REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates
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Registro Oficial Nº 259 -- Miércoles 18 de Agosto del 2010 -- 7<br />
Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 4 de agosto<br />
del 2010.<br />
f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la<br />
Administración Pública.<br />
N° 131- 2010<br />
Erika Sylva Charvet<br />
MINISTRA DE CULTURA<br />
Considerando:<br />
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la<br />
República del Ecuador, establece: “A las ministras y<br />
ministros de Estado, además de las atribuciones<br />
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la<br />
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y<br />
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que<br />
requiera su gestión”;<br />
Que el literal i) del artículo 29 de la LOSCCA, dispone:<br />
“Todo servidor público tendrá derecho a gozar de licencia<br />
con remuneración:... i) Para efectuar estudios regulares<br />
de postgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas<br />
de observación en el exterior o en el país, que interese a la<br />
Administración Pública, mediante comisión de servicios<br />
hasta por dos años, previo dictamen favorable de la<br />
unidad de administración de recursos humanos, siempre<br />
que el servidor hubiere cumplido un año de servicio en la<br />
institución donde trabaja.”;<br />
Que el artículo 48 del Reglamento de la LOSCCA,<br />
dispone: “Cuando una autoridad o servidor se desplace a<br />
cumplir tareas oficiales en reuniones, conferencias, o<br />
visitas de observación, dentro o fuera del país se le<br />
concederá licencia con remuneración, mediante comisión<br />
de servicios, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de<br />
movilización y transporte por el tiempo que dure dicha<br />
licencia desde la fecha de salida hasta el retorno. Para<br />
estos casos, no será necesario haber cumplido un año de<br />
servicio en la Institución.”;<br />
Que el artículo 17 del Reglamento para el pago de viáticos<br />
en el exterior para las servidoras y servidores de las<br />
instituciones del Estado, expedido mediante Resolución N°<br />
SENRES-2009-182 de 12 de agosto del 2009, dispone:<br />
“Las autorizaciones de viaje de licencia para el<br />
cumplimiento de servicios institucionales en el exterior de<br />
las servidoras o servidores que laboren en entidades de la<br />
función ejecutiva y de las entidades adscritas se las<br />
realizará a través del correspondiente acuerdo o<br />
resolución, según el caso, previa autorización de la<br />
Secretaría General de la Administración Pública a través<br />
del sistema informático para viajes al exterior de la<br />
Presidencia...”;<br />
Que mediante comunicado de 22 de junio del 2010, el<br />
Director General de Promoción Cultural del Ministerio de<br />
Relaciones Exteriores, da a conocer el aviso mediante el<br />
cual las Coordinadoras de la Secretaria de Relaciones<br />
Internacionales del Frente Farabundo Martí para la<br />
Libertación Nacional -FMLN- de la República del<br />
Salvador, hacen extensiva la invitación al Seminario -<br />
Taller Internacional “Cultura, Poder y emancipación de los<br />
pueblos” previo al XVI Foro de Sao Paulo, que se llevará<br />
acabo en San Salvador - Salvador del 30 de junio al 4 de<br />
julio;<br />
Que mediante memorando 098-MC-2010 de 28 de junio<br />
del 2010, la Ministra de Cultura, solicita al Director<br />
Administrativo y al Director de Recursos Humanos, se<br />
realice los trámites legales pertinentes para la comisión de<br />
servicios de la licenciada Beatriz Jarrín, Directora<br />
Provincial de Pichincha, del 30 de junio al 4 de julio del<br />
2010 con el fin de asistir en representación de esta Cartera<br />
de Estado al Seminario - Taller Internacional “Cultura,<br />
Poder y emancipación de los pueblos” previo al XVI Foro<br />
de Sao Paulo, en la ciudad de San Salvador - El Salvador;<br />
Que mediante dictamen N° MC-DRRHH-019-2010 de 29<br />
de junio del 2010, la Dirección de Recursos Humanos<br />
emite dictamen favorable para la declaración en comisión<br />
de servicios en el exterior, licencia con remuneración por<br />
servicios institucionales, entre el 1 y 5 de julio del 2010, a<br />
favor de la licenciada Lilián Beatriz Jarrín Jarrín, Directora<br />
Provincial de Pichincha, para que asista en misión y<br />
representación del Ministerio de Cultura al Seminario -<br />
Taller Internacional “Cultura, Poder y emancipación de los<br />
pueblos” previo al XVI Foro de Sao Paulo, en la ciudad de<br />
San Salvador - El Salvador,<br />
Que con fecha 30 de junio del 2010 el Subsecretario<br />
Nacional de la Administración Pública, autoriza la<br />
solicitud de viaje al exterior N° 5572 a favor de la<br />
licenciada Lilián Beatriz Jarrín Jarrín, Directora Provincial<br />
de Pichincha, a fin de asistir al Seminario - Taller<br />
Internacional “Cultura, Poder y emancipación de los<br />
pueblos” previo al XVI Foro de Sao Paulo, en la ciudad de<br />
San Salvador - El Salvador; y,<br />
Por disposición de la ley y en uso de sus atribuciones,<br />
Acuerda:<br />
Art. 1.- Declarar en comisión de servicios en el exterior,<br />
licencia con remuneración por servicios institucionales,<br />
entre los días 1 y 5 de julio del 2010, a la licenciada Lilián<br />
Beatriz Jarrín Jarrín, Directora Provincial de Pichincha, a<br />
fin de asistir al Seminario - Taller Internacional “Cultura,<br />
Poder y emancipación de los pueblos” previo al XVI Foro<br />
de Sao Paulo, en la ciudad de San Salvador - El Salvador.<br />
Art. 2.- Los gastos de traslado interno, alimentación<br />
desayuno, almuerzo y estadía serán cubiertos por la<br />
organización anfitriona. El Ministerio de Cultura, con<br />
recursos de su presupuesto institucional financiará el costo<br />
de los boletos aéreos.<br />
Art. 3.- Encárguese a la Dirección de Recursos Humanos,<br />
Dirección de Gestión Administrativa y Dirección de<br />
Gestión Financiera, y a la licenciada Lilián Beatriz Jarrín<br />
Jarrín, Directora Provincial de Pichincha, la debida<br />
ejecución del presente acuerdo ministerial.<br />
Art. 4.- El presente instrumento legal entrará en vigencia<br />
desde el momento de su suscripción, sin perjuicio de su<br />
publicación en el Registro Oficial.<br />
Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito,<br />
Distrito Metropolitano, a 2 de julio del 2010.<br />
f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.