12.07.2015 Views

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA ... - Biblioteca OJ

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA ... - Biblioteca OJ

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA ... - Biblioteca OJ

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

económico a que pertenezca el trabajador reclamante y, en todo caso, bajo ladirección y control de las facultades, a través de la dependencia respectiva”. (sic)“La terminación del contrato de trabajo conforme a una o varías de lascausas enumeradas en el artículo anterior, surte efectos desde que el patrono locomunique por escrito al trabajador indicándole la causa del despido y éste ceseefectivamente sus labores, pero el trabajador goza del derecho de emplazar alpatrono ante los Tribunales de Trabajo y Previsión Social, antes de quetranscurra el término de prescripción, con el objeto de que pruebe la justa causaen que se fundó el despido. Si el patrono no prueba dicha causa, debe pagar altrabajador:a).Las indemnizaciones que según este Código le pueda corresponder; yb).A título de daños y perjuicios, los salarios que el trabajador ha dejado de percibirdesde el momento del despido hasta el pago de su indemnización, hasta unmáximo de doce (12) meses de salario y las costas judiciales”.“Cuando el demandado no comparezca a la primera audiencia sinjustificación y hubiere sido legalmente citado para prestar confesión judicial en lamisma, bajo los apercibimientos correspondientes, el juez sin más trámite, dictarásentencia dentro de cuarenta y ocho horas de celebrada la audiencia respectiva.6

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!