revista Q Que... México, edición 131
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Dulce Vida<br />
Obesidad, Sobrepeso<br />
y Síndrome Metabólico<br />
por: Dr. Ronald Caesar Ledezma Gutiérrez<br />
Dr. Ronald Ledezma y el equipo Health & Fitness<br />
En la actualidad, <strong>México</strong> es uno de los países<br />
líderes en Obesidad y Diabetes a nivel mundial,<br />
siendo el sobrepeso la base de un sin fin<br />
de padecimientos metabólicos que deterioran la<br />
calidad de vida de la persona, tanto física como<br />
psicológicamente. Actualmente la obesidad es<br />
considerada por la OMS como una enfermedad y<br />
se debe tratar como tal de manera multidisciplinaria.<br />
En <strong>México</strong>, en mayo de 2018 se dio a conocer la NOM para el<br />
tratamiento de obesidad y sobrepeso -ésta última avalada por la<br />
WOF- en la cual se incluye el uso de fármacos para el control<br />
del sobrepeso y obesidad, condicionando el uso de dichos medicamentos<br />
a que estos sean prescritos por un experto en el área,<br />
acompañados de un tratamiento conductual de índole psicológico<br />
y nutricional; cabe resaltar que existen múltiples personas- profesionales<br />
y pseudo profesionales, carentes de ética profesional,<br />
que sin tener el conocimiento y la formación adecuados, recetan<br />
indiscriminadamente el medicamento para el control de peso, con<br />
las consecuencias que ello conlleva, que en la mayoría de los casos<br />
termina en daños irreversibles en los pacientes; sin embargo, es<br />
necesario destacar que el problema no radica en el medicamento,<br />
sino en la persona que ejerciendo una mala praxis profesional,<br />
los prescribe inadecuadamente, lo cual conlleva a una estigmatización<br />
equivocada e infundada hacia los citados medicamentos.<br />
Algunos de los puntos abordados en el Diario Oficial de la Federación,<br />
respecto a la nueva Norma Oficial Mexicana NOM-008<br />
para el tratamiento integral del #Sobrepeso y la #Obesidad que<br />
se mencionan, son: 5.2 El #TratamientoIntegral, debe realizarse<br />
bajo las siguientes bases : 5.2.1 Se ajustará a los principios científicos<br />
y éticos que orientan la práctica médica; 5.2.2 Debe estar respaldado<br />
científicamente en investigación clínica, especialmente de<br />
carácter individualizado en la dietoterapia, psicoterapia, farmacoterapia,<br />
en la actividad física y el tratamiento médico-quirúrgico;<br />
5.2.3 El #Médico será el responsable del tratamiento integral del<br />
paciente con sobrepeso u obesidad, los profesionales en rehabilitación,<br />
nutrición y psicología serán responsables del tratamiento,<br />
en sus respectivas áreas de formación profesional, con la finalidad<br />
de brindar calidad en la atención médica;<br />
5.2.6 Deben evaluarse las distintas alternativas de tratamiento<br />
disponibles, conforme a las necesidades específicas del paciente,<br />
ponderando especialmente las enfermedades concomitantes y<br />
comorbilidades que afecten su salud; 5.2.7 Todo tratamiento debe<br />
prescribirse previa evaluación del estado de nutrición, con base en<br />
indicadores clínicos, dietéticos, bioquímicos, antropométricos y<br />
psicológicos de cada paciente; 5.2.8 Todas las acciones terapéuticas<br />
se deben apoyar en medidas psicoconductuales y nutriológicas<br />
para modificar las conductas alimentarias nocivas a la salud del<br />
paciente. Asimismo, se debe incluir un #ProgramaIndividualizadoDeActividadFísica<br />
y el ejercicio adecuado a la condición clínica<br />
y física de cada paciente, de conformidad con lo establecido en<br />
las Normas Oficiales.<br />
8. Del tratamiento nutricional 8.1 El #Nutriólogo debe: 8.1.1 Indicar<br />
el plan de nutrición que incluye: plan de alimentación individualizado,<br />
orientación alimentaria, recomendaciones para la actividad<br />
física y cambios en los hábitos alimentarios; 8.1.2 Realizar el<br />
control y seguimiento de la conducta alimentaria y reforzamiento<br />
de acciones; 8.1.3 De acuerdo al diagnóstico o pronóstico del paciente,<br />
establecer metas de tratamiento de acuerdo al caso, y 8.1.4<br />
Referir al paciente a tratamiento médico o psicológico, cuando el<br />
caso lo requiera.<br />
9. Del tratamiento psicológico 9.1 El #Psicólogo debe: 9.1.1 Realizar<br />
la valoración y el apoyo psicológico para la modificación de<br />
hábitos y conductas alimentarias; así como de la adherencia terapéutica;<br />
9.1.2 Indicar el tratamiento y manejo de los problemas<br />
psicológicos, familiares y sociales del paciente con sobrepeso u<br />
obesidad, y 9.1.3 Referir al paciente con el nutriólogo o médico,<br />
cuando el caso lo requiera. En el siguiente enlace pueden consultar<br />
la NOM-008 completa: http://bit.ly/2IzQvT6 Les sugerimos<br />
una lectura atenta, objetiva y reflexiva. Esperamos que esta información<br />
les sea de utilidad, recordándoles lo importante de acudir<br />
con profesionales de la salud capacitados y certificados para el<br />
manejo de obesidad y sobrepeso, además de contar con el equipo<br />
adecuado –humano y material- para la valoración de los pacientes.<br />
Av. Guanajuato #139, Col. Jardines del Moral 3 11 57 02 y 311 5085<br />
(477) 557 5738 Síguenos en Health & Fitness Life Line<br />
Q 138