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4. ambiente - CONELEC

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Adicionalmente a lo dispuesto en la Constitución con respecto al tema de ParticipaciónSocial, está vigente la Ley de Gestión Ambiental, publicada en el Registro Ocial No. 245,de 30 de Julio de 1999, y su Codicación publicada en el Registro Ocial No. 418, que ensus Artículos 28 y 29 establece que toda persona natural o jurídica tiene derecho a: “…participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezcael Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas,propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado...” y a “…ser informada oportuna y sucientemente sobre cualquier actividad de las instituciones delEstado que, conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales…”Como se mencionó en el punto <strong>4.</strong>2, está vigente el Reglamento de Aplicación de losMecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, DecretoEjecutivo No. 1040, publicado en el Registro Ocial No. 332 de 8 de mayo del 2008 y elInstructivo al mismo, según Acuerdo Ministerial No. 112, publicado en el Registro Ocial No.428 de 18 de septiembre del 2008.Como se observa, la temática social se ha fortalecido, pasando de una situación carentede una base legal, hasta una legislación importante. Este efecto está asociado, entre otrasrazones, a la idea de que los proyectos se incorporen a la vida comunitaria, para asegurarla sustentabilidad social a largo plazo.CAPÍTULO 4Para lograr este objetivo la gura de la participación social permite al gobierno, representadoen sus diferentes instituciones, y a la sociedad civil iniciar un diálogo, establecer alianzas,compartir información e interactuar para diseñar, ejecutar y evaluar políticas, proyectos yprogramas de desarrollo conjunto.Frente a esta realidad, el PND 2007-2010 establece la Política <strong>4.</strong>9, que consiste en mejorarla gestión del Estado en áreas de alta conictividad socio-ambiental, a través de los procesosde seguimiento y auditoría de las actividades extractivas, el impulso del diálogo y controlsocial y la implementación de políticas y planes locales para pueblos y comunidades.En este sentido, los nuevos proyectos se han de llevar a cabo bajo claros esquemas derespeto a la biodiversidad y buscando reducir al mínimo los impactos sobre el <strong>ambiente</strong>. Asímismo, todo proyecto energético ha de implicar un respeto a las comunidades y un impulsoa obras que propicien el bienestar de esos pobladores locales.Adicionalmente, para que la participación social se despliegue como una herramienta efectivade proximidad entre el Gobierno y la Sociedad Civil, se deben crear vínculos solidarios entrelos actores por medio de espacios de acción claros, mismos que no invaliden las opinionespara adquirir imparcialidad de criterios y llegar a acuerdos desde las fases iniciales decualquier proyecto, ya que por esta vía es factible la identicación de elementos claves comolas condiciones de organización de la comunidad, las actividades vinculadas a costumbresy tradiciones, la forma de ocupación de suelo y manejo de territorio, en vista de que estosson los intereses y preocupaciones reales de la población con respecto a todas las fases delos proyectos.<strong>4.</strong>5 POLÍTICA AMBIENTALEl Sector Eléctrico Ecuatoriano basa su Política Ambiental en los Principios Rectores,contemplados en la Constitución de la República del Ecuador, en las disposicionesPlan Maestro de Electricación del Ecuador 2009 - 2020153

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