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descargar esta seccion en formato pdf - Poder Judicial

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superficial expresada a través del sistema métrico decimal, linderos ygravám<strong>en</strong>es que pesan sobre la finca y el juzgado que está tramitando elexpedi<strong>en</strong>te.De las publicaciones, se pres<strong>en</strong>tará la página original del diario <strong>en</strong> la queconste la fecha de publicación. De las publicaciones <strong>en</strong> la página web, sepres<strong>en</strong>tará la certificación expedida por el responsable del sistema informático,o de qui<strong>en</strong> sea designado al efecto.3. Qui<strong>en</strong> t<strong>en</strong>ga igual o mejor derecho, podrá oponerse desde el sigui<strong>en</strong>te día dela primera publicación del edicto hasta treinta días después de la últimapublicación.4. Si no hay oposición, el Juez convocará al solicitante, a los colindantes, a laProcuraduría G<strong>en</strong>eral de la República y a la Alcaldía Municipal para lainspección obligatoria sobre el inmueble, señalando lugar, día y hora para talefecto.5. A la práctica de la inspección concurrirán, bajo p<strong>en</strong>a de nulidad, el Juez asistidodel Secretario y el perito autorizado, para verificar los datos descritos <strong>en</strong> lasolicitud y <strong>en</strong> el plano topográfico. También deberán asistir los repres<strong>en</strong>tantesde las instituciones convocadas. Si el interesado no comparece a lainspección, se archivarán las dilig<strong>en</strong>cias y se le cond<strong>en</strong>ará <strong>en</strong> costas a favordel <strong>Poder</strong> <strong>Judicial</strong>.6. En el acto de inspección declararán los propietarios o poseedores de las fincascolindantes sobre el hecho puro y simple de la posesión.Concluida la inspección, y acreditado el derecho posesorio del solicitante, elJuez dictará s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cia de información posesoria conforme lo dispuesto <strong>en</strong> elCapítulo referido al Procedimi<strong>en</strong>to Común de las actuaciones de actos dejurisdicción voluntaria, declarando con lugar la solicitud; <strong>en</strong> caso contrario, elJuez la d<strong>en</strong>egará.La s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cia de información posesoria servirá de prueba para la obt<strong>en</strong>ción deltítulo de dominio mediante la prescripción. El Juez ord<strong>en</strong>ará al Registradorcompet<strong>en</strong>te la inscripción de la s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cia a favor del solicitante <strong>en</strong> el Libro deDerechos Posesorios.Artículo 825. Oposición a la solicitudLa oposición se tramitará conforme lo dispuesto <strong>en</strong> el artículo referido a laconcurr<strong>en</strong>cia de proceso cont<strong>en</strong>cioso regulado <strong>en</strong> este LIBRO.Artículo 826. Recursos19

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