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Revista El Defensor al Día - Defensor del Pueblo

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Junio 2010 nº 61<strong>El</strong> <strong>Defensor</strong> <strong>al</strong> díaEntrega a las Cortes <strong>del</strong> Informe Anu<strong>al</strong> 2009<strong>al</strong>cance nacion<strong>al</strong> ha de reunir a los representantes<strong>del</strong> Poder Judici<strong>al</strong>, a los <strong>del</strong> Ejecutivo estat<strong>al</strong> y de lasdiferentes comunidades autónomas, a los portavocesde todos los grupos políticos, así como a las entidadesde representación de los operadores jurídicos y de lasociedad en su conjunto.Un gran acuerdo para mejorar laAdministración de Justicia habrá de expresarse enla adopción de reformas leg<strong>al</strong>es y en la aprobaciónde esfuerzos de inversión que hagan posible latransformación de la infraestructura en que sesostiene. Esto exige un compromiso de todas laspartes y un consenso práctico sobre los objetivos a<strong>al</strong>canzar, de los cu<strong>al</strong>es el princip<strong>al</strong> ha de ser garantizar<strong>El</strong> grado de aceptaciónde las resolucionesmuestra una respuestapositiva de las diferentesadministraciones a lasopiniones <strong>del</strong> <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong><strong>Pueblo</strong>el ejercicio legítimo de los derechos democráticos.En cuanto a la lucha contra la violenciadoméstica, el <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> ha tenidoocasión de manifestar una vez más la necesidad deadoptar normas homogéneas de v<strong>al</strong>idez para todo elterritorio nacion<strong>al</strong> en determinados aspectos comolos relacionados con la regulación de los puntos deencuentro familiar o el funcionamiento de las “casasde acogida”. Sobre estas últimas, es un ejemplo deevolución positiva el acuerdo de colaboración entrelos responsables de seis comunidades autónomaspara la puesta en común de sus recursos de asistenciaa las mujeres m<strong>al</strong>tratadas.Administración penitenciaria<strong>El</strong> volumen de la población penitenciaria noha cesado de crecer durante el año 2009, habiéndosesuperado la cifra de los 76.000 internos. Comparandocon otros países, las condiciones de vida en los centrospenitenciarios españoles no resultan particularmentepenosas, aunque es necesario tener en cuenta queese constante crecimiento en el número de internosy la f<strong>al</strong>ta de adecuación de <strong>al</strong>gunas infraestructuraspodría deteriorar la situación si no se vigila elfuncionamiento de los centros y no se atiende a lasnecesidades de los presos, cuando sean legítimas, ytambién de los empleados que <strong>al</strong>lí trabajan.Las visitas re<strong>al</strong>izadas a prisiones, casi unaveintena, y las quejas tramitadas durante 2009muestran una continuidad en los problemas yaestudiados en años anteriores, con ligeras variaciones.En particular, la situación de los hospit<strong>al</strong>espsiquiátricos penitenciarios de Sevilla y Alicanteha merecido una especi<strong>al</strong> atención en este informe.Los demás centros visitados han sido los de Alc<strong>al</strong>áde Guadaíra (Sevilla Mujeres), Algeciras, Alhaurínde la Torre, Bonxe, Brieva, Cáceres, Ceuta, Córdoba,Herrera de la Mancha, Huelva, Murcia, Santa Cruzde la P<strong>al</strong>ma, Santander, Tenerife, Teruel y Topas.Aspectos como la atención psico-soci<strong>al</strong>, laasistencia sanitaria, la mejora de las condicionesde habitabilidad de las celdas, siguen siendo objetohabitu<strong>al</strong> de queja y, en cada caso, la Institución tratade confirmar la predisposición de las autoridadespenitenciarias para corregir las deficienciascontrastadas.Seguridad ciudadanaA fin<strong>al</strong>es de 2009 las Cortes Gener<strong>al</strong>esaprobaron la modificación de la Ley Orgánica 3/1981,de 6 de abril, reguladora <strong>del</strong> <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong>,por la que el Estado español designa expresamentea esta Institución para llevar a cabo la labor previstaen el Protocolo Facultativo a la Convención de lasNaciones Unidas contra la Tortura. Este nuevomandato <strong>del</strong> legislador explicita una función que, dehecho, el <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> viene re<strong>al</strong>izando des<strong>del</strong>os inicios de su actividad, encaminada a prevenir y<strong>al</strong>ertar sobre cu<strong>al</strong>quier situación que pueda conducira la comisión de m<strong>al</strong>os tratos o abusos por parte,princip<strong>al</strong>mente, de los agentes de autoridad ymiembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.Una vez introducida esta modificación y, según prevéel redactado de la nueva disposición, la Institucióndeberá intensificar su actividad ordinaria en estamateria y organizar un consejo de asesoramientotécnico y jurídico de acuerdo con las previsiones <strong>del</strong>Protocolo de Naciones Unidas.Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,incluidos los cuerpos estat<strong>al</strong>es de Policía Nacion<strong>al</strong>y Guardia Civil y las policías autonómicas y loc<strong>al</strong>es,llevan a cabo una difícil tarea en la que deben guardarun <strong>del</strong>icado equilibrio para mantener el ordenpúblico evitando <strong>al</strong> mismo tiempo las interferenciasen la vida cotidiana de los ciudadanos, prestándolesla atención que puedan necesitar ante muy diversascircunstancias. La convivencia, especi<strong>al</strong>mente enlas grandes ciudades, es muchas veces conflictivay multitud de circunstancias, natur<strong>al</strong>es o soci<strong>al</strong>es,puede exigir en cu<strong>al</strong>quier momento la intervenciónde las fuerzas de orden público. Las quejas de los4

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