Informe evaluación TS absentismo 2018 19
PROYECTO DE TRABAJO SOCIO-EDUCATIVO EN EL ABSENTISMO ESCOLAR Curso 2018-2019. Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón
PROYECTO DE TRABAJO SOCIO-EDUCATIVO EN EL ABSENTISMO ESCOLAR Curso 2018-2019. Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón
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FUNDACIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES. AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN<br />
<strong>Informe</strong> de Evaluación. Proyecto de Trabajo Socio-educativo en el Absentismo Escolar<br />
Curso <strong>2018</strong>-20<strong>19</strong><br />
que no siempre son fáciles de modificar o de contrarrestar, y que además requieren una actuación<br />
coordinada desde diferentes ámbitos.<br />
El Proyecto de Trabajo Socio-educativo en el Absentismo Escolar (al que nos referiremos, de forma<br />
abreviada, como el Proyecto) se desarrolla a través de la Concejalía de Bienestar Social y Derechos, la<br />
Concejalía de Educación y Cultura y la Concejalía de Desarrollo Urbanístico, Policía Local y SEPIS del<br />
Ayuntamiento de Gijón/Xixón, contando también con la participación del Gobierno del Principado de<br />
Asturias, a través de la Consejería de Educación y de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar;<br />
organismos representados en la Comisión Técnica de Seguimiento del Proyecto, así como en la Subcomisión<br />
Operativa de Apoyo al Proyecto 3 .<br />
La Fundación Municipal de Servicios Sociales (FMSS) recibe las notificaciones de los centros educativos<br />
públicos y concertados del municipio, comunicando aquellas situaciones del alumnado en edad de<br />
escolarización obligatoria, en las que existe una ausencia reiterada y no justificada a clase, que implica al<br />
menos un 20% de faltas acumuladas al mes 4 . Se trata además de situaciones en las que las medidas<br />
previamente establecidas por el centro educativo, no han obtenido los resultados esperados, por lo que se<br />
comunica la situación a los Servicios Sociales Municipales para que inicie actuaciones en coordinación con el<br />
centro escolar.<br />
Las notificaciones de <strong>absentismo</strong> se realizan a través de un modelo documental establecido<br />
previamente, denominado Protocolo de Intervención con alumnado absentista. Documento de coordinación.<br />
Durante el curso <strong>2018</strong>/20<strong>19</strong>, se habilitó la posibilidad de que los centros educativos enviaran estos<br />
protocolos a través del Registro electrónico de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, siendo<br />
este canal de uso obligatorio para los próximos cursos, a tenor de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de<br />
Régimen Jurídico del Sector Público que establece que las Administraciones Públicas deben relacionarse<br />
entre sí, a través de medios electrónicos (art. 3.2.).<br />
A partir de la recepción de estos Protocolos, la coordinación de actuaciones se facilita a través de<br />
reuniones distribuidas según cuatro áreas de intervención: Zona A (Gijón Sur- Centro), Zona B (Natahoyo-La<br />
Calzada), Zona C (Coto-La Arena) y Zona D (Llano-Contrueces). Estas zonas agrupan los centros educativos en<br />
torno a los Servicios Sociales Municipales teniendo en cuenta su proximidad geográfica y la posible<br />
existencia de expediente de la unidad familiar en dichos servicios.<br />
3 El contenido detallado del Proyecto se puede consultar en la página web de la Fundación Municipal de Servicios<br />
Sociales (FMSS) a través del siguiente enlace: https://sociales.gijon.es/page/6964-proyecto-de-trabajo-socioeducativoen-<strong>absentismo</strong>-escolar<br />
4 El Decreto 7/20<strong>19</strong>, de 6 de febrero, de primera modificación del Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, por el que<br />
se regulan los derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes no universitarios<br />
sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias establece que se consideran faltas injustificadas de asistencia<br />
a clase de un alumno o alumna, las que no sean excusadas de forma escrita por el alumnado, o sus representantes<br />
legales si es menor de edad, en las condiciones que se establezcan en el reglamento de régimen interior o normas de<br />
organización y funcionamiento.<br />
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