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Rayón - Cefim

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ÍNDICEINTRODUCCIÓN 4ANTECEDENTES HISTÓRICOSINFORMACIÓN GENERALOBJETIVO DEL MANUALPOLÍTICAS DE AUTORIZACIÓNMISIÓN Y VISIÓN GENERALLEGISLACIÓN O BASE LEGALDIRECTORIOORGANIGRAMAMISIÓN, VISIÓN, OBJETIVO Y FUNCIONES Y OBLIGACIONESREGIDORESPRESIDENTE MUNICIPALSINDICO MUNICIPALSECRETARIA GENERALTESORERO MUNICIPALCONTRALORÍA INTERNACOORDINACIÓN DE DESARROLLO SOCIALDESARROLLO RURAL SUSTENTABLEOBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS MUNICIPALESRECURSOS HUMANOSDIRECCIÓN DE ALCOHOLES2


INFORMACIÓN PÚBLICACOORDINACIÓN DE ARCHIVODIRECCIÓN DE DEPORTESDIRECCIÓN DE CULTURASEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPALASUNTOS INDÍGENASGIROS MERCANTILESBIBLIOTECA MUNICIPALREGISTRO CIVILINSTANCIA DE LA MUJERDIRECCIÓN DE INAPAMRASTRO MUNICIPAL3


I N T R O D U C C I O NEl manual de organización es un documento oficial que describe claramente laestructura orgánica y las funciones asignadas a cada área o departamento de este H.Ayuntamiento, las funciones y obligaciones asignadas a cada integrante del mismo.El presente manual de organización de este H. Ayuntamiento, es de observanciageneral, como instrumento de información y de consulta. El manual es un medio defamiliarizarse con la estructura orgánica y con los diferentes niveles jerárquicos queconforman esta organización. Su consulta permite identificar con claridad las funciones yresponsabilidades de cada una de las áreas que la integran y evitar la duplicidad defunciones.Se define como una herramienta de trabajo, y consulta en el que registra yactualiza la información detallada, referente a la misión, visión, objetivo, estructuraorgánica, organigrama, las funciones y obligaciones, base legal, reglamentos, leyes, etc.El diseño y difusión de este documento, obedecen a la intención de especificar, porescrito, su organización y con ello contribuir a fortalecer la coordinación del personal quela compone, ilustrar su identidad dentro del contexto general al que corresponde, y ser útilcomo material de consulta y conocimiento al personal de nuevo ingreso, y/o a losintegrantes de cualquier otra adscripción.Es necesario destacar que, en la elaboración de este manual, han colaborado losresponsables de cada área que conforman la Unidad, y no obstante que su informaciónes veraz. Cabe mencionar que, su contenido quedará sujeto a cambios, toda vez que estaestructura presente cambios de desarrollo y evolución en su operación y planeación, a finde que siga siendo un instrumento actualizado y eficaz.4


ANTECEDENTES HISTORICOSDesde el siglo XVIII hay referencias históricas sobre algunas importanteshaciendas en la jurisdicción del municipio de Rayón. Así se refiere que las haciendas deEstancita y Ojo de Agua fueron propiedad del arzobispo de Manila don Manuel AntonioRojo del Río y Vieyra, siendo rematadas en 1787, con intervención de Calleja que eraJefe de Armas en San Luis Potosí.Ora de estas haciendas aunque no la principal fue la hacienda de Amoladeras cuyacasa grande estaba al sur poniente de la actual ciudad de Rayón. En terrenos que fueronde esta hacienda se erigió el pueblo que ahora es la ciudad de Rayón, esto no fue durantela época colonial, sino hasta el año de 1828, años después de consumada laIndependencia. La historia refiere las circunstancias que mediaron para ello:Existía en el sur del actual municipio de Rayón una antigua misión franciscanafundada en 1617 por fray Juan Bautista Mollinedo y fray Juan de Cárdenas. Esta misiónse llamó originalmente “San Felipe de los Gamotes”, la mayor parte de su exiguapoblación eran indios pames y alaquines, en algunas épocas esta misión estuvoabandonada porque los indios se remontaron a la sierra, pero ya en la épocaindependiente y dictada la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, ese pueblode Gamotes, debido al aumento de su población quedó en categoría de ayuntamiento, yasí se le menciona en el artículo 26 del decreto No. 61 de fecha 8 de octubre de 1827,dictado por la Legislatura del Estado.Sin embargo los habitantes del pueblo no pudieron entonces entenderse en lorelativo al gobierno del reciente municipio y encontraron dificultades del ordenadministrativo. En estas condiciones, se propuso una trascendental y radical solución,cambiar todo el pueblo a otro lugar; posteriormente se entrevistaron con el dueño de laHacienda de Amoladeras, el cual les cedió un “Potrero de siembra”.5


De común acuerdo, el sub prefecto de Rioverde, a cuya jurisdicción pertenecían ylos interesados, ocursaron a la Legislatura del Estado solicitando la autorización para elcambio del pueblo. Dichas solicitudes fueron estudiadas y aprobadas; los vecinos que noquisieron irse al nuevo lugar seguirían en el pueblo llamado “Gamotes” y los que quisieranhacerlo, se irían al nuevo lugar, el cual se llamaría en lo sucesivo “NuevoGamotes”. Esta nueva orden fue dictada el 5 de febrero de 1828.La Villa del Nuevo Gamotes prosperó llamándose así por muchos años hasta quela Legislatura del Estado dictó su decreto No. 26 promulgado el 14 de diciembre de 1857,ordenando que en lo sucesivo Villa del Nuevo Gamotes llevara el nombre de Villa deRayón.El 18 de noviembre de 1874, se comunicó que había quedado establecido el correode Villa de Rayón y Ciudad Valles, saliendo del primer punto los martes y viernes de cadasemana hacia San Luis Potosí, haciéndose el despacho a los referidos puntos los lunes yviernes.El 29 de diciembre de 1900 quedó terminada la línea telefónica entre Rayón yLagunillas, y el 19 de febrero de 1906 se finalizó la línea telefónica de Rayón a la Villa dePalmas.El periodismo se inició en Rayón, mediante un curioso periódico manuscrito en elaño de 1883. Otro periódico que se publicó en 1910 se llamaba el “Amigo del Pueblo”.En febrero de 1913, funcionaba una imprenta en Rayón, su pie de imprenta eracomo sigue: “Tipo de J. E. Gallegos”.Los primeros revolucionarios entraron a Rayón en abril de 1913, era un grupo de30 revolucionarios al mando del cabecilla Jonás Álvarez, causando grandes daños alvecindario y poniendo en libertad a todos los presos.6


Después los rebeldes abandonaron el pueblo con rumbo a San Cristóbal. Se refiereque Antonio Medellín salió con su gente a perseguir a los atacantes y mientras tanto laciudad quedó desguarnecida.A principios de noviembre de 1913, hubo una reunión de vecinos en el PalacioMunicipal de Rayón para tratar el asunto de la defensa del pueblo, ya que se comentabaque un grupo de bandoleros trataban de asaltarlo. Acordaron organizar un “Cuerpo deDefensa Social”, nombrando como jefe a Victoriano Torres y mandaron un “propio” alcoronel Higinio Olivo para que, con sus fuerzas Carrancistas protegieran al pueblo, siendorechazada la petición. Misma respuesta obtuvieron con las fuerzas de Magdaleno Cedillo.El 9 de noviembre de 1913 los asaltantes se acercaron al pueblo, eran SegundoOrtega, Severo Pesina, Francisco Castillo y Pascasio Alcalá. En el combate resultómuerto Segundo Ortega; los bandidos entraron al pueblo, impusieron algunos préstamosforzosos. Ya para retirarse incendiaron algunas casas y amenazaron con regresar paravengar la muerte de Ortega.Efectivamente, pocos días después regresaron. Eran 20, pero para entonces losvecinos del pueblo les prepararon una emboscada, muriendo en el combate FalcónOrtega (hermano de segundo) Pascasio Alcalá, Francisco Castillo y 6 bandoleros más.El 13 de marzo de 1914, se informó de la ocupación de Rayón por las fuerzasrebeldes de los hermanos Cedillo y Miguel Navarrete. Los revolucionarios entraron aRayón, impusieron préstamos forzosos, se apoderaron de caballos y mercancías de lastiendas.El 6 de diciembre de 1916 se registró un combate entre las fuerzas del coronelFidel Garza contra una gavilla de bandidos en un punto denominado El Nayal; despuésde 2 horas los bandidos se retiraron en completa dispersión, dejando abandonados variosmuertos así como caballos y armas que fueron recogidos.7


Este combate que se refiere fue el último que se registró en la ciudad de Rayóndurante la época revolucionaria.PERSONAJES ILUSTRESEn la ciudad de Rayón han nacido algunas personas distinguidas, cuyos nombresdeben recordarse:RAFAEL CASTILLO VEGADiputado por Rayón, Gobernador Interino del Estado del 25 de octubre al 7 denoviembre de 1917. Cultivó la poesía.GENOVEVO RIVAS GUILLÉN (1886-1947)General. Se dedicó a la milicia, se distinguió en la batalla del Carrizalconcediéndosele la condecoración del Valor Heroico. Comandante de la XIV Zona Militar,combatió a los cristeros. En 1938 combatió la rebelión de Saturnino Cedillo. FueGobernador Provisional del Estado.LIBRADO RIVERA (1864-1932)Profesor. Estudió en la Escuela Normal del Estado, graduándose en 1888. Se afilióa los clubes liberales, atacando a Porfirio Díaz. En 1903 fue aprehendido y conducido a laciudad de México. En 1905 emigró del país, radicando en los Estados Unidos ycolaborando en el periódico Regeneración.8


INFORMACIONGENERAL9


OBJETIVO DEL MANUALEl presente Manual de Funciones es un documento de control administrativo quetiene como objetivo dar a conocer de una manera clara y precisa la estructura orgánica ylos diferentes niveles jerárquicos que conforman este H. Ayuntamiento, permite saber conclaridad las funciones y responsabilidades de cada área o departamento que lo integran.Por ser un documento de consulta frecuente este manual deberá ser actualizadocada año, o en su caso, cuando exista algún cambio orgánico funcional al interior de esteAyuntamiento Municipal, por lo que cada uno de los departamentos que lo integran,deberán aportar la información necesaria para este propósito.POLITICAS DE AUTORIZACION, USO, REVISION Y ACTUALIZACION1.- Este manual de organización será verificado y actualizado por H. Cabildo con laparticipación de los directores de departamento y encargados de área responsables deejecutar las actividades consignadas en este, a fin de revisar y actualizarlo.2.- Para que este manual adquiera validez deberá ser remitido a contraloría interna yposteriormente a Cabildo a efecto de que se dictamine y apruebe.3.- Dicho manual será elaborado y actualizado de acuerdo a la estructura orgánicaaprobada por el H. ayuntamiento.10


MISION Y VISIONMISIONDirigir esta administración atendiendo las demandas para que opere conresponsabilidad, planeación, honestidad, eficacia y transparencia sobres los recursos delmunicipio para llevar a cabo acciones, prestar servicios y ejecutar obras públicas que noslleven a mejorar las condiciones y el nivel de vida de los Rayonenses.VISIONGobernar como un Municipio que se distingue por su transparencia,responsabilidad y vocación de servicio, que se preocupa por el cuidado del medioambiente y el bienestar de su gente, ofreciendo servicios públicos de calidad dentro de unambiente propicio para el desarrollo de una vida digna y de participación de susciudadanos.11


LEGISLACION O BASE LEGALCONSTITUCION Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado de San Luis PotosíLEYES FEDERALES Ley Federal del Trabajo. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica Ley de Aguas Nacionales. Ley de Coordinación Fiscal. Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Ley General de Asentamientos Humanos. Ley General de Educación. Ley General de Protección Civil. Ley general de Salud. Ley General de Turismo. Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolecentes.CODIGOS ESTATALES Código Civil y de Procedimientos. Código Penal y de Procedimientos. Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí. Código Fiscal del Estado.12


LEYES ESTATALES. Ley de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Municipios de San Luis Potosí. Ley Orgánica del Municipio Libre y Soberano del Estado de San Luis Potosí. Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de SanLuis Potosí. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Ley Reglamentaria del Artículo 133 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberanode San Luis Potosí, en Materia de Remuneraciones. Ley de Bienes del Estado y Municipios de San Luis Potosí. Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionadas con las mismas, para el Estado y Municipiosde San Luis Potosí.BANDO DE POLICIA Y GOBIERNO Y REGLAMENTOS DEL MUNICIPIO. Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Rayón, S.L.P. Reglamento Interno del Ayuntamiento Reglamento de Mercados y Comercio Ambulante de Rayón, S.L.P. Reglamento Interno de la Instancia Municipal de las Mujeres Rayonenses.Los anteriores ordenamientos legales, se citan de manera enunciativa, más no limitativa, ya que elmarco jurídico del municipio puede ser tan amplio como amplias sean las tareas que requiereatender.13


D I R E C T O R I OH. CABILDOC. ALBERTO OLMEDO BEARPresidente municipalC. J. NATIVIDAD SOLDEVILLA NOYOLASindico municipalC. ELIDA HAYAKAWA CAMARGORegidor de mayoría relativaC. CARLOS MARTÍNEZ PLASENCIAPrimer regidorC. DAMASIA CRUZ BUSTAMANTESegundo regidorC.SANTIAGO VELÁZQUEZ ÁLVAREZTercer regidorC.NEFTALI ESTRELLA BRAVO SANCHEZCuarto regidorC.BENIGNO RIVERA VITALESQuinto regidorC. JOSE JOEL TORRES ACOSTA.Secretario generalC.P. ESEQUIEL MARTINEZ RIVERATesorero municipalLIC. JOSE LUIS ACOSTA ZAMARRIPAContralor interno14


C.P. NOE GAMES ELIAScontador generalC. JOSE DAVID TELLO PEREZdirector de obras publicasING. SONIA CANO VALDESdirector de desarrollo ruralING. JESUS JUSTO ALVAREZ CALDERONcoordinador de desarrollo socialC. SIMON SALINAS BADILLOdirector de seguridad publicaC. KAREN AVALOS HERNANDEZencargado de recursos humanosC. JOSE LUIS PEREZ PADILLAencargado de alcoholesC. FAUSTINO TELLO CASTROencargado de giros mercantilesC. ROCIO HERNANDEZ TORRESJefe de la unidad de información publicaING. JUAN PADILLA CONTRERASDirector del rastro15


O R G A N I G R A M AH. CABILDOPRESIDENTEMUNICIPALARCHIVOMUNICIPALSECRETARIA DELAYUNTAMIENTOINFORMACIONPÚBLICACONTRALORIASINDICATURATESORERIAMUNICIPALRECURSOSHUMANOSASUNTOSINDIGENASOBRAS PÚBLICAS YSERVICIOSMUNICIPALESDESARROLLORURALDESARROLLO SOCIALDEPTO.CULTURADEPTO.DEPORTESEGURIDADPÚBLICA YTRANSITOGIROSMERCANTILINSPECCIONDE ALCOHOLESRASTROMUNICIPALBIBLIOTECAMUNICIPALOPORTUNIDADES, 70 Y MÁSREGISTROCIVILINAPAMDescentralizadosSMDIFINSTANCIADE LA MUJEROOAPSR16


REGIDORESObjetivo general de la función del regidorEl regidor es una autoridad municipal que integra el ayuntamiento de un municipio y participa enla toma de decisiones en forma colegiada. Para ser parte de la toma de decisiones delayuntamiento, el regidor (a) deberá de participar en las sesiones de cabildo y trabajar encomisiones.El regidor (a) trabajara en las comisiones que se le encomienden, y tendrá que desempeñarlacorrectamente. Por lo que el objetivo fundamental es participar de forma colegiada con los demásintegrantes del ayuntamiento, (presidente (a) municipal, y el o la sindico municipal), parapresentar, estudiar, examinar y resolver los problemas municipales y vigilar que este trabajo seajuste a las disposiciones y acuerdos del mismo.Regidora De Mayoría RelativaMisiónParticipar de manera colegiada en la definición de políticas y dirección de los asuntos delmunicipio, velando porque el ejercicio de la administración municipal se desarrolle conforme a lalegislación aplicable.Visión:Trabajar coordinadamente con los directores de los Departamentos cuyas comisiones se me hanconferido, para ofrecer servicios de calidad a la población, impulsando el desarrollo humano conequidad de género e igualdad de oportunidades.ObjetivoCumplir la tarea encomendada por la ciudadanía y velar por los intereses del municipiointerviniendo oportunamente en todas y cada una de las funciones propias de la función deregidor, cumpliendo con las comisiones encomendadas por el Presidente Municipal.17


Primer RegidorMisiónUn cabildo colegiado comprometido con sus ciudadanos, que escucha sus necesidades y privilegiael dialogo, sustentado en la equidad con tolerancia, responsabilidad y respeto., en la planeación ydistribución de recursos, reglamentos y leyes.VisiónDesempeñar las comisiones a mi cargo así como en particular el mejoramiento de la educación enRayón, garantizando espacios bien acondicionados y becas con equidad, vigilar aplicación deordenamientos legales, reconocimientos a ciudadanos, promoción y difusión de la educación entodos los niveles.O bjetivoMejorar la educación de Rayón, en espacios bien acondicionados y donde se fomenten losvalores morales y cívicos, así como estar al pendiente de cada una de las comisiones a mi cargo.Segundo RegidorMisión:Trabajar en beneficio de la ciudadanía, apegada a la legalidad y con espíritu de servicio.Visión:Supervisar que los departamentos cuyas comisiones represento trabajen de la mejor formaposible para el mejoramiento de nuestra comunidad en el desarrollo social y económico.18


ObjetivoPresentar a la consideración del Cabildo las propuestas de solución a los problemas que sepresenten en relación con las comisiones que se me han asignado.Tercer RegidorMisiónUn cabildo colegiado comprometido con sus ciudadanos, que escucha sus necesidades y privilegiael dialogo, sustentando en la equidad con tolerancia, responsabilidad y respeto; en la planeación ydistribución de recursos, reglamentos y leyes.VisiónEl mejoramiento del servicio del rastro, mercado, comercio municipal, para el bienestar social dela ciudadanía.ObjetivoQue mejora el servicio en el rastro municipal, así como en el comercio establecido, mercado. Yvigilar que los permisos de espectáculos estén estrictamente apegados a la ley.Cuarto RegidorM isiónUn cabildo colegiado comprometido con sus ciudadanos, que escucha sus necesidades y privilegiael dialogo, sustentado en la equidad con tolerancia, responsabilidad y respeto., en la planeación ydistribución de recursos, reglamentos y leyes.19


V isiónEl mejoramiento de la salud pública en rayón, garantizando la accesibilidad a las clínicas gratuitasespecializadas, regionales y de cualquier naturaleza en pro del bienestar social.O bjetivoque mejore la salud pública de rayón, con clínicas en mejores condiciones, que existan casas desalud en las comunidades más castigadas por las distancias o por los pocos espacios y accesibilidadpara la gente que menos tiene, más facilidad a los servicios de salud gratuitos y que el municipiocuente en su mayoría con el programa de seguro popular. Mas sectores de la población quecuenten con los servicios básicos para su mejoramiento familiar.Quinto RegidorMisiónCumplir con las obligaciones que la ley señala para ser un buen regidorVisiónQue los compañeros de cabildo me vean como un elemento que respeta los acuerdos, que apoyalas mejores causas, que trata a los demás con cortesía y respeto buscando siempre trabajar enarmonía.ObjetivoApoyar dentro del cabildo todo lo que contribuya al mejoramiento de nuestro querido municipiode rayón, s.l.p.20


Funciones y ObligacionesARTICULO 74. Son facultades y obligaciones de los regidores las siguientes:(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)I. Asistir puntualmente a las sesiones del Cabildo participando en las discusiones con voz y voto;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)II. Desempeñar las comisiones que les encomiende el Cabildo informando a éste de sus resultados;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007) públicos, o el mejor ejercicio de las funcionesmunicipales cuya vigilancia les haya sido encomendada;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)IV. Vigilar los ramos de la administración municipal que les correspondan, para lo cual contaráncon la información suficiente y expedita de las dependencias municipales, informandoperiódicamente de ello al Cabildo;V. Suplir al Presidente en sus faltas temporales en la forma prevista en esta Ley;VI. Concurrir a las ceremonias oficiales y a los demás actos que fueren citados por el PresidenteMunicipal;VII. Solicitar se convoque a sesiones ordinarias y extraordinarias al Cabildo. Cuando se rehusare elPresidente Municipal a convocar a sesión sin causa justificada, o cuando por cualquier motivo nose encontrare en posibilidad de hacerlo, los regidores podrán convocar en los términos del últimopárrafo del artículo 21 de la presente Ley;VIII. Suplir las faltas temporales de los síndicos suplentes en funciones, cuando para ello fuerendesignados por el Cabildo, yIX. Las demás que les otorguen la ley y los reglamentos aplicables.21


PRESIDENTE MUNICIPALMisiónEl espacio municipal, es sin duda el lugar donde la relación entre ciudadanía ygobierno, es cotidiana, estrecha y permanente, donde las necesidades sociales se hacenpresentes, donde la autoridad, funcionarios y funcionarias municipales viven intensamente laresponsabilidad de atender de manera eficiente el quehacer de los gobiernos locales. Por lo quemi misión será promover un desarrollo con equidad, mediante el impulso de la economía local, elcomercio, los servicios públicos y de actividades culturales y recreativas.Aunado a esto se buscara rescatar la política en nuestro municipio, para que surjancandidatos con una vocación de servicio; en beneficio de todos los rayonenses.VisiónHacer del municipio de Rayón, un ejemplo en nuestro estado de transparencia, honestidady trabajo. Tomando decisiones que contribuyan a generar las condiciones materiales que haganposible una vida digna para todos los ciudadanos rayonenses.Hacer del aparato administrativo, un instrumento más eficaz y eficiente, entendido estocomo el hecho de que las dependencias del Municipio atiendan oportunamente y con solucionesreales los problemas de los ciudadanos, así como la prestación de los servicios públicos.ObjetivoEl presidente municipal es el representante político y administrativo del ayuntamiento, asicomo el ejecutor de sus determinaciones. Es además, el responsable directo de la administraciónpública municipal y el encargado de velar por la correcta prestación de los servicios públicos.22


Funciones y ObligacionesARTICULO 70. El Presidente Municipal es el ejecutivo de las determinaciones del Ayuntamiento;tendrá las siguientes facultades y obligaciones:(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)I. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica del Municipio Libre, el Bando de Policía y Gobierno, losreglamentos y demás ordenamientos del Municipio, y las resoluciones del Cabildo que esténapegadas a derecho;II. Promulgar y ordenar conforme lo establece la presente Ley, la publicación de los reglamentos ydisposiciones de observancia general aprobadas por el Cabildo;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)III. Convocar por conducto del Secretario y presidir las sesiones de Cabildo, teniendo voz y votopara tomar parte en las discusiones, y voto de calidad en caso de empate;IV. Celebrar a nombre del Ayuntamiento y por acuerdo de éste, los actos y contratos necesariospara el despacho de los negocios administrativos y la atención de los servicios públicosmunicipales, salvo los convenios cuya celebración corresponda directamente al Ayuntamiento enlos términos de esta Ley;V. Proponer al Ayuntamiento en la primera sesión de Cabildo, los nombramientos del Secretario,del Tesorero, del Contralor, y del Oficial Mayor y Delegados en su caso. La propuesta que presenteel Presidente Municipal será sometida a la aprobación del Cabildo; de no acordarse procedente, elPresidente Municipal presentará en la misma sesión una terna de candidatos para cada puesto, deentre los cuales el Cabildo hará la designación respectiva; si dicho cuerpo colegiado no acordarefavorablemente o negare en su caso la propuesta de los candidatos, el Presidente Municipalexpedirá inmediatamente el nombramiento en favor de cualquiera de los integrantes de la ternapropuesta para cada cargo;VI. Nombrar a los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva delCabildo, garantizando que las relaciones laborales entre el Ayuntamiento y sus trabajadores, seapeguen a lo dispuesto en la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas delEstado y Municipios de San Luis Potosí;VII. Nombrar al Presidente del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia;VIII. Vigilar que las dependencias administrativas municipales se integren y funcionen legalmente,atendiendo las actividades que les están encomendadas con la eficiencia requerida;23


IX. Coordinar las funciones y la prestación de los servicios públicos municipales, proponiendo alAyuntamiento la creación de organismos especiales para la prestación o la concesión de dichosservicios cuando así lo estime conveniente;X. Cuidar el correcto desempeño de las funciones encomendadas a la policía preventiva municipaly tránsito;XI. Vigilar la coordinación y el cumplimiento de los planes nacional, estatal y municipal dedesarrollo;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)XII. Observar que se lleve a cabo el Plan Municipal de Desarrollo Urbano en congruencia con losplanes estatal y nacional, remitiéndolo al Ejecutivo del Estado para que emita en su casoobservaciones, y ordenar una vez realizadas las correcciones que el Cabildo considereprocedentes, la inscripción del mismo en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio;XIII. Vigilar la recaudación en todas las ramas de la hacienda pública municipal, cuidando que lainversión de los fondos se haga con estricto apego al presupuesto y a las leyes correspondientes;XIV. Pasar diariamente a la Tesorería Municipal, en forma directa o a través del servidor públicoque prevea el Reglamento Interior, noticias detalladas de las multas que impusiere y vigilar que,en ningún caso, omita esa dependencia expedir recibos de los enteros que se efectúen;XV. Ejercer en materia de lo dispuesto por el artículo 130 de la Constitución Política de los EstadosUnidos mexicanos, las facultades y responsabilidades que determine la ley;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)XVI. Solicitar licencia por escrito y por causa justificada al Cabildo, para ausentarse del Municipiopor más de diez días; debiendo formular aviso para ausentarse por un término menor;(REFORMADO, P.O. 01 DE NOVIEMBRE DE 2005)XVII. Rendir ante el Pleno del Ayuntamiento en sesión solemne, durante la segunda quincena delmes de septiembre de cada año, un informe por escrito en el que manifieste el estado que guardala administración pública municipal; y comparecer posteriormente cuando así lo acuerde con elpropio Cabildo, a fin de responder a las observaciones que el edilicio le formule;(N. E. DE ACUERDO AL DECRETO 002 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2006 POR UNICAOCASIÓN NO SERÁ APLICABLE A LOS PRESIDENTES MUNICIPALES EN FUNCIONES HASTALA PRIMERA QUINCENA DE DICIEMBRE DE 2006)24


XVIII. Vigilar la conducta oficial de los empleados del Municipio, corrigiendo oportunamente lasfaltas que observe y haciendo del conocimiento de la autoridad competente aquellas quepudieran ser tipificadas como delito;XIX. Coadyuvar al funcionamiento del Registro Civil en forma concurrente con la Dirección delmismo, en los términos de la ley de la materia;XX. Coordinar y vigilar las actividades de los delegados municipales en sus respectivasdemarcaciones;XXI. Conceder y expedir en los términos de ley, las licencias para el aprovechamiento de parte departiculares de las vías públicas, así como las relativas al funcionamiento de comercios,espectáculos, cantinas, centros nocturnos, bailes y diversiones públicas en general, mediante elpago a la Tesorería de los derechos correspondientes;XXII. Prestar a las autoridades judiciales el auxilio que soliciten para la ejecución de sus mandatos ycumplimentar en el orden municipal, los acuerdos fundados y motivados que provengan deautoridades distintas al Ayuntamiento;XXIII. Autorizar los libros de la administración municipal, firmando y sellando la primera y últimahojas;XXIV. Autorizar los documentos de compraventa de ganado y las licencias para degüello;XXV. Vigilar la exactitud del catastro y padrón municipal, actualizado anualmente, cuidando que seinscriban en él todos los ciudadanos y asociaciones civiles, del comercio y la industria, sindicatos,agrupaciones cívicas y partidos políticos, con la expresión de nombre, edad, estado civil, domicilio,propiedades, profesión, industria o trabajo de que subsistan los particulares y, en su caso, de losdirectivos de las asociaciones intermedias;XXVI. Determinar el trámite de los asuntos, oficios y solicitudes en general que se presenten alAyuntamiento, y hacer que recaiga acuerdo a todas las peticiones que se presenten siempre queéstas se formulen por escrito, de manera pacífica y respetuosa, así como ordenar se notifiquen losacuerdos a los interesados;XXVII. Recibir la protesta de los servidores públicos municipales que ante él deban rendirla;XXVIII. Representar al Municipio ante los tribunales en los casos a que se refiere el artículo 71 deesta Ley, con todas las facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas; nombrar25


asesores y representantes, así como otorgar poderes generales y especiales para pleitos ycobranzas;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)XXIX. Celebrar a nombre del Municipio, en ejercicio de las facultades que la ley le confiere o enejecución de los acuerdos del Cabildo o del Congreso del Estado, los actos y contratos necesariospara el desempeño de los negocios administrativos y la eficaz prestación de las funciones y losservicios públicos municipales, dando cuenta al Ayuntamiento o al Congreso del Estado, en sucaso, del resultado de las gestiones;XXX. Realizar el control y vigilancia en materia de fraccionamientos, sobre construcción de obraspúblicas y privadas, de ornato, nomenclatura, numeración oficial, planificación y alineamiento deedificaciones y calles;XXXI. Informar al Ejecutivo del Estado o al Congreso del Estado, sobre cualquier asunto de ordenmunicipal que interfiera o pueda afectar de alguna forma las funciones encomendadas alAyuntamiento;XXXII. Proveer lo relativo al fomento, construcción, mantenimiento, control y vigilancia de losespacios destinados a prestar al público el servicio de estacionamiento de vehículos;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)XXXIII. Ordenar la publicación mensual de los estados financieros en la forma que determine elCabildo;XXXIV. Expedir o negar permisos y licencias para la construcción y demoliciones, debiendo solicitarla autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia cuando el caso lo requiera;XXXV. Expedir, previa aprobación del Cabildo en los términos de esta Ley, licencias de uso de suelopara dividir o subdividir inmuebles y para fraccionar en los términos de la ley de la materia;XXXVI. Visitar cuando menos dos veces al año todas las localidades que se encuentren dentro de lacircunscripción municipal, para verificar el estado que guardan los servicios públicos;XXXVII. En materia de seguridad pública ejercer las facultades que le confieren la Ley de SeguridadPública del Estado, las que le correspondan en los términos del artículo 21 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, así como las que le confiera la Ley que establece lasBases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y los convenios que en materiade seguridad pública celebre el Ayuntamiento, yXXXVIII. Las demás que se deriven de esta Ley u otros ordenamientos aplicables.26


ARTICULO 71. El Presidente Municipal asumirá la representación jurídica del Ayuntamiento en loslitigios en que éste fuere parte, únicamente en los siguientes casos:I. Cuando el Síndico esté legalmente impedido para ello, yII. Cuando el Síndico se niegue a asumir la representación.ARTICULO 72. Para el cumplimiento de las actividades inherentes a su cargo, el PresidenteMunicipal deberá auxiliarse de los demás integrantes del Ayuntamiento formando comisionespermanentes o temporales.ARTICULO 73. El Presidente Municipal estará impedido para:I. Distraer los fondos y bienes municipales de los fines a que estén destinados;II. Imponer contribución o sanción alguna que no esté señalada en las leyes correspondientes;III. Intervenir en las materias reservadas a las autoridades federales y estatales e invadir lacompetencia o jurisdicción de otros municipios;IV. Proporcionar apoyo a un determinado partido político o candidato por sí o a través de sussubordinados;V. Ausentarse del Municipio por más de diez días sin licencia del Cabildo; o por un término menorsin formular el aviso correspondiente;VI. Cobrar personalmente o por interpósita persona multa o arbitrio alguno; así como consentir oautorizar que alguna oficina distinta de la Tesorería municipal conserve o disponga de fondosmunicipales;VII. Distraer a los empleados o policías municipales para asuntos particulares;VIII. Residir durante su gestión fuera del territorio municipal;IX. Intervenir como patrocinador de alguna persona en negocios que se relacionen con el gobiernomunicipal, yX. Destinar recursos del erario municipal sea en dinero o en especie, para el financiamiento decampañas electorales.27


SINDICO MUNICIPALMisiónSe pretende de esta sindicatura, o bien interesa primordialmente tener conocimiento detodos y cada uno de los asuntos que tiene a su cargo esta sindicatura, concretamente, la atenciónde cada uno de los conocimientos de hechos y quejas que presentan las personas para que dealgún modo se resuelva la brevedad posible de manera administrativa y así se ha estadorealizando el trabajo en comento; también la necesidad que existe que resolver las irregularidadesen que se encuentran los inmuebles y muebles de este H. Ayuntamiento y solucionar todos y cadauno de los juicios laborales y otros.VisiónDebo decir que esta sindicatura se encuentra en la mejor disposición de resolver todos ycada uno de los puntos que han quedado precisados con anterioridad, y que si bien es cierto, lamayoría de ellos se resuelve administrativamente de manera inmediata; sin embargo, los diversosproblemas de los que he hecho mención, es necesario, en primer término tiempo y en segundotérmino los recursos económicos por parte de este H. ayuntamiento para darles solución.ObjetivoDebo destacar que todo lo relacionado con el desempeño de las funciones de estasindicatura, el interés primordial es que todos los asuntos se resuelvan y se resuelvan bien; asímismo, la finalidad o el objetivo de esta sindicatura es que en esta administración no quede nadapendiente y le sea heredada la problemática a la administración siguiente; lo anterior siempre ycuando, y antes que nada existan los recursos económicos para que se resuelvan en definitiva.28


Funciones y ObligacionesARTICULO 75. El Síndico tendrá las siguientes facultades y obligaciones:I. La procuración, defensa y promoción de los intereses municipales;II. La representación jurídica del Ayuntamiento en los asuntos en que éste sea parte, y en lagestión de los negocios de la hacienda municipal;III. Vigilar la correcta aplicación del presupuesto municipal;IV. Asistir en coordinación con el Contralor Interno, a las visitas de inspección que se hagan a laTesorería Municipal;V. Vigilar con la oportunidad necesaria, que se presente al Congreso del Estado en tiempo y formala cuenta pública anual; asimismo, cerciorarse de que se ordene la publicación de los estadosfinancieros mensuales, previo conocimiento del Ayuntamiento;VI. Legalizar la propiedad de los bienes municipales e intervenir en la formulación y actualizaciónde los inventarios de bienes muebles e inmuebles del Municipio, en coordinación con la OficialíaMayor o Tesorería, procurando que se establezcan los registros administrativos necesarios para sucontrol y vigilancia;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)VII. Asistir puntualmente a las sesiones del Cabildo y participar en las discusiones con voz y voto;(REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007)VIII. Refrendar con su firma, conjuntamente con las del Presidente Municipal y del Secretario, loscontratos, concesiones y convenios que autorice el cabildo, responsabilizándose de que losdocumentos se apeguen a la ley;IX. Presidir las comisiones para las cuales fuere designado;X. Intervenir como asesor en las demás comisiones cuando se trate de dictámenes o resolucionesque afecten al Municipio;XI. Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que determinen las leyes de la materia.XII. Las demás que le concedan o le impongan las leyes, los reglamentos o el Ayuntamiento.ARTICULO 76. El Síndico no puede desistirse, transigir o comprometerse en árbitros, ni hacercesión de bienes, sin autorización expresa que para cada caso le otorgue el Ayuntamiento.29


SECRETARIA GENERALMisiónRealizar las tareas correspondientes a la Secretaria del Ayuntamiento ajustándose lasmismas a los disposiciones legales aplicables y en apego a lo establecido en el plan de DesarrolloMunicipal, todo con la finalidad de ofrecer un servicio de calidad a la comunidad en general, y deesta forma contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de nuestromunicipio.VisiónLograr a futuro que la Secretaria del Ayuntamiento tenga bases firmes para desarrollar lastareas que le corresponden por ley y las que se le atribuyan mediante los procedimientosadecuados con el propósito de ser una dependencia municipal organizada, coordinada ycomprometida con la sociedad Rayonense.ObjetivoAsumir la responsabilidad del despacho de los asuntos administrativos, asi como apoyar alpresidente municipal en la conducción de la política interna, instrumentando lo necesario pararesponder con calidad las demandas ciudadanas dentro de un marco de legalidad, de igual maneraproveer de asesoría técnica a las áreas administrativas de la administración publica municipal, deacuerdo a sus atribuciones.Funciones y ObligacionesArticulo 16. La Secretaría del Ayuntamiento estará a cargo de un Secretario(a) quien tendrá lasobligaciones señaladas en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de SanLuís Potosí.Articulo 17. Además, el Secretario del Ayuntamiento apoyará al Presidente Municipal comoSecretario Particular y, entre otras, desarrollará las siguientes actividades:30


I. Despachar todos los asuntos que le sean encomendados por el Presidente Municipal yadministrar los recursos necesarios de su despacho para que funcione con eficacia;II. Coordinar la audiencia particular y la agenda del Presidente Municipal;III. Atender, por encargo del Presidente Municipal a los visitantes oficiales; yIV. Los demás asuntos que le sean encargados por el Presidente Municipal, y que nocorrespondan a otras áreas de la Administración Municipal.MisiónTESORERIA MUNICIPALEstablecer los mecanismos necesarios para que en cada departamento de nuestrodepartamento de nuestra administración se lleve a cabo sus actividades apegadas al reglamentomunicipal auxiliándose del control interno establecidos y amparados por las diferentes leyes querigen a los funcionarios públicos como lo son la ley orgánica de los municipios libres del estado deSan Luis Potosi, y la ley que rige a todo funcionario público, como también acatar los lineamientosde la Auditoria Superior del Estado.VisiónPrimeramente que el manejo del recurso que llega a nuestro municipio sea distribuido yaplicado en los lugares donde existe mayor marginación, así como apoyando al mayor número defamilias de escasos recursos, además de tratar de lograr que todo servidor público, en cualquierpuesto que desempeñe, debe de realizar su trabajo de la mejor manera posible, como tambiénque exista una mayor eficiencia en su desarrollo personal en atención a la ciudadanía que acude asolicitar el recurso o a realizar un trámite, logrando de esta un cambio de la imagen que se tienede los servidores públicos.31


ObjetivoUna vez conjuntados los puntos anteriores, lograremos resultados mas eficientes los cualesse tenían contemplados al inicio de esta administración por lo que estaríamos en condiciones dedecir “que se lograron las metas establecidas” que se tenían contempladas desde un inicio,arrojando buenos resultados tanto como para la ciudadanía como para nuestra administración2009-2012.Funciones y ObligacionesArticulo 18. La Tesorería Municipal es la dependencia encargada de recaudar, distribuir,administrar y controlar los recursos municipales. Estará a cargo de un Tesorero(a) Municipal quiencontara con las facultades y obligaciones que le imponen el artículo 81 de la Ley Orgánica delMunicipio Libre del Estado de San Luís Potosí, la Legislación Fiscal correspondiente, y demásnormatividad Federal, Estatal y Municipal que corresponda.Para la eficiente y eficaz recaudación de los ingresos municipales señalados en las leyescorrespondientes, el Tesorero Municipal se auxiliara de un Recaudador(a) de Giros Mercantiles.Articulo 19. El Tesorero Municipal y todos los empleados que manejen fondos y valores estánobligados a caucionar su manejo, en los términos de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estadode San Luís Potosí, y además cumpliendo con las formas requeridas por la autoridadcorrespondiente.32


CONTRALORIA INTERNAMisionLa vigilancia , control y fiscalización del uso correcto de los recursos humanos, materiales yfinancieros de que disponen las direcciones, coordinaciones y departamentos, para la ejecución desus programas de trabajo y el del cumplimiento de sus objetivos y metas, haciendo lasrecomendaciones que sean necesarias para mejorar su funcionamiento integral.VisionQue el ejercicio de cualquier actividad que involucre la prestación de un servicio publico, donde seotorga atención a la ciudadanía, debe basarse y ajustarse al conjunto de normas determinadasque rijan y guíen el ciclo o proceso que corresponda, para merecer la confianza de lossolicitantes.ObjetivoComo objetivo primordial de la Contraloría Interna, es el de planear, organizar, dirigir ycontrolar los sistemas de control y evaluación municipal, con la finalidad de proporcionar un gradode seguridad razonable y una verificación confiable de la administración, captación, manejo,aplicación, destino y comprobación de los Recursos Financieros, Económicos y Materiales delGobierno Municipal; en el marco de la legalidad y persiguiendo como único fin ofrecer a losciudadanos un Gobierno unido con TRANSPARENCIA,HONESTIDAD Y TRABAJO.Funciones y ObligacionesARTÍCULO 86. Son facultades y obligaciones del Contralor Interno:I. Planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal;II. Fiscalizar el ingreso y ejercicio del gasto público municipal, y su congruencia con elpresupuesto de egresos;33


III.Vigilar que los recursos y aportaciones federales y estatales asignados al municipio, seapliquen en los términos estipulados en las leyes, reglamentos y convenios respectivos;IV. Coordinarse con la Contraloría del Gobierno del Estado, y la Auditoria Superior del Estado,para el cumplimiento de sus atribuciones;V. Establecer la calendarización y las bases generales reglamentarias para la realización deauditorías internas e inspecciones;VI. Participar en la entrega recepción de las unidades administrativas de las dependencias yentidades del Municipio, conjuntamente con el Síndico y el Oficial Mayor;VI. Dictaminar los estados financieros de la Tesorería municipal y verificar que los informes seanremitidos en tiempo y forma a la Auditoria Superior del Estado;VII. Participar en la elaboración y actualización de los inventarios generales de bienes muebles einmuebles propiedad del Ayuntamiento;IX. Apoyar al Presidente Municipal en la substanciación de los procedimientos administrativosdisciplinarios y resarcitorios, determinando o no la existencia de responsabilidadesadministrativas, por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos municipalesno sujetos a responsabilidad por parte del Congreso del Estado, pudiendo aplicar las sancionesdisciplinarias correspondientes, por acuerdo del Ayuntamiento;X. Informar oportunamente a los servidores públicos municipales acerca de la obligación demanifestar sus bienes, verificando que tal declaración se presente en los términos de ley, yXI. Vigilar el cumplimiento de las normas y disposiciones sobre el registro, contabilidad,contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra publica adquisiciones,enajenaciones, arrendamientos, usos y conservación del patrimonio municipal, yXII. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos municipales.34


COORDINACION DE DESARROLLO SOCIALMisionConsiste en planear, implementar, operar dar seguimiento y evaluar con base en las disposicionesjurídicas, reglamentarias, normativas y administrativa aplicable, los programas de infraestructura ydesarrollo social y humano en el ámbito municipal; involucrando la participación comunitaria en elfomento a la educación, la cultura, la salud, la recreación y el deporteVisionAdministrar el desarrollo de los programas y obras derivados de la aplicación de recursos de losFondos Municipales provenientes del Ramo 33 que propicien mejores condiciones de vida para lapoblación y supervisar el desempeño de las labores encomendadas al personal asignado a lacoordinación de Desarrollo SocialObjetivoConducir y conformar una política social municipal integral y sustantiva orientada por valores deconvivencia social, de equidad de genero y de igualdad de oportunidades a fin de impulsar eldesarrollo sustentable de la comunidad urbana y rural del Municipio por medio de la vinculaciónresponsable y transparente de prioridades, promoviendo la participación ciudadana, fomentandola corresponsabilidad en materia de infraestructura y desarrollo cultural, deportivo, social,agropecuario y de servicios básicos a través de estrategias de planeación, coordinación, direccióny evaluación de los programas, proyectos, obras y acciones en materia de desarrollo social, con elfin de fortalecer el tejido social y mejorar la calidad de vida de la población.Funciones y obligacionesArticulo 23. El Departamento de Desarrollo Social es el encargado de administrar las aportacionesfederales transferidas al Municipio, en los términos de la Ley para la Administración de lasAportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luís Potosí. Estará a cargo de unCoordinador (a) de Desarrollo Social quien tendrá las atribuciones siguientes:Fomentar la acción de la ciudadanía en la toma de decisiones, mediante la creación del Consejode Desarrollo Social Municipal;35


I. Coordinar las asambleas mensuales con el Consejo de Desarrollo Social para informar sobreobras y acciones concernientes a los recursos del Fondo para la Infraestructura SocialMunicipal y del Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios;II. Elaborar un Programa Operativo Anual por ejercicio fiscal, con previa priorización del Consejode Desarrollo Social, que contenga las obras y acciones a ejecutar;IV. Elaborar los proyectos y expedientes técnicos necesarios de las obras y acciones del ProgramaOperativo Anual;V. Llevar a cabo los procesos de contratación de obras, adquisiciones, servicios y arrendamientosdel Programa Operativo Anual;VI. Ejecutar las obras y acciones del Programa Operativo Anual, con estricto apego a la normativaaplicable;VII. Contribuir con las obligaciones financieras del Ayuntamiento;VIII. Verificar que los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal sean asignados enobras y acciones que beneficien directamente a la población en rezago social y en pobrezaextrema;IX. Crear programas sociales para beneficio de la ciudadanía con mayor pobreza y rezago;X. Gestionar ante dependencias estatales y federales recursos para proyectos que beneficien eldesarrollo social del Municipio; yXI. Ejercer las demás atribuciones que le señalen las Leyes, Reglamentos e instrumentos legales yadministrativos vigentes para la realización de asuntos de su competencia, así como los queestablezca expresamente el Cabildo y/o el Presidente Municipal.36


DESARROLLO RURAL SUSTENTABLEMisiónImpulsar la actividad agropecuaria con recursos económicos destinados al fortalecimientode la infraestructura y modernización a través del uso sustentable de los recursos naturales y lainversión en los sistemas de protección.VisiónQue el sector rural de nuestro municipio sea mayormente productivo en cuanto a laproducción agropecuaria generando productos de calidad con mayor oportunidad en el mercado afin de generar mayores ingresos para las familias que les permita lograr una mejor calidad de vidaObjetivoImpulsar el desarrollo rural tomando en cuenta la participación de la ciudadanía en la tomade decisiones a fin de entender de manera específica las necesidades más emergentes del sectorrural propiciando un campo de mayores oportunidades.Funciones y obligacionesArticulo 24. El Departamento de Desarrollo Rural es el encargado de coordinar y supervisar laprestación de servicios orientados a apoyar el desarrollo rural del Municipio. Estará a cargo de unDirector (a), quien tendrá las atribuciones siguientes:I. Aplicar todas las medidas procedentes en materia de ganadería, sanidad animal y sanidadvegetal, establecidas por la normatividad correspondiente;II. Emitir, en su caso, las medidas de carácter fitosanitario y de control de movilización necesariapara impedir el ingreso y diseminación de las plagas y enfermedades que afecten a losanimales y las plantas en coordinación con las autoridades federales y estatales competentes;37


III. Promover la creación y el desarrollo de agroindustrias que fortalezcan el desarrolloagropecuario, acuícola y apícola del Municipio;IV. Promover y apoyar todo proyecto productivo viable en el medio rural;V. Promover el mejoramiento de las instalaciones e infraestructura productiva del sectoragropecuario;VI. Fomentar y promover la educación, investigación científica y el uso de nuevas tecnologías enla actividad agropecuaria;VII. Promover la elaboración de estudios tendientes a fomentar el desarrollo y que a su vez,permitan identificar las técnicas y actividades que resulten más productivas para el sectoragropecuario; yVIII. Las demás que señalen las Leyes Federales y Estatales aplicables, los Reglamentos Municipalesy las que le encomiende el Presidente Municipal.OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS MUNICIPALESMisiónPlanear y programar, con la correspondiente participación ciudadana, las obras públicas aejecutar que contribuyan a un desarrollo integral y mejor calidad de vida a sus beneficiarios; conun aprovechamiento óptimo en el manejo de los recursos asignados, cumpliendo con losprincipios de Eficiencia, Eficacia y TransparenciaVisiónSer la Dependencia líder que garantice e impulse el desarrollo de la infraestructuramunicipal en forma coordinada y comprometida permanentemente con la Transparencia y con labúsqueda de la excelencia en los procesos de Planeación, Programación, Presupuesto, Ejecuciónde Obras, Planes y Proyectos, a fin de dar respuesta a las necesidades de la Sociedad.38


ObjetivoProyectar y ejecutar la obra pública municipal, que comprende entre otros rubros elmantenimiento de los edificios públicos, parques y paseos. Así mismo se ocupa del mantenimientode las calles del municipio.Funciones y ObligacionesArticulo 22. El Departamento de Obras Púbicas y Servicios Municipales es la dependenciaencargada de dotar de infraestructura básica al Municipio, así como de proporcionar la oportuna yeficaz prestación de servicios públicos básicos. Estará a cargo de un Director (a), quien tendrá lassiguientes atribuciones:A) En materia de Obra Pública le corresponde:I. Ejecutar el Programa de Obra Pública Municipal;II. Supervisar las obras por contrato o por administración que se autoricen de acuerdo alas Leyes de la materia;III. Levantar y mantener actualizado el inventario de la obra pública municipal.IV. Establecer un programa permanente de mantenimiento de calles, banquetas, obrapública y demás lugares públicos del Municipio;V. Responsabilizarse de la coordinación administrativa con las instituciones que ejecutenofertas públicas en la jurisdicción del Municipio;VI. Responsabilizarse de la coordinación administrativa con las instituciones que ejecutenobras publicas en la jurisdicción del Municipio; yVII. Las demás que señalen las Leyes Federales y Estatales aplicables, los ReglamentosMunicipales y las que le encomiende el Presidente Municipal.B) En materia de Desarrollo Urbano:I. Formular y conducir las políticas generales de asentamientos humanos, urbanismo,vivienda y ecología dentro de su jurisdicción territorial del Municipio teniendo a sucargo el cumplimiento de los programas de obra pública;II. Formular en coordinación con las autoridades federales y estatales el Plan Municipalde Desarrollo Urbano;III. Coordinarse con las autoridades federales y estatales en la ejecución del PlanMunicipal de Desarrollo Urbano;39


IV. Promover y regular el crecimiento urbano de las comunidades del Municipio, medianteuna adecuada planificación y zonificación de las mismas;V. Vigilar el cumplimiento y aplicación de las disposiciones jurídicas en materia deconstrucción y asentamientos humanos;VI. Promover el mejoramiento de las viviendas y la imagen urbana de los poblados ycomunidades del Municipio;VII. Elaborar estudios para la creación, desarrollo, reforma y mejoramiento de lospoblados y comunidades en atención a una mejor adaptación material y lasnecesidades colectivas;VIII. Autorizar licencias de construcción a particulares, vigilando que las obras se realicende acuerdo a las especificaciones estipuladas en las licencias respectivas;IX. Elaborar y mantener actualizado el inventario y registro de los predios ubicados en lajurisdicción del Municipio con el fin de tener un control de los mismos y coordinarsecon la Tesorería Municipal para vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscalesrespectivas;X. Promover el desarrollo de los programas de la regularización de la tenencia de la tierray los de propiedad raíz entre otros;XI. Aplicar las limitaciones y modalidades de uso que se impongan a través de losinstrumentos de planeación correspondientes a los predios inmuebles de propiedadpública y privada;XII. Elaborar la proyección de la distribución de la población y la ordenación territorial delos centros de población, en concurrencia con las dependencias de la Federación y delEstado y la participación de los sectores públicos y privados;XIII. Establecer la regulación del uso de suelo en las localidades del Municipio acatando losalineamientos del programa urbano vigente;XIV. Establecer las nomenclaturas de las vías públicas, jardines y plazas y la numeración delos predios del Municipio;XV. Dictar las medidas necesarias con relación a lotes baldíos para lograr que lospropietarios los cerquen debidamente y los limpien de basura en su caso;XVI. Dictar las medidas necesarias para evitar que se obstaculice el tránsito peatonal en lasvías públicas; yXVII. Las demás que señalen las Leyes Federales y Estatales aplicables, los ReglamentosMunicipales y las que le encomiende el Presidente Municipal.40


C) En materia de Servicios Públicos Municipales:I. Dotar, coordinar, controlar y supervisar la adecuada, oportuna y eficaz prestación delos siguientes servicios públicos municipales:a) Alumbrado Público;b) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;c) Mercados y Centrales de Abastos;d) Panteones;e) Rastros;f) Calles, parques, jardines y su equipamiento;II. Vigilar el mantenimiento y conservación de los edificios y equipos destinados a laprestación de algún servicio público;III. Recolectar y disponer adecuadamente los desechos sólidos que se generen en elMunicipio y mantener limpia la ciudad;IV. Auxiliar en el mantenimiento y limpieza de las calles, andadores, plazas, parques,campos deportivos, monumentos y demás lugares públicos del Municipio y evitar laexistencia de basureros clandestinos;V. Administrar y conservar los mercados públicos así como vigilar su adecuadofuncionamiento;VI. Mantener en buen estado y ampliar el servicio de alumbrado público de la ciudad y delas poblaciones del Municipio;VII. Crear áreas verdes y mantener en buen estado los parques y jardines;VIII. Mantener en buen estado los panteones del Municipio y vigilar que se cumplan lasnormas legales para su funcionamiento, así como en su caso gestionar y atender suampliación cuando el servicio lo requiera;IX. Vigilar, en el ámbito de su competencia, el funcionamiento de los OrganismosAuxiliares Municipales, cuyo propósito es la prestación de algún servicio público osocial, la explotación de bienes o recursos propiedad del Municipio, la investigacióncientífica, o la obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia y seguridadsocial;X. Administrar y vigilar el funcionamiento del Rastro Público Municipal;XI. Supervisar que la prestación de los servicios públicos municipales se lleve a cabo conestricto apego a su reglamentación; y41


Las demás que señalen las Leyes Federales y Estatales aplicables, los Reglamentos Municipales y las que leencomiende el Presidente Municipal.MisiónRECURSOS HUMANOSEl área de recursos humanos es la responsable de gestionar el talento humano que se requierepara el buen funcionamiento del H. Ayuntamiento, a través del suministro y administración del personalllámese administrativo y operativo que se requiere para cada uno de sus áreas y cuya finalidad es construira un adecuado entorno laboral y bienestar del personal.VisiónEl área de recursos humanos aspira a ser reconocida como parte integral del organigramamunicipal, en la consecución de sus objetivos mediante una gestión eficaz del talento humano con base enestrategias innovadoras que permitan lograr un alto nivel de calidad de vida y eficiencia.ObjetivoDesarrollar, Fortalecer y Orientar estrategias y mecanismos que permitan la captación delpotencial humano de acuerdo a los requerimientos del ente gubernamental (H. Ayuntamiento). Con lafinalidad de seleccionar y garantizar la elección según el perfil que requiera el puesto a ocupar; y a su vezatender con equidad y oportunamente las necesidades y derechos del personal contratado.Funciones y ObligacionesArticulo 21. El Departamento de Recursos Humanos estará a cargo de un Director (a), quientendrá las atribuciones siguientes:I. Proponer las políticas generales de administración de los recursos humanos, teniendoen consideración las normas estatutarias pertinentes y los principios deadministración de personal;II. Mantener actualizados la documentación y los registros con todos los antecedentes yla información referida al personal;42


III. Asesorar oportunamente al personal del Municipio sobre todas las materias delderecho laboral y otras materias legislativas que lo afecten, manteniendo un archivoactualizado de estas disposiciones legales;IV. Ejecutar y tramitar la incorporación, promoción, retiro o destinación del personal,como también lo relativo a licencias, permisos, asignaciones familiares y todo lorelacionado a solicitudes del personal;V. Preparar y actualizar los escalafones del personal, teniendo en consideración lasnormas estatutarias pertinentes y manteniendo al día los archivos correspondientes;VI. Asegurar la operatividad de los trámites administrativos relacionados con licenciasmédicas, accidentes del trabajo, cargas familiares, asistencia, permisos y vacaciones yotros trámites y/o certificaciones que requiera el personal;VII. Efectuar la tramitación administrativa de los sumarios e investigaciones sumarias dela municipalidad y el registro de estos actos, velando por el cumplimiento de losplazos en estas situaciones;VIII. Controlar la asistencia y los horarios de trabajo, sin perjuicio del control obligatorioque debe realizar cada Departamento;IX. Calcular, registrar y pagar las remuneraciones del personal;X. Velar porque el personal pueda hacer efectivos sus derechos estatutarios debiendo,al efecto, informar oportunamente acerca de los mismos a los funcionariosmunicipales;XI. Programar y ejecutar programas de bienestar y recreación para los trabajadoresmunicipales y su grupo familiar, procurando mejorar la calidad de vida de laspersonas, en concordancia con las leyes vigentes; yXII. Las demás que señalen las Leyes Federales y Estatales aplicables, los ReglamentosMunicipales y las que le encomiende el Presidente Municipal.43


DIRECCION DE ALCOHOLESMisiónLa razón de ser de la existencia de una organización es cumplir y atender todas y cada unade las comisiones o actividades que le sean conferidas, para un buen cumplimiento de su trabajo.VisiónMi proyecto a largo plazo es decir al final de la presente administración, es haber cumplidocon el trabajo que me ha sido encomendado y que sobre la marcha valla mejorando día con día enlas actividades realizadas, para que al final se alcance el éxito realizado.ObjetivoEl objetivo de mi trabajo en la dirección de alcoholes es que todos y cada uno de losestablecimientos con venta de bebidas alcohólicas cumplan con las disposiciones que marca la leyde alcoholes.Que realicen sus actividades dentro de los horarios establecidos por la autoridad municipalrespetando la clasificación para la cual fue autorizada su licencia, negar la venta y suministro amenores de edad. Conseguida esta meta se abra dado un paso muy importante para prevenir ycombatir el abuzo en el consumo de bebidas alcohólicas.44


UNIDAD DE INFORMACION PÚBLICAMisiónDar atención y seguimiento a las solicitudes de información de manera clara y oportunaque esta dependencia reciba, así mismo mantener la información pública de oficio actualiza mescon mes en la página web.VisiónPromover ante la sociedad una cultura de información y transparencia en la cual loprincipal será dar a conocer los derechos de cada ciudadano en relación a la Transparencia, paraqué los hagan valer ante las Autoridades llámense municipales estatales o federales.ObjetivoAtender y gestionar las solicitudes de acceso a la información, así como todas las solicitudes quese realicen en ejercicio de la acción de protección de datos personales.Funciones y ObligacionesArticulo 29. La Unidad de Información Pública se regirá por lo dispuesto en la Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública del Estado de San Luís Potosí y en el Reglamento deTransparencia y Acceso a la Información Pública Municipal. Y su titular tendrá, entre otras, lasatribuciones siguientes:I. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública y a las relativasal ejercicio de la acción de protección de datos personales;II. Difundir en coordinación con las dependencias y unidades administrativascorrespondientes, la información de oficio a que se refiere la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública del Estado de San Luís Potosí y el ReglamentoMunicipal correspondiente;III. Administrar, sistematizar, archivar y resguardar la información clasificada comoreservada en coordinación con las dependencias y unidades administrativascorrespondientes;IV. Notificar al Comité de Información, acerca de toda la información susceptible aconsiderarse como reservada para que este resuelva al respecto;45


V. Promover en las entidades públicas de su adscripción la actualización periódica de lainformación a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de San Luís Potosí;VI. Realizar los trámites y gestiones dentro de la entidad pública de su adscripción paraentregar la información solicitada y efectuar las notificaciones correspondientes;VII. Promover la capacitación, actualización y habilitación oficial de los servidores públicosque se encargaran de recibir y dar trámite a las solicitudes presentadas; yVIII. Administrar y actualizar mensualmente el registro de las solicitudes, respuestas,trámites y costos que implique el incumplimiento de sus funciones.MisiónCOORDINACION DE ARCHIVOSomos un área encargada de organizar limpiar, restaurar, ordenar, clasificar y resguardar nuestra memoriadocumental; brindar información pública al ente o ciudadano que así lo requiera.VisiónEl rescate del acervo documental del municipio y mejorar la atención interna y externa al ciudadano que asílo requieraObjetivos1. Ordenar y resguardar el archivo de acuerdo con las normas archivísticas2. Crear instrumentos de consulta3. Diseñar instrumentos que faciliten la ordenación y clasificación como la guía minima de archivos yel cuadro general de clasificación archivistica4. Obtener carátulas que nos permitan identificar claramente la información.5. Capacitar al personal en esta tarea6. Conocer la ubicación de los tres fondos (archivo histórico, archivo de concentracion y archivo detramite); el volumen aproximado de los fondos7. Identificar el grado de organización y conservación que tienen los documentos que constituyen lostres fondos.8. Elaboración de un formato para realizar la transferencia secundaria.9. Elaboración de un formato para el préstamo interno y externo de documentos.46


Funciones y ObligacionesArtículo 30. La Coordinación de Archivo Municipal será la encargada del rescate patrimonial, asícomo diseñar instrumentos de proceso archivístico para organizar la información que se genera entrámite. Dependerá de la Secretaría del Ayuntamiento. Estará a cargo de un Coordinador(a) deArchivos, quien tendrá las atribuciones siguientes:I. Diseñar, proponer, instrumentar y evaluar, los planes, programas y proyectos dedesarrollo archivístico;II. Establecer las políticas y medidas técnicas para la regulación de los procesosarchivísticos durante el ciclo vital de los documentos de archivo;III. Formular los instrumentos, procesos y métodos de control archivístico del enteobligado;IV. Promover la operación regular en conjunto con el Comité de Información y coadyuvaren la integración de su reglamento de operación y programa anual de trabajo;V. Elaborar y presentar los modelos técnicos o manuales para la organización yprocedimientos de los archivos de trámite, de concentración y en su caso histórico deente obligado, en coordinación con el Comité de Información y presentarlo a losresponsables de dichas unidades;VI. Coordinar los trabajos para la elaboración de los principales instrumentos de controlarchivístico dentro del ente obligado proponiendo el diseño, desarrollo, implementacióny actualización del sistema de clasificación archivística, el catálogo de disposicióndocumental y los inventarios que se elaboren para la identificación y descripción de losarchivos institucionales;VII. Establecer, en coordinación con la instancia responsable de la función dentro del enteobligado, un amplio programa de capacitación en la materia, así como las principalesestrategias para el desarrollo profesional del personal que se dedique al desempeño delas funciones archivísticas;VIII. Coadyuvar con la instancia responsable de la función dentro del ente obligado, en laelaboración de un programa de necesidades para la normalización de los recursosmateriales que se destinen a los archivos, propiciando la incorporación de mobiliario,equipo técnico, de conservación y seguridad, e instalaciones apropiadas para losarchivos, de conformidad con las funciones y servicios que estos brindan; y47


IX.Coadyuvar con la instancia responsable de la función, en el diseño, desarrollo,establecimiento y actualización de la normatividad que sea aplicable dentro del enteobligado, para la adquisición de tecnologías de información para los archivos, así comopara la automatización de archivos, la digitalización o microfilmación de los documentosde archivo o para la gestión, administración y conservación de los documentoselectrónicos.DIRECCION DE DEPORTESMisiónServir a toda la comunidad deportiva del municipio y ofreces mejore espacios deesparcimiento a la juventud con el apoyo de nuestras autoridades.VisiónEncaminar o tratar de adaptar a la juventud de los vicios y malos hábitos a través deldeporte.Funciones y ObligacionesArticulo 27. El Departamento de Deportes es la dependencia encargada de apoyar y fomentar lasactividades físicas y deportivas en el Municipio. Estará a cargo de un Director(a), quien tendrá lasatribuciones siguientes:I. Fomentar el deporte y la actividad física entre la población del Municipio;II. Apoyar y fomentar la ejecución de programas federales y estatales tendientes afomentar el deporte y actividad física de los habitantes del Municipio;III. Promover el mantenimiento permanente a la infraestructura deportiva en laslocalidades del Municipio;48


IV. Dar apoyos materiales y fomentar la creación de infraestructura para las personas condiscapacidad para que cuenten con las condiciones necesarias para poder practicaralgún deporte;V. Generar una mayor cantidad de opciones de acceso al deporte para todos los grupos depoblación en el Municipio;VI. Estimular a valores juveniles deportivos en el Municipio;VII. Caracterizar apoyos para la participación en eventos deportivos juveniles en el ámbitofederal, estatal y municipal; yVIII. Las demás que señalen las Leyes Federales y Estatales aplicables, los Reglamentos Municipalesy las que le encomiende el Presidente Municipal.MisiónDIRECCION DE CULTURAEs un proyecto de descentralización y ciudadanización que llegue al mayor número depersonas y participe el mayor número de personas en la cabecera municipal y todas suscomunidades.VisiónAbrir foros, espacios para fortalecer la animación cultural y la población en generaldesarrolle las inquietudes hacia la cultura y las artes (historia, música, danzas, teatro, literatura,cultura, etc.), además de organizar eventos alternos (domingos culturales, intercambios culturales,etc.) a los que ya se tienen programados dentro del plan operativo anual, además estimular eimpulsar a grupos artísticos creadores locales por medio de apoyos de proyectos culturales delprograma de desarrollo cultural municipal que es el consejo cultural municipal.49


Funciones y ObligacionesArticulo 26. El Departamento de Cultura es la dependencia encargada de apoyar y fomentar lacultura en el Municipio. Estará a cargo de un Director(a), quien tendrá las atribuciones siguientes:I. Apoyar y fomentar la ejecución de programas federales y estatales tendientes a elevarla cultura de los habitantes del Municipio;II. Atender, coordinar e integrar las áreas relacionadas con la cultura del Municipio;III.Promover y realizar actividades culturales y artísticas en el Municipio;IV.Fortalecer la preservación de valores culturales en el Municipio;V. Apoyar y coordinar las organizaciones no gubernamentales en el Municipio querealicen actividades culturales;VI.Apoyar la formación artística de talentos generados en todo el Municipio;VII.Difundir el patrimonio cultural e histórico del Municipio;VIII.Rescatar las tradiciones culturales existentes en el Municipio;IX.Promover la creación de Casas de Cultura en puntos estratégicos del Municipio; yX. Las demás que señalen las Leyes Federales y Estatales aplicables, los ReglamentosMunicipales y las que le encomiende el Presidente Municipal.50


SEGURIDAD PÚBLICAMisiónGarantizar y mantener la seguridad de la ciudadanía a si como de sus bienes medianteprogramas y estrategias a acorde a las necesidades actuales de este municipio y a si lograr laprevención adecuada para el beneficio de este municipio.VisiónSer una corporación eficaz que garantice el bienestar de la ciudadanía y el orden público yjurídico para que desarrolle con eficiencia sus acciones de prevención del delito y a si abatir elíndice delictivo en nuestro municipio.Objetivos• Garantizar la seguridad, protección e integridad física de la ciudadanía a si como sus bienesen general.• Prevenir la comisión de delitos.• Hacer cumplir las leyes y reglamentos a si como nuestra constitución política paragarantizar el bienestar de la ciudadanía.• Garantizar la seguridad mediante la implementación de medidas adecuadas y concretas,orientadas a la prevención y combate del delito.• Mantener la tranquilidad y el orden público dentro de nuestro municipio.51


Funciones y ObligacionesARTICULO 149. Para los efectos de la seguridad pública, los ayuntamientos y presidentesmunicipales ejercerán, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 115 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las facultades que determine la ley.(REFORMADO, P.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2009)ARTICULO 150. La policía preventiva municipal estará al mando del Presidente Municipal en lostérminos que establezca el reglamento respectivo; y su actuación se regirá por los principios delegalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez; el titular de la policía preventiva, así como el detránsito municipal, tendrán las atribuciones establecidas en los reglamentos correspondientes; yen el caso del titular de tránsito tendrá además, las señaladas en la Ley de Tránsito y Vialidad delEstado de San Luis Potosí.La policía preventiva municipal deberá acatar las órdenes que el Gobernador del Estado lestransmita, en los casos en que él mismo juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del ordenpúblico.MisiónAsuntos indígenasNuestra misión es organizarnos, platicarlo y posteriormente realizarlo. Analizando lasnecesidades que tiene cada comunidad, plantearlo con el presidente o CDI para después buscaralgún programa que los pueda beneficiar.VisiónApoyar a la población indígenas gestionando programas de apoyos para que las familias seanbeneficiadas y no sean tan afectadas por la pobreza extrema. y lo referente al programa (popmi)programa de organización productiva para mujeres indígenas. la visión es apoyar a los grupospor medio de talleres para que se puedan desenvolver, tener un mayor desempeño en susproyectos y lo que se pretende lograr es hacer crecer el negocio. y en un futuro no dependan deotras personas y por ellas mismas poder salir adelante.52


Objetivonuestra meta es apoyar a todas las comunidades que realmente necesiten nuestro apoyo, ynuestra meta para este año 2011 fue lograr apoyar a 8 comunidades con el programa (popmi)que 4 fueron proyectos nuevos y 3 proyectos de continuidad esto con el fin que sus negocioscrezcan para que también puedan brindar un mayor servicio a sus comunidades. y se pretendelograr que los negocios crezcan y por medio de talleres las mujeres indígenas tengan una mejorvisión de como cuidar su proyecto y apoyen en el sustento de sus familias.MisiónGiros mercantilesEsto solo se lograra organizando a la gente en sus diferentes actividades y tratandode proporcionarles cuando menos lo más básico.VisiónEs seguir luchando por nuestro municipio como institución por ahora.ObjetivoOrganizar al comercio informal y luchar por proporcionarles un lugar especifico yasea para comerciar de diario, como tianguis de dos o tres días por semana.53


Biblioteca municipalMisión:• La Biblioteca Pública Municipal tiene como misión gestionar los recursos deinformación, facilitar su acceso y llevar a cabo su difusión, así como colaboraren los procesos de creación del conocimiento, a fin de contribuir a laconstrucción de la cultura de la sociedad rayonense. Fomenta la diversidadcultural, propende por la formación, conservación y difusión de la identidadnacional, de la memoria documental regional y asegurar un servicio deexcelencia.visión• La Biblioteca Pública Municipal está orientada a la prestación de servicio decalidad y fortalecer la práctica social de la lectura, que cuente con serviciosactuales que encaminen a la formación integral.Registro civilObjetivo:• Facilitar y promover el uso efectivo de las fuentes de información.• Satisfacer las necesidades del mayor número posible de ciudadanos.• Brindar un servicio óptimo, de calidad.MisiónContar con la tecnología y procesos de control internos que permitan una atenciónrápida, eficaz, amable y servicial.54


VisiónSer un departamento que ofrezca una atención integral, dentro de su competencia,a la comunidad.Objetivos:• Seguimiento de acondicionamiento de la oficialía para servicio de registros enlínea, esto ante el ayuntamiento Municipal.• Creación progresiva de índices y registro que faciliten la búsqueda yelaboración de estas certificadas.• Brindar a la comunidad la información requerida de una manera amable, claray sencilla.MISION:Instancia de la mujerSomos la Instancia Municipal encargada de impulsar la perspectiva de género en el Municipio, en losdiferentes sectores sociales, con la finalidad de promover la participación de las mujeres en igualdad decondiciones y oportunidades que los hombres, en los procesos económico, político, social y cultural.VISION:Lograr la equidad entre mujeres y hombres, proponiendo nuevas relaciones sociales, fortaleciéndonoscomo una instancia de investigación, análisis y asesoría en políticas públicas con perspectiva de género.OBJETIVOS:Formar conciencia en la sociedad y en la Institución Municipal, en lo referente a creación de oportunidadesequitativas para mujeres y hombres.Lograr una sociedad respetuosa de los derechos de todas las personas, para potenciar sus capacidades ydesarrollarlas con plenitud.Difundir los valores democráticos en la sociedad, para la convivencia armónica entre mujeres y hombres.55


Fomentar la igual de oportunidades de trabajo, y materia educativa entre mujeres y hombres.Cultivar el respeto entre mujeres y hombres en las familias para que desde ahí se formen y fomenten losvalores de tolerancia, solidaridad e igualdad.Propiciar el acceso y desarrollo de las mujeres y hombres en el ámbito deportivo, cultural y político.Misión:INAPAMPromover el desarrollo humano integral de los adultos mayores, brindándoles empleo, ocupación,retribuciones, asistencia y las oportunidades necesarias para alcanzar niveles de bienestar y altacalidad de vida, reduciendo las desigualdades extremas y las inequidades de género.Visión:Consolidar al INAPAM como órgano rector de los programas y acciones gerontológicas, con la participaciónde los tres niveles de gobierno y los diferentes sectores del país.ObjetivoAyudar al adulto mayor motivándolo a nuevas actividades incrementando su autoestima y sucreatividad asiéndolos sentir más independientes a sus actividades diarias así como trabajar lasensibilización con hijos y nietos de los mismos, sobre la importancia que tiene el adulto mayor enla sociedad con el fin de reflexionar y evitar el maltrato y promover el respeto hacia los adultosmayores.aun falta agregar funciones y obligaciones de algunosdepartamentos.56

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