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BENEFICIARIOS DE LAS 100 REGLAS DE BRASILIA - Poder Judicial

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<strong>100</strong> Reglas de Brasilia(8) Se procurará establecer las condiciones necesarias paragarantizar la accesibilidad de las personas con discapacidadal sistema de justicia, incluyendo aquellas medidasconducentes a utilizar todos los servicios judicialesrequeridos y disponer de todos los recursos que garanticensu seguridad, movilidad, comodidad, comprensión,privacidad y comunicación.4.- Pertenencia a comunidades indígenas(9) Las personas integrantes de las comunidades indígenaspueden encontrarse en condición de vulnerabilidad cuandoejercitan sus derechos ante el sistema de justicia estatal. Sepromoverán las condiciones destinadas a posibilitar que laspersonas y los pueblos indígenas puedan ejercitar conplenitud tales derechos ante dicho sistema de justicia, sindiscriminación alguna que pueda fundarse en su origen oidentidad indígenas. Los poderes judiciales asegurarán queel trato que reciban por parte de los órganos de laadministración de justicia estatal sea respetuoso con sudignidad, lengua y tradiciones culturales.Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Regla 48 sobrelas formas de resolución de conflictos propios de los pueblosindígenas, propiciando su armonización con el sistema deadministración de justicia estatal.5.- Victimización(10) A efectos de las presentes Reglas, se considera víctimatoda persona física que ha sufrido un daño ocasionado poruna infracción penal, incluida tanto la lesión física opsíquica, como el sufrimiento moral y el perjuicio económico.El término víctima también podrá incluir, en su caso, a lafamilia inmediata o a las personas que están a cargo de lavíctima directa.(11) Se considera en condición de vulnerabilidad aquellavíctima del delito que tenga una relevante limitación paraevitar o mitigar los daños y perjuicios derivados de lainfracción penal o de su contacto con el sistema de justicia, o13

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