de las senadoras maría del pilar ortega martínez y adriana dávila ...
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Artículo 15. Confi<strong>de</strong>ncialidadEl expediente personal <strong>de</strong>l sentenciado tendrá trato confi<strong>de</strong>ncial y sólo podrán imponerse <strong>de</strong> su contenido <strong>las</strong>autorida<strong>de</strong>s competentes, el interno y su <strong>de</strong>fensor o <strong>las</strong> personas directamente interesadas en la tramitación <strong>de</strong>lcaso.Artículo 16. TransparenciaEn la ejecución <strong>de</strong> <strong>las</strong> sanciones penales, exceptuando el expediente <strong>de</strong>l sentenciado, se permitirá el acceso a lainformación y a <strong>las</strong> condiciones <strong>de</strong> vida en reclusión en los términos que al efecto establezcan <strong>las</strong> leyes aplicables.Artículo 17. Gobernabilidad y seguridad institucionalLa autoridad administrativa penitenciaria podrá establecer medidas necesarias para garantizar la gobernabilidad yla seguridad institucional <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> reclusión así como la seguridad <strong>de</strong> los propios internos y <strong>de</strong>l personalque labora en dichos centros, <strong>de</strong> los visitantes, <strong>de</strong> <strong>las</strong> víctimas y <strong>de</strong> <strong>las</strong> personas que viven próximos a los centros<strong>de</strong> reclusión, pero en todo caso, dichas medidas se tomarán observando los <strong>de</strong>rechos estipulados por laConstitución y los Tratados Internacionales, siguiendo siempre los preceptos <strong>de</strong> dignidad, respeto y trato humanos.Artículo 18. Vigilancia y coordinación interinstitucionalLos po<strong>de</strong>res judicial y ejecutivo competentes, vigilarán, en el ámbito <strong>de</strong> sus respectivas competencias, elcumplimiento y aplicación <strong>de</strong> esta ley, así como la organización y funcionamiento <strong>de</strong> <strong>las</strong> instituciones queintervienen en la ejecución <strong>de</strong> <strong>las</strong> sanciones, en sus respectivos ámbitos <strong>de</strong> competencia.Artículo 19. Control judicialLa ejecución <strong>de</strong> <strong>las</strong> sanciones penales en todas sus modalida<strong>de</strong>s, estará sometida a la vigilancia y control judicial yse <strong>de</strong>sarrollará con <strong>las</strong> garantías y sujeción a lo establecido en la Constitución, los Tratados Internacionales, estaley y su reglamento.Artículo 20. Derechos <strong>de</strong> <strong>las</strong> personas sentenciadasCAPÍTULO II.Derechos y obligaciones <strong>de</strong> <strong>las</strong> personas sentenciadasLas personas sentenciadas, durante la ejecución <strong>de</strong> <strong>las</strong> sanciones penales impuestas, gozarán <strong>de</strong> todos los <strong>de</strong>rechosprevistos por la Constitución y los Tratados Internacionales, siempre y cuando estos no hubieren sido afectados porla sentencia o fuesen incompatibles con el objeto <strong>de</strong>l cumplimiento <strong>de</strong> la sentencia. A<strong>de</strong>más gozarán <strong>de</strong> maneraenunciativa y no limitativa <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos siguientes:I. Recibir un trato digno <strong>de</strong>l personal penitenciario sin diferencias fundadas en prejuicios por razón <strong>de</strong> origenétnico o nacional, género, edad, discapacida<strong>de</strong>s, condición social, posición económica, condiciones <strong>de</strong>salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana;II. Tener acceso a los servicios <strong>de</strong> salud;III. Recibir alimentación conveniente para el mantenimiento <strong>de</strong> su salud;IV. Permanecer en estancias a<strong>de</strong>cuadas a los niveles <strong>de</strong> seguridad, custodia e intervención;V. Ser informado <strong>de</strong> <strong>las</strong> condiciones <strong>de</strong> internamiento, su situación jurídica respecto <strong>de</strong>l régimen <strong>de</strong> ejecución<strong>de</strong> la sanción correspondiente;VI. Realizar activida<strong>de</strong>s productivas remuneradas y útiles que faciliten su reinserción en el mercado laboral <strong>de</strong>lpaís en los términos <strong>de</strong> la normatividad aplicable;