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Manual del Supervisor word final

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RETENER Y<br />

MOTIVAR<br />

ATRAER<br />

MANUAL DEL SUPERVISOR<br />

El presente documento recopila los puntos más relevantes de los diferentes<br />

procesos de administración <strong>del</strong> Recurso Humano que posee la<br />

organización, así como los principales puntos a ser tomados en cuenta <strong>del</strong><br />

Código de Trabajo, Reglamento Interno, Código de Ética, Reglamento de<br />

Seguridad y Salud Ocupacional que son importantes para conocimiento y<br />

aplicación de las personas que administramos equipos.<br />

Este constituye un soporte de consulta para su gestión, pero no reemplaza<br />

la integralidad de las diferentes normas y políticas de Recursos Humanos,<br />

que se deben observar en la administración cotidiana de los<br />

Colaboradores de la Organización.<br />

Estrategia y<br />

Mo<strong>del</strong>o de Negocio<br />

<br />

Identificación de Perfiles de<br />

Conocimientos y Experiencia<br />

Identificación de Perfiles de<br />

Competencias<br />

SISTEMA DE SELECCIÓN<br />

GESTIONAR LOS FACILITADORES DEL TALENTO<br />

Cultura<br />

Mo<strong>del</strong>o Organizativo: Responsabilidades y Relaciones<br />

Sistemas de Dirección: Apoyo a la Gestión<br />

Capacidades Mandos: Liderazgo<br />

Sistemas de RRHH INDUCCIÓN, CAPACITACIÓN Y DESARROLLO<br />

GESTIÓN DEL DESEMPEÑO<br />

SISTEMA RETRIBUTIVO<br />

PLANES DE CARRERA<br />

C<br />

L<br />

I<br />

M<br />

A


SISTEMAS DE GESTIÓN:<br />

PLANIFICACION DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS<br />

Las Gerencias de Área son responsables de completar la información<br />

enviada por Recursos Humanos respecto al presupuesto anual de personal<br />

relacionada a cuentas descentralizadas (Headcount, viajes, horas extras,<br />

comisiones, etc.), es decir, sobre cuentas que cada área tiene afectación<br />

en su ejecución presupuestaria así como información relacionada a la<br />

gestión de personas (definición de back up de posiciones críticas,<br />

necesidades de capacitación, planeación de vacaciones, etc.) con el<br />

objetivo de generar un documento que servirá como marco general para<br />

que Recursos Humanos pueda apoyar a su área en la consecución de los<br />

objetivos establecidos.<br />

Para éste propósito Recursos Humanos y/o Planeación y Finanzas son los<br />

responsables de enviar el archivo con datos históricos que faciliten el<br />

proceso.<br />

La Planeación que se conecta con el proceso de presupuestación global<br />

liderada por el área de Planeación y Finanzas, es un proceso que para ser<br />

implantado debe ser validado por parte de Presidencia Ejecutiva para su<br />

ejecución, es decir las propuestas o presupuestos enviados deben tener<br />

aprobación de dicha instancia para ser ejecutados.<br />

SELECCIÓN<br />

La política de selección trata de adoptar criterios sobre las necesidades y<br />

el recurso que se puede integrar a la Organización, definiendo los<br />

objetivos, marcando una posición clara respecto a la discriminación por<br />

cualquier condición.<br />

Nuestra política de selección de personal se basa en la transparencia, la<br />

comunicación clara y abierta de los criterios, siendo estos conocidos por<br />

todos los interesados, en la igualdad de oportunidades que genere<br />

afinidad y uniformidad de criterios y basarse en un reclutamiento universal,<br />

siendo éste coherente con la política interna, social y la legislación laboral<br />

vigente.<br />

La Organización maneja el sistema de Selección considerando las<br />

siguientes normas:<br />

<br />

Todo nuevo aspirante a ingresar a la Organización, así como el personal<br />

interno que desee optar por una posición vacante, sin excepción, está


sujeto a las normas y procedimientos establecidos en el sistema de<br />

selección.<br />

La selección de nuevo personal estará sujeta al presupuesto anual<br />

aprobado por la Organización tanto en número de personas como en<br />

presupuesto económico.<br />

En el momento que exista una vacante que pueda cubrirse con<br />

recursos internos, la Organización fomentará la participación de su<br />

personal, si no se cuenta con el recurso interno, podrá contar con<br />

candidatos externos que ingresen al proceso.<br />

La selección de parientes de los colaboradores de la Organización está<br />

sujeta en forma directa a la normativa de Nepotismo.<br />

El requerimiento de creación de puestos o aumento de número de<br />

personas en un puesto ya definido, planteado por una unidad<br />

específica, está sujeto a aprobación <strong>del</strong> área de Recursos Humanos y<br />

posterior aprobación de Presidencia Ejecutiva.<br />

Para los casos de reemplazo de un puesto vacante y contratación de<br />

posiciones eventuales la aprobación la realiza la Presidencia Ejecutiva,<br />

en base a la planificación anual de recursos generada por cada área.<br />

Las fases en las cuales interviene la LÍNEA DE SUPERVISIÓN son:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Reclutamiento: LÍNEA DE SUPERVISIÓN debe generar el requerimiento<br />

de personal en el formato definido para tal efecto, de darse la<br />

creación de un nuevo puesto de trabajo la LÍNEA DE SUPERVISIÓN<br />

debe generar apoyado por Recursos Humanos el descriptivo <strong>del</strong><br />

puesto de trabajo y definición <strong>del</strong> perfil <strong>del</strong> cargo (Duro y de<br />

Competencias). La Línea de Supervisión define si se genera un<br />

proceso interno o externo, Recursos Humanos lo asesora para la<br />

definición con base a su conocimiento sobre los recursos internos.<br />

Preselección (Evaluación de conocimientos técnicos), En caso de<br />

que la posición amerite evaluación técnica, la LÍNEA DE SUPERVISIÓN<br />

define el tipo de evaluación y su aplicación con el apoyo de<br />

Recursos Humanos<br />

Selección: Es responsabilidad <strong>del</strong> solicitante <strong>del</strong> recurso (Línea de<br />

Supervisión directa) realizar la entrevista <strong>final</strong> a los candidatos de la<br />

terna <strong>final</strong>ista, para dicha entrevista el solicitante utiliza el Formulario<br />

"Evaluación Entrevista Final", el responsable comunica a Recursos<br />

Humanos su decisión y nombre <strong>del</strong> candidato a ser contratado con<br />

su argumentación.<br />

Contratación: Es responsabilidad de la LÍNEA DE SUPERVISIÓN el<br />

notificar a las áreas de Administración, Tecnología, Riesgo<br />

(Seguridad de Sistemas), sobre el ingreso y requerimiento de<br />

habilitantes de una persona nueva en su equipo de trabajo.


Recursos Humanos será responsable de obtener toda la<br />

documentación de la persona contratada misma que deberá<br />

constar en su carpeta personal, para lo cual la Línea de Supervisión<br />

deberá tener claro que si la persona contratada no ha entregado<br />

toda la documentación no podrá ingresar.<br />

Incorporación: Este proceso incluye la Inducción General a la<br />

Organización cuya responsabilidad es <strong>del</strong> área de Recursos<br />

Humanos, la misma se realizará antes de entregar el nuevo<br />

Colaborador a la Línea de Supervisión y la Inducción al puesto de<br />

trabajo que es responsabilidad de la LÍNEA DE SUPERVISIÓN apoyada<br />

por Recursos Humanos, para lo cual Recursos Humanos, solicitará a<br />

la Línea de Supervisión inmediata la definición de la agenda que el<br />

nuevo Colaborador requiere para su Inducción y los responsables de<br />

su área para realizarlo (políticas, procedimientos, funciones,<br />

indicadores, áreas con quien interactúa), así como el detalle <strong>del</strong><br />

entrenamiento en el puesto de trabajo, <strong>final</strong>mente Recursos<br />

Humanos generará una evaluación formal con el nuevo<br />

Colaborador para garantizar que el proceso cubrió lo requerido.<br />

Una vez concluido éste proceso la LÍNEA DE SUPERVISIÓN deberá<br />

entregar al nuevo Colaborador:<br />

CAPACITACIÓN<br />

o <strong>Manual</strong>es de procesos y política <strong>del</strong> área<br />

o <strong>Manual</strong> de funciones<br />

o Objetivos definidos e ingresados en el ETWEB (Explicación clara<br />

de las expectativas de la Organización en lo que respecta a su<br />

nivel de rendimiento en el trabajo y <strong>del</strong> sistema de Evaluación<br />

<strong>del</strong> Desempeño al que estará sujeto)<br />

Formato de evaluación <strong>del</strong> período de prueba con los<br />

objetivos para el mismo: Durante los 90 primeros días <strong>del</strong><br />

contrato el Colaborador debe estar sujeto a un proceso de<br />

evaluación de su adaptabilidad y cumplimiento de objetivos<br />

<strong>del</strong> puesto y /o inducción, mismo que se encuentran<br />

amparados por la ley y que permite a la Organización<br />

observar y definir el nivel de adaptación <strong>del</strong> recurso o no, para<br />

este proceso Recursos Humanos habilitará en el ETWEB un plan<br />

de evaluación trimestral y hará seguimiento <strong>del</strong> cumplimiento<br />

<strong>del</strong> mismo.<br />

Recursos Humanos será el encargado de la planificación,<br />

organización y coordinación de todo evento relacionado a<br />

capacitación, será responsable de difundir la información a las


diferentes áreas sobre los eventos considerados dentro de la<br />

planificación anual, la LÍNEA DE SUPERVISIÓN es la responsable de<br />

definir las personas para su participación en los cursos, en el caso se<br />

realizarse entrenamiento interno por parte de las áreas, éstos eventos<br />

deben ser notificados por parte de la LÍNEA DE SUPERVISIÓN a<br />

Recursos Humanos para el respectivo registro de las acciones de<br />

capacitación.<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

La administración <strong>del</strong> presupuesto de capacitación y aprobación<br />

será responsabilidad de la Gerencia Nacional de Recursos Humanos<br />

luego de la aprobación de Presidencia Ejecutiva <strong>del</strong> presupuesto<br />

anual y dentro de los montos establecidos.<br />

La Organización financiará los cursos de capacitación que se<br />

requieran, dentro o fuera <strong>del</strong> país, siempre y cuando cumplan con el<br />

Plan de Capacitación presentado a la Gerencia de Recursos<br />

Humanos y aprobado por la Presidencia Ejecutiva, elaborado a<br />

partir <strong>del</strong> diagnóstico de necesidades de capacitación de todas las<br />

áreas de la Organización.<br />

La Gerencia de Recursos Humanos podrá condicionar a los<br />

Colaboradores el pago de eventos de formación de acuerdo al<br />

nivel de rendimiento alcanzado y al cumplimiento de la asistencia<br />

mínima requerida en la normativa de capacitación.<br />

Las Gerencias <strong>del</strong> Área y Recursos Humanos, deberán tener<br />

participación en los procesos de capacitación para definir los temas<br />

a desarrollar, metodología, evaluación, así como deberán definir los<br />

objetivos y contenidos de cada uno de los cursos.<br />

GESTIÓN DEL DESEMPEÑO<br />

<br />

<br />

Es responsabilidad de las Gerencias la definición de los objetivos<br />

anuales de sus áreas, con base a los objetivos organizacionales que<br />

presente el área de Planeación y Finanzas y en la herramienta<br />

definida para dicho efecto.<br />

Es responsabilidad de las Líneas de Supervisión determinar junto a<br />

cada Colaborador, los objetivos que debe cumplir durante el<br />

período, éstos objetivos deben ser registrados en la herramienta<br />

ETWEB al inicio de cada año y cada vez que un Colaborador nuevo<br />

se incorpore, la Línea de Supervisión deberá ponderar el peso de


cada objetivo y dejar claramente establecido lo que se espera de<br />

los recursos.<br />

<br />

<br />

Como mínimo dos veces al año, se debe realizar el proceso de<br />

apreciación <strong>del</strong> desempeño, en donde la Línea de Supervisión debe<br />

realizar el proceso de calificación en conjunto con su Colaborador y<br />

retroalimentar al Colaborador sobre su desempeño (lo cual no<br />

impide que se den procesos continuos de apreciación y<br />

retroalimentación), y dejar establecido los planes de mejora <strong>del</strong><br />

Colaborador.<br />

Es responsabilidad de la Línea de Supervisión acompañar al<br />

Colaborador durante su proceso de desarrollo y de mejoramiento<br />

<strong>del</strong> desempeño, ya que este proceso, implica compromiso de<br />

ambas partes, esto busca que la LÍNEA DE SUPERVISIÓN acompañe<br />

durante todo el año a sus recursos en un proceso de gestión diaria<br />

<strong>del</strong> desempeño.<br />

*ANEXOS: GUIA DE USO ETEWEB PARA PROCESO GESTIÓN DE DESEMPEÑO<br />

ENGAGEMENT<br />

<br />

<br />

Recursos Humanos, con la periodicidad que demande, desarrolla un<br />

proceso de levantamiento de información sobre el nivel de<br />

compromiso de los Colaboradores y divulga los resultados a las<br />

Gerencias, proceso que debe ser realizado en cascada por parte de<br />

de la LÍNEA DE SUPERVISIÓN para cubrir a todos los Colaboradores.<br />

Cada Línea de Supervisión es responsable de generar Planes de<br />

Acción que permitan mejorar los resultados y generar un mejor<br />

ambiente de trabajo, para esto debe estar soportado por Recursos<br />

Humanos.<br />

DESARROLLO DE CARRERA<br />

La Línea de Supervisión es responsable de guiar a sus Colaboradores<br />

en un proceso ordenado de crecimiento profesional dentro de la<br />

organización, sea este dentro de su área o fuera de ella.<br />

La LÍNEA DE SUPERVISIÓN es la que debe autorizar a un Colaborador<br />

para que pueda participar en los Anuncios de Posición Vacante que<br />

sean emitidos por parte de Recursos Humanos en su Programa de<br />

Oportunidades Internas, teniendo en cuenta que se busque un


crecimiento, que posea el perfil solicitado y que realmente será<br />

mejor para su desarrollo profesional.<br />

ADMINISTRACION SALARIAL<br />

La Administración Salarial está sujeta a las escalas salariales<br />

normativas definidas por parte de la Presidencia Ejecutiva, mismas<br />

que se fundamentan en estudios de Mercado.<br />

Los procesos de Administración Salarial se los realizará durante los<br />

meses de marzo y septiembre, siempre y cuando la Presidencia<br />

Ejecutiva apruebe el presupuesto para este proceso.<br />

Las Gerencias participan con Recursos Humanos en la asignación<br />

<strong>final</strong> de salarios con base a la política salarial y recomendación<br />

enviada por Recursos Humanos y aprobada por la Presidencia<br />

Ejecutiva.<br />

ESTRUCTURA<br />

<br />

<br />

Cada Gerencia de Área es responsable de justificar cualquier<br />

cambio en su estructura, solicitar la validación por parte de Recursos<br />

Humanos, y posteriormente presentará a la Presidencia Ejecutiva<br />

para su respectiva aprobación.<br />

Cada vez que exista un cambio dentro de la estructura de las áreas,<br />

la Línea de Supervisión es responsable de comunicar a Recursos<br />

Humanos, dicho movimiento para su respectivo registro y<br />

actualización de organigramas y cambio en la base de<br />

Colaboradores.<br />

COMUNICACION<br />

Recursos Humanos será responsable de la comunicación interna hacia<br />

Colaboradores en los diferentes canales diseñados.


REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO<br />

Las Líneas de Supervisión son responsables de cumplir y hacer que se<br />

cumplan las normas detalladas en el Reglamento Interno, Código de Ética<br />

y demás normativas, políticas y manuales de procedimientos dentro de<br />

cada una de las Áreas de la Organización.<br />

El Reglamento Interno determina los derechos y deberes que cada uno de<br />

los Colaboradores tenemos para con la Organización basándose en lo<br />

determinado en el Código de Trabajo y demás normativas.<br />

Dentro <strong>del</strong> Reglamento Interno las normas disciplinarias a tomarse en<br />

cuenta entre otras son:<br />

JORNADA DE TRABAJO<br />

La jornada ordinaria de trabajo se realizará de lunes a viernes, la jornada<br />

máxima será de ocho horas diarias y cuarenta horas semanales.<br />

Los horarios se fijarán de conformidad con las características propias <strong>del</strong><br />

servicio, pudiendo fijarse horarios especiales, así como establecer turnos de<br />

trabajo para atender los requerimientos de los clientes o cambios de<br />

organización, procedimientos, sistemas y comunicará <strong>del</strong> particular a los<br />

Colaboradores con la anticipación suficiente.<br />

Se podrá fijar jornadas diferentes en caso de contratos de jornadas<br />

parciales permanentes, personal que trabaja en subsuelos.<br />

El trabajo durante días de descanso forzoso se compensará con otro<br />

tiempo igual para el descanso conforme lo dispuesto por el <strong>del</strong> Art. 50 y por<br />

el Art. 51 <strong>del</strong> Código <strong>del</strong> Trabajo.<br />

Todos los Colaboradores contarán con treinta minutos para servirse sus<br />

alimentos en los lugares destinados para el efecto, los turnos serán<br />

organizados por las LÍNEA DE SUPERVISIÓN y notificados a Recursos<br />

Humanos, de tal manera que no se suspenda en ningún momento la<br />

atención al cliente externo e interno y los procesos de la organización.<br />

Los Colaboradores que se encuentren estudiando, podrán acogerse a un<br />

horario especial con la obligación de completar la jornada ordinaria de<br />

trabajo, previa presentación de los certificados de estudios y autorización<br />

de su LÍNEA DE SUPERVISIÓN, Recursos Humanos deberá tener<br />

conocimiento <strong>del</strong> tema.<br />

REGISTRO DE ASISTENCIA


Todos los Colaboradores están en la obligación de registrar su entrada y<br />

salida <strong>del</strong> trabajo utilizando para ello los instrumentos tecnológicos o<br />

materiales dispuestos para el efecto, las LÍNEA DE SUPERVISIÓN deben<br />

revisar que esto se cumpla de forma adecuada.<br />

HORAS SUPLEMENTARIAS Y EXTRAORDINARIAS<br />

Se considerarán como suplementarias o extraordinarias las horas que<br />

excedan de las jornadas fijadas en el Reglamento Interno y se pagarán de<br />

conformidad con la ley, siguiendo el procedimiento fijado para el efecto<br />

en la respectiva normativa interna.<br />

El trabajo en horas suplementarias o extraordinarias será previamente<br />

autorizado por las Líneas de Supervisión por escrito o a través de cualquier<br />

otro medio, siendo tal autorización el respaldo para el pago de las mismas<br />

de acuerdo a la normativa establecida.<br />

No se considerarán como suplementarias ni extraordinarias las horas<br />

asignadas para compensar días festivos, puentes vacacionales dispuestos<br />

por autoridad competente, compensación de jornadas por permisos,<br />

errores, negligencia o postergación de labores.<br />

El Colaborador se obliga a laborar en horas suplementarias o<br />

extraordinarias para el caso de formulación de balances, reportes o<br />

informes, para atender retrasos en el trabajo no imputables al<br />

Colaborador, emergencia, caso fortuito o fuerza mayor, previa notificación<br />

<strong>del</strong> Empleador a través de cualquier medio.<br />

No se reconocerán ni pagarán como horas suplementarias o<br />

extraordinarias, las que cumplieren los Colaboradores considerados como<br />

de confianza en los términos fijados por el Código <strong>del</strong> Trabajo.<br />

ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD<br />

La responsabilidad sobre el cumplimiento de las jornadas de trabajo, así<br />

como la revisión de los niveles de asistencia y puntualidad de los recursos<br />

en el día a día recae en las Líneas de Supervisión. Las líneas de supervisión<br />

deberán informar a Recursos Humanos lo relacionado a la asistencia,<br />

ausencias y puntualidad de los Colaboradores de sus equipos de trabajo.<br />

VACACIONES


Todos los Colaboradores tendrán derecho a quince días de vacaciones<br />

anuales y gozarán de este derecho irrenunciable. Los que hubieren<br />

prestado servicios por más de cinco años, tendrán derecho a los días de<br />

vacación adicionales fijados en el Código <strong>del</strong> Trabajo, los cuales no<br />

excederán de quince. Tales días adicionales podrán ser compensados en<br />

dinero, a discreción <strong>del</strong> Empleador.<br />

Al inicio de cada año, los Colaboradores deberán notificar sus<br />

expectativas respecto de las fechas en que harán uso de sus vacaciones,<br />

de modo que cada área pueda organizarlas y notificar a Recursos<br />

Humanos al respecto. Cada Gerente será el encargado de decidir sobre<br />

su planificación y ejecución de modo que no se disminuya la eficiencia ni<br />

la calidad <strong>del</strong> servicio, pudiendo incluso modificarla de lo cual notificará al<br />

Colaborador. El cronograma de vacaciones fijado es enviado en la<br />

planeación anual de Recursos Humanos<br />

Una vez fijadas las vacaciones de un Colaborador, su Línea de Supervisión<br />

las autorizará y notificará <strong>del</strong> particular a Recursos Humanos, utilizando las<br />

herramientas dispuestas para el efecto para que se planifique el reemplazo<br />

<strong>del</strong> Colaborador, si en razón de sus funciones aquello fuere necesario. En<br />

ningún caso se admitirá que sea el Colaborador quien decida su<br />

reemplazo.<br />

Cuando se trate de labores técnicas, de confianza o de aquellas que<br />

presenten dificultades para reemplazar al Colaborador, el Empleador<br />

podrá disponer que las vacaciones de éste se acumulen para que sean<br />

gozadas en el año siguiente.<br />

Las vacaciones deberán registrarse de acuerdo al Art.16 <strong>del</strong> Reglamento<br />

Interno y se registrarán a través de la herramienta diseñada para el efecto<br />

(ETWEB)<br />

AUSENCIAS EN GENERAL<br />

Para los casos de ausencia por enfermedad, ésta deberá ser reportada de<br />

inmediato por el Colaborador a su Línea de Supervisión y presentar el<br />

certificado médico respectivo, de modo que pueda ser verificado por el<br />

médico de la Organización, el mismo que deberá validarlo cuando la<br />

ausencia sea inferior a tres días. Si supera este lapso, los únicos<br />

documentos justificativos serán los certificados médicos extendidos por el<br />

IESS y avalados por el médico de la Organización. Aquellos deberán ser<br />

entregados a la Línea de Supervisión correspondiente, con mención clara<br />

de la enfermedad o dolencia que aqueja al Colaborador, con indicación


<strong>del</strong> tiempo destinado a su reposo y <strong>del</strong> tiempo que llevará su<br />

recuperación, si fuese el caso.<br />

Las Líneas de Supervisión deberán reportar y notificar a Recursos Humanos<br />

respecto de todas las ausencias que se produzcan sin perjuicio de su<br />

duración.<br />

Los permisos para ausentarse <strong>del</strong> trabajo por motivo de tratamiento<br />

médico, maternidad, intervenciones quirúrgicas, matrimonio, etc., se<br />

solicitarán con un mínimo de tres días de anticipación a la Línea de<br />

Supervisión respectiva, para que éste lo tramite ante la Gerencia de<br />

Recursos Humanos.<br />

En el caso de Colaboradores que tengan las claves necesarias para el<br />

funcionamiento <strong>del</strong> negocio, los que manejen valores en razón de su<br />

trabajo, los que tengan acceso a las claves de las cajas de seguridad, a los<br />

códigos de autorización de computadores, a llaves de archiveros o<br />

muebles donde se guarden valores o documentos importantes, la<br />

comunicación de ausencia se hará por lo menos con cinco días de<br />

anticipación, de tal manera que no se dificulte el funcionamiento de la<br />

Organización, con excepción de los casos de enfermedad súbita cuya<br />

ausencia deberá ser reportada de inmediato.<br />

PERMISOS REMUNERADOS<br />

Los Colaboradores tendrán derecho a permiso remunerado de tres días<br />

consecutivos por fallecimiento de padre, madre, cónyuge, conviviente en<br />

unión de hecho legalmente declarada, hijos o de sus parientes dentro <strong>del</strong><br />

segundo grado de consanguinidad o afinidad, de acuerdo al Código<br />

Laboral Art.42 inciso 30.<br />

El descanso por maternidad, por paternidad y las horas asignadas a<br />

lactancia, se regularán por lo previsto en la Constitución y el Código <strong>del</strong><br />

Trabajo. El descanso por maternidad (84 días) y el horario de lactancia (2<br />

horas diarias hasta que el recién nacido cumpla 1 año) son irrenunciables y<br />

la Colaboradora no puede negarse a cumplirlos ni podrá postergarlos ni<br />

acumularlos, siendo obligación de las Líneas de Supervisión el verificar su<br />

cumplimiento.<br />

Para el caso de Paternidad, tiene derecho a licencia con remuneración<br />

por diez días por el nacimiento de su hija o hijo cuando el nacimiento sea<br />

por parto normal; en los casos de nacimientos múltiples o por cesárea se<br />

prolongará por cinco días más. En los casos de que la hija o hijo haya<br />

nacido prematuro o en condiciones de cuidado especial, se prolongará la


licencia por paternidad con remuneración, por ocho días más y cuando la<br />

hija o hijo haya nacido con una enfermedad, degenerativa, terminal o<br />

irreversible, o con un grado de discapacidad severa, el padre podrá tener<br />

una licencia con remuneración por veinte y cinco días, hecho que se<br />

justificará con la presentación de un certificado médico otorgado por un<br />

facultativo <strong>del</strong> IESS, y a falta de éste, por otro profesional.<br />

Los casos de calamidad doméstica como enfermedad de los integrantes<br />

de su núcleo familiar, accidentes o similares, que tengan el carácter de<br />

imprevistos, deberán reportarse de inmediato a la Línea de Supervisión<br />

respectiva, la cual procederá a notificar a Recursos Humanos para que<br />

califique la calamidad y se autorizará la ausencia remunerada previo visto<br />

bueno de la Gerencia Nacional de Recursos Humanos.<br />

Los permisos remunerados que se precisan en esta norma, no son<br />

trasladables ni acumulables.<br />

DEL TRASLADO DE COLABORADORES<br />

La Línea de Supervisión, sin disminuir la categoría ni la remuneración <strong>del</strong><br />

Colaborador, podrá asignarle diferentes tareas a las que venía<br />

desarrollando si aquello debe efectuarse en razón de capacitación,<br />

modificación de sistemas, automatización de procedimientos, migraciones<br />

tecnológicas, etc., sin que aquello pueda asimilarse ni al cambio de<br />

ocupación ni al despido intempestivo.<br />

REGIMEN DISCIPLINARIO<br />

Las Líneas de Supervisión podrán sancionar las acciones de sus<br />

Colaboradores de acuerdo tres tipos de faltas definidas en el reglamento<br />

interno y son:<br />

1) Preventivas: Las Faltas Preventivas tienen por objeto informar al<br />

Colaborador que la exteriorización de determinada conducta suya<br />

transgrede valores y/o costumbres de la Empresa, materializándose en una<br />

amonestación escrita.<br />

2) Moderadas: Las Faltas Moderadas, encuadradas en determinados<br />

numerales <strong>del</strong> art. 23 <strong>del</strong> Reglamento Interno; se sancionarán con una<br />

multa, misma que en ningún caso superará el 10% de la remuneración<br />

mensual que recibe el Colaborador.<br />

3) Graves: Las Faltas Graves resultan tan lesivas que permiten al empleador<br />

promover la acción de Visto Bueno directamente, sin miramientos; dicha


facultad deberá ser ejercida por el Representante Legal de la Empresa o<br />

su <strong>del</strong>egado.<br />

Un Colaborador no puede considerarse como “despedido” si es que<br />

aquello no le ha sido notificado formalmente por parte <strong>del</strong> Presidente<br />

Ejecutivo o el Gerente de Recursos Humanos. Las expresiones vertidas por<br />

la Línea de Supervisión o por otras personas no pueden ser consideradas<br />

como decisión unilateral <strong>del</strong> Empleador de despedir al trabajador en<br />

forma intempestiva.<br />

LA REINCIDENCIA, CONCURRENCIA Y ACUMULACIÓN DE INFRACCIONES<br />

Entiéndase por reincidencia el volver a cometer una misma infracción por<br />

la cual fue previamente sancionado; por concurrencia de infracciones el<br />

que se cometan varias infracciones simultáneamente o no, pero<br />

vinculadas con el mismo hecho; y, por acumulación de infracciones, el<br />

persistir en el cometimiento de diversas infracciones cuando antes el<br />

Colaborador ya recibió una o más sanciones.<br />

La Falta Preventiva tiene por <strong>final</strong>idad hacer que el Colaborador mejore su<br />

conducta y no vuelva a incurrir en la falta. Sin embargo, de reincidir en<br />

ella, se le aplicará la sanción de multa y, si a pesar de ello, reincidiere, se<br />

procederá con la acción de visto bueno.<br />

La concurrencia y la acumulación de infracciones darán lugar a la<br />

imposición de una multa o a la petición de visto bueno en contra <strong>del</strong><br />

Colaborador, atendiendo a la gravedad de cada una de las infracciones<br />

y considerando los efectos de aquellas en el clima laboral y en la<br />

Organización.<br />

Si un Colaborador cometiere más de tres faltas moderadas en el transcurso<br />

de 30 días se considerará como falta grave y se le sancionará con multa o<br />

se presentará la petición de visto bueno considerando el resultado que<br />

produce el cometimiento de las faltas leves.<br />

Si un Colaborador cometiere más de 5 faltas preventivas en un trimestre se<br />

considerará que ha cometido una falta grave y se procederá a solicitar el<br />

visto bueno.<br />

Las faltas graves darán lugar a que el Empleador formule en contra <strong>del</strong><br />

Colaborador la acción de visto bueno.<br />

Si la violación de cualquiera de las normas de este Reglamento por parte<br />

de los Colaboradores de la empresa, causare perjuicios de cualquier<br />

índole al Empleador o alarma en la sociedad, la empresa podrá solicitar de


inmediato el visto bueno en contra <strong>del</strong> infractor, sin perjuicio de incoar las<br />

acciones judiciales que correspondan.<br />

PERDIDA PARCIAL DE REMUNERACION<br />

Sin perjuicio de lo anterior, son causales para la pérdida de la parte<br />

proporcional de su remuneración las siguientes:<br />

a) La ausencia injustificada <strong>del</strong> Colaborador dará lugar a la pérdida de<br />

la parte proporcional de su remuneración de conformidad con el<br />

Art. 54 <strong>del</strong> Código <strong>del</strong> Trabajo;<br />

b) Si el Colaborador se retira antes de la conclusión de la jornada de<br />

trabajo sin previa autorización de su nivel de supervisión o de la<br />

Gerencia de Recursos Humanos, dará lugar a la pérdida de la parte<br />

proporcional de la remuneración que corresponda.<br />

REGISTRO Y NOTIFICACION<br />

Recursos Humanos llevará un registro en el expediente personal, de las<br />

sanciones impuestas a los Colaboradores por parte de las Líneas de<br />

Supervisión, realizadas de forma verbal y/o escrita, o por cualquier otro<br />

medio, que se encuentren soportadas en el presente reglamento.<br />

MECANISMOS DE RECLAMACION<br />

Todo Colaborador a quien se le hubiere impuesto una sanción podrá<br />

reclamar por ello si la considerare injusta, dirigiéndose a la Línea de<br />

Supervisión que esté por sobre quien le impuso la sanción, sintetizando su<br />

reclamo por escrito y adjuntando las pruebas que considere <strong>del</strong> caso, de<br />

haberlas. Cuando el Empleador dispusiere que se interponga una acción<br />

de visto bueno, la reclamación <strong>del</strong> Colaborador no interrumpirá su curso,<br />

aunque la sustanciación de la reclamación puede abocar al Empleador a<br />

desistir de su acción, si aquello se justificare.<br />

DESVINCULACIÓN<br />

Para los procesos de desvinculación, el personal está sujeto al<br />

cumplimiento <strong>del</strong> código laboral, el cual nos permite la desvinculación <strong>del</strong><br />

Colaborador por las siguientes causas.<br />

<br />

RENUNCIA VOLUNTARIA. La LÍNEA DE SUPERVISIÓN inmediata es<br />

responsable de informar a Recursos Humanos sobre la salida<br />

voluntaria de algún Colaborador, para lo cual debe enviar a


Recursos Humanos la carta de renuncia indicando la fecha hasta la<br />

cual trabajará.<br />

TERMINACIÓN DE CONTRATO EN PERÍODO DE PRUEBA, Para dar por<br />

terminada la relación laboral con un Colaborador durante su<br />

período de prueba (antes de que cumpla 90 días en la<br />

Organización), la LÍNEA DE SUPERVISIÓN deberá informar a Recursos<br />

Humanos, con anticipación a la fecha de terminación <strong>del</strong> período<br />

de prueba, su deseo de terminar la relación laboral, con lo cual<br />

Recursos Humanos iniciara el proceso para terminación <strong>del</strong> contrato<br />

DESPIDO, La Presidencia Ejecutiva y la Gerencia Nacional de<br />

Recursos Humanos, son los únicos autorizados a realizar despidos de<br />

personas en la organización, las Líneas de Supervisión no tienen<br />

atribución en este tema.<br />

VISTO BUENO, El visto bueno puede ser ejecutado por el<br />

incumplimiento <strong>del</strong> Colaborador de normas descritas en el código<br />

de trabajo, lo cual faculta al Empleador a aplicar el mismo:<br />

Para proceder con el Visto Bueno se debe tomar en consideración<br />

los siguientes aspectos:<br />

Que las causas estén amparadas en lo descrito en el código<br />

de trabajo art. 172.<br />

El Colaborador debe tener al memo tres memos con copia a<br />

la carpeta personal dentro un período de 30 días.<br />

La recepción <strong>del</strong> memo debe estar firmada por el<br />

Colaborador o se debe entregar frente a dos testigos o si lo<br />

hizo vía mail con los respectivos registros de recepción<br />

La LÍNEA DE SUPERVISIÓN debe elaborar los llamados de atención con<br />

copia a la carpeta <strong>del</strong> Colaborador tomando en cuenta siempre el<br />

Reglamento Interno, así como el Código de Trabajo para generar el texto,<br />

es importante que reciba la asesoría de Recursos Humanos antes de su<br />

envío.<br />

Artículo 172: Causas por las que el empleador puede dar por terminado el<br />

contrato. - El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo,<br />

previo VISTO BUENO, en los siguientes casos:<br />

1. Por faltas repetitivas e injustificadas de puntualidad o de asistencia al<br />

trabajo o por abandono de éste por un tiempo mayor a tres días<br />

consecutivos, sin causa justa y siempre que dichas causales se hayan<br />

producido dentro de un período mensual de labor"<br />

2. Por indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos<br />

legalmente aprobados"<br />

3. Por falta de probidad o por conducta inmoral <strong>del</strong> trabajador


4. Por injurias graves irrogadas al empleado, su cónyuge o conviviente<br />

en unión de hecho, ascendientes o descendientes, o a su<br />

representante<br />

5. Por ineptitud manifiesta <strong>del</strong> trabajador respecto de la ocupación o<br />

labor para la cual se comprometió<br />

6. Por denuncia injustificada contra el empleador respecto de sus<br />

obligaciones en el Seguro Social. Mas, si fuere justificada la<br />

denuncia, quedará asegurada la estabilidad <strong>del</strong> trabajador, por dos<br />

años, en trabajos permanentes; y<br />

7. Por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene<br />

exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad<br />

competente; o por contrariar, sin debida justificación, las<br />

prescripciones y dictámenes médicos.<br />

De acuerdo al código de trabajo Art. 153 "No se podrá dar por terminado<br />

el contrato de trabajo por causa de embarazo de la mujer trabajadora,"<br />

PROCESO DE ACEPTACION DE RENUNCIA<br />

La Línea de Supervisión debe observar los siguientes puntos:<br />

El Colaborador que ha tomado la decisión de separarse de la<br />

Organización deberá dirigir su renuncia por escrito a su Línea de<br />

Supervisión directa, y “Deberá permanecer en la Institución el tiempo<br />

mínimo de 15 días calendario a partir de la fecha en que la presente.<br />

El Colaborador debe realizar un informe de la entrega de puesto,<br />

archivos, trabajo y otros temas que se le haya asignado, es<br />

responsabilidad de la LÍNEA DE SUPERVISIÓN recibir de forma<br />

adecuada o <strong>del</strong>egar la recepción a otro Colaborador y verificar que<br />

la misma se la haya realizado<br />

Deberá entregar el momento de su separación en Recursos<br />

Humanos lo siguiente:<br />

o Tarjeta de identificación<br />

o Uniformes completos (para el caso de personal femenino y<br />

servicios generales).<br />

o Copia de acta de entrega recepción de Activos Fijos.<br />

o Copia <strong>del</strong> documento de Check List de salida.<br />

o Firmar, si la posición lo requiere, el acuerdo de<br />

confidencialidad <strong>del</strong> caso.<br />

Una vez entregado los elementos mencionados se podrá dar por<br />

terminado el proceso para poder realizar la liquidación de haberes.<br />

HORAS EXTRAS


La Línea de Supervisión debe reportar en los formatos establecidos máximo<br />

hasta el 10 de cada mes el detalle de horas extras de sus supervisados en<br />

medio magnético y enviarlo a las personas encargadas en Recursos<br />

Humanos.<br />

Conceptos importantes:<br />

Recargo Nocturno: la jornada nocturna, se entiende la que se realiza<br />

entre las 19H00 y las 06H00 <strong>del</strong> día siguiente, podrá tener la misma<br />

duración y dará derecho a igual remuneración que la diurna,<br />

aumentada en un 25 %.<br />

Horas extras <strong>del</strong> 50%, es aquella realizada luego de su horario de<br />

trabajo hasta las 24Horas, de lunes a viernes.<br />

Horas extras <strong>del</strong> 100%, es aquella realizada en sábados, domingos o<br />

días feriados, o de lunes a viernes en el horario de 24H00 hasta las<br />

06H00<br />

De acuerdo a la normativa interna se puede recordar:<br />

<br />

<br />

Ningún Colaborador podrá generar más de 20 horas mensuales por<br />

concepto de horas extras.<br />

De acuerdo a la tipología de contratos, sólo el personal fijo, personal<br />

con contrato eventual, y parciales permanentes pueden acceder a<br />

este derecho, no lo pueden hacer el personal que se encuentre<br />

realizando prácticas estudiantiles, profesionales o pasantías con un<br />

convenio.<br />

Las Líneas de Supervisión de la Organización son las responsables por velar<br />

que el uso de Horas Extras sea el adecuado, si se las requiere utilizar de<br />

forma continua, se les recomienda realizar procesos de análisis para<br />

entender las razones por las cuales se dan y buscar alternativas como<br />

revisar sus procesos, el número de recursos asignados y la justificación<br />

técnica <strong>del</strong> mismo, como aplicación de horarios escalonados u otras<br />

alternativas, éstas soluciones son responsabilidad de las Líneas de<br />

Supervisión por su conocimiento de los procesos y funciones <strong>del</strong> equipo y<br />

luego será comunicado a Recursos Humanos sobre este particular.”<br />

PAGO DE COMISIONES<br />

La Línea de Supervisión es la responsable de enviar en los formatos<br />

definidos hacia Recursos Humanos la aprobación para pago de<br />

comisiones, remuneración variable u otros elementos aprobados en<br />

normas de la organización, hasta el 10 de cada mes.


Existe normativa específica para las posiciones que tienen definido este<br />

esquema, el área de Recursos Humanos solamente procederá con los<br />

pagos cuando la misma tiene las aprobaciones de Presidencia.<br />

NEPOTISMO<br />

El empleador se reserva el derecho exclusivo de contratar nuevos<br />

Colaboradores a su servicio. Declara además que aplicará normativas<br />

internas, así como las normas emitidas por la Superintendencia de Bancos y<br />

Seguros sobre esta materia, con la <strong>final</strong>idad de evitar conflictos de<br />

intereses. Para el efecto, los Colaboradores deberán llenar y suscribir el<br />

respectivo formulario de Declaración de Nepotismo en el cual se declara<br />

CONYUGE y:<br />

PARIENTES POR CONSANGUINIDAD<br />

PARIENTES POR AFINIDAD<br />

Primer Grado: Padres, Hijos<br />

Segundo Grado: Abuelos,<br />

Nietos<br />

Tercer Grado: Hermanos<br />

Cuarto Grado: Sobrinos y<br />

Primos Hermanos<br />

<br />

<br />

Primer Grado: Suegros y Yernos<br />

Segundo Grado: Cuñados


TARJETAS DE CREDITO<br />

El Colaborador que desee aplicar para una tarjeta de crédito de las<br />

marcas que maneja la Organización, deberá remitir su solicitud de tarjeta a<br />

Recursos Humanos, llenando dicha solicitud en forma completa a<br />

excepción <strong>del</strong> rubro de salario, y anexando los documentos requeridos de<br />

acuerdo al perfil establecido para cada tarjeta, solamente aquellas<br />

solicitudes que cumplan con dicho perfil serán enviadas a Crédito para el<br />

trámite respectivo, con conocimiento por parte de su Línea de Supervisión.<br />

ANTICIPO DE GASTOS DE VIAJE<br />

Si el Colaborador debe viajar fuera de la ciudad por sus labores podrá<br />

solicitar el pago de anticipo de Gastos de Viaje a través de correo<br />

electrónico, el valor diario de viáticos es de $ 25, será aprobado por la<br />

Línea de Supervisión, adicionalmente debe coordinar con Recursos<br />

Humanos de requerirse hospedaje.<br />

Para solicitar boletos de avión el Colaborador debe solicitar el mismo vía<br />

mail a la Agencia de viajes autorizada por la Empresa, con autorización de<br />

su Línea de Supervisión y con copia a Recursos Humanos utilizando el<br />

formato publicado en la intranet para el efecto.<br />

El anticipo de gastos de viaje será liquidado máximo en un plazo de 24<br />

horas luego de su retorno, si no se lo realiza con la aprobación de las LÍNEA<br />

DE SUPERVISIÓN el monto será descontado <strong>del</strong> pago mensual al<br />

Colaborador.<br />

Para la liquidación de gastos de viaje se llenará el formulario de reembolso<br />

de gastos de viaje, con soportes de facturas, con el visto bueno de su Línea<br />

de Supervisión. El formulario se encuentra en la Intranet de Recursos<br />

Humanos junto con la normativa vigente.<br />

Para el caso de viajes al exterior éstos serán autorizados únicamente por<br />

Presidencia.<br />

CONDUCTAS INUSUALES<br />

Las líneas de supervisión serán responsables de informar a la Gerencia de<br />

Recursos Humanos conductas inusuales de los miembros de su equipo de<br />

trabajo (adquisición de patrimonio no acorde a su ingreso, negación a salir<br />

de vacaciones, comportamientos fuera de lo normal) con el objetivo de<br />

que Recursos Humanos pueda validar dicha información y de ser el caso


eportar al comité de cumplimiento acorde a lo indicado en la Política<br />

Conozca a su Colaborador.<br />

TARJETAS DE ACCESO<br />

La Organización al ingreso <strong>del</strong> Colaborador asigna una tarjeta de acceso<br />

con los siguientes datos: nombre, cargo, código de Colaborador, cédula,<br />

tipo de sangre, ciudad. El Colaborador debe revisar que sus datos sean<br />

correctos, caso contrario comunicar a RRHH.<br />

La tarjeta de acceso se encuentra programada de acuerdo al cargo y<br />

necesidad de accesos por Seguridad Física. La tarjeta de acceso es de uso<br />

personal y es responsabilidad <strong>del</strong> Colaborador usar de manera visible con<br />

la cinta colgante entregada y cuidar de la misma. Es responsabilidad de la<br />

LINEA DE SUPERVISION el cumplimiento <strong>del</strong> uso de la tarjeta.<br />

CODIGO DE ETICA<br />

La Organización ha definido un marco formal que oriente a nuestros<br />

Colaboradores en un compromiso de ética en los distintos ámbitos de<br />

nuestras relaciones con los diferentes grupos de interés como son: nuestros<br />

Colaboradores, nuestros Socios, nuestros establecimientos afiliados,<br />

nuestras alianzas estrategias, el Estado con sus organismos reguladores, las<br />

comunidades, el medio ambiente, la opinión publica y nuestro entorno en<br />

general. Para ello ha creado el Código de Ética cuya lectura y aplicación<br />

es obligación de todos los Colaboradores de la Organización y las líneas<br />

de supervisión deberán velar por su cumplimiento e informar a Recursos en<br />

caso de incumplimiento.<br />

Las líneas de supervisión tienen la obligación de reportar conductas que no<br />

estén en concordancia con lo definido en el código de ética.<br />

SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL<br />

1. Comités Paritarios de SSO<br />

Los Comités Paritarios de SSO son representantes <strong>del</strong> empleador y de los<br />

Colaboradores que ayudan a la prevención de riesgos laborales<br />

Como Línea de Supervisión debe conocer quién forma parte <strong>del</strong> Comité y<br />

permitir que asista a reuniones o actividades que fortalezcan la prevención<br />

laboral<br />

2. Grupos Vulnerables:


Las Líneas de Supervisión deben considerar las restricciones de trabajo que<br />

existe en grupos vulnerables y seguir las prescripciones médicas para un<br />

desempeño constante o mejor a largo plazo:<br />

Personas con discapacidad: Los Colaboradores con capacidades<br />

especiales deben seguir tratamientos y revisar permanentemente<br />

que sus funciones son acorde a las capacidades que tiene sin<br />

ninguna discriminación.<br />

Mujeres embarazadas: Las Colaboradores embarazadas deben en lo<br />

posible evitar las horas extras y trabajos de fines de semana.<br />

Adicional se debe respetar el periodo de lactancia.<br />

Enfermedades temporales o parciales: Colaboradores que tuvieron<br />

accidentes o enfermedades generales que implican un tratamiento<br />

específico para el restablecimiento de su salud, en este proceso en<br />

algunos casos incluye la restricción de actividades u horarios que<br />

establece el Médico Ocupacional de la Organización.<br />

3. Reporte de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales<br />

La Organización como parte <strong>del</strong> cuidado de la Salud <strong>del</strong> Colaborador<br />

debe mantener un control de accidentes de trabajo y enfermedades<br />

ocupacionales para dar seguimiento <strong>del</strong> Colaborador hasta que se<br />

recupere y se pueda reintegrar a sus funciones, por lo cual es importante su<br />

reporte inmediato a SSO:<br />

Accidente de trabajo: Es todo aquel suceso imprevisto en el trabajo<br />

que ocasiona daño en el Colaborador produciendo al menos un día<br />

de ausentismo. Cuenta también como accidente los que se<br />

producen durante el trayecto entre el trabajo y la casa <strong>del</strong><br />

Colaborador o su primer traslado.<br />

Enfermedad Ocupacional: Dolencia crónica originada por el trabajo<br />

que crea un malestar a largo plazo.<br />

En ambos casos, la LS es responsable en el reporte, investigación, medidas<br />

de control para evitar la repetición <strong>del</strong> evento y el seguimiento <strong>del</strong><br />

tratamiento <strong>del</strong> Colaborador.<br />

4. Exámenes médicos ocupacionales:<br />

La Organización preocupada por el estado de Salud de sus Colaboradores<br />

mantiene un control desde que ingresan hasta que salen de la<br />

Organización, por lo cual se realizan:<br />

Exámenes de ingreso


Exámenes Periódicos<br />

Exámenes Especiales<br />

Exámenes de Retiro<br />

Las Líneas de Supervisión deben dar seguimiento a que los Colaboradores<br />

se realicen estos exámenes en los tiempos establecidos para conocer su<br />

estado de salud y si existe algún problema médico dar tratamiento<br />

oportuno.<br />

5. Campañas de Prevención<br />

La Organización desarrolla campañas de prevención a partir de los riesgos<br />

identificados en los puestos de trabajo y <strong>del</strong> ausentismo de los últimos<br />

meses, para lo cual se realiza el envío de correos, charlas, vacunación,<br />

exámenes, entre otros.<br />

Las Líneas de Supervisión deben apoyar estas campañas en el desarrollo<br />

de estas campañas para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades<br />

ocupacionales, logrando de esta manera disminuir el ausentismo.<br />

6. Simulacros<br />

La Organización realiza anualmente al menos un simulacro de emergencia<br />

donde los Colaboradores practican cómo actuar en caso de una<br />

emergencia (sismo, erupción volcánica, incendio, entre otras emergencias<br />

que se puedan originar)<br />

Como LS debe conocer el Plan de Emergencia <strong>del</strong> Edificio y quiénes son<br />

brigadistas y Líderes de Piso para que guíen a los Colaboradores y visitas en<br />

caso de una emergencia real o un simulacro. Posterior a una emergencia<br />

real o un simulacro es importante que reporte las fortalezas o debilidades<br />

que puedan existir después de una emergencia o simulacro.<br />

7. Normas básicas de Seguridad<br />

Las Líneas de Supervisión deben cumplir y controlar que los Colaboradores<br />

cumplan las siguientes normas:<br />

Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los<br />

programas de Seguridad y Salud Ocupacional que se desarrollen.<br />

Usar adecuadamente los equipos y materiales de trabajo<br />

entregados para desarrollar sus actividades laborales.<br />

No operar o manipular sistemas, equipos, herramientas u otros<br />

elementos para los cuales no hayan sido autorizados, incluye<br />

activación de sistemas contra incendio cuando no exista<br />

emergencias.


Informar sobre cualquier situación de trabajo que pueda poner en<br />

peligro la vida o la salud de los Colaboradores.<br />

Cooperar y participar en el proceso de investigación de los<br />

accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales cuando la<br />

autoridad competente o el área de Seguridad y Salud Ocupacional<br />

con información que ayude al esclarecimiento de las causas que los<br />

originaron.<br />

No estar bajo el efecto de bebidas alcohólicas o sustancias<br />

psicotrópicas<br />

Mantener su puesto de trabajo limpio y ordenado, incluye que los<br />

cables de computadoras y red se encuentren en las canaletas y no<br />

se encuentren colgados.<br />

Someterse a los exámenes médicos establecidos, los que estén<br />

obligados por norma expresa, así como a los procesos de<br />

rehabilitación integral.<br />

Participar en los organismos paritarios, en los programas de<br />

capacitación (brigadas de emergencia, prevención de riesgos,<br />

entre otros)<br />

Participar de simulacros de manera seria y ordenada, siguiendo los<br />

protocolos establecidos por la Organización.<br />

Usar correctamente los equipos de protección personal y colectiva<br />

proporcionados por la Organización y cuidar de su conservación.<br />

Cuidar de su higiene personal para prevenir al contagio de<br />

enfermedades.<br />

Respetar la señalética instalada temporal o permanentemente<br />

dentro de las instalaciones de la Organización.<br />

No obstaculizar las rutas de evacuación con equipos y otros pues en<br />

caso de emergencia no se pueden transitar para la evacuación.<br />

BENEFICIOS DE LA ORGANIZACIÓN<br />

APORTE PERSONAL AL IESS<br />

La Organización asume el valor <strong>del</strong> 11.35% correspondiente al aporte<br />

personal al IESS.


SUBSIDIO DE ANTIGÜEDAD<br />

Se otorga a los Colaboradores un ingreso adicional por cada año de<br />

servicio. Este beneficio se empieza a recibir desde el cumplimiento <strong>del</strong><br />

primer año de labores de manera mensual acorde a la normativa vigente.<br />

SEGURO MEDICO<br />

La Organización ofrece un Plan de Seguro Médico con costos muy<br />

competitivos en relación a planes similares <strong>del</strong> mercado.<br />

SERVICIO MEDICO<br />

La Organización tiene a disposición de los Colaboradores de un Servicio<br />

Médico que atiende en Quito y en Guayaquil en los siguientes horarios:<br />

Quito: De 8:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 4:00 pm, validación de<br />

certificados de 3:30 pm a 4:00 pm.<br />

Guayaquil: De 8:30 am a 12:30 pm.<br />

Cada Colaborador es responsable de realizarse el tratamiento<br />

determinado por el Doctor, para lo cual la LS debe ser apoyo para prevenir<br />

la repetición de ausentismo respetando los días de reposo y dar<br />

seguimiento al tratamiento dado.<br />

Anualmente la Organización invierte en exámenes ocupacionales para ver<br />

el estado de salud de los Colaboradores, para lo cual previamente se<br />

hace una planificación con las LS para establecer las fechas en que los<br />

Colaboradores deben realizarse los exámenes.<br />

SEGURO DE VIDA<br />

Los Colaboradores poseen un seguro de vida que la organización cubre en<br />

un 100%.<br />

UNIFORMES<br />

La Línea de Supervisión debe velar por el cumplimiento de las normas<br />

establecidas para uso de uniformes que consta en la Intranet de Recursos<br />

Humanos, así como lo establecido en el Reglamento Interno. Se debe<br />

tomar en cuenta las siguientes consideraciones:


Es obligatorio la utilización <strong>del</strong> uniforme para todo el personal<br />

femenino a nivel nacional, excepto para quienes desempeñan<br />

cargos a nivel Gerencial.<br />

Es obligatorio el uso <strong>del</strong> uniforme para el personal de servicios<br />

generales que realicen funciones de mensajería<br />

Recursos Humanos establecerá el calendario para la utilización <strong>del</strong><br />

uniforme.<br />

Es responsabilidad de cada Colaborador el cuidado <strong>del</strong> uniforme y<br />

su uso en forma apropiada y correcta, de acuerdo al instructivo de<br />

uso y mantenimiento <strong>del</strong> uniforme que se encontrará en la Intranet<br />

de Recursos Humanos.<br />

Es responsabilidad de los Colaboradores mantener el uniforme limpio<br />

y en buen estado.<br />

SERVICIO DE CAFETERIA<br />

La Línea de Supervisión debe definir los horarios para que su personal<br />

pueda asistir a la cafetería, buscando que las áreas no queden solas en<br />

ningún momento, y podrán tener acceso a este beneficio de acuerdo a la<br />

normativa vigente.<br />

PLAN CELULAR FAMILIAR<br />

La Organización tiene convenios con firmas de telefonía celular para que<br />

los Colaboradores y sus familiares puedan acceder a planes definidos.<br />

ANTICIPOS DE SUELDO<br />

El Colaborador puede solicitar anticipos de su salario vía intranet, el monto<br />

no podrá exceder <strong>del</strong> 75% de su neto <strong>del</strong> mes anterior. Puede efectuar<br />

hasta 4 anticipos en el año, si se requiere un 5to anticipo, la Línea de<br />

Supervisión debe solicitar a la Gerencia de Recursos Humanos la<br />

aprobación <strong>del</strong> mismo con las justificaciones <strong>del</strong> caso.<br />

PRESTAMOS<br />

La Organización otorga un beneficio de créditos al Colaborador con una<br />

tasa inferior a lo que se encuentra en el mercado, todo Colaborador no<br />

vinculado y que cumpla con lo establecido en dicha política puede<br />

acceder al crédito con el visto bueno de su Línea de Supervisión y<br />

Gerencia de Área.<br />

La Línea de Supervisión al recomendar el crédito debe validar que la<br />

política se cumpla y que el desempeño <strong>del</strong> Colaborador este dentro de lo<br />

establecido para optar por el beneficio.


PARQUEADEROS<br />

La Organización otorga el beneficio de parqueaderos (en la ciudad de<br />

Quito) según la disponibilidad de espacios existentes, dando prioridad a<br />

Colaboradores cuyas funciones o cargos así lo requieran. Por este<br />

beneficio el Colaborador paga un valor que se descuenta de nómina.<br />

En caso que los Colaboradores cuyas jornadas de trabajo son extensas,<br />

estos pueden acceder a los parqueaderos de Diners a partir de las 18:00 y<br />

en fines de semana con la autorización de Seguridad Física previa la<br />

presentación de la tarjeta de identificación de la Organización.<br />

GUARDERIA<br />

Las Colaboradoras que tengan hijos de 0 a 5 años pueden acceder al<br />

beneficio de Guardería, para lo cual deberán entregar a la Trabajadora<br />

Social los documentos solicitados en la normativa y recibirán<br />

mensualmente un valor de apoyo para el pago de guarderías.


ANEXOS:<br />

GESTIÓN DE<br />

DESEMPEÑO – GUÍA<br />

ETWEB COLABORADOR


GESTIÓN DE<br />

DESEMPEÑO – GUÍA<br />

ETWEB LÍNEA DE<br />

SUPERVISIÓN

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