIENTO DE ANÁLISIS 10<br />

8 DE LA DISOLUCIÓN 11<br />

TRANSITORIOS 11


REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />

MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />

(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

ANTECEDENTES<br />

Con la constitución y formalización del Comité de Mejora Regulatoria de Petróleos Mexicanos<br />

y Organismos Subsidiarios (en adelante COMERI) y con el propósito de buscar una mayor<br />

agilidad, transparencia y funcionalidad en las labores encomendadas a este cuerpo<br />

colegiado, se acordó por el pleno del COMERI, la integración del Subcomité de Mejora<br />

Regulatoria Interna Especializado en Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Petróleos<br />

Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante Subcomeri), acordando de manera<br />

adicional que el patrocinio en la funcionalidad del mismo debería recaer en la Dirección<br />

Corporativa con mayor incidencia en el proceso de suministro.<br />

Con el Acuerdo CA-249/2003 del H. Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, de<br />

fecha del 28 de mayo del 2003, por el cual se le confiere a la Dirección Corporativa de<br />

Competitividad e Innovación, DCCI, ejercer la conducción central y la dirección estratégica<br />

del suministro en Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Filiales, corresponde<br />

a la DCCI encabezar a nivel de tutoría los trabajos y demás iniciativas del Subcomeri que se<br />

constituye.<br />

Considerando lo anterior, el día 12 de mayo de 2004, el Consejo de Administración de<br />

Petróleos Mexicanos, en su sesión ordinaria 752, mediante Acuerdo CA-052/2004, autorizó<br />

la primera etapa de modificación a la estructura básica de Petróleos Mexicanos (PEMEX),<br />

disolviendo la Dirección Corporativa de Competitividad e Innovación, reasignando sus<br />

funciones a la Dirección General, a la Dirección Corporativa de Administración y a la<br />

Dirección Corporativa de Finanzas, siendo en este caso reasignada la conducción de este<br />

órgano colegiado a la Dirección Corporativa de Administración.<br />

1. MARCO JURÍDICO<br />

• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su<br />

Reglamento.<br />

• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.<br />

• Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.<br />

• Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y Reglamento de la<br />

Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos.<br />

• Ley de Planeación.<br />

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REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />

MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />

(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

• Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento.<br />

• Tratados de Libre Comercio dentro de los que México ha suscrito un capítulo de<br />

compras del sector público.<br />

• Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la<br />

Administración Pública Federal.<br />

• Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la Aplicación del Margen de<br />

Preferencia en el Precio de los Bienes de Origen Nacional, respecto de los<br />

importados, tratándose de procedimientos de contratación de carácter internacional,<br />

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000.<br />

• Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones<br />

públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio, publicado<br />

en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2003.<br />

• Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del<br />

grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de<br />

carácter nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de<br />

2000.<br />

• Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación de las reservas<br />

contenidas en los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre<br />

comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de<br />

la Federación el 28 de febrero de 2003.<br />

• Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal que<br />

corresponda.<br />

• Términos Generales del Comercio Internacional (INCOTERMS) 1990.<br />

• Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de<br />

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos<br />

Subsidiarios y Empresas Filiales.<br />

• Bases Generales para la constitución, integración, funcionamiento y disolución de<br />

Comités y Comisiones Asesoras en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

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REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />

MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />

(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

2. OBJETIVO DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO.<br />

Analizar, revisar y en su caso, integrar, actualizar y depurar los proyectos de normatividad<br />

interna o disposiciones administrativas en materia de adquisiciones, arrendamientos y<br />

servicios, a efecto de que en la industria petrolera estatal se simplifiquen los trámites y<br />

procedimientos internos y se cuente con un marco normativo moderno que atienda a las<br />

necesidades de suministro específicas de la misma.<br />

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN.<br />

Las presentes Reglas de Operación son de aplicación general y observancia obligatoria para<br />

los integrantes del Subcomité de Mejora Regulatoria Interna Especializado en Adquisiciones,<br />

Arrendamientos y Servicios de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

4. FUNCIONES DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO.<br />

I. Elaborar y presentar a consideración del COMERI el plan y programa de trabajo, así<br />

como informar mensualmente los resultados obtenidos.<br />

II. Analizar la normativa vinculada al proceso de adquisiciones, arrendamientos y servicios<br />

con el fin de determinar los trámites, requisitos, procedimientos y criterios que requieren<br />

ser reevaluados, aplicando los criterios de evaluación y simplificación de la normativa<br />

que expida el COMERI.<br />

III. Proponer al COMERI las modificaciones que se requieran a la normativa del proceso,<br />

para asegurar su congruencia, integridad e integración en las operaciones que se<br />

realizan.<br />

IV. Disponer la comunicación necesaria con los comités de adquisiciones, arrendamientos y<br />

servicios de la Industria Petrolera Estatal, Comisión Consultiva Mixta de Abastecimiento,<br />

Proyecto de Rediseño del Proceso de Suministros y grupos de trabajo cuyas funciones<br />

tengan vinculación con las del Subcomeri.<br />

V. Las demás que el COMERI acuerde que se lleven a cabo.<br />

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REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />

MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />

(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

5. INTEGRACIÓN.<br />

El Subcomeri se integrará de la siguiente manera:<br />

• Presidente Designado por el Director Corporativo de Administración.<br />

• Secretario Designado por el Presidente del Subcomeri Especializado.<br />

• Vocales Servidores públicos especialistas, expertos, encargados o<br />

vinculados en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />

Servicios nombrados por:<br />

Dirección Corporativa de Finanzas.<br />

Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex<br />

Exploración y Producción.<br />

Subdirección de Finanzas y Administración de Pemex Refinación.<br />

Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex Gas y<br />

Petroquímica Básica.<br />

Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex<br />

Petroquímica.<br />

5.1. DE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES.<br />

A) DEL PRESIDENTE<br />

El Presidente tendrá las siguientes funciones:<br />

I. Presidir, conducir y coordinar las reuniones de trabajo del Subcomeri.<br />

II. Proponer ante el pleno las propuestas de órdenes del día y la celebración de las<br />

reuniones de trabajo.<br />

III. Actuar como moderador en el desarrollo de las reuniones de trabajo y determinar<br />

como suficientemente discutidos los temas tratados.<br />

IV. Firmar las minutas de las sesiones de trabajo.<br />

V. Presentar ante el COMERI los trabajos desarrollados y los resultados alcanzados.<br />

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REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />

MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />

(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

VI. Representar al Subcomeri ante los comités de adquisiciones, arrendamientos y<br />

servicios de la Industria Petrolera Estatal, Comisión Consultiva Mixta de<br />

Abastecimientos, Proyecto de Rediseño del Proceso de Suministros y grupos de<br />

trabajo vinculados con el proceso, con el fin de que los aspectos normativos sean<br />

considerados en los demás Cuerpos Colegiados.<br />

VII. Nombrar, previa autorización por escrito por parte del Titular de la Dirección<br />

Corporativa de Administración, al Presidente Suplente.<br />

VIII. Nombrar al Secretario del Subcomeri.<br />

B) DEL SECRETARIO<br />

El Secretario tendrá las siguientes funciones:<br />

I. Preparar el orden del día de las reuniones de trabajo y convocar a los vocales del<br />

Subcomeri, con cinco días hábiles de anticipación, remitiendo la convocatoria y orden<br />

del día.<br />

II. Coordinar la obtención de los medios necesarios para el desarrollo de las reuniones de<br />

trabajo que celebre. al Subcomeri<br />

III. Elaborar la minuta de la reunión de trabajo, en la que se deberán señalar con precisión<br />

los acuerdos adoptados, los compromisos contraídos, los responsables de su ejecución<br />

y las fechas compromiso para su cumplimiento.<br />

IV. Verificar el quórum para sesionar de los integrantes en las reuniones de trabajo del<br />

Subcomeri, mediante la firma de los mismos en la lista de asistencia y recabar las firmas<br />

de conformidad de los vocales asistentes una vez aprobada la minuta por el Subcomeri.<br />

V. Enviar a los vocales del Subcomeri copia de la minuta a más tardar cinco días hábiles<br />

después de celebrada la reunión.<br />

VI. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Subcomeri, llevar su registro, así<br />

como el archivo del mismo.<br />

VII. Someter a la consideración del Subcomeri los asuntos que soliciten los integrantes,<br />

siempre que los remitan por escrito con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de<br />

celebración de la reunión de trabajo y se respalden con la documentación necesaria y<br />

suficiente para su inclusión en el orden del día.<br />

VIII. Difundir por medio magnético o electrónico las disposiciones normativas que serán<br />

objeto de estudio por parte del Subcomeri de conformidad con el Programa de Trabajo<br />

aprobado por el COMERI.<br />

IX. Recopilar los comentarios, opiniones y sugerencias de los integrantes del Subcomeri<br />

realizadas a los proyectos de normatividad, para su debida discusión y, en su caso,<br />

incorporación al proyecto normativo.<br />

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REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />

MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />

(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

X. Controlar el inventario de normas del proceso, así como de los trámites, procedimientos,<br />

requisitos y criterios que se deriven del mismo.<br />

XI. Elaborar, difundir y mantener actualizado el directorio de los integrantes del Subcomeri.<br />

XII. Proponer, previa autorización del Presidente del Subcomeri, al Secretario suplente.<br />

XIII. Desarrollar aquellas otras funciones que le sean encomendadas por el Presidente del<br />

Subcomeri.<br />

C) DE LOS VOCALES<br />

Los Vocales, tendrán las siguientes funciones:<br />

I. Representar al Organismo Subsidiario o Dirección Corporativa correspondiente,<br />

manifestando sus puntos de vista respecto a los asuntos planteados y proponer<br />

soluciones.<br />

II. Asistir a las reuniones de trabajo que se celebren.<br />

III. Emitir su opinión para la adopción de acuerdos y resoluciones que se sometan a<br />

consideración del Subcomeri.<br />

IV. Proponer al Secretario, por escrito, con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de<br />

celebración de las reuniones de trabajo, los temas o asuntos que estimen deban<br />

incluirse en el orden del día, acompañando, en su caso, la información y documentación<br />

necesaria.<br />

V. Firmar las minutas de las reuniones de trabajo y la lista de asistencia.<br />

VI. Aportar la información necesaria para el logro del objetivo del Subcomeri.<br />

VII. Realizar las actividades necesarias para el cumplimiento y seguimiento de los acuerdos<br />

establecidos.<br />

VIII. Adoptar los lineamientos y criterios generales que el COMERI establezca para efectos<br />

de la desregulación y simplificación normativa.<br />

IX. Cumplir con los trabajos que se les requieran en el Subcomeri.<br />

X. Aquéllas que les sean encomendadas por el Presidente o el pleno del Subcomeri.<br />

6. DE LA OPERACIÓN.<br />

I. El Subcomité desarrollará sus actividades de conformidad con el Programa de Trabajo<br />

que apruebe el COMERI.<br />

II. Para los efectos anteriores se programarán sesiones ordinarias con periodicidad mensual<br />

siempre y cuando existan asuntos que tratar.<br />

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(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

III. Cuando se estime necesario se podrán realizar sesiones extraordinarias.<br />

IV. Las sesiones podrán llevarse a cabo cuando exista la mitad más uno de los miembros<br />

propietarios o suplentes del Subcomeri.<br />

V. Para efectos de constituir el quórum de la sesión se podrá considerar la asistencia de los<br />

vocales del Subcomeri, por medios remotos de comunicación, debiendo observarse los<br />

siguientes puntos:<br />

• Las áreas foráneas, del Centro Administrativo de Petróleos Mexicanos, participantes<br />

deberán contar con sala de videoconferencia disponible para la fecha y horario<br />

establecido en la convocatoria.<br />

• Las áreas participantes deberán contar con un equipo de cómputo con sistema de<br />

comunicación electrónica, Net Meeting, que posibilite la presentación en las áreas<br />

remotas de los documentos o ponencias generadas en el lugar de origen.<br />

• La lista de asistencia, minuta y demás documentación que requiera de ser rubricada,<br />

será firmada de manera simultánea por cada uno de los participantes, en el lugar<br />

donde se asista a la sesión que corresponda.<br />

• Una vez concluido el evento, el vocal del área foránea, remitirá los documentos<br />

originales debidamente firmados a la Secretaria del Subcomeri para su control y<br />

custodia.<br />

VI. Las convocatorias deberán contener la siguiente información:<br />

• Fecha, hora y lugar de las sesiones de trabajo.<br />

• Orden del Día.<br />

6.1. DE LA CELEBRACIÓN DE LAS REUNIONES DE TRABAJO.<br />

I. Serán convocadas por el Secretario y conducidas por el Presidente del Subcomeri, con<br />

la asistencia de los vocales propietarios o suplentes.<br />

II. Los temas a tratar serán los contenidos en el orden del día.<br />

III. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos, lo cual se asentará en la minuta<br />

respectiva, indicado en lo particular el sentido del comentario de cada una de las áreas<br />

representadas.<br />

IV. Después de cada sesión del Subcomeri, el Secretario en un plazo que no exceda de<br />

cinco días hábiles, elaborará una minuta en donde quede constancia de los acuerdos y<br />

los compromisos adoptados, la cual deberá ser suscrita por los asistentes.<br />

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(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />

ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

7. DEL PROCEDIMIENTO DE ANÁLISIS.<br />

Para llevar a cabo el registro de los asuntos normativos que se sometan a la consideración<br />

del Subcomeri se seguirá el siguiente procedimiento:<br />

A) DE FORMA<br />

Con el fin de que la normativa que se expida cuente con los mejores elementos disponibles,<br />

el análisis que lleven a cabo los especialistas del Subcomeri sobre el proceso, se orientará a<br />

verificar que:<br />

I. Las disposiciones y el articulado contenidas sean congruentes y compatibles con los<br />

procesos internos propuestos, así como con las disposiciones generales.<br />

II. La redacción sea clara y sin ambigüedades para facilitar su interpretación.<br />

III. El documento sea acorde con las definiciones y estructura de la normatividad interna<br />

enunciada en los “Lineamientos para la Elaboración de Normatividad Interna de<br />

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios".<br />

B. DE FONDO<br />

Con el fin de analizar los aspectos de fondo de la normativa propuesta, se orientará a evaluar<br />

que:<br />

I. El impacto de la normativa propuesta sea positivo para la Institución.<br />

II. Los requisitos impuestos para los trámites que se deriven de la normativa promuevan la<br />

transparencia y el combate a la corrupción, así como la equidad de condiciones.<br />

III. Se minimicen, eliminen o regulen con claridad los aspectos discrecionales que conlleven<br />

los mecanismos de toma de decisiones.<br />

IV. Los procesos y procedimientos que se busque implantar se orienten hacia su<br />

automatización con la incorporación de los criterios en los programas que se desarrollen<br />

para tal efecto.<br />

V. Los mecanismos de interpretación de la normativa estén bien delimitados.<br />

VI. Se privilegie la administración por procesos.<br />

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MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />

VII. Se eficienticen los procesos y se promueva la integración de Pemex y Organismos<br />

Subsidiarios, con el fin de eliminar redundancias y agregar valor en su implantación.<br />

VIII. Se especifiquen correctamente los trámites, requisitos, criterios y fundamento de cada<br />

documento normativo.<br />

8. DE LA DISOLUCIÓN.<br />

Para la disolución del Subcomeri, se deberá contar con la autorización del COMERI y<br />

siempre y cuando, a juicio de éste, se haya cumplido con el objeto de su creación, debiendo<br />

atender, adicionalmente con lo dispuesto en la base décima octava de las Bases Generales<br />

para la Constitución, Integración, Funcionamiento y Disolución de Comités y Comisiones<br />

Asesoras en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />

TRANSITORIOS<br />

PRIMERO.- Estas reglas de operación entrarán en vigor el día de su aprobación por los<br />

vocales del COMERI, en la sesión que para el efecto se celebre.<br />

SEGUNDO.- Los casos no previstos en estas reglas deben ser discutidos por los miembros<br />

del COMERI.<br />

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