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NAVIDAD Y AñO NUEVO: CELEBRACIÓN DE ... - LatinoStreet.Net

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ASESORÍA<br />

Necesito un abogado. Como debo<br />

contratar uno y asegurarme<br />

que cumpla con el contrato?<br />

Por el Abogado Gerardo Mejía<br />

Primero recuerde que su status<br />

migratorio es irrelevante en una<br />

acción o queja ante un tribunal.<br />

La policía , los tribunales y<br />

las dependencias gubernamentales<br />

no deben preguntarle su situación<br />

migratoria al hacer una queja.<br />

Segundo, asegurese que el abogado<br />

tenga una licencia valida en<br />

el estado en donde esta ubicado el<br />

tribunal. En Estados Unidos, un<br />

abogado debe tener una licencia<br />

de abogado en cada estado. No<br />

es suficiente ser graduado de una<br />

escuela de leyes. Desafortunadamente,<br />

existen muchas compañías<br />

e individuos que prometen<br />

servicios legales no autorizados<br />

y fraudulentos a nuestras comunidades.<br />

Estas entidades brindan<br />

asesoría legal a inmigrantes sin<br />

ser abogados con licencia o tener<br />

la apropiada acreditación.<br />

Tercero, tenga paciencia y dedique<br />

el tiempo necesario para entrevistar<br />

a various abogados antes de escoger<br />

a uno. Las consecuencias de<br />

una mala asesoría legal pueden ser<br />

absolutamente devastadoras. Para<br />

protegerse les sugiero estos tres<br />

pasos simples:<br />

1.- Solicite un contrato escrito<br />

de su abogado, este documento es<br />

llamado un “acuerdo de representación.”<br />

Este documento debe indicar<br />

a que se compromete el abogado<br />

a cambio de su dinero.<br />

2.- Siempre debe documentar<br />

toda comunicación con su abogado.<br />

3.- Pídale a su abogado que le<br />

haga copias de todos los documentos<br />

que el abogado ha sometiendo<br />

a la corte.<br />

Finalmente, si usted no esta contento<br />

con su abogado, usted puede<br />

realizar una queja. En Nueva<br />

Jersey llame al 800-406-8594 y<br />

en Nueva York llame al 212-401-<br />

0800. Si usted ha sido victima de<br />

fraude de inmigración en Nueva<br />

York llame al 212-416-6149; en<br />

Nueva Jersey llame al (973) 504-<br />

6200; en Connecticut llame al<br />

(860) 808-5400; y en los demas<br />

estados llame al (202) 514-7023.<br />

Para más información llame hoy<br />

al 212-924-9244 para que el Dr.<br />

Gerardo Mejía le explique como<br />

usted puede proteger sus derechos.<br />

Visitenos por el internet al www.<br />

mejia-law.com<br />

315 MADISON AVENUE • SUITE 901 • NEW YORK, NY 10017<br />

telephone: 212.924.9244 • facsimile: 888.864.8580<br />

744 BROAD STREET • 16TH FLOOR • NEWARK, NJ 07102<br />

telephone: 973.757.9880 • facsimile: 888.864.8580<br />

LES <strong>DE</strong>SEA A TODOS<br />

UNA FELIZ <strong>NAVIDAD</strong><br />

Y UN PROSPERO AÑO <strong>NUEVO</strong><br />

DICIEMBRE 23-ENERO 7, 2011<br />

LATINO STREET<br />

Consejos de última hora para<br />

Impuestos Empresarial del 2010<br />

Reduzca sus Impuestos de Negocios<br />

para el año 2010 siguiendo los<br />

siguientes consejos<br />

Es hora de empezar a pensar sobre<br />

sus impuestos de su pequeño negocio.<br />

Hay pasos que usted puede<br />

tomar ahora mismo, antes de 31 de<br />

Diciembre para reducir su factura<br />

de impuestos para el año 2010. Si<br />

usted espera obtener un beneficio<br />

en 2010, este artículo es para usted.<br />

Si usted espera tener una pérdida<br />

en el año 2010, este artículo sigue<br />

siendo para usted ya que le ayudará<br />

a reducir su deuda tributaria en<br />

2011, cuando las cosas van a ser<br />

mejor. Vamos a ver.<br />

1. Seccion 179 Deducción por<br />

depreciación<br />

Si usted necesita cualquier equipo<br />

de negocios, equipos informáticos<br />

o software, maquinaria, vehículos<br />

o mobiliario de oficina, ahora es el<br />

momento de comprarlos. Hay una<br />

deducción de 500,000 dólares en<br />

la sección de 179 disponible para<br />

2010. Eso significa que usted puede<br />

cancelar el costo total de los<br />

elementos, hasta $500.000, si se<br />

pone alguno de estos elementos en<br />

uso durante el año calendario 2010.<br />

Sólo puede hacer esto si su negocio<br />

es rentable durante el año 2010.<br />

Publicación 946 del IRS explica<br />

las normas y reglamentos de la<br />

depreciación y las deducciones en<br />

Sección 179. Hay dos maneras de<br />

deducir el costo del equipo para su<br />

negocio. Puede utilizar la Sección<br />

179 la deducción y la prisa y comprar<br />

lo que necesita antes de finales<br />

de 2010. Esto contribuirá en gran<br />

medida si su negocio es rentable en<br />

2010. Si sus ingresos están por abajo,<br />

usted puede desear considerar<br />

como gasto el costo de los bienes de<br />

capital durante un período de años.<br />

Para el 2010 solamente, se puede<br />

deducir la mitad del costo de un activo<br />

ahora, incluso si su negocio no<br />

es rentable lo que elevará su pérdida<br />

neta de operación. Usted puede,<br />

19<br />

entonces, deducir el resto del costo<br />

de los activos que usted compra en<br />

un período de años cuando las tasas<br />

de impuesto puedan ser más favorables.<br />

2. Comprar un vehículo<br />

para su Negocio<br />

Si usted compra un vehículo de<br />

negocios antes de finales de 2010,<br />

usted puede escribir de 11,060<br />

dólares, que es mucho más que se<br />

permitirá en el 2011. Para los nuevos<br />

SUV’s, la deducción es aún<br />

mayor, de $25.000. Parte del costo<br />

es elegible para la bonificación de<br />

depreciación.<br />

3. Contribuciones Caritativas<br />

Si su empresa detalla sus deducciones,<br />

y la mayoría hacen lo que<br />

tienen que recurren al rociamiento<br />

de la Lista C, posibilidad de hacer<br />

contribuciones de caridad antes de<br />

que finalice el año se le dará una deducción<br />

de impuestos de valor.<br />

Las reglas sobre cómo hacer una<br />

contribución caritativa de un vehículo<br />

son difíciles y complicadas. La<br />

organización tiene que calificar y<br />

por lo general tiene que ser una organización<br />

501 (c) (3), que suele ser<br />

una organización religiosa, educativa<br />

o de beneficencia. Usted tiene<br />

que detallar sus deducciones en el<br />

Anexo A del IRS con el fin de calificar<br />

para una deducción. La deducción<br />

no puede exceder el 50% de su<br />

ingreso bruto ajustado.<br />

Incluso se pueden donar los vehículos<br />

usados que ya no están en<br />

servicio para su negocio. Las reglas<br />

incluyen el hecho de que usted puede<br />

deducir sólo el valor justo de<br />

mercado del vehículo, por lo general<br />

acompañado de una evaluación<br />

escrita y un reconocimiento por escrito<br />

de la caridad.<br />

Las empresas pueden donar muchos<br />

otros artículos. Si su negocio es un<br />

negocio propio, usted puede donar<br />

objetos personales y poner las<br />

donaciones y los valores en el Anexo<br />

A. Si usted es dueño de todas<br />

las acciones que han logrado ganancias<br />

durante el año 2010, usted<br />

puede donar acciones para el valor<br />

total en el mercado, que permite a<br />

evitar cualquier impuesto sobre la<br />

plusvalía en su declaración de impuestos<br />

2010. Todos los donativos<br />

deben realizarse antes de finales<br />

de 2010. Si su negocio no obtiene<br />

beneficios este año, trate de ahorrar<br />

las contribuciones que pueden tener<br />

hasta 2011.<br />

CONTINÚA PRÓXIMA EDICIÓN

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