12.07.2015 Views

MATERIA ADMINISTRATIVA - U-Cursos

MATERIA ADMINISTRATIVA - U-Cursos

MATERIA ADMINISTRATIVA - U-Cursos

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La infracción consiste en violación a las leyes reguladoras de laprueba, toda vez que se ha desestimado en forma injustificada y lesivala prueba y su respectivo valor, haciendo omisión ilegal de ella;12º.– Que, seguidamente, el recurso se refiere a lo que denominainfracción de la ley procesalExpresa que por la infracción a las leyes procesales tambiénpuede impugnarse una sentencia, siempre y cuando, las leyesprocesales tengan el carácter de decisoria litis, es decir, aquellas conarreglo a las cuales debe resolverse el juicio, pues sólo estas leyespueden influir en lo dispositivo del fallo. En contraposición a esasleyes, están las ordenatoria litis, que son las que se refieren a laforma en que el tribunal debe hacer el examen de lo debatido ydictarse la sentencia.De lo expresado en el considerando décimo es evidente queha existido infracción a tales leyes, ya que la sentencia de primerainstancia, confirmada por la de alzada, en el sentido que no se hainiciado procedimiento administrativo destinado a la declaración decaducidad de la concesión de acuicultura es errado y falso, ya queexiste y existió un procedimiento que concluyó con la dictación dela Resolución Nº 1549 que caducó dicha concesión.Agrega que el presente vicio de que da cuenta la sentenciainfluye substancialmente en lo dispositivo, y ha originado un perjuicioa la demandante toda vez que se ha desconocido el hecho de la causade que existe y existía un procedimiento administrativo destinado acaducar la concesión de acuicultura de Pesquera y Comercial RíoPeulla S.A., concurriendo una infracción a las leyes procesalesdecisoria litis;13º.– Que, luego, la casación denuncia contravención formal de ley,explicando que existe este vicio cuando la sentencia está enoposición directa con el texto expreso de la ley. En el presente caso,aun cuando el fallo no lo diga clara y precisamente, se desprende dela redacción de sus considerandos vigésimo y vigésimo primero queel tribunal que conoció y falló esta causa estima que no teníajurisdicción para conocer de la materia planteada.Expresa que en el considerando vigésimo queda en evidenciaque la sentencia entiende que las cuestiones que se susciten enrelación con una concesión de acuicultura, en este caso, laaplicación de causales de caducidad que colocan a Pesquera yComercial Río Peulla S.A. en una situación de peligro o falta de

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!