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modulo feminicidio - Escuela de Capacitación Fiscal

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FORMACIÓNENINVESTIGACIÓN DELDELITO DE HOMICIDIO DEMUJERES DESDE LAPERSPECTIVA DELFEMINICIDIODra. Patricia Olamendiolamendi.mexico@yahoo.com


GÉNERO,DISCRIMINACIÓN YESTIGMATIZACIÓN


ESTEREOTIPAR•Generalización <strong>de</strong> características a todoun grupo <strong>de</strong> personas. Se asignanidénticas características a cualquierpersona <strong>de</strong> un grupo, sin tener encuenta la variación real que existe entrelos miembros <strong>de</strong>l mismo.


PREJUICIOActitud hostil y negativa hacia un grupobasada en generalizaciones <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong>información imperfecta o incompleta.Elliot Aronson


CONCEPTO DE ACTITUDPredisposición a respon<strong>de</strong>r a alguna clase <strong>de</strong> estímulocon cierta clase <strong>de</strong> respuesta.•Componente afectivo – sentimientos o emociones queprovoca el objeto <strong>de</strong> actitud. Pue<strong>de</strong>n ser positivos onegativos, <strong>de</strong> agrado o <strong>de</strong>sagrado (prejuicio).•Componente cognoscitivo – modo como se percibe alobjeto <strong>de</strong> actitud: i<strong>de</strong>as, creencias sobre él (estereotipo).•Componente conductual – la predisposición a actuar enrelación al objeto <strong>de</strong> actitud (discriminación)


CULTURA• Es el conjunto <strong>de</strong> todaslas formas y expresiones<strong>de</strong> una sociedad<strong>de</strong>terminada. Incluyecostumbres, prácticas,códigos, normas y reglas<strong>de</strong> la manera <strong>de</strong> ser,vestimenta, religión,rituales, normas <strong>de</strong>comportamiento ysistemas <strong>de</strong> creencias.


SEXOConjunto <strong>de</strong>característicasbiológicas que <strong>de</strong>finenel espectro <strong>de</strong> los sereshumanos como hembrasy machos.OPS/OMS. Antigua,Guatemala, 2000.


ASIGNACIÓN DE GÉNEROConcepto biosocialque se le confiereal individuo en elmomento <strong>de</strong> nacer,en base a laapariencia <strong>de</strong> susgenitales externos.Francisco DelfínLara.


IDENTIDAD SEXO/GENÉRICAPercepciónsubjetiva que lacriatura adquierealre<strong>de</strong>dor <strong>de</strong> losdos años <strong>de</strong> edad ypor la cual se sienteparte <strong>de</strong>l grupo <strong>de</strong>los hombres o <strong>de</strong>las mujeres.Francisco Delfín Lara.


GÉNERO• El género se <strong>de</strong>fine como los significados socialesque se confieren a las diferencias biológicas entrelos sexos. Es un producto i<strong>de</strong>ológico y culturalaunque también se reproduce en el ámbito <strong>de</strong> lasprácticas físicas; a su vez, influye en los resultados<strong>de</strong> tales prácticas. Afecta la distribución <strong>de</strong> losrecursos, la riqueza, el trabajo, la adopción <strong>de</strong><strong>de</strong>cisiones y el po<strong>de</strong>r político, y el disfrute <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la familia y en la vida pública.


GÉNERO• Pese a las variantes que existen según las culturas y la época,las relaciones <strong>de</strong> género en todo el mundo entrañan unaasimetría <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r entre el hombre y la mujer comocaracterística profunda. Así pues, el género produce estratossociales y, en ese sentido, se asemeja a otras fuentes <strong>de</strong>estratos como la raza, la clase, la etnicidad, la sexualidad y laedad. Nos ayuda a compren<strong>de</strong>r la estructura social <strong>de</strong> lai<strong>de</strong>ntidad <strong>de</strong> las personas según su género y la estructura<strong>de</strong>sigual <strong>de</strong>l po<strong>de</strong>r vinculada a la relación entre los sexos”.Estudio Mundial sobre el papel <strong>de</strong> la mujer en el <strong>de</strong>sarrollo, 1999


CARACTERÍSTICAS VINCULADAS CONLO FEMENINO• Lo pasivo,• Lo emocional,• Lo <strong>de</strong> la casa,• Lo frágil,• Lo dócil,• Lo irracional,• Lo vulnerable,• La necesitada <strong>de</strong>control,• La culpable,• La temerosa,• La ignorante,• La intranquila,• La que <strong>de</strong>beobe<strong>de</strong>cer,• La que <strong>de</strong>be serignorante sexual,• la pre<strong>de</strong>stinada a lodoméstico, a laguarda y cuidado <strong>de</strong>los <strong>de</strong>más.


CARACTERÍSTICAS VINCULADAS CON LOMASCULINO• El po<strong>de</strong>r,• El dominio,• La autoridad,• El li<strong>de</strong>razgo,• La competencia,• El control,• La fuerza,• La inteligencia,• Lo racional,• La superioridad,• El éxito,• Los logros,• La valentía,• El control emocional,• La conquista,• La experiencia sexual,• El conocimiento,• La agresión,• El protector,• El dueño, el zagas…


LA FEMINIDAD SE HA IDENTIFICADO• CON:• La pasividad,• La complacencia,• La <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia,• El autosacrificio.• NO CON:• La autoafirmación,• La in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia,• La autonomía,• La autosatisfacción.


POLARIDADES• Actividad / pasividad,• Fálico / castrado,• Sujeto / objeto,• La miedosa / el valiente,• Dependiente / autónomo,• El que señala / la que apren<strong>de</strong>.


ENFOQUE DE GÉNERO• Es la visibilización <strong>de</strong>los distintos efectos<strong>de</strong> la construcciónsocial <strong>de</strong>l género;visibilización quesugiere nuevasformas <strong>de</strong> construirlos géneros, que noestén basadas en la<strong>de</strong>sigualdad.


PERSPECTIVA DE GÉNERO• Permite enfocar, analizar y compren<strong>de</strong>r lascaracterísticas que <strong>de</strong>finen a mujeres y hombres <strong>de</strong>manera específica, así como sus semejanzas ydiferencias.• Des<strong>de</strong> esta perspectiva se analizan las diversasrelaciones sociales que se dan entre ambos géneros,así como los conflictos institucionales y cotidianos que<strong>de</strong>ben encarar, y las múltiples maneras en que lohacen.


ACCIONES AFIRMATIVAS• Son aquellas que se instrumentan <strong>de</strong>s<strong>de</strong> lasinstituciones públicas o privadas y <strong>de</strong>s<strong>de</strong> todos losniveles <strong>de</strong> gobierno (ejecutivo, legislativo y judicial)con la intención <strong>de</strong> propiciar la inclusión <strong>de</strong> lapoblación o grupos sociales, que tradicionalmente hanestado marginados y que requieren <strong>de</strong> medidastemporales para el ejercicio <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>rechos básicos al<strong>de</strong>sarrollo, la participación y la protección.


• Actitu<strong>de</strong>s y prácticassociales e institucionalesque, <strong>de</strong> manera directa oindirecta, en formaintencionada o no,propician un trato <strong>de</strong>inferioridad a <strong>de</strong>terminadaspersonas o grupos socialesen razón <strong>de</strong> rasgos oatributos poco valorados oestigmatizados.DISCRIMINACIÓN


BASE DE LA DISCRIMINACIÓN SOCIAL•La inequidad y <strong>de</strong>sigualdad social <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r,recursos, <strong>de</strong> oportunidad y estatus entre losgrupos humanos.•Un intercambio recíproco, pero <strong>de</strong>sigual <strong>de</strong>reconocimientos entre actores sociales queocupan posiciones dominantes y dominadas enel espacio social.


MOTIVOS DE LA DISCRIMINACIÓN• 1. El etnocentrismo (sociocentrismo)- mecanismo psicológicoinconsciente <strong>de</strong> consi<strong>de</strong>rarnos a nosotros mismos y a nuestrosgrupos <strong>de</strong> pertenencia como diferentes, mejores, másimportantes.• 2. La intolerancia social- Actitud <strong>de</strong> rechazo por parte <strong>de</strong> ungrupo generalmente mayoritario <strong>de</strong> las creencias y prácticas <strong>de</strong>otro grupo generalmente minoritario.• 3. Prejuicio <strong>de</strong> la inferioridad <strong>de</strong> los grupos dominados en razón<strong>de</strong>:- Su origen étnico- De sus rasgos físicos- De su género- De su proce<strong>de</strong>ncia extrajera…


DISCRIMINACIÓN POR:• Sexo• Pertenencia étnica• Capacida<strong>de</strong>s diferentes• Preferencias sexuales• Credos religiosos• Idioma• Estado civil• Posición económica• Opiniones políticas• Apariencia física


RASGOS CARACTERÍSTICOS DE LADISCRIMINACIÓN•Es una gama amplia <strong>de</strong> actitu<strong>de</strong>s y practicas sociales.•Sentimientos implícitos o abiertos <strong>de</strong> <strong>de</strong>sprecio a<strong>de</strong>terminadas personas o grupos.•Prejuicios, estereotipos y estigmas para consi<strong>de</strong>rar alos otros diferentes e inferiores.•Se omiten sus necesida<strong>de</strong>s específicas, se invisibilizansus <strong>de</strong>mandas y se restringen sus <strong>de</strong>rechosfundamentales y su acceso a oportunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong><strong>de</strong>sarrollo.•Se genera su exclusión social.


LA DISCRIMINACIÓN...•Relación <strong>de</strong>sequilibrada.•Reconocimiento evaluativo <strong>de</strong>ficitario.•Los grupos dominantes atribuyen i<strong>de</strong>ntida<strong>de</strong>s<strong>de</strong>valuadas, etiquetadas, estigmatizadas a losdominados.•Lo que conduce a generar conflictos yluchas por el reconocimiento social


EXPRESIONES DE LA DISCRIMINACIÓN• Desprecio• Exclusión• Hostilidad abierta o velada• Animadversión, <strong>de</strong>sprecio,odio• Tratos diferenciados• Violencia• Represión• Restricción o negación <strong>de</strong>oportunida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo• Impedir el acceso a bienes,servicios, etc.• Marginación


ETIQUETACIÓN- ESTIGMATIZACIÓN•Noción socio-psicológica. Consiste en asignar alindividuo una etiqueta <strong>de</strong>gradante. Produce unai<strong>de</strong>ntidad social basada en un <strong>de</strong>scrédito, unai<strong>de</strong>ntidad estigmatizada.


ELEMENTOS DE LA ETIQUETA/ ESTIGMA•1. Es público- es visible para unpúblico.•2. La reacción es estereotipada.


INTOLERANCIA•Intolerancia social- un rechazo al otro, aldiferente.•Intolerancia cultural- persecución, eliminación<strong>de</strong> la diferencia.


TOLERANCIA SOCIAL•La capacidad <strong>de</strong> aceptación, el respeto a lasi<strong>de</strong>as, las creencias o prácticas <strong>de</strong> los <strong>de</strong>máscuando son diferentes o contrarias a las propias.•“ No estoy <strong>de</strong> acuerdo con lo que dices, perolucharé hasta el final para que puedas <strong>de</strong>cirlo “


RECONOCIMIENTO- IDENTIDAD•La discriminación, un problema <strong>de</strong>reconocimiento, <strong>de</strong> atribución, <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntidad.•Un reconocimiento <strong>de</strong>sigual.•Un intercambio <strong>de</strong>sigual <strong>de</strong> “ bienes <strong>de</strong>i<strong>de</strong>ntidad”.


EFECTOS DE LA DISCRIMINACIÓN• Limita la interacción entre losactores sociales.• Deteriora la convivencia.• Fomenta la violencia ymarginalidad.• Afecta el <strong>de</strong>sarrollo social.• Falta <strong>de</strong> solidaridad social• Frustración.• Resentimiento.• Hermetismo.• Enojo.• Impotencia• Depen<strong>de</strong>ncia• Vulnerabilidad <strong>de</strong> los gruposdominados.


RECONOCER•La dignidad, el respeto, valoración <strong>de</strong>l estatussocial, la autoestima, los <strong>de</strong>rechos, losbeneficiosmateriales...•Para alcanzar una i<strong>de</strong>ntidad positiva,socialmente reconocida... una ciudadanía plena.


LA VALORACIÓN DE LA DIVERSIDAD•Tomar en cuenta a los otros.•Sus puntos <strong>de</strong> vista y formas <strong>de</strong> vida.•Reconocerlos como expresiones legítimas <strong>de</strong>personas.•Siendo diferentes, tienen igual dignidad, iguales<strong>de</strong>rechos.•Reconocer y valorar todas las expresiones <strong>de</strong> ladiversidad humana.


EMPATÍA•La valoración <strong>de</strong> la diversidad pasa por la empatía.•Fernando Savater: “Ver al otro como una persona con<strong>de</strong>rechos, como un igual”.•Un genuino interés por lo que son los otros.•Una interacción creativa.


•“Nadie nace odiando a otra persona por causa<strong>de</strong>l color <strong>de</strong> su piel, su origen o su religión. Lagente apren<strong>de</strong> a odiar y si pue<strong>de</strong> apren<strong>de</strong>r aodiar, también pue<strong>de</strong> ser enseñada a amar,porque el amor llega mas naturalmente alcorazón humano que su opuesto”.Nelson Man<strong>de</strong>la


VIOLENCIA CONTRA LASMUJERES


AGRESIÓNCualquier forma <strong>de</strong> conducta que preten<strong>de</strong>r herir física opsicológicamente a alguien. Es intencionada y condireccionalidad.Berkowitz• Importante el propósito o finalidad.• Agresividad animal: vinculada a configuraciones instintivasespecíficas; es una conducta fija.


VIOLENCIA“Manifestación o ejercicio ina<strong>de</strong>cuado <strong>de</strong> la fuerza (o <strong>de</strong>l po<strong>de</strong>r)Hay un <strong>de</strong>sequilibrio <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r ... una relación <strong>de</strong> abusoUna pirámi<strong>de</strong> <strong>de</strong> tres niveles interrelacionados:• BASE- violencia estructural y cultural- la norma• 2º NIVEL- violencia institucional- en las instituciones sociales• 3º NIVEL- violencia individual”Lolas (1991)


VIOLENCIA DE GÉNERO•Todas las formasmediante las cualesse intenta perpetuarel sistema <strong>de</strong>jerarquías impuestopor la culturapatriarcal.


DEFINICIÓN• La Organización <strong>de</strong> las Naciones Unidas, en suDeclaración <strong>de</strong> 1993, <strong>de</strong>fine la violencia contra lamujer como:“Todo acto <strong>de</strong> violencia <strong>de</strong> género que resulte en opueda resultar en daño o sufrimiento físico, sexual opsicológico <strong>de</strong> quien la recibe, incluyendo la amenaza<strong>de</strong> dichos actos, la coerción o la privación arbitraria <strong>de</strong>la libertad, tanto en la vida pública como en laprivada.”


CARACTERÍSTICAS• Recurrente: Los actos <strong>de</strong> violencia en contra <strong>de</strong> las mujeres,son constantes.• Intencional: quien lo infiere tiene claridad respecto <strong>de</strong> suconducta, <strong>de</strong> ahí que sea responsable <strong>de</strong> la misma.• Po<strong>de</strong>r o sometimiento: quien infiere la violencia tien<strong>de</strong> acontrolar a quien la recibe. Su intención es restablecer,<strong>de</strong>s<strong>de</strong> su perspectiva, el equilibrio <strong>de</strong> las relaciones <strong>de</strong>po<strong>de</strong>r en el hogar.• Ten<strong>de</strong>ncia a incrementarse: cada nuevo evento se presentacon mayor intensidad y frecuencia, dañando cada vez más aquien o quienes lo reciben.


CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA• Baja autoestima: las mujeres violentadas en sus hogaressufren la pérdida <strong>de</strong> su valía personal, <strong>de</strong>l amor hacia símismas y <strong>de</strong>l respeto que merecen. En general, no se sientenaptas para conducirse en los diferentes ámbitos <strong>de</strong> la vida.• Aislamiento: creen ser las únicas a quienes les ocurre estasituación. A<strong>de</strong>más, sea por ellas mismas, por su dificultad <strong>de</strong>comunicarse con los <strong>de</strong>más, han roto sus re<strong>de</strong>s sociales, loque les provoca una sensación <strong>de</strong> constante soledad ein<strong>de</strong>fensión.


CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA• Miedo al agresor: generalmente este sentimiento se funda endiversas amenazas y manipulaciones, y en las experiencias<strong>de</strong> violencia que han vivido. Las víctimas saben o temen quequien las arremete es capaz <strong>de</strong> cumplir sus amenazas.• Inseguridad: imposibilidad total o parcial para tomar<strong>de</strong>cisiones, <strong>de</strong>rivada <strong>de</strong> la escasa seguridad que lesproporcional la convivencia con el agresor. Poseen la i<strong>de</strong>a <strong>de</strong>un mundo amenazante y difícil <strong>de</strong> enfrentar, en tanto susposibilida<strong>de</strong>s laborales o profesionales se encuentranmermadas. A<strong>de</strong>más, socialmente no cuentan con re<strong>de</strong>s oestructuras <strong>de</strong> apoyo.


CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA• Depresión: pérdida <strong>de</strong>l sentido <strong>de</strong> la vida que se manifiestaen forma <strong>de</strong> tristeza profunda por no haber mantenido unarelación, la armonía en su hogar, la estabilidad <strong>de</strong> los hijos,por no cubrir sus propias expectativas o las que <strong>de</strong> ella seesperaban. La víctima <strong>de</strong> maltrato encuentra pocassituaciones esperanzadoras y manifiesta indiferencia ante elmundo.• Vergüenza: las personal maltratadas tienen dificulta<strong>de</strong>s paraexpresar su experiencia y se culpan <strong>de</strong> lo que les ocurre.Presentan introversión, es <strong>de</strong>cir, tien<strong>de</strong>n a guardar silencioacerca <strong>de</strong> su situación.


CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA• Culpa: asumen que la situación que viven es responsabilidad<strong>de</strong> ellas, en tanto no están haciendo las cosas bien, por loque merecen ser maltratadas.• Co<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia: en ocasiones las mujeres maltratadas basansus <strong>de</strong>cisiones en la aprobación <strong>de</strong> quien son víctimas. Es<strong>de</strong>cir, <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>n <strong>de</strong> su agresor para pensar y actuar.


CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIAEl maltrato a la mujer pareja es un fenómenoglobal.Las consecuencias se dan a nivelcognitivo,emocional yconductualAntes Durante Después


CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIAEste maltrato pue<strong>de</strong> ser:•Físico•Psicológico•Económico•Sexual


¿POR QUÉSE QUEDAN?


Teoría <strong>de</strong> costesbeneficiosTEORIAS SOBRE EL PROCESODE TOMA DE DECISIONESLa <strong>de</strong>cisión <strong>de</strong> una mujer maltratada <strong>de</strong>permanecer en la relación es en parte una<strong>de</strong>cisión racional basada en la percepción<strong>de</strong> costes y beneficios <strong>de</strong> la relación, en lacantidad <strong>de</strong> inversión hecha y en lapercepción <strong>de</strong> la calidad <strong>de</strong> lasalternativas disponibles.Mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> lainversiónLa mujer analiza su grado <strong>de</strong>compromiso en la relación <strong>de</strong> pareja apartir <strong>de</strong> tres factores: grado <strong>de</strong>satisfacción, alternativas e inversión ($,social, , familiar, intimidad…), si sesuma la experiencia <strong>de</strong> maltrato segenera un vínculo intenso.


Teoría <strong>de</strong> la trampapsicológicaUna mujer entraría en la relación <strong>de</strong>pareja con una meta: conseguir que larelación funcione. En el momento quese encuentre con dificulta<strong>de</strong>sintentará ignorarlas e invertirá másesfuerzo para alcanzar la armonía ensu relación.Mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong>l proceso<strong>de</strong> toma <strong>de</strong><strong>de</strong>cisiones enmujeresmaltratadasLa mujer toma una <strong>de</strong>cisión enfunción <strong>de</strong> dos preguntas:¿estaré mejor fuera <strong>de</strong> la relación?¿y seré capaz <strong>de</strong> salir <strong>de</strong> ella conéxito?


TEORÍAS REFERIDAS A LA DEPENDENCIA EMOCIONALY A LAS REPERCUSIONES PSICOPATOLÓGICAS DELMALTRATO.• Teoría <strong>de</strong> la in<strong>de</strong>fensiónaprendida• Teoría <strong>de</strong> la unióntraumática• Mo<strong>de</strong>los <strong>de</strong>l castigoparadójico• Mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong>intermitencia


Teoría <strong>de</strong> lain<strong>de</strong>fensiónaprendidaEl maltrato continuo provocaría en lasmujeres la percepción cognitiva <strong>de</strong> que sees incapaz <strong>de</strong> manejar o resolver lasituación, llevándolas a la <strong>de</strong>presión,ansiedad y produciendo un efecto<strong>de</strong>bilitador en las habilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>resolución <strong>de</strong> problemas. Llegan al puntoen don<strong>de</strong> se reconoce que sus respuestasno tienen ningún impacto sobre susituación <strong>de</strong> maltrato.Teoría <strong>de</strong> launión traumáticaUnión emocional entre dos personas, don<strong>de</strong>una <strong>de</strong> ellas amenaza, golpea, maltrata ointimida intermitentemente a la otra.La mujer maltratada suele volver a su relación<strong>de</strong> maltrato <strong>de</strong>bido a que en el período <strong>de</strong>separación se reduce el miedo inicial,manifestándose inmediatamente la<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia emocional hacia su pareja.


Mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong>l castigoparadójicoSi la víctima no tiene recursosinternos para rebelarse queda“apegada” al victimario, tratando<strong>de</strong> hacer méritos para no seragredida, anhelando losmomentos <strong>de</strong> calma.Mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> intermitenciaExiste una periodicidad -<strong>de</strong>sconocida para la victima- entre elbuen y el mal trato, situación que laslleva a auto<strong>de</strong>valuarse ei<strong>de</strong>alizar al agresor <strong>de</strong>bido a ladiferencia <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r.


TEORÍA DEL CÍRCULO DE LA VIOLENCIA:• 1. Acumulación <strong>de</strong> latensión: pequeñosconf lictos cotidianos,violencia psicológica• 2. Descarga: el hechoviolento en sí• 3. Arrepentimiento:manipulación afectiva


Rueda <strong>de</strong> la violenciaFase central:negación <strong>de</strong> lo que ha pasadonegación <strong>de</strong> que vuelva a suce<strong>de</strong>rBola <strong>de</strong> nieve / Espiral <strong>de</strong> la violencia / NormalizaciónAcumulación<strong>de</strong> la tensiónAgravación yexpansión <strong>de</strong> laagresiónRepetición yAdaptación


SÍNDROME DE ESTOCOLMODOMÉSTICOVínculo interpersonaltraumático –afectivo entre la víctima y suagresor. La víctima niega la parteviolenta <strong>de</strong> su pareja a la vez quemantiene el vínculo afectivo<strong>de</strong>pendiente, situación que le impi<strong>de</strong>reaccionar para <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>rse.


Desenca<strong>de</strong>nante: agresiones que rompen el espacio <strong>de</strong>seguridad.Reorientación: reor<strong>de</strong>namiento <strong>de</strong> esquemascognitivos a fin <strong>de</strong> evitar la disonancia entre la conducta<strong>de</strong> su agresor y el compromiso <strong>de</strong> pareja, se culpa <strong>de</strong> losucedido, aparece la in<strong>de</strong>fensión y resistencia pasiva.Afrontamiento: asume el mo<strong>de</strong>lo mental <strong>de</strong> su pareja afin <strong>de</strong> buscar su integridad.Adaptación: se i<strong>de</strong>ntifica con el agresor . Culpa a otros<strong>de</strong> sus problemas con su pareja. No <strong>de</strong>nuncia o retira la<strong>de</strong>nuncia. Espiral <strong>de</strong> la violencia.


DISONANCIA COGNITIVAReducir la información que las hace sentir incomodas.Justificar y/o racionalizar el maltrato.Entre más protestas, más disonancia cognitiva: “tu noentien<strong>de</strong>s…”Combinación: síndrome <strong>de</strong> Estocolmo doméstico y disonanciacognitiva = relación aceptable y necesaria para vivir.


Violencia nacida en elseno <strong>de</strong> relaciónbasada en el afecto(<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia emocional)Componente culturalpresente en sus raícesque conduce a una falta<strong>de</strong> referencias críticasJustificaciónMinimizaciónProlongación


La violencia no surgen <strong>de</strong> la relación en sí, sino que seestablece a partir <strong>de</strong> y favorecida por el entrenamiento <strong>de</strong>ambos – uno a ejercerla y otra a someterse- originado en lasexperiencias vividas en su familia <strong>de</strong> origen y su comunidad.VICTIMAVICTIMARIONecesida<strong>de</strong>s afectivasDepen<strong>de</strong>nciaBaja autoestimaAlto tolerancia a la frustraciónInseguridadAislamientoFalta <strong>de</strong> relaciones socialesDepresiónVergüenzaCo-<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>nciaFalta <strong>de</strong> control <strong>de</strong> impulsosBaja autoestimaNulas capacida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> comunicaciónBaja tolerancia a la frustraciónManipuladorInseguroRoles estereotipadosMiedo al abandonoI<strong>de</strong>ología <strong>de</strong> supremacía


MITOLA MUJER DEBE DE HABER HECHOALGO PARA PROVOCAR LAVIOLENCIA.RespuestaNadie merece que se le golpee o se lehaga objeto <strong>de</strong> abuso sexual.


MITOES UN ASUNTO PRIVADO.RespuestaLa violencia <strong>de</strong> género es unproblema <strong>de</strong> salud pública


MITONO ES DE MI INCUMBENCIARespuestaEs una cuestión <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechoshumanos


MITOESTO SOLO OCURRE EN OTRAS PARTESDEL MUNDO Y CON OTRA CLASE DEGENTERespuestaLa violencia <strong>de</strong> género ocurre encasi todos los países y a todo tipo<strong>de</strong> personas


MITOUNA MUJER GOLPEADA DEBEMARCHARSE A CASARespuestaEsta es una situación compleja y, en realidadpue<strong>de</strong> ser peligroso para ella <strong>de</strong>cidir marcharse.Los servidores públicos no pue<strong>de</strong>n adoptar<strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong> ese tipo por las mujeres. Siempre ycuando su vida no corra peligro.


MITONO TENGO TIEMPO PARA OCUPARMEDE ESTORespuestaAbordar la violencia <strong>de</strong> género lleva unpoco más <strong>de</strong> tiempo pero pue<strong>de</strong> ahorrartiempo a los servidores públicos en elfuturo


MITOESTO NUNCA PODRÍA OCURRIRME AMI, DE MODO QUE NO PUDO HABERLEOCURRIDO A UNA MUJER EN UNASITUACIÓN PARECIDA A LA MÍA.RespuestaLa violencia <strong>de</strong> género pue<strong>de</strong> afectar a cualquiermujer, aún cuando sea difícil consi<strong>de</strong>rar que unoes susceptible <strong>de</strong> ella.


MITOESTO NO ES ALGO QUE OCURRARespuestaOcurre a todo tipo <strong>de</strong> mujeres, <strong>de</strong> todas las razas,todos los grupos étnicos y todas las clasessociales


MARCO NORMATIVO DELOS DERECHOSHUMANOS DE LASMUJERES


CONFERENCIAS INTERNACIONALES‣ Se empieza a construir una agendainternacional <strong>de</strong> las mujeres.PrimeraConferenciaMundial <strong>de</strong> laMujer, México1975“las mujeres y los hombres <strong>de</strong> todos lospaíses <strong>de</strong>ben tener iguales <strong>de</strong>rechos y<strong>de</strong>beres, y que incumbe a todos losEstados crear las condicionesnecesarias para que aquéllas losalcancen y puedan ejercerlos…”‣ De las conclusiones surge la iniciativa<strong>de</strong> elaborar una Convención sobre laEliminación <strong>de</strong> Todas las Formas <strong>de</strong>Discriminación contra la Mujer.73


CONFERENCIAS INTERNACIONALESSegundaConferenciaMundial <strong>de</strong> laMujer,Copenhague,1980‣ Reconoce que persiste una disparida<strong>de</strong>ntre la igualdad <strong>de</strong> jure y la igualdad<strong>de</strong> facto.‣ El Programa <strong>de</strong> Acción reconoce, porprimera vez, que la violencia hacia lamujer constituye una violación a sus<strong>de</strong>rechos humanos y es un asunto <strong>de</strong>or<strong>de</strong>n público.74


CONFERENCIAS INTERNACIONALESTerceraConferenciaMundial <strong>de</strong> laMujer, Nairobi,1985‣ Sienta nuevas pautas al <strong>de</strong>clarar quetodas las cuestiones <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrolloestaban relacionadas con la mujer.‣ Abarca un enfoque más amplio <strong>de</strong>la<strong>de</strong>lanto <strong>de</strong> la mujer: la igualdad, lejos<strong>de</strong> ser una cuestión aislada, abarcatoda la esfera <strong>de</strong> la vida humana.75


CONFERENCIAS INTERNACIONALESConferencia <strong>de</strong>Viena sobreDerechosHumanos, 1993‣ Reconoce los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> la mujery se adopta una estrategia integral paraincorporar los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> las mujeres en losmecanismos <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> laONU.‣ Establece que los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> la mujer y <strong>de</strong>la niña son parte inalienable, integrante eindivisible <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos‣ Nombra un Alto Comisionado para losDerechos Humanos y crea la RelatoríaEspecial sobre Violencia contra la Mujer.‣ Adopta la Declaración sobre la Eliminación<strong>de</strong> la Violencia contra la Mujer.76


CONFERENCIAS INTERNACIONALESCuartaConferenciaMundial <strong>de</strong> laMujer, Pekín,1995‣ Plataforma <strong>de</strong> Acción: “el a<strong>de</strong>lanto <strong>de</strong> la mujer yel logro <strong>de</strong> la igualdad entre la mujer y el hombreson una cuestión <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos y unacondición para la justicia social.‣ Refrenda el principio <strong>de</strong> que los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> lasmujeres son <strong>de</strong>rechos humanos.‣ Formulan una serie <strong>de</strong> medidas concretas paracombatir las violaciones a los DH <strong>de</strong> las mujeres:penalizar la violación así como los crímenes <strong>de</strong>honor y la violencia por motivos <strong>de</strong> raza; perseguiry sentenciar a los responsables <strong>de</strong> dicha violenciay sensibilizar a funcionarios encargados <strong>de</strong> laprocuración <strong>de</strong> justicia.77


CONCEPTOS BÁSICOS DE DERECHOS HUMANOSDerechos Humanos ‣ Son los <strong>de</strong>rechos que las personasposeen por su condición <strong>de</strong> sereshumanos, basados en el principiofundamental, <strong>de</strong> que todas las personasposeen una dignidad y tienen igual<strong>de</strong>recho <strong>de</strong> disfrutarlos, sin importar susexo, raza, etnia, capacidad,nacionalidad, creencia, etc., y cuyaprotección es responsabilidad <strong>de</strong> todo elestado.Características <strong>de</strong>los <strong>de</strong>rechoshumanos‣ Son indivisibles,‣ Son inter<strong>de</strong>pendientes‣ Y son universalesTratadosInternacionales <strong>de</strong>Derechos Humanos‣ A diferencia <strong>de</strong> otros, éstos confieren<strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> los individuos frente alEstado.78


INSTRUMENTOS INTERNACIONALESDocumentos que Integran la Carta Internacional <strong>de</strong>Derechos HumanosDeclaraciónUniversal <strong>de</strong>Derechos Humanos(DUDH)(1948)Pacto Internacional<strong>de</strong> DerechosEconómicos,Sociales y Culturales(1966)Pacto Internacional<strong>de</strong> Derechos Civilesy Políticos (1966)“Todos los seres humanos nacen libres eiguales en dignidad y <strong>de</strong>rechos”‣ A<strong>de</strong>más, toda persona tiene todos los<strong>de</strong>rechos y liberta<strong>de</strong>s sin distinciónalguna, incluida la distinción por razón<strong>de</strong> sexo.‣ Se prohíbe la discriminación porrazones <strong>de</strong> sexo y garantiza laigualdad entre hombres y mujeres.‣ Garantiza a hombres y mujeres laigualdad en el goce <strong>de</strong> todos los<strong>de</strong>rechos civiles y políticos.79


DECLARACIÓNDE LOS DERECHOS HUMANOSUNIVERSAL• Artículo 1Todos los seres humanos nacen libres e iguales endignidad y <strong>de</strong>rechos.• Artículo 2Toda persona tiene todos los <strong>de</strong>rechos y libertadasproclamados en esta <strong>de</strong>claración, sin distinción <strong>de</strong> raza,color, sexo, idioma, religión, opinión política, origennacional o social, posición económica, nacimiento ocualquier otra condición.• Artículo 7Todos son iguales ante la Ley … todos tienen <strong>de</strong>recho aprotección contra toda discriminación y contra todaprovocación a tal discriminación.


PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOSCIVILES Y POLÍTICOS• Artículo 2Cada Estado Parte <strong>de</strong>l presente Pacto, se compromete arespetar y garantizar a todos los individuos que se encuentrenen su territorio, los <strong>de</strong>rechos reconocidos en el presente Pacto,sin distinción <strong>de</strong> raza, color, sexo, idioma, religión, opiniónpolítica u otra índole, origen nacional o social, posicióneconómica, nacimiento u otra condición social.• Artículo 3Los Estados se comprometen a garantizar a hombres y mujeresla igualdad en el goce <strong>de</strong> todos los <strong>de</strong>rechos civiles y políticos.


Pacto Internacional <strong>de</strong> DerechosEconómicos, Sociales y CulturalesArtículo 2Los Estados Parte <strong>de</strong>l presente Pacto, se comprometen agarantizar el ejercicio <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos que en el se enuncian sindiscriminación alguna por motivos <strong>de</strong> raza, color, sexo, idioma,religión, opinión política, origen nacional o social, posicióneconómica, nacimiento u otra condición social.Artículo 24Convención Americana <strong>de</strong> DerechosHumanos (Pacto <strong>de</strong> San José)Todas las personas son iguales ante la Ley y tienen <strong>de</strong>rechos sindiscriminación a igual protección.82


INSTRUMENTOS INTERNACIONALESLA CEDAWLa Convención sobre la Eliminación <strong>de</strong> Todas las Formas <strong>de</strong>Discriminación contra la Mujer (CEDAW)Adoptada por la Asamblea General <strong>de</strong> la ONU en 1979Importancia: Instrumento jurídico internacional <strong>de</strong> caráctervinculante enfocado específicamente a ladiscriminación contra las mujeres.Definición <strong>de</strong>Discriminación:“Toda distinción, exclusión o restricción basada en elsexo, que tenga por objeto o por resultadomenoscabar o anular el reconocimiento, goce oejercicio por la mujer, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> suestado civil, sobre la base <strong>de</strong> la igualdad <strong>de</strong>l hombrey la mujer, <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos y las liberta<strong>de</strong>sfundamentales en las esferas política, económica,social, cultural y civil o en cualquiera otra esfera”.83


CEDAW• La Convención va más allá <strong>de</strong>l concepto <strong>de</strong> discriminaciónutilizado en muchas disposiciones y normas legales,nacionales e internacionales.• Si bien dichas disposiciones y normas prohíben ladiscriminación por razones <strong>de</strong> sexo y protegen al hombre y lamujer <strong>de</strong> tratos basados en distinciones arbitrarias, injustas oinjustificables, la Convención se centra en la discriminacióncontra la mujer, insistiendo en que la mujer ha sido y siguesiendo objeto <strong>de</strong> diversas formas <strong>de</strong> discriminación por elhecho <strong>de</strong> ser mujer.


CEDAW• A los efectos <strong>de</strong> la presente Convención, la expresión"discriminación contra la mujer" <strong>de</strong>notará todadistinción, exclusión a restricción basada en el sexoque tenga por objeto o por resultado menoscabar oanular el reconocimiento, goce o ejercicio por lamujer, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> su estado civil, sobrela base <strong>de</strong> la igualdad <strong>de</strong>l hombre y la mujer, <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos y las liberta<strong>de</strong>s fundamentalesen las esferas política, económica, social, cultural ycivil o en cualquier otra esfera.


CEDAW• Los Estados Partes con<strong>de</strong>nan la discriminación contra lamujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos losmedios apropiados y sin dilaciones, una política encaminadaa eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto,se comprometen a:• a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constitucionesnacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio <strong>de</strong> laigualdad <strong>de</strong>l hombre y <strong>de</strong> la mujer y asegurar por ley u otros mediosapropiados la realización práctica <strong>de</strong> ese principio;• b) Adoptar medidas a<strong>de</strong>cuadas, legislativas y <strong>de</strong> otro carácter, conlas sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminacióncontra la mujer;


CEDAWContinuación …• c) Establecer la protección jurídica <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> la mujer sobreuna base <strong>de</strong> igualdad con los <strong>de</strong>l hombre y garantizar, por conducto<strong>de</strong> los tribunales nacionales o competentes y <strong>de</strong> otras institucionespúblicas, la protección efectiva <strong>de</strong> la mujer contra todo acto <strong>de</strong>discriminación;• d) Abstenerse <strong>de</strong> incurrir en todo acto a práctica <strong>de</strong> discriminacióncontra la mujer y velar porque las autorida<strong>de</strong>s e institucionespúblicas actúen <strong>de</strong> conformidad con esta obligación;• e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar ladiscriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas,organizaciones o empresas;


CEDAW• Continuación …• f) Adoptar todas las medidas a<strong>de</strong>cuadas, incluso <strong>de</strong> carácterlegislativo, para modificar o <strong>de</strong>rogar leyes, reglamentos, usos yprácticas que constituyan discriminación contra la mujer;• g) Derogar todas las disposiciones penales nacionales queconstituyan discriminación contra la mujer.


CEDAW•Los Estados Partes tomarán en todas lasesferas, y en particular en las esferas política,social, económica y cultural, todas lasmedidas apropiadas, incluso <strong>de</strong> carácterlegislativo, para asegurar el pleno <strong>de</strong>sarrollo ya<strong>de</strong>lanto <strong>de</strong> la mujer, con el objeto <strong>de</strong>garantizarle el ejercicio y el goce <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos y las liberta<strong>de</strong>sfundamentales en igualdad <strong>de</strong> condicionescon el hombre.


CEDAW• 1. La adopción por los Estados Partes <strong>de</strong> medidas especiales<strong>de</strong> carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad <strong>de</strong>facto entre el hombre y la mujer no se consi<strong>de</strong>rarádiscriminación en la forma <strong>de</strong>finida en la presenteConvención, pero <strong>de</strong> ningún modo entrañará, comoconsecuencia, el mantenimiento <strong>de</strong> normas <strong>de</strong>siguales oseparadas; estas medidas cesarán cuando se hayan alcanzadolos objetivos <strong>de</strong> igualdad <strong>de</strong> oportunidad y trato.• 2. La adopción por los Estados Partes <strong>de</strong> medidas especiales,incluso las contenidas en la presente Convención,encaminadas a proteger la maternidad no se consi<strong>de</strong>rarádiscriminatoria.


CEDAW•Los Estados Partes tomarán todaslas medidas apropiadas, incluso <strong>de</strong>carácter legislativo, para suprimirtodas las formas <strong>de</strong> trata <strong>de</strong> mujeresy explotación <strong>de</strong> la prostitución <strong>de</strong> lamujer.


CEDAW• Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadaspara eliminar la discriminación contra la mujer en la vidapolítica y pública <strong>de</strong>l país y, en particular, garantizando, enigualdad <strong>de</strong> condiciones con los hombres el <strong>de</strong>recho a:• a) Votar en todas las elecciones y referendum públicos y serelegibles para todos los organismos cuyos miembros seanobjeto <strong>de</strong> elecciones públicas;• b) Participar en la formulación <strong>de</strong> las políticasgubernamentales y en la ejecución <strong>de</strong> éstas, y ocupar cargospúblicos y ejercer todas las funciones públicas en todos losplanos gubernamentales;• c) Participar en organizaciones y asociaciones nogubernamentales que se ocupen <strong>de</strong> la vida pública y política<strong>de</strong>l país.


INSTRUMENTOS INTERNACIONALESLA CEDAWDERECHOS CONSAGRADOS EN LA CONVENCIÓNA la NoDiscriminaciónA la IntegridadPersonalA adquirir, cambiar oconservar su nacionalidadin<strong>de</strong>pendientemente<strong>de</strong> su estado civilA participar librementeen la políticaA la educación enIgualdad <strong>de</strong>condicionesA la saludMismos <strong>de</strong>rechos yoportunida<strong>de</strong>s para lamujer campesinaAl trabajo e igualsalario, prestacionesy capacitaciónIgualdad anteLa leyA prestacionesFamiliares, préstamosbancarios y otras formas<strong>de</strong> crédito93


INSTRUMENTOS INTERNACIONALES – LACEDAW• Importancia <strong>de</strong> la CEDAW:• Amplía la responsabilidad <strong>de</strong>l Estado a la esfera privada.• Obliga a los Estados a tomar medidas completas paraeliminar la discriminación.• Propone medidas transitorias (<strong>de</strong> acción afirmativa oespeciales) para la igualdad entre los sexos.• Reconoce el papel <strong>de</strong> la cultura y las tradiciones en elmantenimiento <strong>de</strong> la discriminación y plantea la eliminación<strong>de</strong> estereotipos.


INSTRUMENTOS INTERNACIONALES – ELCOMITÉ DE LA CEDAW• Creado para examinar los progresos alcanzadospor los Estados Parte en la aplicación <strong>de</strong> laConvención.• Compuesto por 23 expertas, emiterecomendaciones en torno a los Informesperiódicos enviados por los gobiernosnacionales, cuando menos cada cuatro años.• México ha presentado seis informes periódicos<strong>de</strong>s<strong>de</strong> que ratificó la CEDAW en 1981.


RECOMENDACIONES• Recomendación General No. 19• Observaciones Generales.• El artículo 1 <strong>de</strong> la Convención <strong>de</strong>fine la discriminacióncontra la mujer. Esa <strong>de</strong>finición incluye la violenciabasada en el sexo, es <strong>de</strong>cir, la violencia dirigidacontra la mujer porque es mujer o que la afecta enforma <strong>de</strong>sproporcionada. Incluye actos que infligendaños o sufrimientos <strong>de</strong> índole física, mental osexual, amenazas <strong>de</strong> cometer esos actos, coacción yotras formas <strong>de</strong> privación <strong>de</strong> la libertad


RECOMENDACIONES• Recomendación General No. 19• Recomendaciones Concretas.• a) Los Estados Partes adopten medidas apropiadas y eficacespara combatir los actos públicos o privados <strong>de</strong> violencia porrazones <strong>de</strong> sexo.• b) Los Estados Partes velen por que las leyes contra laviolencia y los malos tratos en la familia, la violación, losataques sexuales y otro tipo <strong>de</strong> violencia contra la mujerprotejan <strong>de</strong> manera a<strong>de</strong>cuada a todas las mujeres y respetensu integridad y su dignidad. Debe proporcionarse a lasvíctimas protección y apoyo apropiados. Es indispensable quese capacite a los funcionarios judiciales, los agentes <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>npúblico y otros funcionarios públicos para que apliquen laConvención.


RECOMENDACIONES• Recomendación General No. 19• Recomendaciones Concretas.• r) Entre las medidas necesarias para resolver elproblema <strong>de</strong> la violencia en la familia figuren lassiguientes:• i) sanciones penales en los casos necesarios y recursos civiles encaso <strong>de</strong> violencia en el hogar;• ii) legislación que elimine la <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong>l honor como justificaciónpara atacar a las mujeres <strong>de</strong> la familia o darles muerte;• Iii) servicios, entre ellos, refugios, asesoramiento y programas <strong>de</strong>rehabilitación, para garantizar que las víctimas <strong>de</strong> violencia en lafamilia estén sanas y salvas;


INSTRUMENTOS INTERNACIONALESPROTOCOLO FACULTATIVO DE LACEDAWAdoptado por la Asamblea General <strong>de</strong> la ONU en 1999.Ratificado por México el 15 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002.Importancia:Se introduce el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> recurso quefortalece los mecanismos <strong>de</strong> supervisión yvigilancia previstos en la CEDAW.Faculta<strong>de</strong>s queotorga:Las personas o grupos <strong>de</strong> personas podránpresentar <strong>de</strong>nuncias ante el Comité <strong>de</strong> laCEDAW por violaciones graves o sistemáticas,por un Estado Parte, a los <strong>de</strong>rechoscontenidos en la Convención.99


INSTRUMENTOS INTERNACIONALESLA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁLa Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar yErradicar la Violencia contra la MujerAdoptada por la Asamblea General <strong>de</strong> la OEA en 1994.Importancia: Primer instrumento internacional jurídicamentevinculante en la materia, en cuyo texto secon<strong>de</strong>nan todas las formas <strong>de</strong> violencia contra lamujer perpetradas tanto por el Estado, como enel hogar o en el mercado laboral.Definición<strong>de</strong>Violencia:Cualquier acción o conducta , basada en elgénero, que cause muerte, daño o sufrimientofísico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en elámbito público como en el privado.100


INSTRUMENTOS INTERNACIONALESLA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁPRINCIPALES COMPROMISOSAbstenerse <strong>de</strong>cualquier acción opráctica <strong>de</strong>violencia contra lamujer.Prevenir, investigary sancionar laviolencia contra lamujer.Incluir en lalegislación internanormas penales,civiles, yadministrativas.Adoptar medidas jurídicaspara conminar al agresor aabstenerse <strong>de</strong> hostigar,intimidar, amenazar, o poneren peligro la vida <strong>de</strong> la mujer.Modificar o abolir leyes yreglamentos que respal<strong>de</strong>n lapersistencia o la tolerancia <strong>de</strong> laviolencia contra las mujeres .101


INSTRUMENTOS INTERNACIONALESLA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁPRINCIPALES COMPROMISOS‣ Fomentar elconocimiento y laobservancia <strong>de</strong>l<strong>de</strong>recho <strong>de</strong> la mujer auna vida libre <strong>de</strong>violencia.Modificar los patronessocioculturales.‣ Fomentar la educación ycapacitación <strong>de</strong>l personalen la administración <strong>de</strong>justicia y policial.‣ Suministrar los serviciosespecializados para laatención <strong>de</strong> la mujerobjeto <strong>de</strong> violencia.Concientizar al público sobre la violencia contra la mujer, losrecursos legales y la reparación <strong>de</strong>l daño102


LA CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ• Principales compromisos• Establecer procedimientos legales justos y eficaces para lamujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entreotros, medidas <strong>de</strong> protección, un juicio oportuno y el accesoefectivo a tales procedimientos;• Establecer los mecanismos judiciales y administrativosnecesarios para asegurar que la mujer objeto <strong>de</strong> violenciatenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación <strong>de</strong>l daño uotros medios <strong>de</strong> compensación justos y eficaces.


BELEM DO PARA• El instrumento elaborado el 9 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 1994.• La violencia contra la mujer constituye una violación <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos y las liberta<strong>de</strong>s fundamentales y limitatotal o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce yejercicio <strong>de</strong> tales <strong>de</strong>rechos y liberta<strong>de</strong>s.• La violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidadhumana y una manifestación <strong>de</strong> las relaciones <strong>de</strong> po<strong>de</strong>rhistóricamente <strong>de</strong>siguales entre mujeres y hombres.• La eliminación <strong>de</strong> la violencia contra la mujer es condiciónindispensable para su <strong>de</strong>sarrollo individual y social y su plenae igualitaria participación en todas las esferas <strong>de</strong> vida.


BELEM DO PARA•Debe enten<strong>de</strong>rse por violenciacontra la mujer cualquier acción oconducta, basada en su género, quecause muerte, daño o sufrimientofísico, sexual o psicológico a lamujer, tanto en el ámbito públicocomo en el privado.


BELEM DO PARA• Se enten<strong>de</strong>rá que violencia contra la mujer incluye laviolencia física, sexual y psicológica:• a. que tenga lugar <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la familia o unidad doméstica oen cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresorcomparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer,y que compren<strong>de</strong>, entre otros, violación, maltrato y abusosexual;• b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada porcualquier persona y que compren<strong>de</strong>, entre otros, violación,abuso sexual, tortura, trata <strong>de</strong> personas, prostitución forzada,secuestro y acoso sexual en el lugar <strong>de</strong> trabajo, así como eninstituciones educativas, establecimientos <strong>de</strong> salud ocualquier otro lugar, y• c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes,don<strong>de</strong>quiera que ocurra.


BELEM DO PARA•Toda mujer tiene <strong>de</strong>recho auna vida libre <strong>de</strong> violencia,tanto en el ámbito publicocomo en el privado.


BELEM DO PARA• Toda mujer tiene <strong>de</strong>recho al reconocimiento, goce, ejercicio yprotección <strong>de</strong> todos los <strong>de</strong>rechos humanos y a las liberta<strong>de</strong>sconsagradas por los instrumentos regionales einternacionales sobre <strong>de</strong>rechos humanos. Estos <strong>de</strong>rechoscompren<strong>de</strong>n, entre otros:• a. el <strong>de</strong>recho a que se respete su vida;• b. el <strong>de</strong>recho a que se respete su integridad física, psíquica ymoral;• c. el <strong>de</strong>recho a la libertad y a la seguridad personales;• d. el <strong>de</strong>recho a no ser sometida a torturas;• e. el <strong>de</strong>recho a que se respete la dignidad inherente a supersona y que se proteja a su familia;• f. el <strong>de</strong>recho a igualdad <strong>de</strong> protección ante la ley y <strong>de</strong> la ley;


BELEM DO PARA• Continuación …• g. el <strong>de</strong>recho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunalescompetentes, que la ampare contra actos que violen sus<strong>de</strong>rechos;• h. el <strong>de</strong>recho a libertad <strong>de</strong> asociación;• i. el <strong>de</strong>recho a la libertad <strong>de</strong> profesar la religión y lascreencias propias <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la ley, y• j. el <strong>de</strong>recho a tener igualdad <strong>de</strong> acceso a las funcionespublicas <strong>de</strong> su país y a participar en los asuntos públicos,incluyendo la toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisiones.


BELEM DO PARA•Toda mujer podrá ejercer libre y plenamentesus <strong>de</strong>rechos civiles, políticos, económicos,sociales y culturales y contará con la totalprotección <strong>de</strong> esos <strong>de</strong>rechos consagrados enlos instrumentos regionales e internacionalessobre <strong>de</strong>rechos humanos. Los Estados Partesreconocen que la violencia contra la mujerimpi<strong>de</strong> y anula el ejercicio <strong>de</strong> esos <strong>de</strong>rechos.


BELEM DO PARA• El <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> toda mujer a una vida libre <strong>de</strong> violencia incluye,entre otros:• a. el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> la mujer a ser libre <strong>de</strong> toda forma <strong>de</strong>discriminación, y• b. el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> la mujer a ser valorada y educada libre <strong>de</strong>patrones estereotipados <strong>de</strong> comportamiento y prácticassociales y culturales basadas en conceptos <strong>de</strong> inferioridad osubordinación.


BELEM DO PARA• Los Estados Partes con<strong>de</strong>nan todas las formas <strong>de</strong> violenciacontra la mujer y convienen en adoptar, por todos los mediosapropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir,sancionar y erradicar dicha violencia y en llevar a cabo losiguiente:• a. abstenerse <strong>de</strong> cualquier acción o práctica <strong>de</strong> violenciacontra la mujer y velar por que las autorida<strong>de</strong>s, susfuncionarios, personal y agentes e instituciones se comporten<strong>de</strong> conformidad con esta obligación;• b. actuar con la <strong>de</strong>bida diligencia para prevenir, investigar ysancionar la violencia contra la mujer;


BELEM DO PARA• Continuación …• c. incluir en su legislación interna normas penales, civiles yadministrativas, así como las <strong>de</strong> otra naturaleza que seannecesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violenciacontra la mujer y adoptar las medidas administrativasapropiadas que sean <strong>de</strong>l caso;• d. adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor aabstenerse <strong>de</strong> hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner enpeligro la vida <strong>de</strong> la mujer <strong>de</strong> cualquier forma que atente contrasu integridad o perjudique su propiedad;• e. tomar todas las medidas apropiadas, incluyendo medidas <strong>de</strong>tipo legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentosvigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinariasque respal<strong>de</strong>n la persistencia o la tolerancia <strong>de</strong> la violenciacontra la mujer;


BELEM DO PARA• Continuación …• f. establecer procedimientos legales justos y eficaces para lamujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entreotros, medidas <strong>de</strong> protección, un juicio oportuno y el accesoefectivo a tales procedimientos;• g. establecer los mecanismos judiciales y administrativosnecesarios para asegurar que la mujer objeto <strong>de</strong> violenciatenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación <strong>de</strong>l daño uotros medios <strong>de</strong> compensación justos y eficaces, y• h. adoptar las disposiciones legislativas o <strong>de</strong> otra índole quesean necesarias para hacer efectiva esta Convención.


BELEM DO PARA• Los Estados Partes convienen en adoptar, en formaprogresiva, medidas específicas, inclusive• programas para:• a. fomentar el conocimiento y la observancia <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho <strong>de</strong>la mujer a una vida libre <strong>de</strong> violencia, y el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> la mujera que se respeten y protejan sus <strong>de</strong>rechos humanos;• b. modificar los patrones socioculturales <strong>de</strong> conducta <strong>de</strong>hombres y mujeres, incluyendo el diseño <strong>de</strong> programas <strong>de</strong>educación formales y no formales apropiados a todo nivel <strong>de</strong>lproceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbresy todo otro tipo <strong>de</strong> prácticas que se basen en la premisa <strong>de</strong> lainferioridad o superioridad <strong>de</strong> cualquiera <strong>de</strong> los géneros o enlos papeles estereotipados para el hombre y la mujer quelegitimizan o exacerban la violencia contra la mujer;


BELEM DO PARA• Continuación …• c. fomentar la educación y capacitación <strong>de</strong>l personal en laadministración <strong>de</strong> justicia, policial y <strong>de</strong>más funcionarios encargados <strong>de</strong>la aplicación <strong>de</strong> la ley, así como <strong>de</strong>l personal a cuyo cargo esté laaplicación <strong>de</strong> las políticas <strong>de</strong> prevención, sanción y eliminación <strong>de</strong> laviolencia contra la mujer;• d. suministrar los servicios especializados apropiados para la atenciónnecesaria a la mujer objeto <strong>de</strong> violencia, por medio <strong>de</strong> entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> lossectores público y privado, inclusive refugios, servicios <strong>de</strong> orientaciónpara toda la familia, cuando sea <strong>de</strong>l caso, y cuidado y custodia <strong>de</strong> losmenores afectados;• e. fomentar y apoyar programas <strong>de</strong> educación gubernamentales y <strong>de</strong>lsector privado <strong>de</strong>stinados a concientizar al público sobre los problemasrelacionados con la violencia contra la mujer, los recursos legales y lareparación que corresponda;• f. ofrecer a la mujer objeto <strong>de</strong> violencia acceso a programas eficaces<strong>de</strong> rehabilitación y capacitación que le permitan participar plenamenteen la vida pública, privada y social;


BELEM DO PARA• Continuación• g. alentar a los medios <strong>de</strong> comunicación a elaborar directricesa<strong>de</strong>cuadas <strong>de</strong> difusión que contribuyan a erradicar laviolencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar elrespeto a la dignidad <strong>de</strong> la mujer;• h. garantizar la investigación y recopilación <strong>de</strong> estadísticas y<strong>de</strong>más información pertinente sobre las causas,consecuencias y frecuencia <strong>de</strong> la violencia contra la mujer,con el fin <strong>de</strong> evaluar la eficacia <strong>de</strong> las medidas para prevenir,sancionar y eliminar la violencia contra la mujer y <strong>de</strong> formulary aplicar los cambios que sean necesarios, y• i. promover la cooperación internacional para el intercambio<strong>de</strong> i<strong>de</strong>as y experiencias y la ejecución <strong>de</strong> programasencaminados a proteger a la mujer objeto <strong>de</strong> violencia.


EL ESTATUTO DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LAIMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN DEBELÉM DO PARÁCarácterintergubernamentalFormularárecomendacionesEvaluará y AnalizaráEstablecerá sistema <strong>de</strong>cooperación técnicaConstará <strong>de</strong> un órganoPolítico(Conferencia <strong>de</strong> EstadosParte)Constará <strong>de</strong> unórgano Técnico(Comité <strong>de</strong>Expertos)Transparencia y objetividad118


INSTRUMENTOS INTERNACIONALES –PROTOCOLO SOBRE TRATA DE PERSONAS• Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata <strong>de</strong>Personas, especialmente mujeres y niños. (Adoptada por laAsamblea General <strong>de</strong> la ONU en 2000)• Importancia:• A la fecha, el instrumento vinculante más integral en eltema.• Define el <strong>de</strong>lito <strong>de</strong> la trata,• Incluye disposiciones respecto a la protección <strong>de</strong> lasvíctimas, penalización, medidas <strong>de</strong> control, prevención ycapacitación.


INSTRUMENTOS INTERNACIONALES –PROTOCOLO SOBRE TRATA DE PERSONAS• Definición <strong>de</strong> trata <strong>de</strong> personas• “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o larecepción <strong>de</strong> personas, recurriendo a la amenaza o aluso <strong>de</strong> la fuerza u otras formas <strong>de</strong> coacción, al rapto, alfrau<strong>de</strong>, al engaño, al abuso <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r o <strong>de</strong> una situación<strong>de</strong> vulnerabilidad o a la concesión o recepción <strong>de</strong> pagoso beneficios para obtener el consentimiento <strong>de</strong> unapersona que tenga autoridad sobre otra, con fines <strong>de</strong>explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, laexplotación <strong>de</strong> la prostitución ajena u otras formas <strong>de</strong>explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, laesclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, laservidumbre o la extracción <strong>de</strong> órganos”.


INSTRUMENTOS INTERNACIONALES –PROTOCOLO SOBRE TRATA DE PERSONAS• Finalidad:• Prevenir y combatir la trata <strong>de</strong> personas, prestando especialatención a las mujeres y los niños.• Proteger y ayudar a las víctimas <strong>de</strong> dicha trata, respetandoplenamente sus <strong>de</strong>rechos humanos.• Promover la cooperación entre los Estados Partes para lograresos fines.• El Consentimiento:• Es irrelevante en tanto se haya recurrido a cualquiera <strong>de</strong> losmedios contenidos en la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong>l <strong>de</strong>lito.• Los menores no pue<strong>de</strong>n consentir a ser víctimas <strong>de</strong> trata enningún sentido (menores 18 años).


MECANISMOS INTERNACIONALES DEPROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS• Existe una amplia maquinaria <strong>de</strong> protección <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos<strong>de</strong> la que forman parte los relatores o representantes especialesestablecidos por la ONU o la OEA.• O N U Consejo <strong>de</strong> Derechos HumanosComités <strong>de</strong> Tratados y Relatores• O E A Comisión Interamericana <strong>de</strong> Derecho Humanos yCorte Interamericana <strong>de</strong> Derechos Humanos.• Su mandato es informar el estado que guarda, en el mundo, el temaespecífico que les es encomendado.• Realizan visitas, reciben <strong>de</strong>nuncias <strong>de</strong> particulares, solicitaninformación a los Estados y formulan recomendaciones.


CONVENCIÓN SOBRELOS DERECHOS DELNIÑO


CDN• La familia, como grupo fundamental <strong>de</strong> la sociedad y medionatural para el crecimiento y el bienestar <strong>de</strong> todos susmiembros, y en particular <strong>de</strong> los niños, <strong>de</strong>be recibir laprotección y asistencia necesarias para po<strong>de</strong>r asumirplenamente sus responsabilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la comunidad.• El niño, para el pleno y armonioso <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> supersonalidad, <strong>de</strong>be crecer en el seno <strong>de</strong> la familia, en unambiente <strong>de</strong> felicidad, amor y comprensión.• El niño <strong>de</strong>be estar plenamente preparado para una vidain<strong>de</strong>pendiente en sociedad y ser educado en el espíritu <strong>de</strong> losi<strong>de</strong>ales proclamados en la Carta <strong>de</strong> las Naciones Unidas y, enparticular, en un espíritu <strong>de</strong> paz, dignidad, tolerancia,libertad, igualdad y solidaridad.


¿QUIÉNES SON NIÑOS, NIÑAS OADOLESCENTES?•Para los efectos <strong>de</strong> la presenteConvención, se entien<strong>de</strong> por niño todoser humano menor <strong>de</strong> dieciocho años <strong>de</strong>edad, salvo que, en virtud <strong>de</strong> la ley quele sea aplicable, haya alcanzado antes lamayoría <strong>de</strong> edad.


SIN DISTINCIÓN – SIN DISCRIMINACIÓN• Los Estados Partes respetarán los <strong>de</strong>rechos enunciados en lapresente Convención y asegurarán su aplicación a cada niñosujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna,in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> la raza, el color, el sexo, el idioma, lareligión, la opinión política o <strong>de</strong> otra índole, el origennacional, étnico o social, la posición económica, losimpedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otracondición <strong>de</strong>l niño, <strong>de</strong> sus padres o <strong>de</strong> sus representanteslegales.


INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO• En todas las medidas concernientes a los niños que tomen lasinstituciones públicas o privadas <strong>de</strong> bienestar social, lostribunales, las autorida<strong>de</strong>s administrativas o los órganoslegislativos, una consi<strong>de</strong>ración primordial a que se aten<strong>de</strong>ráserá el interés superior <strong>de</strong>l niño.• Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño laprotección y el cuidado que sean necesarios para subienestar, teniendo en cuenta los <strong>de</strong>rechos y <strong>de</strong>beres <strong>de</strong> suspadres, tutores u otras personas responsables <strong>de</strong> él ante laley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas yadministrativas a<strong>de</strong>cuadas.


APLICACIÓN DE DERECHOS• Los Estados Partes adoptarán todas las medidasadministrativas, legislativas y <strong>de</strong> otra índole para darefectividad a los <strong>de</strong>rechos reconocidos en lapresente Convención. En lo que respecta a los<strong>de</strong>rechos económicos, sociales y culturales, losEstados Partes adoptarán esas medidas hasta elmáximo <strong>de</strong> los recursos <strong>de</strong> que dispongan y, cuandosea necesario, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l marco <strong>de</strong> la cooperacióninternacional.


DIRECCIÓN Y ORIENTACIÓNDE PADRES Y MADRES• Los Estados Partes respetarán las responsabilida<strong>de</strong>s, los<strong>de</strong>rechos y los <strong>de</strong>beres <strong>de</strong> los padres o, en su caso, <strong>de</strong> losmiembros <strong>de</strong> la familia ampliada o <strong>de</strong> la comunidad, segúnestablezca la costumbre local, <strong>de</strong> los tutores u otras personasencargadas legalmente <strong>de</strong>l niño <strong>de</strong> impartirle, en consonanciacon la evolución <strong>de</strong> sus faculta<strong>de</strong>s, dirección y orientaciónapropiadas para que el niño ejerza los <strong>de</strong>rechos reconocidosen la presente Convención.


SUPERVIVENCIA Y DESARROLLO• Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el<strong>de</strong>recho intrínseco a la vida.• Los Estados Partes garantizarán en la máximamedida posible la supervivencia y el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>lniño.


NOMBRE Y NACIONALIDAD•Todo niño tiene <strong>de</strong>recho a unnombre <strong>de</strong>s<strong>de</strong> su nacimiento y aobtener una nacionalidad.


PRESERVACIÓN DE LA IDENTIDAD• Los Estados Partes se comprometen a respetar el<strong>de</strong>recho <strong>de</strong>l niño a preservar su i<strong>de</strong>ntidad, incluidosla nacionalidad, el nombre y las relacionesfamiliares <strong>de</strong> conformidad con la ley sin injerenciasilícitas.• Cuando un niño sea privado ilegalmente <strong>de</strong> algunos<strong>de</strong> los elementos <strong>de</strong> su i<strong>de</strong>ntidad o <strong>de</strong> todos ellos,los Estados Partes <strong>de</strong>berán prestar la asistencia yprotección apropiadas con miras a restablecerrápidamente su i<strong>de</strong>ntidad.


SEPARACIÓN DE LOS PADRES Y MADRES• Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado<strong>de</strong> sus padres contra la voluntad <strong>de</strong> éstos, excepto cuando, areserva <strong>de</strong> revisión judicial, las autorida<strong>de</strong>s competentes<strong>de</strong>terminen, <strong>de</strong> conformidad con la ley y los procedimientosaplicables, que tal separación es necesaria en el interéssuperior <strong>de</strong>l niño.• Tal <strong>de</strong>terminación pue<strong>de</strong> ser necesaria en casos particulares,por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto <strong>de</strong>maltrato o <strong>de</strong>scuido por parte <strong>de</strong> sus padres o cuando éstosviven separados y <strong>de</strong>be adoptarse una <strong>de</strong>cisión acerca <strong>de</strong>llugar <strong>de</strong> resi<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong>l niño.


OPINIÓN DEL NIÑO•Los Estados Partes garantizarán al niño queesté en condiciones <strong>de</strong> formarse un juiciopropio el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> expresar su opiniónlibremente en todos los asuntos que afectanal niño, teniéndose <strong>de</strong>bidamente en cuentalas opiniones <strong>de</strong>l niño, en función <strong>de</strong> la edad ymadurez <strong>de</strong>l niño.


LIBERTAD DE EXPRESIÓN• El niño tendrá <strong>de</strong>recho a la libertad <strong>de</strong> expresión;ese <strong>de</strong>recho incluirá la libertad <strong>de</strong> buscar, recibir ydifundir informaciones e i<strong>de</strong>as <strong>de</strong> todo tipo, sinconsi<strong>de</strong>ración <strong>de</strong> fronteras, ya sea oralmente, porescrito o impresas, en forma artística o por cualquierotro medio elegido por el niño.• Los Estados Partes respetarán el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong>l niño ala libertad <strong>de</strong> pensamiento, <strong>de</strong> conciencia y <strong>de</strong>religión.


LIBERTAD DE PENSAMIENTO,CONCIENCIA Y RELIGIÓN• Los Estados Partes respetarán el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong>l niño a lalibertad <strong>de</strong> pensamiento, <strong>de</strong> conciencia y <strong>de</strong> religión.• Los Estados Partes respetarán los <strong>de</strong>rechos y <strong>de</strong>beres <strong>de</strong> lospadres y, en su caso, <strong>de</strong> los representantes legales, <strong>de</strong> guiaral niño en el ejercicio <strong>de</strong> su <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> modo conforme a laevolución <strong>de</strong> sus faculta<strong>de</strong>s.• La libertad <strong>de</strong> profesar la propia religión o las propiascreencias estará sujeta únicamente a las limitacionesprescritas por la ley que sean necesarias para proteger laseguridad, el or<strong>de</strong>n, la moral o la salud públicos o los<strong>de</strong>rechos y liberta<strong>de</strong>s fundamentales <strong>de</strong> los <strong>de</strong>más.


LIBERTAD DE ASOCIACIÓN• Todo niño tiene <strong>de</strong>recho a la libertad <strong>de</strong> asociación y<strong>de</strong> celebrar reuniones, siempre que ello no vaya encontra <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> otros.• Lo anterior en una sociedad <strong>de</strong>mocrática.


PROTECCIÓN A LA VIDA PRIVADA• Ningún niño será objeto <strong>de</strong> injerencias arbitrarias oilegales en su vida privada, su familia, su domicilio osu correspon<strong>de</strong>ncia ni <strong>de</strong> ataques ilegales a su honray a su reputación.• El niño tiene <strong>de</strong>recho a la protección <strong>de</strong> la ley contraesas injerencias o ataques.


ACCESO A UNA INFORMACIÓN ADECUADA• Los medios <strong>de</strong> comunicación social <strong>de</strong>sempeñan unpapel importante en la difusión <strong>de</strong> información<strong>de</strong>stinada a los niños, que tenga como fin promoversu bienestar moral, el conocimiento y la compresiónentre los pueblos, y que respete la cultura <strong>de</strong>l niño.Es obligación <strong>de</strong>l Estado tomar medidas <strong>de</strong>promoción a este respecto y proteger al niño contratoda información y material perjudicial para subienestar.


PROTECCIÓN A LOS MALOS TRATOS• Los Estados Partes adoptarán todas las medidaslegislativas, administrativas, sociales y educativasapropiadas para proteger al niño contra toda forma<strong>de</strong> perjuicio o abuso físico o mental, <strong>de</strong>scuido o tratonegligente, malos tratos o explotación, incluido elabuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo lacustodia <strong>de</strong> los padres, <strong>de</strong> un representante legal o<strong>de</strong> cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.


PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS PRIVADOSDE SU MEDIO FAMILIAR•Los niños temporal o permanentementeprivados <strong>de</strong> su medio familiar, o cuyo superiorinterés exija que no permanezcan en esemedio, tendrán <strong>de</strong>recho a la protección yasistencia especiales <strong>de</strong>l Estado.


ADOPCIÓN•En los Estados que reconocen y/o permiten laadopción, se cuidará <strong>de</strong> que el interéssuperior <strong>de</strong>l niño sea la consi<strong>de</strong>raciónprimordial y <strong>de</strong> que estén reunidas todas lasgarantías necesarias para asegurar que laadopción sea admisible así como lasautorizaciones <strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>scompetentes.


SALUD Y SERVICIOS MÉDICOS• Los niños tienen <strong>de</strong>recho a disfrutar <strong>de</strong>l más altonivel posible <strong>de</strong> salud y a tener acceso a serviciosmédicos y <strong>de</strong> rehabilitación, con especial énfasis enaquéllos relacionados con la atención primaria <strong>de</strong>salud, los cuidados preventivos y la disminución <strong>de</strong>la mortalidad infantil. Es obligación <strong>de</strong>l Estado tomarlas medidas necesarias, orientadas a la abolición <strong>de</strong>las prácticas tradicionales perjudiciales para lasalud <strong>de</strong>l niño.


EVALUACIÓN PERIÓDICA DELINTERNAMIENTO•El niño que ha sido internado por lasautorida<strong>de</strong>s competentes para su atención,protección o tratamiento <strong>de</strong> salud física omental, tiene <strong>de</strong>recho a una evaluaciónperiódica <strong>de</strong> todas las circunstancias quemotivaron su internamiento.


NIVEL DE VIDA• Todo niño tiene <strong>de</strong>recho a beneficiarse <strong>de</strong> un nivel <strong>de</strong>vida a<strong>de</strong>cuado para su <strong>de</strong>sarrollo y esresponsabilidad primordial <strong>de</strong> padres y madresproporcionárselo. Es obligación <strong>de</strong>l Estado adaptarmedidas apropiadas para que dicha responsabilidadpueda ser asumida y que lo sea <strong>de</strong> hecho, si esnecesario, mediante el pago <strong>de</strong> la pensiónalimenticia.


EDUCACIÓN•Todo niño tiene <strong>de</strong>recho a la educación y esobligación <strong>de</strong>l Estado asegurar por lo menosla educación primaria gratuita y obligatoria.La aplicación <strong>de</strong> la disciplina escolar <strong>de</strong>berárespetar la dignidad <strong>de</strong>l niño en cuantopersona humana.


OBJETIVO DE LA EDUCACIÓN• El Estado <strong>de</strong>be reconocer que la educación <strong>de</strong>be serorientada a <strong>de</strong>sarrollar la personalidad y lascapacida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l niño, a fin <strong>de</strong> prepararlo par unavida adulta activa, inculcarle el respeto <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos elementales y <strong>de</strong>sarrollar surespeto por los valores culturales y nacionalespropios y <strong>de</strong> civilizaciones distintas a la suya.


ESPARCIMIENTO, JUEGO Y ACTIVIDADESCULTURALES•El niño tiene <strong>de</strong>recho alesparcimiento, al juego y aparticipar en las activida<strong>de</strong>sartísticas y culturales.


TRABAJO DE MENORES•Es obligación <strong>de</strong>l Estado proteger al niñocontra el <strong>de</strong>sempeño <strong>de</strong> cualquiertrabajo nocivo para su salud, educacióno <strong>de</strong>sarrollo; fijar eda<strong>de</strong>s mínimas <strong>de</strong>admisión al empleo y reglamentar lascondiciones <strong>de</strong>l mismo.


USO Y TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES• Los Estados Partes adoptarán todas las medidasapropiadas, incluidas medidas legislativas,administrativas, sociales y educacionales, paraproteger a los niños contra el uso ilícito <strong>de</strong> losestupefacientes y sustancias sicotrópicasenumeradas en los tratados internacionalespertinentes, y para impedir que se utilice a niños enla producción y el tráfico ilícitos <strong>de</strong> esas sustancias.


TORTURA Y PRIVACIÓN DE LIBERTAD• Ningún niño será sometido a la tortura, a penas otratos crueles, inhumanos o <strong>de</strong>gradantes, a la penacapital, a la prisión perpetua y a la <strong>de</strong>tención oencarcelación ilegales o arbitrarias. Todo niñoprivado <strong>de</strong> libertad <strong>de</strong>berá ser tratado conhumanidad, estará separado <strong>de</strong> los adultos, tendrá<strong>de</strong>recho a mantener contacto con su familia y atener pronto acceso a la asistencia jurídica u otraasistencia a<strong>de</strong>cuada.


EXPLOTACIÓN SEXUAL• Los Estados Partes se comprometen a proteger al niñocontra todas las formas <strong>de</strong> explotación y abuso sexuales.Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular,todas las medidas <strong>de</strong> carácter nacional, bilateral ymultilateral que sean necesarias para impedir:• a) La incitación o la coacción para que un niño se<strong>de</strong>dique a cualquier actividad sexual ilegal;• b) La explotación <strong>de</strong>l niño en la prostitución u otrasprácticas sexuales ilegales;• c) La explotación <strong>de</strong>l niño en espectáculos o materialespornográficos.


RECUPERACIÓN Y REINTEGRACIÓNSOCIAL• Los Estados Partes adoptarán todas las medidasapropiadas para promover la recuperación física ypsicológica y la reintegración social <strong>de</strong> todo niñovíctima <strong>de</strong>: cualquier forma <strong>de</strong> abandono,explotación o abuso; tortura u otra forma <strong>de</strong> tratos openas crueles, inhumanos o <strong>de</strong>gradantes; oconflictos armados. Esa recuperación y reintegraciónse llevarán a cabo en un ambiente que fomente lasalud, el respeto <strong>de</strong> sí mismo y la dignidad <strong>de</strong>l niño.


ACCESO A LA JUSTICIA


ACCESO A LA JUSTICIA•En el año 2007 la Organización <strong>de</strong> los EstadosAmericanos publicó a través <strong>de</strong> la ComisiónInteramericana <strong>de</strong> los Derechos Humanos elestudio <strong>de</strong>nominado “Acceso a la Justicia paralas Mujeres Víctimas <strong>de</strong> Violencia en lasAméricas”


ACCESO A LA JUSTICIA• El prece<strong>de</strong>nte jurídico <strong>de</strong>l sistema interamericano afirma que unacceso <strong>de</strong> jure y <strong>de</strong> facto a garantías y protecciones judiciales, esindispensable para la erradicación <strong>de</strong>l problema <strong>de</strong> la violenciacontra las mujeres, y por lo tanto, para que los Estados cumplan <strong>de</strong>manera efectiva con las obligaciones internacionales que hancontraído libremente <strong>de</strong> actuar con la <strong>de</strong>bida diligencia frente aeste grave problema <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos. Sin embargo, la labor<strong>de</strong> la CIDH y <strong>de</strong> la Relatoría sobre los Derechos <strong>de</strong> las Mujeres (ena<strong>de</strong>lante la "Relatoría" o "Relatoría sobre <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> las mujeres")revela que las mujeres víctimas <strong>de</strong> violencia frecuentemente noobtienen un acceso a recursos judiciales idóneos y efectivos al<strong>de</strong>nunciar los hechos sufridos, permaneciendo la gran mayoría <strong>de</strong>estos inci<strong>de</strong>ntes en impunidad, y por consiguiente quedando sus<strong>de</strong>rechos <strong>de</strong>sprotegidos. La CIDH observa que la gran mayoría <strong>de</strong>los casos <strong>de</strong> violencia contra las mujeres se encuentran marcadospor la impunidad, lo cual alimenta la perpetuidad <strong>de</strong> esta graveviolación a los <strong>de</strong>rechos humanos.


ACCESO A LA JUSTICIA• El concepto <strong>de</strong> "acceso a la justicia" se <strong>de</strong>fine como elacceso <strong>de</strong> jure y <strong>de</strong> facto a instancias y recursosjudiciales <strong>de</strong> protección frente a actos <strong>de</strong> violencia, <strong>de</strong>conformidad con los parámetros internacionales <strong>de</strong><strong>de</strong>rechos humanos. La CIDH ha establecido que unacceso a<strong>de</strong>cuado a la justicia no se circunscribe sólo a laexistencia formal <strong>de</strong> recursos judiciales, sino también aque éstos sean idóneos para investigar, sancionar yreparar las violaciones <strong>de</strong>nunciadas. Como se analizarámás a<strong>de</strong>lante, una respuesta judicial efectiva frente aactos <strong>de</strong> violencia contra las mujeres compren<strong>de</strong> laobligación <strong>de</strong> hacer accesibles recursos judicialessencillos, rápidos, idóneos e imparciales <strong>de</strong> manera nodiscriminatoria, para investigar, sancionar y repararestos actos, y prevenir <strong>de</strong> esta manera la impunidad.


ACCESO A LA JUSTICIA•El sistema interamericano reconoce que laviolencia contra las mujeres y su raíz, ladiscriminación, es un problema grave <strong>de</strong><strong>de</strong>rechos humanos con repercusionesnegativas para las mujeres y la comunidadque las ro<strong>de</strong>a, y constituye un impedimento alreconocimiento y goce <strong>de</strong> todos sus <strong>de</strong>rechoshumanos, incluyendo el que se le respete suvida y su integridad física, psíquica y moral.


ACCESO A LA JUSTICIA•Los Estados tienen el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> actuarcon la <strong>de</strong>bida diligencia frente a lasviolaciones <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos.Este <strong>de</strong>ber comporta cuatroobligaciones: la prevención, lainvestigación, la sanción y la reparación<strong>de</strong> las violaciones <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechoshumanos y evitar la impunidad.


ACCESO A LA JUSTICIA• La CIDH examinó los principios consagrados en laConvención <strong>de</strong> Belém do Pará en su informe <strong>de</strong> fondosobre el caso <strong>de</strong> Maria da Penha Maia Fernan<strong>de</strong>s,presentado por una víctima <strong>de</strong> violencia doméstica enBrasil al convertirse trágicamente en parapléjica comoconsecuencia <strong>de</strong>l abuso físico y los atentados <strong>de</strong>homicidio perpetrados por su esposo, a pesar <strong>de</strong> haberpresentado varias <strong>de</strong>nuncias ante el Estado. En laresolución <strong>de</strong> este caso, la Comisión aplicó por primeravez la Convención <strong>de</strong> Belém do Pará y <strong>de</strong>cidió que elEstado había menoscabado su obligación <strong>de</strong> ejercer la<strong>de</strong>bida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar laviolencia doméstica, al no con<strong>de</strong>nar y sancionar alvictimario durante 15 años.


ACCESO A LA JUSTICIA• La jurispru<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong>l sistema interamericano ha reiterado que laausencia <strong>de</strong> una investigación y sanción constituye unincumplimiento <strong>de</strong> la obligación <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> garantizar el libre ypleno ejercicio <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> las víctimas y <strong>de</strong> susfamiliares, y respecto <strong>de</strong> la sociedad para conocer lo ocurrido. Elprece<strong>de</strong>nte interamericano ha <strong>de</strong>stacado la importancia <strong>de</strong> realizaruna investigación inmediata, exhaustiva, seria e imparcial anteviolaciones <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos. La Corte ha establecido que lainvestigación se <strong>de</strong>be efectuar:• [c]on seriedad y no como una simple formalidad con<strong>de</strong>nada <strong>de</strong>antemano a ser infructuosa. Debe tener un sentido y ser asumidapor el Estado como un <strong>de</strong>ber jurídico propio y no como una simplegestión <strong>de</strong> intereses particulares, que <strong>de</strong>penda <strong>de</strong> la iniciativaprocesal <strong>de</strong> la víctima o <strong>de</strong> sus familiares o <strong>de</strong> la aportaciónprivada <strong>de</strong> elementos probatorios, sin que la autoridad públicabusque efectivamente la verdad.


ACCESO A LA JUSTICIA• En relación con lo anterior:• La CIDH ha establecido que la investigación <strong>de</strong>bellevarse a cabo <strong>de</strong> manera inmediata, exhaustiva,seria e imparcial y <strong>de</strong>be estar orientada aexplorar todas las líneas investigativas posiblesque permitan la i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong> los autores <strong>de</strong>l<strong>de</strong>lito, para su posterior juzgamiento y sanción.El Estado pue<strong>de</strong> ser responsable por no “or<strong>de</strong>nar,practicar o valorar pruebas” que pue<strong>de</strong>n serfundamentales para el <strong>de</strong>bido esclarecimiento <strong>de</strong>los hechos.


ACCESO A LA JUSTICIA• Tanto la Corte Interamericana como la CIDH hanafirmado reiteradamente que la investigación <strong>de</strong>casos <strong>de</strong> violaciones <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos,que incluye los casos <strong>de</strong> violencia contra lasmujeres, <strong>de</strong>ben llevarse a cabo por autorida<strong>de</strong>scompetentes e imparciales. Cuando talesinvestigaciones no son llevadas a cabo porautorida<strong>de</strong>s apropiadas y sensibilizadas enmateria <strong>de</strong> género o estas autorida<strong>de</strong>s nocolaboran entre sí, se registran retrasos y vacíosclave en las investigaciones, que afectannegativamente el futuro procesal <strong>de</strong>l caso.


ACCESO A LA JUSTICIA• Sobre la situación <strong>de</strong> Ciudad Juárez, el informeanaliza que casi al mismo tiempo quecomenzaba a aumentar la tasa <strong>de</strong> homicidios,algunos <strong>de</strong> los funcionarios encargados <strong>de</strong> lainvestigación <strong>de</strong> estos hechos y <strong>de</strong>lprocesamiento <strong>de</strong> los agresores, comenzaron aemplear un discurso culpando a la víctima por el<strong>de</strong>lito.• "según <strong>de</strong>claraciones públicas <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminadasautorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> alto rango, las víctimas utilizabanminifaldas, salían <strong>de</strong> baile, eran "fáciles" oprostitutas.


ACCESO A LA JUSTICIA• Igualmente, los instrumentos internacionales <strong>de</strong>stacan unaserie <strong>de</strong> principios que <strong>de</strong>ben guiar las actuaciones <strong>de</strong> laadministración <strong>de</strong> la justicia en el tratamiento <strong>de</strong> las víctimas<strong>de</strong> violencia contra las mujeres. Las Reglas <strong>de</strong> Procedimientoy Prueba <strong>de</strong> la Corte Penal Internacional establecen que<strong>de</strong>ben tomarse en cuenta las necesida<strong>de</strong>s específicas <strong>de</strong> lasvíctimas <strong>de</strong> violencia sexual para facilitar su participación ytestimonio en el proceso penal, y <strong>de</strong>ben tener un accesocompleto a la información sobre el proceso.• Por otra parte, una serie <strong>de</strong> instrumentos internacionales <strong>de</strong>protección contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanosy <strong>de</strong>gradantes, <strong>de</strong>stacan la importancia <strong>de</strong> proteger la saludmental y física <strong>de</strong> las víctimas durante la duración <strong>de</strong>lproceso penal, incluyendo la etapa <strong>de</strong> investigación, unprincipio que pue<strong>de</strong> ser aplicado por la CIDH a casos <strong>de</strong>violencia contra las mujeres para evitar la revictimización <strong>de</strong>la agraviada.


ACCESO A LA JUSTICIA• En cuanto al tipo <strong>de</strong> pruebas que son admisiblesen casos <strong>de</strong> violencia sexual, las Reglas <strong>de</strong>Procedimiento y Prueba <strong>de</strong> la Corte PenalInternacional se han pronunciado sobre laimportancia <strong>de</strong> no inferir consentimiento porparte <strong>de</strong> la víctima en casos <strong>de</strong> violencia sexual,por el ambiente <strong>de</strong> coerción que pue<strong>de</strong> crear elagresor y una diversidad <strong>de</strong> factores que pue<strong>de</strong>ninhibir a una victima <strong>de</strong> resistir físicamente a suagresor. Igualmente, se ha señalado que soninadmisibles las evi<strong>de</strong>ncias <strong>de</strong> la conducta sexualprevia <strong>de</strong> la víctima.


ACCESO A LA JUSTICIA•Asimismo se ha afirmado internacionalmenteel <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> las víctimas <strong>de</strong> violaciones <strong>de</strong>sus <strong>de</strong>rechos humanos a obtener unareparación "a<strong>de</strong>cuada, efectiva y rápida" antelos actos perpetrados, proporcional al dañosufrido. Esta <strong>de</strong>be ser integral y <strong>de</strong>be incluirlas garantías <strong>de</strong> restitución, in<strong>de</strong>mnización,rehabilitación, satisfacción y no repetición.


SENTENCIAS DE LACORTEINTERAMERICANA DEDERECHOS HUMANOS


PROCEDIMIENTO ANTE LA COMISIÓNINTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOSSe presenta la Quejaante la CIDHSe <strong>de</strong>claraproce<strong>de</strong>nteSolicita informaciónal EstadoNotifica al Estado ysolicita cumplimiento<strong>de</strong> recomendacionesEmite informe <strong>de</strong>FondoEmite informe <strong>de</strong>procedibilidadEl Estado no cumple ose niega a aceptar sepresenta <strong>de</strong>mandaante la Corte


PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTEINTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOSLa CIDH presenta<strong>de</strong>manda ante la CorteSe <strong>de</strong>clara proce<strong>de</strong>nteSe notifica al EstadoSe celebra unaaudiencia públicaSe admiten las pruebasSe recibe contestación<strong>de</strong> la <strong>de</strong>manda <strong>de</strong>lEstadoSe admiten, en su caso,Amicus curia, <strong>de</strong> todoslos que quieran aportarinformación u opinionesSe reciben alegatosfinales <strong>de</strong> las partesSe emite la sentencia


CAMPO ALGODONERO


ANTECEDENTES


• 4 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2007 la Comisión Interamericana <strong>de</strong>Derechos Humanos (CIDH) sometió a la Corte Interamericana<strong>de</strong> Derechos Humanos (CoIDH) una <strong>de</strong>manda en contra <strong>de</strong> losEstados Unidos Mexicanos• Originada <strong>de</strong> la petición presentada el 6 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002• El 24 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 2005 la CIDH aprobó los informes <strong>de</strong>admisibilidad 16/05, 17/05 y 18/05• 30 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 2007 notificó a las partes su <strong>de</strong>cisión <strong>de</strong>acumular los tres casos• El 9 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2007 aprobó el Informe <strong>de</strong> Fondo No. 28/07,en el cual realizó una serie <strong>de</strong> recomendaciones para elEstado Mexicano


• Con fecha 4 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 2007 el Estado Mexicano fuenotificado <strong>de</strong>l Informe <strong>de</strong> Fondo.• La CIDH consi<strong>de</strong>ró que México no había adoptado susrecomendación <strong>de</strong>cidió someter el presente caso a lajurisdicción <strong>de</strong> la CoIDH


ANTECEDENTES• La <strong>de</strong>manda se relaciona con la supuesta responsabilidadinternación <strong>de</strong>l Estado Mexicano por la <strong>de</strong>saparición y ulteriormuerte <strong>de</strong> las jóvenes Claudia Ivette González, EsmeraldaHerrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez (jóvenesGonzález, Herrera y Ramos), cuyos cuerpos fueronencontrados en un campo algodonero <strong>de</strong> Ciudad Juárez el día6 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2001.


PETICIONES DE LA CIDH• Responsabilidad internacional <strong>de</strong>l Estado por:• Falta <strong>de</strong> medidas <strong>de</strong> protección <strong>de</strong> las víctimas, dos <strong>de</strong> las cualeseran menores <strong>de</strong> edad• Falta <strong>de</strong> prevención <strong>de</strong> estos crímenes, pese al pleno conocimiento<strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong> un patrón <strong>de</strong> violencia <strong>de</strong> género que había<strong>de</strong>jado centenares <strong>de</strong> mujeres y niñas asesinadas• Falta <strong>de</strong> respuesta <strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s frente a la <strong>de</strong>saparición+• Falta <strong>de</strong> <strong>de</strong>bida diligencia en la investigación <strong>de</strong> los asesinatos• Denegación <strong>de</strong> justicia• Falta <strong>de</strong> reparación a<strong>de</strong>cuada


NORMAS INTERNACIONALES VIOLADAS• Convención Americana• Artículos 4 (Derecho a la Vida), 5 (Derecho a la Integridad Personal),8 (Garantías Judiciales), 19 (Derechos <strong>de</strong>l Niño) y 25 (ProtecciónJudicial)• En relación con las obligaciones establecidas en los artículo 1.1(Obligación <strong>de</strong> respetar los <strong>de</strong>rechos) y 2 (Deber <strong>de</strong> adoptardisposiciones <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho interno)• Convención Belém do Pará• Artículo 7


RESPUESTA DEL ESTADO MEXICANO(PRESENTADA EL 26 DE MAYO DE 2008)• Interpuso una excepción preliminar.• Contestó la <strong>de</strong>manda• Formuló observaciones al escrito <strong>de</strong> solicitu<strong>de</strong>s y argumentos


SOLICITUDES DEL ESTADO MEXICANO A LACOIDH• Cuestionó la competencia <strong>de</strong> la CoIDH para conocer sobrepresuntas violaciones a la Convención <strong>de</strong> Belém do Pará• Objetó la ampliación <strong>de</strong> las víctimas propuestas por losrepresentantes• Reconoció parcialmente su responsabilidad


PRUEBAS OFRECIDAS POR LA COMISIÓN• Declaraciones <strong>de</strong> testigos.• Peritajes ofrecidos por las partes• (Todas las <strong>de</strong>claraciones y dictámetes fueron rendidas antefedatario público “Affidávit”)


RECONOCIMIENTO PARCIAL DE LARESPONSABILIDAD INTERNACIONAL• Que en la primera etapa <strong>de</strong> las investigaciones, entre 2001 y2003, se presentaron irregularida<strong>de</strong>s• En la segunda etapa <strong>de</strong> las investigaciones, <strong>de</strong> estos trescasos, a partir <strong>de</strong>l año 2004, se subsanaron plenamente lasirregularida<strong>de</strong>s, se reintegraron los expedientes y sereiniciaron las investigaciones con un sustento científico,incluso con componentes <strong>de</strong> apoyo internacional• Reconoce que <strong>de</strong>rivado <strong>de</strong> las irregularida<strong>de</strong>s, se afectó laintegridad psíquica y dignidad <strong>de</strong> los familiares <strong>de</strong> ClaudiaIvette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura BereniceRamos Monárrez. No obstante se exponen con amplitud losapoyos con recursos económicos, asistencia médica ypsicológica y asesoría jurídica que se ha venido prestando alos familiares <strong>de</strong> cada una <strong>de</strong> las tres víctimas, constituyendouna reparación <strong>de</strong>l daño


ALEGATOS FINALES DEL ESTADO MEXICANO• Solicitó a la CoIDH valore y se pronuncie sobre:• El reconocimiento parcial <strong>de</strong> responsabilidad• Declare la inexistencia <strong>de</strong> violaciones a los artículos 4.1, 5.1, 7, 11 y19 <strong>de</strong> la Convención Americana por lo que se refiere a las jóvenesGonzález, Herrera y Ramos• Declare que el estado ha cumplido con las obligaciones <strong>de</strong>prevención, investigación y reparación• Se reconozcan los esfuerzos <strong>de</strong>l Estado para reparar a los familiaresel daño a los familiares <strong>de</strong> las víctimas.


FIJACIÓN DE LA LITIS• La CoIDH observó que aún con la admisión parcial <strong>de</strong>responsabilidad, sigue existiendo controversia respecto <strong>de</strong>:• Violencia y discriminación contra la mujer• Responsabilidad <strong>de</strong>l estado por los homicidios• Competencia <strong>de</strong> la CoIDH para aplicar la Convención <strong>de</strong> Belém do Pará.• Custodia <strong>de</strong> la escena <strong>de</strong>l crimen, recolección y manejo <strong>de</strong> evi<strong>de</strong>ncias,elaboración <strong>de</strong> las autopsias y en la i<strong>de</strong>ntificación y entrega <strong>de</strong> losrestos <strong>de</strong> las víctimas• Actuación seguida contra presuntos responsables y alegada fabricación<strong>de</strong> culpables• Demora injustificada e inexistencia <strong>de</strong> avances sustanciales en lasinvestigaciones• Fragmentación <strong>de</strong> las investigaciones• Falta <strong>de</strong> sanción a los funcionario público involucrados conirregularida<strong>de</strong>s• Negación <strong>de</strong> acceso al expediente y <strong>de</strong>moras o negación <strong>de</strong> copias <strong>de</strong>lmismo


CONTEXTO• Ciudad Juárez se caracteriza por ser una ciudad industrial, endon<strong>de</strong> se ha <strong>de</strong>sarrollado particularmente la industriamaquiladora, y <strong>de</strong> tránsito <strong>de</strong> migrantes, mexicanos yextranjeros. El Estado, así como diversos informes nacionales einternacionales hacen mención a una serie <strong>de</strong> factores queconvergen en Ciudad Juárez, como las <strong>de</strong>sigualda<strong>de</strong>s sociales yla proximidad <strong>de</strong> la frontera internacional que han contribuido al<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> diversas formas <strong>de</strong> <strong>de</strong>lincuencia organizada, comoel narcotráfico, la trata <strong>de</strong> personas, el tráfico <strong>de</strong> armas y ellavado <strong>de</strong> dinero, incrementando así los niveles <strong>de</strong> inseguridad yviolencia• Des<strong>de</strong> 1993 existe un aumento significativo en el número <strong>de</strong><strong>de</strong>sapariciones y homicidios <strong>de</strong> mujeres y niñas en CiudadJuárez.• Diversos mecanismos nacionales e internacionales <strong>de</strong> vigilancia<strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos han seguido la situación en CiudadJuárez y han llamado la atención <strong>de</strong> la comunidad internacional


CONTEXTO• El aumento en los homicidio <strong>de</strong> mujeres es anómalo en variosaspectos (informe relatora <strong>de</strong> CIDH) ya que:• En 1993 se incrementaron notablemente los asesinatos <strong>de</strong> mujeres• Los coeficientes <strong>de</strong> homicidios <strong>de</strong> mujeres se duplicaron en relacióncon los <strong>de</strong> los hombres• El índice <strong>de</strong> homicidios correspondiente a mujeres en Ciudad Juárezes <strong>de</strong>sproporcionadamente mayor que el <strong>de</strong> ciuda<strong>de</strong>s fronterizas encircunstancias análogas


CONTEXTO• No existen datos claros sobre la cifra exacta <strong>de</strong> homicidios <strong>de</strong>mujeres en Ciudad Juárez a partir <strong>de</strong>l año 1993, pero seobserva que <strong>de</strong> cualquier modo son alarmantes. Mas allá <strong>de</strong>los números, que aún cuando son muy significativos, no sonsuficientes para enten<strong>de</strong>r la gravedad <strong>de</strong>l problema <strong>de</strong>violencia que viven algunas mujeres en Ciudad Juárez, es unfenómeno complejo, aceptado por el Estado, <strong>de</strong> violenciacontra las mujeres <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el año 1993, que ha sidocaracterizado por factores particulares


CONTEXTO• Víctimas• Mujeres jóvenes <strong>de</strong> 15 25 años <strong>de</strong> edad, estudiantes o trabajadores <strong>de</strong>maquilas o <strong>de</strong> tiendas u empresas locales, y que algunas vivían enCiudad Juárez <strong>de</strong>s<strong>de</strong> hacía relativamente poco tiempo.• Modalidad• Un signo consi<strong>de</strong>rable <strong>de</strong> homicidios presentaron signos <strong>de</strong> violenciasexual• Las mujeres son secuestradas y mantenidas en cautiverio• Sus familiares <strong>de</strong>nuncian su <strong>de</strong>saparición y luego <strong>de</strong> días o meses suscadáveres son encontrados en terrenos baldíos con signos <strong>de</strong> violencia,incluyendo violación u otros tipos <strong>de</strong> abusos sexuales, tortura ymutilaciones• 30% <strong>de</strong> los homicidios fueron clasificados como sexuales y/o seriales,don<strong>de</strong> se repite un patrón en el que por lo general la víctima no conoce asu victimario y es privada <strong>de</strong> su libertad, sometida a vejaciones ysufrimientos multiples hasta la muerte


CONTEXTO• Violencia basada en Género• Los homicidios están influenciados por una cultura <strong>de</strong> discriminacióncontra la mujer basada en una concepción errónea <strong>de</strong> su inferioridad• Cultura fuertemente arraigada <strong>de</strong> estereotipos, cuya piedra angulares el supuesto <strong>de</strong> la inferioridad <strong>de</strong> las mujeres.• Muchos <strong>de</strong> los homicidios ocurren en un contexto <strong>de</strong> discriminaciónsistemática contra la mujer


CONTEXTO• Irregularida<strong>de</strong>s en la investigación <strong>de</strong> los homicidios y en losprocesos penales• Actitu<strong>de</strong>s discriminatorias <strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s


CONCLUSIONES DE LA COIDH SOBRE ELCONTEXTO EN CIUDAD JUÁREZ• Des<strong>de</strong> 1993 existe un aumento <strong>de</strong> homicidios <strong>de</strong> mujeres enCiudad Juárez• Algunos <strong>de</strong> estos crímenes parecen presentar altos grados <strong>de</strong>violencia, incluyendo sexual• En general los homicidios han sido influenciados, por una cultura<strong>de</strong> discriminación contra la mujer, lo cual ha incidido tanto enlos motivos como en la modalidad <strong>de</strong> lso crímenes, así como enla respuesta <strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s frente a éstos.• Las respuestas ineficientes y las actitu<strong>de</strong>s indiferentesdocumentadas en cuanto a la investigación <strong>de</strong> dichos crímenes,que parecen haber permitido que se haya perpetuado laviolencia contra la mujer en Ciudad Juárez.• Hasta el año 2005, la mayoría <strong>de</strong> los crímenes seguían sin seresclarecidos, siendo los homicidios que presentancaracterísticas <strong>de</strong> violencia sexual los que presentan mayoresniveles <strong>de</strong> impunidad


LOS HECHOS


LAURA BERENICE RAMOS MONÁRREZ• Tenía 17 años <strong>de</strong> edad y era estudiante <strong>de</strong>l quinto semestre<strong>de</strong> la preparatoria. La última noticia que se conocía <strong>de</strong> ellaera una llamada que hizo a una amiga el sábado 22 <strong>de</strong>septiembre <strong>de</strong> 2001 para avisar que estaba lista para ir a unafiesta. La <strong>de</strong>nuncia instaurada señalaba que <strong>de</strong>sapareció elmartes 25 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 2001, sin que se ofrezcan más<strong>de</strong>talles


CLAUDIA IVETTE GONZÁLEZ• Tenía 20 años <strong>de</strong> edad y trabajaba en una empresamaquiladora. Según una amiga cercana, casi siempre salíacon el tiempo limitado ya que le ayudaba a su hermana con elcuidado <strong>de</strong> su menor hija, motivo por el cual llegaba a vecestar<strong>de</strong> al trabajo. El 10 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 2001 llegó dos minutostar<strong>de</strong> a la maquila, por lo que le fue impedida la entrada. Esemismo día <strong>de</strong>sapareció.


ESMERALDA HERRERA MONREAL• Tenía 15 años <strong>de</strong> edad y contaba con grado <strong>de</strong> instrucción <strong>de</strong>tercero <strong>de</strong> secundaria. Desapareció el lunes 29 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong>l2001, luego <strong>de</strong> salir <strong>de</strong> la casa en la que trabajaba comoempleada doméstica.


LAS PRIMERAS 72 HORAS• Únicamente se registraron las <strong>de</strong>sapariciones y lostestimonios <strong>de</strong> quienes interpusieron las <strong>de</strong>nuncias• Se emitió un oficio <strong>de</strong>l Programa <strong>de</strong> Atención a Víctimas <strong>de</strong>los Delitos y se recibieron testimonios <strong>de</strong> apenas trespersonas, una en cada caso• Es <strong>de</strong>cir, sólo se realizaron diligencias rutinarias y formales yno se tomo medida alguna para movilizar el aparatoinvestigador en la búsqueda real y efectiva <strong>de</strong> las víctimas


• Antes <strong>de</strong>l hallazgo <strong>de</strong> los cuerpos las autorida<strong>de</strong>s se limitaron a:• Elaborar registros <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición• Cárteles <strong>de</strong> búsqueda• Toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>claraciones• Envió <strong>de</strong>l oficio a la Policía Judicial• Sin realizar una indagación más profunda sobre hechosrazonablemente relevantes que se <strong>de</strong>rivaron <strong>de</strong> las más <strong>de</strong>20 <strong>de</strong>claraciones tomadas• En el presente caso, los comentarios efectuados porfuncionarios en el sentido <strong>de</strong> que las víctimas se habríanido con su novio o que tendrían una vida reprochable y lautilización <strong>de</strong> preguntas en torno a la preferencia sexual <strong>de</strong>las víctimas constituyeron estereotipos.• Tanto las actitu<strong>de</strong>s como las <strong>de</strong>claraciones <strong>de</strong> losfuncionarios <strong>de</strong>muestran que existía indiferencia hacia losfamiliares <strong>de</strong> las víctimas y sus <strong>de</strong>nuncias.


HALLAZGO DE LOS CUERPOS• El 6 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2001 se encontraron los cuerpos <strong>de</strong> tresmujeres en un campo algodonero.• Estas tres mujeres fueron posteriormente i<strong>de</strong>ntificadas comolas jóvenes Ramos, González y Herrera.• Los dictámenes <strong>de</strong> necropsia no pudieron establecer la causa<strong>de</strong> muerte ni confirmar si las víctimas habían sido violadassexualmente.


LAS CONCLUSIONES DE LACORTE INTERAMERICANA DEDERECHOS HUMANOS


VIOLENCIA CONTRA LA MUJER• Las jóvenes González, Ramos y Herrera fueron víctimas <strong>de</strong>violencia contra la mujer según la Convención Americana y laConvención <strong>de</strong> Belém do Pará:• Reconocimiento <strong>de</strong>l Estado con respecto a la situación <strong>de</strong> violenciacontra la mujer en Ciudad Juárez, así como su señalamiento conrespecto a que los homicidios <strong>de</strong> mujeres en esta Ciudad se encuentraninfluenciados por una cultura <strong>de</strong> discriminación contra la mujer• Los informes <strong>de</strong> la Relatoría <strong>de</strong> la CIDH, <strong>de</strong>l CEDAW y <strong>de</strong> AmnistíaInternacional, entre otros, señalan que muchos <strong>de</strong> los homicidios <strong>de</strong>mujeres en Ciudad Juárez son manifestaciones <strong>de</strong> violencia basada engénero.• Las tres víctimas <strong>de</strong> este caso eran mujeres jóvenes, <strong>de</strong> escasosrecursos, trabajadoras o estudiantes, como muchas <strong>de</strong> las víctimas <strong>de</strong>los homicidios en Ciudad Juárez. Las mismas fueron hechas <strong>de</strong>saparecery sus cuerpos aparecieron en un campo algodonero. Se ha tenido comoprobado que sufrieron graves agresiones físicas y muy probablementeviolencia sexual <strong>de</strong> algún tipo antes <strong>de</strong> su muerte


DEBER DE GARANTÍA• No basta que los Estados se abstengan <strong>de</strong> violar los <strong>de</strong>rechos, sino quees imperativa la adopción <strong>de</strong> medidas positivas, <strong>de</strong>terminables enfunción <strong>de</strong> las particulares necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> protección <strong>de</strong>l sujeto <strong>de</strong><strong>de</strong>recho, ya sea por su condición personal o por la situación específicaen que se encuentre• El <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> prevención abarca todas aquellas medidas <strong>de</strong> carácterjurídico, político, administrativo y cultural que promuevan lasalvaguarda <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos y que aseguren que laseventuales violaciones a los mismos sean efectivamente consi<strong>de</strong>radasy tratadas como un hecho ilícito que, como tal, es susceptible <strong>de</strong>acarrear sanciones para quien las cometa, así como la obligación <strong>de</strong>in<strong>de</strong>mnizar a las víctimas por sus consecuencias perjudiciales.• Los Estados <strong>de</strong>ben adoptar medidas integrales para cumplir con la<strong>de</strong>bida diligencia en casos <strong>de</strong> violencia contra las mujeres. Enparticular, <strong>de</strong>ben contar con un a<strong>de</strong>cuado marco jurídico <strong>de</strong> protección,con una aplicación efectiva <strong>de</strong>l mismo y con políticas <strong>de</strong> prevención yprácticas que permitan actuar <strong>de</strong> una manera eficaz ante las<strong>de</strong>nuncias.


DEBER DE GARANTÍA• A pesar <strong>de</strong> que el Estado tenía pleno conocimiento <strong>de</strong>l riesgo quecorrían las mujeres <strong>de</strong> ser objeto <strong>de</strong> violencia, no <strong>de</strong>mostró haberadoptado medidas efectivas <strong>de</strong> prevención antes <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong>2001 que redujera los factores <strong>de</strong> riesgo para las mujeres.• El Estado Mexicano, antes <strong>de</strong>l hallazgo <strong>de</strong> los cuerpos, tuvoconocimiento <strong>de</strong> que existía un riesgo real e inmediato <strong>de</strong> que lasvíctimas fueran agredidas sexualmente, sometidas a vejámenes yasesinadas. Ante tal contexto surge un <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> <strong>de</strong>bida diligenciaestricta frente a <strong>de</strong>nuncias <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición <strong>de</strong> mujeres respecto a subúsqueda durante las primeras horas y los primeros días.• Esta obligación <strong>de</strong> medio, al ser más estricta, exige la realizaciónexhaustiva <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> búsqueda.• En particular es imprescindible la actuación pronta e inmediata <strong>de</strong> lasautorida<strong>de</strong>s policiales, fiscales y judiciales or<strong>de</strong>nando medidasoportunas y necesarias dirigidas a la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong>l para<strong>de</strong>ro <strong>de</strong>las víctimas o el lugar don<strong>de</strong> puedan encontrase privadas <strong>de</strong> libertad.


DEBER DE GARANTÍA• Deben existir procedimientos a<strong>de</strong>cuados para las <strong>de</strong>nuncias yque éstas conlleven una investigación efectiva <strong>de</strong>s<strong>de</strong> lasprimeras horas.• Las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>ben presumir que la persona <strong>de</strong>saparecidaestá privada <strong>de</strong> la libertad y sigue con vida hasta que seponga fin a la incertidumbre sobre la suerte que ha corrido.


DEBER DE GARANTÍA• México no <strong>de</strong>mostró haber adoptado las medidas razonables,conforme a las circunstancias que ro<strong>de</strong>aban los casos, paraencontrar a las víctimas con vida.• El Estado no actúo con prontitud <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> las primeras horas ydías luego <strong>de</strong> las <strong>de</strong>nuncias <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición, <strong>de</strong>jando per<strong>de</strong>rhoras valiosas.• En el periodo entre las <strong>de</strong>nuncias y el hallazgo <strong>de</strong> los cuerpos <strong>de</strong>las víctimas, el Estado se limitó a realizar formalida<strong>de</strong>s y atomar <strong>de</strong>claraciones que, aunque importantes, perdieron suvalor, una vez que estas no repercutieron en acciones <strong>de</strong>búsqueda específica.• Las actitu<strong>de</strong>s y <strong>de</strong>claraciones <strong>de</strong> los funcionarios hacia losfamiliares <strong>de</strong> las víctimas que daban a enten<strong>de</strong>r que las<strong>de</strong>nuncias <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición no <strong>de</strong>bían ser tratadas con urgencia einmediatez, trajo como consecuencia <strong>de</strong>moras injustificablesluego <strong>de</strong> las presentaciones <strong>de</strong> las <strong>de</strong>nuncias <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición.


DEBER DE GARANTÍA• El Estado no actúo con la <strong>de</strong>bida diligencia requerida paraprevenir a<strong>de</strong>cuadamente las muertes y agresiones sufridaspor las víctimas y que no actúo como razonablemente era <strong>de</strong>esperarse <strong>de</strong> acuerdo a las circunstancias <strong>de</strong>l caso para ponerfin a su privación <strong>de</strong> libertad• Este incumplimiento <strong>de</strong>l <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> garantía es particularmenteserio <strong>de</strong>bido al contexto conocido por el Estado – el cualponía a las mujeres en situación <strong>de</strong> especial vulnerabilidad –y a las obligaciones reforzadas impuestas en casos <strong>de</strong>violencia contra la mujer por el artículo 7. b <strong>de</strong> la Convención<strong>de</strong> Belém do Pará.


DEBER DE GARANTÍA• El Estado Mexicano no <strong>de</strong>mostró haber adoptado normas oimplementado las medidas necesarias, conforme al artículo 2<strong>de</strong> la Convención Americana y el 7. c <strong>de</strong> la Convención <strong>de</strong>Belém do Pará, que permitieran a las autorida<strong>de</strong>s ofrecer unarespuesta inmediata y efizas ante las <strong>de</strong>nuncias <strong>de</strong><strong>de</strong>saparición y prevenir a<strong>de</strong>cuadamente la violencia contra lamujer.• Tampoco <strong>de</strong>mostró haber adoptado normas o tomado medidaspara que los funcionarios responsables <strong>de</strong> recibir las<strong>de</strong>nuncias tuvieran la capacidad y la sensibilidad paraenten<strong>de</strong>r la gravedad <strong>de</strong>l fenómeno <strong>de</strong> la violencia contra lamujer y la voluntad para actuar <strong>de</strong> inmediato.


DEBER DE INVESTIGAR EFECTIVAMENTE LOSHECHOS• Principios rectores en una investigación <strong>de</strong> un muerteviolenta:• I<strong>de</strong>ntificar a la víctima• Recuperar y preservar el material probatorio relacionado con lamuerte, con el fin <strong>de</strong> ayudar en cualquier potencial investigaciónpenal <strong>de</strong> los responsables• I<strong>de</strong>ntificar posibles testigos y obtener sus <strong>de</strong>claraciones en relacióncon la muerte que se investiga• Determinar la causa, forma, lugar y momento <strong>de</strong> la muerte, así comocualquier patrón o práctica que pueda haber causado la muerte• Distinguir entre muerte natural, muerte acci<strong>de</strong>ntal, suicidio yhomicidio• Investigar exhaustivamente la escena <strong>de</strong>l crimen, realizar autopsias yanálisis <strong>de</strong> restos humanos <strong>de</strong> forma riguroso, por profesionalescompetentes y empleando los procedimientos más apropiados.


DEBER DE INVESTIGAR EFECTIVAMENTE LOSHECHOS• A<strong>de</strong>más, con relación a la escena <strong>de</strong>l crimen:• Fotografiar dicha escena, cualquier otra evi<strong>de</strong>ncia física y el cuerpocomo se encontró y <strong>de</strong>spués moverlo• Todas las muestras <strong>de</strong> sangre, cabello, fibras, hilos u otras pistas<strong>de</strong>ber ser recogidas y conservadas• Examinar el área en busca <strong>de</strong> huellas <strong>de</strong> zapatos o cualquier otra quetenga naturaleza <strong>de</strong> evi<strong>de</strong>ncia, y hacer un informe <strong>de</strong>tallandocualquier observación <strong>de</strong> la escena, las acciones <strong>de</strong> losinvestigadores y la disposición <strong>de</strong> toda la evi<strong>de</strong>ncia coleccionada• El protocolo <strong>de</strong> Minnesota establece, entre otras obligaciones, que alinvestigar una escena <strong>de</strong>l crimen se <strong>de</strong>be cerrar la zona contigua alcadáver, prohibir, salvo para el investigador y su equipo, el ingreso ala misma.


DEBER DE INVESTIGAR EFECTIVAMENTE LOSHECHOS• La <strong>de</strong>bida diligencia en una investigación médico-legal <strong>de</strong> unamuerte exige el mantenimiento <strong>de</strong> la ca<strong>de</strong>na <strong>de</strong> custodia <strong>de</strong>todo elemento <strong>de</strong> prueba forense. Ello consiste en llevar unregistro escrito preciso, complementado, según correspondapor fotografías y <strong>de</strong> más elementos gráfico, para documentarla historia <strong>de</strong>l elemento <strong>de</strong> prueba a medida que pasa por lasmanos <strong>de</strong> diversos investigadores encargados <strong>de</strong>l caso. Laca<strong>de</strong>na <strong>de</strong> custodia pue<strong>de</strong> exten<strong>de</strong>rse más allá <strong>de</strong>l juicio y lacon<strong>de</strong>na <strong>de</strong>l autor, dado que las pruebas antiguas,<strong>de</strong>bidamente preservadas, podrían servir para elsobreseimiento <strong>de</strong> una persona con<strong>de</strong>nada erróneamente.


LA RESPONSABILIDADDEL ESTADO MEXICANO


OBLIGACIÓN DE NO DISCRIMINAR: LAVIOLENCIA CONTRA LA MUJER COMODISCRIMINACIÓN• El Estado Mexicano señaló ante el CEDAW que la cultura <strong>de</strong>discriminación <strong>de</strong> la mujer contribuyó a que los homicidios <strong>de</strong> mujeresen Ciudad Juárez no fueron percibidos en sus inicios con un problema<strong>de</strong> magnitud importante para el cual se requerían acciones inmediatasy contun<strong>de</strong>ntes por parte <strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s competentes.• Algunas autorida<strong>de</strong>s mencionaron que las víctimas eran “voladas” oque “se fueron con el novio”, lo cual, sumado a la inacción estatal enel comienzo <strong>de</strong> la investigación, permite concluir que esta indiferencia,por sus consecuencias respecto a la impunidad <strong>de</strong>l caso, reproduce laviolencia que se preten<strong>de</strong> atacar, sin perjuicio <strong>de</strong> que constituye en símisma una discriminación en el acceso a la justicia.• La impunidad <strong>de</strong> los <strong>de</strong>litos cometidos envía el mensaje <strong>de</strong> que laviolencia contra la mujer es tolerada, lo que favorece su perpetuación yla aceptación social <strong>de</strong>l fenómeno, el sentimiento y la sensación <strong>de</strong>inseguridad en las mujeres, así como una persistente <strong>de</strong>sconfianza <strong>de</strong>éstas en el sistema <strong>de</strong> administración <strong>de</strong> justicia


OBLIGACIÓN DE NO DISCRIMINAR: LAVIOLENCIA CONTRA LA MUJER COMODISCRIMINACIÓN• En el presente caso, la violencia contra la mujer constituyóuna forma <strong>de</strong> discriminación y el Estado Mexicano violó el<strong>de</strong>ber <strong>de</strong> no discriminación contenido en el artículo 1.1 <strong>de</strong> laConvención Americana, en relación con el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> garantía<strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos consagrados en los artículos 4.1, 5.1, 5.2 y7.1 <strong>de</strong> dicho instrumento, así como en relación con el accesoa la justicia consagrado en los artículos 8.1 y 25.1


DERECHOS DE LAS NIÑAS• El Estado Mexicano tenía obligación <strong>de</strong> adoptar todas lasmedidas positivas que fueron necesarias para garantizar los<strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> las niñas <strong>de</strong>saparecidas.• Tenía el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> asegurar que fueran encontradas a la mayorbrevedad, una vez los familiares reportaron su ausencia,especialmente <strong>de</strong>bido a que el Estado tenía conocimiento <strong>de</strong>la existencia <strong>de</strong> un contexto específico en el que las niñasestaban siendo <strong>de</strong>saparecidas


DERECHOS DE LAS NIÑAS• A pesar <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong> legislación para la protección <strong>de</strong>la niñez, así como <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminadas políticas estatales, nofueron efectivas para:• Iniciar una pronta búsqueda• Activar todos los recursos internos para obtener información quepermitiera localizar a las niñas con rapi<strong>de</strong>z• Una vez encontrados los cuerpos, realizar investigaciones, procesar ysancionar a los responsables <strong>de</strong> forma eficaz y expedita• El Estado no <strong>de</strong>mostró tener mecanismos <strong>de</strong> reacción o políticaspúblicas que dotaran a las instituciones involucradas <strong>de</strong> losmecanismos necesarios para garantizar los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> las niñas.• El estado violó el <strong>de</strong>recho consagrado en elartículo 19 <strong>de</strong> la Convención Americana


DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL DELOS FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS• Sufrimiento <strong>de</strong> los familiares por lo ocurrido con las víctimasy por la búsqueda <strong>de</strong> la verdad• Amenazas, intimidación y hostigamiento sufridos por losfamiliares


IRREGULARIDADES ENLA INVESTIGACIÓN


ANTES DEL HALLAZGO• Antes <strong>de</strong>l hallazgo <strong>de</strong> los cuerpos las autorida<strong>de</strong>s se limitaron a:• Elaborar registros <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición• Cárteles <strong>de</strong> búsqueda• Toma <strong>de</strong> <strong>de</strong>claraciones• Envió <strong>de</strong>l oficio a la Policía Judicial• Sin realizar una indagación más profunda sobre hechosrazonablemente relevantes que se <strong>de</strong>rivaron <strong>de</strong> las más <strong>de</strong>20 <strong>de</strong>claraciones tomadas• En el presente caso, los comentarios efectuados porfuncionarios en el sentido <strong>de</strong> que las víctimas se habríanido con su novio o que tendrían una vida reprochable y lautilización <strong>de</strong> preguntas en torno a la preferencia sexual <strong>de</strong>las víctimas constituyeron estereotipos.• Tanto las actitu<strong>de</strong>s como las <strong>de</strong>claraciones <strong>de</strong> losfuncionarios <strong>de</strong>muestran que existía indiferencia hacia losfamiliares <strong>de</strong> las víctimas y sus <strong>de</strong>nuncias.


DESPUÉS DEL HALLAZGO• La falta <strong>de</strong> precisión <strong>de</strong> las circunstancias <strong>de</strong>l hallazgo <strong>de</strong>los cadáveres• La poca rigurosidad en la inspección y salvaguarda <strong>de</strong> laescena <strong>de</strong>l crimen practicada por las autorida<strong>de</strong>s• El in<strong>de</strong>bido manejo <strong>de</strong> algunas <strong>de</strong> las evi<strong>de</strong>nciasrecolectadas• Los métodos utilizados no fueron acor<strong>de</strong>s para preservar laca<strong>de</strong>na <strong>de</strong> custodia• Los dictámenes periciales, fundamentalmente los <strong>de</strong>criminalística <strong>de</strong> campo, no correspondían en su contenido alas constancias ministeriales practicadas en el lugar <strong>de</strong> loshechos por el agente <strong>de</strong>l Ministerio Público respectivo.


DESPUÉS DEL HALLAZGO• Autopsias• Se omitieron anotaciones respecto a las lesiones• No se <strong>de</strong>scribió el periodo <strong>de</strong> putrefacción, la macroscopía <strong>de</strong> losórganos internos• No anexaron fotografías ni radiografías que se han <strong>de</strong>bido tomar• No documentaron la realización <strong>de</strong> exámenes específicos enbúsqueda <strong>de</strong> evi<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> abuso sexual, lo cual es particularmentegrave <strong>de</strong>bido al contexto <strong>de</strong>l caso y a las características quepresentaban los cuerpos al momento <strong>de</strong> su hallazgo


DESPUÉS DEL HALLAZGO• Estas negligencias no son aisladas sino que forman parte <strong>de</strong>un contexto en Ciudad Juárez, según el cual en gran parte <strong>de</strong>los expedientes analizados no se apreció que se hayasoclicitado, ni que corra agregado en actuaciones, dictamenpericial alguno para la búsqueda <strong>de</strong> fibras en las ropas <strong>de</strong> lasvíctimas, a efecto <strong>de</strong> una posterior confrontación, lo anteriorincluso en los restos humanos u osamentas <strong>de</strong> víctimas noi<strong>de</strong>ntificadas


DESPUÉS DEL HALLAZGO• Irregularida<strong>de</strong>s en la i<strong>de</strong>ntificación y entrega <strong>de</strong> los cuerpos• Inicial asignación arbitraria <strong>de</strong> nombres a los cuerpos• Entrega <strong>de</strong> los cuerpos sin que existiera una i<strong>de</strong>ntificaciónpositiva• Irregularida<strong>de</strong>s en la aplicación <strong>de</strong> las pruebas genéticas• Irregularida<strong>de</strong>s en la actuación seguida contra presuntosresponsables y fabricación <strong>de</strong> culpables• Demora injustificada e inexistencia <strong>de</strong> avances sustancialesen las investigaciones• Iniciación <strong>de</strong> una investigación por tráfico <strong>de</strong> órganos y la noarticulación <strong>de</strong> ésta con la investigación <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición yhomicidio


DESPUÉS DEL HALLAZGO• La investigación con <strong>de</strong>bida diligencia exige tomar en cuentalo ocurrido en otros homicidio y establecer algún tipo <strong>de</strong>relación entre ellos, ello <strong>de</strong>be ser impulsado <strong>de</strong> oficio, sin quesean las víctimas y sus familiares quienes tengan la carga <strong>de</strong>asumir tal iniciativa• Falta <strong>de</strong> sanción <strong>de</strong> los funcionarios públicos involucrados conirregularida<strong>de</strong>s en el caso.• Negación <strong>de</strong> acceso al expediente y <strong>de</strong>moras o negación <strong>de</strong>copias <strong>de</strong>l mismo


REPARACIONES


INDEMNIZACIONES, COMPENSACIONES,GASTOS Y COSTAS• Daño material• 5mil 500 dólares por concepto <strong>de</strong> pérdida <strong>de</strong> ingresos <strong>de</strong> la señoraFernán<strong>de</strong>z Ortega y <strong>de</strong>l señor Prisciliano Sierra.• Daño inmaterial• 50 mil dólares para la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega, por los sufrimientosocasionados a las víctimas y el tratamiento que han recibido, eltiempo transcurrido <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la violación sexual, la <strong>de</strong>negación <strong>de</strong>justicia y el cambio <strong>de</strong> condiciones <strong>de</strong> vida y las restantesconsecuencias <strong>de</strong> or<strong>de</strong>n inmaterial que sufrieron• 10 mil dólares para cada una <strong>de</strong> las hijas mayores (2 hijas)• 5 mil dólares para cada uno <strong>de</strong> sus familiares (3 personas)• 2 mil 500 dólares para el esposo


OBLIGACIÓN DE INVESTIGAR LOS HECHOS EIDENTIFICAR, JUZGAR Y, EN SU CASO, SANCIONAR ALOS RESPONSABLES DE LAS VIOLACIONES• I<strong>de</strong>ntificación, proceso y sanción <strong>de</strong> los responsables <strong>de</strong> la<strong>de</strong>saparición, vejámenes y homicidio por razones <strong>de</strong> género<strong>de</strong> las jóvenes González, Ramos y Herrera• Remover todos los obstáculos <strong>de</strong> jure o <strong>de</strong> facto que impidan la<strong>de</strong>bida investigación <strong>de</strong> los hechos y el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> los respectivosprocesos judiciales, y usar todos los medios disponibles para hacerque las investigaciones y procesos judiciales sean expeditos a fin <strong>de</strong>evitar la repetición <strong>de</strong> hechos iguales o análogos a los <strong>de</strong>l presentecaso


• La investigación <strong>de</strong>berá incluir:• una perspectiva <strong>de</strong> género• empren<strong>de</strong>r líneas <strong>de</strong> investigación específicas respecto a violencia sexual, para lo cual se<strong>de</strong>ben involucrar líneas <strong>de</strong> investigación sobre los patrones respectivos en la zona;• realizarse conforme a los protocolos y manuales que cumplan con los lineamientos <strong>de</strong> lasentencia• Proveer regularmente <strong>de</strong> información a los familiares <strong>de</strong> las víctimas sobre los avances <strong>de</strong>la invetigación• Darles pleno acceso a los expedientes• Las investigaciones <strong>de</strong>berán ser realizadas por uncionarios altamente capacitados en casossimilares y en atención a las víctimas <strong>de</strong> discriminación y violencia por razón <strong>de</strong> género.


• Deberá asegurarse que los distintos órganos que participen en elprocedimiento <strong>de</strong> investigación y los procesos judiciales cuenten conlos recursos humanos y materiales necesarios para <strong>de</strong>sempeñar lastareas <strong>de</strong> manera a<strong>de</strong>cuada, in<strong>de</strong>pendiente e imparcial, y que laspersonas que participen en la investigación cuenten con las <strong>de</strong>bidasgarantías <strong>de</strong> seguridad• Los resultados <strong>de</strong> los procesos <strong>de</strong>berán ser públicamente divulgadospara que la sociedad mexicana conozca los hechos objeto <strong>de</strong>lpresente caso


IDENTIFICACIÓN, PROCESO Y, EN SU CASO,SANCIÓN DE LOS FUNCIONARIOS QUECOMETIERON IRREGULARIDADES• Como forma <strong>de</strong> combatir la impunidad, el Estado <strong>de</strong>berá,<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un plazo razonable, investigar por intermedio <strong>de</strong> lasinstituciones públicas competentes, a los funcionariosacusados <strong>de</strong> irregularida<strong>de</strong>s y, luego <strong>de</strong> un <strong>de</strong>bido proceso,aplicará las sanciones administrativas, disciplinarias openales correspondientes a quienes fueran encontradosresponsables• Investigación <strong>de</strong> las <strong>de</strong>nuncias presentadas por las familiares<strong>de</strong> víctimas que han sido hostigados y perseguidos


• Los tres homicidios por razones <strong>de</strong> género <strong>de</strong>l presente casoocurrieron en un contexto <strong>de</strong> discriminación y violencia contrala mujer. No correspon<strong>de</strong> a la corte atribuir responsabilidad alEstado sólo por el contexto, pero no pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>jar <strong>de</strong> advertir lagran importancia que el esclarecimiento <strong>de</strong> la antedichasituación significa para las medidas generales <strong>de</strong> prevención<strong>de</strong> <strong>de</strong>bería adoptar el Estado a fin <strong>de</strong> asegurar el goce <strong>de</strong> los<strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> las mujeres y niñas en México e invitaral Estado a consi<strong>de</strong>rarlo


MEDIDAS DE SATISFACCIÓN Y GARANTÍAS DENO REPETICIÓN• Medidas <strong>de</strong> satisfacción• Publique a través <strong>de</strong> medios <strong>de</strong> comunicación escrita, radio ytelevisión la sentencia• Realice un reconocimiento público <strong>de</strong> su responsabilidadinternacional por el daño causado y por las graves violacionesocurridas <strong>de</strong> forma digna y significativa que los objetivos <strong>de</strong> lareparación exigen en consulta con las madres <strong>de</strong> las víctimas y susrepresentantes• Memoria <strong>de</strong> las víctimas <strong>de</strong> homicidio por razones <strong>de</strong> género• Día nacional en memoria <strong>de</strong> las víctimas. 6 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> cadaaño


• Garantías <strong>de</strong> no repetición• Estandarización <strong>de</strong> todos los protocolos, manuales, criterioministeriales <strong>de</strong> investigación, servicios periciales y <strong>de</strong> impartición<strong>de</strong> justicia utilizados para investigar todos los <strong>de</strong>litos que serelacionen con <strong>de</strong>sapariciones, violencia sexual y homicidios <strong>de</strong>mujeres, conforme al Protocolo <strong>de</strong> Estambul, el Manual sobre laPrevención e Investigación Efectiva <strong>de</strong> Ejecuciones Extrajudiciales,Arbitrarias y Sumarias <strong>de</strong> Naciones Unidas y los estándaresinternacionales <strong>de</strong> búsqueda <strong>de</strong> personas <strong>de</strong>saparecidas, con baseen una perspectiva <strong>de</strong> género


• Implementación <strong>de</strong> un programa <strong>de</strong> búsqueda y localización <strong>de</strong>mujeres <strong>de</strong>saparecidas en el estado <strong>de</strong> Chihuahua• Implementar búsquedas <strong>de</strong> oficio y sin dilación alguna, cuando sepresenten casos <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición como un amedida tendiente a proteger lavida, libertad personal y la integridad personal <strong>de</strong> la persona<strong>de</strong>saparecida• Establecer un trabajo coordinado entre diferentes cuerpos <strong>de</strong> seguridadpara dar con el para<strong>de</strong>ro <strong>de</strong> la persona• Eliminar cualquier obstáculo <strong>de</strong> hecho o <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho que le resteefectividad a la búsqueda o que haga imposible su inicio como exigirinvestigaciones o procedimientos preliminares• Asignar recursos humanos, económicos y logísticos, científicos o <strong>de</strong>cualquier índole que sean necesarios para el éxito <strong>de</strong> la búsqueda• Confrontar el reporte <strong>de</strong> <strong>de</strong>saparición con la base <strong>de</strong> datos <strong>de</strong> personas<strong>de</strong>saparecidas• Priorizar las búsquedas en áreas don<strong>de</strong> razonablemente sea más probableencontrar a la persona <strong>de</strong>saparecida sin <strong>de</strong>scartar arbitrariamente otrasposibilida<strong>de</strong>s o áreas <strong>de</strong> búsqueda


• Confrontación <strong>de</strong> información genética <strong>de</strong> cuerpos no i<strong>de</strong>ntificados<strong>de</strong> mujeres o niñas privadas <strong>de</strong> la vida en Chihuahua con personas<strong>de</strong>saparecidas a nivel nacional• Creación y actualización <strong>de</strong> una base <strong>de</strong> datos que contenga lainformación personal disponible <strong>de</strong> mujeres y niñas <strong>de</strong>saparecidas a nivelnacional• Creación o actualización <strong>de</strong> una base <strong>de</strong> datos con la informaciónpersonal que sea necesaria, principalmente genética y muestrascelulares, <strong>de</strong> los familiares <strong>de</strong> las personas <strong>de</strong>saparecidas para que elEstado almacene dicha información personal únicamente con el objeto <strong>de</strong>localizar a la persona <strong>de</strong>saparecida• Creación o actualización <strong>de</strong> una base <strong>de</strong> datos con la informacióngenética y muestras celulares provenientes <strong>de</strong> los cuerpos <strong>de</strong> cualquiermujer o niña no i<strong>de</strong>ntificada que fuera privada <strong>de</strong> la vida en el estado <strong>de</strong>Chihuahua


• Prohibición a todo funcionario <strong>de</strong> discriminar porrazón <strong>de</strong> género• Capacitación con perspectiva <strong>de</strong> género afuncionarios públicos y población en general <strong>de</strong>lEstado <strong>de</strong> Chihuahua


REHABILITACIÓN• Brindar atención médica, psicológica y psiquiátrica gratuita enforma inmediata, a<strong>de</strong>cuada y efectiva, a través <strong>de</strong> institucionesestatales <strong>de</strong> salud especializadas a todos los familiaresconsi<strong>de</strong>rados víctimas, si éstos así lo <strong>de</strong>sean.• Asegurar que los profesionales <strong>de</strong> las instituciones <strong>de</strong> salu<strong>de</strong>specializadas que sean asignados para el tratamiento <strong>de</strong> lasvíctimas valoren <strong>de</strong>bidamente las condiciones psicológicas yfísicas <strong>de</strong> cada víctima y tengan la experiencia y formaciónsuficiente para tratar tanto los problemas <strong>de</strong> salud físicos quepa<strong>de</strong>zcan los familiares como los traumas psicológicosocasionados como resultado <strong>de</strong> la violencia <strong>de</strong> género, la falta<strong>de</strong> respuesta estatal y la impunidad• Prestar el tratamiento por el tiempo que sea necesario e incluirel suministro <strong>de</strong> todos los medicamentos que eventualmenterequieran


INDEMNIZACIONESRECURSOS ENTREGADOS POR PARTEFamiliarDEL ESTADOMontoEsmeralda Herrera MonrealIrma Monreal Jaime$136,656 pesosBenigno Herrera Monreal$34,164 pesosAdrián Herrera Monreal$34,164 pesosJuan Antonio Herrera Monreal$34,164 pesosCecilia Herrera Monreal$34,164 pesosClaudia Ivette GonzálezIrma Josefina González Rodríguez $273,312 pesosLaura Berenice Ramos MonárrezBenita Monárrez Salgado$136,656 pesosDaniel Ramos Canales$136,656 pesos


•Daño Material:• Gastos funerarios: Señora Monreal 550 dólares;Señora González 250 dólares; Señora Monárrez 750dólares• Gastos <strong>de</strong> búsqueda: Señora Monreal 150 dólares;Señora González 600 dólares; Señora Monárrez 1050dólares


• Lucro cesante o pérdida <strong>de</strong> ingresos• Esmeralda Herrera Monreal: 145 mil 500 dólares• Claudia Ivette González: 134 mil dólares• Laura Berenice Ramos Monárrez: 140 mil 500 dólares


DAÑO MORALVícitma Parentesco MontoEsmeralda Herrera Monreal40 mil dólaresIrma Monreal Jaime Madre 15 mil dólaresBenigno Herrera Monreal Hermano 11 mil dólaresAdrián Herrera Monreal Hermano 12 mil dólaresJuan Antonio HerreraMonrealHermano11 mil dólaresCecilia Herrera Monreal Hermana 11 mil dólaresZulema Montijo Monreal Hermana 11 mil dólaresErick Montijo Monreal Hermano 11 mil dólaresJuana Ballín Castro Cuñada 11 mil dólares


DAÑO MORALVícitma Parentesco MontoClaudia Ivette GonzálezIrma Josefina GonzálezRodríguezMadre38 mil dólares15 mil dólaresMayela Banda González Hermana 11 mil dólaresGema Iris González Hermana 11 mil dólaresKarla Arisbeth Hernán<strong>de</strong>z Banda Sobrina11 mil dólaresJacqueline Hernán<strong>de</strong>z Sobrina 11 mil dólaresCarlos Hernán<strong>de</strong>z Llamas Cuñado 11 mil dólares


DAÑO MORALVícitma Parentesco MontoLaura Berenice Ramos Monárrez40 mil dólaresBenita Monárrez Salgado Madre 18 mil dólaresClaudia Ivonne Ramos Monárrez Hermana 12 mil dólaresDaniel Ramos Monárrez Hermano 12 mil dólaresRamón Antonio Aragón Monárrez HermanoClaudia Dayana Bermú<strong>de</strong>zRamosSobrina12 mil dólares12 mil dólaresItzel Arely Bermú<strong>de</strong>z Ramos Sobrina 12 mil dólaresPaola Alexandra Bermú<strong>de</strong>zRamosAtziri Geraldine Bermú<strong>de</strong>zRamosSobrinaSobrina12 mil dólares11 mil dólares


COSTAS Y GASTOS• 45 mil dólares a las madres <strong>de</strong> las Jóvenes Herrera, Ramos yGonzález quienes entregaran la cantidad que estimena<strong>de</strong>cuada a sus representantes por concepto <strong>de</strong> gastos ycostas


SENTENCIA CORTEINTERAMERICANA DEDERECHOS HUMANOSCasoFernán<strong>de</strong>zOrtega y otrosVsMéxico(Violaciónsexual)


ANTECEDENTES


• 7 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 2009 la Comisión Interamericana <strong>de</strong> DerechosHumanos (CIDH) sometió a la Corte Interamericana <strong>de</strong>Derechos Humanos (CoIDH) una <strong>de</strong>manda en contra <strong>de</strong> losEstados Unidos Mexicanos• Originada <strong>de</strong> la petición presentada por Inés Fernán<strong>de</strong>zOrtega; Organización Indígena <strong>de</strong> Pueblos Tlapanecos A.C. y elCentro <strong>de</strong> Derechos Humanos <strong>de</strong> la Montaña Tlachinollan A.C.• El 21 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 2006la CIDH emitió el Informe <strong>de</strong>Admisibilidad número 94/64 y el 30 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong>2008aprobó el Informe <strong>de</strong> Fondo No. 89/08, en el cual realizóuna serie <strong>de</strong> recomendaciones para el Estado Mexicano


• Con fecha 7 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2008 el Estado Mexicano fuenotificado <strong>de</strong>l Informe <strong>de</strong> Fondo y se le concedió un plazo <strong>de</strong>dos meses para comunicar las acciones emprendidas eimplementar las recomendaciones.• El 12 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2008 el Estado Mexicano presentó uninforme preliminar y solicitó una prórroga para cumplir conlas recomendaciones• El 5 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 2009 la CIDH informó al Estado queconcedió la prórroga solicitada por tres meses• El 20 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 2009 México presentó un informe final sobreel estado <strong>de</strong> cumplimiento <strong>de</strong> las recomendaciones


ANTECEDENTES• La CIDH sometió el caso a la CoIDH, tras consi<strong>de</strong>rar que lainformación aportada por las partes en relación con laimplementación <strong>de</strong> las recomendaciones contenidas en elInforme <strong>de</strong> Fondo, y tomando en consi<strong>de</strong>ración la falta <strong>de</strong>avances sustantivos en el efectivo cumplimiento <strong>de</strong> lasmismas.


PETICIONES DE LA CIDH• Responsabilidad internacional <strong>de</strong>l Estado por la violaciónsexual y tortura en perjuicio <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortegaocurrida el 22 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002.• Por la falta <strong>de</strong> <strong>de</strong>bida diligencia en la investigación y sanción<strong>de</strong> los responsables <strong>de</strong> esos hechos.• Por la falta <strong>de</strong> reparación a<strong>de</strong>cuada a favor <strong>de</strong> la víctima ysus familiares• Utilización <strong>de</strong>l fuero militar para la investigación yjuzgamiento <strong>de</strong> violaciones a los <strong>de</strong>rechos humanos• Dificulta<strong>de</strong>s que enfrentan las personas indígenas, enparticular las mujeres, para acce<strong>de</strong>r a la justicia.


SOLICITUDES DE LA CIDH• Que la CoIDH <strong>de</strong>clare que el Estado Mexicano es responsable pora violación <strong>de</strong>:• Los artículos 5 (Integridad Personal) 8 (Garantías Judiciales) y 25(Protección Judicial) <strong>de</strong> la Convención Americana en relación con laobligación general <strong>de</strong> respeto y garantía <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanosestablecida en el artículo 1.1 <strong>de</strong> dicha Convención en perjuicio <strong>de</strong> laSeñora Fernán<strong>de</strong>z Ortega y sus familiares.• Artículo 11 (Protección <strong>de</strong> la Honra y Dignidad) <strong>de</strong> la ConvenciónAmericana• Artículo 7 <strong>de</strong> la Convención <strong>de</strong> Belém do Pará• Artículos 1, 6 y 8 <strong>de</strong> la Convención contra la Tortura• Con base en lo anterior la CIDH solicitó a laCoIDH que or<strong>de</strong>ne al Estado <strong>de</strong>terminadasmedidas <strong>de</strong> reparación


RESPUESTA DEL ESTADO MEXICANO(PRESENTADA EL 13 DE DICIEMBRE DE 2009)• Interpuso una excepción preliminar.• Contestó la <strong>de</strong>manda• Formuló observaciones al escrito <strong>de</strong> solicitu<strong>de</strong>s y argumentos


SOLICITUDES DEL ESTADO MEXICANO A LACOIDH• Declare incompetencia ratione materiae para <strong>de</strong>terminarviolaciones a la convención <strong>de</strong> Belém do Pará.• Inexistencia <strong>de</strong> violaciones a los <strong>de</strong>rechos reconocidos por laConvención Americana u otros instrumentos alegados por laCIDH• Se rechacen sus peticiones sobre reparaciones


PRUEBAS OFRECIDAS POR LA COMISIÓN• Declaraciones <strong>de</strong> tres presuntas víctimas y cuatro testigos.• Dictámenes <strong>de</strong> cinco peritos, respecto <strong>de</strong> los cuales las partestuvieron oportunidad <strong>de</strong> hacer observaciones• (Todas las <strong>de</strong>claraciones y dictámetes fueron rendidas ante fedatariopúblico “Affidávit”)


RECONOCIMIENTO PARCIAL DE LARESPONSABILIDAD INTERNACIONAL• En la audiencia pública el Estado Mexicano efectuó unreconocimiento parcial <strong>de</strong> su responsabilidad:• Que la falta <strong>de</strong> atención médica especializada, que <strong>de</strong>bía haberincluido la parte psicológica y no solo la física a la señora Fernán<strong>de</strong>zOrtega, <strong>de</strong>bió realizarse sin dilación y constituye una violaciónflagrante al artículo 8.1 <strong>de</strong> la Convención Americana.• Que la extinción <strong>de</strong> la prueba pericial tomada <strong>de</strong> la víctimaconstituye una flagrante violación flagrante <strong>de</strong>l artículo 8.1 <strong>de</strong>laconvención. (Prueba ginecológica)• Que existe dilación y ausencia <strong>de</strong> <strong>de</strong>bida diligencia en lasinvestigaciones y por tanto se configuran diversas violaciones a losartículo 8.1 y 25 <strong>de</strong> la Convención Americana y, en consecuencia,también al artículo 5.1 por lo que hace a la integridad psicológica <strong>de</strong>la Señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega.


ALEGATOS FINALES DEL ESTADO MEXICANO• Solicitó a la CoIDH valore y se pronuncie sobre los artículos 5.1,8.1 y 25 <strong>de</strong> la Convención Americana sobre:• El escrupuloso respeto <strong>de</strong> las garantías procesales a favor <strong>de</strong> laspresuntas víctimas• Las intervenciones con perspectiva <strong>de</strong> género realizadas en lasinvestigaciones• La reiterada inasistencia <strong>de</strong> la víctima en las investigaciones• La actuación <strong>de</strong> las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l marco jurídico vigente• El impulso procesal por parte <strong>de</strong>l Estado México a la investigación• No hace alegato alguno respecto <strong>de</strong>l ejercicio <strong>de</strong> la justicia militar enmateria <strong>de</strong> competencias jurisdiccionales en este caso, en virtud <strong>de</strong> quela Corte se ha pronunciado ya en forma <strong>de</strong>finitiva• Se rechacen que en el presente caso se configuran violaciones a losartículos 5.1, 11 y 16 <strong>de</strong> la Convención y tampoco <strong>de</strong> otro instrumentojurídico internacional (Convención Belém do Pará y Convención contra laTortura).


FIJACIÓN DE LA LITIS• La CoIDH observó que aún con la admisión parcial <strong>de</strong>responsabilidad, sigue existiendo controversia respecto <strong>de</strong>:• Las alegadas violaciones a los <strong>de</strong>rechos a la integridad personal, alas garantías judiciales, a la honra y a la dignidad, a la libertad <strong>de</strong>asociación, ala igualdad ante la ley y ala protección judicial,reconocidos en los artículos 5, 8, 11, 16, 24 y 25 <strong>de</strong> la ConvenciónAmericana, en relación con la obligación general <strong>de</strong> respeto ygarantía establecida en su artículo 1.1,• A la obligación <strong>de</strong> adoptar disposiciones <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho interno previstaen el artículo 2 <strong>de</strong> la Convención• Obligaciones <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong> los artículos 1, 6 y 8 <strong>de</strong> la Convencióncontra la Tortura• Obligaciones <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong>l artículo 7 <strong>de</strong> la Convención <strong>de</strong> Belém doPará.


CONTEXTO• Importante presencia militar en el estado <strong>de</strong> Guerrero, dirigida a reprimiractivida<strong>de</strong>s ilegales como <strong>de</strong>lincuencia organizada• Se ha <strong>de</strong>nunciado que en la represión <strong>de</strong> tales activida<strong>de</strong>s se vulneran <strong>de</strong>rechosfundamentales• En el Estado <strong>de</strong> Guerrero, un importante porcentaje <strong>de</strong> la población pertenece acomunida<strong>de</strong>s indígenas• En general, la población indígena se encuentra en una situación <strong>de</strong> vulnerabilidad,reflejada en diferentes ámbitos, como la administración <strong>de</strong> justicia y los ser vicios<strong>de</strong> salud, particularmente, por no hablar español y no contar con intérpretes por lafalta <strong>de</strong> recursos económicos para acce<strong>de</strong>r a un abogado, trasladarse a centros <strong>de</strong>salud o a los órganos judiciales y también por ser víctimas <strong>de</strong> prácticas abusivas oviolatorias <strong>de</strong>l <strong>de</strong>bido proceso.• Lo anterior ha provocado que integrantes <strong>de</strong> las comunida<strong>de</strong>s indígenas no acudana los órganos <strong>de</strong> justicia o instancias públicas <strong>de</strong> protección <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechoshumanos por <strong>de</strong>sconfianza o por miedo a represalias.• Situación que se agrava en las mujeres indígenas puesto que la <strong>de</strong>nuncia <strong>de</strong> ciertoshechos se ha converitdo para ellas en un reto que requiere enfrentar muchasbarreras, incluso el rechazo por par te <strong>de</strong> su comunidad y otras “prácticas dañinastradicionales”


LA SRA. FERNÁNDEZ ORTEGA• Mujer indígena perteneciente a la comunidad indígenaMe´phaa, resi<strong>de</strong>nte en Barranca Tecoani, estado <strong>de</strong> Guerrero• Al momento <strong>de</strong> los hechos tenía casi 25 años, estaba casaday tenía 4 hijos.• Se <strong>de</strong>dica a las tareas domésticas, al cuidado <strong>de</strong> los animalesque criaban y ala siembra <strong>de</strong> diferentes cultivos en la parcelafamiliar.• La comunidad <strong>de</strong> Barranca Tecoani se encuentra en una zonamontañosa, aislada y <strong>de</strong> difícil acceso


LOS HECHOS


• 22 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002, alre<strong>de</strong>dor <strong>de</strong> las tres <strong>de</strong> la tar<strong>de</strong>, la SeñoraFernán<strong>de</strong>z Ortega se encontraba en su casa en compañía <strong>de</strong> sus 4hijos, cuando un grupo <strong>de</strong> aproximadamente once militares,vestidos con uniformes y portando armas, se acercaron a su casa.Tres <strong>de</strong> ellos ingresaron a su domicilio.• Los tres militares que ingresaron a su casa sin su consentimiento,le apuntaron con sus armas uno <strong>de</strong> ellos la tomo <strong>de</strong> las manos yapuntándole con el arma le dijo que se tirará al suelo y así lo hizo• Una vez en el suelo, otro militar con una mano tomó las manos <strong>de</strong>la víctima y con otra le levantó la falda, le bajo la ropa interior y lavioló sexualmente mientras los otros dos militares miraban.• Posteriormente, esas tres personas salieron <strong>de</strong> la casa, junto conlos que se habían quedado afuera se retiraron <strong>de</strong>l lugar.


• El 24 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002 la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega, se presentó ante el MinisterioPúblico <strong>de</strong>l Fuero Común <strong>de</strong>l Distrito Judicial <strong>de</strong> Allen<strong>de</strong>, con resi<strong>de</strong>ncia en elMunicipio <strong>de</strong> Ayutla los Libres para interponer la <strong>de</strong>nuncia <strong>de</strong> los hechos.• Debido a las dificulta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega para hablar español, laseñora Eugenio Manuel (que no era interprete <strong>de</strong> oficio) participó como intérpreteen su <strong>de</strong>claración.• Ante la indicación <strong>de</strong> que los autores <strong>de</strong> la violación habían sido militares elAgente <strong>de</strong>l Ministerio público <strong>de</strong>l indicó que no tenía tiempo para recibir la<strong>de</strong>nuncia• Fue necesaria la inter vención <strong>de</strong>l Visitados General <strong>de</strong> la Comisión <strong>de</strong> DerechosHumanos <strong>de</strong> Guerrero para que un funcionario <strong>de</strong>l Ministerio Público tomará la<strong>de</strong>claración.• El Ministerio Público solicitó al médico legista <strong>de</strong>l Distrito que realizara laauscultación a la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega a la brevedad posible y remitiera elcer tificado médico legal ginecológico <strong>de</strong> lesiones.• Tanto la Señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega como el Visitador insistieron en que <strong>de</strong>bía serrevisada por una médica. Debido a la ausencia <strong>de</strong> una mujer que pudiera realizar laexploración médica, el Ministerio Público refirió a la presunta víctima al HospitalGeneral <strong>de</strong> Ayutla


• El 24 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002, la señora Fernán<strong>de</strong>z or tega se presentó en el HospitalGeneral <strong>de</strong> Ayutla, don<strong>de</strong> solicitó la revisión médica por par te <strong>de</strong> personalfemenino. Dado que no había una médica en ese momento se le indicó querefresara en los turnos <strong>de</strong> lunes a viernes cuando podía ser atendida por unadoctora.• El 25 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002, acudió al Hospital y una médica general realizó unarevisión ginecológica en la cual <strong>de</strong>terminó que la presunta víctima físicamente nopresentaba datos <strong>de</strong> agresión y solicitó la realización <strong>de</strong> exámenes <strong>de</strong> laboratorio.• El 4 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 2002 el Director <strong>de</strong>l Hospital General <strong>de</strong> Ayutla informó alMinisterio Público que por no contar con reactivos disponibles para los estudiossolicitados, éstos no fueron realizados.• El 5 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 2002 la Señora Fernán<strong>de</strong>z Or tega solicitó al Ministerio Público querequiriera al Director <strong>de</strong>l Hospital que a la brevedad posible emitiera un dictamen<strong>de</strong> la auscultación física y ginecológica y <strong>de</strong> los análisis realizados a su persona yque explicará por escrito que hizo el personal médico a su cargo con las muestrastomadas para realizar los análisis que solicitó la doctora.• El 9 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 2002 un dictamen rendido por una perita química <strong>de</strong>terminó lapresencia <strong>de</strong> líquido seminal y la i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong> células espermáticas en lasmuestras remitidas al laboratorio el 5 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 2002.


• El 16 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2002 el Coordinador <strong>de</strong> QuímicaForense <strong>de</strong> la Procuraduría General <strong>de</strong> Justiciainformo al Ministerio Público Militar, quien se había<strong>de</strong>clarado competente para llevar a<strong>de</strong>lante lainvestigación que las muestras obtenidas <strong>de</strong> lacavidad vaginal <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega seconsumieron durante su estudio, por tal motivo no seencuentran en el archivo biológico. Luego el mismoservidor público indicó que las dos laminillastomadas <strong>de</strong> la cavidad vaginal <strong>de</strong> la señoraFernán<strong>de</strong>z Ortega fueron agotadas en el proceso <strong>de</strong>análisis.


LAS CONCLUSIONES DE LACORTE INTERAMERICANA DEDERECHOS HUMANOS


SOBRE LA VIOLACIÓN SEXUAL• La violación sexual es un tipo particular <strong>de</strong> agresión que, engeneral, se caracteriza por producirse en ausencia <strong>de</strong> otraspersonas más allá <strong>de</strong> la víctima y el agresor o los agresores.• Dada la naturaleza <strong>de</strong> esta forma <strong>de</strong> violencia, no se pue<strong>de</strong>esperar la existencia <strong>de</strong> pruebas gráficas o documentales y,por ello, la <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> la víctima constituye una pruebafundamental sobre el hecho.• Las inconsistencias en el relato alegados por el EstadoMexicano, mas que un problema <strong>de</strong> consistencia, pue<strong>de</strong>n<strong>de</strong>berse a obstáculos en la expresión, a la intervención <strong>de</strong>terceros, o producto <strong>de</strong>l uso <strong>de</strong> diferentes idiomas ointerpretaciones en las traducciones.


SOBRE LA ALEGACIÓN DEL ESTADO MEXICANO DELAS INCONSISTENCIAS EN LAS DECLARACIONES• De los diferentes relatos <strong>de</strong> la Señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega se<strong>de</strong>spren<strong>de</strong>n <strong>de</strong> manera consistente los siguientes hechos:• El 22 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2002 se encontraba en su casa con sus 4 hijos• Aproximadamente a las tres <strong>de</strong> la tar<strong>de</strong>, tres miembros armados <strong>de</strong>lEjército entraron en su casa sin su consentimiento, mientras otrosmilitares permanecían en el exterior <strong>de</strong> su domicilio• Las personas que ingresaron le apuntaron con las armassolicitándole cierta información sobre la cual no obtuvieronrespuesta• En ese ámbito <strong>de</strong> fuerte coerción, sola y ro<strong>de</strong>ada <strong>de</strong> tres militaresarmados, fue obligada a acostarse en el suelo mientras uno <strong>de</strong> losmilitares la violaba sexualmente los otros dos observaban laejecución <strong>de</strong> la violación sexual.


SOBRE PÉRDIDA DE PRUEBAS PERICIALES• Pruebas periciales y pérdida <strong>de</strong> prueba en po<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l Estado:• A pesar <strong>de</strong> haber encontrado la presencia <strong>de</strong> líquido seminal ycélulas espermáticas, <strong>de</strong> manera inexplicable los peritos oficialesagotaron y <strong>de</strong>secharon las muestras impidiendo realizar otraspruebas, algunas <strong>de</strong> fundamental importancia como, por ejemplo, <strong>de</strong>ADN• Este hecho, reconocido por el Estado Mexicano, que la CoIDHconsi<strong>de</strong>ra como extremadamente grave, ha obstaculizado hasta elpresente el esclarecimiento y la <strong>de</strong>terminación judicial <strong>de</strong> los hechos.• La falta <strong>de</strong> esclarecimiento <strong>de</strong> los hechos, respon<strong>de</strong> principalmente ala <strong>de</strong>strucción <strong>de</strong> esta prueba, <strong>de</strong> importancia fundamental, mientrasse encontraba en custodia <strong>de</strong>l Estado.


CREDIBILIDAD DEL RELATO DE LA VÍCTIMADE VIOLACIÓN• Credibilidad <strong>de</strong>l relato <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega aparecerespaldada <strong>de</strong> otros elementos <strong>de</strong> convicción:• Comisión Nacional <strong>de</strong> Derechos Humanos en su recomendación048/2003 refiere la existencia <strong>de</strong> una certificación psiquiátricarealizada por una perita médica adscrita a dicho órgano en la queseñala que la agraviada estuvo expuesta a un acontecimientotraumático.• Informe psicológico realizado a la Señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega en el año2009, que concluyó que existe coherencia entre los hechos narrados<strong>de</strong> la violación sexual y los síntomas psicológicos pa<strong>de</strong>cidos, siendoestas reacciones emocionales típicas <strong>de</strong> una víctima <strong>de</strong> violaciónsexual por parte <strong>de</strong> alguna autoridad.• Declaración <strong>de</strong> la hija <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega


SOBRE LA VIOLENCIA FÍSICA EN LOS CASOSDE VIOLACIÓN• Jurispru<strong>de</strong>ncia internacional en el sentido <strong>de</strong> que el uso <strong>de</strong> lafuerza no pue<strong>de</strong> consi<strong>de</strong>rarse un elemento imprescindiblepara castigar conducta sexuales no consentidas, así comotampoco <strong>de</strong>be exigirse prueba <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong> resistenciafísica a la mismo, sino que es suficiente con que hayaelementos coercitivos en la conducta. En el presente caso,esta acreditado que el hecho se cometió en una situación <strong>de</strong>extrema coerción, con el agravante <strong>de</strong> producirse en uncontexto <strong>de</strong> relaciones <strong>de</strong> autoridad por parte <strong>de</strong> tresmilitares armados


LA RESPONSABILIDADDEL ESTADO MEXICANO


INTEGRIDAD PERSONAL Y TORTURA• La violación sexual en el presente caso implicó una violacióna la integridad personal <strong>de</strong> la Señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega,constituyendo un acto <strong>de</strong> tortura en los términos <strong>de</strong>l artículo5.2 <strong>de</strong> la Convención Americana y 2 <strong>de</strong> la ConvenciónInteramericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.• Una violación sexual pue<strong>de</strong> constituir tortura aún cuandoconsista en un solo hecho u ocurra fuera <strong>de</strong> lasinstalaciones estatales, como pue<strong>de</strong> ser el domicilio <strong>de</strong> lavíctima.• Esto es así ya que los elementos objetivos y subjetivos quecalifican un hecho como tortura no se refieren ni a laacumulación <strong>de</strong> hechos ni al lugar don<strong>de</strong> el acto se realiza,sino a la intencionalidad, a la severidad <strong>de</strong>l sufrimiento y ala finalidad <strong>de</strong>l acto, requisitos que en el presente caso seencuentran cumplidos.


INTEGRIDAD PERSONAL Y TORTURA• México violó el <strong>de</strong>recho a la integridad personal <strong>de</strong> la señoraFernán<strong>de</strong>z Ortega consagrado en el artículo 5.1, en relacióncon el artículo 1.1 ambos <strong>de</strong> la Convención Americana.• Afectaciones a su integridad personal relativas al trato querecibió al interponer su <strong>de</strong>nuncia ante las autorida<strong>de</strong>s, asícomo sentimientos <strong>de</strong> profundo temor por la presencia <strong>de</strong>militares e impotencia relacionados con la falta <strong>de</strong> justicia ensu caso.


DERECHOS DE LOS FAMILIARESVIOLADOS• La violación sexual <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega, así comolos hechos relacionados con la búsqueda <strong>de</strong> justicia y laimpunidad <strong>de</strong>l presente caso, implicaron una violación al<strong>de</strong>recho a la integridad personal consagrado en el artículo 5.1<strong>de</strong> la Convención Americana en perjuicio <strong>de</strong>l señor PriscilianoFernán<strong>de</strong>z (esposo) y <strong>de</strong> sus hijos.


INGRESO ILEGAL AL DOMICILIO DE LASVÍCTIMAS• Ingreso <strong>de</strong> efectivos militares en la casa <strong>de</strong> la señoraFernán<strong>de</strong>z Ortega sin autorización legal ni el consentimiento<strong>de</strong> sus habitantes, constituyó una injerencia arbitraria yabusiva en su domicilio familiar, por lo tanto <strong>de</strong>termina quese violó el <strong>de</strong>recho consagrado en el artículo 11.2 <strong>de</strong> laConvención Americana, en perjuicio <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>zOrtega, <strong>de</strong> su esposo e hijos.


APLICACIÓN INDEBIDA DEL FUERO MILITAR• La violación sexual <strong>de</strong> una persona por parte <strong>de</strong> personal militar noguarda, en ningún caso, relación con la disciplina o la misióncastrense. Por el contrario, el acto cometido por personal militarcontra la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega afectó bienes jurídicos tuteladospor el <strong>de</strong>recho penal interno y la Convención Americana como laintegridad personal y la dignidad <strong>de</strong> la víctima. Es claro que talconducta es abiertamente contraria a los <strong>de</strong>beres <strong>de</strong> respeto yprotección <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos y, por tanto, está excluida <strong>de</strong>la competencia <strong>de</strong> la jurisdicción militar.• La intervención <strong>de</strong>l fuero militar en la averiguación previa <strong>de</strong> laviolación sexual contrarió a los parámetros <strong>de</strong> excepcionalidad yrestricción que lo caracterizan e implicó la aplicación <strong>de</strong> un fueropersonal que operó sin tomar en cuenta la naturaleza <strong>de</strong> los actosinvolucrados. Resulta válida aún cuando el hecho está en la etapa<strong>de</strong> investigación <strong>de</strong>l Ministerio Público Militar.


IMPOSIBILIDAD DE ACCEDER A UN RECURSO EFECTIVO YPRETENSIÓN DE LIMITACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAVÍCTIMA SÓLO PARA LA REPARACIÓN DEL DAÑO• La señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega no contó con la posibilidad <strong>de</strong>impugnar efectivamente la competencia <strong>de</strong> la jurisdicciónmilitar para conocer <strong>de</strong> asuntos que, por su naturaleza, <strong>de</strong>bencorrespon<strong>de</strong>r a las autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l fuero ordinario• La participación <strong>de</strong> la víctima en procesos penales no estalimitada a la mera reparación <strong>de</strong>l daño sino,prepon<strong>de</strong>rantemente, a hacer efectivos sus <strong>de</strong>rechos aconocer la verdad y a la justicia ante tribunales competentes.Ello implica necesariamente que, a nivel interno, <strong>de</strong>ben existirrecursos a<strong>de</strong>cuados y efectivos a través <strong>de</strong> los cuales lavíctima esté en posibilidad <strong>de</strong> impugnar la competencia <strong>de</strong>las autorida<strong>de</strong>s que eventualmente ejerzan jurisdicción sobreasuntos respecto <strong>de</strong> los cuales se consi<strong>de</strong>re que no tienencompetencia


DEBIDA DILIGENCIA EN LA INVESTIGACIÓN• La obligación <strong>de</strong> investigar <strong>de</strong>be ser asumida por el Estadocomo un <strong>de</strong>ber jurídico propio y no como una simpleformalidad con<strong>de</strong>nada <strong>de</strong> antemano a ser infructuosa, o comouna mera gestión <strong>de</strong> intereses particulares, que <strong>de</strong>penda <strong>de</strong>lainiciativa procesal <strong>de</strong> las víctimas o <strong>de</strong> sus familiares o <strong>de</strong> aaportación privada <strong>de</strong> elementos probatorios.• Una vez que las autorida<strong>de</strong>s estatales tengan conocimiento<strong>de</strong>l hecho, <strong>de</strong>ben iniciar ex officio y sin dilación, unainvestigación seria, imparcial y efectiva. Esta investigación<strong>de</strong>be ser realizada por todos los medios legales disponibles yorientada a la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong> la verdad.


DEBIDA DILIGENCIA EN LA INVESTIGACIÓN• Del artículo 8 <strong>de</strong> la Convención Americana se <strong>de</strong>spren<strong>de</strong> que lasvíctimas <strong>de</strong> violaciones <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos, o sus familiares,<strong>de</strong>ben contar con amplias posibilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> ser oídos actuar en losrespectivos procesos, tanto en procura <strong>de</strong>l esclarecimiento <strong>de</strong> loshechos y <strong>de</strong>l castigo <strong>de</strong> los responsables, como en busca <strong>de</strong> una<strong>de</strong>bida reparación.• La obligación <strong>de</strong> investigar y el correspondiente <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> lavíctima o <strong>de</strong> los familiares no sólo se <strong>de</strong>spren<strong>de</strong> <strong>de</strong> las normasconvencionales <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho internacional imperativas para losEstados Parte, sino que a<strong>de</strong>más se <strong>de</strong>riva <strong>de</strong> la legislación internaque hace referencia al <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> investigar <strong>de</strong> oficio ciertasconductas ilícitas y alas normas que permiten que las víctimas osus familiares <strong>de</strong>nuncien o presenten querellas, pruebas opeticiones o cualquier otra diligencia, con la finalidad <strong>de</strong> participarprocesalmente en la investigación penal con la pretensión <strong>de</strong>establecer la verdad <strong>de</strong> los hechos


VIOLACIÓN A LA CONVENCIÓN BELÉM DOPARÁ• En casos <strong>de</strong> violencia contra la mujer las obligaciones generalesestablecidas en los artículos 8 y 25 <strong>de</strong> la Convención Americana secomplementan y refuerzan, para aquellos Estados que son Parte,con las obligaciones <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong>l tratado interamericanoespecífico, la Convención <strong>de</strong> Belém do Pará, que en su artículo 7. b,obliga <strong>de</strong> manera específica a México a utilizar la <strong>de</strong>bida diligenciapar prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Detal modo, ante un acto <strong>de</strong> violencia contra una mujer, resultaparticularmente importante que las autorida<strong>de</strong>s a cargo <strong>de</strong> lainvestigación la lleven a<strong>de</strong>lante con <strong>de</strong>terminación y eficacia,teniendo en cuenta el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> la sociedad <strong>de</strong> rechazar la violenciacontra las mujeres y las obligaciones <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> erradicarla y <strong>de</strong>brindar confianza a las víctimas en las instituciones estatales parasu protección.


PRINCIPIOS RECTORES ENINVESTIGACIONES PENALES• Recuperar y preservar el material probatorio con el fin <strong>de</strong>ayudar en cualquier potencial investigación penal <strong>de</strong> losresponsables• I<strong>de</strong>ntificar posibles testigos y obtener sus <strong>de</strong>claraciones• Determinar la causa, forma, lugar y momento <strong>de</strong>l hechoinvestigado• Investigar exhaustivamente la escena <strong>de</strong>l crimen• Realizar análisis <strong>de</strong> forma rigurosa por profesionalescompetentes y empleando los procedimientos más apropiados


PRINCIPIOS RECTORES EN CASO DEINVESTIGACIONES DE VIOLENCIA CONTRALA MUJER (VIOLENCIA SEXUAL)• La <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> la víctima se realice en un ambiente cómodo y seguro,que le bri<strong>de</strong> privacidad y confianza• La <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> la víctima se registre <strong>de</strong> forma tal que se evite o limitela necesidad <strong>de</strong> su repetición• Se brin<strong>de</strong> atención médica, sanitaria y psicológica a la víctima, tanto <strong>de</strong>emergencia como <strong>de</strong> forma continuada si así se requiere, mediante unprotocolo <strong>de</strong> atención cuyo objetivo sea reducir las consecuencias <strong>de</strong> laviolación• Se realice inmediatamente un examen médico y psicológico completo y<strong>de</strong>tallado por personal idóneo y capacitado, en lo posible <strong>de</strong>l sexo que lavíctima indique, ofreciéndole que sea acompañada por alguien <strong>de</strong> suconfianza si así lo <strong>de</strong>sea• Se documenten y coordinen los actos investigativos y se manejediligentemente la prueba, tomando muestras suficientes, realizandoestudios para <strong>de</strong>terminar la posible autoría <strong>de</strong>l hecho, asegurando otraspruebas como la ropa <strong>de</strong> la víctima, investigando <strong>de</strong> forma inmediata ellugar <strong>de</strong> los hechos y garantizando la correcta ca<strong>de</strong>na <strong>de</strong> custodia• Se brin<strong>de</strong> acceso a asistencia jurídica gratuita a la víctima durante todaslas etapas <strong>de</strong>l proceso


IRREGULARIDADES ENLA INVESTIGACIÓN


• Negativa <strong>de</strong>l ministerio público <strong>de</strong> recibir inicialmente la<strong>de</strong>nuncia, lo que requirió la intervención <strong>de</strong> otro servidor públicopara que el primero cumpliera con su obligación• No se proveyó a la víctima <strong>de</strong> la asistencia <strong>de</strong> un interpreté, sinoque <strong>de</strong>bió ser asistida por una persona conocida por ella, hechoque no resulta a<strong>de</strong>cuado para respetar su diversidad cultural,asegurar la calidad <strong>de</strong>l contenido <strong>de</strong> la <strong>de</strong>claración y proteger<strong>de</strong>bidamente la confi<strong>de</strong>ncialidad <strong>de</strong> la <strong>de</strong>nuncia• No se garantizó que la <strong>de</strong>nuncia <strong>de</strong> la violación sexual respetaralas condiciones <strong>de</strong> cuidado y privacidad mínimas <strong>de</strong>bidas a unavíctima <strong>de</strong> este tipo <strong>de</strong> <strong>de</strong>litos, por el contrario, se llevó a cabo enun lugar con presencia <strong>de</strong> público, incluso existiendo laposibilidad <strong>de</strong> que la víctima fuera escuchada por conocidos.• No se realizó la diligencia <strong>de</strong> investigación sobre la escena <strong>de</strong>lcrimen inmediatamente sino que tuvo lugar doce días <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>interpuesta la <strong>de</strong>nuncia.


• No hay constancia <strong>de</strong> que se hayan recabado oadoptado los recaudos inmediatos sobre otroselementos, como por ejemplo, la ropa que llevabapuesta la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega el día <strong>de</strong> los hechos• No se proveyó a la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega <strong>de</strong> atenciónmédica y psicológica a<strong>de</strong>cuada• No se protegió la prueba pericial. Por el contrario, huboun manejo <strong>de</strong>ficiente <strong>de</strong> la prueba recolectada en elexamen médico <strong>de</strong> la víctima.• No se previó la necesidad básica <strong>de</strong> realizar exámenescomplementarios como por ejemplo <strong>de</strong> ADN, con el fin<strong>de</strong> avanzar en la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong> la posible autoría <strong>de</strong>lhecho


• Las autorida<strong>de</strong>s a cargo <strong>de</strong> la investigación centraron susesfuerzos en citar a <strong>de</strong>clarar reiteradamente a la señoraFernán<strong>de</strong>z Ortega y no en la obtención y aseguramiento <strong>de</strong>otras pruebas.• En casos <strong>de</strong> violencia sexual, la investigación <strong>de</strong>be intentarevitar en lo posible la revictimización o reexperimentación <strong>de</strong>la profunda experiencia traumática cada vez que la víctimarecuerda o <strong>de</strong>clara sobre lo ocurrido


• Falta <strong>de</strong> voluntad, sensibilidad y capacidad en varios <strong>de</strong> losservidores públicos que intervinieron inicialmente en la<strong>de</strong>nuncia realizada por la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega.• Carencia <strong>de</strong> recursos materiales médicos elementales, asícomo la falta <strong>de</strong> utilización <strong>de</strong> un protocolo <strong>de</strong> acción porparte <strong>de</strong>l personal <strong>de</strong> salud estatal y <strong>de</strong>l Ministerio Públicoque inicialmente atendieron a la víctima, fue especialmentegrave y tuvo consecuencias negativas en su atención <strong>de</strong>bida yen la investigación legal por violación


• Las autorida<strong>de</strong>s no actuaron con la <strong>de</strong>bida diligencia en lainvestigación <strong>de</strong> la violación sexual <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>zOrtega, la cual, a<strong>de</strong>más excedió un plazo razonable.


REPARACIONES


MEDIDAS DE SATISFACCIÓN, REHABILITACIÓN YGARANTÍAS DE NO REPETICIÓN• Obligación <strong>de</strong> investigar los hechos e i<strong>de</strong>ntificar, juzgar yeventualmente sancionar a los responsables• A<strong>de</strong>cuación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho interno a los estándares internacionales enmateria <strong>de</strong> justicia• Acto público <strong>de</strong> reconocimiento <strong>de</strong> responsabilidad• Publicación <strong>de</strong> la sentencia• Atención médica y psicológica• Protocolo para la investigación diligente <strong>de</strong> actos <strong>de</strong> violencia• Programas <strong>de</strong> formación <strong>de</strong> funcionarios• Programa <strong>de</strong> educación en <strong>de</strong>rechos humanos permanentes en lasfuerzas armadas• Otorgamiento <strong>de</strong> becas <strong>de</strong> estudios• Recursos para el funcionamiento <strong>de</strong> una escuela comunitaria• Política que garantice el acceso a la justicia a las mujeres indígenasmediante el respeto <strong>de</strong> su i<strong>de</strong>ntidad cultural• Oficina <strong>de</strong>l Ministerio Público <strong>de</strong> atención a las mujeres víctimas <strong>de</strong>violencia


INDEMNIZACIONES, COMPENSACIONES,GASTOS Y COSTAS• Daño material• 5mil 500 dólares por concepto <strong>de</strong> pérdida <strong>de</strong> ingresos <strong>de</strong> la señoraFernán<strong>de</strong>z Ortega y <strong>de</strong>l señor Prisciliano Sierra.• Daño inmaterial• 50 mil dólares para la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega, por los sufrimientosocasionados a las víctimas y el tratamiento que han recibido, eltiempo transcurrido <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la violación sexual, la <strong>de</strong>negación <strong>de</strong>justicia y el cambio <strong>de</strong> condiciones <strong>de</strong> vida y las restantesconsecuencias <strong>de</strong> or<strong>de</strong>n inmaterial que sufrieron• 10 mil dólares para cada una <strong>de</strong> las hijas mayores (2 hijas)• 5 mil dólares para cada uno <strong>de</strong> sus familiares (3 personas)• 2 mil 500 dólares para el esposo


INDEMNIZACIONES, COMPENSACIONESGASTOS Y COSTAS• Costas y gastos• 14 mil dólares a favor <strong>de</strong> CEJIL• 10 mil dólares a favor <strong>de</strong> Tlachinollan• Mil dólares a favor <strong>de</strong> la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega• Total: 118 mil dólares


OBLIGACIONES DELESTADO MEXICANODERIVADO DE LACONDENA


• Conducir en el fuero ordinario, eficazmente y <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un plazorazonable, la investigación y, en su caso el proceso penal quetramiten en relación con la violación sexual <strong>de</strong> la señoraFernán<strong>de</strong>z Ortega, con el fin <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar las correspondientesresponsabilida<strong>de</strong>s penales y aplicar, las sanciones y <strong>de</strong>másconsecuencias que la ley prevea• Deberá examinar el hecho y la conducta <strong>de</strong>l agente <strong>de</strong>lMinisterio Público que dificultó la recepción <strong>de</strong> la <strong>de</strong>nunciapresentada por la señora Fernán<strong>de</strong>z Ortega, <strong>de</strong> conformidad conla normatividad disciplinaria correspondiente• Adoptar las reformas legislativas pertinentes para compatibilizarel artículo 57 <strong>de</strong>l Código <strong>de</strong> Justicia Militar con los estándaresinternacionales en la materia y <strong>de</strong> la Convención Americana• Adoptar las reformas pertinentes para permitir que las personasafectadas por la intervención <strong>de</strong>l fuero militar cuente con unrecurso efectivo <strong>de</strong> impugnación <strong>de</strong> tal competencia


• Realizar un acto público <strong>de</strong> reconocimiento <strong>de</strong> responsabilidadinternacional en relación con los hechos <strong>de</strong>l presente caso• Realizar las publicaciones <strong>de</strong> la sentencia• Brindar el tratamiento médico y psicológico que requieran las víctimas• Continuar con el proceso <strong>de</strong> estandarización <strong>de</strong> un protocolo <strong>de</strong>actuación, para el ámbito fe<strong>de</strong>ral y <strong>de</strong>l estado <strong>de</strong> Guerrero, respecto <strong>de</strong>la atención e investigación <strong>de</strong> violaciones sexuales consi<strong>de</strong>rando, en lopertinente, los parámetros establecidos en el Protocolo <strong>de</strong> Estambul yen las Directrices <strong>de</strong> la Organización Mundial <strong>de</strong> Salud• Continuar implementando programas y cursos permanentes <strong>de</strong>capacitación sobre investigación diligente en casos <strong>de</strong> violencia sexualcontra las mujeres, que incluya una perspectiva <strong>de</strong> género y etnicidad,los cuales <strong>de</strong>berán impartirse a los funcionarios fe<strong>de</strong>rales y <strong>de</strong>l estado<strong>de</strong> Guerrero• Implementar, en un plazo razonable, un programa o curso permanentey obligatorio <strong>de</strong> capacitación y formación en <strong>de</strong>rechos humanos,dirigido a los miembros <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas


• Otorgar becas <strong>de</strong> estudios en instituciones públicas en beneficio<strong>de</strong> los hijos <strong>de</strong> la víctima• Facilitar los recursos necesarios para que la comunidad indígenamep´aa <strong>de</strong> Barranca <strong>de</strong> Tecoani establezca un centrocomunitario, que se constituya como un centro <strong>de</strong> la mujer, en elque se <strong>de</strong>sarrollen activida<strong>de</strong>s educativas en <strong>de</strong>rechos humanosy <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> la mujer• Adoptar medidas para que las niñas <strong>de</strong> la comunidad <strong>de</strong>Barranca <strong>de</strong> Tecoani que actualmente realizan estudiossecundarios en la ciudad <strong>de</strong> Ayutla <strong>de</strong> los Libres, cuenten confacilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> alojamiento y alimentación a<strong>de</strong>cuadas, <strong>de</strong> maneraque puedan continuar recibiendo educación en las institucionesa las que asisten.• Pagar las cantida<strong>de</strong>s fijadas por concepto <strong>de</strong> in<strong>de</strong>mnización,compensación y gastos y costas.


FEMINICIDIO


DEFINICIONES – FEMINICIDIO•Derivado <strong>de</strong>l ingles femici<strong>de</strong> utilizado porDiana Russeel para referirse a la muerteviolenta <strong>de</strong> mujeres que se ubica en elextremo continuum <strong>de</strong> violencia.•Se utilizó por primera vez en el TribunalInternacional sobre Crímenes contra lasMujeres celebrado en Bruselas en 1976 yluego en 1990 en el artículo publicado porDiana Russeel.


FEMINICIDIO• El femicidio representa el extremo <strong>de</strong> un continuum <strong>de</strong> terroranti-femenino que incluye una amplia variedad <strong>de</strong> abusosverbales y físicos, tales como violación, tortura, esclavitudsexual, abuso sexual infantil incestuoso o extra-familiar,golpizas físicas y emocionales, acoso sexual, mutilacióngenital, operaciones ginecológicas innecesarias,heterosexualidad forzada, esterilización forzada, maternidadforzada. Siempre que estas formas <strong>de</strong> terrorismo resultan enmuerte, ellas se transforman en femicidios.Diana Russell


TIPOLOGÍA DEL FEMINICIDIO•La socióloga Julia Monárrez, basada en suinvestigación <strong>de</strong> los asesinatos <strong>de</strong> mujeresen Ciudad Juárez durante el periodo 1993 a2005, una tipología que distingue tresgran<strong>de</strong>s categorías <strong>de</strong> <strong>feminicidio</strong>s: íntimo,sexual sistémico y por ocupacionesestigmatizadas.


FEMINICIDIO ÍNTIMO•Es la privación dolosa <strong>de</strong> la vida <strong>de</strong> una mujercometida por un hombre con quien la víctimatenía o tuvo una relación íntima, <strong>de</strong>convivencia, noviazgo, amistad,compañerismo o relaciones laborales, <strong>de</strong>vecindad, ocasional, circunstancial o afines aéstas.Este tipología se integra por dos subcategorías,el <strong>feminicidio</strong> infantil y el familiar.


FEMINICIDIO ÍNTIMO•Feminicidio Familiar Íntimo•Es la privación dolosa <strong>de</strong> la vida <strong>de</strong> unamujer cometida por su cónyuge ocualquier <strong>de</strong>scendiente o ascendiente enlínea recta o colateral hasta en cuartogrado, hermana, concubina, adoptada oadoptante, o tenga alguna relaciónafectiva o sentimental <strong>de</strong> hecho,sabiendo el <strong>de</strong>lincuente esta relación.


FEMINICIDIO ÍNTIMO•Feminicidio Infantil•Es la privación dolosa <strong>de</strong> la vida cometida encontra <strong>de</strong> niñas menores <strong>de</strong> edad [sic] o queno tengan la capacidad mental, ya sea hija<strong>de</strong>scendiente o colateral hasta en cuartogrado, hermana, adoptada, que tenga algunarelación afectiva o <strong>de</strong> cuidado sabiendo el<strong>de</strong>lincuente esta relación <strong>de</strong> responsabilidad,confianza o po<strong>de</strong>r que les otorga su situaciónadulta sobre la minoría <strong>de</strong> edad <strong>de</strong> la menor.


FEMINICIDIO SEXUAL SISTÉMICO• Es el asesinato codificado <strong>de</strong> niñas y mujeres por sermujeres, cuyos cuerpos expropiados han sidotorturados, violados, asesinados y arrojados enescenarios transgresivos, por hombres que hacenuso <strong>de</strong> la misoginia y el sexismo, para <strong>de</strong>linearcruelmente las fronteras <strong>de</strong> género por medio <strong>de</strong> unterrorismo <strong>de</strong> Estado, secundado por los gruposhegemónicos, que refuerza el dominio masculino ysujeta a familiares <strong>de</strong> víctimas y a todas las mujeresa una inseguridad crónica y profunda, a través <strong>de</strong> unperiodo continuo e ilimitado <strong>de</strong> impunidad ycomplicida<strong>de</strong>s.


FEMINICIDIO POR OCUPACIONESESTIGMATIZADAS•Si bien las mujeres son asesinadas por sermujeres, como nos (...) explica la Dra.Monárrez, hay otras que son asesinadaspor la ocupación o el trabajo que<strong>de</strong>sempeñan. Ellas son bailarinas, meseraso trabajadoras sexuales. Aunque sonagredidas porque son mujeres, lo que lashace aún más vulnerables es la ocupación<strong>de</strong>sautorizada que <strong>de</strong>sempeñan.


FEMINICIDIO• LEY ESPECIAL INTEGRAL PARA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARALAS MUJERES.Artículo 45.- FeminicidioQuien le causare la muerte a una mujer mediando motivos <strong>de</strong> odio omenosprecio por su condición <strong>de</strong> mujer, será sancionado con pena <strong>de</strong>prisión <strong>de</strong> veinte a treinta y cinco años.Se consi<strong>de</strong>ra que existe odio o menosprecio a la condición <strong>de</strong> mujercuando ocurra cualquiera <strong>de</strong> las siguientes circunstancias:a) Que a la muerte le haya precedido algún inci<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> violenciacometido por el autor contra la mujer, in<strong>de</strong>pendientemente que el hechohaya sido <strong>de</strong>nunciado o no por la víctima.b) Que el autor se hubiere aprovechado <strong>de</strong> cualquier condición <strong>de</strong> riesgoo vulnerabilidad física o psíquica en que se encontraba la mujer víctima.c) Que el autor se hubiere aprovechado <strong>de</strong> la superioridad que legeneraban las relaciones <strong>de</strong>siguales <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r basadas en el género.d) Que previo a la muerte <strong>de</strong> la mujer el autor hubiere cometido contraella cualquier conducta calificada como <strong>de</strong>lito contra la libertad sexual.e) Muerte precedida por causa <strong>de</strong> mutilación.


FEMINICIDIOArtículo 46.- Feminicidio AgravadoEl <strong>de</strong>lito <strong>de</strong> <strong>feminicidio</strong> será sancionado con pena <strong>de</strong> treinta acincuenta años <strong>de</strong> prisión, en los siguientes casos:a) Si fuere realizado por funcionario o empleado público omunicipal, autoridad pública o agente <strong>de</strong> autoridad.b) Si fuere realizado por dos o más personas.c) Si fuere cometido frente a cualquier familiar <strong>de</strong> la víctima.d) Cuando la víctima sea menor <strong>de</strong> dieciocho años <strong>de</strong> edad,adulta mayor o sufriere discapacidad física o mental.e) Si el autor se prevaleciere <strong>de</strong> la superioridad originada porrelaciones <strong>de</strong> confianza, amistad, doméstica, educativa o <strong>de</strong>trabajo.


LA MISOGINIATérmino <strong>de</strong>finido como odio hacia lasmujeres alimento con la creencia <strong>de</strong> lasupuesta superioridad masculina ysupervaloración <strong>de</strong>l dominio masculinosobre la mujer, viéndose este últimoreforzado por factores comotradicionalismo, entorno familiar ymedios <strong>de</strong> comunicación.Ha ocasionado que, a causa <strong>de</strong>l po<strong>de</strong>rque se ha dado a los varones, ellasestén expuestas a violencia en susdiversas modalida<strong>de</strong>s, así como a untrato injusto y humillante, que implicadiscriminación.


LA VIOLENCIA FEMINICIDALa violencia Feminicida se presentar <strong>de</strong>ntro o fuera <strong>de</strong>l núcleo familiar.Dentro <strong>de</strong>l núcleo familiar.La Violencia Familiar. Se ejerce tanto en el ámbito privado como publico, através <strong>de</strong> manifestaciones <strong>de</strong>l abuso <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r que dañan la integridad <strong>de</strong>l serhumano.Violencia Familiar. Es el acto u omisión único o repetitivo, cometido por unmiembro <strong>de</strong> la familia, en relación <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r en función <strong>de</strong>l sexo, la edad, o lacondición física, en contra <strong>de</strong> otro u otros integrantes <strong>de</strong> la misma, sin importarel espacio físico don<strong>de</strong> ocurre el maltrato físico, psicológico, sexual oabandono.


LA VIOLENCIA FEMINICIDAFuera <strong>de</strong>l núcleo familiar. Bandas urbanas y rurales <strong>de</strong>lictivas. Pandillerismo. Crímenes sexuales. Efectos copy cat y cascada. Eliminación por pago. Homicidas extranjeros. Delincuencia Organizada Porno violencia extrema y necrofilia. Elaboración <strong>de</strong> vi<strong>de</strong>os violentos ySnuff. Tráfico <strong>de</strong> personas. Trafico <strong>de</strong> órganos. Practicas narco satánicas. Psicópatas. Asesino ( s ) serial (es ). Violencia <strong>de</strong>rivada <strong>de</strong>l consumo <strong>de</strong>drogas.


La Violencia <strong>de</strong> Género contra Mujeres, se origina entre lasrelaciones <strong>de</strong>siguales <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r que subordina a las mujerescon respecto a los hombres.VIOLENCIA¤ PSICOLÓGICA¤ FÍSICA¤ PATRIMONIAL¤ ECONÓMICA¤ SEXUAL¤ DERECHOS REPRODUCTIVOS¤ LABORAL¤ POLÍTICA¤ VIOLENCIA FEMINICIDA


TIPOS DE VIOLENCIAViolenciaLa violencia Psicológica.La violencia Física.La violencia Patrimonial.La violencia Económica.La violencia Sexual.Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o seansusceptibles <strong>de</strong> dañar la dignidad, integridad o libertad<strong>de</strong> las mujeres.Violencia. Familiar.Violencia. Laboral Y Docente.Violencia. En La Comunidad.Violencia. Institucional.Violencia. Feminicida.


NIVELES LESIVOS DEVIOLENCIA


Síndrome <strong>de</strong> Mujer MaltratadaAntece<strong>de</strong>ntes gineco-obstétricos tambiénpue<strong>de</strong>n evi<strong>de</strong>nciar victimización. Embarazosno <strong>de</strong>seados, abortos espontáneos oinducidos, algunos <strong>de</strong> origen traumático, laprohibición <strong>de</strong> control anticonceptivo,negación al uso <strong>de</strong> protección contraenfermeda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> transmisión sexual.


Sintomatología Sicosomática.Síndrome<strong>de</strong> MujerMaltratadaSignos tales como:¤ Lesiones con diferente tiempo <strong>de</strong> evolución,así como huellas cicatrízales.¤ Diversas patologías agudas y crónicas.¤ Antece<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> lesiones traumáticas, talescomo luxaciones, fracturas antiguas.


Ficha GeneralMetodología<strong>de</strong>lDictamen• Antece<strong>de</strong>ntes personales.• Patológicos.• Traumáticos.• Gineco obstétricos.• Hacer una completa exploración física.• Mecánica <strong>de</strong> lesiones.• Clasificación <strong>de</strong> Lesiones.Recomendaciones: como pue<strong>de</strong>n ser la <strong>de</strong>carácter preventivo.


¤ Síndrome <strong>de</strong> Mujer Maltratada.IndiciosLesivos <strong>de</strong>Violencia¤ Agudos.¤ Crónicos.¤ De Menor Magnitud.¤ De Mayor Magnitud.¤ De Carácter Sexual.


AgudosDe Menor Magnitud.( Critico )De Mayor Magnitud.(en áreas vitales con la intención<strong>de</strong> causar la muerte.


Niveles Lesivos <strong>de</strong> Violencia¤ Primer NivelDiagnósticoPreventivo¤ Segundo Nivel¤ Tercer Nivel¤ Cuarto Nivel¤ Ausencia <strong>de</strong> Respuesta


NIVELES LESIVOS DE VIOLENCIA¤ Primer Nivel. El primer nivel se encuentra relacionado conagresión verbal y lesiones físicas <strong>de</strong> intensidad leve o levísima,caracterizadas por hematomas en cabeza, equimosis en cara,brazos y tórax ( golpes aislados ).


NIVELES LESIVOS DE VIOLENCIA¤ Segundo Nivel. Correspon<strong>de</strong> a la etapa <strong>de</strong> forcejeo, las lesionesvan <strong>de</strong> leves a mo<strong>de</strong>radas y consisten en hematomas, equimosis,e<strong>de</strong>mas, excoriaciones, estigmas ungueales, arañazos,arrancamiento <strong>de</strong> cabello y hematomas, todas <strong>de</strong> mayormagnitud, ubicadas en cabeza, cara, tórax y brazos, <strong>de</strong> ubicaciónanatómica por arriba <strong>de</strong> la cintura y pue<strong>de</strong>n estar presenteslesiones características <strong>de</strong> sujeción y sometimiento. a<strong>de</strong>más lasropas <strong>de</strong> la víctima están fuera <strong>de</strong> lugar y presentan <strong>de</strong>sabotonaduras y <strong>de</strong>sgarros.


NIVELES LESIVOS DE VIOLENCIA¤ Tercer Nivel (ó nivel crítico ).- Se relaciona con maniobras <strong>de</strong>forcejeo y lucha, se presentan todos los indicios señalados en losniveles uno y dos, pero en este nivel las lesiones a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> lasya comentadas aumentan <strong>de</strong> magnitud y van <strong>de</strong>s<strong>de</strong>, esguinces,luxaciones, fracturas, hasta heridas cortantes, punzantes, punzocortantes, corto contun<strong>de</strong>ntes. En estos casos la agresión esgeneralmente armada y pue<strong>de</strong> incluir disparos por proyectil <strong>de</strong>arma <strong>de</strong> fuego. El agente vulnerante inci<strong>de</strong> con la intensión <strong>de</strong>causar daño importante .


NIVELES LESIVOS DE VIOLENCIA¤ Cuarto Nivel.- Forcejeo, Lucha y Defensa, en don<strong>de</strong> se presentantodos los indicios <strong>de</strong> los niveles anteriores más lesiones <strong>de</strong> granmagnitud, que por su ubicación anatómica, consecuenciasinmediatas y dirección tienen la intención <strong>de</strong> causar la muerte,a<strong>de</strong>más se observan lesiones características <strong>de</strong> <strong>de</strong>fensa talescomo equimosis, excoriaciones, heridas cortantes, heridas porcontusión y corto contun<strong>de</strong>ntes, en manos por sus caraspalmares y dorsales, antebrazos, brazos y tórax posterior.Durante maniobras instintivas que en el momento crítico lleva acabo la víctima, al tratar <strong>de</strong> evitar que el agente vulneranteincida en órganos vitales.


NIVELES LESIVOS DE VIOLENCIAAusencia <strong>de</strong> Respuesta.- la ausencia <strong>de</strong> maniobras <strong>de</strong> forcejeo,lucha y <strong>de</strong>fensa pue<strong>de</strong> presentarse en la víctima ante un ataquesúbito, no esperado o como parte <strong>de</strong>l “síndrome <strong>de</strong> in<strong>de</strong>fensiónaprendida”, en el que la víctima ante el ataque <strong>de</strong> su agresor separaliza por miedo o docilidad y no se <strong>de</strong>fien<strong>de</strong> <strong>de</strong>l ataque <strong>de</strong> suvictimario, perdiendo la vida sin presentar ningún tipo <strong>de</strong>resistencia.


NIVELES LESIVOS DE VIOLENCIAIndicios Lesivos <strong>de</strong> Menor Magnitud.-Son aquellos que por su ubicación anatómica, número, planosafectados superficiales tales como lesiones incisas superficiales,quemaduras <strong>de</strong> cigarrillos, quemaduras eléctricas, contusionesmúltiples entre otras cuyas características morfológicas pue<strong>de</strong>nsugerir el tipo <strong>de</strong> instrumento utilizado, se producen con laintención <strong>de</strong> causar dolor, sufrimiento o intimidación. Estaslesiones en su conjunto pue<strong>de</strong>n evi<strong>de</strong>nciar la personalidad sádica ómisógina <strong>de</strong> él o los victimarios, que se sitúan en una posición <strong>de</strong>po<strong>de</strong>r con respecto a su víctima a través <strong>de</strong>l castigo.


Síndrome <strong>de</strong> MujerMal TratadaAgudos.Crónicos.


NIVELES LESIVOS DE VIOLENCIADe acuerdo a estos Niveles Lesivos <strong>de</strong> Violencia, laslesiones inferidas por parte <strong>de</strong>l agresor van <strong>de</strong> menos amás, por lo que un diagnóstico oportuno tienenimportante valor preventivo. De manera que cuando sepresentan lesiones compatibles con el segundo Nivel óNivel Crítico. Se <strong>de</strong>ben dictar las medidas preventivasnecesarias, tales como la separación inmediata <strong>de</strong> lapareja, prohibición para el victimario <strong>de</strong> acercarse a lavíctima, así como la prisión preventiva cuando el caso asílo requiera.


Determinación <strong>de</strong> género.Interpretación <strong>de</strong>IndiciosCriminalisticosEstudio antropométrico comparativo.Posición víctima- victimario.Número <strong>de</strong> participantes.Mecánica <strong>de</strong> lesiones.Mecánica <strong>de</strong> hechos.Reconstrucción.


PROPUESTA DEINVESTIGACIÓN


INVESTIGACIÓN DEL FEMINICIDIO• Entorno social• Antropología social (factores históricos y culturales así comoprácticas sociales)• Perfiles <strong>de</strong> personalidad• (Psicología, psiquiatría, criminología)• La conducta propiamente dicha• Interpretación <strong>de</strong> indicios criminalísticos, en el lugar <strong>de</strong> lainvestigación (hechos, hallazgo y/o enlace)


DICTAMEN PSICOLÓGICO


DICTAMEN PSICOLÓGICOVICTIMALEstudio que pue<strong>de</strong> integrarse a los medios <strong>de</strong>prueba ofrecidos por la autoridad competentea fin <strong>de</strong> comprobar el cuerpo <strong>de</strong>l <strong>de</strong>lito y laprobable responsabilidad <strong>de</strong> una persona.Revisar el vínculo entre el probable victimarioy la supuesta victima, a fin <strong>de</strong> obtener el perfil<strong>de</strong> la persona que ha sido víctima <strong>de</strong> laviolencia.


PRIMER PASOEn el entendido <strong>de</strong> que una victima <strong>de</strong>see salir <strong>de</strong> ladinámica <strong>de</strong> violencia en que se ha encontrado inmersa:Capitalizar su energía, reencauzarla en direccionesconstructivas, poner en marcha la recuperación <strong>de</strong> sui<strong>de</strong>ntidad, autovaloración y capacidad plena, restauración<strong>de</strong> la autonomía personal, romper el aislamiento,reinstalar re<strong>de</strong>s <strong>de</strong> soporte, favorecer el <strong>de</strong>sahogo ycomprensión. Aceptación <strong>de</strong> su persona sin juicios <strong>de</strong>valor, apoyo, protección, seguridad, confianza.No recrear el tipo <strong>de</strong> vínculo <strong>de</strong>pendiente y <strong>de</strong> autoridadunilateral.


DESENLACE MORTALSe <strong>de</strong>berá llevar a cabo un proceso indirecto <strong>de</strong> recolección yanálisis <strong>de</strong> información respecto al comportamiento <strong>de</strong> unapersona que ha fallecido, teniendo como objetivo acercarse a lacomprensión <strong>de</strong> las circunstancias <strong>de</strong> su muerte.Se buscan las huellas psicológicas que una persona ha <strong>de</strong>jado envida, pudiendo <strong>de</strong>scribir y compren<strong>de</strong>r el perfil probable <strong>de</strong>personalidad <strong>de</strong> un fallecido.


DICTAMENConsta <strong>de</strong> cuatro ejes principales:1.- Datos personales <strong>de</strong>l occiso y <strong>de</strong>talles <strong>de</strong> lamuerte2.- Historia <strong>de</strong>l occiso a través <strong>de</strong> documentos3.- Construcción retrospectiva <strong>de</strong> lapersonalidad y conducta social4.- Anotaciones y conclusiones


METODOLOGÍA1. Entrevistar a los que conocían a la occisa2.- Revisión <strong>de</strong>l expediente policial y medicina legal3.- Consultar a investigadores policiales4.- Revisar el lugar <strong>de</strong> habitación y objetos personales <strong>de</strong> laoccisa5.- Evaluar el estilo <strong>de</strong> vida, los factores <strong>de</strong> riesgo suicida,heteroagresivo o acci<strong>de</strong>nte.


METODOLOGÍA6.- Analizar notas y apuntes <strong>de</strong> la victima7.- Realizar entrevistas a los amigos, compañeros <strong>de</strong> trabajo yfamiliares8.- Investigar los eventos prece<strong>de</strong>ntes a la muerte9.- Revisar la historia psicológica <strong>de</strong> la victima y su historia <strong>de</strong>vida10.- Entrevistar a alguien que pudiera estar al tanto <strong>de</strong> lossentimientos <strong>de</strong>l occiso


ÁREAS EXPLORADAS• Datos socio<strong>de</strong>mográficos• Antece<strong>de</strong>ntes patológicos personales y familiares(toxicológicos)• Estado mental (sensopercepción, conciencia, memoria,orientación)• Relación consigo, con los <strong>de</strong>más y con las cosas, con el autor<strong>de</strong> su muerte• Afectividad• Conducta, alimentación, sexualidad, sueño, actividad,lenguaje• Psicopatología• Conf lictos (personales, familiares, económicos, antece<strong>de</strong>ntesjudiciales, duelos,)• Rasgos <strong>de</strong> personalidad, intereses• Señales <strong>de</strong> suicidio• Muerte: lugar, hora, arma, medio utilizado, motivaciones,acciones, sentimientos


A FIN DE COMPRENDER EL HECHO, ESNECESARIO ORDENAR E INTEGRAR:• Los datos relevantes <strong>de</strong> la historia familiar <strong>de</strong> cada uno• Los perfiles personales resultantes• Los antece<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las relaciones <strong>de</strong> pareja previas <strong>de</strong>ambos• El contexto y las características <strong>de</strong>l inicio <strong>de</strong> la relación• La instalación y <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las diferentes formas <strong>de</strong> abuso


A FIN DE COMPRENDER EL HECHO, ESNECESARIO ORDENAR E INTEGRAR:• Las alternativas, dinamismos y fenómenos que caracterizan larelación• Los principales episodios <strong>de</strong> violencia emocional, física,sexual, financiera y ambiental• La cantidad <strong>de</strong> años <strong>de</strong> convivencia y el <strong>de</strong>terioro acumulado• El estado actual <strong>de</strong> la relación• El contenido <strong>de</strong> las intimidaciones más recientes• La percepción intuitivo-cognitiva <strong>de</strong> la víctima respecto <strong>de</strong>lfuturo inmediato• Las modalida<strong>de</strong>s y/o intensidad alcanzada por los factores <strong>de</strong>riesgo acumulados para llegar al homicidio <strong>de</strong> una <strong>de</strong> lasparte.


RESPETO POR LA VÍCTIMADiferente a lo comúnmente pensado, no es una victimapasiva, su estructura <strong>de</strong> personalidad y sus formas <strong>de</strong>afrontamiento le han servido para sobrevivir.Sus rasgos <strong>de</strong> personalidad y/o estilo <strong>de</strong> vida y lapercepción discrecional que no sigue los parámetroscomunes, le han permitido soportar situaciones que otraspersonas, con historia y recursos diferentes, notolerarían.La víctima es sujeto activo que lleva a cabo estrategias <strong>de</strong>supervivencia constantes, aunque no le hayanproporcionado una solución <strong>de</strong>finitiva.Es menester enten<strong>de</strong>r que hay una persona pugnando porotra forma <strong>de</strong> vivir


PLANTEAMIENTOS DEL DICTAMENDeterminar el perfil <strong>de</strong> personalidad <strong>de</strong> la víctima a fin <strong>de</strong><strong>de</strong>terminar su estado mental y su estado emocional almomento <strong>de</strong> su muerte.Llevar a cabo Evaluación Psicológica a presunto responsable afin <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar si presenta características <strong>de</strong> unapersonalidad violenta y/o características <strong>de</strong> personalidadque lo induzcan a realizar hechos como los que seinvestigan.


DICTAMENCRIMINALÍSTICO


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LAPERSPECTIVA DEL FEMICIDIOLUGAR DE LA INVESTIGACIÓN• LISTA DE CONTROL PARA LA INVESTIGACIÓN DEFEMINICIDIOS


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LAPERSPECTIVA DEL FEMICIDIODIAGRAMA DE INTERVENCIÓN LUGAR DE LOS HECHOSLEVANTAMIENTO DE INDICIOSCADAVERARMAS DE FUEGOOBJETOS PUNZANTESHUELLAS DIGITALESFIBRASROPASDOCUMENTOSNARCOTICOSVIDEOGRABACIONESPALMARES(2)PLANTARESLABIALESVEHICULOS (ENLACE)MUESTRAS BILOGICASRASPADO DE UÑASCAVIDAD ORALCAVINAL VAGINAL O ANALCABELLOFIJACIÓNCROQUISFOTOGRAFIAMOLDESVIDEOAGENTE DEL MINISTERIO PUBLICOPOLICIA JUDICIAL O MINISTERIALPERITOS(1)LUGAR DE LA INVESTIGACIÓN(LUGAR DE LOS HECHOS Y/O HALLAZGO)(4)RECABAR RESULTADOS(5)RECONSTRUCCION DE HECHOSACTA MEDICA- RECREACION DE LOS HECHOS DE LA INVESTIGACIÓN- ELABORACION DE MAQUETAS(3)LABORATORIOS DE INVESTIGACIÓNCRIMINALISTICAAFIS E IDENTIFICACIÓNANALISIS DE VOZ Y VIDEOBALISTICADOCUMENTOS CUESTIONADOSFOTOGRAFIAGENETICAINF Y TELECOMPATOLOGIAQUIMICADICTAMEN DE CRIMINALISTICAPROTOCOLO DE NECROPSIALABORATORIO CLINICOOTRAS COMPLEMENTARIASDICTAMEN DE MECANICA DE LESIONESMECANICA DE HECHOS1. INGRESA EQUIPO INTERDISCIPLINARIO AL LUGAR DELOS HECHOS, ENLACE O HALLAZGO2. BUSQUEDA, LOCALIZACION, FIJACION,LEVANTAMIENTO, EMBALAMIENTO Y ENVIO DE INDICIOSA LOS LABORATORIOS PARA SU ANALISIS3. APOYO TECNOLOGICO


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVA DELFEMICIDIO• INTERCAMBIO• CORRESPONDENCIAPRINCIPIOS BASICOS• PROBABILIDAD• RECONSTRUCCION• ( RECREACIÓN )


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOPRESERVACIÓN DEL LUGAR DE LA INVESTIGACIÓN• LUGAR DE LOS HECHOS (LUGAR CRÍTICO)• LUGAR DEL HALLAZGO• LUGAR DE ENLACE


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOLUGAR DE LOS HECHOSRECOMENDACIONES:•NO TOCAR•NO MOVER•NO ALTERARCASA HABITACIÓN CERRAR VÍAS DE ACCESOCAMPO ABIERTO ACORDONAR 50 METROS A LA REDONDA.


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOINVESTIGACIÓN DE HOMICIDIOINGRESO• OBSERVACIÓN• BÚSQUEDA• LOCALIZACIÓN• FIJACIÓN (ESCRITA, FOTOGRÁFICA, VIDEO, CROQUIS,MOLDEADA)• EMBALAJE• CLASIFICACIÓN• ENVÍO A LABORATORIOS DE CRIMINALISTICA• INICIA CADENA DE CUSTODIA


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIO• DESCRIPTIVA• CROQUISFIJACIÓN• FOTOGRÁFICA• VIDEOGRABACIÓN• MOLDES


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOLEVANTAMIENTO DE INDICIOS• CADÁVER (INDICIOPRINCIPAL)• ARMAS DE FUEGO• ELEMENTOS BALÍSTICOS• OBJETOS* PUNZANTES* CORTANTES* PUNZO CORTANTES* PUNZO PENETRANTES* CONTUNDENTES* CORTO CONTUNDENTES* OTROS POSIBLES AGENTESVULNERANTES


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOLEVANTAMIENTO DE INDICIOS• AGENTES UTILIZADOS PARA INMOVILIZAR* PARA OCLUSIÓN DE BOCA Y NARIZ* CONSTRICTORES* CUERDAS* LAZOS* CINTAS (CANELA, ADHESIVA ENTRE OTROS )ARTEFACTOS DE CARÁCTER ERÓTICO SEXUAL• HUELLAS* DIGITALES* PALMARES* PLANTARES* LABIALES* CALZADO


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIONEUMATICOS•LOCALIZACIÓN DEVEHÍCULOS (LUGAR DEENLACE)ELEMENTOS PILOSOS NATURALES Y ARTIFICIALES*CABELLOS*PELOS*FIBRAS


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOSUSTANCIAS BIOLÓGICAS* SEMEN* SANGRE* ORINA* HECES FECALES* SUDOR* SALIVA* SANGRE* CONTENIDO GÁSTRICO* SANGRADO MENSTRUAL


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVA DELFEMICIDIOENVÍO DE INDICIOS Y RESULTADOSPARA SU INGRESO EN LOS DIVERSOS SISTEMASINFORMATICOS PARA SU ARCHIVO, BÚSQUEDA YCONFRONTA.• SISTEMAS INFORMATICOS CRIMINALISTICOS EN RED• A NIVEL NACIONAL* AFIS E IDENTIFICACIÓN* BALÍSTICA SISTEMA IBIS* GENÉTICA* BANCO CRIMINALISTICO


I NVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPEC TIV DELFEMICIDIOEXAMEN DEL CADÁVER EN LA AGENCIAINVESTIGADORA. LISTA DE CONTROL PARA LAINVESTIGACIÓN DE FEMINICIDIOS


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIO• MUERTE NATURAL.•HOMICIDIO•ACCIDENTE• MUERTE VIOLENTA•SUICIDIO


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOESTUDIO DEL CADÁVER• FIJACIÓN FOTOGRÁFICA DEL CADÁVER VESTIDO Y DESVESTIDO• BÚSQUEDA LOCALIZACIÓN, FIJACIÓN Y EMBALAJE DE INDICIOS(uso <strong>de</strong> luz UV)• FIJACIÓN DE RASGOS FACIALES, FRENTE, PERFIL, SEÑASPARTICULARES.• BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN, FIJACIÓN Y EMBALAJE DE INDICIOS(USO DE LUZ UV)• TOMA DE MUESTRAS• FIJACIÓN FOTOGRÁFICA DE LESIONES, VISTAS GENERALES,MEDIANOS, GRANDES ACERCAMIENTOS Y DETALLE• TOMAR FOTOS DE DIFERENTES ANGULOS CON ESCALA MÉTRICA


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOLEVANTAMIENTO DE INDICIOS• TO M A D E M U E S TRAS• F O L Í C U LOS P I LOSOS C U E R O C A B E L L U D OLAS MANOS DEBEN PROTEGERSE CON BOLSAS DE PAPEL•R A S PA D O D E U Ñ A S•F L U I D OS B I O L Ó G I C OS E N C AV I D A D E S O R A L , VA G I N A L YA N A L PA R A R A S TREO D E L Í Q U I D O S E M I N A L• R O PA S M A N C H A S H E M ATICAS, L Í Q U I D O S E M I N A L, OTROS.•TO M A D E M U E S TRAS PA R A P R U E B A D E R O D I ZONATO D ES O D I O Y D E H A R R I S O N ( E N D I S PA R O D E A R M A S D E F U E G O )• EN D ISPA R O DE A R M AS DE FU EGO A P L I CAR K ITS DE TO M ADE INDICIOS


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOESTUDIO DE ROPAS•ROPAS (DESCRIPCIÓN, TALLA, COLOR, MARCAS,MANCHAS, DESGARRADURAS, DESABOTONADURAS)•FIJACIÓN•LOCALIZACIÓN Y ANÁLISIS DE MANCHAS U OTROSINDICIOS•SOLICITAR PRUEBA DE WALKER EN CASO DE DISPARODE ARMA DE FUEGO.


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOIDENTIFICACIÓN DEL CADAVER ENMUERTE RECIENTE• MEDIA FILIACIÓN• FICHA DECADACTILAR• FIJACIÓN FOTOGRÁFICA• TESTIGOS DE IDENTIDAD• QUEILOSCOPIA• RUGOSCOPIA


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOMETODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓNEN MUERTE NO RECIENTE• FICHA DECADACTILAR (en caso <strong>de</strong> ser posible)• FIJACIÓN FOTOGRÁFICA• FIJACIÓN FOTOGRÁFICA DE CAVIDAD ORAL REGISTROS ODONTOLÓGICOS(Ficha odontológica)• MODELOS EN YESO DE ARCADAS DENTARIAS• ESTUDIO RADIOLÓGICO DE CAVIDAD ORAL (Ortopantomografía)• RETRATO POSTMORTEM• SUPERPOSICIÓN MORFOLÓGICA DE IMÁGENES (radio, cráneo, cara)


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOEN RESTOS ÓSEOS, AVANZADO ESTADO DEPUTREFACCIÓN, MUTILADO, CARBONIZADO• INTERVENCIÓN DE ANTROPOLOGÍA FORENSE• RECONSTRUCCIÓN FACIAL ESCULTÓRICA• ESTUDIO DE ADN• OTROS OBJETOS RELACIONADOS• CELULARES• EQUIPO DE CÓMPUTO ENTRE OTROS• LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS lugar <strong>de</strong> enlace)


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOENVIO DE INDICIOS A LOS LABORATORIOS DEINVESTIGACIÓN CRIMINALÍSTICA DE ACUERDO A LOSINDICIOS LEVANTADOS Y ANÁLISIS SOLICITADOS• AFIS E IDENTIFICACIÓN• ANÁLISIS DE AUDIO Y VIDEO• BALÍSTICA• DOCUMENTOS CUESTIONADOS• FOTOGRAFÍA• GENÉTICA• INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES• PATOLOGÍA• SERVICIO MÉDICO FORENSEEN CASO NECESARIO Y DE ACUERDO AL TIPO DE MUESTRA TOMADA SEPODÁN SOLICITAR ANÁLISIA DE:


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOEN CASO NECESARIO Y DE ACUERDO AL TIPO DE MUESTRATOMADA SE PODRÁN SOLICITAR ANÁLISIA DE:* LABORATORIO CLÍNICO Y* LABORATORIO DE GABINETE* OTROS (CONSULTAR ESPECIALIDADES TÉCNICAS Y CIENTÍFICASCOMPLEMENTARIAS)


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOAUSENCIA DE RESPUESTA.- LA AUSENCIA DEMANIOBRAS DE FORCEJEO, LUCHA Y DEFENSA PUEDEPRESENTARSE EN LA VÍCTIMA ANTE UN ATAQUESÚBITO, NO ESPERADO O COMO PARTE DEL“SÍNDROME DE INDEFENSIÓN APRENDIDA”, EN ELQUE LA VÍCTIMA ANTE EL ATAQUE DE SU AGRESOR SEPARALIZA POR MIEDO O DOCILIDAD Y NO SEDEFIENDE DEL ATAQUE DE SU VICTIMARIO,PERDIENDO LA VIDA SIN PRESENTAR NINGÚN TIPO DERESISTENCIA.


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIODETERMINACIÓN DE GÉNEROESTUDIO ANTROPOMÉTRICOCOMPARATIVOINTERPRETACIÓN DEINDICIOSCRIMINALISTICOSPOSICIÓN VÍCTIMA-VICTIMARIONÚMERO DE PARTICIPANTESMECANICA DE LESIONESMECANICA DE HECHOSRECONSTRUCCIÓN


INVESTIGACION DEL DELITO DE HOMICIDIO DESDE LA PERSPECTIVADEL FEMICIDIOIntervenciones médicasCERTIFICACIÓN DE MUERTE (ACTAMÉDICA)EDAD CLÍNICA (EN MENORES)EXPLORACIÓN GINECOLÓGICAEXPLORACIÓN PROCTOLÓGICAESTUDIO DE NECROPSIAQUIMICO TOXICOLÓGICOSHISTOPATOLÓGICOS


CASOS PRÁCTICOS


Elementos <strong>de</strong> Índole MédicaAntece<strong>de</strong>ntesPolicías preventivos ponen a disposición a un Probableresponsable <strong>de</strong>l sexo masculino en virtud <strong>de</strong> que momentosantes el hoy inculpado había golpeado a su Pareja.


1.- De la Notificación Legal <strong>de</strong>l Hospital, a nombre <strong>de</strong> laVictima, <strong>de</strong> don<strong>de</strong> se toman los siguientes datos <strong>de</strong>importancia.Lesiones: múltiples contusiones a nivel facial, hundimiento anivel facial, herida <strong>de</strong> tres centímetros en región parietal <strong>de</strong>llado <strong>de</strong>recho. Crepitación a nivel mandibular izquierdo, a nivel<strong>de</strong> tórax con equimosis en lado <strong>de</strong>recho, equimosis enabdomen en flanco <strong>de</strong>recho, equimosis sin lesión óseaaparente en ambas extremida<strong>de</strong>s.TCE Severo.


2.- Del Certificado <strong>de</strong> Estado Físico <strong>de</strong>l Médico Legista, anombre <strong>de</strong> la víctima, <strong>de</strong> don<strong>de</strong> se toman los siguientes datos<strong>de</strong> importancia:Sedada, con respiración asistida:1. Herida suturada en región frontal <strong>de</strong>recha.2. E<strong>de</strong>ma facial severo.3. Parpados morados.4. Con sangre seca en todo el rostro y narinas.5. E<strong>de</strong>ma labial.6. Equimosis violáceo-rojas en mandíbula <strong>de</strong>recha llegandohasta mentón.7. Equimosis color morado en tercio proximal <strong>de</strong> brazo llegandohasta hombro esto en cara posterior.8. Equimosis morada en toda la mama <strong>de</strong>recha.9. Excoriación con e<strong>de</strong>ma en región <strong>de</strong> línea posterior axilarhasta línea anterior <strong>de</strong> lado <strong>de</strong>recho.


10. Múltiples equimosis <strong>de</strong> color rojo-violáceo en codoantebrazo y mano <strong>de</strong>recha con e<strong>de</strong>ma y <strong>de</strong>formidad enantebrazo <strong>de</strong>recho.11. Equimosis en tercio proximal cara lateral externa <strong>de</strong> muslo<strong>de</strong>recho.12. Equimosis <strong>de</strong> color morado en cara anterior en tercioproximal <strong>de</strong> muslo <strong>de</strong>recho. Escoriación con equimosis encara lateral interna <strong>de</strong> rodilla <strong>de</strong>recha.13. Escoriación en tobillo en maleolo externo izquierdo.14. Miembro torácico izquierdo.15. Múltiples equimosis color violácea siendo la menor <strong>de</strong> trescm. <strong>de</strong> diámetro y la mayor diez por ocho cm., en mamaizquierda en cuadrante interno y superior.16. Presenta otra equimosis <strong>de</strong> color morado <strong>de</strong> seis cm. <strong>de</strong>diámetro.


En expediente clínico se tiene diagnóstico <strong>de</strong>:« Traumatismo cráneo encefálico severo« Fractura facial« Fractura <strong>de</strong> mandíbula izquierda« Probable trauma abdominal« poli contundidaSon lesiones que ponen en peligro la vida.


3.- Del Aviso al Ministerio Público <strong>de</strong>l Hospital, a nombre <strong>de</strong>la Víctima, <strong>de</strong> don<strong>de</strong> se toman los siguientes datos <strong>de</strong>importancia.El lesionado presenta:Contusión <strong>de</strong>rmoabrasivafrontal <strong>de</strong>recho, policontundida, neumotóraxizquierdo.


4.- Del Dictamen Psicológico <strong>de</strong>l Centro <strong>de</strong> Atención a laViolencia Intrafamiliar realizado al Probable Responsable, <strong>de</strong>don<strong>de</strong> se toman los siguientes datos <strong>de</strong> importancia.Por lo que una vezexaminado psicológicamenteal probable responsable, ypracticadas la entrevista yprueba psicológica, así comouna vez expresados loshechos y circunstancias quesirven <strong>de</strong> fundamento alpresente Dictamen, seproce<strong>de</strong> a emitir lassiguientes conclusiones:Primera: Existen rasgos específicos en los aspectoscognitivo, comportamental y afectivo, <strong>de</strong>tectadosen el probable responsable, mismos que han sido<strong>de</strong>scritos con anterioridad.Segunda: Los rasgos <strong>de</strong>tectados en el probableresponsable, como minimización <strong>de</strong> lasconsecuencias <strong>de</strong> sus actos, no <strong>de</strong>finir su conductacomo violenta, i<strong>de</strong>as estereotipadas sobre el rol <strong>de</strong>género, pesar que su concubina provoca sureacción, expresar sus emociones y necesida<strong>de</strong>s enforma ina<strong>de</strong>cuada, conductas posesivas, ten<strong>de</strong>nciaa controlar y dominar, <strong>de</strong>ficiente control <strong>de</strong>impulsos, celos, baja tolerancia a la frustración,acumulación <strong>de</strong> estados afectivos, celos.Características que correspon<strong>de</strong>n al Perfil <strong>de</strong>lGenerador <strong>de</strong> Violencia Familiar.


4.- Del Dictamen Psicológico <strong>de</strong>l Centro <strong>de</strong> Atención a laViolencia Intrafamiliar realizado al Probable Responsable, <strong>de</strong>don<strong>de</strong> se toman los siguientes datos <strong>de</strong> importancia.Tercera: El probable responsable SI PRESENTA ELPERFIL PSICOLÓGICO DEL GENERADOR DEVIOLENCIA FAMILIAR.Cuarta: Se sugiere que el probable responsable,se integre a un proceso psicoterapéuticoespecializado; con el objetivo <strong>de</strong> que modifiqueen las conceptualizaciones aprendidas conrespecto a las cogniciones (creencias),emociones (sentimientos) y conductas (acciones)que en el generador <strong>de</strong> violencia familiarpredominan con el fin <strong>de</strong> disminuir y/o eliminarel ejercicio <strong>de</strong> conductas violentas hacia supareja.


Quinta: Se sugiere que se tomen las medidas necesarias en el probableresponsable, toda vez que por sus características personales, pue<strong>de</strong> poner enriesgo la integridad <strong>de</strong> su concubina.1. La lesión <strong>de</strong>scrita como herida suturada enregión frontal <strong>de</strong>recha, misma que seencuentra relacionada con traumatismocráneo encefálico severo. Se producen almomento <strong>de</strong> ser sujetada por los cabellos yproyectarla contra objetos romos sin puntasni filos <strong>de</strong> consistencia sólido, como pue<strong>de</strong>nser pare<strong>de</strong>s, piso e incluso muebles. Loanterior se <strong>de</strong>termina con base en lamagnitud <strong>de</strong> la lesión en cráneo y laobservación <strong>de</strong>l material fotográficointegrado en la Averiguación Previa, quemuestra en el lugar <strong>de</strong> los hechossalpicaduras <strong>de</strong> sangre por proyección enpare<strong>de</strong>s, piso y muebles, así comomechones <strong>de</strong> cabello <strong>de</strong>sprendidos.


2. Las lesiones <strong>de</strong>scritas como e<strong>de</strong>mafacial severo, parpados morados,con sangre seca en todo el rostro ynarinas, e<strong>de</strong>ma labial, equimosisvioláceo-rojas en mandíbula <strong>de</strong>rechallegando hasta mentón, que producefractura <strong>de</strong> mandíbula izquierda. Seproduce por contusiones directascon objetos o elementos romos sinpunta ni filos como pue<strong>de</strong>n sermanos empuñadas, cabeza, rodillaso pies calzados utilizados comoagentes vulnerantes para causar laslesiones <strong>de</strong>scritas.


3. Las lesiones <strong>de</strong>scritas como equimosiscolor morado en tercio proximal <strong>de</strong> brazollegando hasta hombro esto en caraposterior, equimosis violáceas en toda lamama <strong>de</strong>recha, así como en mamaizquierda, las <strong>de</strong>scritas a nivel <strong>de</strong> codoantebrazo y mano <strong>de</strong>recha con e<strong>de</strong>ma y<strong>de</strong>formidad en antebrazo <strong>de</strong>recho,a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> las <strong>de</strong>scritas en tercioproximal cara lateral externa <strong>de</strong> muslo<strong>de</strong>recho. Se produce por contusionesdirectas con objetos o elementos romossin punta ni filos como pue<strong>de</strong>n sermanos empuñadas, cabeza, rodillas opies calzados utilizados como agentesvulnerantes para causar las lesiones<strong>de</strong>scritas.


4. Las <strong>de</strong>scritas como excoriación con e<strong>de</strong>maen región <strong>de</strong> línea posterior axilar hasta líneaanterior <strong>de</strong> lado <strong>de</strong>recho, excoriación conequimosis en cara lateral interna <strong>de</strong> rodilla<strong>de</strong>recha y excoriación en tobillo en maleoloexterno izquierdo, miembro torácico izquierdo.Se producen con objeto romo sin puntas nifilos pero con superficie áspera, como pue<strong>de</strong>ser pie calzado al momento <strong>de</strong> contundir enforma tangencial las regiones anatómicasafectadas.El trauma abdominal y lo que resulte <strong>de</strong> estese produce Se produce por contusionesdirectas con objetos o elementos romos sinpunta ni filos como pue<strong>de</strong>n ser manosempuñadas, rodillas o pies calzados utilizadoscomo agentes vulnerantes para causar laslesiones <strong>de</strong>scritas.


ConclusiónPRIMERA.- Nombre <strong>de</strong> la Víctima.- Presentó lesiones en cráneo, tórax yabdomen entre otras cuyo mecanismo <strong>de</strong> producción ya fue <strong>de</strong>scrito en elapartado <strong>de</strong> mecánica <strong>de</strong> lesiones.SEGUNDA.- En el caso que nos ocupa es posible <strong>de</strong>terminar que las lesionesque presentó la antes referida por su ubicación anatómica y magnitud son <strong>de</strong>las que se infieren con la intención <strong>de</strong> causar un daño importante e incluso lamuerte.TERCERA.- Estas lesiones en su conjunto quedan clasificadas como aquellasque si ponen en peligro la vida.Nota.- Se sugiere la intervención <strong>de</strong> Especialistas en Antropología Física yAntropología Social, el primero a efecto <strong>de</strong> llevar a cabo estudioantropométrico comparativo entre Víctima y Victimario a efecto <strong>de</strong> po<strong>de</strong>restablecer la posible <strong>de</strong>sventaja física <strong>de</strong> la ofendida por su condición <strong>de</strong>género. El segundo especialista para estudiar los usos y costumbres así comoel entorno social que <strong>de</strong>senca<strong>de</strong>na la conducta.

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