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REVISTA OFICIAL DE APPCU / FEBRERO 2020<br />
EDITORIAL<br />
Se necesitan parroquianos...<br />
por Aníbal Durán<br />
AÑO 25<br />
<strong>182</strong>
MILESI LGA190
La tecnología<br />
nanotecnológica<br />
que revolucionó la<br />
resistencia de la madera<br />
Concentra las mejores características<br />
de los barnices acrílicos - poliuretánicos,<br />
ofreciendo una resistencia físico - química<br />
al amarillamiento, a los líquidos y rayones.<br />
Un solo producto, facilidad de uso.<br />
Damos un futuro<br />
inimaginable a los<br />
barnices para madera.<br />
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EDITORIAL<br />
Se necesitan parroquianos...<br />
La industria de la construcción privada y sustancialmente la referida a<br />
vivienda, parecería que pudiera comenzar a salir de cierto letargo, luego de<br />
declaraciones del Presidente electo el 4 de enero en un evento patrocinado<br />
por nuestra gremial en el Enjoy de Punta del Este.<br />
Nos consta Lacalle se ha imbuido de la problemática del sector, tiene plena<br />
conciencia de lo que significa una industria de la construcción dinámica y<br />
es por ello que actúa en consecuencia.<br />
Es buena cosa como Lacalle Pou apela en sus discursos a que se le interpele,<br />
a que se le azuce, insta a que exista un seguimiento en su accionar del<br />
gobierno que presidirá.<br />
Así manifestó que es saludable ser una gremial de lobby (como APPCU) y<br />
“respirarle en la nuca” al gobierno. Recordar las promesas de campaña para<br />
que las mismas se cumplan. Un lobby que debe ser tesonero pero respetuoso,<br />
incisivo pero tolerante.<br />
Lacalle Pou se refirió a los casi 200 mil ciudadanos que aún viven en asentamientos,<br />
verdadero cachetazo a la dignidad humana. En más de un lustro<br />
de bonanza inédito, nos debemos interpelar cómo persiste esta situación<br />
que no solamente es precaria en cuanto a la vivienda, sino que tiene además<br />
otras consecuencias, como la mala alimentación, la magra salud, el<br />
hacinamiento que erosiona la calidad de vida significativamente.<br />
Yendo a las promesas de campaña, no dudó el Presidente electo en decir en<br />
alta voz lo que ya había manifestado en reuniones en privado y otros mitines.<br />
Nos referimos a la otrora ley de vivienda de interés social, hoy llamada<br />
promovida.<br />
El propósito (para los que ignoran el tema), fue alejar a los promotores de<br />
donde era su medio natural para construir, esto es la rambla y adyacencias.<br />
Y para que ello fuera posible, hacía falta un acicate, porque si no los<br />
números no cerraban. Una acertada exención impositiva puso en carrera a<br />
decenas de promotores que comenzaron a construir en barrios céntricos de<br />
Montevideo, populosos y con todos los servicios pero donde hacía décadas<br />
no se construía: así, Centro, Cordón, Parque Rodó, La Blanqueada, Reducto,<br />
Aguada, Palermo y podríamos seguir enumerando. A la fecha, desde finales<br />
del 2011 se han construido casi 18.000 unidades pero hay varias miles en<br />
construcción.<br />
Sucede que en 2014 y en 2017 sendos decretos del Poder Ejecutivo pusieron<br />
un tope a los precios (la mano del burócrata como supimos llamarlo) y eso<br />
desincentivó a los promotores que constriñeron la presentación de proyec-
ASOCIACION DE PROMOTORES<br />
PRIVADOS DE LA CONSTRUCCION<br />
DEL URUGUAY<br />
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Comisión Directiva<br />
Período Dic 2019 Nov 2021<br />
Téc. Const. Ignacio González<br />
(González Conde Construcciones)<br />
Presidente<br />
Ing. Alvaro Piñeyrúa<br />
Vicepresidente<br />
Arq. Matías Coll Peri<br />
Secretario General<br />
Arq. Pablo Gejer<br />
Prosecretario General<br />
Arq. Luis Eduardo Casaretto<br />
Tesorero<br />
Arq. Gabriel Mazzucchelli<br />
Protesorero<br />
Past Presidents<br />
Ricardo Weiss<br />
Ariel Cagnoli,<br />
Eduardo Steffen.<br />
Daniel Zulamián<br />
Gerente<br />
Secretario Ejecutivo:<br />
Aníbal Durán Hontou<br />
Administración:<br />
Cecilia Escardó<br />
Mercedes Ubilla<br />
Andrea Méndez<br />
Alicia Quintillán<br />
Asesora Contable y<br />
Fiscal de APPCU:<br />
Cra. Daniela Ojeda<br />
Consejo Editor<br />
Arq. Ariel Cagnoli<br />
Arq. Carolina Escamez<br />
Mario Martínez<br />
Walter Deleón<br />
Redactor Responsable<br />
Esc. Aníbal Durán<br />
Coordinación<br />
Mercedes Ubilla<br />
Editorial<br />
Formas MVD<br />
formas@formasmvd.com<br />
Impresión<br />
Gráfica Mosca<br />
Dep. Legal Nº 370.795<br />
El equipo editor se esfuerza<br />
en brindar la mayor calidad<br />
y veracidad de lo expresado<br />
en esta revista, pero no se<br />
responsabiliza de las opiniones<br />
vertidas en las notas periodísticas<br />
o entrevistas contenidas en<br />
la misma. Fotos propiedad del<br />
equipo editor o suministradas<br />
por los colaboradores o adquiridas<br />
para uso exclusivo en esta<br />
revista en su versión impresa<br />
y/o digital.<br />
tos. Los números ya no eran alentadores.<br />
Lacalle Pou eliminará por decreto el 2 de marzo (como nos lo expresara<br />
el futuro Prosecretario Dr. Ferrés) los decretos y resoluciones<br />
atinentes al tema, que no existan topes ni para Montevideo ni<br />
para el interior y nos consta que los promotores están en las gateras<br />
prestos a volver por sus fueros y seguir cambiando la fisonomía de<br />
la ciudad.<br />
También se retomará una buena idea del gobierno actual, referida<br />
a megaproyectos que suponen inversiones importantes de dinero, a<br />
cambio también de exenciones impositivas. Ya caducó la normativa<br />
vigente pero el gobierno electo retomará esta virtuosa senda. Es<br />
de esperar que el monto de inversión para Montevideo disminuya<br />
porque hoy anda en 11 millones de dólares, cantidad no usual para<br />
proyectos capitalinos.<br />
Y finalmente Lacalle Pou apuesta a traer extranjeros al país. Simplemente<br />
flexibilizar los requerimientos para la residencia fiscal.<br />
En ningún momento mencionó ser más laxo con el lavado de activos<br />
ni menospreció su normativa, como quisieron hacerlo aparecer.<br />
Eso no quita que algún cambio pueda promoverse e incluso flexibilizar<br />
normas del Banco Central para que el crédito al extranjero<br />
pueda ser mucho más accesible.<br />
Y yendo al título de la nota: todo va en la dirección correcta: pero<br />
los cantineros que son los promotores necesitan parroquianos que<br />
son los compradores. De nada sirven las facilidades para seguir<br />
construyendo, si no logramos atraer no solamente compatriotas que<br />
inviertan sino también extranjeros seducidos por apostar su dinero<br />
en una plaza segura, confiable y que goza de buenas expectativas<br />
en el mundo globalizado. Es buena cosa “motivar” a los parroquianos,<br />
con buenos precios, acorde a servicios excelentes rodeados de<br />
un marco de seguridad ciudadana imprescindible.<br />
Vaya que hay que atraer extranjeros y seducir compatriotas. Sigue<br />
siendo muy buena inversión jugarse a los ladrillos, que no solamente<br />
dan una renta bien digna si se arrienda, sino que con el tiempo,<br />
van subiendo su cotización.<br />
Aníbal Durán<br />
Fe de erratas:<br />
En la revista 181, pág. 38 en el gráfico “Tendencia de la Vivienda 2006-2018” la línea roja<br />
representa propietários, debió ser línea celeste correspondiente a ocupantes.
14
EXPO REAL ESTATE PUNTA DEL ESTE<br />
Anuncios de Lacalle Pou<br />
en política de vivienda<br />
EL PRINCIPAL ENCUENTRO DE NEGOCIOS E INVERSIONES INMOBILIARIAS DE<br />
LATINOAMÉRICA DESEMBARCÓ EN PUNTA DEL ESTE DE LA MANO DE APPCU.<br />
ASENTAMIENTOS, RESIDENCIA PARA EXTRANJEROS, TOPES Y FLEXIBILIZAR CONTROLES DE<br />
INGRESOS DE CAPITALES, FUERON ALGUNOS DE LOS TEMAS MENCIONADOS EN EL ACTO<br />
INAUGURAL POR EL FUTURO PREESIDENTE DE LOS URUGUAYOS..<br />
15
EXPO REAL ESTATE PUNTA DEL ESTE SE REALIZÓ LOS DÍAS 4 Y 5 DE ENERO EN EL HOTEL<br />
ENJOY PUNTA DEL ESTE, DANDO INICIO AL CICLO DE EVENTOS ITINERANTES POR PAÍSES<br />
LIMÍTROFES Y DE EXTRA REGIÓN<br />
Estos eventos son producidos por el Grupo SG de Argentina, promotor de encuentros y meeting<br />
empresariales en Argentina, Bolivia, Paraguay, Guatemala, Perú, Chile, Colombia, Panamá, México<br />
y Miami.<br />
Al acto de inauguración de Expo Real Punta del Este asistió el reciente electo presidente Luis<br />
Lacalle Pou, varios integrantes de su futuro gabinete, el intendente de Maldonado Enrique Antía,<br />
dirigentes de APPCU y dirigentes de otras instituciones vinculadas a la inversión en bienes raíces<br />
y el turismo.<br />
Lacalle Pou mencionó que quiere flexibilizar una serie de normas vinculadas a la residencia<br />
legal y fiscal para extranjeros, anunció que se propone derogar los decretos de los años 2014 y 2017<br />
de topes de precios a la vivienda promovida.<br />
A su vez, adelantó que en relación a los megaproyectos, una iniciativa creada por el gobierno
saliente, será impulsada y estimulada para que se<br />
concreten.<br />
También dijo que desde el gobierno se buscará flexibilizar<br />
alguna norma bancocentrista que dificulta<br />
mucho el ingreso de capitales, pretende impulsar<br />
un sistema de garantías para alquileres con menores<br />
requisitos y que le permita poder alquilar a jóvenes y<br />
familias que no tienen acceso a garantía hipotecaria.<br />
Durante el evento la futura ministra de Vivienda,<br />
Irene Moreira, dijo a la prensa que le preocupa<br />
mucho el tema de los asentamientos y que está en la<br />
preocupación del gobierno entrante querer erradicarlos,<br />
aunque sabe que es muy difícil hacerlo en cinco<br />
años. Expresó que mantendrá el Plan Juntos, que creó<br />
el expresidente José Mujica en 2010 porque lo que<br />
está funcionando bien va a seguir y que impulsará y<br />
mejorará lo que se pueda.<br />
La exhibición<br />
En lo referente a la exposición, además de los<br />
stands de los emprendimientos edilicios y operadores<br />
inmobiliarios, se destinó un sector del salón para<br />
charlas de connotados expertos internacionales.<br />
Estas reuniones entre profesionales y emprendedores<br />
tienen como objetivo formar relaciones empresariales,<br />
crear y desarrollar oportunidades de negocio,<br />
compartir información y buscar clientes potenciales.<br />
En este ámbito compartieron la atención de los<br />
concurrentes ofertas inmobiliarias con renta a corto<br />
plazo en USA, Argentina y en nuestro país se realizaron<br />
dos presentaciones, una a cargo de Damián<br />
Tabakman y la segunda por el Ing. Marcos Taranto,<br />
Ceo de Stiler y Taranto Desarrollos Inmobiliarios.<br />
La convocatoria de APPCU<br />
El acto inaugural tuvo un realce destacado por la<br />
calidad de la concurrencia, que en parte son invitados<br />
de SG Group que acompañan el Tour Latinoamericano<br />
de Encuentros Empresariales.<br />
Pero para el ámbito local, lo trascendental fue la<br />
presencia de Luis Lacalle Pou, la futura vice Beatriz<br />
Argimón y parte del gabinete multicolor. Seguramente<br />
esto se deba a la convocatoria de APPCU y la gestión<br />
de su Gerente Ejecutivo Anibal “Chapo” Durán,<br />
cosa que lo hizo saber el propio Lacalle en su discurso<br />
inaugural al que se refirió... “y para colmo me toca<br />
pasar las vacaciones en el mismo edificio de Chapo”,<br />
comentario que queda a criterio del lector si es para<br />
bien o lo contrario.
OPINION<br />
Inversiones<br />
argentinas en Uruguay<br />
CON MOTIVO DE LA FIRMA DEL<br />
CONVENIO DE COLABORACIÓN<br />
MUTUA CELEBRADO ENTRE CEDU Y<br />
APPCU, TUVIMOS LA OPORTUNIDAD<br />
DE VISITAR MONTEVIDEO Y PERCIBIR,<br />
DE PRIMERA MANO, QUE EL GOBIERNO<br />
Por Damián<br />
Tabakman,<br />
Presidente<br />
de la Cámara<br />
Empresaria de<br />
Desarrolladores<br />
Urbanos.<br />
Argentina<br />
ENTRANTE DEL URUGUAY SE<br />
MUESTRA MUY PROACTIVO RESPECTO<br />
DE LA CAPTACIÓN DE INVERSIONES<br />
EXTRANJERAS, ENTRE LAS CUALES<br />
LAS ARGENTINAS TIENEN UN ESPACIO<br />
PRIVILEGIADO.<br />
Grupo S•G, organizador<br />
de Expo Real Estate Punta del<br />
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de conectar desarrollistas,<br />
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sector, a través de un catálogo<br />
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Está conformado por un<br />
equipo multidisciplinario, con<br />
espíritu emprendedor y con un<br />
compromiso permanente con<br />
el crecimiento de los desarrollos<br />
inmobiliarios. Realiza<br />
congresos, seminarios y las<br />
exposiciones nacionales e internacionales<br />
más importantes<br />
de latinoamérica, que son citas<br />
obligadas y puntos de encuentro<br />
de todo el mercado.<br />
20<br />
Muchos desarrolladores colegas han sido consultados por<br />
las autoridades acerca de los incentivos que deberían implementarse<br />
para que se pongan en marcha más emprendimientos,<br />
profundizando una larga tradición que hay en nuestro<br />
país de invertir en Uruguay.<br />
En efecto, Punta del Este es un ámbito irresistiblemente<br />
aspiracional para los argentinos de mejor posición económica,<br />
en virtud de lo cual a lo largo de los años se multiplican<br />
las inversiones y los proyectos. Por su parte, en los últimos<br />
tiempos Montevideo también despertó nuestra atención en el<br />
marco de la ley de vivienda promovida.<br />
El anuncio de importantes mejoras en las normas de ese<br />
programa y en el de mega proyectos ayuda a potenciar el interés<br />
en hacer negocios en Uruguay. Por lo demás, la creciente<br />
presión fiscal que existe en nuestro país y la desconfianza<br />
aún reinante, hacen que los desarrolladores argentinos estén<br />
mirando con atención las medidas que vaya tomando el<br />
nuevo gobierno de Uruguay, que asumirá en marzo, a partir<br />
de las cuales se están empezando a evaluar emprendimientos<br />
nuevos.<br />
Algunos se orientan precisamente a vivienda promovida<br />
(antes llamada Vivienda Social), sobre todo en Montevideo,<br />
y otros prefieren el producto de lujo en Punta del Este. Allí<br />
han surgido emprendimientos con marcas internacionales<br />
de primera línea muy atractivos. También aparecen otras<br />
alternativas interesantes, como Colonia e incluso proyectos<br />
en Punta de Este pero para vivienda permanente.<br />
Claro que para los argentinos, Uruguay está caro. La<br />
construcción cuesta el doble, y eso naturalmente se traslada<br />
a los precios de venta. Pero afortunadamente las rentas son<br />
bastante más elevadas que en Buenos Aires y además son en<br />
dólares.<br />
Uruguay tiene la virtud de ser un mercado familiar para<br />
nosotros. Es un país hermano acostumbrado a recibirnos<br />
amigablemente, lo cual es muy positivo a la hora de hacer<br />
negocios. El acuerdo que orgullosamente celebramos entre<br />
ambas cámaras de desarrolladores inmobiliarios lo prueba y<br />
al mismo tiempo lo potencia.
Aníbal Durán Gerente Ejecutivo e Ignacio González Presidente de APPCU junto a Damián Tabakman, Presidente de CEDU<br />
Convenio<br />
APPCU y CEDU<br />
LA CÁMARA EMPRESARIA DE DESARROLLADORES URBANOS DE LA<br />
REPÚBLICA ARGENTINA (CEDU) Y APPCU FIRMARON UN CONVENIO<br />
DE COLABORACIÓN ENTRE AMBAS INSTITUCIONES.<br />
CEDU de Argentina y APPCU de Uruguay, contribuyen en sus países<br />
al crecimiento del mercado inmobiliario y a la profesionalización permanente<br />
del sector. Colaboran con las autoridades de gobierno nacionales,<br />
regionales y entidades bancarias elaborando planes de vivienda para que<br />
las clases sociales más carenciadas tengan acceso a la vivienda.<br />
Promueven e incentivan la inversión doméstica y extranjera en edificios<br />
de viviendas, hoteles, industrias, centros comerciales y de esta forma<br />
construyen a la fisonomía a las ciudades.<br />
También trabajan junto a instituciones colegas y a la academia. Con las<br />
organizaciones de trabajadores incentivan el trabajo seguro promoviendo<br />
leyes, protocolos y las buenas artes laborales en las obras.<br />
Ambas instituciones promueven la arquitectura sustentable, el respeto<br />
por el medio ambiente y los recursos no renovables.<br />
Con tantos objetivos en común y mediante un acuerdo de colaboración<br />
firmado por ambos presidentes, se pone en negro sobre blanco, en tinta y<br />
papel, la firme voluntad de trabajar juntos y que solo el río nos separe.<br />
C<br />
D<br />
E<br />
U<br />
CAMARA EMPRESARIA<br />
DE DESARROLLADORES URBANOS<br />
DE LA REPUBLICA ARGENTINA<br />
OBJETIVO<br />
El objetivo de este Acuerdo de Colaboración es establecer las bases y<br />
líneas de trabajo conjuntas entre los participantes desde el momento<br />
de la firma de la presente.<br />
DECLARACIÓN DE COLABORACION<br />
PRIMERO: Las partes declaran su compromiso<br />
de colaboración en intercambiar información con vistas a identificar<br />
oportunidades de negocio para sus representados, en el sector del<br />
desarrollo inmobiliario.<br />
SEGUNDO: Las partes declaran su colaboración<br />
de velar por el buen desarrollo y el compartir de las buenas prácticas<br />
en el sector desarrollo inmobiliario.<br />
TERCERO: Las partes trabajarán en la organización<br />
de Rondas de Negocios entre empresarios miembros<br />
de ambas cámaras, con el objetivo de fomentar<br />
las relaciones comerciales en el sector.<br />
CUARTO: Las organizaciones de común acuerdo<br />
facilitarán el intercambio de delegaciones empresariales<br />
en el marco de congresos, eventos, seminarios, ferias, exposiciones o<br />
cualquier otra actividad que se desarrolle<br />
en beneficio de la ampliación de las relaciones<br />
comerciales y/o institucionales.<br />
QUINTO: Mantener comunicación expedita e<br />
intercambio de información necesaria para la consecución<br />
de los apartados ANTERIORES<br />
21
ANALISIS<br />
La residencia fiscal en Argentina<br />
y en Uruguay y la tributación de las<br />
inversiones fuera de fronteras<br />
EN ESTOS DÍAS LA PRENSA ARGENTINA Y LA URUGUAYA HAN DADO CUENTA DEL<br />
INTERÉS DE MUCHAS PERSONAS FÍSICAS RESIDENTES EN ARGENTINA POR CAMBIAR<br />
SU RESIDENCIA FISCAL A URUGUAY.<br />
ESE INTERÉS SE GENERA POR MUCHOS FACTORES (SOCIALES, POLÍTICOS,<br />
ECONÓMICOS, ETC.), ENTRE LOS QUE CABE DESTACAR AHORA EL RÉGIMEN<br />
TRIBUTARIO DE URUGUAY, MENOS GRAVOSO QUE EL RÉGIMEN ARGENTINO.<br />
Cr. Gustavo<br />
Melgendler<br />
Dr. Jorge A.<br />
Bentancur<br />
22<br />
En el presente artículo abordamos dos<br />
cuestiones que resultan de interés para<br />
quienes están evaluando ese posible cambio<br />
de residencia: 1) en primer lugar, repasamos<br />
las principales diferencias entre Argentina<br />
y Uruguay en el tratamiento tributario de<br />
las inversiones fuera de fronteras (es decir,<br />
aquellas que el individuo realiza fuera de<br />
su país de residencia); y 2) por otro lado,<br />
hacemos foco en cómo se obtiene la residencia<br />
fiscal en Uruguay y cómo se pierde<br />
en Argentina, dejando en consecuencia de<br />
tributar en ese país.<br />
1. Las diferencias entre Argentina y<br />
Uruguay con respecto a la tributación de<br />
las inversiones fuera de fronteras<br />
A diferencia de Argentina, como regla<br />
general Uruguay no grava las rentas y el<br />
capital que los individuos residentes en<br />
nuestro país generen o posean en cualquier<br />
otra parte del mundo.<br />
Además, en los casos en que como excepción<br />
Uruguay grava las rentas generadas<br />
en el exterior, la alícuota es menor a la que<br />
aplica la normativa argentina, e incluso<br />
nuestro país otorga un período de seis años<br />
durante los cuales puede no tributarse por<br />
las aludidas rentas.<br />
En los siguientes apartados presentamos<br />
las principales diferencias en la imposición<br />
a la renta y al capital de uno y otro lado<br />
del Río de la Plata, siempre tomando como<br />
base las inversiones que las personas físicas<br />
realizan fuera de fronteras en forma personal,<br />
es decir, sin utilizar personas jurídicas<br />
como vehículos de inversión.<br />
1.1 Imposición a la renta
Para repasar las diferencias de tratamiento<br />
en la imposición a la renta de las personas<br />
físicas entre Argentina y Uruguay, tomamos<br />
como base las categorías de rentas gravadas<br />
por el Impuesto a la Rentas de las Personas<br />
Físicas (IRPF) uruguayo, que básicamente son<br />
dos.<br />
Por un lado, están las rentas que la normativa<br />
uruguaya denomina “rendimientos del<br />
capital”, que básicamente comprende a ciertas<br />
rentas de carácter periódico que se generan<br />
por la explotación de activos de los que es titular<br />
la persona física contribuyente, y que se<br />
subdivide en dos grandes grupos, dependiendo<br />
del activo que genera los rendimientos.<br />
Si el generador de la renta es un activo<br />
inmobiliario, entonces se ubica en la subcategoría<br />
de los “rendimientos del capital inmobiliario”;<br />
mientras que si la renta se genera por<br />
la explotación de bienes muebles, préstamos<br />
o colocaciones en general, entonces queda<br />
comprendida en la categoría que las normas<br />
uruguayas denominan “rendimientos del<br />
capital mobiliario”.<br />
Por otro lado, el IRPF grava las rentas que<br />
no provienen de la explotación de los activos<br />
del contribuyente, sino de su enajenación o<br />
transferencia, que resulta comprendida por la<br />
categoría que la normativa uruguaya denomina<br />
“incrementos patrimoniales”.<br />
En los siguientes apartados repasamos en<br />
líneas generales el tratamiento tributario de<br />
esas tres categorías de rentas tanto en Argentina<br />
como en Uruguay, pues con las mismas<br />
se abarca el conjunto de las inversiones que se<br />
suelen realizar fuera de fronteras.<br />
1.1.1 Comparación en el tratamiento tributario<br />
de los “rendimientos del capital inmobiliario”<br />
y los “incrementos patrimoniales”<br />
Salvo algunas excepciones(1), el régimen<br />
uruguayo no grava los “rendimientos del capital<br />
inmobiliario” y los “incrementos patrimoniales”<br />
cuando los mismos se generan fuera<br />
del territorio uruguayo.<br />
En cambio, el Impuesto a las Ganancias<br />
vigente en Argentina sí grava a una tasa del<br />
35% a los “rendimientos del capital inmobiliario”<br />
que los residentes argentinos generan<br />
fuera de dicho país; mientras que las rentas<br />
generadas por la venta o transferencia de<br />
activos (en la jerga uruguaya “incrementos<br />
patrimoniales”) ubicados fuera del territorio<br />
argentino quedan gravadas a una tasa del<br />
15%.<br />
Veamos algunos ejemplos para ambas<br />
categorías de rentas. Como ejemplo de<br />
“rendimiento del capital inmobiliario” puede<br />
mencionarse el caso de un residente en<br />
nuestro país que tenga un apartamento en el<br />
extranjero que decide alquilar para obtener<br />
ingresos. Ese rendimiento no está gravado<br />
en Uruguay, porque el IRPF solo grava los<br />
rendimientos derivados de inmuebles que se<br />
ubican en nuestro país.<br />
En cambio, si fuera un residente en Argentina<br />
quien alquilara un apartamento ubicado<br />
fuera del vecino país, ese “rendimiento” sí<br />
está gravado por el impuesto a la renta argentino<br />
a una tasa del 35%.<br />
Como ejemplo de “incremento patrimonial”<br />
podemos mencionar el caso de venta<br />
de un inmueble que el individuo posea en el<br />
exterior, o la venta de acciones u otros valores<br />
emitidos por entidades extranjeras.<br />
La renta derivada de cualquiera de esas<br />
ventas no está gravada en Uruguay, por la<br />
razón señalada anteriormente.<br />
En cambio, si se tratara de un residente<br />
argentino, la renta derivada de esas ventas<br />
estaría alcanzada por impuesto en el vecino<br />
país, a una tasa del 15%.<br />
En resumen, mientras que Uruguay no grava<br />
las rentas derivadas de la explotación de<br />
inmuebles ubicados en el exterior o las rentas<br />
derivadas de la enajenación de bienes situados<br />
en el exterior, Argentina sí los grava a una<br />
tasa del 35% y del 15%, respectivamente.<br />
1.1.2 Comparación en el tratamiento tributario<br />
de los “rendimientos del capital mobiliario”<br />
La cuestión es diferente en el caso de los<br />
“rendimientos del capital mobiliario”, ya que<br />
si bien Uruguay no grava ciertos rendimientos<br />
de esta categoría que se generen fuera<br />
de nuestro país (como por ejemplo los que<br />
derivan de alquilar una máquina u otro bien<br />
mueble que esté ubicado fuera de fronteras), sí<br />
grava los rendimientos derivados de depósitos,<br />
préstamos, y en general, toda colocación<br />
de capital o de crédito.<br />
Así por ejemplo, si una persona residente<br />
en Uruguay tiene un depósito en un banco<br />
americano o europeo, los intereses que se<br />
generen estarán gravados por IRPF a una<br />
alícuota del 12%. Lo mismo ocurre si un<br />
residente uruguayo invierte en un fondo de<br />
inversión extranjero o en acciones de una<br />
sociedad del exterior, los intereses, así como<br />
los dividendos están gravados al 12%.<br />
Si Uruguay grava esos rendimientos<br />
fuera de fronteras, ¿cuál es la diferencia con<br />
Argentina que también grava con Impuesto a<br />
las Ganancias esos rendimientos del exterior?<br />
La diferencia es la alícuota aplicable, que en<br />
Uruguay es del 12%, mientras que en Argentina<br />
es del 35%.<br />
1.2 Imposición al capital<br />
El Impuesto al Patrimonio (IP), que es el<br />
tributo uruguayo con vocación de gravar los<br />
activos que se posean como inversión, no<br />
alcanza a los activos que los residentes locales<br />
tienen fuera de fronteras, pues solo grava el<br />
patrimonio ubicado en el territorio de nuestra<br />
República.<br />
En cambio, el impuesto a los Bienes Personales<br />
de Argentina sí alcanza (actualmente<br />
hasta un 2,25%) el patrimonio que las personas<br />
físicas residentes en dicho país tienen en<br />
el resto del mundo.<br />
Por lo tanto, en lo que tiene relación con<br />
los activos que se poseen como inversión,<br />
también hay diferencias en el tratamiento<br />
tributario en uno y otro país.<br />
1.3 La opción que permite no tributar por las<br />
rentas del exterior<br />
Antes señalamos que al igual que Argentina,<br />
aunque con una alícuota más baja (12%<br />
en lugar de 35%), Uruguay grava con IRPF<br />
ciertos “rendimientos del capital mobiliario”<br />
cuando los mismos se generan fuera del país.<br />
Si bien el IRPF es el tributo que una persona<br />
debería pagar si pasa a residir en Uruguay,<br />
la normativa doméstica le otorga a quien elige<br />
radicarse en nuestro país la opción de tributar<br />
en el año del cambio de residencia y en los<br />
cinco siguientes el Impuesto a la Renta de los<br />
No residentes (IRNR).<br />
¿Cuál es la importancia de esa opción?<br />
Que a diferencia del IRPF, el IRNR no grava a<br />
los “rendimientos del capital mobiliario” del<br />
exterior, y como ambos impuestos no gravan<br />
los “rendimientos del capital inmobiliario” y<br />
los “incrementos patrimoniales” generados<br />
fuera de fronteras, la opción tiene como consecuencia<br />
que durante seis ejercicios fiscales<br />
el individuo no pague impuesto en Uruguay<br />
por las rentas que obtiene fuera de fronteras.<br />
2. La residencia fiscal en uno y otro país<br />
A quien está evaluando pasar a residir en<br />
Uruguay no solo le importa saber cómo se<br />
obtiene la residencia en nuestro país, sino que<br />
sobre todo le interesa saber cómo se pierde la<br />
residencia fiscal en Argentina, pues si la mantiene<br />
deberá seguir tributando en dicho país.<br />
2.1 La obtención de la residencia en Uruguay<br />
En cuanto a la obtención de la residencia<br />
en Uruguay, debemos separar el plano civil o<br />
migratorio del plano fiscal.<br />
La residencia legal (migratoria o civil) es<br />
una calidad necesaria para poder permanecer<br />
y desarrollar actividades en el territorio de<br />
la República de acuerdo con las normas uruguayas,<br />
y por ello quien desea pasar a vivir en<br />
Uruguay debe obtener el reconocimiento de la<br />
calidad de residente mediante un trámite que<br />
varía dependiendo del tiempo que la persona<br />
desea permanecer en el territorio uruguayo y<br />
de la nacionalidad de quién inicia el trámite.<br />
En efecto, si una persona quiere residir en<br />
23
ANALISIS<br />
24<br />
Uruguay por un lapso que no exceda los dos<br />
años, debe iniciar el trámite de residencia<br />
“temporaria” ante la Dirección Nacional<br />
de Migración (DNM), que es el órgano con<br />
competencia general en la materia, debiendo<br />
acreditar los medios de vida (es decir,<br />
qué medios de sustento tendrá mientras<br />
resida en Uruguay), la falta de antecedentes<br />
penales en su país de origen (y en el país<br />
de la residencia en el que haya residido<br />
por más de seis meses en los últimos cinco<br />
años, si difiere de su país de origen), además<br />
de acreditar el estado de salud mediante un<br />
carné expedido por una institución pública<br />
o privada habilitada a tales efectos. Una<br />
vez iniciado este trámite, que en la práctica<br />
suele insumir unos tres meses en total, se<br />
le entrega a la persona una constancia para<br />
tramitar la cédula de identidad uruguaya. El<br />
texto de la cédula que se le entregue indicará<br />
que es un “residente temporario”.<br />
Si la persona desea residir sin límite<br />
de tiempo en nuestro país, también debe<br />
iniciar un trámite de residencia, pero en ese<br />
caso será de residencia “permanente”, que<br />
básicamente tiene las mismas características<br />
que el trámite de residencia “temporaria”,<br />
pero con algunas diferencias si lo<br />
inician nacionales del MERCOSUR, como<br />
es el caso de un individuo de nacionalidad<br />
argentina, pues el trámite es más simple y<br />
se inicia ante el Ministerio de Relaciones<br />
Exteriores (o ante los consulados de Uruguay<br />
en el exterior), y tiene una duración<br />
aproximada de nueve a doce meses. Al<br />
iniciar el trámite se le entrega al interesado<br />
una constancia para obtener su cédula de<br />
identidad uruguaya, que en su texto dirá<br />
que es un “residente legal en trámite”. Al<br />
final del procedimiento, es decir, luego<br />
de esos nueve o doce meses, se le dará al<br />
individuo una nueva constancia que servirá<br />
para tramitar una nueva cédula de identidad,<br />
que en este caso dirá “residente legal”.<br />
Ahora bien, dichos procedimientos<br />
refieren a la obtención de la residencia legal<br />
(migratoria o civil), pero no confieren la<br />
calidad de residente fiscal uruguayo.<br />
Cuál es la diferencia fundamental entre<br />
la residencia legal y la fiscal: que la primera<br />
es la que permite residir lícitamente en el<br />
país, mientras que la segunda determina<br />
que se desplieguen ciertos efectos en el<br />
plano fiscal, de los cuales hay dos que<br />
vale destacar: i) por un lado, hará que el<br />
individuo tenga que tributar por sus rentas<br />
el ya mencionado IRPF, que grava las rentas<br />
de quienes residen en nuestro país: y ii) determina<br />
que a los efectos de la aplicación de<br />
los tratados firmados entre Uruguay y otros<br />
países para evitar la doble imposición o<br />
para el intercambio de información, la persona<br />
sea considerada residente uruguayo,<br />
lo que puede determinar que en aplicación<br />
del tratado le termine aplicando el régimen<br />
tributario uruguayo y no el régimen del otro<br />
país parte del tratado. Así, por ejemplo, si se<br />
tratara de un individuo que tiene inversiones<br />
en España, si obtiene la residencia<br />
fiscal en Uruguay, le aplicará el régimen<br />
uruguayo, que en líneas generales es menos<br />
gravoso que el español, lo que en ese caso<br />
representa una ventaja.<br />
Para obtener la residencia fiscal en<br />
Uruguay, se deben cumplir los requisitos<br />
que establecen las normas tributarias, que a<br />
tales efectos establecen ciertas condiciones<br />
de tipo formal y otras de carácter sustancial.<br />
Desde el punto de vista formal, la normativa<br />
tributaria considera que una persona<br />
física reside en Uruguay cuando permanece<br />
en el país más de 183 días en el año civil. En<br />
el cómputo de esos 183 días se consideran<br />
las “ausencias esporádicas”, que son aquellas<br />
en las que el individuo se ausenta del<br />
país por un lapso que no supera los treinta<br />
días, que computan como permanencia en<br />
Uruguay a los efectos de la residencia fiscal.<br />
Desde el punto de vista sustancial, la<br />
normativa considera que una persona es residente<br />
fiscal en Uruguay si tiene en nuestro<br />
país el centro de sus actividades o de sus<br />
intereses económicos o vitales, existiendo<br />
normas que establecen presunciones del<br />
cumplimiento de esas condiciones si se<br />
verifican ciertos supuestos.<br />
Cuando residen en territorio uruguayo el<br />
cónyuge y los hijos menores que dependen<br />
del individuo, entonces las normas presumen<br />
que esa persona tiene sus intereses vitales<br />
en el país, y por ende, que es residente<br />
fiscal uruguayo.<br />
Por otro lado, las normas aplicables consideran<br />
que una persona tiene el centro de<br />
sus actividades en Uruguay cuando obtiene<br />
en el país ingresos de mayor volumen que<br />
en cualquier otro país.<br />
Asimismo, se presume que un individuo<br />
tiene el centro de sus intereses económicos<br />
en Uruguay, y por ende, es residente<br />
fiscal uruguayo, si realiza una inversión<br />
inmobiliaria de más de 15.000.000 de UI ; o<br />
invierte en forma directa o indirecta más de<br />
45.000.000 de UI en una empresa que comprenda<br />
actividades o proyectos declarados<br />
de interés nacional en el marco de la Ley de<br />
Promoción de Inversiones N° 16.906.<br />
2.2 La pérdida de la residencia fiscal en<br />
Argentina<br />
Hasta aquí repasamos rápidamente las<br />
condiciones para obtener la residencia en<br />
Uruguay, pero si se quiere perder la residencia<br />
fiscal en Argentina para dejar de tributar<br />
en ese país, ¿qué hay que tener en cuenta?<br />
De acuerdo con la legislación argentina,<br />
la residencia se pierde por adquirir la condición<br />
de residente permanente en un Estado<br />
extranjero, según las disposiciones que rijan<br />
en ese Estado en materia de migraciones; o<br />
cuando sin obtener esa condición, la persona<br />
permanezca en forma continuada en el<br />
exterior durante un período de doce meses<br />
durante los cuales las presencias temporales<br />
en territorio argentino no superen los<br />
noventa días.<br />
Por lo tanto, no cualquiera de las causas<br />
por las cuales se obtiene la residencia fiscal<br />
en Uruguay hacen perder la residencia fiscal<br />
en Argentina, con el consiguiente efecto<br />
de dejar de tributar en ese país.<br />
En ese marco, es claro que para evitar<br />
cuestionamientos del Fisco argentino, el<br />
individuo que resida en ese país y quiera<br />
cambiar su residencia fiscal a Uruguay debería<br />
obtener la residencia migratoria “permanente”<br />
en nuestro país, o al menos pasar<br />
a residir en el mismo por un lapso de doce<br />
meses en los cuales no existan ingresos a<br />
Argentina que superen los noventa días,<br />
para lo cual también tendrá que hacer el trámite<br />
de residencia migratoria en Uruguay,<br />
porque luego de los noventa días de estadía<br />
en el país se pierde la calidad de turista y la<br />
persona tiene que realizar alguno de los trámites<br />
de residencia que le permitan -desde<br />
el punto de vista migratorio- permanecer en<br />
Uruguay lícitamente.<br />
Las otras opciones por las cuales se obtiene<br />
la residencia fiscal en Uruguay pueden<br />
eventualmente llevar a perder la residencia<br />
fiscal en Argentina, pero lo más probable<br />
es que en realidad generen una situación de<br />
doble residencia fiscal, que deberá resolverse<br />
por las reglas de desempate previstas en<br />
el tratado para evitar la doble imposición<br />
y el intercambio de información que está<br />
vigente entre Argentina y nuestro país (es<br />
decir, reglas para definir dónde reside la<br />
persona), que entre otros factores considera<br />
como criterios de desempate al lugar en el<br />
que la persona tiene una “vivienda”, o el criterio<br />
de la “nacionalidad”, que en definitiva<br />
puede hacer que un nacional argentino sea<br />
considerado residente fiscal del vecino país,<br />
lo que impediría lograr el propósito de dejar<br />
de tributar en el mismo.<br />
NOTAS:<br />
1 - La ley uruguaya sí grava a los “rendimientos del<br />
capital” y a los “incrementos patrimoniales” generados<br />
en el exterior cuando los mismos son obtenidos<br />
por entidades domiciliadas o ubicadas en países o<br />
jurisdicciones de baja o nula tributación (en la jerga<br />
uruguaya se las conoce como entidades BONT).<br />
En esos casos, las aludidas rentas se imputan a<br />
las personas físicas residentes en nuestro país que<br />
participan en el capital de esa entidad.<br />
2 - A la fecha, aproximadamente USD 1.700.000.<br />
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27
ANALISIS<br />
Reglamentación de las S.A.S. 1<br />
una luz de bajo consumo<br />
LA ÚLTIMA SEMANA DE DICIEMBRE SE DIO A CONOCER EL DECRETO REGLAMENTARIO<br />
DE ESTE NOVEDOSO INSTRUMENTO SOCIETARIO, QUE SUPONÍA ARROJAR LUZ A LAS<br />
INTERROGANTES PLANTEADAS POR EL TEXTO LEGAL.<br />
Esc. Diego Dos Reis<br />
Cr. Piero de los Santos<br />
28<br />
Dicho Decreto significó una luz de bajo consumo pues aún siguen<br />
sin responderse algunas de las interrogantes, a la espera quizás de<br />
ser respondidas por la práctica misma. Lo que si es un hecho, es que<br />
las SAS son una realidad total, y a partir del pasado mes de enero<br />
constituyen una nueva alternativa, que con sus fortalezas y debilidades<br />
juega en la competencia societaria con los demás tipos sociales.<br />
I – Constitución<br />
Sociedades unipersonales<br />
Una de las principales innovaciones de este tipo social, es la posibilidad<br />
de Constitución por una sola persona, pudiendo prescindirse<br />
de socios ficticios con participaciones mínimas a los solos efectos<br />
de dar cumplimiento a las rígidas estructuras previstas en los tipos<br />
sociales tradicionales ya conocidos.<br />
Procedimiento de constitución<br />
El sistema de constitución digital es prorrogado, por lo que habrá<br />
que esperar al menos 4 meses para considerar su utilidad. Como sistema<br />
transitorio se propone brindar agilidad al emprendedor, ya que<br />
mediante el cumplimiento de ciertas condiciones de constitución<br />
e inscripción la SAS podrá aprobarse en un plazo de 5 días hábiles<br />
y quedará regularmente constituida con la inscripción en DGI, con<br />
lo cual se prescinde de las publicaciones exigidas para los tipos sociales<br />
tradicionales, y del Control de la AIN para las S.A. y por ende<br />
menos tiempo, menos costos.<br />
Objeto<br />
Les da la posibilidad de establecer un objeto lícito amplio e indeterminado,<br />
sin un detalle de las actividades a realizarse, dejando de<br />
lado la especialidad del objeto; y pone fin además al límite máximo<br />
de plazo, previsto para algunos tipos sociales.<br />
Comunicación al BCU<br />
Se deberá cumplir para las SAS con la identificación y comunicación<br />
al BCU de los beneficiarios finales y de los titulares de participaciones<br />
accionarias, así como con la ley de inclusión financiera<br />
respecto a los aportes sociales y demás movimientos dinerarios.<br />
II - Fiscalización:<br />
La Ley no estableció y el decreto tampoco agregó, el control y<br />
fiscalización de la AIN en el momento de la Constitución ni en las<br />
posteriores modificaciones; sí aclaró en qué momentos la SAS serán<br />
fiscalizadas por dicha institución estatal.<br />
III - Administración de la Sociedad<br />
En cuanto a la Administración y representación de una SAS, salimos<br />
totalmente de la estructura imperativa prevista para los demás<br />
tipos sociales tradicionales, no exigiéndose para estas sociedades,<br />
la designación de un Director, de un Administrador o representante<br />
en el acto de constitución, pero si se designare con posterioridad el<br />
mismo será comunicado al Registro de Comercio.<br />
IV - Transformación y regularización<br />
Entran las SAS en el Capítulo de Transformación de Sociedades,<br />
esto es cualquier tipo social con excepción de las S.A podrá<br />
transformarse en SAS adaptando esta modalidad, así como éstas<br />
podrán adaptar una de las figuras jurídicas societarias de las que ya<br />
conocemos.<br />
Las Sociedades irregulares o de Hecho podrán regularizarse<br />
convirtiéndose en SAS.<br />
V – Impuestos<br />
Imposición a la renta<br />
En lo que a imposición a la renta refiere queda claro que este tipo<br />
de entidades será contribuyente de IRAE, pero lo sustancial en esta<br />
materia viene dado por la posibilidad, para los contribuyentes de<br />
menor y mediana dimensión económica, de determinar el impuesto<br />
de manera ficta, generando menos costos administrativos, menos<br />
riesgos de fiscalización y en muchos casos menos impuesto a pagar.<br />
Imposición al patrimonio<br />
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ANALISIS<br />
impuesto al Patrimonio, teniendo en cuenta que las cuentas de activo y pasivo con socios no<br />
serán considerados a los efectos de la determinación del patrimonio.<br />
Impuesto de control de Sociedades Anónimas<br />
Las SAS no son contribuyentes de este impuesto, lo que tiene un doble impacto, por un<br />
lado no deberán pagar este impuesto en la constitución, lo que implicará una reducción en su<br />
costo cercano a los USD 1.000 (dólares americanos mil), así como el ahorro de aproximadamente<br />
UYU 20.000 anuales (pesos uruguayos veinte mil) por concepto de impuesto anual.<br />
Disposición transitoria de conversión de unipersonales<br />
Es relevante tener en cuenta que la Ley prevé un régimen transitorio para la conversión de<br />
“empresas” unipersonales en SAS en el plazo de un año, desde la entrada en vigencia de la<br />
misma, exonerada de todo tributo bajo el cumplimiento de ciertas condiciones.<br />
En este sentido las interrogantes eran varias:<br />
¿Qué se entiende por “empresa” Unipersonal? La reglamentación aclaró que se está haciendo<br />
referencia no solo a las empresas en el sentido de actividad que reúne los factores productivos<br />
capital y trabajo, sino también a aquellas que solo aplican el factor trabajo, como lo son las<br />
prestadoras de servicios personales.<br />
¿El plazo corre y no ha salido la reglamentación, se extenderá? El plazo finalmente fue<br />
extendido de su vencimiento original (octubre 2020) hasta diciembre del presente.<br />
¿En referencia a la exoneración del ITP, solo alcanza a la transferencia de inmuebles? El<br />
decreto aclaró que también comprendía a la transferencia de derechos de los mismos.<br />
Opción IMEBA<br />
En el marco del rubro agropecuario, estas entidades podrán optar por darle carácter definitivo<br />
a las retenciones del IMEBA, en tanto verifiquen ciertas condiciones cuantitativas en<br />
referencia a ingresos y superficie explotados.<br />
VI – Contribuciones<br />
Aportes a la seguridad social<br />
La principal novedad a propósito de estas cargas sociales, viene dada por la ausencia de<br />
exoneraciones tales como las dispuestas en sede de los Directores de Sociedades Anónimas, lo<br />
que implica que haya o no remuneración, y sin importar el formato elegido para el órgano de<br />
administración, deberá pagarse los aportes correspondientes. En adición a esto, y a diferencia<br />
de lo que sucede en las SRL, deberá aportarse por todas las SAS en las que se actúe.<br />
Por otra parte, vale considerar que el monto imponible vendrá determinado en función de<br />
cómo se organice la administración, teniendo en cuenta que la Ley de SAS prevé tres formatos<br />
distintos: directorio, administración o representante legal.<br />
Así mismo, vale considerar que las SAS pueden liquidar el IRAE por el régimen ficto, razón<br />
por la cual podrán descontar el 25% de los sueldos fictos en la liquidación de dicha imposición<br />
a la renta, con lo cual el gasto se podrá ver disminuido por este lado.<br />
Dicho esto, y a efectos meramente ilustrativos, por cuanto la casuística es muy extensa y<br />
dependerá de cada caso en particular, tendríamos los siguientes escenarios comparativos:<br />
Tipo social más<br />
conveniente<br />
Observadores<br />
Sin remuneración S.A. Exoneradas<br />
- Remuneración real < Mayor sueldo.<br />
- Organización SAS: Directorio<br />
IRAE real<br />
IRAE ficto<br />
SAS o SA<br />
SRL o SAS<br />
SAS es beneficiario de FONASA,<br />
SA no.<br />
La diferencia entre ellas dependerá de la brecha<br />
entre la retribución y el mayor sueldo pago<br />
FONASA<br />
Mención aparte merece el FONASA,<br />
ya que a diferencia de lo que sucede en<br />
las SA y SRL, los directores, administradores<br />
o representantes legales, serán<br />
beneficiarios del Seguro Nacional de<br />
Salud. En este sentido la reglamentación<br />
no arrojó luz alguna sobre la disposición<br />
legal, sino que un comunicado<br />
reciente del BPS vino a establecer las<br />
condiciones para determinar la cuantía<br />
de este aporte en particular, que dependerá<br />
de la situación familiar así como<br />
del monto imponible determinado en<br />
las 6,5 BPC.<br />
Una vez más, la casuística es muy<br />
amplia y dependerá del caso a caso, por<br />
lo que habrá quienes podrán ver esta<br />
disposición como un beneficio y quienes<br />
lo verán como un costo adicional, lo<br />
que si no parece lógico, es que el aporte<br />
deberá hacerse en todo caso, sin perjuicio<br />
de que ya se esté aportando por otra<br />
actividad.<br />
VII – Conclusiones<br />
Si bien dijimos que el decreto que<br />
las reglamenta es una “Luz de bajo<br />
consumo” pues no aclaró demasiado lo<br />
estipulado por la ley sobre todo en materia<br />
tributaria, no cabe duda que las SAS<br />
por la autonomía de la voluntad que la<br />
caracteriza, permite confeccionar una<br />
estructura social a medida del emprendimiento,<br />
lo que resulta atractivo a la<br />
hora de elegir este tipo social para llevar<br />
adelante un negocio comercial o un<br />
emprendimiento, adaptándose de esta<br />
forma al concepto de “Emprendedurismo”<br />
previsto.<br />
En nuestra opinión particular,<br />
entendemos que es un instrumento muy<br />
atractivo para emprendedores en materia<br />
de innovación, por la agilidad de su<br />
constitución y bajos costos tributarios<br />
en negocios de pequeña o mediana<br />
dimensión económica, así como para<br />
negocios que requieren un contrato a<br />
medida sea por la busca de garantías<br />
en la relación entre integrantes u otras<br />
causales, por cuanto una de las grandes<br />
fortalezas de las SAS viene dada por la<br />
autonomía de la voluntad de las partes.<br />
30<br />
Con<br />
remuneración<br />
- Remuneración real < Mayor sueldo.<br />
- Organización SAS: distinta a directorio<br />
IRAE real<br />
IRAE ficto<br />
SA<br />
SAS o SRL<br />
La diferencia con SAS dependerá de la brecha<br />
entre la retribución y el mayor sueldo pago<br />
SAS es beneficiario de FONASA,<br />
SRL no.<br />
NOTA:<br />
(1) tipo Social creado por la Ley 19.820 promulgada el 18 de<br />
Setiembre de 2019, diferente a los tipos sociales previstos en<br />
la ley 16.060<br />
- Remuneración real > Mayor sueldo.<br />
- Organización SAS: diferente<br />
IRAE real<br />
IRAE ficto<br />
SAS, SA o SRL<br />
SAS o SRL<br />
SAS es beneficiario de FONASA,<br />
SA y SRL no.<br />
SAS es beneficiario de FONASA,<br />
SRL no.
Reglamentación de<br />
Sociedades Anónimas Simplificadas<br />
EL PASADO 7 DE ENERO DEL 2020 SE PUBLICÓ EN EL DIARIO OFICIAL EL DECRETO NÚMERO<br />
399/2019 (EN ADELANTE, EL “DECRETO”) QUE REGLAMENTA EL TÍTULO II DE LA RECIENTE<br />
LEY Nº 19.820, “LEY DE FOMENTO DEL EMPRENDEDURISMO” (EN ADELANTE, LA “LEY”).<br />
EL DECRETO REGLAMENTA EL RÉGIMEN APLICABLE A LAS SOCIEDADES POR ACCIONES<br />
SIMPLIFICADAS (EN ADELANTE, LAS “SAS”).<br />
Dra. Lucía Estrada<br />
Vigencia<br />
El Decreto comenzará a regir a partir del 1°<br />
de enero del 2020.<br />
Creación del proyecto “SAS Digital”<br />
Las SAS podrán ser constituidas y registradas<br />
de forma digital. A estos efectos se designó<br />
a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de<br />
Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información<br />
del Conocimiento (AGESIC) como encargada<br />
de implementar la plataforma tecnológica<br />
necesaria.<br />
Procedimiento transitorio<br />
Se prevé un mecanismo para poder constituir<br />
SAS hasta tanto la plataforma digital se<br />
encuentre operativa.<br />
Regularización de Sociedades<br />
Irregulares y de hecho<br />
Las Sociedades Irregulares y de Hecho, tal<br />
y como son definidas en la ley de sociedades<br />
comerciales 16.060, podrán regularizarse<br />
adoptando la forma de sociedades por acciones<br />
simplificadas.<br />
31
ANALISIS<br />
Conversión de empresas unipersonales en SAS<br />
Se prevé de forma expresa que los titulares de<br />
empresas unipersonales podrán transferir su giro<br />
en un solo acto a una SAS lo cual lo sucederá en<br />
sus derechos y obligaciones. Lo anterior podrá<br />
efectivizarse siempre que el titular de la empresa<br />
unipersonal sea el único accionista de la nueva<br />
sociedad al momento de la conversión y que la<br />
unipersonal estuviera debidamente constituida en<br />
los organismos recaudadores.<br />
Controles<br />
La normativa prevé que la Auditoría Interna de<br />
la Nación (en adelante, la “AIN”) es la encargada de<br />
la fiscalización de las SAS que tuvieran ingresos<br />
anuales que superen las 37.500.000 UI. Como consecuencia,<br />
las SAS estarán obligadas a comunicar<br />
a la AIN:<br />
i. Las integraciones de capital efectuadas por<br />
nuevos aportes.<br />
ii. Las reducciones de capital integrado.<br />
iii. El rescate o amortización de acciones.<br />
iv. El reintegro de capital.<br />
v. Los supuestos antes descritos en los que se<br />
genere derecho de receso.<br />
El resto de las SAS deberán comunicar anualmente,<br />
dentro del plazo de 180 (ciento ochenta)<br />
días corridos contados a partir del día siguiente<br />
a la fecha de cierre del ejercicio económico, las<br />
modificaciones de capital integrado y el cumplimiento<br />
de la ley N° 19.484.<br />
Normas tributarias<br />
Modificaciones introducidas al Decreto 150/007<br />
que reglamenta el Impuesto a la Renta de las<br />
Actividades Económicas (IRAE):<br />
• Se incorporan las SAS como sujetos pasivos<br />
de IRAE.<br />
• Se incorpora el artículo 18 bis que establece<br />
que aquellas empresas unipersonales que se<br />
conviertan en SAS a título universal podrán<br />
optar por no computar el valor llave correspondiente<br />
siempre que dicha conversiones se<br />
realicen sin el propósito de producir un resultado<br />
económico (es decir siempre que no<br />
se realicen transferencia de acciones durante<br />
el transcurso de un plazo de 2 años contados<br />
a partir de la fecha del contrato correspondiente).<br />
• Los aportes irrevocables que las SAS reciban<br />
a cuenta de futuras integraciones de capital<br />
se computarán como pasivo si trascurrido 24<br />
meses contados a partir de su aceptación por<br />
el órgano de administración, los mismos no<br />
fueran aprobados por la asamblea de accionistas<br />
u órgano que haga a sus veces.<br />
Modificaciones introducidas al Decreto 148/007<br />
que reglamenta el Impuesto a la Renta a las Personas<br />
Físicas (IRPF):<br />
• Las rentas al trabajo, derivadas de actividades<br />
por las cuales se genere cobertura provisional<br />
en el ámbito de afiliación al Banco<br />
de Previsión Social de los administradores y<br />
directores de SAS estarán gravados por IRPF<br />
y se computarán como rentas de trabajo<br />
dependientes siempre que corresponda a<br />
residentes.<br />
• Asimismo el Decreto incorpora al trabajador,<br />
al socio administrador y al síndico<br />
a consignar mediante declaración jurada<br />
al responsable sustituto para la retención<br />
correspondiente.<br />
Modificaciones introducidas al Decreto 30/015<br />
que reglamenta el Impuesto al Patrimonio (IP):<br />
• Se incluyen a las SAS como contribuyentes<br />
del IP.<br />
Modificaciones introducidas al Decreto 220/998<br />
que reglamenta el Impuesto al Valor Agregado<br />
(IVA):<br />
• Se incluyen a las SAS como contribuyentes<br />
del IVA.<br />
• Se agrega al artículo 124 el supuesto de la<br />
conversión de empresas unipersonales en<br />
SAS con total transferencia del giro.<br />
Modificaciones introducidas al Decreto 597/988<br />
referente a la recopilación de normas relativa a<br />
los tributos recaudados por la DGI:<br />
• Se establece la obligatoriedad de la asignación<br />
de un nuevo RUT a aquellas empresas<br />
unipersonales que se hubieran transformado<br />
a SAS.<br />
• También se establece que la transformación<br />
de la empresa unipersonal a SAS (siempre<br />
que sea de la totalidad del giro) importa el<br />
cierre del ejercicio económico del sujeto<br />
pasivo por lo que la misma deberá presentar<br />
una declaración jurada y abonar la totalidad<br />
de los tributos resultantes.<br />
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LABORAL<br />
Normativa laboral<br />
que se impone en el año 2020<br />
ANTE EL COMIENZO DE UN NUEVO AÑO, RESULTA IMPORTANTE REALIZAR UN REPASO<br />
DE LA NORMATIVA LABORAL QUE SE VUELVE RELEVANTE, O BIEN PORQUE COMIENZA<br />
A DESPLEGAR SUS EFECTOS EN ESTE AÑO, O BIEN PORQUE POR DETERMINADAS<br />
CIRCUNSTANCIAS IMPONEN A LO LARGO DEL AÑO 2020 MAYORES OBLIGACIONES<br />
PARA LOS EMPLEADORES.<br />
34<br />
Dra. Mariana<br />
Fernández Fasciolo<br />
Asimismo, resulta relevante tener presente<br />
aquellos aspectos del anteproyecto de<br />
Ley de Urgente Consideración presentado<br />
por el nuevo gobierno, que de ser aprobadas<br />
tendrán impacto directo en la normativa o<br />
prácticas laborales vigentes.<br />
Normas que comienzan<br />
a regir a partir del año 2020.<br />
Nuevo Salario Mínimo Nacional.<br />
A partir del 1 de enero de 2020 el Salario<br />
Mínimo Nacional asciende a la suma de<br />
$16.300 nominales mensuales, de conformidad<br />
con lo previsto en el Decreto 156/019.<br />
Asimismo, el Decreto dispone que para<br />
hallar el valor diario del jornal mínimo<br />
nacional se debe dividir el salario mensual<br />
entre veinticinco, lo que da un jornal<br />
mínimo nominal de $652; y para hallar el<br />
valor mínimo por hora se debe dividir el<br />
monto mensual entre doscientos, lo que da<br />
un monto mínimo nominal de la hora de<br />
trabajo de $81,50.<br />
Ello es sin perjuicio de los mínimos
previstos en los laudos de Consejo de Salarios vigentes aplicables<br />
a cada sector de actividad.<br />
Pago de prestaciones alimentarias.<br />
Con la modificación prevista en la ley 19.732 al articulo 167<br />
de la ley 16.713, a partir del 1 de enero de 2020, estarán exentas<br />
de aportación a la seguridad social, aquellas partidas de alimentación<br />
abonadas a los trabajadores por su empleador, cuando<br />
las mismas no excedan el máximo equivalente a 100 UI por día<br />
trabajado.<br />
En virtud de que el valor de la UI a tomar, conforme a lo<br />
previsto en la ley es el del 1 de enero de cada año, el valor exento<br />
para esta partida para todo el año 2020 es de $ 436,59 por jornal<br />
de trabajo.<br />
Mecanismo de cálculo y pago de las primas del<br />
seguro contra accidentes de trabajo y enfermedades<br />
profesionales para trabajadores del sector rural.<br />
De acuerdo con la Ley N° 19.678 y su reciente nueva reglamentación<br />
dada por el Decreto de fecha 27 de enero de 2020, a partir<br />
del 1 de mayo de 2020, las primas correspondientes al seguro de<br />
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores<br />
de la actividad rural se calcularán conforme al régimen<br />
general previsto en la Ley N° 16.074. Ello implica que dichas<br />
primas ya no estarán comprendidas en la contribución patronal<br />
abonada por las empresas del sectorcuatrimestralmente al Banco<br />
de Previsión Social.<br />
Las primas a abonarse por el concepto a partir del 1 de mayo<br />
de 2020,serán calculadas teniendo como base de cálculo la remuneración<br />
nominal percibida por los trabajadores y la peligrosidad<br />
de la actividad y del establecimiento. En virtud del cambio de<br />
régimen y para lograr una aplicación progresiva del mismo, se<br />
prevén para los primeros años de aplicación bonificaciones transitorias<br />
del 60% para las primas a abonar en el 2020, del 40% en el<br />
2021 y del 20% en el 2022.<br />
Capacitación obligatoria para trabajadores que desempeñen<br />
tareas utilizando como medio de transporte una bicicleta u otro<br />
vehículo bi-rodado impulsado con o sin motor.<br />
Mediante el Decreto 327/019 que modifica algunas disposiciones<br />
del Decreto 119/017, se dispone que, todos los trabajadores que<br />
cumplan tareas utilizando exclusivamente como medio de transporte<br />
una bicicleta u otro vehículo bi-rodado impulsado con o sin<br />
motor deberá haber aprobado el curso de capacitación específico y<br />
contar con el certificado de formación profesional expedido por la<br />
autoridad competente o entidad habilitada.<br />
La nueva redacción del Decreto no distingue ámbito de aplicación<br />
especial para la norma, por lo que aplica a todas las ramas de<br />
actividad.<br />
No obstante ello, dispone que los repartidores de alimentos y/o<br />
productos farmacéuticos que se desempeñen en bicicleta deben<br />
tener el curso aprobado al 1 de julio de 2020 (para quienes trabajan<br />
en moto ya es obligatorio desde el año 2018) y que para el resto<br />
de ramas de actividad será el Poder Ejecutivo quien disponga la<br />
fecha de exigibilidad del certificado de formación profesional<br />
Normas que intensifican obligaciones laborales para los empleadores<br />
en el año 2020.<br />
Control de voto en elecciones nacionales.<br />
Conforme a lo previsto en los artículos 11, 14 y 18 de la ley<br />
16.017 que regula aspectos relacionados con los actos electorales<br />
en el país, los empleadores de la actividad privada estan obligados<br />
a requerir a sus trabajadores, evidencia de haber participado de<br />
los actos eleccionarios. Conforme a la norma, los empleadores podrán<br />
válidamente retener el sueldo del trabajador, hasta tanto éste<br />
no acredite haber cumplido con el voto o haber abonado la multa<br />
correspondiente ante la Corte Electoral.<br />
Conforme a la circular emitida por la Corte Electoral, el control<br />
de los actos eleccionarios de octubre y noviembre de 2019, debe<br />
realizarse a partir del 23 de marzo de 2020 y por el plazo de 120<br />
días. Por lo que, en los hechos, para el cobro de salarios a partir<br />
del 23 de marzo y hasta el 22 de julio de 2020, los trabajadores<br />
deberán acreditar el voto en las elecciones nacionales de octubre y<br />
en el acto eleccionario del ballotage del pasado mes de noviembre.<br />
A los efectos de acreditar, ante una eventual inspección de la<br />
Corte Electoral, el haber cumplido con la obligación prevista en la<br />
ley, es recomendable requerirle a los trabajadores una copia de las<br />
respectivas constancias.<br />
Aquellos empleadores que no cumplan con el control estipulado<br />
en la ley, podrán ser sujetos a multas por parte de la Corte<br />
Electoral equivalentes al 10% (diez por ciento) del sueldo nominal<br />
mensual de cada trabajador. En caso de reincidencia se puede<br />
duplicar el monto de la misma.<br />
Incremento del porcentaje<br />
de contratación de personas con discapacidad.<br />
De conformidad con las disposiciones de la Ley 19.691 y su<br />
decreto reglamentario, que disponen una progresividad en el<br />
aumento de los porcentajes de contratación de personas con discapacidad,<br />
los porcentajes vigentes a la fecha, para todas las ramas<br />
de actividad son:<br />
Vigencia<br />
Desde 18/11/2019<br />
al 17/11/2020 inclusive<br />
Desde el 18/11/2020<br />
al 17/11/2021 inclusive<br />
Números total de empleados<br />
permanentesen la empresa<br />
Porcentaje de trabajadores con<br />
discapacidad a incorporar<br />
500 o más trabajadores 4% (cuatro por ciento)<br />
150 o más trabajadores y menos de<br />
500 trabajadores<br />
50 o más trabajadores y menos de<br />
150 trabajadores<br />
Menos de 50 trabajadores<br />
3 % (tres por ciento)<br />
2 % (dos por ciento)<br />
1,5 % (uno y medio por ciento)<br />
500 o más trabajadores 4% (cuatro por ciento)<br />
150 o más trabajadores y menos de<br />
500 trabajadores<br />
50 o más trabajadores y menos de<br />
150 trabajadores<br />
Menos de 50 trabajadores<br />
3,5 % (tres y medio por ciento)<br />
3 % (tres por ciento)<br />
2 % (dos por ciento)<br />
Es importante notar que la obligación prevista en la ley aplica<br />
cuando se producen nuevas contrataciones de personal, naciendo<br />
recién allí la obligatoriedad de contratar a personal con discapacidad<br />
que cumpla con los requisitos técnicos y de idoneidad para el<br />
cargo vacante.<br />
Obligatoriedad de la contratación de<br />
Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo<br />
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 126/2019 a partir de<br />
noviembre de 2020, todas las empresas que cuenten con cinco o<br />
más trabajadores, deberán implementar los Servicios de Prevención<br />
y Salud en el Trabajo, teniendo un plazo de 180 días para<br />
hacerlo (esto es hasta mayo de 2021). Ello sin perjuicio de la<br />
potestad que se reservó el poder Ejecutivo de, a lo largo del año<br />
2020, disponer con una vigencia anticipada la obligatoriedad de<br />
la implementación de estos servicios para los diferentes grupos de<br />
actividad, para aquellas empresas de entre 50 a 300 trabajadores.<br />
35
LABORAL<br />
En todo caso se debe recordar que las empresas que tengan<br />
mas de 300 empleados, independientemente de su sector de actividad,<br />
ya se encuentran obligadas a implementar este servicio.<br />
Ello sin perjuicio de las normas especiales que imponen la<br />
obligatoriedad de estos servicios para diferentes grupos de actividad<br />
que se encuentran a la fecha vigentes.<br />
Proyectos de regulación contenidos en el anteproyecto de Ley<br />
de Urgente Consideración.<br />
Sin perjuicio de que el anteproyecto de Ley se encuentra<br />
aún sometido a negociación por parte de los diferentes actores<br />
políticos y que además debe ser aprobado por el Parlamento, se<br />
destacan a continuación los principales aspectos contenidos en<br />
dicho proyecto que tienen impacto en el ámbito laboral.<br />
Pago de salarios y demás prestaciones en efectivo.<br />
Conforme al proyecto contenido en el anteproyecto de Ley,<br />
cesaría la obligatoriedad de pagar los salarios y toda partida en<br />
dinero, prestaciones de alimentación y honorarios por servicios<br />
profesionales exclusivamente mediante medios de pagos<br />
electrónicos. En consecuencia, de aprobarse la misma se podrían<br />
abonar salarios y demás créditos laborales en dinero, debiendo<br />
mediar para ello acuerdo por escrito del trabajador y el empleador.<br />
Regulación del ejercicio del Derecho de Huelga.<br />
De aprobarse el texto contenido en el anteproyecto de Ley,<br />
para que el ejercicio del derecho de Huelga sea válido, siguiendo<br />
los lineamientos de la Organización Internacional de Trabajo y<br />
la jurisprudencia que se ha pronunciado sobre el tema, la huelga<br />
debe ser pacifica, no puede perturbar el orden público y se debe<br />
respetar la libertad de trabajo de los no huelguistas y el derecho a<br />
ingresar a la empresa del empleador. En los hechos, de aprobarse<br />
esta regulación se estaría restringiendo la posibilidad de realizar<br />
ocupaciones de los locales de trabajo. Asimismo, se dispone<br />
expresamente que cuando las medidas no cumplan con los requisitos<br />
legales, el Poder Ejecutivo podrá restringirlas.<br />
Asimismo, conforme al anteproyecto de ley, en el capitulo que<br />
regula la seguridad pública, se prohíben los piquetes duros con<br />
carácter general. Por piquetes duros nos referimos a aquellos que<br />
no permiten la libre circulación de las personas, bienes y servicios.<br />
Por ello, no resultarían admisibles los piquetes duros como<br />
medidas de lucha gremial.<br />
Se garantiza el derecho a la intimidad<br />
y al uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral y a la<br />
desconexión.<br />
El anteproyecto de ley dispone que el Estado será quien<br />
determine los criterios de utilización y de control de los medios<br />
digitales puestos a disposición de los trabajadores, respetando la<br />
intimidad y limitando el acceso a los mismos conforme al uso<br />
que se haya autorizado.<br />
Asimismo, se prevé que los trabajadores tendrán derecho a<br />
desconectarse de sus herramientas digitales mientras estén de<br />
licencia y durante su tiempo de descanso, intermedio y semanal,<br />
siendo la finalidad de la norma el garantizar la intimidad personal<br />
y familiar del trabajador.<br />
Modificaciones a la seguridad social.<br />
En el anteproyecto de ley y de cara a una eventual reforma<br />
del régimen de Seguridad Social vigente en el país, se establece<br />
la creación de una comisión de expertos para analizar temas<br />
relacionados con los diferentes regímenes de Seguridad Social,<br />
así como para realizar propuestas de reforma a los diferentes<br />
regímenes.<br />
Asimismo, se prevén modificaciones al régimen que permite<br />
la compatibilidad entre empleo y jubilación, de modo de flexibilizar<br />
el régimen vigente a la fecha.<br />
36
LABORAL<br />
¿Cómo mitigar la pérdida de<br />
empleo por el avance tecnológico?<br />
EL AVANCE TECNOLÓGICO TIENE ASPECTOS POSITIVOS, PERO TAMBIÉN UN LADO NEGATIVO,<br />
POR CUANTO EN GENERAL, CONLLEVA UNA PÉRDIDA DE EMPLEO. LA EXPERIENCIA INDICA QUE<br />
SI BIEN LA INCORPORACIÓN DE NUEVA TECNOLOGÍA CREA PUESTOS DE TRABAJO, LO HACE<br />
CON RETARDO, Y EN UN MENOR NÚMERO DE LOS QUE ELIMINA. Y A SU VEZ, ESTOS NUEVOS<br />
PUESTOS SON DISTINTOS, Y PARA ASUMIRLOS, SE REQUIERE UNA MÁS ALTA CALIFICACIÓN.<br />
Dr. Nelson Larrañaga Zeni<br />
40<br />
Asistimos a una paradoja por cuanto el<br />
ser humano es el creador de nueva tecnología,<br />
y con esto, sustituye el trabajo de otros<br />
seres humanos. Hay una tensión permanente<br />
entre nueva tecnología y empleo, y<br />
detrás de ella hay personas que ganan y<br />
otras que pierden. La sociedad se beneficia<br />
con los avances, pero también se perjudica<br />
porque tiene que procurar los medios para<br />
mitigar la pérdida de empleo.<br />
Sabemos que la eliminación de puestos<br />
laborales tiene efectos individuales,<br />
familiares y económicos perjudiciales para<br />
la sociedad. La pérdida del trabajo podría<br />
generar en las personas afectación en su<br />
salud. Esta situación recarga los sistemas<br />
de salud y de protección social en general,<br />
los que aumentan sus egresos con prestaciones<br />
por desempleo, y disminuyen sus<br />
ingresos por pérdida de cotizantes.<br />
Este tema tuvo su llegada en los programas<br />
de gobierno. Los partidos políticos<br />
coinciden en que el avance tecnológico<br />
está causando y causará en el futuro, un<br />
impacto en el empleo, afectando a aquellos<br />
puestos de trabajo repetitivos, que serán<br />
sustituidos por la robótica, la automatización,<br />
el internet en las cosas. A su vez, este<br />
avance implicará la creación de nuevos<br />
puestos de más alta calificación.<br />
Algunos programas realizan un diagnóstico<br />
y contienen propuestas de cómo<br />
afrontar esta realidad y atemperar sus<br />
efectos. El Partido Nacional (PN) señala<br />
que la revolución tecnológica, la inteligencia<br />
artificial y la automatización, inciden e<br />
incidirán de manera transformadora en el<br />
ámbito laboral. Hay trabajos que desaparecen,<br />
otros que se crean, y otros que<br />
requieren nuevos conocimientos y nuevas<br />
capacidades. No solo se afectan puestos de<br />
trabajo, sino la forma en que el trabajo se<br />
organiza. El trabajo con uso de plataformas<br />
digitales, transforma la prestación de<br />
tareas tradicional.<br />
El Frente Amplio (FA) afirma que<br />
con los cambios tecnológicos aparecen<br />
nuevas formas de empleo, que deben ser<br />
reguladas, con el fin de proteger los logros<br />
alcanzados. Aparecen nuevos trabajadores<br />
que irrumpen en el mercado laboral,<br />
generando nuevas categorías, que rompen<br />
los modelos hasta ahora existentes (por<br />
ejemplo, el teletrabajo). En esta dirección<br />
regulatoria, hay que atender el desplazamiento<br />
de los trabajadores producto de la<br />
robotización, automatización, etc.<br />
En los dos programas relevados se coincide<br />
en la necesidad de instalar un ámbito<br />
de diálogo sobre este tema, con inclusión<br />
de los actores sociales. Se concuerda que<br />
hoy la estructura de la formación profesional<br />
está muy dispersa. No hay un<br />
sistema que tenga sus objetivos y metas a<br />
alcanzar fijadas, y no se pone el foco en la<br />
trayectoria laboral del trabajador, que está<br />
siendo apoyado con planes de formación<br />
profesional.<br />
Este diálogo político y social tendría<br />
que concretarse en un acuerdo, que<br />
implique la creación legal de un Sistema<br />
Nacional de Formación Profesional. En<br />
esto coinciden el PN y el FA. Es necesario<br />
que la formación de los trabajadores sea<br />
continua, dado que hay que adecuarse rápidamente<br />
a los cambios tecnológicos, con<br />
el fin de subsistir en el mercado de trabajo.<br />
El PN propone la creación de un Sistema<br />
de Formación Profesional Continua<br />
(Sistema), que asegure permanentes oportunidades<br />
de mejora a los trabajadores, al<br />
tiempo que favorezca la innovación y la<br />
productividad. Es necesario que toda la<br />
institucionalidad creada en conexión con<br />
la formación profesional, funcione como<br />
sistema. El Sistema sería financiado a través<br />
del Fondo de Reconversión Laboral, y<br />
otros aportes públicos y privados. Tendría<br />
por fin generar políticas y mecanismos,<br />
que garanticen la calidad de la formación,<br />
la acreditación y certificación externa de<br />
saberes, y acciones formativas.<br />
El FA también propone la creación de<br />
un Sistema Nacional de Formación Profesional,<br />
con participación de los actores sociales.<br />
El Sistema tendría por fin articular<br />
entre las instituciones públicas y privadas,<br />
los distintos niveles de formación permanente<br />
y de capacitación para el trabajo. El<br />
FA plantea revisar la estructura actual de<br />
la Formación Profesional, procurando mejorar<br />
su coordinación, evaluación, calidad<br />
de enseñanza, etc., y establecer un número<br />
de horas anuales para la capacitación laboral,<br />
incluidas en la jornada de trabajo.<br />
En síntesis, la pérdida de empleos<br />
derivada de la incorporación de nueva<br />
tecnología y la creación de menos puestos<br />
y de más alta calificación, tiene que mover<br />
a toda la sociedad y al arco político para<br />
que con premura, se haga un diagnóstico<br />
y se formule el paquete de acciones a<br />
implementar. Esta actuación no debería ser<br />
solo coyuntural, sino que tendría carácter<br />
permanente, en atención a que el avance<br />
tecnológico no se detiene, y hay que estar<br />
informados y prepararse con programas y<br />
acciones tendientes a mitigar la pérdida de<br />
empleo
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ECONOMIA<br />
EN MATERIA ECONÓMICA<br />
¿Qué le deparará 2020<br />
al nuevo gobierno?<br />
Por Carlos Luppi<br />
42<br />
Keynes, el arquitecto de la<br />
economía de los siglos XX y XXI<br />
CUANDO EL PRESTIGIOSO SEMANARIO BÚSQUEDA PREGUNTÓ<br />
A LOS ENTONCES CANDIDATOS PRESIDENCIALES: “¿A QUÉ<br />
PENSADORES MENCIONARÍA COMO SUS REFERENTES EN TEMAS<br />
ECONÓMICOS?” (Nº 2037, 12 DE SETIEMBRE DE 2019), EL HOY<br />
PRESIDENTE ELECTO DE LA REPÚBLICA, DR. LUIS LACALLE POU<br />
CONTESTÓ “JOHN MAYNARD KEYNES”. LA REFERENCIA A QUIEN<br />
SE HA LLAMADO “EL ARQUITECTO DE LOS SIGLOS XX Y XXI” FUE<br />
UN GRAN ACIERTO DEL DR. LACALLE POU.<br />
Lord Keynes (título honorífico que le fue concedido por el Reino<br />
Unido por sus méritos, así como un Funeral de Estado en la<br />
Catedral de Westminster, igual que a Winston Spencer Churchill),<br />
quien previó que la paz leonina del Tratado de Versalles conduciría<br />
al renacimiento del militarismo alemán (que nos costó la Segunda<br />
Guerra Mundial y el Holocausto, entre otros hechos terribles); derrotó<br />
con sus ideas la Gran Depresión de 1929 al lograr que el gran presidente<br />
estadounidense Franklin Roosevelt implementara sus políticas<br />
expansivas e intervencionistas para impulsar la reactivación de la<br />
economía sobre la base de la empresa privada en momentos de crisis,<br />
impulsando estrategias que apuntaron al desarrollo económico, las<br />
formas de economía mixta, el pleno empleo, el comercio equilibrado<br />
y el Estado de Bienestar como formas de preservar la paz, es la mejor<br />
referencia que se puede invocar.<br />
Gracias a esas ideas y esa praxis tuvo lugar la llamada “Edad<br />
Dorada del Capitalismo” entre 1945 y 1973, cuando empezaron a regir<br />
las ideas que provocaron todo lo que vino después (dictaduras y populismos),<br />
que bien conocemos. Pero las ideas de Keynes (1883 - 1946)<br />
se mantuvieron como políticas de Estado permanentes en grandes potencias<br />
como Estados Unidos, Alemania, China y Japón, y vencieron<br />
las grandes crisis, como la reciente Gran Recesión 2007 - 2010, gracias<br />
a la acción de economistas keynesianos como Ben Shalom Bernanke,<br />
Janet Yellen y Stanley Fischer en la Reserva Federal de los Estados<br />
Unidos, y Mario Draghi en el Banco Central Europeo. Todos ellos son<br />
economistas surgidos de la Universidad de Harvard y del Massachusetts<br />
Institute of Technology (MIT), como Joseph Stiglitz y Paul<br />
Krugman, Premios Nobel de Economía 2001 y 2008, respectivamente.<br />
El Dr. Lacalle Pou, que tiene sobre sí las sombras luminosas de<br />
Luis Alberto de Herrera y Wilson Ferreira Aldunate, eligió como referencia<br />
a Lord John Maynard Keynes y no pudo hacer elección mejor.<br />
¿Cuál es su mayor desafío y cuáles son sus restricciones?<br />
El escenario internacional<br />
y sus posibilidades<br />
SEGÚN SU PRINCIPAL BIÓGRAFO (LORD ROBERT SKIDELSKY,<br />
DECANO EMÉRITO DE LA UNIVERSIDAD DE WARWICK), KEYNES<br />
ASPIRABA A UN CÍRCULO VIRTUOSO ENTRE PRODUCCIÓN,<br />
DISTRIBUCIÓN Y CONSUMO, QUE POSIBILITARA EL PLENO<br />
EMPLEO Y EL DESARROLLO INTEGRAL. VEÍA UNA RESTRICCIÓN<br />
PRINCIPAL EN EL COMERCIO EXTERIOR, Y POR ESO PROPUSO<br />
EN BRETTON WOODS LA CREACIÓN DE UNA ORGANIZACIÓN<br />
MUNDIAL DEL COMERCIO, QUE FUE DESVIRTUADA AL IGUAL<br />
QUE SUS PROYECTOS PARA EL FMI Y EL BANCO MUNDIAL.<br />
Esa restricción es también nuestro principal problema, como<br />
pequeño país tomador de decisiones y precios externos.<br />
Según el Instituto Uruguay XXI, las exportaciones uruguayas de<br />
bienes, incluyendo las realizadas desde zonas francas, totalizaron<br />
US$ 9.146 millones en 2019, cifra similar a las de los últimos diez<br />
años, equivalente al 16% de nuestro Producto Interno Bruto (PIB),<br />
estimado en aproximadamente US$ 57.000 millones. Como se ve, es<br />
un desempeño exportador bajo, con todas las consideraciones del<br />
caso.<br />
“Nuevamente China fue el principal socio comercial en 2019,<br />
representando el 31% de las exportaciones con montos exportados<br />
de US$ 2.872 millones y un significativo crecimiento con respecto<br />
a 2018. Le siguen como destinos Unión Europea (17%), Brasil (13%),<br />
Estados Unidos (7%), Argentina (4%), y México (3%)”. Nuestras<br />
principales ventas al resto del mundo fueron carne bovina (con una<br />
participación de 20%), celulosa (17%), soja (11%), lácteos (7%), concentrados<br />
de bebidas (6%), arroz (4%), madera (4%), y subproductos<br />
cárnicos (3%), es decir, productos primarios.<br />
“Las importaciones de bienes -sin considerar petróleo y derivados-<br />
alcanzaron US$ 7.201 millones, lo que representó una retracción<br />
de 7% con respecto a 2018. Los principales productos importados<br />
fueron vehículos, vestimenta, plásticos, teléfonos y sustancias<br />
químicas”.<br />
Los comentarios son dolorosos e innecesarios. ¿Qué podemos<br />
hacer al respecto?
Las perspectivas de la<br />
economía mundial y nosotros<br />
COMO BIEN SABEMOS, NUESTRO PAÍS ES TOMADOR ABSOLUTO DE DECISIONES EXTERNAS,<br />
DE MODO QUE LAS POSIBILIDADES DEL NUEVO GOBIERNO, CUYO ÉXITO DESEAMOS TODOS,<br />
ESTÁN SOMETIDOS A LAS RESTRICCIONES DEL CONTEXTO INTERNACIONAL.<br />
Según el informe del Fondo Monetario Internacional (FMI) presentado en el reciente Foro<br />
Económico Mundial de Davos (WEF), la economía mundial que viene de crecer 2,9% en 2019,<br />
crecerá 3,3% en 2020 y 3,4% en 2021, unas pocas décimas menos que en el informe anterior.<br />
El FMI habla de “un comportamiento negativo inesperado” en China (que creció 6,1% en 2019,<br />
el más bajo en 29 años, a lo que ahora se agrega la nueva epidemia, crecerá 6% en 2020 y 5,8%<br />
en 2021); India, que crecerá este año un 5,8% (venía de hacerlo por encima del 7%), mientras<br />
que el crecimiento en Estados Unidos bajará del 2,3% de 2019 al 2% en 2020 y 1,7% en 2021,<br />
“ahora que los efectos de la rebaja fiscal ya se han diluido”. La Eurozona que creció 1,2% en<br />
2019, crecerá 1,2% en 2020.<br />
En nuestra región, Argentina cayó 3,1% de su PIB en 2019 y caería 1,3% en 2020, con crecimiento<br />
positivo en 2021; Brasil creció 1,2% en 2019 y aumentaría su actividad en 2% en 2020,<br />
en tanto que Venezuela cayó 35% de su PIB en 2019, y caería 10% en 2020, siempre según el<br />
FMI.<br />
El discurso de Kristalina Georgieva, directora<br />
gerente del FMI, el lunes 20 de enero en Davos,<br />
abundó en señales pesimistas, como señalar<br />
que esta década del 20 podía ser como del siglo<br />
XX, antesala de una nueva gran recesión global,<br />
destacar la insuficiencia de la distensión entre<br />
EEUU y China, y el peligro que implican las<br />
tensiones geopolíticas y el crecimiento de las<br />
protestas que se han registrado en 2019 en sitios<br />
tan lejanos como Chile, Francia, Hong Kong y<br />
Líbano.<br />
Sorprendentemente, aconsejó, además de<br />
“una sólida cooperación multilateral, especialmente<br />
en lo relacionado con la Organización<br />
Mundial del Comercio y la reducción de emisiones<br />
de gases de efecto invernadero”, la lucha<br />
contra la evasión fiscal y el lavado de activos,<br />
destacó “la acción coordinada de 49 bancos<br />
centrales que realizaron 71 recortes de tipos<br />
de interés el año pasado en todo el mundo” (es<br />
decir, las políticas monetarias expansivas como<br />
las llevadas adelante por la Reserva Federal y el BCE), e insistió en “la necesidad de ampliar la<br />
inclusividad y las redes de protección social”.<br />
¿Puede el nuevo gobierno, a la luz de estas declaraciones y de un contexto externo que no<br />
nos es favorable, actuar para mejorar nuestra situación?<br />
Para Lacalle Pou John Maynard Keiynes<br />
es un referente en temas económicos<br />
43
ECONOMIA<br />
44<br />
EN MATERIA ECONÓMICA<br />
¿Qué le deparará 2020<br />
al nuevo gobierno?<br />
Una nueva inserción internacional<br />
para un nuevo comercio<br />
PARECE OBVIO QUE URUGUAY DEBE AMPLIAR Y DIVERSIFICAR<br />
SUS VENTAS AL RESTO DEL MUNDO (Y AUMENTAR EL<br />
VALOR AGREGADO DE LAS MISMAS), PARA LO CUAL TIENE<br />
GRAVES OBSTÁCULOS COMO LA COMPETENCIA DIRECTA<br />
CON ARGENTINA (CON PRECIOS MUY INFERIORES A LOS<br />
NUESTROS); CON NUEVA ZELANDA Y AUSTRALIA, DOS<br />
GRANDES POTENCIAS AGROINDUSTRIALES QUE INTEGRAN<br />
EL COMMONWEALTH, TIENEN TRATADOS DE LIBRE<br />
COMERCIO CON ESTADOS UNIDOS Y CON CHINA POPULAR;<br />
Y AUN CON LOS PAÍSES INTEGRANTES DE LA ALIANZA DEL<br />
PACÍFICO: CHILE, COLOMBIA, MÉXICO Y PERÚ, PAÍSES QUE<br />
REPRESENTAN MÁS DEL 40% DEL PIB DE AMÉRICA LATINA Y<br />
TIENEN TRATADOS DE LIBRE COMERCIO (TLC) CON ESTADOS<br />
UNIDOS.<br />
En enero, el presidente electo tuvo una comunicación telefónica<br />
con el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Mike Pompeo,<br />
y le planteó su visión favorable a un Tratado de Libre Comercio<br />
(TLC), como el que trataron los entonces presidentes Tabaré Vázquez<br />
y George W. Bush en 2006.<br />
El Dr. Lacalle Pou también recibió la visita del Subsecretario de<br />
Estado para Asuntos Políticos de EEUU, David Hale (quien afirmó<br />
que “Uruguay es un socio vital en la región), a quien trasmitió<br />
idéntica aspiración.<br />
Ambos jerarcas fueron consecuentes en manifestar que la política<br />
de la Administración Trump remite a acuerdos bilaterales.<br />
Sin embargo, en conocidas declaraciones a Montevideo Portal,<br />
el Embajador de la Unión, Kenneth George, un experiente empresario,<br />
político y diplomático que habla muy claro, luego de reiterar<br />
sus elogios a nuestro país (al que llamó “faro de la democracia”),<br />
señaló que somos EEUU y Uruguay son países competidores en<br />
agricultura, pero señaló que buscaba acuerdos en materia de desarrollo<br />
de tecnología y servicios.<br />
Señaló que: “Me he reunido con Lacalle Pou varias veces.<br />
(...) Le diré lo que puedo decirle: no hubo información secreta,<br />
hablamos de muchas cosas que hemos hablado en esta entrevista.<br />
Hablamos de la similitud entre nuestros ideales y los de ustedes,<br />
también hablamos de China y la posibilidad de Uruguay de venderle<br />
a China, y somos conscientes de eso. Nosotros sabemos que<br />
no seremos su principal socio para comprarles, no podemos serlo.<br />
Y sabemos que China sí, porque ellos tienen que alimentar a su<br />
población. Nosotros somos vendedores, ustedes son vendedores,<br />
China es comprador. Nosotros y ustedes tenemos más producción<br />
de alimentos de lo que podemos consumir. Entonces, yo le<br />
dije que entiendo perfectamente que él<br />
tiene que hacer negocios con China. No<br />
esperamos que sólo hagan negocios con<br />
nosotros.<br />
Pero hay áreas donde somos muy<br />
competitivos en el mercado mundial.<br />
Como le dije: tecnología. Usted tiene<br />
propiedad intelectual, donde se puede<br />
sumar valor agregado, y ustedes lo<br />
pueden cotizar olvidándose del valor<br />
del mercado, porque le agregarán algo<br />
excepcional. Hablamos de eso con<br />
Lacalle Pou”.<br />
Y preguntado sobre si a Estados Unidos<br />
le interesa firmar un TLC con Uru-<br />
“Uruguay es un socio vital en la región”<br />
David Hale, Subsecretario de Estado para<br />
asuntos políticos de los EE.UU afirmó<br />
guay o con el Mercosur como bloque,<br />
respondió: “Bueno, al presidente Trump le gusta firmar acuerdos<br />
bilaterales con otros países, no con un grupo de países. No es su<br />
estilo. Lacalle Pou ha dicho que quisiera flexibilizar las reglas<br />
dentro del Mercosur para poder firmar TLC con otros países de<br />
forma bilateral. Nosotros le dijimos: “Cuando tú sepas qué tipo de<br />
acuerdo puedes firmar, nos sentamos a hablar”.<br />
Se tratan de expresiones muy claras que provienen de la<br />
primera superpotencia política, económica, militar y cultural del<br />
mundo, con la cual nos une una comunidad de valores que nace<br />
con los Padres Fundadores y José Artigas.<br />
Parece evidente además que realizaremos esfuerzos para firmar<br />
acuerdos o integrar la Alianza del Pacífico, y que seguiremos<br />
buscando la implementación del TLC entre el MERCOSUR y la<br />
Unión Europea.<br />
Todos ellos son pasos auspiciosos y muy necesarios.<br />
Si las condiciones no están dadas hoy, pueden estarlo en cualquier<br />
momento.<br />
Como decía Wilson Ferreira Aldunate: “la lucha empieza todos<br />
los días, y por eso la lucha empieza hoy”.
LAVADO<br />
PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS<br />
Evaluación GAFILAT:<br />
¿Por qué debe importarle<br />
al sector inmobiliario?<br />
DÍAS ATRÁS EL GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DE LATINOAMÉRICA (EN<br />
ADELANTE “GAFILAT”) PUBLICÓ EL “INFORME DE EVALUACIÓN MUTUA<br />
DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY”, REFERIDO A NUESTRO<br />
SISTEMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y EL<br />
FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO (EN ADELANTE “PLAFT”).<br />
46<br />
Dr. Juan Diana<br />
GAFILAT es uno de los organismos<br />
regionales del Grupo de Acción Financiera<br />
Internacional (“GAFI”), entidad encargada<br />
de brindar lineamientos generales<br />
para la lucha contra el lavado de activos<br />
y el financiamiento del terrorismo a nivel<br />
mundial. Dentro de sus funciones tiene<br />
a cargo la evaluación de los sistemas de<br />
PLAFT de los países miembros, dentro de<br />
los cuales se encuentra Uruguay.
LAVADO<br />
48<br />
Pero, ¿De qué trata la evaluación?<br />
Refiere al nivel de cumplimiento por<br />
parte de nuestro país de las denominadas “40<br />
Recomendaciones del GAFI” del año 2012,<br />
las cuales establecen estándares sobre la<br />
composición de un sistema de PLAFT, como<br />
ser el marco jurídico e institucional, la capacidad<br />
de confiscación de bienes delictivos,<br />
el conocimiento de los riesgos y respuesta de<br />
los sujetos obligados, la cooperación judicial<br />
internacional, la eficiencia en el análisis y<br />
producción de información operativa, entre<br />
otros.<br />
Por otra parte, ¿Qué sucede<br />
si no se alcanzan buenos resultados?<br />
Los resultados de la evaluación determinan<br />
la inclusión o no del país evaluado<br />
en listas internacionales elaboradas por el<br />
GAFI, en las que se exponen a las jurisdicciones<br />
consideradas de “alto riesgo” (por no<br />
cumplir con sus Recomendaciones o bien por<br />
aplicarlas deficientemente).<br />
Esto incide de forma directa en la posibilidad<br />
de realizar transacciones financieras internacionales<br />
por parte del país evaluado, lo<br />
que incluye el mantenimiento de corresponsalías<br />
bancarias, el envío y la recepción de<br />
pagos, la constitución de seguros por parte<br />
de empresas multinacionales y la realización<br />
de transacciones en el ámbito del mercado de<br />
valores internacional. En efecto, una evaluación<br />
satisfactoria resulta de vital importancia<br />
para la vida económica-financiera del país<br />
evaluado.<br />
Entonces, ¿Cuáles fueron<br />
los resultados de Uruguay?<br />
En líneas generales nuestro sistema de<br />
PLAFT fue calificado en un nivel de cumplimiento<br />
moderado.Esto implica que, si bien<br />
contamos con herramientas suficientes para<br />
cumplir con los distintos estándares, existen<br />
diversas deficiencias que deben ser mejoradas<br />
a fin de concretar el pleno cumplimiento.<br />
Como fortalezas fueron identificadas la<br />
“sólida” coordinación y cooperación por<br />
parte de las instituciones públicas de supervisión<br />
y control, la confección y utilización<br />
de matrices de riesgo por parte de los sujetos<br />
obligados del sector financiero, la disponibilidad<br />
de información pública sobre sociedades<br />
y entidades jurídicas, la inclusión de<br />
las organizaciones sin fines de lucro como<br />
sujetos obligados, entre otras.<br />
Por su parte, como debilidades se indicaron<br />
la necesidad de una mejor comprensión<br />
de los riesgos a los que se expone el país<br />
(principalmente aquellos originados en el<br />
sector no financiero), el bajo conocimiento<br />
por parte de las autoridades y sujetos obligados<br />
del riesgo vinculado al financiamiento<br />
del terrorismo, bajos niveles de Reportes<br />
de Operaciones Sospechosas (“ROS”) por<br />
parte del sector no financiero, la inexistencia<br />
de barreras que impidan que los lavadores<br />
ocupen cargos gerenciales en sociedades del<br />
mencionado sector, entre otras.<br />
Y finalmente, ¿Por qué<br />
debe importarle al sector inmobiliario?<br />
La gran mayoría de las debilidades identificadas<br />
en la evaluación se vinculan con el<br />
sector no financiero. Esto abarca tanto a las<br />
autoridades de supervisión y control como a<br />
los sujetos obligados que lo componen, dentro<br />
de los cuales se ubican los promotores,<br />
constructoras, inmobiliarias y otros intermediarios<br />
en inmuebles.<br />
Por este motivo, y ya de cara a la próxima<br />
evaluación del GAFILAT, es esperable que<br />
en los próximos años las autoridades a cargo<br />
(principalmente la SENACLAFT) acentúen<br />
las actividades de supervisión -especialmente-<br />
para con los sujetos obligados “no<br />
financieros”. De igual modo, es altamente<br />
probable que dichas autoridades profundicen<br />
en cuanto al conocimiento y evaluación de<br />
los riesgos a los que este sector se encuentra<br />
expuesto, pudiendo solicitar información<br />
de mayor calidad y cantidad a los sujetos<br />
obligados.<br />
Asimismo, en tanto el sector inmobiliario<br />
es visto internacionalmente como un<br />
sector de alto riesgo en materia de lavado,<br />
es presumible entonces que los promotores,<br />
constructoras, inmobiliarias y otros intermediarios<br />
sean protagonistas en el proceso de<br />
mejoramiento de las debilidades detectadas<br />
por GAFILAT… es por dicho motivo que<br />
la evaluación debe importarle -y mucho- al<br />
sector inmobiliario.<br />
Por más detalles puede dirigirse a nuestros comentarios de la evaluación GAFILAT disponibles en el siguiente link:http://brumcosta.<br />
com/2020/01/24/comentarios-acerca-del-informe-de-evaluacion-mutua-de-uruguay-por-parte-del-gafilat/
Schindler significa mucho más que fabricación de ascensores,<br />
escaleras mecánicas y rampas. Nosotros movilizamos día tras día<br />
a más de 700 millones de personas de todo el mundo.<br />
Productor de bienes y proveedor de servicios de calidad y<br />
seguridad son nuestros activos
50<br />
COMPETITIVIDAD
La competitividad<br />
al interior del Uruguay<br />
Por Mag.<br />
Micaela Camacho,<br />
Dir. del Instituto de<br />
Competitividad, UCU<br />
DESDE QUE INICIAMOS ESTOS ESPACIOS DE REFLEXIÓN Y APORTE ACADÉMICO EN<br />
LA REVISTA, ESTAMOS HABLANDO DE COMPETITIVIDAD. ¿QUÉ ES, EXACTAMENTE?<br />
¿CÓMO SE PUEDE LLEGAR A MEDIR? ¿QUÉ IMPLICAN LAS COMPARACIONES?<br />
¿QUÉ IMPLICAN LOS RANKINGS Y QUÉ IMPLICA PARA URUGUAY ESTAR A MITAD<br />
DE TABLA EN ELLOS? EN ESTA LÍNEA, NUESTRO FOCO HA ESTADO PUESTO EN LA<br />
COMPETITIVIDAD A NIVEL PAÍS, Y EN LA COMPARACIÓN DE URUGUAY CON OTROS<br />
PAÍSES DE LA REGIÓN Y DEL MUNDO.<br />
Sin embargo, la competitividad es un concepto que puede ser aplicado a distintos niveles:<br />
país, industrias, empresas, regiones. Cada nivel de aplicación tiene sus matices, sus elementos<br />
de consideración propios para poder entender el concepto y para poder aportar a<br />
la construcción del proceso competitivo que, como explicábamos en la primer nota, tiene<br />
como objetivo generar bienestar sostenible.<br />
En pocos meses, en nuestro país, se elegirán las autoridades que tendrán injerencia directa<br />
en la competitividad a nivel departamental. Si bien hasta ahora nos hemos enfocado<br />
en el país como un conjunto, dado este escenario político, creemos que es interesante<br />
observar qué está sucediendo con la competitividad al interior del país, en cada uno de<br />
los departamentos del Uruguay. Mirar el país como un todo es muy importante, pero<br />
también es esencial comprender las diferencias que existen al interior del mismo, que<br />
son muchas.<br />
En 2018, el Instituto de Competitividad a pedido de la Academia Nacional de Economía,<br />
realizó una investigación dirigida a comprender los estados competitivos de los 19<br />
departamentos del Uruguay 1 . El principal objetivo de la investigación fue el de contribuir<br />
al desarrollo competitivo de los departamentos, a través de la construcción de indicadores<br />
que permitieran un mejor entendimiento del potencial de las regiones, contribuir a<br />
las definiciones estratégicas tanto a nivel público como a nivel privado, y desarrollar una<br />
metodología adecuada que permitiera monitorear las distintas actividades de promoción<br />
competitiva.<br />
51
COMPETITIVIDAD<br />
52<br />
A través de la construcción de un modelo de competitividad, se pudieron obtener<br />
mediciones que permitieran la comparación situacional de las distintas regiones de<br />
nuestro país. En esta nota, presentaremos los resultados del índice global. La figura XX<br />
lo que muestra es el nivel de potencial competitivo de cada departamento en el Uruguay<br />
en comparación con el resto de los departamentos. Es decir, las mediciones que<br />
se reflejan en el mapa muestran la potencialidad para desarrollar competitividad (para<br />
ser competitivos) que tiene cada departamento. Estas mediciones dependen de diversos<br />
factores, algunos de carácter más permanentes en el tiempo (como la distancia a puertos<br />
relevantes o fronteras), otros que son pasibles de mejora con la aplicación de políticas<br />
específicas (como la cantidad y calidad de las empresas operando en el departamento).<br />
Como puede observarse, existen zonas muy diferenciadas en lo que respecta al potencial<br />
competitivo. En primer lugar, despegado del resto de los departamentos, encontramos<br />
a Montevideo, la capital. Su gran potencial competitivo en comparación con el resto<br />
de los departamentos se debe entre otros motivos a la población que allí se concentra,<br />
la cantidad de empresas y a la centralización de la actividad pública, que sigue siendo<br />
aún muy marcada en nuestro país.<br />
Los departamentos que siguen en “nivel de potencial competitivo” a Montevideo, son<br />
aquellos que tienen frontera con la capital, más Maldonado y Colonia. Esto no fue un<br />
motivo de sorpresa, dado que aunque los límites administrativos existan,<br />
el flujo de personas y actividad económica no necesariamente los<br />
reconocen como tales e, inclusive, dada la corta distancia a la<br />
capital, la concentración de personas y empresas en los departamentos<br />
contiguos es un fenómeno que se viene observando de<br />
forma creciente.<br />
Siguiendo en el nivel de potencial, nos encontramos un tercer<br />
grupo de departamentos que se ubican en el litoral oeste del<br />
país, al que se le suma Rocha. El potencial de estos departamentos,<br />
además de un tema histórico de desarrollo económicoque<br />
juega un papel importante en la construcción de las<br />
bases competitivas, está relacionado ampliamente con el flujo<br />
de turismo. Este tema es el que también explica la aparición<br />
de Rocha en este grupo que, si bien es un departamento alejado<br />
de la capital y con frontera con Brasil (que como puede<br />
observarse en el mapa es algo que parece impactar negativamente<br />
en el potencial competitivo), aumenta su potencial<br />
competitivo por el flujo de turismo que recibe y que impacta<br />
positivamente en el desarrollo de la actividad económica.<br />
En un cuarto grupo, encontramos los departamentos del<br />
centro del país, que quedan de alguna manera en una<br />
situación “bisagra” entre los departamentos del litoral y los<br />
departamentos fronterizos con Rivera, que son, en un quinto<br />
grupo, los departamentos que se encuentran en peor posición<br />
en lo que respecta al potencial competitivo. Más allá de los temas<br />
de frontera, uno de los elementos que más impacta para el bajo<br />
potencial competitivo de estos departamentos en relación al resto es su<br />
lejanía con la capital y con puertos de relevancia, que son impulsores de flujos<br />
tanto de personas como de bienes.<br />
Si bien las mediciones obtenidas en la investigación no parecen sorprender, aportan<br />
un elemento de medición objetiva y académica que podría servir como insumo para la<br />
diagramación de estrategias departamentales y, por qué no, nacionales. Las disparidades<br />
entre los potenciales competitivos de los departamentos son importantes, y cada<br />
departamento tiene oportunidades y desafíos propios que manejar de cara al futuro.<br />
Con esta primer imagen general de la situación del Uruguay, a lo largo de estos meses<br />
iremos ahondando en los distintos aspectos que conforman el potencial competitivo y<br />
viendo cuáles son las fortalezas y debilidades de cada departamento para poder construir<br />
su desarrollo competitivo.<br />
NOTA:<br />
El libro completo puede encontrarse en https://ucu.edu.uy/es/ic<br />
Fuente: Instituto de<br />
competitividad (2018) –<br />
“Indicadores de competitividad<br />
departamental en Uruguay”
Los accidentes ocurren y<br />
no basta un Prevencionista para<br />
“cumplir” con el decreto.<br />
Sólo ASHA pone a buen resguardo<br />
la salud de su personal y<br />
la salud de su empresa.<br />
ASOCIACION DE PROMOTORES<br />
PRIVADOS DE LA CONSTRUCCION<br />
DEL URUGUAY<br />
ASESORIA<br />
EN SEGURIDAD E HIGIENE<br />
DE APPCU
INDICE GENERAL / COSTOS - GRANDES RUBROS - BASE 1999<br />
INDICE GENERAL / COSTOS - GRANDES RUBROS - BASE 1989<br />
General Parcial Materiales Mano<br />
de Obra<br />
Leyes<br />
Sociales<br />
Costo<br />
Permisos<br />
General Parcial Materiales Mano<br />
de Obra<br />
Leyes<br />
Sociales<br />
Costo<br />
Permisos<br />
DIC / 18 665.68 660.76 533.12 869.80 705.96 432.61<br />
ENE / 19 672.88 667.13 534.45 883.28 716.80 432.61<br />
FEB / 19 674.63 669.38 539.02 882.95 716.51 432.61<br />
MAR / 19 672.90 668.97 544.77 874.51 709.15 432.61<br />
ABR / 19 680.03 676.02 552.52 883.13 716.66 450.45<br />
MAY / 19 681.49 677.83 555.61 883.22 716.74 450.45<br />
JUL / 19 705.99 698.87 555.17 932.99 756.81 450.45<br />
AGO / 19 708.59 702.08 560.65 933.21 757.00 450.45<br />
SET / 19 711.28 705.55 568.61 932.47 756.37 463.82<br />
OCT / 19 713.95 708.87 574.93 932.56 756.45 463.82<br />
NOV / 19 715.26 710.46 577.74 932.74 756.60 463.82<br />
DIC / 19 710.63 707.12 580.38 921.05 746.42 463.82<br />
INDICE MEDIO SUBCONTRATOS POR TIPO<br />
BASE DICIEMBRE 1999 = 100 Mayo 89 = 100<br />
Noviembre 19 Diciembre 19 Noviembre 19 Diciembre 19<br />
Indice Parcial 710.46 710.63 29,591.44 29,452.33<br />
Hormigón armado 789.49 784.20 28,463.88 28,273.15<br />
Albañilería 748.35 741.57 34,574.07 34,260.83<br />
Carpintería 759.03 761.26 30,828.84 30,919.41<br />
Herrería 810.92 810.79 34,441.64 34,436.12<br />
Inst. eléctricas 724.25 722.04 31,033.32 30,938.62<br />
Inst. sanitarias 723.80 724.64 23,542.46 23,569.79<br />
Apar. y grifería 591.76 599.90 22,181.41 22,486.53<br />
Ascensor 473.29 473.45 20,641.69 20,648.67<br />
Vidrios 756.79 756.79 37,892.10 37,892.10<br />
Pinturas 893.96 893.96 39,999.79 39,999.79<br />
DIC / 18 29963.06 27334.78 17993.87 55839.90 51946.08<br />
ENE / 19 30110.97 27521.38 <strong>182</strong>58.61 55808.46 5<strong>182</strong>8.62<br />
FEB / 19 30436.65 27786.70 18304.16 56673.36 52624.45<br />
MAR / 19 30515.81 27880.41 18460.68 56652.19 52603.15<br />
ABR / 19 30437.55 27863.34 18657.61 56110.66 52062.81<br />
MAY / 19 30760.07 28156.98 18923.04 56663.74 52614.17<br />
JUL / 19 30826.11 28232.37 19028.86 56669.51 52620.04<br />
AGO / 19 31934.33 29108.70 19013.80 59862.88 55561.81<br />
SET / 19 32173.61 29386.93 19474.10 59829.51 55529.51<br />
OCT / 19 32294.39 29525.22 19690.55 59835.29 55535.38<br />
NOV / 19 32353.64 29591.94 19786.79 59846.84 55546.39<br />
DIC / 19 32144.21 29452.33 19877.20 59096.78 54799.02<br />
INDICE GENERAL COSTO CONSTRUCCIÓN - CRONOLÓGICO<br />
Base Mayo 1989 = 100 / Base Enero 1976 = 100<br />
2016 2017 2018 2019<br />
Enero 24197.61 25972.11 27941.58 30110.97<br />
Febrero 24547.26 26279.25 28388.48 31436.65<br />
Marzo 24162.33 26326.29 28216.14 30515.81<br />
Abril 24448.65 26152.59 28294.40 30437.55<br />
Mayo 24598.83 26383.29 28473.52 30760.07<br />
Junio 24561.74 26485.97 28661.24 30826.11<br />
Julio 24544.10 26567.84 28712.89 31934.33<br />
Agosto 24418.35 26617.14 29974.82 32051.93<br />
Setiembre 24443.68 26757.37 30134.94 32173.61<br />
Octubre 24896.01 27961.93 30223.60 32294.39<br />
Noviembre 26034.99 28169.10 30239.88 32353.64<br />
Diciembre 25945.43 27953.34 29963.06 32144.21<br />
MEDIANERÍA - ALTERNATIVAS ESTABLECIDAS POR LEY 17.555<br />
Setiembre 2019 Octubre 2019 Noviembre 2019 Diciembre 2019<br />
Contrato Administ. Contrato Administ. Contrato Administ. Contrato Administ.<br />
Muro de ladrillo de prensa e=25 cm 7759.99 7358.75 7845.80 7443.35 7849.44 7446.94 7854.29 7451.70<br />
Muro de ladrillo de campo e = 25 cm 5041.98 4679.25 5091.18 4727.75 5129.07 4765.11 5109.96 4746.25<br />
Muro de ladrillo de prensa e=12 cm 3925.59 3719.57 3968.50 3761.87 3970.36 3763.70 3972.81 3766.11<br />
Muro de ladrillo de campo e = 12 cm 2566.59 2379.82 2591.19 2404.07 2610.17 2422.78 2600.64 2413.38<br />
Muro de ladrillo de prensa una cara vista 4603.66 4307.80 4646.57 4350.10 4648.45 4351.96 4650.60 4354.06<br />
Muro de ladrillo de campo una cara vista 3244.66 2968.05 3269.25 2992.30 3288.27 3011.05 3278.43 3001.34<br />
Muros de Ticholo 12x25x25 e=12 cm. 1655.48 1533.76 1655.48 1533.76 1656.53 1534.79 1657.85 1536.09<br />
Muros de ticholo 12x25x25 e=25 cm. 2727.28 2575.84 2727.28 2575.84 2730.11 2578.63 2734.40 2582.84<br />
Elevación mat. de 6 a 15 m. / m3 500.78 433.53 500.78 433.53 500.78 433.53 500.42 433.18<br />
Elevación mat. de 15 a 30 m / m3 801.24 693.65 801.24 693.65 801.24 693.65 800.68 693.09<br />
Andamios de 6 a 30 m de altura /m2 194.86 168.84 194.86 168.84 194.86 168.84 194.75 168.72<br />
Protecciones 6 a 30 m de altura /m2 48.71 42.21 48.71 21.21 48.71 42.21 48.69 42.18<br />
Cim. corrido: H.cicl. 0.40x1 /ml 8715.09 7861.70 8717.08 7863.66 8726.28 7872.73 8736.70 7882.95
TIPO 1<br />
TIPO 2<br />
TIPO 3<br />
TIPO 4<br />
INDICE POR TIPO Y COMPONENTE<br />
Valor<br />
NOVIEMBRE 2019 DICIEMBRE 2019<br />
Mensual<br />
Acumuladas<br />
Acumuladas<br />
Variación<br />
mensual Valor Mensual<br />
2019 Ult. 12<br />
meses 2019 Ult. 12<br />
meses<br />
General 715.26 0.18 7.98 6.99 710.63 -0.65 7.28 7.28<br />
General sin<br />
impuestos 720.55 0.18 7.93 6.92 715.67 -0.68 7.20 7.20<br />
Parcial 710.46 0.22 8.26 7.40 707.12 -0.47 7.75 7.75<br />
Parcial sin<br />
impuestos 716.29 0.23 8.26 7.40 712.92 -0.47 7.75 7.75<br />
Materiales 577.74 0.49 9.96 9.61 580.38 0.46 10.47 10.47<br />
Gastos<br />
generales 580.27 0.29 7.77 7.49 580.18 -0.02 7.75 7.75<br />
Impuestos 685.13 0.23 8.26 7.40 681.90 -0.47 7.75 7.75<br />
Leyes sociales 756.60 0.02 6.93 5.43 746.42 -1.35 5.49 5.49<br />
Conexiones<br />
definitivas 186.81 0.02 4.25 4.38 186.86 0.03 4.28 4.28<br />
Costo de<br />
permisos 463.82 0.00 8.33 8.33 463.82 0.00 8.33 8.33<br />
General 708.78 0.19 8.04 7.14 704.24 -0.64 7.35 7.35<br />
Parcial 701.71 0.24 8.33 7.55 698.47 -0.46 7.83 7.83<br />
Materiales 567.17 0.53 10.06 9.65 569.67 0.44 10.54 10.54<br />
M. de obra 934.82 0.01 7.21 6.03 922.97 -1.27 5.85 5.85<br />
General 715.68 0.21 8.22 7.18 711.24 -0.62 7.55 7.55<br />
Parcial 410.43 0.26 8.57 7.64 707.40 -0.43 8.11 8.11<br />
Materiales 591.19 0.55 10.71 10.18 594.50 0.56 11.33 11.33<br />
M. de obra 930.97 0.02 7.11 5.74 918.85 -1.30 5.72 5.72<br />
Materiales 726.21 0.17 7.93 6.84 721.50 -0.65 7.23 7.23<br />
Parcial 724.67 0.20 8.22 7.28 721.16 -0.48 7.70 7.70<br />
Materiales 590.41 0.42 10.02 9.76 592.87 0.42 10.48 10.48<br />
M. de obra 933.01 0.04 7.17 5.67 922.02 -1.18 5.91 5.91<br />
General 717.74 0.17 7.69 6.62 712.88 -.068 6.96 6.96<br />
Parcial 715.26 0.21 7.89 6.96 711.67 -0.50 7.35 7.35<br />
Materiales 583.14 0.44 9.07 8.87 586.14 0.51 9.63 9.63<br />
M. de obra 926.12 0.03 7.11 5.57 914.03 -1.31 5.71 5.71<br />
Edificio Tipo 1: Torre de 10 pisos con ascensor. Edificio Tipo 2: Planta baja y tres pisos sin ascensor<br />
Edificio Tipo 3: Conjunto duplex en tira Edificio Tipo 4: Conjunto aislados en planta baja.<br />
Variación<br />
mensual<br />
ASESORIAS PROFESIONALES<br />
APPCU cuenta con una secretaría especializada<br />
en informar sobre reglamentaciones y<br />
normativas con el objetivo de ayudar a los<br />
promotores a tomar las mejores decisiones.<br />
BPS: Sr. Radamés Ayala<br />
Financiero: Cr. Alfredo Kaplan<br />
Derecho Laboral: Dr. Hebert Machado y<br />
Dr. Elbio Paladino<br />
Derecho Civil: Prof: Esc. Roque Molla<br />
Calidad: Sra. Alcira Castro<br />
Medianería: Arq. Julio González<br />
Gestoría: Sra. Adriana Bertelli<br />
Seguridad e Higiene:<br />
Tec. Prevencionista Angel Dobrich<br />
CONTACTO CON ENTES<br />
Nuestra secretaría derivará a la persona en<br />
cada organismo para agilizar el trámite en:<br />
OSE / UTE / ANTEL / Direc. Nac. de Bomberos /<br />
Agencia Nac. de Vivienda / BSE<br />
CONVENIOS APPCU<br />
• Secom: Servicio de compañía con descuento<br />
para categoría 3 y exoneración de la<br />
matrícula. Sra. Sylvia Nairac,<br />
tel: 29030610 int. 1130<br />
• Semm: Areas protegida, precios actualizados<br />
en la <strong>web</strong>. Sra. María del C. Bustillo y Sra.<br />
Isabel Colmenares, tel: 27112121 int. 306<br />
• Medicina Personalizada: Precios actualizados<br />
en la página <strong>web</strong>. Sra. Jenny Cavare,<br />
tel. 094308019 / 27070851<br />
• UNIT: 10% descuento en cursos, 25% en<br />
venta de normas, 10% en libros, Ing. Pablo<br />
Benia, tels.: 29012048 - 29021680<br />
• Optica Garese: Descuentos.<br />
Sra. Adriana Olivera: tel 099594207<br />
• ORT - Facultad de Arquitectura: Beneficios<br />
fiscales en la contratación de pasantes. Sra.<br />
Fernanda Puciano, tel: 27071806 int 2266.<br />
• Macromercado: Tarjeta de cliente<br />
Sra. Estela Paladjian,<br />
epaladjian@macromercado.com.uy<br />
• El Libro de los Clasificados / El Gallito Luis:<br />
Descuento en avisos,<br />
Sra. Silvia Pérez, tel: 29089809<br />
• International House London Institute:<br />
Sra. Cristina Ramos, tel: 27096774 o<br />
27092461, www.londoninstitute.edu.uy<br />
internationalhouse@adinet.com.uy<br />
• Edenred: Complemento salarial con ticket<br />
alimentación. Cr. Javier Figueredo,<br />
tel: 24088080, 24026918<br />
javier.figueredo@edenred.com<br />
• Drayser Ltda: Descuento en ropa e insumos<br />
de trabajo. Sr. Javier Valle. Tel. 24004366<br />
• Uruware: Beneficios en facturación<br />
electrónica, Sr. Mauro Cuello. Tel:<br />
27077778 int. 311
01<br />
02<br />
Servicios fuera de obra<br />
1.1 Asesorías y Consultorías / 1.2 Sistema Financiero / 1.3 Gestión Inmobiliaria<br />
1.4 Publicidad / 1.5 Estudios de Arquitectura e Ingeniería / 1.6 Empresas Constructoras<br />
Servicios en el sitio<br />
2.1 Demolición, Pilotes, Excavación / 2.2 Movimientos de tierras / 2.3 Riego y drenaje<br />
2.4 Insumos para obradores / 2.5 Máquinas y herramientas / 2.6 Trabajos en altura<br />
2.1 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo G. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />
2.1 Pilotes Victor Maia Clerc Avda. Uruguay 1562 EP - 2400.0129 info@pilotesvictor.com.uy - www.pilotesvictor.com.uy<br />
2.2 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo G. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />
2.2 Tramec S.A. Sandro Mazzolli I. de María 51-P. Carrasco-2604.5129 tramec@adinet.com.uy<br />
2.3 Hidroservice S.A. Mario Bellizzi San Martín 2866 - 2200.7460 hidroservice@adinet.com.uy<br />
2.4 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />
2.4 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
2.4 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />
2.4 Pergol Maquinaria S.A. Ruben Pérez / Juan P. Pérez Vilardebó 1333 - 2209.1414 pergol@multi.com.uy - ggimenez@pergol.com.uy<br />
2.4 Prontometal S.A. Iael Noachas Avda. San Martín 3370 - 2203.5330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy<br />
2.4 Quinro S.A. Alejandro Quintana Tte. Galeano 3458 - 2511.4001 ventas@quinro.com<br />
2.5 Atenko Jorge Ruiz Br. Artigas 1917 - 2400.2010 soler@soler.com.uy<br />
2.5 Pergol Maquinaria S.A. Ruben Pérez / Juan P. Pérez Vilardebó 1333 - 2209.1414 pergol@multi.com.uy - ggimenez@pergol.com.uy<br />
2.5 Tecnoandamio Nicolás López 12 de Octubre 5615 - 2513.2020 tecnoandamio@tecnoandamio.com<br />
2.6 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />
2.6 Vertical-Ind. Rope Access Alvaro Cañette Jaime Roldos y Pons 4079 - 2216.8945 vertical@vertical.com.uy - www.vertical.com.uy<br />
03 Hormigón<br />
3.1 Portland, acero y agregados / 3.2 Accesorios y aditivos / 3.3 Encofrados<br />
3.4 Hormigón pre-mezclado / 3.5 Hormigón pre-moldeado / 3.6 Corte, doblado y armado de barras<br />
3.1 Cementos Artigas S.A. María Orticochea 4707 - 2309.2810 gjo@hartigas.com.uy<br />
3.1 Cementos del Plata S.A. Cr. Roger Apoj Cno Boiso Lanza y Vigía - 2227.2842/4 clientes@cemplata.com.uy - www.cemplata.com.uy<br />
3.1 Gerdau Tte. Galeano 2250 - 2514.2727 uruguay_ventas@gerdau.com<br />
3.1 Quinro S.A. Alejandro Quintana Tte. Galeano 3458 - 2511.4001 ventas@quinro.com<br />
3.2 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
3.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
3.3 Atenko Jorge Ruiz Br. Artigas 1917 - 2400.2010 soler@soler.com.uy<br />
3.4 Cementos Artigas S.A. María Orticochea 4707 - 2309.2810 gjo@cartigas.com.uy<br />
3.4 Concrexur S.A. Cr. Morgan Martínez Ipar Paso de la Española 5200 - 2222.4939 ventas@concrexur.com.uy - concrexur@concrexur.com<br />
Catálogo de Proveedores<br />
3.4 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />
3.4 Hormigones Uruguay Ignacio Daguerre Br. España 2683 ap 502 - 2708.9102 / 42252020 www.hormigonesuruguay.com<br />
3.6 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />
3.6 Gerdau Tte. Galeano 2250 - 2514.2727 uruguay_ventas@gerdau.com<br />
04 Albañilería<br />
4.1 Canteras de extracción / 4.2 Revoques y morteros / 4.3 Construcción en seco<br />
4.4 Bloques modulados / 4.5 Ladrilleras / 4.6 Restauración y limpieza<br />
4.2 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />
4.3 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 -2200.0845 jaime@barracaparana.com<br />
4.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
4.4 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
4.6 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />
4.6 Vertical-Ind. Rope Access S.A. Alvaro Cañette Jaime Roldos y Pons 4079 - 2216.8945 vertical@vertical.com.uy - www.vertical.com.uy<br />
05 Metales<br />
5.1 Aleaciones / 5.2 Hierro fundido / 5.3 Tratamiento de metales<br />
5.4 Metalúrgicas / 5.5 Estructuras metálicas<br />
5.1 Prontometal S.A. Iael Noachas Avda. San Martín 3370 - 2203.5330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy
06<br />
Maderas y plásticos<br />
6.1 Barracas de maderas / 6.2 Tratamnientos para la madera / 6.3 Molduras<br />
6.4 Laminados plásticos / 6.5 Fibra de vidrio / 6.6 Epoxis<br />
6.1 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />
6.1 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo Gral. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />
6.2 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />
6.2 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 milesi@enko.com.uy<br />
6.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
6.4 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />
07 Barreras<br />
7.1 Impermeabilizantes / 7.2 Sobretechos y tejas / 7.3 Sellado y pegado<br />
7.4 Aislantes térmicos y acústicos / 7.5 Barreras ignífugas<br />
7.1 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />
7.1 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />
7.1 Hidrotécnica Arq. Gabriel Sztryk Ciudadela 1178 - 2903.0529 hidrotec@adinet.com.uy<br />
7.1 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />
7.2 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />
7.3 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />
7.4 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
7.4 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />
7.4 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />
7.5 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 ventas@enko.com.uy<br />
7.5 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />
08 Cerramientos<br />
8.1 Metálicos, Madera, PVC / 8.2 Cristales y Policarbonatos / 8.3 Herrajes, Cerrajerías<br />
8.4 Muro cortina / 8.5 Automatismos / 8.6 Carpintería de obra<br />
8.1 Alumex Pascual Cetraro Barros Arana 5415 - 2511.5075 alumex@alumex.com.uy - www.alumex.com.uy<br />
8.1 Aluminios del Uruguay S.A. Roberto Puñales Ramón Marquez 3222 - 2200.1435 aluminios@aluminios.com.uy<br />
8.1 AsiaAlum Sandra Ambrosio Mateo Cortés 5075 - 2514.8232 asiaalum_articelsa@yahoo.com<br />
8.1 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />
8.1 Prontometal S.A. Iael Noachas Avda. San Martín 3370 - 2203.5330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy<br />
8.1 WA Cecimur S.A. Giselle Ameijeenda Cnel. Raíz 1447 - 2358.6364 cecimur@adinet.com.uy<br />
8.2 Vidriería Bia Yoselin Bia Bvar. Batlle y Ordoñez 3125 - 2487.0707 bia@bia.com.uy - www.bia.com.uy<br />
Catálogo de Proveedores<br />
8.3 AsiaAlum Sandra Ambrosio Mateo Cortés 5075 - 2514.8232 asiaalum_articelsa@yahoo.com<br />
8.3 Vidriería Bia Yoselin Bia Bvar. Batlle y Ordoñez 3125 - 2487.0707 bia@bia.com.uy - www.bia.com.uy<br />
8.4 Aluminios del Uruguay S.A. Roberto Puñales Ramón Marquez 3222 - 2200.1435 aluminios@aluminios.com.uy<br />
8.4 AsiaAlum Sandra Ambrosio Mateo Cortés 5075 - 2514.8232 asiaalum_articelsa@yahoo.com<br />
8.4 Vidriería Bia Yoselin Bia Bvar. Batlle y Ordoñez 3125 - 24870707 bia@bia.com.uy - www.bia.com.uy<br />
8.5 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2209.2424 ventas@enko.com.uy<br />
8.6 WA Cecimur S.A. Giselle Ameijeda Cnel. Raíz 1447 - 2358.6364 cecimur@adinet.com.uy<br />
09<br />
Revestimientos y Terminaciones<br />
9.1 Cerámicos, Cementicios / 9.2 Madera, Piedra, Yeso / 9.3 Metálicos<br />
9.4 Plásticos y Epoxis / 9.5 Textiles / 9.6 Revestimientos texturados y pinturas<br />
9.1 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />
9.1 Bosch y Cia. Marcelo Bosch Av. Rivera 2560 - 2708.4545 csandro@bosch.com.uy<br />
9.1 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />
9.2 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />
9.2 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo Gral. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />
9.3 Aluminios del Uruguay S.A. Roberto Puñales Ramón Marquez 3222 - 2200.1435 aluminios@aluminios.com.uy
9.3 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo Gral. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />
9.5 Kalpakian Olga Mathó Av. L. A. de Herrera 1248 T. 3 of. 267 - 2628.0850 omatho@kalpakian.com<br />
9.6 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />
9.6 Bikova S.A. Juan Carlos Martínez L. A. de Herrera 1248 - 2628.6194 bikova@adinet.com.uy<br />
9.6 Pinturas INCA S.A. Alejandro García de Zuñiga Carlos A. López 7897 - 2320.0891 alejandro.garciadezuniga@akzonobel.com<br />
10 Equipamiento<br />
10.1 Industrial, Comercial / 10.2 Enseñanza, Cines, Teatros / 10.3 Hospitalario, Gastronómico<br />
10.4 Informático / 10.5 Lavaderos / 10.6 Exteriores<br />
10.1 Prontometal S.A. Marcelo Bosch Avda. San Martín 3370 - 2205330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy<br />
11<br />
Equipamiento para el hogar<br />
11.1 Baños y cocinas / 11.2 Amoblamiento / 11.3 Electrodomésticos<br />
11.4 TV Digital / 11.5 Tapicería y cortinados / 11.6 Decoración de interiores<br />
11.1 Bosch y Cia. Marcelo Bosch Av. Rivera 2560 - 2708.4545 csandro@bosch.com.uy<br />
11.1 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />
11.2 Bosch y Cia. Marcelo Bosch Av. Rivera 2560 - 2708.4545 csandro@bosch.com.uy<br />
11.2 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />
11.5 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 ventas@enko.com.uy<br />
11.6 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 ventas@enko.com.uy<br />
12<br />
Construcciones especiales<br />
12.1 Prefabricados / 12.2 Piscinas y saunas / 12.3 Cámaras Frías<br />
12.4 Estructuras / 12.5 Techos Livianos<br />
12.1 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
12.2 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />
12.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
12.4 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />
12.5 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />
12.5 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />
13<br />
Equipamiento mecánico/térmico<br />
13.1 Ascensores y escaleras / 13.2 Ventilación / 13.3 Calefacción<br />
13.4 Aire acondicionado / 13.5 Energía solar / 13.6 Instaladores<br />
13.1 Adamoli S.A. Ing. Juan Pablo Rios Daniel Muñoz 2117 - 2408.2655 info@adamoli.com.uy - www.adamoli.com.uy<br />
13.1 Ascensores Otis del Uruguay Felipe Herrera Colonia 1972 - 2400.7144 otis.uruguay@otis.com - www.otis.com<br />
Catálogo de Proveedores<br />
13.1 Ascensores Schindler Ing. Eduardo Sellart Edif. Torre Colonia - Colonia 950 - 2901 5594 schindler.tesor@adinet.com.uy<br />
14<br />
Instalaciones Sanitarias<br />
14.1 Cañerías y accesorios / 14.2 Grifería y valvulería / 14.3 Bombas y accesorios<br />
14.4 Equipamiento sanitario / 14.5 Protección contra el fuego / 14.6 Suministro de gas e insumos<br />
14.1 Anilco - Grupo Dema Bruno Sedelmayr Gral. Urquiza 2575 - 2481 0530 anilco@anilco.com.uy<br />
14.3 Hidroservice S.A. Mario Bellizzi San Martín 2866 - 2200.7460 hidroservice@adinet.com.uy<br />
14.4 Dacelco S.A. Oscar Giménez Martín García 1973 - 2204.1868 info@dacelco.com<br />
14.5 Dacelco S.A. Oscar Giménez Martín García 1973 - 2204.1868 info@dacelco.com<br />
14.6 Dacelco S.A. Oscar Giménez Martín García 1973 - 2204.1868 info@dacelco.com<br />
14.6 Montevideo Gas Vannesa García 25 de Mayo 702 - 2901.7454 mbusquet@montevideogas.com.uy<br />
14.6 Anilco - Grupo Dema Bruno Sedelmayer Gral. Urquiza 2575 - 2481.0530 anilco@anilco.com.uy<br />
15<br />
Instalaciones Eléctricas<br />
15.1 Generación alta y baja / 15.2 Materiales / 15.3 Iluminación<br />
15.4 Comunicación y seguridad / 15.5 Instaladores / 15.6 Edificios inteligentes<br />
15.2 Vivion S.A. Ana Barragan Ejido 1690 - 2902.0314 abarragan@vivionelectric.com<br />
Para figurar en el Catálogo de Proveedores de APPCU es necesario llenar el formulario de consentimiento que deberá ser solicitado en<br />
secretaria: appcu@appcu.org. Solicitamos a las empresas socias que son proveedoras de Insumos y servicios, que nos hagan llegar<br />
cómo desean figurar en estas páginas, indicando rubro e items. Le recordamos que figurarán sin costo.
ACERO URUGUAYO<br />
PARA LA CONSTRUCCION<br />
Gerdau busca permanentemente satisfacer las necesidades de sus<br />
clientes, desarrollando productos de altísima calidad, comprometiéndose<br />
con las personas y con el desarrollo sostenible de la sociedad<br />
Tte. Galeano 2250, tel: 2514 2727 - uruguay_ventas@gerdau.com
THE TWIST<br />
Un sinuoso museo<br />
en medio de un parque<br />
de esculturas<br />
ATRAVESANDO EL RÍO RANDSELVA EN LAS AFUERAS DE OSLO, THE TWIST<br />
CONECTA LAS DOS RIBERAS DEL RIO Y SE PRESENTA AL VISITANTE COMO<br />
UN PUENTE HABITABLE, FORMANDO UNA VERDADERA OBRA DE ARTE<br />
DENTRO DEL PARQUE DE ESCULTURAS KISTEFOS.
KISTEFOS ES EL MUSEO AL AIRE LIBRE DE ESCULTURAS MÁS GRANDE DE EUROPA Y<br />
EL TOUR CULTURAL SE EXTIENDE A AMBAS MÁRGENES DEL RIO DONDE EL VISITANTE VA<br />
DESCUBRIENDO DENTRO DEL BOSQUE ESCULTURAS DE FERNANDO BOTERO Y OTROS<br />
DE LA MISMA TALLA.<br />
PUENTE Y MUSEO<br />
THE TWIST SE CONSTRUYÓ PRÓXIMO A UNA VIEJA FÁBRICA DE CELULOSA, DONDE<br />
TAMBIÉN SE EXPONEN ESCULTURAS, PARA DUPLICAR EL ESPACIO DE EXHIBICIÓN BAJO<br />
TECHO.<br />
THE TWIST ES EL NUEVO MUSEO QUE TRANSFORMA LA EXPERIENCIA DEL VISITANTE Y SE<br />
CONCIBE COMO UNA VIGA DEFORMADA 90 GRADOS CERCA DEL CENTRO, PARA CREAR<br />
UNA FORMA ESCULTÓRICA QUE UNE LAS MÁRGENES DEL RÍO.<br />
UN SIMPLE GIRO EN EL VOLUMEN DEL EDIFICIO PERMITE QUE EL PUENTE SE LEVANTE<br />
DESDE LA ORILLA ARBOLADA EN EL SUR, HASTA EL ÁREA DE LA LADERA NORTE.<br />
COMO UN CAMINO CONTINUO EN EL PAISAJE, AMBOS LADOS DEL EDIFICIO SIRVEN<br />
COMO ENTRADA PRINCIPAL.
EL VOLUMEN DE LA EDIFICACIÓN PERMITE<br />
LA UNIÓN DE AMBAS MÁRGENES DEL RÍO.<br />
LA TORSIÓN DEL VOLUMEN COMPENSA LA DIFERENCIA DE<br />
ALTURA DE LOS MÁRGENES DEL RIO.<br />
EL ESPACIO EN DOBLE ALTURA RECIBE LA LUZ<br />
NATURAL DESDE ARRIBA, MIENTRAS QUE LA GRAN<br />
GALERÍA HORIZONTAL ESTA ABIERTA HACIA EL<br />
NORTE Y SE INTEGRA VISUALMENTE AL BOSQUE Y<br />
A LA VIEJA FABRICA DE PULPA DE CELULOSA.<br />
LA GEOMETRÍA CONVIERTE<br />
LAS PAREDES EN PISO Y TECHO
DESDE LA ENTRADA SUR, LOS VISITANTES CRUZAN UN PUENTE REVESTIDO DE<br />
ALUMINIO PARA LLEGAR AL ESPACIO DE DOBLE ALTURA.<br />
LA GEOMETRÍA CURVA SE COMPONE DE PANELES DE ALUMINIO RECTOS DE 40<br />
CM DE ANCHO DISPUESTOS VERTICALMENTE COMO LIBROS EN UNA BIBLIOTECA,<br />
PERO MOVIDOS MUY LIGERAMENTE EN UN MOVIMIENTO DE TIPO ABANICO.<br />
EL MISMO PRINCIPIO SE USA EN EL INTERIOR CON LISTONES DE ABETO PINTADOS<br />
DE BLANCO DE 8 CM DE ANCHO QUE REVISTEN EL PISO, LA PARED Y EL TECHO.<br />
EN EL EXTREMO NORTE, LA PARED DE VIDRIO SE CURVA Y SE CONVIERTE EN<br />
TECHO PERMITIENDO LA ENTRADA DE LUZ NATURAL DESDE AMBOS PLANOS.<br />
.<br />
DEBIDO A LA FORMA CURVA DE LAS VENTANAS DE VIDRIO, LA VARIEDAD DE<br />
LUZ NATURAL QUE INGRESA AL MUSEO CREA TRES GALERÍAS DISTINTIVAS: UNA<br />
GALERÍA AMPLIA, CON LUZ NATURAL Y VISTAS PANORÁMICAS EN EL LADO NORTE;<br />
UNA GALERÍA ALTA Y OSCURA CON ILUMINACIÓN ARTIFICIAL EN EL LADO SUR; Y,<br />
EN EL MEDIO, UN ESPACIO ESCULTÓRICO.<br />
TRAZO EN NEGRO INDICA EL TOUR DE ESCULTURAS.<br />
AREA SOMBREADA CORRESPONDE A LA VISTA PANORAMICA (FOTO) DE LA GALERIA NORTE.
DESDE CUALQUIER DIRECCIÓN, LOS VISITANTES RECORREN<br />
LA GALERÍA RETORCIDA COMO SI CAMINARAN A TRAVÉS DEL<br />
OBTURADOR DE UNA CÁMARA.<br />
LA CAPACIDAD DE COMPARTIMENTAR, DIVIDIR O FUSIONAR<br />
LOS ESPACIOS DE LA GALERÍA CREA FLEXIBILIDAD PARA LA<br />
EXHIBICION DE LAS ESCULTURAS.<br />
UNA ESCALERA DE VIDRIO CONDUCE AL VISITANTE AL NIVEL<br />
INFERIOR DEL MUSEO Y LO CONDUCE AL TERRAPLEN DEL<br />
LADO NORTE DEL RIO.
ASOCIACION DE PROMOTORES<br />
PRIVADOS DE LA CONSTRUCCION<br />
DEL URUGUAY<br />
INSTITUTO PARA LA<br />
CAPACITACION EN SEGURIDAD<br />
DE LA CONSTRUCCION<br />
APOYAN
BIG, BJARKE INGELS GROUP ES UN GRUPO DE ARQUITECTOS, DISEÑADORES,<br />
CONSTRUCTORES Y PENSADORES CON SEDE EN NUEVA YORK Y COPENHAGUE<br />
QUE OPERAN DENTRO DE LOS CAMPOS DE LA ARQUITECTURA Y EL URBANISMO.<br />
TIENEN PROYECTOS EJECUTADOS EN EUROPA, AMÉRICA DEL NORTE, ASIA Y<br />
ORIENTE MEDIO Y SU ARQUITECTURA SURGE DE UN ANÁLISIS CUIDADOSO DE<br />
CÓMO LA VIDA CONTEMPORÁNEA EVOLUCIONA Y CAMBIA CONSTANTEMENTE.<br />
BIG CREA ARQUITECTURA PRAGMÁTICA PARA EL OCIO, EL TRABAJO, EL<br />
AFINCAMIENTO Y LAS COMPRAS.<br />
BIG ENCUENTRA LA LIBERTAD DE CAMBIAR LA SUPERFICIE DE NUESTRO<br />
PLANETA PARA ADAPTARSE MEJOR A LAS FORMAS DE VIDA CONTEMPORÁNEAS<br />
Y EL MUSEO DE OSLO TWIST ES UN TESTIMONIO MÁS DE SUS CAPACIDADES.
Sudamericana,<br />
es una empresa dedicada<br />
a brindar servicios y equipamientos<br />
a los distintos actores relacionados<br />
a la construcción de piscinas.<br />
GESTION DE<br />
PROYECTOS<br />
Los mejores técnicos y<br />
las herramientas para<br />
el control de proyectos<br />
in situ.<br />
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Gestionamos sus<br />
proyectos de principio<br />
a fin.<br />
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CALCULO Y DIMENSIONADO<br />
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SUDAMERICANA<br />
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