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Reglamentos_Centros_Educativos

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN<br />

Guatemala, C.A.<br />

ACUERDO GUBERNATIVO No. 36-2015<br />

Guatemala, 4 febrero 2015<br />

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA<br />

CONSIDERANDO<br />

Que la Constitución Política de la República de Guatemala,<br />

garantiza la libertad de enseñanza, determinando como<br />

obligación del Estado proporcionar y facilitar la educación a<br />

sus habitantes, sin discriminación alguna y que la Educación<br />

tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona<br />

humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y<br />

universal, asimismo determina que los centros de enseñanza<br />

privada funcionan bajo la vigilancia del Estado.<br />

CONSIDERANDO<br />

Que el Decreto Ley Número 116-85 del Jefe de Estado regula<br />

la autorización de cuotas para centros educativos privados<br />

fue reglamentado por el Acuerdo Gubernativo Número 1202-<br />

85 de fecha trece de noviembre de mil novecientos ochenta<br />

y cinco y, que las normas jurídicas pierden con el tiempo<br />

concordancia con la realidad, lo que hace indispensable<br />

su constante revisión y reforma por lo que se hace necesario<br />

emitir la disposición legal correspondiente.<br />

POR TANTO<br />

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo<br />

183, literal e) de la Constitución Política de la República de<br />

Guatemala y con fundamento en el artículo 7 del Decreto<br />

Ley Número 116-85 del Jefe de Estado.<br />

Emitir el siguiente<br />

ACUERDA<br />

28<br />

Acuerdos Gubernativos No.52-2015 y 36-2015

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