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25 de Octubre de 2016 GACETA OFICIAL <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>CIUDAD</strong> <strong>DE</strong> <strong>MÉXICO</strong> 129<br />
EDICTO<br />
JUZGADO DÉCIMO CUARTO <strong>DE</strong> LO CIVIL <strong>DE</strong>L TRIBUNAL<br />
SUPERIOR <strong>DE</strong> JUSTICIA <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>CIUDAD</strong> <strong>DE</strong> <strong>MÉXICO</strong>.<br />
EMP<strong>LA</strong>ZAMIENTO<br />
HIDROFUNDICIONES, S.A. <strong>DE</strong> C.V., a través de su representante legal, ANTONIO EFRÉN FLORES GRAJEDA<br />
Y AURELIA MAR<strong>Í</strong>A RAMOS ROJAS <strong>DE</strong> BRICEÑO.<br />
EN LOS AUTOS <strong>DE</strong>L JUICIO ORDINARIO MERCANTI, PROMOVIDO POR GARC<strong>Í</strong>A PÉREZ MARCO EDGAR,<br />
EN CONTRA <strong>DE</strong> HIDROFUNDICIONES, S.A. <strong>DE</strong> C.V., ANTONIO EFRÉN FLORES GRAJEDA Y AURELIA<br />
MAR<strong>Í</strong>A RAMOS ROJAS <strong>DE</strong> BRISEÑO, EXPEDIENTE 1105/2014, EL MAESTRO EN <strong>DE</strong>RECHO FRANCISCO<br />
RENÉ RAM<strong>Í</strong>REZ RODR<strong>Í</strong>GUEZ, JUEZ DÉCIMO CUARTO <strong>DE</strong> LO CIVIL OR<strong>DE</strong>NÓ PUBLICAR EL SIGUIENTE<br />
EDICTO:<br />
En la Ciudad de México, a veintitrés de agosto del año dos mil dieciséis, en relación con el auto de fecha cinco de enero<br />
del año dos mil quince, …con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio, se procede<br />
emplazar a los codemandados HIDROFUNDICIONES, S.A. <strong>DE</strong> C.V., ANTONIO EFRÉN FLORES GRAJEDA Y<br />
AURELIA M ARIA RAMOS ROJAS BRISEÑO, por medio de edictos los que deberán publicarse por tres veces de<br />
manera consecutiva, en el periódico local Diario Imagen y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En el que se<br />
le ha saber que el Juez Décimo Cuarto de lo Civil admitió a trámite la demanda incoada en su contra, por GARC<strong>Í</strong>A<br />
PÉREZ MARCO EDGAR, en la vía ORDINARIA MERCANTI, demandándole: el cumplimiento de los contratos de<br />
apertura de crédito de habilitación o avio y refraccionarios; el pago de la cantidad de $8´700,000.00 (ocho millones<br />
setecientos mil pesos 00/100 moneda nacional), por concepto de crédito inicial y ser la suma de las cantidades que fueron<br />
dispuestas en los diversos contratos celebrados; el pago de los intereses ordinarios, intereses moratorios, el pago de la pena<br />
convencional, el pago de las primas de seguro no pagadas, el pago de los intereses moratorios sobre seguros, la venta en<br />
almoneda publica de los bienes dados en garantía, en caso de que los demandados no cumplan con el pago de las<br />
prestaciones reclamadas, y finalmente el pago de los gastos y costas que origine el presente asunto. Además que tiene el<br />
término de quince días, para contestar la demanda entablada en su contra; asimismo, deberá señalar domicilio dentro de<br />
esta jurisdicción, dado que de lo contrario las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirán efectos<br />
mediante publicación en el boletín judicial; debiendo presentarse en el local del juzgado dentro del término de diez días que<br />
son independientes a los quince días que tiene para contestar la demanda, a recibir las copias simples de la demanda y<br />
de los documentos, que están a su disposición en la secretaria del juzgado.<br />
<strong>CIUDAD</strong> <strong>DE</strong> <strong>MÉXICO</strong>, A 29 <strong>DE</strong> AGOSTO <strong>DE</strong>L AÑO 2016.<br />
C. SECRETARIO <strong>DE</strong> ACUERDOS<br />
(Firma)<br />
LIC. MARCO ANTONIO GAMBOA MA<strong>DE</strong>RO.<br />
Publíquese en el Periódico local Diario Imagen y la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por tres veces de manera<br />
consecutiva.