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Contestacion Copec_C_157_08.pdf - Concurso Publico TDLC

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ealizado la “deducción ordenada”, (el énfasis es nuestro) sin indicar por quien,ni menos la fuente de dicha obligación.Acto seguido señala que ese hecho, esto es, no rebajar los precios con premura,es atribuible a que el mercado se encuentra concentrado en pocas empresasdistribuidoras.En seguida, y sin mayor fundamento, señala que el sistema de precios está enmanos de Enap, quien actúa como exclusiva importadora de crudo, refinadora ydistribuidora del mismo, pero curiosamente no es ella la demandada en estosautos.Señala que las demandadas controlan más de 90% del mercado y funcionan comoun perfecto oligopolio, acordando los precios que disponen por sector. Sinembargo, deja fuera de la demanda a YPF, cuya cadena de distribución fueadquirida por Terpel, sin explicar mayormente los motivos de dicha omisión.Agrega que este mercado tiene mucha integración vertical entre los nivelesmayoristas y minoristas, lo que incide en que las petroleras acuerden losmárgenes de precios con los que están dispuestas a trabajar.El señor Alcalde indica que las constantes modificaciones en el precio de loscombustibles, generan no solo incertidumbre sobre la población, sino que tambiénsignifican un aumento en muchos de otros productos, tales como bienes deprimera necesidad, luz, gas, productos básicos, alimentos, etc.., dentro de ellos eltransporte público en el cual existiría una tarifa ficticia por criterios políticos.¿¿??.En realidad, no se divisa que influencia pueden tener las demandadas con lagestión y operación del denominado Transantiago.Señala como antecedente de su demanda el informe presentado por el ex fiscaldon Pedro Mattar, en la causa Rol 690 del año 2oo2, olvidando curiosamente lasentencia recaída en dicha causa.

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