pliego de cláusulas administrativas particulares procedimiento ...
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARESPROCEDIMIENTO ABIERTO CONTRATO PRIVADO DE PÓLIZA DESEGURO DE VIDA DEL PERSONAL MUNICIPAL AFECTO A LA RELACIÓNDE PUESTOS DE TRABAJO Y MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN DELAYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR.I. OBJETO Y REGIMEN JURIDICOI.1. El presente Pliego tiene por objeto la contratación <strong>de</strong>l servicio que se <strong>de</strong>scribe en elapartado A), <strong>de</strong>l Cuadro Anexo conforme a las características que figuran en el Pliego <strong>de</strong>Prescripciones Técnicas.I.2. La prestación se ajustará a las condiciones figuradas en este Pliego y en el <strong>de</strong>Prescripciones Técnicas, que forma parte integrante <strong>de</strong>l mismo.I.3. El contrato a que se refiere el presente <strong>pliego</strong> es <strong>de</strong> naturaleza privada y se regirá, encuanto a su preparación y adjudicación, en <strong>de</strong>fecto <strong>de</strong> normas específicas, por la Ley30/2007, <strong>de</strong> 30 <strong>de</strong> octubre, <strong>de</strong> Contratos <strong>de</strong>l Sector Público, y sus disposiciones <strong>de</strong><strong>de</strong>sarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho administrativo y,en su <strong>de</strong>fecto, las normas <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, seregirá por el <strong>de</strong>recho privado.En lo no previsto en este Pliego <strong>de</strong> Cláusulas Administrativas se estará a lo dispuesto en:- Lo concerniente a su preparación y adjudicación por la Ley 30/2007, <strong>de</strong> 30 <strong>de</strong>octubre, <strong>de</strong> Contratos <strong>de</strong>l Sector Público; teniendo en cuenta su artículo 20 (<strong>de</strong>finición <strong>de</strong>los contratos <strong>de</strong> seguros como contratos privados <strong>de</strong> las Administraciones Públicas) y 21párrafos 3 y 4 (<strong>de</strong>fine el régimen jurídico <strong>de</strong> los mismos).- Lo concerniente a los efectos <strong>de</strong>l contrato y extinción por la Ley <strong>de</strong> Contratos <strong>de</strong>lSeguro 50/1980, <strong>de</strong> 8 <strong>de</strong> octubre.- Real Decreto Legislativo 6/2004, <strong>de</strong> 29 <strong>de</strong> octubre, por el que se aprueba el TextoRefundido <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Or<strong>de</strong>nación y Supervisión <strong>de</strong> los Seguros Privados, modificadapor la Ley 4/2005, <strong>de</strong> 22 <strong>de</strong> abril.- Ley 26/2006, <strong>de</strong> 17 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> medidas <strong>de</strong> seguros y reaseguros privados.- Por las restantes normas <strong>de</strong> Derecho Privado aplicable.El contrato a que se refiere el presente <strong>pliego</strong> tiene carácter privado, por lo quetodas las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación a la interpretación, efectos yextinción <strong>de</strong> los mismos, serán resueltas por el órgano <strong>de</strong> contratación competente, cuyosacuerdos serán impugnados ante los Juzgados y Tribunales <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n jurisdiccional civil<strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar.Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con al preparación yadjudicación <strong>de</strong> los contratos, serán resueltas por el órgano <strong>de</strong> contratación competente,cuyos acuerdos serán susceptibles <strong>de</strong> impugnación en vía contencioso-administrativo.I.4. La presente contrata se adjudicará por el <strong>procedimiento</strong> abierto previsto en los arts.134 y 141 a 145 LCSP.
II. PRESUPUESTO, EXISTENCIA DE CREDITO, IMPUESTOS Y REVISIONDE PRECIOSII.1. El sistema para la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong>l precio <strong>de</strong>l contrato será el que se <strong>de</strong>termine enel apartado B) <strong>de</strong>l cuadro Anexo, siendo su importe máximo a efectos <strong>de</strong> licitación, el quefigura en el apartado C) <strong>de</strong> dicho cuadro Anexo.II.2. La aplicación presupuestaria <strong>de</strong> las obligaciones económicas que se <strong>de</strong>rivan <strong>de</strong>lcumplimiento <strong>de</strong> este contrato, figura en el apartado C) <strong>de</strong>l cuadro Anexo.Existe crédito suficiente hasta el importe <strong>de</strong>l presupuesto aprobado por laAdministración.II.3. A todos los efectos, se enten<strong>de</strong>rá que las ofertas presentadas por los licitadorescompren<strong>de</strong>n los tributos que le sean <strong>de</strong> aplicación según las disposiciones vigentes, aexcepción <strong>de</strong>l IVA, que figurará en cuantía aparte, así como los gastos que se originen parael adjudicatario como consecuencia <strong>de</strong>l cumplimiento <strong>de</strong> las obligaciones contempladas eneste <strong>pliego</strong>, sin perjuicio <strong>de</strong> lo dispuesto sobre los gastos <strong>de</strong> publicidad y fianza.II.4. El precio <strong>de</strong>l contrato podrá ser objeto <strong>de</strong> revisión, siempre y cuando se recoja estaposibilidad y condiciones <strong>de</strong> la misma en el apartado E) <strong>de</strong>l Cuadro Anexo, <strong>de</strong>conformidad con lo regulado en los arts 77 a 82 LCSP. Las revisiones que en su casoprocedan, modificarán, incrementando o disminuyendo, la valoración mensual <strong>de</strong>l trabajo arealizar.II.5. En el caso <strong>de</strong> que el contrato se formalice en el ejercicio anterior al <strong>de</strong> la iniciación<strong>de</strong> la ejecución, la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva <strong>de</strong> existencia <strong>de</strong>crédito a<strong>de</strong>cuado y suficiente para financiar las obligaciones <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong>l contrato en elejercicio correspondiente.III. EMPRESAS PROPONENTES, DOCUMENTACION Y OFERTASIII.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales ojurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad <strong>de</strong> obrar y acrediten susolvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que serásustituido por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por la LCSP.En el supuesto <strong>de</strong> personas jurídicas dominantes <strong>de</strong> un grupo <strong>de</strong> socieda<strong>de</strong>s, se podrátener en cuenta a las socieda<strong>de</strong>s pertenecientes al grupo, a efectos <strong>de</strong> acreditación <strong>de</strong> lasolvencia económica, financiera y técnica o profesional, o <strong>de</strong> la correspondienteclasificación, en su caso, <strong>de</strong> la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acrediteque tiene efectivamente a su disposición los medios <strong>de</strong> dichas socieda<strong>de</strong>s necesarios para laejecución <strong>de</strong> los contratos.Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones <strong>de</strong> empresarios que seconstituyan temporalmente al efecto <strong>de</strong> conformidad con el art. 48 LCSP. Cada uno <strong>de</strong> losempresarios que componen la agrupación, <strong>de</strong>berá acreditar su capacidad <strong>de</strong> obrar y lasolvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación <strong>de</strong> ladocumentación a que hacen referencia las <strong>cláusulas</strong> siguientes, <strong>de</strong>biendo indicar en
documento privado los nombres y circunstancias <strong>de</strong> los empresarios que la suscriban, laparticipación <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia <strong>de</strong>lcontrato ha <strong>de</strong> ostentar la plena representación <strong>de</strong> todos ellos frente a la Administración yque asumen el compromiso <strong>de</strong> constituirse en Union Temporal <strong>de</strong> Empresas (art. 24 <strong>de</strong>lRGLCAP). El citado documento <strong>de</strong>berá estar firmado por los representantes <strong>de</strong> cada una<strong>de</strong> las empresas componentes <strong>de</strong> la Unión.La presentación <strong>de</strong> proposiciones presume por parte <strong>de</strong>l licitador la aceptaciónincondicionada <strong>de</strong> las <strong>cláusulas</strong> <strong>de</strong> este Pliego y la <strong>de</strong>claración responsable <strong>de</strong> que reúnetodas y cada una <strong>de</strong> las condiciones exigidas para contratar con la Administración.III.2. Documentación.- Los licitadores presentarán tres sobres cerrados y firmados por élmismo o persona que lo represente, en los que se indicarán a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> la razón social y<strong>de</strong>nominación <strong>de</strong> la Entidad concursante, el título <strong>de</strong>l concurso, y contendrán: el primero(A) la documentación exigida para tomar parte en el concurso, el segundo (B) lacorrespondiente a las referencias técnicas y el tercero (C) la proposición económicaajustada al mo<strong>de</strong>lo que se incluye en este Pliego.III.2.1. Documentación administrativa. Sobre AEn dicho sobre <strong>de</strong>berán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:a) La capacidad <strong>de</strong> obrar <strong>de</strong> los empresarios que fueren personas jurídicas que seacreditará mediante escritura <strong>de</strong> constitución y <strong>de</strong> modificación, en su caso, inscritas en elRegistro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislaciónmercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación <strong>de</strong> la capacidad <strong>de</strong> obrar serealizará mediante la escritura o documento <strong>de</strong> constitución, estatutos o acto fundacional,en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, enel correspondiente Registro oficial. Así mismo <strong>de</strong>be presentar certificación <strong>de</strong> laDirección General <strong>de</strong> Seguros, acreditativa <strong>de</strong> la autorización para operar en el ramo oramos a que pertenezcan los seguros objeto <strong>de</strong> la presente contratación.La capacidad <strong>de</strong> obrar <strong>de</strong> las empresas no españolas <strong>de</strong> Estados miembros <strong>de</strong> laComunidad Europea o signatarios <strong>de</strong>l Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo seacreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación <strong>de</strong> las certificaciones quese indican en el anexo I <strong>de</strong>l RGLCAP, en función <strong>de</strong> los diferentes contratos.Las personas físicas o jurídicas <strong>de</strong> Estados no pertenecientes a la Unión Europea<strong>de</strong>berán justificar mediante informe <strong>de</strong> la respectiva Misión Diplomática Permanenteespañola, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado <strong>de</strong>proce<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> la empresa extranjera admite a su vez la participación <strong>de</strong> empresasespañolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entida<strong>de</strong>s<strong>de</strong>l sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmenteanáloga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá <strong>de</strong>l informe sobrereciprocidad en relación con las empresas <strong>de</strong> Estados signatarios <strong>de</strong>l Acuerdo sobreContratación Pública <strong>de</strong> la Organización Mundial <strong>de</strong> Comercio, según dispone el art 44LCSP
En el supuesto <strong>de</strong> concurrir un empresario individual acompañará el DocumentoNacional <strong>de</strong> I<strong>de</strong>ntidad y, en su caso, la escritura <strong>de</strong> apo<strong>de</strong>ramiento <strong>de</strong>bidamente legalizada,o sus fotocopias <strong>de</strong>bidamente autenticadas.b) Declaración responsable <strong>de</strong> no estar incurso el licitador en las prohibiciones paracontratar recogidas en el artículo 49 LCSP, que compren<strong>de</strong>rá expresamente la circunstancia<strong>de</strong> hallarse al corriente <strong>de</strong>l cumplimiento <strong>de</strong> las obligaciones tributarias y con la SeguridadSocial impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba <strong>de</strong> esta circunstancia podráhacerse por cualquiera <strong>de</strong> los medios señalados en el artículo 62 LCSP. proce<strong>de</strong> luego<strong>de</strong>spués <strong>de</strong> la adjudicación provisionalc)Po<strong>de</strong>r bastante al efecto a favor <strong>de</strong> las personas que comparezcan o firmenproposiciones en nombre <strong>de</strong> otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este po<strong>de</strong>r<strong>de</strong>berá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata <strong>de</strong> un po<strong>de</strong>r para actoconcreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, <strong>de</strong> acuerdo con el art.94.1.5 <strong>de</strong>l Reglamento <strong>de</strong>l Registro Mercantild) Los que justifiquen los requisitos <strong>de</strong> solvencia económica, financiera y técnica oprofesional, y que, <strong>de</strong> manera preferente, se señalan en el apartado F) <strong>de</strong>l cuadro Anexo.No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera <strong>de</strong> los medios establecidosen los artículos 64 y 67 LCSP. Este requisito será sustituido por la clasificación que seindica en el apartado F <strong>de</strong>l cuadro Anexo en los casos previstos en el artículo 54 LCSP.e) Resguardo acreditativo <strong>de</strong> haber constituido a favor <strong>de</strong>l Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas<strong>de</strong> Mar, una fianza provisional por importe hasta el 3% <strong>de</strong>l presupuesto máximo señaladoen el apartado B) <strong>de</strong>l Cuadro Anexo, y en cualquiera <strong>de</strong> las formas previstas en el art art. 91LCSP y en su <strong>de</strong>sarrollo en los artículos. 56,57 y 58 <strong>de</strong>l Real Decreto 1098/2001 <strong>de</strong> 12 <strong>de</strong>octubre, cuando, consi<strong>de</strong>rando las circunstancias concurrentes en el contrato, el órgano <strong>de</strong>contratación así lo exija para respon<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l mantenimiento <strong>de</strong> las ofertas hasta laadjudicación provisional <strong>de</strong>l contrato. En este caso se exige la constitución <strong>de</strong> fianzaprovisional.En caso <strong>de</strong> uniones temporales <strong>de</strong> empresarios, la garantía provisional podráconstituirse por una o por varias <strong>de</strong> las empresas participantes en la unión, siempre que enconjunto se alcance la cuantía requerida por el órgano <strong>de</strong> contratación, indicada en elcuadro anexo y garanticen solidariamente a todos los integrantes <strong>de</strong> la unión temporal (art.61.1 <strong>de</strong>l RGLCAP).En relación con las <strong>de</strong>más formas <strong>de</strong> constitución <strong>de</strong> la garantía provisional se estará alo dispuesto en el artículo 61 <strong>de</strong>l RGLCAP. Igualmente, la ejecución y cancelación <strong>de</strong> lacitada garantía provisional se regularán, respectivamente por lo previsto en los artículos 64y 65.1 <strong>de</strong>l RGLCAP.f) Las empresas extranjeras aportarán una <strong>de</strong>claración expresa <strong>de</strong> someterse a lajurisdicción <strong>de</strong> los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier or<strong>de</strong>n, para todas lasinci<strong>de</strong>ncias que <strong>de</strong> modo directo o indirecto pudieran surgir <strong>de</strong>l contrato, con renuncia, ensu caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera correspon<strong>de</strong>r al licitante.
g) Relación <strong>de</strong> empresas pertenecientes al mismo grupo.Los licitadores <strong>de</strong>berán presentar <strong>de</strong>claración concerniente a las empresaspertenecientes al mismo grupo por encontrarse en algunos <strong>de</strong> los supuestos previstos en elartículo 42 <strong>de</strong>l Código <strong>de</strong> Comercio con indicación <strong>de</strong> los que se presentan a licitación.h) Una relación <strong>de</strong> todos los documentos incluidos en este sobre.Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias <strong>de</strong> los mismos quetengan carácter <strong>de</strong> auténticas, conforme a la legislación vigente.III.2.2. Proposición técnica-económica. Sobre B. Documentación sobre criterio letra J,2(a yb) <strong>de</strong>l cuadro anexo.III.2.3. Proposición económica Sobre C:«Don..................................................................................................con DNI n.º..................................... natural <strong>de</strong> .......................................................... provincia <strong>de</strong>............................................................................., mayor <strong>de</strong> edad y con domicilio en...................................................................... C/ ......................................................... teléfono...................................... actuando en nombre (propio o <strong>de</strong> la empresa a que represente),manifiesta que, enterado <strong>de</strong>l anuncio publicado en el Boletín Oficial <strong>de</strong> la Provincia <strong>de</strong>Almería,<strong>de</strong> fecha ......................................... conforme con todos los requisitos y condiciones que seexigen para adjudicar el contrato <strong>de</strong> .......................................................... y <strong>de</strong>l Pliego <strong>de</strong>Cláusulas Administrativas y <strong>de</strong> Prescripciones Técnicas que ha <strong>de</strong> regir la licitación y en larepresentación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento <strong>de</strong> dicho contrato porel tanto alzado <strong>de</strong> ________ Euros, más la cantidad <strong>de</strong> ________ Euros en concepto <strong>de</strong>IVA, lo que hace un total <strong>de</strong> ________ Euros.Así mismo, ofrezco realizar las siguientes mejoras (indíquese, en su caso, las mejoras que ellicitador ofrece, en relación al criterio 2 y 3 <strong>de</strong> adjudicación establecidos en la letra J <strong>de</strong>lcuadro Anexo al presente <strong>pliego</strong>, esto es, Oferta técnica y mejora en la fórmula <strong>de</strong> revisión<strong>de</strong>l precio)Me comprometo a realizar el pago <strong>de</strong> las in<strong>de</strong>mnizaciones establecidas, una vez esténtotalmente documentados los siniestros producidos, en el plazo máximo <strong>de</strong> ______ días(respetando el límite máximo <strong>de</strong> 20 días).Lugar, fecha, firma y sello».Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición, cualquiera que sea elnúmero <strong>de</strong> <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncias don<strong>de</strong> ésta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribirninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, ofigurar en más <strong>de</strong> una unión temporal. La contravención <strong>de</strong> este principio dará lugarautomáticamente a la <strong>de</strong>sestimación <strong>de</strong> todas las por él presentadas.No obstante, cuando se haya previsto en el apartado G) <strong>de</strong>l cuadro ANEXO loslicitadores podrán presentar más <strong>de</strong> una proposición, conforme a los elementos ycondiciones que se <strong>de</strong>terminen en el mismo.
En el caso <strong>de</strong> que se haya previsto en el apartado G), presentarán, junto con laproposición económica normal, las <strong>de</strong>más proposiciones que correspondan a las distintassoluciones que aporten, haciendo constar la justificación <strong>de</strong> cada una <strong>de</strong> ellas a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> losdatos exigidos en el mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> proposición antes reseñado.Se incluirá en este sobre, en el caso <strong>de</strong> que así lo estime la licitadora, la fórmula <strong>de</strong>revisión <strong>de</strong>l precio al que se hace referencia en la Letra J, 2º <strong>de</strong>l Cuadro anexo al presente<strong>pliego</strong>.III.2.4. Lugar y plazo <strong>de</strong> entregaLos sobres antes reseñados, <strong>de</strong>berán ser entregados en el lugar que se indica en elapartado H) <strong>de</strong>l cuadro Anexo, o enviados por correo <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l plazo señalado en losanuncios publicados en el Boletín Oficial <strong>de</strong> la Provincia <strong>de</strong> Almería, esto es, 15 díasnaturales <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el día siguiente <strong>de</strong> su publicación en dicho Boletín. Una vez presentada unaproposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario <strong>de</strong>berá justificar la fecha<strong>de</strong> imposición <strong>de</strong>l envío en la oficina <strong>de</strong> correos y anunciar al órgano <strong>de</strong> contratación laremisión <strong>de</strong> la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día(1). Sin la concurrencia<strong>de</strong> ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano <strong>de</strong>contratación con posterioridad a la fecha <strong>de</strong> terminación <strong>de</strong>l plazo. Transcurridos, noobstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición,ésta no será admitida en ningún caso.III.3. Examen <strong>de</strong> las proposiciones.- La Mesa <strong>de</strong> Contratación calificará previamente losdocumentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A). A los efectos <strong>de</strong> laexpresada calificación, el presi<strong>de</strong>nte or<strong>de</strong>nará la apertura <strong>de</strong> los sobres, con exclusión <strong>de</strong>lrelativo a la proposición económica, y el Secretario certificará la relación <strong>de</strong> documentosque figuren en cada uno <strong>de</strong> ellos. Si la Mesa observare <strong>de</strong>fectos materiales en ladocumentaciónpresentada lo comunicará verbalmente a los interesados, a<strong>de</strong>más se harán públicas a través<strong>de</strong> anuncios <strong>de</strong>l órgano <strong>de</strong> contratación y conce<strong>de</strong>rá un plazo no superior a tres días paraque el licitador subsane el error.La mesa, una vez calificada la documentación acreditativa <strong>de</strong> las circunstancias citadasen los arts. 43 y ss LCSP y subsanados, en su caso, los <strong>de</strong>fectos u omisiones <strong>de</strong> ladocumentación presentada, proce<strong>de</strong>rá a <strong>de</strong>terminar las empresas que se ajustan a loscriterios <strong>de</strong> selección <strong>de</strong> las mismas, a que hace referencia el artículo 11 <strong>de</strong>l RGLCAP, conpronunciamiento expreso sobrelos admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas <strong>de</strong> su rechazo.A los efectos establecidos en los artículos 43 a 53 LCSP, el órgano y la mesa <strong>de</strong>contratación podrán recabar <strong>de</strong>l empresario aclaraciones sobre los certificados ydocumentos presentados o requerirle para la presentación <strong>de</strong> otros complementarios, loque <strong>de</strong>berá cumplimentar en el plazo <strong>de</strong> cinco días sin que puedan presentarse <strong>de</strong>spués <strong>de</strong><strong>de</strong>claradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 <strong>de</strong>l RGLCAP.
En el acto público <strong>de</strong> apertura <strong>de</strong> proposiciones celebrado en el lugar, fecha y horaseñalados en apartado I) <strong>de</strong>l cuadro Anexo notificará los admitidos o excluidos.Seguidamente la Mesa proce<strong>de</strong>rá a la apertura <strong>de</strong>l sobre B) <strong>de</strong> las proposiciones admitidasque contiene la propuesta económica. La Mesa evaluará las proposiciones mediante loscriterios <strong>de</strong> valoración que se recogen por or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>creciente <strong>de</strong> importancia y pon<strong>de</strong>raciónen el apartado J) <strong>de</strong>l cuadro Anexo <strong>de</strong>l presente Pliego, y formulará la propuesta que estimepertinente al órgano <strong>de</strong> contratación. La Mesa <strong>de</strong> contratación podrá solicitar, antes <strong>de</strong>formular la propuesta, los informes técnicos que consi<strong>de</strong>re necesario que tengan relacióncon el objeto <strong>de</strong>l contrato.La Mesa <strong>de</strong> Contratación, <strong>de</strong> acuerdo con lo dispuesto en el art. 295 LCSP elevará lasproposiciones presentadas junto con el acta y valoración al órgano <strong>de</strong> contratación.III.4. Clasificación <strong>de</strong> las ofertas, adjudicación <strong>de</strong>l contrato y notificación.- El órgano <strong>de</strong>contratación clasificará, por or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>creciente, las proposiciones presentadas y que nohayan sido <strong>de</strong>claradas <strong>de</strong>sproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo136 <strong>de</strong> la LCSP. Para realizar dicha clasificación, aten<strong>de</strong>rá a los criterios <strong>de</strong> adjudicaciónseñalados en el <strong>pliego</strong> (apartado K) <strong>de</strong>l Cuadro Anexo) o en el anuncio pudiendo solicitarpara ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio aconsi<strong>de</strong>rar sea el precio, se enten<strong>de</strong>rá que la oferta económicamente más ventajosa es la queincorpora el precio más bajo.El órgano <strong>de</strong> contratación requerirá al licitador que haya presentado la ofertaeconómicamente más ventajosa para que, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l plazo <strong>de</strong> diez días hábiles, a contar<strong>de</strong>s<strong>de</strong> el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente ladocumentación justificativa <strong>de</strong> hallarse al corriente en el cumplimiento <strong>de</strong> sus obligacionestributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano <strong>de</strong> contratación para obtener <strong>de</strong>forma directa la acreditación <strong>de</strong> ello, <strong>de</strong> disponer efectivamente <strong>de</strong> los medios que sehubiese comprometido a <strong>de</strong>dicar o adscribir a la ejecución <strong>de</strong>l contrato conforme al artículo53.2, y <strong>de</strong> haber constituido la garantía <strong>de</strong>finitiva que sea proce<strong>de</strong>nte. Los correspondientescertificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos,salvo que se establezca otra cosa en los <strong>pliego</strong>s.De no cumplimentarse a<strong>de</strong>cuadamente el requerimiento en el plazo señalado, seenten<strong>de</strong>rá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar lamisma documentación al licitador siguiente, por el or<strong>de</strong>n en que hayan quedado clasificadaslas ofertas.El órgano <strong>de</strong> contratación <strong>de</strong>berá adjudicar el contrato <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los cinco días hábilessiguientes a la recepción <strong>de</strong> la documentación.IV. GARANTIA DEFINITIVAIV.1. Publicada la adjudicación en el perfil <strong>de</strong>l contratante, el adjudicatario propuestoestará obligado a constituir, en el plazo <strong>de</strong> quince (15) días hábiles una fianza <strong>de</strong>finitiva <strong>de</strong>l5 por 100 , <strong>de</strong>l importe <strong>de</strong> adjudicación, IVA excluido. La garantía podrá constituirse encualquiera <strong>de</strong> las formas establecidas en el art. 84 LCSP, con los requisitos establecidos enel art. 55 y ss <strong>de</strong>l RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en
el art. 86 LCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se<strong>de</strong>clarará resuelto el contrato.IV.2. La garantía <strong>de</strong>finitiva respon<strong>de</strong>rá <strong>de</strong> los conceptos mencionados en el art.. 88LCSPIV.3. La <strong>de</strong>volución y cancelación <strong>de</strong> las garantías se efectuará <strong>de</strong> conformidad con lodispuesto en el artículo 90 LCSP y 65.2 y 3 <strong>de</strong>l RGLCAP.V. FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESIONV.1. La formalización <strong>de</strong>l contrato se efectuará <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los 10 días hábiles a contar<strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> la notificación <strong>de</strong> la adjudicación <strong>de</strong>finitiva. Art 140 LCSPV.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida <strong>de</strong> la fianza e in<strong>de</strong>mnización<strong>de</strong> los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadoressiguientes a aquél, poror<strong>de</strong>n <strong>de</strong> sus ofertas, contando con la conformidad <strong>de</strong>l nuevo adjudicatario.V.3. Los <strong>de</strong>rechos y obligaciones dimanantes <strong>de</strong>l contrato podrán ser cedidos a untercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSPV.4. La contratación por el adjudicatario <strong>de</strong> la realización parcial <strong>de</strong>l contrato contercerosestará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 210 LCSP, así como el pago asubcontratistas y suministradores <strong>de</strong>berá ajustarse a los dispuesto en el artículo 211 LCSP.VI. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIOVI.1. El adjudicatario está obligado al cumplimiento <strong>de</strong> las disposiciones vigentes enmateria laboral, <strong>de</strong> seguridad social y <strong>de</strong> seguridad e higiene en el trabajo, así mismo estaráobligado al cumplimiento <strong>de</strong>l contrato según lo establecido en el Pliego <strong>de</strong> PrescripcionesTécnicas.VI.2. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento <strong>de</strong>l plazo <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong>lcontrato y <strong>de</strong> los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término <strong>de</strong>cualquiera <strong>de</strong> los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en mora por causasimputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución <strong>de</strong>l contrato o por laimposición <strong>de</strong> penalida<strong>de</strong>s económicas. Estas ascen<strong>de</strong>rán a la cuantía que <strong>de</strong>termine elórgano <strong>de</strong> contratación en el contrato o, ensu <strong>de</strong>fecto, a las fijadas por el art. 196 LCSPLa pérdida <strong>de</strong> la garantía o los importes <strong>de</strong> las penalida<strong>de</strong>s, no excluyen lain<strong>de</strong>mnización por daños y perjuicios a que pueda tener <strong>de</strong>recho la Administración,originados por la <strong>de</strong>mora <strong>de</strong>l contratista.Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lodispuesto en el apartado 2 <strong>de</strong>l artículo 197.2 LCSP.
En todo caso, la constitución en mora <strong>de</strong>l contratista no requerirá interpelación ointimación previa por parte <strong>de</strong> la Administración.VI.3. Son <strong>de</strong> cuenta <strong>de</strong>l contratista, los gastos e impuestos <strong>de</strong>l anuncio o anuncios <strong>de</strong> lalicitación, y los <strong>de</strong> la formalización <strong>de</strong>l contrato y cuantos otros estén legalmenteestablecidos sobre estas materias.VII. EJECUCION DE LOS TRABAJOSVII.1. El contrato se ejecutará con sujeción a las <strong>cláusulas</strong> <strong>de</strong>l mismo y a las <strong>de</strong>lPliego <strong>de</strong> Prescripciones Técnicas (en especial la cláusula 4 y 5) y <strong>de</strong> acuerdo con lasinstrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración.En el caso <strong>de</strong> que este Ayuntamiento modificase la cuantía <strong>de</strong> las garantías y sumasaseguradas, el contratista no tendrá <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> in<strong>de</strong>mnización alguna si bien, el importe asatisfacer a dicho contratista quedará actualizado conforme a las modificaciones acordadas.VII.2. La fecha <strong>de</strong> comienzo <strong>de</strong> los trabajos será la <strong>de</strong>l siguiente al <strong>de</strong> la firma <strong>de</strong>ldocumento <strong>de</strong> formalización <strong>de</strong>l contrato. El plazo <strong>de</strong> ejecución y los plazos parciales que,en su caso, se establezcan referidos a la fecha <strong>de</strong> comienzo <strong>de</strong> los trabajos. El plazo <strong>de</strong>ejecución será el establecido en el apartado K) <strong>de</strong>l cuadro Anexo. Antes <strong>de</strong> la finalización<strong>de</strong> este plazo y por mutuo acuerdo <strong>de</strong> las partes, podrá prorrogarse el contrato en lostérminos señalados en el artículo.279 LCSPVII.3. El adjudicatario indicará los nombres <strong>de</strong> las personas adscritas a la empresa quetiene previsto <strong>de</strong>signar y que cumplen los requisitos que se exigirán en el momento <strong>de</strong> suaceptación por la Administración. El adjudicatario estará obligado a asignar para laejecución <strong>de</strong> los trabajos a que se refiere el presente Pliego, los facultativos cuyo nombrefigure en su oferta, con la <strong>de</strong>dicación <strong>de</strong>finida en la misma.VII.4. Si durante el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l trabajo, se <strong>de</strong>tectase la conveniencia o necesidad <strong>de</strong> sumodificación o la realización <strong>de</strong> actuaciones no contratadas, se actuará en la forma previstaen los artículos 194 y 195, 202 y 282 LCSP Cada vez que se modifiquen las condicionescontractuales, el contratista queda obligado a la actualización <strong>de</strong>l Programa <strong>de</strong> Trabajos.VII.5. En caso <strong>de</strong> producirse una suspensión <strong>de</strong>l contrato, se estará a lo estipulado enlos artículos 203 LCSP y normas <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo. Si la Administración acordara unasuspensión <strong>de</strong> los trabajos, se levantará la correspondiente Acta <strong>de</strong> Suspensión.VII.6. La ejecución <strong>de</strong>l contrato se realizará por el contratista con las responsabilida<strong>de</strong>sestablecidas en el artículo.281 LCSP Cuando el contrato <strong>de</strong> servicios consista en laelaboración íntegra <strong>de</strong> un proyecto <strong>de</strong> obra y se compruebe la existencia <strong>de</strong> efectos,insuficiencias técnicas, errores o <strong>de</strong>sviaciones proce<strong>de</strong>rá la incoación <strong>de</strong> expediente <strong>de</strong>subsanación y establecidas en los artículos.286, 287 y 288 LCSPVII.7. El órgano <strong>de</strong> contratación <strong>de</strong>terminará si la prestación realizada por el contratistase ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, disponiendopara tal fin <strong>de</strong> las prerrogativas establecidas en el artículo 283 LCSP.
VII. 8. El adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, <strong>de</strong> 13 <strong>de</strong>diciembre, <strong>de</strong> Protección <strong>de</strong> Datos <strong>de</strong> Carácter Personal y en concreto a lo referente alcumplimiento <strong>de</strong> las medidas <strong>de</strong> seguridad establecidas en el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> secreto profesional,asumiendo las responsabilida<strong>de</strong>s que por su incumplimiento le incumban.VII.9 En la presente contratación no será posible la subcontratación <strong>de</strong> la ejecuciónparcial <strong>de</strong> prestaciones objeto <strong>de</strong>l contrato principal.VIII. VALORACION Y ABONO DE LOS TRABAJOSVIII.1. La valoración <strong>de</strong> los trabajos se ajustará a los artículos 199 y 200 <strong>de</strong>l RGLCAP yal sistema <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong> precios establecido en apartado B) <strong>de</strong>l cuadro Anexo.VIII.2. El abono se realizará conforme a lo establecido en la Cláusula 3 <strong>de</strong>l Pliego <strong>de</strong>Prescripciones Técnicas.IX. PLAZO DE GARANTIASerá el establecido en el apartado L) <strong>de</strong>l cuadro Anexo.X. RESOLUCION DEL CONTRATOSerán causas <strong>de</strong> resolución <strong>de</strong>l contrato, el cumplimiento <strong>de</strong> las obligaciones y requisitos <strong>de</strong>ladjudicatario, con relación al objeto <strong>de</strong>l contrato, prevista en la Ley 50/80, <strong>de</strong> 8 <strong>de</strong> octubre<strong>de</strong> Contratos <strong>de</strong> Seguro, así como los que se encuentran recogidas en las restantes normas<strong>de</strong> <strong>de</strong>recho privado.XI. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCIONXI.- Al tratarse <strong>de</strong> un contrato privado, las cuestiones litigiosas que sobre este contrato sesusciten se atribuyen al or<strong>de</strong>n jurisdiccional contencioso-administrativo (artículo 20.2 y 21.1<strong>de</strong> la LCSP).Roquetas <strong>de</strong> Mar a 4 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2011Fdo. Gabriel Amat AyllónAlcal<strong>de</strong>-Presi<strong>de</strong>nteFdo. Guillermo Lago NúñezSecretario General
CUADRO ANEXOA) OBJETO DEL CONTRATOEl objeto <strong>de</strong> la presente contratación es la suscripción, por parte <strong>de</strong>l Ilmo.Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar (Almería), que actuará como Tomador <strong>de</strong>l Seguro, <strong>de</strong>una Póliza <strong>de</strong> Seguro <strong>de</strong> Vida <strong>de</strong>l personal municipal afecto a la Relación <strong>de</strong> Puestos <strong>de</strong>Trabajo y plantilla <strong>de</strong> personal aprobada anualmente por el Ayuntamiento Pleno (BOPA nº241 <strong>de</strong> 20/12/2010), incluidos en el ámbito <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong>l vigente acuerdo <strong>de</strong>Funcionarios /Convenio colectivo <strong>de</strong>l personal laboral, personal <strong>de</strong> confianza y miembros<strong>de</strong> la Corporación, que tendrán la condición <strong>de</strong> Asegurados, y cuyas especificaciones serecogen en el presente Pliego y en el Pliego <strong>de</strong> Prescripciones Técnicas con la consi<strong>de</strong>ración<strong>de</strong> coberturas mínimas.B) SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIOA tanto alzadoC) PRESUPUESTO MAXIMO DE LICITACIONCIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00 Euros).D) APLICACION PRESUPUESTARIA010.00.221.162.05 y 011.01.221.162.05 <strong>de</strong>l vigente presupuesto.E) REVISION DE PRECIOSProce<strong>de</strong> la revisión <strong>de</strong> precios. Esta revisión en ningún caso, pue<strong>de</strong> superar el límiteestablecido en el artículo 78 <strong>de</strong> la LCSP, esto es, no podrá superar el 85% <strong>de</strong> la variaciónexperimentada por el índice adoptado. En cuanto a la fórmula <strong>de</strong> revisión <strong>de</strong> precio, está seráanual, (a partir <strong>de</strong>l <strong>de</strong>cimotercer mes <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong>l contrato o <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la firma <strong>de</strong>l contrato),ejecutado el 20% <strong>de</strong>l importe <strong>de</strong> licitación. Se aplicará la variación <strong>de</strong>l Índice <strong>de</strong> Precios alConsumo (general), <strong>de</strong>terminado por el Instituto Nacional <strong>de</strong> Estadística <strong>de</strong> los doce mesesinmediatamente anteriores al que proceda, a no ser que la empresa adjudicataria proponga unafórmula <strong>de</strong> revisión <strong>de</strong> precio que sea más favorable al Ayuntamiento.F)DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA,FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL O, EN SU CASO, CLASIFICACIÓN- Informe <strong>de</strong> instituciones financieras o, en su caso, justificante <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong> un seguro<strong>de</strong> in<strong>de</strong>mnización por riesgos profesionales.- Una relación <strong>de</strong> los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años queincluya importes, fechas y el <strong>de</strong>stinatario, público o privado, <strong>de</strong> los mismos, por importeigual o superior al 80% <strong>de</strong> la cantidad establecida en la letra C <strong>de</strong>l presente cuadro anexo.Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visadospor el órgano competente, cuando el <strong>de</strong>stinatario sea una entidad <strong>de</strong>l sector público o,cuando el <strong>de</strong>stinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, afalta <strong>de</strong> este certificado, mediante una <strong>de</strong>claración <strong>de</strong>l empresario.- Una <strong>de</strong>claración <strong>de</strong>l material, instalaciones y equipo técnico <strong>de</strong> que disponga el empresariopara la realización <strong>de</strong>l contrato.G) ADMISION DE VARIANTESNo se admiten variantes.H) LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONESAyuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar, Unidad <strong>de</strong> Contratación, Plaza <strong>de</strong> la Constitución, nº 1,04740, Roquetas <strong>de</strong> Mar, Almería.Plazo: 15 días naturales <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial <strong>de</strong> laProvincia <strong>de</strong> Almería
I) LUGAR DE CELEBRACION DEL CONCURSOAyuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar, Plaza <strong>de</strong> la Constitución, nº 1, 04740, Roquetas <strong>de</strong> Mar,Almería.J) CRITERIOS DE ADJUDICACION DEL CONCURSO1. Oferta Económica:………………………… Hasta 55 puntos.Se entien<strong>de</strong> por oferta, la prima ofertada por el licitador que se ajuste en todos sus términosal Pliego <strong>de</strong> Cláusulas Técnicas.Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y 0 puntos al tipo <strong>de</strong> licitación,puntuándose el resto <strong>de</strong> las ofertas mediante una regla <strong>de</strong> tres simple inversa.2. Oferta técnica Hasta 35 puntos, <strong>de</strong> estos 35 puntos:a. Mejoras en el sentido <strong>de</strong> incremento <strong>de</strong> las sumas aseguradas y, cobertura adicional parahijos menores. Hasta 15 <strong>de</strong> esos 35 puntos.b. Programa <strong>de</strong> gestión <strong>de</strong> siniestralidad ofrecida por el licitador(incluyendo servicio <strong>de</strong>asesoramiento legal y fiscal, así como mayor rapi<strong>de</strong>z en la gestión <strong>de</strong>l siniestro y tramitación<strong>de</strong> la in<strong>de</strong>mnización-respetando el límite máximo <strong>de</strong> la cláusula 8 <strong>de</strong>l Pliego <strong>de</strong>Prescripciones Técnicas) Hasta 20 <strong>de</strong> esos 35 puntos.3. Revisión <strong>de</strong>l precio. Hasta 10 puntos. Para la empresa licitadora que presente la fórmula<strong>de</strong> revisión <strong>de</strong> precios a la que se hace referencia la letra E <strong>de</strong>l presente cuadro anexo, másbeneficiosa para los intereses económicos <strong>de</strong>l Ayuntamiento que la fórmula consistente en lavariación <strong>de</strong>l índice <strong>de</strong> precios al consumo (general).K) PLAZO DE EJECUCIONEl plazo <strong>de</strong> duración <strong>de</strong> este contrato se establece en un año, pudiendo modificarse yprorrogarse por mutuo acuerdo <strong>de</strong> las partes antes <strong>de</strong> la finalización <strong>de</strong> aquel, sin que laduración total <strong>de</strong>l contrato incluidas las prórrogas, pueda exce<strong>de</strong>r <strong>de</strong> diez años (art.22 <strong>de</strong> laLey 50/1980, <strong>de</strong> 8 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong>l contrato <strong>de</strong> seguro). A tal efecto la voluntad expresa <strong>de</strong> noprorrogar el mismo <strong>de</strong>berá ser comunicada por la aseguradora con seis meses <strong>de</strong> antelación alvencimiento.El contrato tendrá vigencia:A) Seguro <strong>de</strong> Vida <strong>de</strong>l personal municipal afecto a la Relación <strong>de</strong> puestos <strong>de</strong>Trabajo: Des<strong>de</strong> las 0,00 horas <strong>de</strong>l día 1 <strong>de</strong> Mayo <strong>de</strong> 2011, Hasta las 24horas <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> Abril <strong>de</strong>l 2012, siendo las primas <strong>de</strong> carácter anual.B) Seguro <strong>de</strong> Vida <strong>de</strong> los miembros <strong>de</strong>l equipo <strong>de</strong> Gobierno <strong>de</strong> laCorporación Municipal: Des<strong>de</strong> las 0.00 horas <strong>de</strong>l día 22 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 2011,hasta las 24 horas <strong>de</strong>l 21 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 2012, siendo las primas <strong>de</strong> carácteranual.L) PLAZO DE GARANTIAUn año
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓNDEL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL MUNICIPAL AFECTO A LARELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DEROQUETAS DE MAR Y DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN1.- OBJETO DEL CONTRATOEl objeto <strong>de</strong> la presente contratación es la suscripción, por parte <strong>de</strong>l Ilmo.Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar (Almería), que actuará como Tomador <strong>de</strong>l Seguro,<strong>de</strong> una Póliza <strong>de</strong> Seguro <strong>de</strong> Vida <strong>de</strong>l personal municipal afecto a la Relación <strong>de</strong> Puestos<strong>de</strong> Trabajo y plantilla <strong>de</strong> personal aprobada anualmente por el Ayuntamiento Pleno(BOPA. nº 241 <strong>de</strong> 20/12/2010), incluidos en el ámbito <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong>l vigenteAcuerdo <strong>de</strong> Funcionarios /Convenio colectivo <strong>de</strong>l personal laboral, personal <strong>de</strong> eventualy miembros <strong>de</strong> la Corporación, que tendrán la condición <strong>de</strong> Asegurados, y cuyasespecificaciones se recogen en el presente Pliego con la consi<strong>de</strong>ración <strong>de</strong> coberturasmínimas.El tomador <strong>de</strong> los seguros objeto <strong>de</strong> contratación será el Ilmo. Ayuntamiento <strong>de</strong>Roquetas <strong>de</strong> Mar, representado por el Iltmo. Sr Alcal<strong>de</strong>-Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la ciudad <strong>de</strong>Roquetas <strong>de</strong> Mar, Órgano <strong>de</strong> Contratación competente.Quedan nulas o sin vigor ni efecto alguno, cuantas estipulaciones y condicionesestablecidas en las condiciones generales se opongan, amplíen o contradigan lasestablecidas en el presente <strong>pliego</strong>.El <strong>de</strong>sconocimiento <strong>de</strong>l contenido <strong>de</strong> los Pliegos en cualquiera <strong>de</strong> sus términos,<strong>de</strong> los documentos anejos que forman parte <strong>de</strong> los mismos o <strong>de</strong> las instrucciones ynormas que puedan tener aplicación en la ejecución <strong>de</strong> lo pactado, no eximirá a laaseguradora <strong>de</strong> la obligación <strong>de</strong> su cumplimiento.En la ejecución <strong>de</strong>l contrato, la aseguradora quedará obligada con respecto alpersonal que emplee en la realización <strong>de</strong> los trabajos, al cumplimiento <strong>de</strong> lasdisposiciones vigentes en materia <strong>de</strong> or<strong>de</strong>nación laboral social, así como las que sepuedan promulgar durante el periodo <strong>de</strong> vigencia <strong>de</strong> los seguros.El presente Pliego y el <strong>de</strong> Cláusulas Administrativas Particulares formarán parteintegrante <strong>de</strong> las pólizas que se contraten figurando como Condiciones Especiales <strong>de</strong> lasmismas, prevaleciendo sobre el resto <strong>de</strong> condiciones <strong>de</strong> las pólizas en caso <strong>de</strong>discrepancia.2.- CONFIDENCIALIDADLa Compañía Aseguradora se obliga a mantener la confi<strong>de</strong>ncialidad <strong>de</strong> los datosque le suministre el Ilmo. Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar, en ejecución <strong>de</strong> lascondiciones especiales previstas, no pudiendo utilizar los mismos más que para lasfinalida<strong>de</strong>s específicas y especialmente <strong>de</strong>limitadas que se <strong>de</strong>riven <strong>de</strong> la cobertura <strong>de</strong> losriesgos.
Asimismo, se obliga a mantener controlado el acceso <strong>de</strong> los datos a los que sehace referencia en el párrafo anterior en el caso <strong>de</strong> que hayan sido o fueraninformatizados, en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, <strong>de</strong> 13 <strong>de</strong>diciembre, <strong>de</strong> Protección <strong>de</strong> Datos <strong>de</strong> Carácter Personal, en el Real Decreto que lo<strong>de</strong>sarrolla y <strong>de</strong>más normativa aplicable.3.- DURACIÓN DE CONTRATO.El plazo <strong>de</strong> duración <strong>de</strong> este contrato se establece en un año, pudiendomodificarse y prorrogarse por mutuo acuerdo <strong>de</strong> las partes antes <strong>de</strong> la finalización <strong>de</strong>aquel, sin que la duración total <strong>de</strong>l contrato incluidas las prórrogas, pueda exce<strong>de</strong>r <strong>de</strong>diez años. A tal efecto la voluntad expresa <strong>de</strong> no prorrogar el mismo <strong>de</strong>berá sercomunicada por la aseguradora con seis meses <strong>de</strong> antelación al vencimiento.El contrato tendrá vigencia:A) Seguro <strong>de</strong> Vida <strong>de</strong>l personal municipal afecto a la Relación <strong>de</strong>puestos <strong>de</strong> Trabajo: Des<strong>de</strong> las 0,00 horas <strong>de</strong>l día 1 <strong>de</strong> Mayo <strong>de</strong> 2010,Hasta las 24 horas <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> Abril <strong>de</strong>l 2011, siendo las primas <strong>de</strong>carácter anual.B) Seguro <strong>de</strong> Vida <strong>de</strong>l personal eventual y miembros <strong>de</strong>l equipo <strong>de</strong>Gobierno <strong>de</strong> la Corporación Municipal: Des<strong>de</strong> las 0.00 horas <strong>de</strong>l día22 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 2010, hasta las 24 horas <strong>de</strong>l 21 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 2011, siendolas primas <strong>de</strong> carácter anual.Una vez adjudicado, la adjudicataria <strong>de</strong>berá emitir carta acreditativa <strong>de</strong> lacobertura <strong>de</strong> todos los riesgos <strong>de</strong> este contrato.El abono se realizará con carácter trimestral previa presentación <strong>de</strong> facturaacreditativa durante el periodo referenciado. Previo al reconocimiento <strong>de</strong> la factura, el/laresponsable <strong>de</strong>l seguimiento <strong>de</strong>l contrato, esto es, el Responsable <strong>de</strong>l Departamento <strong>de</strong>Recursos Humanos, <strong>de</strong>be prestar su conformidad, pudiendo exigir al contratista ladocumentación y aclaraciones que resulten exigibles.La factura <strong>de</strong>berá recoger expresamente el <strong>de</strong>talle e importe <strong>de</strong> todos losconceptos globales. A la factura así emitida se acompañarán anexos explicativos <strong>de</strong>l<strong>de</strong>talle <strong>de</strong> todos los conceptos facturados.Se producirá la regularización <strong>de</strong> las primas <strong>de</strong> las pólizas <strong>de</strong> Vida a suvencimiento anual según el número final <strong>de</strong> altas, bajas o variaciones, operando<strong>de</strong>voluciones <strong>de</strong> los importes que procedan por parte <strong>de</strong> la empresa, extorno o<strong>de</strong>volución <strong>de</strong> la prima no consumida en su caso, o <strong>de</strong>l Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong>Mar. No obstante se consi<strong>de</strong>rarán cubiertos todos los riesgos in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong>que esté abonada la prima.En el caso <strong>de</strong> que la <strong>de</strong>sviación <strong>de</strong> siniestralidad fuese <strong>de</strong>sfavorable, elAsegurador soportaría íntegramente la pérdida <strong>de</strong>l año sin que el Tomador resulteperjudicado cuando se efectúen los reajustes <strong>de</strong> prima <strong>de</strong> tarifa <strong>de</strong> años sucesivos.
4.- COORDINADOR MUNICIPAL DEL CONTRATOEn el acuerdo <strong>de</strong> adjudicación <strong>de</strong>l contrato, el órgano <strong>de</strong> contratación nombrará auna persona responsable <strong>de</strong> coordinar todos aquellos asuntos que estén relacionados coneste contrato.Asimismo, una vez adjudicada con carácter <strong>de</strong>finitivo, las entida<strong>de</strong>saseguradoras que van a actuar, mediante correduría <strong>de</strong> seguros, <strong>de</strong>berán <strong>de</strong>signar en suproposición el nombre, NIF y domicilio <strong>de</strong> la misma a efectos <strong>de</strong> notificaciones, asícomo la persona encargada <strong>de</strong> relacionarse con el Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar.La persona física o jurídica que sea <strong>de</strong>signada como corredor <strong>de</strong> seguros por laentidad aseguradora <strong>de</strong>berá, sin coste alguno para el asegurado, prestar los serviciospropios <strong>de</strong> su actividad <strong>de</strong> mediación y haber obtenido y no encontrarse revocada laautorización <strong>de</strong> la Dirección General <strong>de</strong> Seguros para ejercer la actividad <strong>de</strong> mediación.En todo caso las notificaciones realizadas por el Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar a lacorreduría, así como, las que por ésta se realicen al Ayuntamiento, en nombre <strong>de</strong>ladjudicatario, serán válidas y surtirán idénticos efectos que si se realizasen directamenteentre el tomador y el adjudicatario.5.- ADMINISTRACION DEL CONTRATO5.1,- La administración <strong>de</strong>l presente contrato se llevará a cabo por la entidadaseguradora adjudicataria. La empresa aseguradora facilitará al Ayuntamiento <strong>de</strong>Roquetas <strong>de</strong> Mar, sin coste adicional alguno, los servicios profesionales para el correcto<strong>de</strong>sarrollo y cumplimiento <strong>de</strong>l seguro objeto <strong>de</strong> la presente contratación.5.2.- Todas las reclamaciones, avisos, citaciones o notificaciones que reciba o formuleel contratante y/o asegurados y que tengan relación con este contrato, <strong>de</strong>berán sercursadas <strong>de</strong> inmediato a la Aseguradora a través <strong>de</strong>l personal afecto <strong>de</strong> la citada entida<strong>de</strong>n el Ayuntamiento, consi<strong>de</strong>rándose por este solo hecho como enviado a laAseguradora.El mismo <strong>procedimiento</strong> se seguirá respecto a los recibos <strong>de</strong> las primas y liquidación <strong>de</strong>siniestros.5.3.- La Entidad Aseguradora adjudicataria emitirá, en el plazo <strong>de</strong> 30 días <strong>de</strong>s<strong>de</strong> laformalización <strong>de</strong>l contrato, un certificado individual para cada asegurado por la póliza<strong>de</strong>l seguro <strong>de</strong> vida, acreditativo <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong> los seguros, <strong>de</strong> las garantías y sumasaseguradas, y <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> prelación <strong>de</strong> los beneficiarios, así como <strong>de</strong> cualquier otroaspecto que se estime <strong>de</strong> interés por los asegurados.Igualmente, facilitará la información necesaria, en tiempo y forma sin necesidad <strong>de</strong> quele sea requerida por el Ayuntamiento, con el fin <strong>de</strong> dar <strong>de</strong>bido cumplimiento a lasexigencias legales que procedan en materia fiscal.6.- GARANTÍAS Y SUMAS ASEGURADAS
Las garantías y sumas aseguradas, para todos y cada uno <strong>de</strong> los Asegurados,<strong>de</strong>ben <strong>de</strong> ser como mínimo, las siguientes:6.1.- PÓLIZA COLECTIVA DE SEGURO DE VIDA6.1.1. FALLECIMIENTO NATURAL: 30.050,61 Euros.6.1.2. FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE NATURAL: 90.151,82 Euros.6.1.3. INVALIDEZ PERMANENTE Y/O ABSOLUTA: Invali<strong>de</strong>z permanenteabsoluta 90.151,82 Euros.6.1.4. FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN: 90.151,82Euros.6.1.5. FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE LABORAL: 120.202,42 Euros.- DEFINICIÓN DE LAS GARANTÍAS ASEGURADASLas <strong>de</strong>finiciones a consi<strong>de</strong>rar para las garantías aseguradas son las siguientes:Para la póliza <strong>de</strong> Seguro <strong>de</strong> Vida:Garantía PrincipalFallecimiento por cualquier causaPor esta garantía la Entidad Aseguradora garantiza, al fallecimiento <strong>de</strong>l Asegurado,cualquiera que sea la causa que lo produzca, incluido el suicidio, el pago <strong>de</strong>l capitalestipulado a los beneficiarios <strong>de</strong>signados por el mismo ó, en caso <strong>de</strong> no haberlos<strong>de</strong>signado expresamente, a los beneficiarios correspondientes según el or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>prelación indicado en este Pliego.Invali<strong>de</strong>z Absoluta y Permanente, para todo tipo <strong>de</strong> trabajo, por cualquier causaPor esta garantía complementaria la Compañía Aseguradora garantiza el pago <strong>de</strong>lcapital estipulado en el caso <strong>de</strong> que el Asegurado, a causa <strong>de</strong> enfermedad o acci<strong>de</strong>nte,quedará afectado por una invali<strong>de</strong>z permanente absoluta y permanente para todo tipo <strong>de</strong>trabajo.A los efectos <strong>de</strong> esta garantía se entien<strong>de</strong> por invali<strong>de</strong>z absoluta y permanente para todotipo <strong>de</strong> trabajo la situación física irreversible provocada por enfermedad o acci<strong>de</strong>nte,<strong>de</strong>terminante <strong>de</strong> la total ineptitud <strong>de</strong>l Asegurado para ejercer cualquier actividadprofesional retribuida o relación laboral.Fallecimiento por acci<strong>de</strong>ntePor esta garantía la Entidad Aseguradora garantiza, al fallecimiento <strong>de</strong>l Asegurado acausa <strong>de</strong> acci<strong>de</strong>nte, el pago <strong>de</strong>l capital estipulado a los beneficiarios <strong>de</strong>signados por el
mismo ó, en caso <strong>de</strong> no haberlos <strong>de</strong>signado expresamente, a los beneficiarioscorrespondientes según el or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> prelación indicado en este Pliego.Fallecimiento por acci<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> trabajoPor esta garantía la Entidad Aseguradora garantiza, al fallecimiento <strong>de</strong>l Asegurado acausa <strong>de</strong> acci<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> trabajo, que es toda lesión corporal que el trabajador sufra conocasión o por consecuencia <strong>de</strong>l trabajo que ejecute en el ámbito <strong>de</strong> sus actuacionesmunicipales, el pago <strong>de</strong>l capital estipulado a los beneficiarios <strong>de</strong>signados por el mismoó, en caso <strong>de</strong> no haberlos <strong>de</strong>signado expresamente, a los beneficiarios correspondientessegún el or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> prelación indicado en este Pliego.En ausencia <strong>de</strong> <strong>de</strong>signación expresa hecha por el Asegurado en el Boletín <strong>de</strong> Adhesión oen cualquier otro documento que se instrumente al efecto por el Adjudicatario, seránconsi<strong>de</strong>rados como beneficiarios, en caso <strong>de</strong> fallecimiento, las personas que resulten <strong>de</strong>lsiguiente or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> prelación referido a los Asegurados: 1º) Cónyuge no separadolegalmente en la fecha <strong>de</strong> fallecimiento <strong>de</strong>l Asegurado, 2º) Hijos <strong>de</strong>l Asegurado, 3º)Padres, 4º) Here<strong>de</strong>ros legales. En el supuesto <strong>de</strong> invali<strong>de</strong>z, el beneficiario será el propioAsegurado.5.- RESTITUCIÓN DEL LÍMITE DE LA PÓLIZALas garantías y sumas aseguradas no serán reducidas por las cantida<strong>de</strong>s pagadas porcualquier siniestro y continuará en su importe íntegro durante el/los plazo/s <strong>de</strong> vigencia<strong>de</strong>l seguro, sin prima adicional alguna.7.- CONDICIONES DE ADHESIÓN Y OTRAS CONDICIONES ADICIONALESa) Las coberturas garantizadas en las presentes Prescripciones Técnicas se mantendránmientras los Asegurados permanezcan en sus cargos <strong>de</strong> todo el personal municipal alservicio <strong>de</strong>l Ayuntamiento incluido en la Relación <strong>de</strong> Puestos <strong>de</strong> Trabajo incluidos en elámbito <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong>l vigente acuerdo <strong>de</strong> Funcionarios /Convenio colectivo <strong>de</strong>lpersonal laboral y el personal eventual hasta la edad máxima laboral establecida en lanormativa legal <strong>de</strong> aplicación. Los miembros <strong>de</strong> la Corporación serán aseguradosmientras ostenten dicha condición <strong>de</strong> cargos electivos municipales.b) El traspaso <strong>de</strong>l colectivo <strong>de</strong>l personal municipal al servicio <strong>de</strong>l Ayuntamientoincluido en la Relación <strong>de</strong> Puestos <strong>de</strong> Trabajo incluidos en el ámbito <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong>lvigente acuerdo <strong>de</strong> Funcionarios /Convenio colectivo <strong>de</strong>l personal laboral, y personaleventual, a la nueva póliza que se contrate será en bloque para todos los que<strong>de</strong>sempeñen el cargo el 01-05-2011 o en la fecha <strong>de</strong> entrada en vigor <strong>de</strong>l seguro,in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> su edad y <strong>de</strong> la situación laboral en que se encuentren en elmomento <strong>de</strong> la emisión <strong>de</strong> las correspondientes pólizas. No se exigirá <strong>de</strong>claración <strong>de</strong>salud. Por consiguiente la inclusión en la póliza es y será, por esa misma condición,automática.
Como en el caso <strong>de</strong> las nuevas incorporaciones (incluidos miembros <strong>de</strong> la Corporación),previstas en la letra c) siguiente, no se realizarán reconocimientos médicos.c) Para nuevas incorporaciones no se realizarán reconocimientos médicos. El licitadorque resulte Adjudicatario tan solo podrá exigir la cumplimentación <strong>de</strong> la oportunaDeclaración <strong>de</strong> Salud así como <strong>de</strong>l correspondiente Boletín <strong>de</strong> Adhesión.d) No se podrán establecer Riesgos Excluidos.e) Se enten<strong>de</strong>rá que las garantías aseguradas abarcan el riesgo durante las 24 horas <strong>de</strong>ldía.f) El ámbito geográfico <strong>de</strong>be consi<strong>de</strong>rarse como mundial.g) Quedará cubierto, a<strong>de</strong>más, todo aquello que sea catalogado por Juzgados, Tribunales,Seguridad Social y/o Mutuas Patronales <strong>de</strong> Acci<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> Trabajo u OrganismosOficiales Competentes como acci<strong>de</strong>nte o acci<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> trabajo.h) En el caso <strong>de</strong> invali<strong>de</strong>z absoluta, a<strong>de</strong>más, generará <strong>de</strong>recho a percibir el 100% <strong>de</strong>lcapital asegurado cuando sea reconocida por los Organismos Oficiales Competentes ensus resoluciones o sentencias o aceptadas por las Mutuas Patronales <strong>de</strong> Acci<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong>Trabajo.i) Queda expresamente establecido que se consi<strong>de</strong>rará como fecha <strong>de</strong> siniestro, en caso<strong>de</strong> invali<strong>de</strong>z absoluta, la fecha <strong>de</strong> efectos económicos <strong>de</strong>l Dictamen, Resolución oSentencia (según proceda) <strong>de</strong>l Órgano Competente por la que se otorgue o reconozca laincapacidad.En caso <strong>de</strong> fallecimiento, la fecha <strong>de</strong> siniestro será la fecha <strong>de</strong> ocurrencia, salvo que lacausa sea un acci<strong>de</strong>nte, en cuyo caso será la <strong>de</strong> éste.j) Quedarán cubiertos los viajes/<strong>de</strong>splazamientos en cualquier medio <strong>de</strong>transporte/locomoción público o privado (incluidos viajes en helicóptero, aerotaxi,vuelos “charter”, avioneta, ciclomotor, motocicleta, etc.).k) Quedarán cubiertos los riesgos <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong> terrorismo.l) En ningún caso se admitirá el a<strong>de</strong>lanto <strong>de</strong> la Participación en Beneficios, ni en laoferta, ni en las primas anuales.m) En ningún caso se admitirán ofertas que incluyan Participación en Resultados.n) El Adjudicatario estará obligado a satisfacer al Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar lacorrespondiente Participación en Beneficios <strong>de</strong> cada una <strong>de</strong> las anualida<strong>de</strong>s que dure elcontrato, aún cuando las pólizas no sean renovadas y/o prorrogadas a sus vencimientosanuales. Este requerimiento también es <strong>de</strong> aplicación, a<strong>de</strong>más, tanto para la primeracomo para la última anualidad que dure el contrato y cualquiera <strong>de</strong> sus posiblesprórrogas.8.- PAGO DE LAS INDEMNIZACIONESLa Compañía Aseguradora queda obligada a abonar la in<strong>de</strong>mnización que correspondaen el plazo <strong>de</strong> 20 días una vez recibida la documentación completa <strong>de</strong>l siniestro.De no abonarse la in<strong>de</strong>mnización a los tres meses <strong>de</strong> dicha recepción, sin causajustificada, se aplicará el interés <strong>de</strong> mora previsto en la Ley <strong>de</strong>l Contrato <strong>de</strong> Seguro.
9.- ALTAS Y BAJASALTASLas altas <strong>de</strong> Asegurados serán automáticas <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la toma <strong>de</strong> posesión <strong>de</strong> losfuncionarios o formalización <strong>de</strong>l contrato <strong>de</strong> trabajo, y miembros <strong>de</strong> la corporación y secomunicarán por el Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar a la Aseguradora o en su caso ala Correduría, que en un futuro preste dicho Servicio <strong>de</strong> Consultoría y Asistencia para elasesoramiento y mediación <strong>de</strong> seguros <strong>de</strong>l Ayuntamiento <strong>de</strong> Roquetas <strong>de</strong> Mar, <strong>de</strong>acuerdo con las Condiciones <strong>de</strong> Adhesión indicadas en este Pliego.Las altas no generarán prima adicional.BAJASLas bajas tomarán efecto el mismo día que sean comunicadas por el Ayuntamiento <strong>de</strong>Roquetas <strong>de</strong> Mar a la Compañía Aseguradora o en su caso, a la Correduría <strong>de</strong>lAyuntamiento.Las bajas generarán extorno <strong>de</strong> prima que será calculado en proporción a la prima totalanual ofertada y al número <strong>de</strong> días <strong>de</strong>l período comprendido <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> variaciónen el número <strong>de</strong> Asegurados hasta el vencimiento <strong>de</strong> la anualidad <strong>de</strong>l contrato en que seproduzca tal variación.10.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTROCon carácter máximo, la documentación a aportar será la que a continuación se señala.Se valorará la reducción o simplificación <strong>de</strong> la documentación que se requiera.Se presentará original o fotocopia compulsada por cualquier Administración Pública lasiguiente documentación:A) En caso <strong>de</strong> Fallecimiento por cualquier causa:1. Certificado Literal <strong>de</strong> Defunción.2. D.N.I. <strong>de</strong>l Asegurado y Beneficiarios.3. Certificado expedido por el Tomador acreditativo <strong>de</strong> la condición <strong>de</strong> personaasegurada al amparo <strong>de</strong> ésta póliza.4. Libro <strong>de</strong> Familia completo si no hubiera <strong>de</strong>signación expresa <strong>de</strong> beneficiariosefectuada por el Asegurado.5. Si fuera beneficiario el cónyuge, Certificado Literal <strong>de</strong> Matrimonio (si hubierafallecido el cónyuge, Certificado <strong>de</strong> Defunción <strong>de</strong> éste).
6. Certificado <strong>de</strong>l Registro <strong>de</strong> Últimas Volunta<strong>de</strong>s y, en su caso, copia <strong>de</strong>ltestamento. En <strong>de</strong>terminados supuestos podrá solicitarse la <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> here<strong>de</strong>ros “abintestato”.7. Justificante legal <strong>de</strong> haber presentado y liquidado el Impuesto sobre Sucesioneso en su caso, exención.B) En caso <strong>de</strong> Incapacidad Permanente Absoluta:1. Certificado expedido por el Tomador acreditativo <strong>de</strong> la condición <strong>de</strong> personaasegurada al amparo <strong>de</strong> ésta póliza.2. D.N.I. <strong>de</strong>l Asegurado.3. Resolución o sentencia con su correspondiente fecha, expedida por el I.N.S.S,por el órgano Jurisdiccional o cualquier otro que resulte competente, acreditativa <strong>de</strong> laIncapacidad Permanente Absoluta.4. Para el personal funcionario, resolución <strong>de</strong> Jubilación por IP para el servicioexpedida por el órgano competente.Roquetas <strong>de</strong> Mar a 4 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong>l 2011D. Rafael Leopoldo Aguilera MartínezResponsable RRHH