fines.En suma, se entien<strong>de</strong> por Debido Proceso aquél que se realiza en observanciaestricta <strong>de</strong> los principios y garantías constitucionales reflejadas en las previsionesnormativas <strong>de</strong> la ley procesal: inicio <strong>de</strong>l proceso, actos <strong>de</strong> investigación, actividadprobatoria, las distintas diligencias judiciales, los mecanismos <strong>de</strong> impugnación, elrespeto <strong>de</strong> los términos procesales, etc. 72. Requisitos <strong>de</strong>l Proceso Legal, Debido y Justo:A. Juez Natural.El Principio <strong>de</strong> Juez Natural, funciona como un instrumento necesario <strong>de</strong> laimparcialidad y como una garantía frente a la posible arbitrariedad <strong>de</strong> la actuación <strong>de</strong>lpo<strong>de</strong>r penal <strong>de</strong>l Estado en perjuicio <strong>de</strong>l acusado que podría facilitarse mediante laasignación posterior al momento <strong>de</strong>l acaecimiento <strong>de</strong>l hecho que se le imputa, <strong>de</strong> unjuez especialmente <strong>de</strong>signado, no para juzgarlo imparcialmente (es <strong>de</strong>cir, libre <strong>de</strong>mandatos políticos, <strong>de</strong> prejuicios o <strong>de</strong> presiones sobre el caso), sino para perjudicarlo.El Órgano Judicial <strong>de</strong>be presentar 4 caracteres indispensables:a) Competencia o la aptitud que la ley le confiere para ejercer su jurisdicción en un casoconcreto.b) In<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia, implica que no se encuentre subordinado a ninguna <strong>de</strong> las partes <strong>de</strong>lproceso.c) Imparcialidad, el Juez es un tercero neutral para <strong>de</strong>cidir el proceso con objetividad; yd) Estar establecido con anterioridad por la Ley, <strong>de</strong>be haber sido <strong>de</strong>signado previamenteal hecho que motiva el proceso, <strong>de</strong> acuerdo al mecanismo constitucional para sunombramiento. 8B. <strong>Derecho</strong> a ser oído.<strong>Facultad</strong> que tiene el justiciable <strong>de</strong> ser escuchado por el órgano competente (autoridadjudicial, fiscal, policía).El <strong>de</strong>recho a ser oído se canaliza principalmente a través <strong>de</strong> la llamada “<strong>de</strong>claración <strong>de</strong>limputado” (indagatoria) acto predispuesto por las leyes procesales para que aquél<strong>de</strong>cida libremente si prefiere ejercer su <strong>de</strong>fensa material guardando silencio o a través<strong>de</strong> manifestaciones verbales en <strong>de</strong>scargo o aclaración <strong>de</strong>l hecho que se le atribuye y quese le ha hecho conocer previamente junto con las pruebas existentes en su contra, enforma <strong>de</strong>tallada, y con el encuadramiento legal recaído, porque sólo así podrá<strong>de</strong>fen<strong>de</strong>rse íntegramente. Si el imputado ejerce su <strong>de</strong>fensa guardando silencio estaactitud no podrá ser utilizada como presunción en su contra (manifestación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>rechoal comportamiento procesal pasivo), aspecto <strong>de</strong>l que <strong>de</strong>berá ser informado <strong>de</strong>bidamentepor la autoridad judicial responsable <strong>de</strong>l acto.7 Comentarios al Código Procesal Penal. Autor: Pablo Sánchez Velar<strong>de</strong>. Ed. I<strong>de</strong>msa. Lima – Perú.1994.8 Proceso Penal y <strong>Derecho</strong>s Humanos. Autor: José Cafferata Nores. Buenos Aires – Argentina.12
C. Duración razonable <strong>de</strong>l proceso.El proceso penal <strong>de</strong>be realizarse <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un plazo razonable a fin <strong>de</strong> que se resuelva lasituación procesal <strong>de</strong>l imputado, quien tiene <strong>de</strong>recho a obtener un pronunciamiento queponga término <strong>de</strong>l modo más rápido posible a la situación <strong>de</strong> incertidumbre y <strong>de</strong>innegable restricción a la libertad que comporta el enjuiciamiento penal.D. Publicidad <strong>de</strong>l proceso.Con ello se asegura la transparencia <strong>de</strong> las <strong>de</strong>cisiones judiciales, pues así estaránsometidas a un control popular. A<strong>de</strong>más, con ella se concreta uno <strong>de</strong> los principios <strong>de</strong>lsistema republicano: la publicidad <strong>de</strong> los actos <strong>de</strong>l gobierno. La publicidad tien<strong>de</strong> aasegurar la <strong>de</strong>fensa en su sentido más amplio.Los juicios <strong>de</strong>ben ser públicos porque no pue<strong>de</strong> existir credibilidad en la justicia si eltrámite <strong>de</strong> los expedientes es realizado a puertas cerradas.E. Prohibición <strong>de</strong> doble juzgamiento.Consiste en que nadie pue<strong>de</strong> ser perseguido penalmente más <strong>de</strong> una vez por el mismohecho.La Triple I<strong>de</strong>ntidad:1) Persona;2) Objeto; y3) Causa <strong>de</strong> persecución.El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio porlos mismos hechos.Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por <strong>de</strong>lito por el cual haya sido ya con<strong>de</strong>nado oabsuelto por una sentencia firme <strong>de</strong> acuerdo con la ley y el pronunciamiento penal <strong>de</strong>cada país.13