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Revista 182 web

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REVISTA OFICIAL DE APPCU / FEBRERO 2020<br />

EDITORIAL<br />

Se necesitan parroquianos...<br />

por Aníbal Durán<br />

AÑO 25<br />

<strong>182</strong>


MILESI LGA190


La tecnología<br />

nanotecnológica<br />

que revolucionó la<br />

resistencia de la madera<br />

Concentra las mejores características<br />

de los barnices acrílicos - poliuretánicos,<br />

ofreciendo una resistencia físico - química<br />

al amarillamiento, a los líquidos y rayones.<br />

Un solo producto, facilidad de uso.<br />

Damos un futuro<br />

inimaginable a los<br />

barnices para madera.<br />

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EDITORIAL<br />

Se necesitan parroquianos...<br />

La industria de la construcción privada y sustancialmente la referida a<br />

vivienda, parecería que pudiera comenzar a salir de cierto letargo, luego de<br />

declaraciones del Presidente electo el 4 de enero en un evento patrocinado<br />

por nuestra gremial en el Enjoy de Punta del Este.<br />

Nos consta Lacalle se ha imbuido de la problemática del sector, tiene plena<br />

conciencia de lo que significa una industria de la construcción dinámica y<br />

es por ello que actúa en consecuencia.<br />

Es buena cosa como Lacalle Pou apela en sus discursos a que se le interpele,<br />

a que se le azuce, insta a que exista un seguimiento en su accionar del<br />

gobierno que presidirá.<br />

Así manifestó que es saludable ser una gremial de lobby (como APPCU) y<br />

“respirarle en la nuca” al gobierno. Recordar las promesas de campaña para<br />

que las mismas se cumplan. Un lobby que debe ser tesonero pero respetuoso,<br />

incisivo pero tolerante.<br />

Lacalle Pou se refirió a los casi 200 mil ciudadanos que aún viven en asentamientos,<br />

verdadero cachetazo a la dignidad humana. En más de un lustro<br />

de bonanza inédito, nos debemos interpelar cómo persiste esta situación<br />

que no solamente es precaria en cuanto a la vivienda, sino que tiene además<br />

otras consecuencias, como la mala alimentación, la magra salud, el<br />

hacinamiento que erosiona la calidad de vida significativamente.<br />

Yendo a las promesas de campaña, no dudó el Presidente electo en decir en<br />

alta voz lo que ya había manifestado en reuniones en privado y otros mitines.<br />

Nos referimos a la otrora ley de vivienda de interés social, hoy llamada<br />

promovida.<br />

El propósito (para los que ignoran el tema), fue alejar a los promotores de<br />

donde era su medio natural para construir, esto es la rambla y adyacencias.<br />

Y para que ello fuera posible, hacía falta un acicate, porque si no los<br />

números no cerraban. Una acertada exención impositiva puso en carrera a<br />

decenas de promotores que comenzaron a construir en barrios céntricos de<br />

Montevideo, populosos y con todos los servicios pero donde hacía décadas<br />

no se construía: así, Centro, Cordón, Parque Rodó, La Blanqueada, Reducto,<br />

Aguada, Palermo y podríamos seguir enumerando. A la fecha, desde finales<br />

del 2011 se han construido casi 18.000 unidades pero hay varias miles en<br />

construcción.<br />

Sucede que en 2014 y en 2017 sendos decretos del Poder Ejecutivo pusieron<br />

un tope a los precios (la mano del burócrata como supimos llamarlo) y eso<br />

desincentivó a los promotores que constriñeron la presentación de proyec-


ASOCIACION DE PROMOTORES<br />

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DEL URUGUAY<br />

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Montevideo, Uruguay<br />

Tel.: 2410.0384<br />

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Comisión Directiva<br />

Período Dic 2019 Nov 2021<br />

Téc. Const. Ignacio González<br />

(González Conde Construcciones)<br />

Presidente<br />

Ing. Alvaro Piñeyrúa<br />

Vicepresidente<br />

Arq. Matías Coll Peri<br />

Secretario General<br />

Arq. Pablo Gejer<br />

Prosecretario General<br />

Arq. Luis Eduardo Casaretto<br />

Tesorero<br />

Arq. Gabriel Mazzucchelli<br />

Protesorero<br />

Past Presidents<br />

Ricardo Weiss<br />

Ariel Cagnoli,<br />

Eduardo Steffen.<br />

Daniel Zulamián<br />

Gerente<br />

Secretario Ejecutivo:<br />

Aníbal Durán Hontou<br />

Administración:<br />

Cecilia Escardó<br />

Mercedes Ubilla<br />

Andrea Méndez<br />

Alicia Quintillán<br />

Asesora Contable y<br />

Fiscal de APPCU:<br />

Cra. Daniela Ojeda<br />

Consejo Editor<br />

Arq. Ariel Cagnoli<br />

Arq. Carolina Escamez<br />

Mario Martínez<br />

Walter Deleón<br />

Redactor Responsable<br />

Esc. Aníbal Durán<br />

Coordinación<br />

Mercedes Ubilla<br />

Editorial<br />

Formas MVD<br />

formas@formasmvd.com<br />

Impresión<br />

Gráfica Mosca<br />

Dep. Legal Nº 370.795<br />

El equipo editor se esfuerza<br />

en brindar la mayor calidad<br />

y veracidad de lo expresado<br />

en esta revista, pero no se<br />

responsabiliza de las opiniones<br />

vertidas en las notas periodísticas<br />

o entrevistas contenidas en<br />

la misma. Fotos propiedad del<br />

equipo editor o suministradas<br />

por los colaboradores o adquiridas<br />

para uso exclusivo en esta<br />

revista en su versión impresa<br />

y/o digital.<br />

tos. Los números ya no eran alentadores.<br />

Lacalle Pou eliminará por decreto el 2 de marzo (como nos lo expresara<br />

el futuro Prosecretario Dr. Ferrés) los decretos y resoluciones<br />

atinentes al tema, que no existan topes ni para Montevideo ni<br />

para el interior y nos consta que los promotores están en las gateras<br />

prestos a volver por sus fueros y seguir cambiando la fisonomía de<br />

la ciudad.<br />

También se retomará una buena idea del gobierno actual, referida<br />

a megaproyectos que suponen inversiones importantes de dinero, a<br />

cambio también de exenciones impositivas. Ya caducó la normativa<br />

vigente pero el gobierno electo retomará esta virtuosa senda. Es<br />

de esperar que el monto de inversión para Montevideo disminuya<br />

porque hoy anda en 11 millones de dólares, cantidad no usual para<br />

proyectos capitalinos.<br />

Y finalmente Lacalle Pou apuesta a traer extranjeros al país. Simplemente<br />

flexibilizar los requerimientos para la residencia fiscal.<br />

En ningún momento mencionó ser más laxo con el lavado de activos<br />

ni menospreció su normativa, como quisieron hacerlo aparecer.<br />

Eso no quita que algún cambio pueda promoverse e incluso flexibilizar<br />

normas del Banco Central para que el crédito al extranjero<br />

pueda ser mucho más accesible.<br />

Y yendo al título de la nota: todo va en la dirección correcta: pero<br />

los cantineros que son los promotores necesitan parroquianos que<br />

son los compradores. De nada sirven las facilidades para seguir<br />

construyendo, si no logramos atraer no solamente compatriotas que<br />

inviertan sino también extranjeros seducidos por apostar su dinero<br />

en una plaza segura, confiable y que goza de buenas expectativas<br />

en el mundo globalizado. Es buena cosa “motivar” a los parroquianos,<br />

con buenos precios, acorde a servicios excelentes rodeados de<br />

un marco de seguridad ciudadana imprescindible.<br />

Vaya que hay que atraer extranjeros y seducir compatriotas. Sigue<br />

siendo muy buena inversión jugarse a los ladrillos, que no solamente<br />

dan una renta bien digna si se arrienda, sino que con el tiempo,<br />

van subiendo su cotización.<br />

Aníbal Durán<br />

Fe de erratas:<br />

En la revista 181, pág. 38 en el gráfico “Tendencia de la Vivienda 2006-2018” la línea roja<br />

representa propietários, debió ser línea celeste correspondiente a ocupantes.


14


EXPO REAL ESTATE PUNTA DEL ESTE<br />

Anuncios de Lacalle Pou<br />

en política de vivienda<br />

EL PRINCIPAL ENCUENTRO DE NEGOCIOS E INVERSIONES INMOBILIARIAS DE<br />

LATINOAMÉRICA DESEMBARCÓ EN PUNTA DEL ESTE DE LA MANO DE APPCU.<br />

ASENTAMIENTOS, RESIDENCIA PARA EXTRANJEROS, TOPES Y FLEXIBILIZAR CONTROLES DE<br />

INGRESOS DE CAPITALES, FUERON ALGUNOS DE LOS TEMAS MENCIONADOS EN EL ACTO<br />

INAUGURAL POR EL FUTURO PREESIDENTE DE LOS URUGUAYOS..<br />

15


EXPO REAL ESTATE PUNTA DEL ESTE SE REALIZÓ LOS DÍAS 4 Y 5 DE ENERO EN EL HOTEL<br />

ENJOY PUNTA DEL ESTE, DANDO INICIO AL CICLO DE EVENTOS ITINERANTES POR PAÍSES<br />

LIMÍTROFES Y DE EXTRA REGIÓN<br />

Estos eventos son producidos por el Grupo SG de Argentina, promotor de encuentros y meeting<br />

empresariales en Argentina, Bolivia, Paraguay, Guatemala, Perú, Chile, Colombia, Panamá, México<br />

y Miami.<br />

Al acto de inauguración de Expo Real Punta del Este asistió el reciente electo presidente Luis<br />

Lacalle Pou, varios integrantes de su futuro gabinete, el intendente de Maldonado Enrique Antía,<br />

dirigentes de APPCU y dirigentes de otras instituciones vinculadas a la inversión en bienes raíces<br />

y el turismo.<br />

Lacalle Pou mencionó que quiere flexibilizar una serie de normas vinculadas a la residencia<br />

legal y fiscal para extranjeros, anunció que se propone derogar los decretos de los años 2014 y 2017<br />

de topes de precios a la vivienda promovida.<br />

A su vez, adelantó que en relación a los megaproyectos, una iniciativa creada por el gobierno


saliente, será impulsada y estimulada para que se<br />

concreten.<br />

También dijo que desde el gobierno se buscará flexibilizar<br />

alguna norma bancocentrista que dificulta<br />

mucho el ingreso de capitales, pretende impulsar<br />

un sistema de garantías para alquileres con menores<br />

requisitos y que le permita poder alquilar a jóvenes y<br />

familias que no tienen acceso a garantía hipotecaria.<br />

Durante el evento la futura ministra de Vivienda,<br />

Irene Moreira, dijo a la prensa que le preocupa<br />

mucho el tema de los asentamientos y que está en la<br />

preocupación del gobierno entrante querer erradicarlos,<br />

aunque sabe que es muy difícil hacerlo en cinco<br />

años. Expresó que mantendrá el Plan Juntos, que creó<br />

el expresidente José Mujica en 2010 porque lo que<br />

está funcionando bien va a seguir y que impulsará y<br />

mejorará lo que se pueda.<br />

La exhibición<br />

En lo referente a la exposición, además de los<br />

stands de los emprendimientos edilicios y operadores<br />

inmobiliarios, se destinó un sector del salón para<br />

charlas de connotados expertos internacionales.<br />

Estas reuniones entre profesionales y emprendedores<br />

tienen como objetivo formar relaciones empresariales,<br />

crear y desarrollar oportunidades de negocio,<br />

compartir información y buscar clientes potenciales.<br />

En este ámbito compartieron la atención de los<br />

concurrentes ofertas inmobiliarias con renta a corto<br />

plazo en USA, Argentina y en nuestro país se realizaron<br />

dos presentaciones, una a cargo de Damián<br />

Tabakman y la segunda por el Ing. Marcos Taranto,<br />

Ceo de Stiler y Taranto Desarrollos Inmobiliarios.<br />

La convocatoria de APPCU<br />

El acto inaugural tuvo un realce destacado por la<br />

calidad de la concurrencia, que en parte son invitados<br />

de SG Group que acompañan el Tour Latinoamericano<br />

de Encuentros Empresariales.<br />

Pero para el ámbito local, lo trascendental fue la<br />

presencia de Luis Lacalle Pou, la futura vice Beatriz<br />

Argimón y parte del gabinete multicolor. Seguramente<br />

esto se deba a la convocatoria de APPCU y la gestión<br />

de su Gerente Ejecutivo Anibal “Chapo” Durán,<br />

cosa que lo hizo saber el propio Lacalle en su discurso<br />

inaugural al que se refirió... “y para colmo me toca<br />

pasar las vacaciones en el mismo edificio de Chapo”,<br />

comentario que queda a criterio del lector si es para<br />

bien o lo contrario.


OPINION<br />

Inversiones<br />

argentinas en Uruguay<br />

CON MOTIVO DE LA FIRMA DEL<br />

CONVENIO DE COLABORACIÓN<br />

MUTUA CELEBRADO ENTRE CEDU Y<br />

APPCU, TUVIMOS LA OPORTUNIDAD<br />

DE VISITAR MONTEVIDEO Y PERCIBIR,<br />

DE PRIMERA MANO, QUE EL GOBIERNO<br />

Por Damián<br />

Tabakman,<br />

Presidente<br />

de la Cámara<br />

Empresaria de<br />

Desarrolladores<br />

Urbanos.<br />

Argentina<br />

ENTRANTE DEL URUGUAY SE<br />

MUESTRA MUY PROACTIVO RESPECTO<br />

DE LA CAPTACIÓN DE INVERSIONES<br />

EXTRANJERAS, ENTRE LAS CUALES<br />

LAS ARGENTINAS TIENEN UN ESPACIO<br />

PRIVILEGIADO.<br />

Grupo S•G, organizador<br />

de Expo Real Estate Punta del<br />

Este, es líder en servicios de<br />

networking en Real Estate.<br />

Trabaja como nexo entre los<br />

actores del mercado, con el objetivo<br />

de conectar desarrollistas,<br />

inversores, constructores,<br />

arquitectos, profesionales, inmobiliarias<br />

y empresarios del<br />

sector, a través de un catálogo<br />

multiplataforma de productos<br />

y servicios.<br />

Está conformado por un<br />

equipo multidisciplinario, con<br />

espíritu emprendedor y con un<br />

compromiso permanente con<br />

el crecimiento de los desarrollos<br />

inmobiliarios. Realiza<br />

congresos, seminarios y las<br />

exposiciones nacionales e internacionales<br />

más importantes<br />

de latinoamérica, que son citas<br />

obligadas y puntos de encuentro<br />

de todo el mercado.<br />

20<br />

Muchos desarrolladores colegas han sido consultados por<br />

las autoridades acerca de los incentivos que deberían implementarse<br />

para que se pongan en marcha más emprendimientos,<br />

profundizando una larga tradición que hay en nuestro<br />

país de invertir en Uruguay.<br />

En efecto, Punta del Este es un ámbito irresistiblemente<br />

aspiracional para los argentinos de mejor posición económica,<br />

en virtud de lo cual a lo largo de los años se multiplican<br />

las inversiones y los proyectos. Por su parte, en los últimos<br />

tiempos Montevideo también despertó nuestra atención en el<br />

marco de la ley de vivienda promovida.<br />

El anuncio de importantes mejoras en las normas de ese<br />

programa y en el de mega proyectos ayuda a potenciar el interés<br />

en hacer negocios en Uruguay. Por lo demás, la creciente<br />

presión fiscal que existe en nuestro país y la desconfianza<br />

aún reinante, hacen que los desarrolladores argentinos estén<br />

mirando con atención las medidas que vaya tomando el<br />

nuevo gobierno de Uruguay, que asumirá en marzo, a partir<br />

de las cuales se están empezando a evaluar emprendimientos<br />

nuevos.<br />

Algunos se orientan precisamente a vivienda promovida<br />

(antes llamada Vivienda Social), sobre todo en Montevideo,<br />

y otros prefieren el producto de lujo en Punta del Este. Allí<br />

han surgido emprendimientos con marcas internacionales<br />

de primera línea muy atractivos. También aparecen otras<br />

alternativas interesantes, como Colonia e incluso proyectos<br />

en Punta de Este pero para vivienda permanente.<br />

Claro que para los argentinos, Uruguay está caro. La<br />

construcción cuesta el doble, y eso naturalmente se traslada<br />

a los precios de venta. Pero afortunadamente las rentas son<br />

bastante más elevadas que en Buenos Aires y además son en<br />

dólares.<br />

Uruguay tiene la virtud de ser un mercado familiar para<br />

nosotros. Es un país hermano acostumbrado a recibirnos<br />

amigablemente, lo cual es muy positivo a la hora de hacer<br />

negocios. El acuerdo que orgullosamente celebramos entre<br />

ambas cámaras de desarrolladores inmobiliarios lo prueba y<br />

al mismo tiempo lo potencia.


Aníbal Durán Gerente Ejecutivo e Ignacio González Presidente de APPCU junto a Damián Tabakman, Presidente de CEDU<br />

Convenio<br />

APPCU y CEDU<br />

LA CÁMARA EMPRESARIA DE DESARROLLADORES URBANOS DE LA<br />

REPÚBLICA ARGENTINA (CEDU) Y APPCU FIRMARON UN CONVENIO<br />

DE COLABORACIÓN ENTRE AMBAS INSTITUCIONES.<br />

CEDU de Argentina y APPCU de Uruguay, contribuyen en sus países<br />

al crecimiento del mercado inmobiliario y a la profesionalización permanente<br />

del sector. Colaboran con las autoridades de gobierno nacionales,<br />

regionales y entidades bancarias elaborando planes de vivienda para que<br />

las clases sociales más carenciadas tengan acceso a la vivienda.<br />

Promueven e incentivan la inversión doméstica y extranjera en edificios<br />

de viviendas, hoteles, industrias, centros comerciales y de esta forma<br />

construyen a la fisonomía a las ciudades.<br />

También trabajan junto a instituciones colegas y a la academia. Con las<br />

organizaciones de trabajadores incentivan el trabajo seguro promoviendo<br />

leyes, protocolos y las buenas artes laborales en las obras.<br />

Ambas instituciones promueven la arquitectura sustentable, el respeto<br />

por el medio ambiente y los recursos no renovables.<br />

Con tantos objetivos en común y mediante un acuerdo de colaboración<br />

firmado por ambos presidentes, se pone en negro sobre blanco, en tinta y<br />

papel, la firme voluntad de trabajar juntos y que solo el río nos separe.<br />

C<br />

D<br />

E<br />

U<br />

CAMARA EMPRESARIA<br />

DE DESARROLLADORES URBANOS<br />

DE LA REPUBLICA ARGENTINA<br />

OBJETIVO<br />

El objetivo de este Acuerdo de Colaboración es establecer las bases y<br />

líneas de trabajo conjuntas entre los participantes desde el momento<br />

de la firma de la presente.<br />

DECLARACIÓN DE COLABORACION<br />

PRIMERO: Las partes declaran su compromiso<br />

de colaboración en intercambiar información con vistas a identificar<br />

oportunidades de negocio para sus representados, en el sector del<br />

desarrollo inmobiliario.<br />

SEGUNDO: Las partes declaran su colaboración<br />

de velar por el buen desarrollo y el compartir de las buenas prácticas<br />

en el sector desarrollo inmobiliario.<br />

TERCERO: Las partes trabajarán en la organización<br />

de Rondas de Negocios entre empresarios miembros<br />

de ambas cámaras, con el objetivo de fomentar<br />

las relaciones comerciales en el sector.<br />

CUARTO: Las organizaciones de común acuerdo<br />

facilitarán el intercambio de delegaciones empresariales<br />

en el marco de congresos, eventos, seminarios, ferias, exposiciones o<br />

cualquier otra actividad que se desarrolle<br />

en beneficio de la ampliación de las relaciones<br />

comerciales y/o institucionales.<br />

QUINTO: Mantener comunicación expedita e<br />

intercambio de información necesaria para la consecución<br />

de los apartados ANTERIORES<br />

21


ANALISIS<br />

La residencia fiscal en Argentina<br />

y en Uruguay y la tributación de las<br />

inversiones fuera de fronteras<br />

EN ESTOS DÍAS LA PRENSA ARGENTINA Y LA URUGUAYA HAN DADO CUENTA DEL<br />

INTERÉS DE MUCHAS PERSONAS FÍSICAS RESIDENTES EN ARGENTINA POR CAMBIAR<br />

SU RESIDENCIA FISCAL A URUGUAY.<br />

ESE INTERÉS SE GENERA POR MUCHOS FACTORES (SOCIALES, POLÍTICOS,<br />

ECONÓMICOS, ETC.), ENTRE LOS QUE CABE DESTACAR AHORA EL RÉGIMEN<br />

TRIBUTARIO DE URUGUAY, MENOS GRAVOSO QUE EL RÉGIMEN ARGENTINO.<br />

Cr. Gustavo<br />

Melgendler<br />

Dr. Jorge A.<br />

Bentancur<br />

22<br />

En el presente artículo abordamos dos<br />

cuestiones que resultan de interés para<br />

quienes están evaluando ese posible cambio<br />

de residencia: 1) en primer lugar, repasamos<br />

las principales diferencias entre Argentina<br />

y Uruguay en el tratamiento tributario de<br />

las inversiones fuera de fronteras (es decir,<br />

aquellas que el individuo realiza fuera de<br />

su país de residencia); y 2) por otro lado,<br />

hacemos foco en cómo se obtiene la residencia<br />

fiscal en Uruguay y cómo se pierde<br />

en Argentina, dejando en consecuencia de<br />

tributar en ese país.<br />

1. Las diferencias entre Argentina y<br />

Uruguay con respecto a la tributación de<br />

las inversiones fuera de fronteras<br />

A diferencia de Argentina, como regla<br />

general Uruguay no grava las rentas y el<br />

capital que los individuos residentes en<br />

nuestro país generen o posean en cualquier<br />

otra parte del mundo.<br />

Además, en los casos en que como excepción<br />

Uruguay grava las rentas generadas<br />

en el exterior, la alícuota es menor a la que<br />

aplica la normativa argentina, e incluso<br />

nuestro país otorga un período de seis años<br />

durante los cuales puede no tributarse por<br />

las aludidas rentas.<br />

En los siguientes apartados presentamos<br />

las principales diferencias en la imposición<br />

a la renta y al capital de uno y otro lado<br />

del Río de la Plata, siempre tomando como<br />

base las inversiones que las personas físicas<br />

realizan fuera de fronteras en forma personal,<br />

es decir, sin utilizar personas jurídicas<br />

como vehículos de inversión.<br />

1.1 Imposición a la renta


Para repasar las diferencias de tratamiento<br />

en la imposición a la renta de las personas<br />

físicas entre Argentina y Uruguay, tomamos<br />

como base las categorías de rentas gravadas<br />

por el Impuesto a la Rentas de las Personas<br />

Físicas (IRPF) uruguayo, que básicamente son<br />

dos.<br />

Por un lado, están las rentas que la normativa<br />

uruguaya denomina “rendimientos del<br />

capital”, que básicamente comprende a ciertas<br />

rentas de carácter periódico que se generan<br />

por la explotación de activos de los que es titular<br />

la persona física contribuyente, y que se<br />

subdivide en dos grandes grupos, dependiendo<br />

del activo que genera los rendimientos.<br />

Si el generador de la renta es un activo<br />

inmobiliario, entonces se ubica en la subcategoría<br />

de los “rendimientos del capital inmobiliario”;<br />

mientras que si la renta se genera por<br />

la explotación de bienes muebles, préstamos<br />

o colocaciones en general, entonces queda<br />

comprendida en la categoría que las normas<br />

uruguayas denominan “rendimientos del<br />

capital mobiliario”.<br />

Por otro lado, el IRPF grava las rentas que<br />

no provienen de la explotación de los activos<br />

del contribuyente, sino de su enajenación o<br />

transferencia, que resulta comprendida por la<br />

categoría que la normativa uruguaya denomina<br />

“incrementos patrimoniales”.<br />

En los siguientes apartados repasamos en<br />

líneas generales el tratamiento tributario de<br />

esas tres categorías de rentas tanto en Argentina<br />

como en Uruguay, pues con las mismas<br />

se abarca el conjunto de las inversiones que se<br />

suelen realizar fuera de fronteras.<br />

1.1.1 Comparación en el tratamiento tributario<br />

de los “rendimientos del capital inmobiliario”<br />

y los “incrementos patrimoniales”<br />

Salvo algunas excepciones(1), el régimen<br />

uruguayo no grava los “rendimientos del capital<br />

inmobiliario” y los “incrementos patrimoniales”<br />

cuando los mismos se generan fuera<br />

del territorio uruguayo.<br />

En cambio, el Impuesto a las Ganancias<br />

vigente en Argentina sí grava a una tasa del<br />

35% a los “rendimientos del capital inmobiliario”<br />

que los residentes argentinos generan<br />

fuera de dicho país; mientras que las rentas<br />

generadas por la venta o transferencia de<br />

activos (en la jerga uruguaya “incrementos<br />

patrimoniales”) ubicados fuera del territorio<br />

argentino quedan gravadas a una tasa del<br />

15%.<br />

Veamos algunos ejemplos para ambas<br />

categorías de rentas. Como ejemplo de<br />

“rendimiento del capital inmobiliario” puede<br />

mencionarse el caso de un residente en<br />

nuestro país que tenga un apartamento en el<br />

extranjero que decide alquilar para obtener<br />

ingresos. Ese rendimiento no está gravado<br />

en Uruguay, porque el IRPF solo grava los<br />

rendimientos derivados de inmuebles que se<br />

ubican en nuestro país.<br />

En cambio, si fuera un residente en Argentina<br />

quien alquilara un apartamento ubicado<br />

fuera del vecino país, ese “rendimiento” sí<br />

está gravado por el impuesto a la renta argentino<br />

a una tasa del 35%.<br />

Como ejemplo de “incremento patrimonial”<br />

podemos mencionar el caso de venta<br />

de un inmueble que el individuo posea en el<br />

exterior, o la venta de acciones u otros valores<br />

emitidos por entidades extranjeras.<br />

La renta derivada de cualquiera de esas<br />

ventas no está gravada en Uruguay, por la<br />

razón señalada anteriormente.<br />

En cambio, si se tratara de un residente<br />

argentino, la renta derivada de esas ventas<br />

estaría alcanzada por impuesto en el vecino<br />

país, a una tasa del 15%.<br />

En resumen, mientras que Uruguay no grava<br />

las rentas derivadas de la explotación de<br />

inmuebles ubicados en el exterior o las rentas<br />

derivadas de la enajenación de bienes situados<br />

en el exterior, Argentina sí los grava a una<br />

tasa del 35% y del 15%, respectivamente.<br />

1.1.2 Comparación en el tratamiento tributario<br />

de los “rendimientos del capital mobiliario”<br />

La cuestión es diferente en el caso de los<br />

“rendimientos del capital mobiliario”, ya que<br />

si bien Uruguay no grava ciertos rendimientos<br />

de esta categoría que se generen fuera<br />

de nuestro país (como por ejemplo los que<br />

derivan de alquilar una máquina u otro bien<br />

mueble que esté ubicado fuera de fronteras), sí<br />

grava los rendimientos derivados de depósitos,<br />

préstamos, y en general, toda colocación<br />

de capital o de crédito.<br />

Así por ejemplo, si una persona residente<br />

en Uruguay tiene un depósito en un banco<br />

americano o europeo, los intereses que se<br />

generen estarán gravados por IRPF a una<br />

alícuota del 12%. Lo mismo ocurre si un<br />

residente uruguayo invierte en un fondo de<br />

inversión extranjero o en acciones de una<br />

sociedad del exterior, los intereses, así como<br />

los dividendos están gravados al 12%.<br />

Si Uruguay grava esos rendimientos<br />

fuera de fronteras, ¿cuál es la diferencia con<br />

Argentina que también grava con Impuesto a<br />

las Ganancias esos rendimientos del exterior?<br />

La diferencia es la alícuota aplicable, que en<br />

Uruguay es del 12%, mientras que en Argentina<br />

es del 35%.<br />

1.2 Imposición al capital<br />

El Impuesto al Patrimonio (IP), que es el<br />

tributo uruguayo con vocación de gravar los<br />

activos que se posean como inversión, no<br />

alcanza a los activos que los residentes locales<br />

tienen fuera de fronteras, pues solo grava el<br />

patrimonio ubicado en el territorio de nuestra<br />

República.<br />

En cambio, el impuesto a los Bienes Personales<br />

de Argentina sí alcanza (actualmente<br />

hasta un 2,25%) el patrimonio que las personas<br />

físicas residentes en dicho país tienen en<br />

el resto del mundo.<br />

Por lo tanto, en lo que tiene relación con<br />

los activos que se poseen como inversión,<br />

también hay diferencias en el tratamiento<br />

tributario en uno y otro país.<br />

1.3 La opción que permite no tributar por las<br />

rentas del exterior<br />

Antes señalamos que al igual que Argentina,<br />

aunque con una alícuota más baja (12%<br />

en lugar de 35%), Uruguay grava con IRPF<br />

ciertos “rendimientos del capital mobiliario”<br />

cuando los mismos se generan fuera del país.<br />

Si bien el IRPF es el tributo que una persona<br />

debería pagar si pasa a residir en Uruguay,<br />

la normativa doméstica le otorga a quien elige<br />

radicarse en nuestro país la opción de tributar<br />

en el año del cambio de residencia y en los<br />

cinco siguientes el Impuesto a la Renta de los<br />

No residentes (IRNR).<br />

¿Cuál es la importancia de esa opción?<br />

Que a diferencia del IRPF, el IRNR no grava a<br />

los “rendimientos del capital mobiliario” del<br />

exterior, y como ambos impuestos no gravan<br />

los “rendimientos del capital inmobiliario” y<br />

los “incrementos patrimoniales” generados<br />

fuera de fronteras, la opción tiene como consecuencia<br />

que durante seis ejercicios fiscales<br />

el individuo no pague impuesto en Uruguay<br />

por las rentas que obtiene fuera de fronteras.<br />

2. La residencia fiscal en uno y otro país<br />

A quien está evaluando pasar a residir en<br />

Uruguay no solo le importa saber cómo se<br />

obtiene la residencia en nuestro país, sino que<br />

sobre todo le interesa saber cómo se pierde la<br />

residencia fiscal en Argentina, pues si la mantiene<br />

deberá seguir tributando en dicho país.<br />

2.1 La obtención de la residencia en Uruguay<br />

En cuanto a la obtención de la residencia<br />

en Uruguay, debemos separar el plano civil o<br />

migratorio del plano fiscal.<br />

La residencia legal (migratoria o civil) es<br />

una calidad necesaria para poder permanecer<br />

y desarrollar actividades en el territorio de<br />

la República de acuerdo con las normas uruguayas,<br />

y por ello quien desea pasar a vivir en<br />

Uruguay debe obtener el reconocimiento de la<br />

calidad de residente mediante un trámite que<br />

varía dependiendo del tiempo que la persona<br />

desea permanecer en el territorio uruguayo y<br />

de la nacionalidad de quién inicia el trámite.<br />

En efecto, si una persona quiere residir en<br />

23


ANALISIS<br />

24<br />

Uruguay por un lapso que no exceda los dos<br />

años, debe iniciar el trámite de residencia<br />

“temporaria” ante la Dirección Nacional<br />

de Migración (DNM), que es el órgano con<br />

competencia general en la materia, debiendo<br />

acreditar los medios de vida (es decir,<br />

qué medios de sustento tendrá mientras<br />

resida en Uruguay), la falta de antecedentes<br />

penales en su país de origen (y en el país<br />

de la residencia en el que haya residido<br />

por más de seis meses en los últimos cinco<br />

años, si difiere de su país de origen), además<br />

de acreditar el estado de salud mediante un<br />

carné expedido por una institución pública<br />

o privada habilitada a tales efectos. Una<br />

vez iniciado este trámite, que en la práctica<br />

suele insumir unos tres meses en total, se<br />

le entrega a la persona una constancia para<br />

tramitar la cédula de identidad uruguaya. El<br />

texto de la cédula que se le entregue indicará<br />

que es un “residente temporario”.<br />

Si la persona desea residir sin límite<br />

de tiempo en nuestro país, también debe<br />

iniciar un trámite de residencia, pero en ese<br />

caso será de residencia “permanente”, que<br />

básicamente tiene las mismas características<br />

que el trámite de residencia “temporaria”,<br />

pero con algunas diferencias si lo<br />

inician nacionales del MERCOSUR, como<br />

es el caso de un individuo de nacionalidad<br />

argentina, pues el trámite es más simple y<br />

se inicia ante el Ministerio de Relaciones<br />

Exteriores (o ante los consulados de Uruguay<br />

en el exterior), y tiene una duración<br />

aproximada de nueve a doce meses. Al<br />

iniciar el trámite se le entrega al interesado<br />

una constancia para obtener su cédula de<br />

identidad uruguaya, que en su texto dirá<br />

que es un “residente legal en trámite”. Al<br />

final del procedimiento, es decir, luego<br />

de esos nueve o doce meses, se le dará al<br />

individuo una nueva constancia que servirá<br />

para tramitar una nueva cédula de identidad,<br />

que en este caso dirá “residente legal”.<br />

Ahora bien, dichos procedimientos<br />

refieren a la obtención de la residencia legal<br />

(migratoria o civil), pero no confieren la<br />

calidad de residente fiscal uruguayo.<br />

Cuál es la diferencia fundamental entre<br />

la residencia legal y la fiscal: que la primera<br />

es la que permite residir lícitamente en el<br />

país, mientras que la segunda determina<br />

que se desplieguen ciertos efectos en el<br />

plano fiscal, de los cuales hay dos que<br />

vale destacar: i) por un lado, hará que el<br />

individuo tenga que tributar por sus rentas<br />

el ya mencionado IRPF, que grava las rentas<br />

de quienes residen en nuestro país: y ii) determina<br />

que a los efectos de la aplicación de<br />

los tratados firmados entre Uruguay y otros<br />

países para evitar la doble imposición o<br />

para el intercambio de información, la persona<br />

sea considerada residente uruguayo,<br />

lo que puede determinar que en aplicación<br />

del tratado le termine aplicando el régimen<br />

tributario uruguayo y no el régimen del otro<br />

país parte del tratado. Así, por ejemplo, si se<br />

tratara de un individuo que tiene inversiones<br />

en España, si obtiene la residencia<br />

fiscal en Uruguay, le aplicará el régimen<br />

uruguayo, que en líneas generales es menos<br />

gravoso que el español, lo que en ese caso<br />

representa una ventaja.<br />

Para obtener la residencia fiscal en<br />

Uruguay, se deben cumplir los requisitos<br />

que establecen las normas tributarias, que a<br />

tales efectos establecen ciertas condiciones<br />

de tipo formal y otras de carácter sustancial.<br />

Desde el punto de vista formal, la normativa<br />

tributaria considera que una persona<br />

física reside en Uruguay cuando permanece<br />

en el país más de 183 días en el año civil. En<br />

el cómputo de esos 183 días se consideran<br />

las “ausencias esporádicas”, que son aquellas<br />

en las que el individuo se ausenta del<br />

país por un lapso que no supera los treinta<br />

días, que computan como permanencia en<br />

Uruguay a los efectos de la residencia fiscal.<br />

Desde el punto de vista sustancial, la<br />

normativa considera que una persona es residente<br />

fiscal en Uruguay si tiene en nuestro<br />

país el centro de sus actividades o de sus<br />

intereses económicos o vitales, existiendo<br />

normas que establecen presunciones del<br />

cumplimiento de esas condiciones si se<br />

verifican ciertos supuestos.<br />

Cuando residen en territorio uruguayo el<br />

cónyuge y los hijos menores que dependen<br />

del individuo, entonces las normas presumen<br />

que esa persona tiene sus intereses vitales<br />

en el país, y por ende, que es residente<br />

fiscal uruguayo.<br />

Por otro lado, las normas aplicables consideran<br />

que una persona tiene el centro de<br />

sus actividades en Uruguay cuando obtiene<br />

en el país ingresos de mayor volumen que<br />

en cualquier otro país.<br />

Asimismo, se presume que un individuo<br />

tiene el centro de sus intereses económicos<br />

en Uruguay, y por ende, es residente<br />

fiscal uruguayo, si realiza una inversión<br />

inmobiliaria de más de 15.000.000 de UI ; o<br />

invierte en forma directa o indirecta más de<br />

45.000.000 de UI en una empresa que comprenda<br />

actividades o proyectos declarados<br />

de interés nacional en el marco de la Ley de<br />

Promoción de Inversiones N° 16.906.<br />

2.2 La pérdida de la residencia fiscal en<br />

Argentina<br />

Hasta aquí repasamos rápidamente las<br />

condiciones para obtener la residencia en<br />

Uruguay, pero si se quiere perder la residencia<br />

fiscal en Argentina para dejar de tributar<br />

en ese país, ¿qué hay que tener en cuenta?<br />

De acuerdo con la legislación argentina,<br />

la residencia se pierde por adquirir la condición<br />

de residente permanente en un Estado<br />

extranjero, según las disposiciones que rijan<br />

en ese Estado en materia de migraciones; o<br />

cuando sin obtener esa condición, la persona<br />

permanezca en forma continuada en el<br />

exterior durante un período de doce meses<br />

durante los cuales las presencias temporales<br />

en territorio argentino no superen los<br />

noventa días.<br />

Por lo tanto, no cualquiera de las causas<br />

por las cuales se obtiene la residencia fiscal<br />

en Uruguay hacen perder la residencia fiscal<br />

en Argentina, con el consiguiente efecto<br />

de dejar de tributar en ese país.<br />

En ese marco, es claro que para evitar<br />

cuestionamientos del Fisco argentino, el<br />

individuo que resida en ese país y quiera<br />

cambiar su residencia fiscal a Uruguay debería<br />

obtener la residencia migratoria “permanente”<br />

en nuestro país, o al menos pasar<br />

a residir en el mismo por un lapso de doce<br />

meses en los cuales no existan ingresos a<br />

Argentina que superen los noventa días,<br />

para lo cual también tendrá que hacer el trámite<br />

de residencia migratoria en Uruguay,<br />

porque luego de los noventa días de estadía<br />

en el país se pierde la calidad de turista y la<br />

persona tiene que realizar alguno de los trámites<br />

de residencia que le permitan -desde<br />

el punto de vista migratorio- permanecer en<br />

Uruguay lícitamente.<br />

Las otras opciones por las cuales se obtiene<br />

la residencia fiscal en Uruguay pueden<br />

eventualmente llevar a perder la residencia<br />

fiscal en Argentina, pero lo más probable<br />

es que en realidad generen una situación de<br />

doble residencia fiscal, que deberá resolverse<br />

por las reglas de desempate previstas en<br />

el tratado para evitar la doble imposición<br />

y el intercambio de información que está<br />

vigente entre Argentina y nuestro país (es<br />

decir, reglas para definir dónde reside la<br />

persona), que entre otros factores considera<br />

como criterios de desempate al lugar en el<br />

que la persona tiene una “vivienda”, o el criterio<br />

de la “nacionalidad”, que en definitiva<br />

puede hacer que un nacional argentino sea<br />

considerado residente fiscal del vecino país,<br />

lo que impediría lograr el propósito de dejar<br />

de tributar en el mismo.<br />

NOTAS:<br />

1 - La ley uruguaya sí grava a los “rendimientos del<br />

capital” y a los “incrementos patrimoniales” generados<br />

en el exterior cuando los mismos son obtenidos<br />

por entidades domiciliadas o ubicadas en países o<br />

jurisdicciones de baja o nula tributación (en la jerga<br />

uruguaya se las conoce como entidades BONT).<br />

En esos casos, las aludidas rentas se imputan a<br />

las personas físicas residentes en nuestro país que<br />

participan en el capital de esa entidad.<br />

2 - A la fecha, aproximadamente USD 1.700.000.<br />

3 - A la fecha, aproximadamente USD 5.000.000.


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27


ANALISIS<br />

Reglamentación de las S.A.S. 1<br />

una luz de bajo consumo<br />

LA ÚLTIMA SEMANA DE DICIEMBRE SE DIO A CONOCER EL DECRETO REGLAMENTARIO<br />

DE ESTE NOVEDOSO INSTRUMENTO SOCIETARIO, QUE SUPONÍA ARROJAR LUZ A LAS<br />

INTERROGANTES PLANTEADAS POR EL TEXTO LEGAL.<br />

Esc. Diego Dos Reis<br />

Cr. Piero de los Santos<br />

28<br />

Dicho Decreto significó una luz de bajo consumo pues aún siguen<br />

sin responderse algunas de las interrogantes, a la espera quizás de<br />

ser respondidas por la práctica misma. Lo que si es un hecho, es que<br />

las SAS son una realidad total, y a partir del pasado mes de enero<br />

constituyen una nueva alternativa, que con sus fortalezas y debilidades<br />

juega en la competencia societaria con los demás tipos sociales.<br />

I – Constitución<br />

Sociedades unipersonales<br />

Una de las principales innovaciones de este tipo social, es la posibilidad<br />

de Constitución por una sola persona, pudiendo prescindirse<br />

de socios ficticios con participaciones mínimas a los solos efectos<br />

de dar cumplimiento a las rígidas estructuras previstas en los tipos<br />

sociales tradicionales ya conocidos.<br />

Procedimiento de constitución<br />

El sistema de constitución digital es prorrogado, por lo que habrá<br />

que esperar al menos 4 meses para considerar su utilidad. Como sistema<br />

transitorio se propone brindar agilidad al emprendedor, ya que<br />

mediante el cumplimiento de ciertas condiciones de constitución<br />

e inscripción la SAS podrá aprobarse en un plazo de 5 días hábiles<br />

y quedará regularmente constituida con la inscripción en DGI, con<br />

lo cual se prescinde de las publicaciones exigidas para los tipos sociales<br />

tradicionales, y del Control de la AIN para las S.A. y por ende<br />

menos tiempo, menos costos.<br />

Objeto<br />

Les da la posibilidad de establecer un objeto lícito amplio e indeterminado,<br />

sin un detalle de las actividades a realizarse, dejando de<br />

lado la especialidad del objeto; y pone fin además al límite máximo<br />

de plazo, previsto para algunos tipos sociales.<br />

Comunicación al BCU<br />

Se deberá cumplir para las SAS con la identificación y comunicación<br />

al BCU de los beneficiarios finales y de los titulares de participaciones<br />

accionarias, así como con la ley de inclusión financiera<br />

respecto a los aportes sociales y demás movimientos dinerarios.<br />

II - Fiscalización:<br />

La Ley no estableció y el decreto tampoco agregó, el control y<br />

fiscalización de la AIN en el momento de la Constitución ni en las<br />

posteriores modificaciones; sí aclaró en qué momentos la SAS serán<br />

fiscalizadas por dicha institución estatal.<br />

III - Administración de la Sociedad<br />

En cuanto a la Administración y representación de una SAS, salimos<br />

totalmente de la estructura imperativa prevista para los demás<br />

tipos sociales tradicionales, no exigiéndose para estas sociedades,<br />

la designación de un Director, de un Administrador o representante<br />

en el acto de constitución, pero si se designare con posterioridad el<br />

mismo será comunicado al Registro de Comercio.<br />

IV - Transformación y regularización<br />

Entran las SAS en el Capítulo de Transformación de Sociedades,<br />

esto es cualquier tipo social con excepción de las S.A podrá<br />

transformarse en SAS adaptando esta modalidad, así como éstas<br />

podrán adaptar una de las figuras jurídicas societarias de las que ya<br />

conocemos.<br />

Las Sociedades irregulares o de Hecho podrán regularizarse<br />

convirtiéndose en SAS.<br />

V – Impuestos<br />

Imposición a la renta<br />

En lo que a imposición a la renta refiere queda claro que este tipo<br />

de entidades será contribuyente de IRAE, pero lo sustancial en esta<br />

materia viene dado por la posibilidad, para los contribuyentes de<br />

menor y mediana dimensión económica, de determinar el impuesto<br />

de manera ficta, generando menos costos administrativos, menos<br />

riesgos de fiscalización y en muchos casos menos impuesto a pagar.<br />

Imposición al patrimonio<br />

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ANALISIS<br />

impuesto al Patrimonio, teniendo en cuenta que las cuentas de activo y pasivo con socios no<br />

serán considerados a los efectos de la determinación del patrimonio.<br />

Impuesto de control de Sociedades Anónimas<br />

Las SAS no son contribuyentes de este impuesto, lo que tiene un doble impacto, por un<br />

lado no deberán pagar este impuesto en la constitución, lo que implicará una reducción en su<br />

costo cercano a los USD 1.000 (dólares americanos mil), así como el ahorro de aproximadamente<br />

UYU 20.000 anuales (pesos uruguayos veinte mil) por concepto de impuesto anual.<br />

Disposición transitoria de conversión de unipersonales<br />

Es relevante tener en cuenta que la Ley prevé un régimen transitorio para la conversión de<br />

“empresas” unipersonales en SAS en el plazo de un año, desde la entrada en vigencia de la<br />

misma, exonerada de todo tributo bajo el cumplimiento de ciertas condiciones.<br />

En este sentido las interrogantes eran varias:<br />

¿Qué se entiende por “empresa” Unipersonal? La reglamentación aclaró que se está haciendo<br />

referencia no solo a las empresas en el sentido de actividad que reúne los factores productivos<br />

capital y trabajo, sino también a aquellas que solo aplican el factor trabajo, como lo son las<br />

prestadoras de servicios personales.<br />

¿El plazo corre y no ha salido la reglamentación, se extenderá? El plazo finalmente fue<br />

extendido de su vencimiento original (octubre 2020) hasta diciembre del presente.<br />

¿En referencia a la exoneración del ITP, solo alcanza a la transferencia de inmuebles? El<br />

decreto aclaró que también comprendía a la transferencia de derechos de los mismos.<br />

Opción IMEBA<br />

En el marco del rubro agropecuario, estas entidades podrán optar por darle carácter definitivo<br />

a las retenciones del IMEBA, en tanto verifiquen ciertas condiciones cuantitativas en<br />

referencia a ingresos y superficie explotados.<br />

VI – Contribuciones<br />

Aportes a la seguridad social<br />

La principal novedad a propósito de estas cargas sociales, viene dada por la ausencia de<br />

exoneraciones tales como las dispuestas en sede de los Directores de Sociedades Anónimas, lo<br />

que implica que haya o no remuneración, y sin importar el formato elegido para el órgano de<br />

administración, deberá pagarse los aportes correspondientes. En adición a esto, y a diferencia<br />

de lo que sucede en las SRL, deberá aportarse por todas las SAS en las que se actúe.<br />

Por otra parte, vale considerar que el monto imponible vendrá determinado en función de<br />

cómo se organice la administración, teniendo en cuenta que la Ley de SAS prevé tres formatos<br />

distintos: directorio, administración o representante legal.<br />

Así mismo, vale considerar que las SAS pueden liquidar el IRAE por el régimen ficto, razón<br />

por la cual podrán descontar el 25% de los sueldos fictos en la liquidación de dicha imposición<br />

a la renta, con lo cual el gasto se podrá ver disminuido por este lado.<br />

Dicho esto, y a efectos meramente ilustrativos, por cuanto la casuística es muy extensa y<br />

dependerá de cada caso en particular, tendríamos los siguientes escenarios comparativos:<br />

Tipo social más<br />

conveniente<br />

Observadores<br />

Sin remuneración S.A. Exoneradas<br />

- Remuneración real < Mayor sueldo.<br />

- Organización SAS: Directorio<br />

IRAE real<br />

IRAE ficto<br />

SAS o SA<br />

SRL o SAS<br />

SAS es beneficiario de FONASA,<br />

SA no.<br />

La diferencia entre ellas dependerá de la brecha<br />

entre la retribución y el mayor sueldo pago<br />

FONASA<br />

Mención aparte merece el FONASA,<br />

ya que a diferencia de lo que sucede en<br />

las SA y SRL, los directores, administradores<br />

o representantes legales, serán<br />

beneficiarios del Seguro Nacional de<br />

Salud. En este sentido la reglamentación<br />

no arrojó luz alguna sobre la disposición<br />

legal, sino que un comunicado<br />

reciente del BPS vino a establecer las<br />

condiciones para determinar la cuantía<br />

de este aporte en particular, que dependerá<br />

de la situación familiar así como<br />

del monto imponible determinado en<br />

las 6,5 BPC.<br />

Una vez más, la casuística es muy<br />

amplia y dependerá del caso a caso, por<br />

lo que habrá quienes podrán ver esta<br />

disposición como un beneficio y quienes<br />

lo verán como un costo adicional, lo<br />

que si no parece lógico, es que el aporte<br />

deberá hacerse en todo caso, sin perjuicio<br />

de que ya se esté aportando por otra<br />

actividad.<br />

VII – Conclusiones<br />

Si bien dijimos que el decreto que<br />

las reglamenta es una “Luz de bajo<br />

consumo” pues no aclaró demasiado lo<br />

estipulado por la ley sobre todo en materia<br />

tributaria, no cabe duda que las SAS<br />

por la autonomía de la voluntad que la<br />

caracteriza, permite confeccionar una<br />

estructura social a medida del emprendimiento,<br />

lo que resulta atractivo a la<br />

hora de elegir este tipo social para llevar<br />

adelante un negocio comercial o un<br />

emprendimiento, adaptándose de esta<br />

forma al concepto de “Emprendedurismo”<br />

previsto.<br />

En nuestra opinión particular,<br />

entendemos que es un instrumento muy<br />

atractivo para emprendedores en materia<br />

de innovación, por la agilidad de su<br />

constitución y bajos costos tributarios<br />

en negocios de pequeña o mediana<br />

dimensión económica, así como para<br />

negocios que requieren un contrato a<br />

medida sea por la busca de garantías<br />

en la relación entre integrantes u otras<br />

causales, por cuanto una de las grandes<br />

fortalezas de las SAS viene dada por la<br />

autonomía de la voluntad de las partes.<br />

30<br />

Con<br />

remuneración<br />

- Remuneración real < Mayor sueldo.<br />

- Organización SAS: distinta a directorio<br />

IRAE real<br />

IRAE ficto<br />

SA<br />

SAS o SRL<br />

La diferencia con SAS dependerá de la brecha<br />

entre la retribución y el mayor sueldo pago<br />

SAS es beneficiario de FONASA,<br />

SRL no.<br />

NOTA:<br />

(1) tipo Social creado por la Ley 19.820 promulgada el 18 de<br />

Setiembre de 2019, diferente a los tipos sociales previstos en<br />

la ley 16.060<br />

- Remuneración real > Mayor sueldo.<br />

- Organización SAS: diferente<br />

IRAE real<br />

IRAE ficto<br />

SAS, SA o SRL<br />

SAS o SRL<br />

SAS es beneficiario de FONASA,<br />

SA y SRL no.<br />

SAS es beneficiario de FONASA,<br />

SRL no.


Reglamentación de<br />

Sociedades Anónimas Simplificadas<br />

EL PASADO 7 DE ENERO DEL 2020 SE PUBLICÓ EN EL DIARIO OFICIAL EL DECRETO NÚMERO<br />

399/2019 (EN ADELANTE, EL “DECRETO”) QUE REGLAMENTA EL TÍTULO II DE LA RECIENTE<br />

LEY Nº 19.820, “LEY DE FOMENTO DEL EMPRENDEDURISMO” (EN ADELANTE, LA “LEY”).<br />

EL DECRETO REGLAMENTA EL RÉGIMEN APLICABLE A LAS SOCIEDADES POR ACCIONES<br />

SIMPLIFICADAS (EN ADELANTE, LAS “SAS”).<br />

Dra. Lucía Estrada<br />

Vigencia<br />

El Decreto comenzará a regir a partir del 1°<br />

de enero del 2020.<br />

Creación del proyecto “SAS Digital”<br />

Las SAS podrán ser constituidas y registradas<br />

de forma digital. A estos efectos se designó<br />

a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de<br />

Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información<br />

del Conocimiento (AGESIC) como encargada<br />

de implementar la plataforma tecnológica<br />

necesaria.<br />

Procedimiento transitorio<br />

Se prevé un mecanismo para poder constituir<br />

SAS hasta tanto la plataforma digital se<br />

encuentre operativa.<br />

Regularización de Sociedades<br />

Irregulares y de hecho<br />

Las Sociedades Irregulares y de Hecho, tal<br />

y como son definidas en la ley de sociedades<br />

comerciales 16.060, podrán regularizarse<br />

adoptando la forma de sociedades por acciones<br />

simplificadas.<br />

31


ANALISIS<br />

Conversión de empresas unipersonales en SAS<br />

Se prevé de forma expresa que los titulares de<br />

empresas unipersonales podrán transferir su giro<br />

en un solo acto a una SAS lo cual lo sucederá en<br />

sus derechos y obligaciones. Lo anterior podrá<br />

efectivizarse siempre que el titular de la empresa<br />

unipersonal sea el único accionista de la nueva<br />

sociedad al momento de la conversión y que la<br />

unipersonal estuviera debidamente constituida en<br />

los organismos recaudadores.<br />

Controles<br />

La normativa prevé que la Auditoría Interna de<br />

la Nación (en adelante, la “AIN”) es la encargada de<br />

la fiscalización de las SAS que tuvieran ingresos<br />

anuales que superen las 37.500.000 UI. Como consecuencia,<br />

las SAS estarán obligadas a comunicar<br />

a la AIN:<br />

i. Las integraciones de capital efectuadas por<br />

nuevos aportes.<br />

ii. Las reducciones de capital integrado.<br />

iii. El rescate o amortización de acciones.<br />

iv. El reintegro de capital.<br />

v. Los supuestos antes descritos en los que se<br />

genere derecho de receso.<br />

El resto de las SAS deberán comunicar anualmente,<br />

dentro del plazo de 180 (ciento ochenta)<br />

días corridos contados a partir del día siguiente<br />

a la fecha de cierre del ejercicio económico, las<br />

modificaciones de capital integrado y el cumplimiento<br />

de la ley N° 19.484.<br />

Normas tributarias<br />

Modificaciones introducidas al Decreto 150/007<br />

que reglamenta el Impuesto a la Renta de las<br />

Actividades Económicas (IRAE):<br />

• Se incorporan las SAS como sujetos pasivos<br />

de IRAE.<br />

• Se incorpora el artículo 18 bis que establece<br />

que aquellas empresas unipersonales que se<br />

conviertan en SAS a título universal podrán<br />

optar por no computar el valor llave correspondiente<br />

siempre que dicha conversiones se<br />

realicen sin el propósito de producir un resultado<br />

económico (es decir siempre que no<br />

se realicen transferencia de acciones durante<br />

el transcurso de un plazo de 2 años contados<br />

a partir de la fecha del contrato correspondiente).<br />

• Los aportes irrevocables que las SAS reciban<br />

a cuenta de futuras integraciones de capital<br />

se computarán como pasivo si trascurrido 24<br />

meses contados a partir de su aceptación por<br />

el órgano de administración, los mismos no<br />

fueran aprobados por la asamblea de accionistas<br />

u órgano que haga a sus veces.<br />

Modificaciones introducidas al Decreto 148/007<br />

que reglamenta el Impuesto a la Renta a las Personas<br />

Físicas (IRPF):<br />

• Las rentas al trabajo, derivadas de actividades<br />

por las cuales se genere cobertura provisional<br />

en el ámbito de afiliación al Banco<br />

de Previsión Social de los administradores y<br />

directores de SAS estarán gravados por IRPF<br />

y se computarán como rentas de trabajo<br />

dependientes siempre que corresponda a<br />

residentes.<br />

• Asimismo el Decreto incorpora al trabajador,<br />

al socio administrador y al síndico<br />

a consignar mediante declaración jurada<br />

al responsable sustituto para la retención<br />

correspondiente.<br />

Modificaciones introducidas al Decreto 30/015<br />

que reglamenta el Impuesto al Patrimonio (IP):<br />

• Se incluyen a las SAS como contribuyentes<br />

del IP.<br />

Modificaciones introducidas al Decreto 220/998<br />

que reglamenta el Impuesto al Valor Agregado<br />

(IVA):<br />

• Se incluyen a las SAS como contribuyentes<br />

del IVA.<br />

• Se agrega al artículo 124 el supuesto de la<br />

conversión de empresas unipersonales en<br />

SAS con total transferencia del giro.<br />

Modificaciones introducidas al Decreto 597/988<br />

referente a la recopilación de normas relativa a<br />

los tributos recaudados por la DGI:<br />

• Se establece la obligatoriedad de la asignación<br />

de un nuevo RUT a aquellas empresas<br />

unipersonales que se hubieran transformado<br />

a SAS.<br />

• También se establece que la transformación<br />

de la empresa unipersonal a SAS (siempre<br />

que sea de la totalidad del giro) importa el<br />

cierre del ejercicio económico del sujeto<br />

pasivo por lo que la misma deberá presentar<br />

una declaración jurada y abonar la totalidad<br />

de los tributos resultantes.<br />

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LABORAL<br />

Normativa laboral<br />

que se impone en el año 2020<br />

ANTE EL COMIENZO DE UN NUEVO AÑO, RESULTA IMPORTANTE REALIZAR UN REPASO<br />

DE LA NORMATIVA LABORAL QUE SE VUELVE RELEVANTE, O BIEN PORQUE COMIENZA<br />

A DESPLEGAR SUS EFECTOS EN ESTE AÑO, O BIEN PORQUE POR DETERMINADAS<br />

CIRCUNSTANCIAS IMPONEN A LO LARGO DEL AÑO 2020 MAYORES OBLIGACIONES<br />

PARA LOS EMPLEADORES.<br />

34<br />

Dra. Mariana<br />

Fernández Fasciolo<br />

Asimismo, resulta relevante tener presente<br />

aquellos aspectos del anteproyecto de<br />

Ley de Urgente Consideración presentado<br />

por el nuevo gobierno, que de ser aprobadas<br />

tendrán impacto directo en la normativa o<br />

prácticas laborales vigentes.<br />

Normas que comienzan<br />

a regir a partir del año 2020.<br />

Nuevo Salario Mínimo Nacional.<br />

A partir del 1 de enero de 2020 el Salario<br />

Mínimo Nacional asciende a la suma de<br />

$16.300 nominales mensuales, de conformidad<br />

con lo previsto en el Decreto 156/019.<br />

Asimismo, el Decreto dispone que para<br />

hallar el valor diario del jornal mínimo<br />

nacional se debe dividir el salario mensual<br />

entre veinticinco, lo que da un jornal<br />

mínimo nominal de $652; y para hallar el<br />

valor mínimo por hora se debe dividir el<br />

monto mensual entre doscientos, lo que da<br />

un monto mínimo nominal de la hora de<br />

trabajo de $81,50.<br />

Ello es sin perjuicio de los mínimos


previstos en los laudos de Consejo de Salarios vigentes aplicables<br />

a cada sector de actividad.<br />

Pago de prestaciones alimentarias.<br />

Con la modificación prevista en la ley 19.732 al articulo 167<br />

de la ley 16.713, a partir del 1 de enero de 2020, estarán exentas<br />

de aportación a la seguridad social, aquellas partidas de alimentación<br />

abonadas a los trabajadores por su empleador, cuando<br />

las mismas no excedan el máximo equivalente a 100 UI por día<br />

trabajado.<br />

En virtud de que el valor de la UI a tomar, conforme a lo<br />

previsto en la ley es el del 1 de enero de cada año, el valor exento<br />

para esta partida para todo el año 2020 es de $ 436,59 por jornal<br />

de trabajo.<br />

Mecanismo de cálculo y pago de las primas del<br />

seguro contra accidentes de trabajo y enfermedades<br />

profesionales para trabajadores del sector rural.<br />

De acuerdo con la Ley N° 19.678 y su reciente nueva reglamentación<br />

dada por el Decreto de fecha 27 de enero de 2020, a partir<br />

del 1 de mayo de 2020, las primas correspondientes al seguro de<br />

accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores<br />

de la actividad rural se calcularán conforme al régimen<br />

general previsto en la Ley N° 16.074. Ello implica que dichas<br />

primas ya no estarán comprendidas en la contribución patronal<br />

abonada por las empresas del sectorcuatrimestralmente al Banco<br />

de Previsión Social.<br />

Las primas a abonarse por el concepto a partir del 1 de mayo<br />

de 2020,serán calculadas teniendo como base de cálculo la remuneración<br />

nominal percibida por los trabajadores y la peligrosidad<br />

de la actividad y del establecimiento. En virtud del cambio de<br />

régimen y para lograr una aplicación progresiva del mismo, se<br />

prevén para los primeros años de aplicación bonificaciones transitorias<br />

del 60% para las primas a abonar en el 2020, del 40% en el<br />

2021 y del 20% en el 2022.<br />

Capacitación obligatoria para trabajadores que desempeñen<br />

tareas utilizando como medio de transporte una bicicleta u otro<br />

vehículo bi-rodado impulsado con o sin motor.<br />

Mediante el Decreto 327/019 que modifica algunas disposiciones<br />

del Decreto 119/017, se dispone que, todos los trabajadores que<br />

cumplan tareas utilizando exclusivamente como medio de transporte<br />

una bicicleta u otro vehículo bi-rodado impulsado con o sin<br />

motor deberá haber aprobado el curso de capacitación específico y<br />

contar con el certificado de formación profesional expedido por la<br />

autoridad competente o entidad habilitada.<br />

La nueva redacción del Decreto no distingue ámbito de aplicación<br />

especial para la norma, por lo que aplica a todas las ramas de<br />

actividad.<br />

No obstante ello, dispone que los repartidores de alimentos y/o<br />

productos farmacéuticos que se desempeñen en bicicleta deben<br />

tener el curso aprobado al 1 de julio de 2020 (para quienes trabajan<br />

en moto ya es obligatorio desde el año 2018) y que para el resto<br />

de ramas de actividad será el Poder Ejecutivo quien disponga la<br />

fecha de exigibilidad del certificado de formación profesional<br />

Normas que intensifican obligaciones laborales para los empleadores<br />

en el año 2020.<br />

Control de voto en elecciones nacionales.<br />

Conforme a lo previsto en los artículos 11, 14 y 18 de la ley<br />

16.017 que regula aspectos relacionados con los actos electorales<br />

en el país, los empleadores de la actividad privada estan obligados<br />

a requerir a sus trabajadores, evidencia de haber participado de<br />

los actos eleccionarios. Conforme a la norma, los empleadores podrán<br />

válidamente retener el sueldo del trabajador, hasta tanto éste<br />

no acredite haber cumplido con el voto o haber abonado la multa<br />

correspondiente ante la Corte Electoral.<br />

Conforme a la circular emitida por la Corte Electoral, el control<br />

de los actos eleccionarios de octubre y noviembre de 2019, debe<br />

realizarse a partir del 23 de marzo de 2020 y por el plazo de 120<br />

días. Por lo que, en los hechos, para el cobro de salarios a partir<br />

del 23 de marzo y hasta el 22 de julio de 2020, los trabajadores<br />

deberán acreditar el voto en las elecciones nacionales de octubre y<br />

en el acto eleccionario del ballotage del pasado mes de noviembre.<br />

A los efectos de acreditar, ante una eventual inspección de la<br />

Corte Electoral, el haber cumplido con la obligación prevista en la<br />

ley, es recomendable requerirle a los trabajadores una copia de las<br />

respectivas constancias.<br />

Aquellos empleadores que no cumplan con el control estipulado<br />

en la ley, podrán ser sujetos a multas por parte de la Corte<br />

Electoral equivalentes al 10% (diez por ciento) del sueldo nominal<br />

mensual de cada trabajador. En caso de reincidencia se puede<br />

duplicar el monto de la misma.<br />

Incremento del porcentaje<br />

de contratación de personas con discapacidad.<br />

De conformidad con las disposiciones de la Ley 19.691 y su<br />

decreto reglamentario, que disponen una progresividad en el<br />

aumento de los porcentajes de contratación de personas con discapacidad,<br />

los porcentajes vigentes a la fecha, para todas las ramas<br />

de actividad son:<br />

Vigencia<br />

Desde 18/11/2019<br />

al 17/11/2020 inclusive<br />

Desde el 18/11/2020<br />

al 17/11/2021 inclusive<br />

Números total de empleados<br />

permanentesen la empresa<br />

Porcentaje de trabajadores con<br />

discapacidad a incorporar<br />

500 o más trabajadores 4% (cuatro por ciento)<br />

150 o más trabajadores y menos de<br />

500 trabajadores<br />

50 o más trabajadores y menos de<br />

150 trabajadores<br />

Menos de 50 trabajadores<br />

3 % (tres por ciento)<br />

2 % (dos por ciento)<br />

1,5 % (uno y medio por ciento)<br />

500 o más trabajadores 4% (cuatro por ciento)<br />

150 o más trabajadores y menos de<br />

500 trabajadores<br />

50 o más trabajadores y menos de<br />

150 trabajadores<br />

Menos de 50 trabajadores<br />

3,5 % (tres y medio por ciento)<br />

3 % (tres por ciento)<br />

2 % (dos por ciento)<br />

Es importante notar que la obligación prevista en la ley aplica<br />

cuando se producen nuevas contrataciones de personal, naciendo<br />

recién allí la obligatoriedad de contratar a personal con discapacidad<br />

que cumpla con los requisitos técnicos y de idoneidad para el<br />

cargo vacante.<br />

Obligatoriedad de la contratación de<br />

Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo<br />

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 126/2019 a partir de<br />

noviembre de 2020, todas las empresas que cuenten con cinco o<br />

más trabajadores, deberán implementar los Servicios de Prevención<br />

y Salud en el Trabajo, teniendo un plazo de 180 días para<br />

hacerlo (esto es hasta mayo de 2021). Ello sin perjuicio de la<br />

potestad que se reservó el poder Ejecutivo de, a lo largo del año<br />

2020, disponer con una vigencia anticipada la obligatoriedad de<br />

la implementación de estos servicios para los diferentes grupos de<br />

actividad, para aquellas empresas de entre 50 a 300 trabajadores.<br />

35


LABORAL<br />

En todo caso se debe recordar que las empresas que tengan<br />

mas de 300 empleados, independientemente de su sector de actividad,<br />

ya se encuentran obligadas a implementar este servicio.<br />

Ello sin perjuicio de las normas especiales que imponen la<br />

obligatoriedad de estos servicios para diferentes grupos de actividad<br />

que se encuentran a la fecha vigentes.<br />

Proyectos de regulación contenidos en el anteproyecto de Ley<br />

de Urgente Consideración.<br />

Sin perjuicio de que el anteproyecto de Ley se encuentra<br />

aún sometido a negociación por parte de los diferentes actores<br />

políticos y que además debe ser aprobado por el Parlamento, se<br />

destacan a continuación los principales aspectos contenidos en<br />

dicho proyecto que tienen impacto en el ámbito laboral.<br />

Pago de salarios y demás prestaciones en efectivo.<br />

Conforme al proyecto contenido en el anteproyecto de Ley,<br />

cesaría la obligatoriedad de pagar los salarios y toda partida en<br />

dinero, prestaciones de alimentación y honorarios por servicios<br />

profesionales exclusivamente mediante medios de pagos<br />

electrónicos. En consecuencia, de aprobarse la misma se podrían<br />

abonar salarios y demás créditos laborales en dinero, debiendo<br />

mediar para ello acuerdo por escrito del trabajador y el empleador.<br />

Regulación del ejercicio del Derecho de Huelga.<br />

De aprobarse el texto contenido en el anteproyecto de Ley,<br />

para que el ejercicio del derecho de Huelga sea válido, siguiendo<br />

los lineamientos de la Organización Internacional de Trabajo y<br />

la jurisprudencia que se ha pronunciado sobre el tema, la huelga<br />

debe ser pacifica, no puede perturbar el orden público y se debe<br />

respetar la libertad de trabajo de los no huelguistas y el derecho a<br />

ingresar a la empresa del empleador. En los hechos, de aprobarse<br />

esta regulación se estaría restringiendo la posibilidad de realizar<br />

ocupaciones de los locales de trabajo. Asimismo, se dispone<br />

expresamente que cuando las medidas no cumplan con los requisitos<br />

legales, el Poder Ejecutivo podrá restringirlas.<br />

Asimismo, conforme al anteproyecto de ley, en el capitulo que<br />

regula la seguridad pública, se prohíben los piquetes duros con<br />

carácter general. Por piquetes duros nos referimos a aquellos que<br />

no permiten la libre circulación de las personas, bienes y servicios.<br />

Por ello, no resultarían admisibles los piquetes duros como<br />

medidas de lucha gremial.<br />

Se garantiza el derecho a la intimidad<br />

y al uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral y a la<br />

desconexión.<br />

El anteproyecto de ley dispone que el Estado será quien<br />

determine los criterios de utilización y de control de los medios<br />

digitales puestos a disposición de los trabajadores, respetando la<br />

intimidad y limitando el acceso a los mismos conforme al uso<br />

que se haya autorizado.<br />

Asimismo, se prevé que los trabajadores tendrán derecho a<br />

desconectarse de sus herramientas digitales mientras estén de<br />

licencia y durante su tiempo de descanso, intermedio y semanal,<br />

siendo la finalidad de la norma el garantizar la intimidad personal<br />

y familiar del trabajador.<br />

Modificaciones a la seguridad social.<br />

En el anteproyecto de ley y de cara a una eventual reforma<br />

del régimen de Seguridad Social vigente en el país, se establece<br />

la creación de una comisión de expertos para analizar temas<br />

relacionados con los diferentes regímenes de Seguridad Social,<br />

así como para realizar propuestas de reforma a los diferentes<br />

regímenes.<br />

Asimismo, se prevén modificaciones al régimen que permite<br />

la compatibilidad entre empleo y jubilación, de modo de flexibilizar<br />

el régimen vigente a la fecha.<br />

36


LABORAL<br />

¿Cómo mitigar la pérdida de<br />

empleo por el avance tecnológico?<br />

EL AVANCE TECNOLÓGICO TIENE ASPECTOS POSITIVOS, PERO TAMBIÉN UN LADO NEGATIVO,<br />

POR CUANTO EN GENERAL, CONLLEVA UNA PÉRDIDA DE EMPLEO. LA EXPERIENCIA INDICA QUE<br />

SI BIEN LA INCORPORACIÓN DE NUEVA TECNOLOGÍA CREA PUESTOS DE TRABAJO, LO HACE<br />

CON RETARDO, Y EN UN MENOR NÚMERO DE LOS QUE ELIMINA. Y A SU VEZ, ESTOS NUEVOS<br />

PUESTOS SON DISTINTOS, Y PARA ASUMIRLOS, SE REQUIERE UNA MÁS ALTA CALIFICACIÓN.<br />

Dr. Nelson Larrañaga Zeni<br />

40<br />

Asistimos a una paradoja por cuanto el<br />

ser humano es el creador de nueva tecnología,<br />

y con esto, sustituye el trabajo de otros<br />

seres humanos. Hay una tensión permanente<br />

entre nueva tecnología y empleo, y<br />

detrás de ella hay personas que ganan y<br />

otras que pierden. La sociedad se beneficia<br />

con los avances, pero también se perjudica<br />

porque tiene que procurar los medios para<br />

mitigar la pérdida de empleo.<br />

Sabemos que la eliminación de puestos<br />

laborales tiene efectos individuales,<br />

familiares y económicos perjudiciales para<br />

la sociedad. La pérdida del trabajo podría<br />

generar en las personas afectación en su<br />

salud. Esta situación recarga los sistemas<br />

de salud y de protección social en general,<br />

los que aumentan sus egresos con prestaciones<br />

por desempleo, y disminuyen sus<br />

ingresos por pérdida de cotizantes.<br />

Este tema tuvo su llegada en los programas<br />

de gobierno. Los partidos políticos<br />

coinciden en que el avance tecnológico<br />

está causando y causará en el futuro, un<br />

impacto en el empleo, afectando a aquellos<br />

puestos de trabajo repetitivos, que serán<br />

sustituidos por la robótica, la automatización,<br />

el internet en las cosas. A su vez, este<br />

avance implicará la creación de nuevos<br />

puestos de más alta calificación.<br />

Algunos programas realizan un diagnóstico<br />

y contienen propuestas de cómo<br />

afrontar esta realidad y atemperar sus<br />

efectos. El Partido Nacional (PN) señala<br />

que la revolución tecnológica, la inteligencia<br />

artificial y la automatización, inciden e<br />

incidirán de manera transformadora en el<br />

ámbito laboral. Hay trabajos que desaparecen,<br />

otros que se crean, y otros que<br />

requieren nuevos conocimientos y nuevas<br />

capacidades. No solo se afectan puestos de<br />

trabajo, sino la forma en que el trabajo se<br />

organiza. El trabajo con uso de plataformas<br />

digitales, transforma la prestación de<br />

tareas tradicional.<br />

El Frente Amplio (FA) afirma que<br />

con los cambios tecnológicos aparecen<br />

nuevas formas de empleo, que deben ser<br />

reguladas, con el fin de proteger los logros<br />

alcanzados. Aparecen nuevos trabajadores<br />

que irrumpen en el mercado laboral,<br />

generando nuevas categorías, que rompen<br />

los modelos hasta ahora existentes (por<br />

ejemplo, el teletrabajo). En esta dirección<br />

regulatoria, hay que atender el desplazamiento<br />

de los trabajadores producto de la<br />

robotización, automatización, etc.<br />

En los dos programas relevados se coincide<br />

en la necesidad de instalar un ámbito<br />

de diálogo sobre este tema, con inclusión<br />

de los actores sociales. Se concuerda que<br />

hoy la estructura de la formación profesional<br />

está muy dispersa. No hay un<br />

sistema que tenga sus objetivos y metas a<br />

alcanzar fijadas, y no se pone el foco en la<br />

trayectoria laboral del trabajador, que está<br />

siendo apoyado con planes de formación<br />

profesional.<br />

Este diálogo político y social tendría<br />

que concretarse en un acuerdo, que<br />

implique la creación legal de un Sistema<br />

Nacional de Formación Profesional. En<br />

esto coinciden el PN y el FA. Es necesario<br />

que la formación de los trabajadores sea<br />

continua, dado que hay que adecuarse rápidamente<br />

a los cambios tecnológicos, con<br />

el fin de subsistir en el mercado de trabajo.<br />

El PN propone la creación de un Sistema<br />

de Formación Profesional Continua<br />

(Sistema), que asegure permanentes oportunidades<br />

de mejora a los trabajadores, al<br />

tiempo que favorezca la innovación y la<br />

productividad. Es necesario que toda la<br />

institucionalidad creada en conexión con<br />

la formación profesional, funcione como<br />

sistema. El Sistema sería financiado a través<br />

del Fondo de Reconversión Laboral, y<br />

otros aportes públicos y privados. Tendría<br />

por fin generar políticas y mecanismos,<br />

que garanticen la calidad de la formación,<br />

la acreditación y certificación externa de<br />

saberes, y acciones formativas.<br />

El FA también propone la creación de<br />

un Sistema Nacional de Formación Profesional,<br />

con participación de los actores sociales.<br />

El Sistema tendría por fin articular<br />

entre las instituciones públicas y privadas,<br />

los distintos niveles de formación permanente<br />

y de capacitación para el trabajo. El<br />

FA plantea revisar la estructura actual de<br />

la Formación Profesional, procurando mejorar<br />

su coordinación, evaluación, calidad<br />

de enseñanza, etc., y establecer un número<br />

de horas anuales para la capacitación laboral,<br />

incluidas en la jornada de trabajo.<br />

En síntesis, la pérdida de empleos<br />

derivada de la incorporación de nueva<br />

tecnología y la creación de menos puestos<br />

y de más alta calificación, tiene que mover<br />

a toda la sociedad y al arco político para<br />

que con premura, se haga un diagnóstico<br />

y se formule el paquete de acciones a<br />

implementar. Esta actuación no debería ser<br />

solo coyuntural, sino que tendría carácter<br />

permanente, en atención a que el avance<br />

tecnológico no se detiene, y hay que estar<br />

informados y prepararse con programas y<br />

acciones tendientes a mitigar la pérdida de<br />

empleo


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ECONOMIA<br />

EN MATERIA ECONÓMICA<br />

¿Qué le deparará 2020<br />

al nuevo gobierno?<br />

Por Carlos Luppi<br />

42<br />

Keynes, el arquitecto de la<br />

economía de los siglos XX y XXI<br />

CUANDO EL PRESTIGIOSO SEMANARIO BÚSQUEDA PREGUNTÓ<br />

A LOS ENTONCES CANDIDATOS PRESIDENCIALES: “¿A QUÉ<br />

PENSADORES MENCIONARÍA COMO SUS REFERENTES EN TEMAS<br />

ECONÓMICOS?” (Nº 2037, 12 DE SETIEMBRE DE 2019), EL HOY<br />

PRESIDENTE ELECTO DE LA REPÚBLICA, DR. LUIS LACALLE POU<br />

CONTESTÓ “JOHN MAYNARD KEYNES”. LA REFERENCIA A QUIEN<br />

SE HA LLAMADO “EL ARQUITECTO DE LOS SIGLOS XX Y XXI” FUE<br />

UN GRAN ACIERTO DEL DR. LACALLE POU.<br />

Lord Keynes (título honorífico que le fue concedido por el Reino<br />

Unido por sus méritos, así como un Funeral de Estado en la<br />

Catedral de Westminster, igual que a Winston Spencer Churchill),<br />

quien previó que la paz leonina del Tratado de Versalles conduciría<br />

al renacimiento del militarismo alemán (que nos costó la Segunda<br />

Guerra Mundial y el Holocausto, entre otros hechos terribles); derrotó<br />

con sus ideas la Gran Depresión de 1929 al lograr que el gran presidente<br />

estadounidense Franklin Roosevelt implementara sus políticas<br />

expansivas e intervencionistas para impulsar la reactivación de la<br />

economía sobre la base de la empresa privada en momentos de crisis,<br />

impulsando estrategias que apuntaron al desarrollo económico, las<br />

formas de economía mixta, el pleno empleo, el comercio equilibrado<br />

y el Estado de Bienestar como formas de preservar la paz, es la mejor<br />

referencia que se puede invocar.<br />

Gracias a esas ideas y esa praxis tuvo lugar la llamada “Edad<br />

Dorada del Capitalismo” entre 1945 y 1973, cuando empezaron a regir<br />

las ideas que provocaron todo lo que vino después (dictaduras y populismos),<br />

que bien conocemos. Pero las ideas de Keynes (1883 - 1946)<br />

se mantuvieron como políticas de Estado permanentes en grandes potencias<br />

como Estados Unidos, Alemania, China y Japón, y vencieron<br />

las grandes crisis, como la reciente Gran Recesión 2007 - 2010, gracias<br />

a la acción de economistas keynesianos como Ben Shalom Bernanke,<br />

Janet Yellen y Stanley Fischer en la Reserva Federal de los Estados<br />

Unidos, y Mario Draghi en el Banco Central Europeo. Todos ellos son<br />

economistas surgidos de la Universidad de Harvard y del Massachusetts<br />

Institute of Technology (MIT), como Joseph Stiglitz y Paul<br />

Krugman, Premios Nobel de Economía 2001 y 2008, respectivamente.<br />

El Dr. Lacalle Pou, que tiene sobre sí las sombras luminosas de<br />

Luis Alberto de Herrera y Wilson Ferreira Aldunate, eligió como referencia<br />

a Lord John Maynard Keynes y no pudo hacer elección mejor.<br />

¿Cuál es su mayor desafío y cuáles son sus restricciones?<br />

El escenario internacional<br />

y sus posibilidades<br />

SEGÚN SU PRINCIPAL BIÓGRAFO (LORD ROBERT SKIDELSKY,<br />

DECANO EMÉRITO DE LA UNIVERSIDAD DE WARWICK), KEYNES<br />

ASPIRABA A UN CÍRCULO VIRTUOSO ENTRE PRODUCCIÓN,<br />

DISTRIBUCIÓN Y CONSUMO, QUE POSIBILITARA EL PLENO<br />

EMPLEO Y EL DESARROLLO INTEGRAL. VEÍA UNA RESTRICCIÓN<br />

PRINCIPAL EN EL COMERCIO EXTERIOR, Y POR ESO PROPUSO<br />

EN BRETTON WOODS LA CREACIÓN DE UNA ORGANIZACIÓN<br />

MUNDIAL DEL COMERCIO, QUE FUE DESVIRTUADA AL IGUAL<br />

QUE SUS PROYECTOS PARA EL FMI Y EL BANCO MUNDIAL.<br />

Esa restricción es también nuestro principal problema, como<br />

pequeño país tomador de decisiones y precios externos.<br />

Según el Instituto Uruguay XXI, las exportaciones uruguayas de<br />

bienes, incluyendo las realizadas desde zonas francas, totalizaron<br />

US$ 9.146 millones en 2019, cifra similar a las de los últimos diez<br />

años, equivalente al 16% de nuestro Producto Interno Bruto (PIB),<br />

estimado en aproximadamente US$ 57.000 millones. Como se ve, es<br />

un desempeño exportador bajo, con todas las consideraciones del<br />

caso.<br />

“Nuevamente China fue el principal socio comercial en 2019,<br />

representando el 31% de las exportaciones con montos exportados<br />

de US$ 2.872 millones y un significativo crecimiento con respecto<br />

a 2018. Le siguen como destinos Unión Europea (17%), Brasil (13%),<br />

Estados Unidos (7%), Argentina (4%), y México (3%)”. Nuestras<br />

principales ventas al resto del mundo fueron carne bovina (con una<br />

participación de 20%), celulosa (17%), soja (11%), lácteos (7%), concentrados<br />

de bebidas (6%), arroz (4%), madera (4%), y subproductos<br />

cárnicos (3%), es decir, productos primarios.<br />

“Las importaciones de bienes -sin considerar petróleo y derivados-<br />

alcanzaron US$ 7.201 millones, lo que representó una retracción<br />

de 7% con respecto a 2018. Los principales productos importados<br />

fueron vehículos, vestimenta, plásticos, teléfonos y sustancias<br />

químicas”.<br />

Los comentarios son dolorosos e innecesarios. ¿Qué podemos<br />

hacer al respecto?


Las perspectivas de la<br />

economía mundial y nosotros<br />

COMO BIEN SABEMOS, NUESTRO PAÍS ES TOMADOR ABSOLUTO DE DECISIONES EXTERNAS,<br />

DE MODO QUE LAS POSIBILIDADES DEL NUEVO GOBIERNO, CUYO ÉXITO DESEAMOS TODOS,<br />

ESTÁN SOMETIDOS A LAS RESTRICCIONES DEL CONTEXTO INTERNACIONAL.<br />

Según el informe del Fondo Monetario Internacional (FMI) presentado en el reciente Foro<br />

Económico Mundial de Davos (WEF), la economía mundial que viene de crecer 2,9% en 2019,<br />

crecerá 3,3% en 2020 y 3,4% en 2021, unas pocas décimas menos que en el informe anterior.<br />

El FMI habla de “un comportamiento negativo inesperado” en China (que creció 6,1% en 2019,<br />

el más bajo en 29 años, a lo que ahora se agrega la nueva epidemia, crecerá 6% en 2020 y 5,8%<br />

en 2021); India, que crecerá este año un 5,8% (venía de hacerlo por encima del 7%), mientras<br />

que el crecimiento en Estados Unidos bajará del 2,3% de 2019 al 2% en 2020 y 1,7% en 2021,<br />

“ahora que los efectos de la rebaja fiscal ya se han diluido”. La Eurozona que creció 1,2% en<br />

2019, crecerá 1,2% en 2020.<br />

En nuestra región, Argentina cayó 3,1% de su PIB en 2019 y caería 1,3% en 2020, con crecimiento<br />

positivo en 2021; Brasil creció 1,2% en 2019 y aumentaría su actividad en 2% en 2020,<br />

en tanto que Venezuela cayó 35% de su PIB en 2019, y caería 10% en 2020, siempre según el<br />

FMI.<br />

El discurso de Kristalina Georgieva, directora<br />

gerente del FMI, el lunes 20 de enero en Davos,<br />

abundó en señales pesimistas, como señalar<br />

que esta década del 20 podía ser como del siglo<br />

XX, antesala de una nueva gran recesión global,<br />

destacar la insuficiencia de la distensión entre<br />

EEUU y China, y el peligro que implican las<br />

tensiones geopolíticas y el crecimiento de las<br />

protestas que se han registrado en 2019 en sitios<br />

tan lejanos como Chile, Francia, Hong Kong y<br />

Líbano.<br />

Sorprendentemente, aconsejó, además de<br />

“una sólida cooperación multilateral, especialmente<br />

en lo relacionado con la Organización<br />

Mundial del Comercio y la reducción de emisiones<br />

de gases de efecto invernadero”, la lucha<br />

contra la evasión fiscal y el lavado de activos,<br />

destacó “la acción coordinada de 49 bancos<br />

centrales que realizaron 71 recortes de tipos<br />

de interés el año pasado en todo el mundo” (es<br />

decir, las políticas monetarias expansivas como<br />

las llevadas adelante por la Reserva Federal y el BCE), e insistió en “la necesidad de ampliar la<br />

inclusividad y las redes de protección social”.<br />

¿Puede el nuevo gobierno, a la luz de estas declaraciones y de un contexto externo que no<br />

nos es favorable, actuar para mejorar nuestra situación?<br />

Para Lacalle Pou John Maynard Keiynes<br />

es un referente en temas económicos<br />

43


ECONOMIA<br />

44<br />

EN MATERIA ECONÓMICA<br />

¿Qué le deparará 2020<br />

al nuevo gobierno?<br />

Una nueva inserción internacional<br />

para un nuevo comercio<br />

PARECE OBVIO QUE URUGUAY DEBE AMPLIAR Y DIVERSIFICAR<br />

SUS VENTAS AL RESTO DEL MUNDO (Y AUMENTAR EL<br />

VALOR AGREGADO DE LAS MISMAS), PARA LO CUAL TIENE<br />

GRAVES OBSTÁCULOS COMO LA COMPETENCIA DIRECTA<br />

CON ARGENTINA (CON PRECIOS MUY INFERIORES A LOS<br />

NUESTROS); CON NUEVA ZELANDA Y AUSTRALIA, DOS<br />

GRANDES POTENCIAS AGROINDUSTRIALES QUE INTEGRAN<br />

EL COMMONWEALTH, TIENEN TRATADOS DE LIBRE<br />

COMERCIO CON ESTADOS UNIDOS Y CON CHINA POPULAR;<br />

Y AUN CON LOS PAÍSES INTEGRANTES DE LA ALIANZA DEL<br />

PACÍFICO: CHILE, COLOMBIA, MÉXICO Y PERÚ, PAÍSES QUE<br />

REPRESENTAN MÁS DEL 40% DEL PIB DE AMÉRICA LATINA Y<br />

TIENEN TRATADOS DE LIBRE COMERCIO (TLC) CON ESTADOS<br />

UNIDOS.<br />

En enero, el presidente electo tuvo una comunicación telefónica<br />

con el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Mike Pompeo,<br />

y le planteó su visión favorable a un Tratado de Libre Comercio<br />

(TLC), como el que trataron los entonces presidentes Tabaré Vázquez<br />

y George W. Bush en 2006.<br />

El Dr. Lacalle Pou también recibió la visita del Subsecretario de<br />

Estado para Asuntos Políticos de EEUU, David Hale (quien afirmó<br />

que “Uruguay es un socio vital en la región), a quien trasmitió<br />

idéntica aspiración.<br />

Ambos jerarcas fueron consecuentes en manifestar que la política<br />

de la Administración Trump remite a acuerdos bilaterales.<br />

Sin embargo, en conocidas declaraciones a Montevideo Portal,<br />

el Embajador de la Unión, Kenneth George, un experiente empresario,<br />

político y diplomático que habla muy claro, luego de reiterar<br />

sus elogios a nuestro país (al que llamó “faro de la democracia”),<br />

señaló que somos EEUU y Uruguay son países competidores en<br />

agricultura, pero señaló que buscaba acuerdos en materia de desarrollo<br />

de tecnología y servicios.<br />

Señaló que: “Me he reunido con Lacalle Pou varias veces.<br />

(...) Le diré lo que puedo decirle: no hubo información secreta,<br />

hablamos de muchas cosas que hemos hablado en esta entrevista.<br />

Hablamos de la similitud entre nuestros ideales y los de ustedes,<br />

también hablamos de China y la posibilidad de Uruguay de venderle<br />

a China, y somos conscientes de eso. Nosotros sabemos que<br />

no seremos su principal socio para comprarles, no podemos serlo.<br />

Y sabemos que China sí, porque ellos tienen que alimentar a su<br />

población. Nosotros somos vendedores, ustedes son vendedores,<br />

China es comprador. Nosotros y ustedes tenemos más producción<br />

de alimentos de lo que podemos consumir. Entonces, yo le<br />

dije que entiendo perfectamente que él<br />

tiene que hacer negocios con China. No<br />

esperamos que sólo hagan negocios con<br />

nosotros.<br />

Pero hay áreas donde somos muy<br />

competitivos en el mercado mundial.<br />

Como le dije: tecnología. Usted tiene<br />

propiedad intelectual, donde se puede<br />

sumar valor agregado, y ustedes lo<br />

pueden cotizar olvidándose del valor<br />

del mercado, porque le agregarán algo<br />

excepcional. Hablamos de eso con<br />

Lacalle Pou”.<br />

Y preguntado sobre si a Estados Unidos<br />

le interesa firmar un TLC con Uru-<br />

“Uruguay es un socio vital en la región”<br />

David Hale, Subsecretario de Estado para<br />

asuntos políticos de los EE.UU afirmó<br />

guay o con el Mercosur como bloque,<br />

respondió: “Bueno, al presidente Trump le gusta firmar acuerdos<br />

bilaterales con otros países, no con un grupo de países. No es su<br />

estilo. Lacalle Pou ha dicho que quisiera flexibilizar las reglas<br />

dentro del Mercosur para poder firmar TLC con otros países de<br />

forma bilateral. Nosotros le dijimos: “Cuando tú sepas qué tipo de<br />

acuerdo puedes firmar, nos sentamos a hablar”.<br />

Se tratan de expresiones muy claras que provienen de la<br />

primera superpotencia política, económica, militar y cultural del<br />

mundo, con la cual nos une una comunidad de valores que nace<br />

con los Padres Fundadores y José Artigas.<br />

Parece evidente además que realizaremos esfuerzos para firmar<br />

acuerdos o integrar la Alianza del Pacífico, y que seguiremos<br />

buscando la implementación del TLC entre el MERCOSUR y la<br />

Unión Europea.<br />

Todos ellos son pasos auspiciosos y muy necesarios.<br />

Si las condiciones no están dadas hoy, pueden estarlo en cualquier<br />

momento.<br />

Como decía Wilson Ferreira Aldunate: “la lucha empieza todos<br />

los días, y por eso la lucha empieza hoy”.


LAVADO<br />

PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS<br />

Evaluación GAFILAT:<br />

¿Por qué debe importarle<br />

al sector inmobiliario?<br />

DÍAS ATRÁS EL GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DE LATINOAMÉRICA (EN<br />

ADELANTE “GAFILAT”) PUBLICÓ EL “INFORME DE EVALUACIÓN MUTUA<br />

DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY”, REFERIDO A NUESTRO<br />

SISTEMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y EL<br />

FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO (EN ADELANTE “PLAFT”).<br />

46<br />

Dr. Juan Diana<br />

GAFILAT es uno de los organismos<br />

regionales del Grupo de Acción Financiera<br />

Internacional (“GAFI”), entidad encargada<br />

de brindar lineamientos generales<br />

para la lucha contra el lavado de activos<br />

y el financiamiento del terrorismo a nivel<br />

mundial. Dentro de sus funciones tiene<br />

a cargo la evaluación de los sistemas de<br />

PLAFT de los países miembros, dentro de<br />

los cuales se encuentra Uruguay.


LAVADO<br />

48<br />

Pero, ¿De qué trata la evaluación?<br />

Refiere al nivel de cumplimiento por<br />

parte de nuestro país de las denominadas “40<br />

Recomendaciones del GAFI” del año 2012,<br />

las cuales establecen estándares sobre la<br />

composición de un sistema de PLAFT, como<br />

ser el marco jurídico e institucional, la capacidad<br />

de confiscación de bienes delictivos,<br />

el conocimiento de los riesgos y respuesta de<br />

los sujetos obligados, la cooperación judicial<br />

internacional, la eficiencia en el análisis y<br />

producción de información operativa, entre<br />

otros.<br />

Por otra parte, ¿Qué sucede<br />

si no se alcanzan buenos resultados?<br />

Los resultados de la evaluación determinan<br />

la inclusión o no del país evaluado<br />

en listas internacionales elaboradas por el<br />

GAFI, en las que se exponen a las jurisdicciones<br />

consideradas de “alto riesgo” (por no<br />

cumplir con sus Recomendaciones o bien por<br />

aplicarlas deficientemente).<br />

Esto incide de forma directa en la posibilidad<br />

de realizar transacciones financieras internacionales<br />

por parte del país evaluado, lo<br />

que incluye el mantenimiento de corresponsalías<br />

bancarias, el envío y la recepción de<br />

pagos, la constitución de seguros por parte<br />

de empresas multinacionales y la realización<br />

de transacciones en el ámbito del mercado de<br />

valores internacional. En efecto, una evaluación<br />

satisfactoria resulta de vital importancia<br />

para la vida económica-financiera del país<br />

evaluado.<br />

Entonces, ¿Cuáles fueron<br />

los resultados de Uruguay?<br />

En líneas generales nuestro sistema de<br />

PLAFT fue calificado en un nivel de cumplimiento<br />

moderado.Esto implica que, si bien<br />

contamos con herramientas suficientes para<br />

cumplir con los distintos estándares, existen<br />

diversas deficiencias que deben ser mejoradas<br />

a fin de concretar el pleno cumplimiento.<br />

Como fortalezas fueron identificadas la<br />

“sólida” coordinación y cooperación por<br />

parte de las instituciones públicas de supervisión<br />

y control, la confección y utilización<br />

de matrices de riesgo por parte de los sujetos<br />

obligados del sector financiero, la disponibilidad<br />

de información pública sobre sociedades<br />

y entidades jurídicas, la inclusión de<br />

las organizaciones sin fines de lucro como<br />

sujetos obligados, entre otras.<br />

Por su parte, como debilidades se indicaron<br />

la necesidad de una mejor comprensión<br />

de los riesgos a los que se expone el país<br />

(principalmente aquellos originados en el<br />

sector no financiero), el bajo conocimiento<br />

por parte de las autoridades y sujetos obligados<br />

del riesgo vinculado al financiamiento<br />

del terrorismo, bajos niveles de Reportes<br />

de Operaciones Sospechosas (“ROS”) por<br />

parte del sector no financiero, la inexistencia<br />

de barreras que impidan que los lavadores<br />

ocupen cargos gerenciales en sociedades del<br />

mencionado sector, entre otras.<br />

Y finalmente, ¿Por qué<br />

debe importarle al sector inmobiliario?<br />

La gran mayoría de las debilidades identificadas<br />

en la evaluación se vinculan con el<br />

sector no financiero. Esto abarca tanto a las<br />

autoridades de supervisión y control como a<br />

los sujetos obligados que lo componen, dentro<br />

de los cuales se ubican los promotores,<br />

constructoras, inmobiliarias y otros intermediarios<br />

en inmuebles.<br />

Por este motivo, y ya de cara a la próxima<br />

evaluación del GAFILAT, es esperable que<br />

en los próximos años las autoridades a cargo<br />

(principalmente la SENACLAFT) acentúen<br />

las actividades de supervisión -especialmente-<br />

para con los sujetos obligados “no<br />

financieros”. De igual modo, es altamente<br />

probable que dichas autoridades profundicen<br />

en cuanto al conocimiento y evaluación de<br />

los riesgos a los que este sector se encuentra<br />

expuesto, pudiendo solicitar información<br />

de mayor calidad y cantidad a los sujetos<br />

obligados.<br />

Asimismo, en tanto el sector inmobiliario<br />

es visto internacionalmente como un<br />

sector de alto riesgo en materia de lavado,<br />

es presumible entonces que los promotores,<br />

constructoras, inmobiliarias y otros intermediarios<br />

sean protagonistas en el proceso de<br />

mejoramiento de las debilidades detectadas<br />

por GAFILAT… es por dicho motivo que<br />

la evaluación debe importarle -y mucho- al<br />

sector inmobiliario.<br />

Por más detalles puede dirigirse a nuestros comentarios de la evaluación GAFILAT disponibles en el siguiente link:http://brumcosta.<br />

com/2020/01/24/comentarios-acerca-del-informe-de-evaluacion-mutua-de-uruguay-por-parte-del-gafilat/


Schindler significa mucho más que fabricación de ascensores,<br />

escaleras mecánicas y rampas. Nosotros movilizamos día tras día<br />

a más de 700 millones de personas de todo el mundo.<br />

Productor de bienes y proveedor de servicios de calidad y<br />

seguridad son nuestros activos


50<br />

COMPETITIVIDAD


La competitividad<br />

al interior del Uruguay<br />

Por Mag.<br />

Micaela Camacho,<br />

Dir. del Instituto de<br />

Competitividad, UCU<br />

DESDE QUE INICIAMOS ESTOS ESPACIOS DE REFLEXIÓN Y APORTE ACADÉMICO EN<br />

LA REVISTA, ESTAMOS HABLANDO DE COMPETITIVIDAD. ¿QUÉ ES, EXACTAMENTE?<br />

¿CÓMO SE PUEDE LLEGAR A MEDIR? ¿QUÉ IMPLICAN LAS COMPARACIONES?<br />

¿QUÉ IMPLICAN LOS RANKINGS Y QUÉ IMPLICA PARA URUGUAY ESTAR A MITAD<br />

DE TABLA EN ELLOS? EN ESTA LÍNEA, NUESTRO FOCO HA ESTADO PUESTO EN LA<br />

COMPETITIVIDAD A NIVEL PAÍS, Y EN LA COMPARACIÓN DE URUGUAY CON OTROS<br />

PAÍSES DE LA REGIÓN Y DEL MUNDO.<br />

Sin embargo, la competitividad es un concepto que puede ser aplicado a distintos niveles:<br />

país, industrias, empresas, regiones. Cada nivel de aplicación tiene sus matices, sus elementos<br />

de consideración propios para poder entender el concepto y para poder aportar a<br />

la construcción del proceso competitivo que, como explicábamos en la primer nota, tiene<br />

como objetivo generar bienestar sostenible.<br />

En pocos meses, en nuestro país, se elegirán las autoridades que tendrán injerencia directa<br />

en la competitividad a nivel departamental. Si bien hasta ahora nos hemos enfocado<br />

en el país como un conjunto, dado este escenario político, creemos que es interesante<br />

observar qué está sucediendo con la competitividad al interior del país, en cada uno de<br />

los departamentos del Uruguay. Mirar el país como un todo es muy importante, pero<br />

también es esencial comprender las diferencias que existen al interior del mismo, que<br />

son muchas.<br />

En 2018, el Instituto de Competitividad a pedido de la Academia Nacional de Economía,<br />

realizó una investigación dirigida a comprender los estados competitivos de los 19<br />

departamentos del Uruguay 1 . El principal objetivo de la investigación fue el de contribuir<br />

al desarrollo competitivo de los departamentos, a través de la construcción de indicadores<br />

que permitieran un mejor entendimiento del potencial de las regiones, contribuir a<br />

las definiciones estratégicas tanto a nivel público como a nivel privado, y desarrollar una<br />

metodología adecuada que permitiera monitorear las distintas actividades de promoción<br />

competitiva.<br />

51


COMPETITIVIDAD<br />

52<br />

A través de la construcción de un modelo de competitividad, se pudieron obtener<br />

mediciones que permitieran la comparación situacional de las distintas regiones de<br />

nuestro país. En esta nota, presentaremos los resultados del índice global. La figura XX<br />

lo que muestra es el nivel de potencial competitivo de cada departamento en el Uruguay<br />

en comparación con el resto de los departamentos. Es decir, las mediciones que<br />

se reflejan en el mapa muestran la potencialidad para desarrollar competitividad (para<br />

ser competitivos) que tiene cada departamento. Estas mediciones dependen de diversos<br />

factores, algunos de carácter más permanentes en el tiempo (como la distancia a puertos<br />

relevantes o fronteras), otros que son pasibles de mejora con la aplicación de políticas<br />

específicas (como la cantidad y calidad de las empresas operando en el departamento).<br />

Como puede observarse, existen zonas muy diferenciadas en lo que respecta al potencial<br />

competitivo. En primer lugar, despegado del resto de los departamentos, encontramos<br />

a Montevideo, la capital. Su gran potencial competitivo en comparación con el resto<br />

de los departamentos se debe entre otros motivos a la población que allí se concentra,<br />

la cantidad de empresas y a la centralización de la actividad pública, que sigue siendo<br />

aún muy marcada en nuestro país.<br />

Los departamentos que siguen en “nivel de potencial competitivo” a Montevideo, son<br />

aquellos que tienen frontera con la capital, más Maldonado y Colonia. Esto no fue un<br />

motivo de sorpresa, dado que aunque los límites administrativos existan,<br />

el flujo de personas y actividad económica no necesariamente los<br />

reconocen como tales e, inclusive, dada la corta distancia a la<br />

capital, la concentración de personas y empresas en los departamentos<br />

contiguos es un fenómeno que se viene observando de<br />

forma creciente.<br />

Siguiendo en el nivel de potencial, nos encontramos un tercer<br />

grupo de departamentos que se ubican en el litoral oeste del<br />

país, al que se le suma Rocha. El potencial de estos departamentos,<br />

además de un tema histórico de desarrollo económicoque<br />

juega un papel importante en la construcción de las<br />

bases competitivas, está relacionado ampliamente con el flujo<br />

de turismo. Este tema es el que también explica la aparición<br />

de Rocha en este grupo que, si bien es un departamento alejado<br />

de la capital y con frontera con Brasil (que como puede<br />

observarse en el mapa es algo que parece impactar negativamente<br />

en el potencial competitivo), aumenta su potencial<br />

competitivo por el flujo de turismo que recibe y que impacta<br />

positivamente en el desarrollo de la actividad económica.<br />

En un cuarto grupo, encontramos los departamentos del<br />

centro del país, que quedan de alguna manera en una<br />

situación “bisagra” entre los departamentos del litoral y los<br />

departamentos fronterizos con Rivera, que son, en un quinto<br />

grupo, los departamentos que se encuentran en peor posición<br />

en lo que respecta al potencial competitivo. Más allá de los temas<br />

de frontera, uno de los elementos que más impacta para el bajo<br />

potencial competitivo de estos departamentos en relación al resto es su<br />

lejanía con la capital y con puertos de relevancia, que son impulsores de flujos<br />

tanto de personas como de bienes.<br />

Si bien las mediciones obtenidas en la investigación no parecen sorprender, aportan<br />

un elemento de medición objetiva y académica que podría servir como insumo para la<br />

diagramación de estrategias departamentales y, por qué no, nacionales. Las disparidades<br />

entre los potenciales competitivos de los departamentos son importantes, y cada<br />

departamento tiene oportunidades y desafíos propios que manejar de cara al futuro.<br />

Con esta primer imagen general de la situación del Uruguay, a lo largo de estos meses<br />

iremos ahondando en los distintos aspectos que conforman el potencial competitivo y<br />

viendo cuáles son las fortalezas y debilidades de cada departamento para poder construir<br />

su desarrollo competitivo.<br />

NOTA:<br />

El libro completo puede encontrarse en https://ucu.edu.uy/es/ic<br />

Fuente: Instituto de<br />

competitividad (2018) –<br />

“Indicadores de competitividad<br />

departamental en Uruguay”


Los accidentes ocurren y<br />

no basta un Prevencionista para<br />

“cumplir” con el decreto.<br />

Sólo ASHA pone a buen resguardo<br />

la salud de su personal y<br />

la salud de su empresa.<br />

ASOCIACION DE PROMOTORES<br />

PRIVADOS DE LA CONSTRUCCION<br />

DEL URUGUAY<br />

ASESORIA<br />

EN SEGURIDAD E HIGIENE<br />

DE APPCU


INDICE GENERAL / COSTOS - GRANDES RUBROS - BASE 1999<br />

INDICE GENERAL / COSTOS - GRANDES RUBROS - BASE 1989<br />

General Parcial Materiales Mano<br />

de Obra<br />

Leyes<br />

Sociales<br />

Costo<br />

Permisos<br />

General Parcial Materiales Mano<br />

de Obra<br />

Leyes<br />

Sociales<br />

Costo<br />

Permisos<br />

DIC / 18 665.68 660.76 533.12 869.80 705.96 432.61<br />

ENE / 19 672.88 667.13 534.45 883.28 716.80 432.61<br />

FEB / 19 674.63 669.38 539.02 882.95 716.51 432.61<br />

MAR / 19 672.90 668.97 544.77 874.51 709.15 432.61<br />

ABR / 19 680.03 676.02 552.52 883.13 716.66 450.45<br />

MAY / 19 681.49 677.83 555.61 883.22 716.74 450.45<br />

JUL / 19 705.99 698.87 555.17 932.99 756.81 450.45<br />

AGO / 19 708.59 702.08 560.65 933.21 757.00 450.45<br />

SET / 19 711.28 705.55 568.61 932.47 756.37 463.82<br />

OCT / 19 713.95 708.87 574.93 932.56 756.45 463.82<br />

NOV / 19 715.26 710.46 577.74 932.74 756.60 463.82<br />

DIC / 19 710.63 707.12 580.38 921.05 746.42 463.82<br />

INDICE MEDIO SUBCONTRATOS POR TIPO<br />

BASE DICIEMBRE 1999 = 100 Mayo 89 = 100<br />

Noviembre 19 Diciembre 19 Noviembre 19 Diciembre 19<br />

Indice Parcial 710.46 710.63 29,591.44 29,452.33<br />

Hormigón armado 789.49 784.20 28,463.88 28,273.15<br />

Albañilería 748.35 741.57 34,574.07 34,260.83<br />

Carpintería 759.03 761.26 30,828.84 30,919.41<br />

Herrería 810.92 810.79 34,441.64 34,436.12<br />

Inst. eléctricas 724.25 722.04 31,033.32 30,938.62<br />

Inst. sanitarias 723.80 724.64 23,542.46 23,569.79<br />

Apar. y grifería 591.76 599.90 22,181.41 22,486.53<br />

Ascensor 473.29 473.45 20,641.69 20,648.67<br />

Vidrios 756.79 756.79 37,892.10 37,892.10<br />

Pinturas 893.96 893.96 39,999.79 39,999.79<br />

DIC / 18 29963.06 27334.78 17993.87 55839.90 51946.08<br />

ENE / 19 30110.97 27521.38 <strong>182</strong>58.61 55808.46 5<strong>182</strong>8.62<br />

FEB / 19 30436.65 27786.70 18304.16 56673.36 52624.45<br />

MAR / 19 30515.81 27880.41 18460.68 56652.19 52603.15<br />

ABR / 19 30437.55 27863.34 18657.61 56110.66 52062.81<br />

MAY / 19 30760.07 28156.98 18923.04 56663.74 52614.17<br />

JUL / 19 30826.11 28232.37 19028.86 56669.51 52620.04<br />

AGO / 19 31934.33 29108.70 19013.80 59862.88 55561.81<br />

SET / 19 32173.61 29386.93 19474.10 59829.51 55529.51<br />

OCT / 19 32294.39 29525.22 19690.55 59835.29 55535.38<br />

NOV / 19 32353.64 29591.94 19786.79 59846.84 55546.39<br />

DIC / 19 32144.21 29452.33 19877.20 59096.78 54799.02<br />

INDICE GENERAL COSTO CONSTRUCCIÓN - CRONOLÓGICO<br />

Base Mayo 1989 = 100 / Base Enero 1976 = 100<br />

2016 2017 2018 2019<br />

Enero 24197.61 25972.11 27941.58 30110.97<br />

Febrero 24547.26 26279.25 28388.48 31436.65<br />

Marzo 24162.33 26326.29 28216.14 30515.81<br />

Abril 24448.65 26152.59 28294.40 30437.55<br />

Mayo 24598.83 26383.29 28473.52 30760.07<br />

Junio 24561.74 26485.97 28661.24 30826.11<br />

Julio 24544.10 26567.84 28712.89 31934.33<br />

Agosto 24418.35 26617.14 29974.82 32051.93<br />

Setiembre 24443.68 26757.37 30134.94 32173.61<br />

Octubre 24896.01 27961.93 30223.60 32294.39<br />

Noviembre 26034.99 28169.10 30239.88 32353.64<br />

Diciembre 25945.43 27953.34 29963.06 32144.21<br />

MEDIANERÍA - ALTERNATIVAS ESTABLECIDAS POR LEY 17.555<br />

Setiembre 2019 Octubre 2019 Noviembre 2019 Diciembre 2019<br />

Contrato Administ. Contrato Administ. Contrato Administ. Contrato Administ.<br />

Muro de ladrillo de prensa e=25 cm 7759.99 7358.75 7845.80 7443.35 7849.44 7446.94 7854.29 7451.70<br />

Muro de ladrillo de campo e = 25 cm 5041.98 4679.25 5091.18 4727.75 5129.07 4765.11 5109.96 4746.25<br />

Muro de ladrillo de prensa e=12 cm 3925.59 3719.57 3968.50 3761.87 3970.36 3763.70 3972.81 3766.11<br />

Muro de ladrillo de campo e = 12 cm 2566.59 2379.82 2591.19 2404.07 2610.17 2422.78 2600.64 2413.38<br />

Muro de ladrillo de prensa una cara vista 4603.66 4307.80 4646.57 4350.10 4648.45 4351.96 4650.60 4354.06<br />

Muro de ladrillo de campo una cara vista 3244.66 2968.05 3269.25 2992.30 3288.27 3011.05 3278.43 3001.34<br />

Muros de Ticholo 12x25x25 e=12 cm. 1655.48 1533.76 1655.48 1533.76 1656.53 1534.79 1657.85 1536.09<br />

Muros de ticholo 12x25x25 e=25 cm. 2727.28 2575.84 2727.28 2575.84 2730.11 2578.63 2734.40 2582.84<br />

Elevación mat. de 6 a 15 m. / m3 500.78 433.53 500.78 433.53 500.78 433.53 500.42 433.18<br />

Elevación mat. de 15 a 30 m / m3 801.24 693.65 801.24 693.65 801.24 693.65 800.68 693.09<br />

Andamios de 6 a 30 m de altura /m2 194.86 168.84 194.86 168.84 194.86 168.84 194.75 168.72<br />

Protecciones 6 a 30 m de altura /m2 48.71 42.21 48.71 21.21 48.71 42.21 48.69 42.18<br />

Cim. corrido: H.cicl. 0.40x1 /ml 8715.09 7861.70 8717.08 7863.66 8726.28 7872.73 8736.70 7882.95


TIPO 1<br />

TIPO 2<br />

TIPO 3<br />

TIPO 4<br />

INDICE POR TIPO Y COMPONENTE<br />

Valor<br />

NOVIEMBRE 2019 DICIEMBRE 2019<br />

Mensual<br />

Acumuladas<br />

Acumuladas<br />

Variación<br />

mensual Valor Mensual<br />

2019 Ult. 12<br />

meses 2019 Ult. 12<br />

meses<br />

General 715.26 0.18 7.98 6.99 710.63 -0.65 7.28 7.28<br />

General sin<br />

impuestos 720.55 0.18 7.93 6.92 715.67 -0.68 7.20 7.20<br />

Parcial 710.46 0.22 8.26 7.40 707.12 -0.47 7.75 7.75<br />

Parcial sin<br />

impuestos 716.29 0.23 8.26 7.40 712.92 -0.47 7.75 7.75<br />

Materiales 577.74 0.49 9.96 9.61 580.38 0.46 10.47 10.47<br />

Gastos<br />

generales 580.27 0.29 7.77 7.49 580.18 -0.02 7.75 7.75<br />

Impuestos 685.13 0.23 8.26 7.40 681.90 -0.47 7.75 7.75<br />

Leyes sociales 756.60 0.02 6.93 5.43 746.42 -1.35 5.49 5.49<br />

Conexiones<br />

definitivas 186.81 0.02 4.25 4.38 186.86 0.03 4.28 4.28<br />

Costo de<br />

permisos 463.82 0.00 8.33 8.33 463.82 0.00 8.33 8.33<br />

General 708.78 0.19 8.04 7.14 704.24 -0.64 7.35 7.35<br />

Parcial 701.71 0.24 8.33 7.55 698.47 -0.46 7.83 7.83<br />

Materiales 567.17 0.53 10.06 9.65 569.67 0.44 10.54 10.54<br />

M. de obra 934.82 0.01 7.21 6.03 922.97 -1.27 5.85 5.85<br />

General 715.68 0.21 8.22 7.18 711.24 -0.62 7.55 7.55<br />

Parcial 410.43 0.26 8.57 7.64 707.40 -0.43 8.11 8.11<br />

Materiales 591.19 0.55 10.71 10.18 594.50 0.56 11.33 11.33<br />

M. de obra 930.97 0.02 7.11 5.74 918.85 -1.30 5.72 5.72<br />

Materiales 726.21 0.17 7.93 6.84 721.50 -0.65 7.23 7.23<br />

Parcial 724.67 0.20 8.22 7.28 721.16 -0.48 7.70 7.70<br />

Materiales 590.41 0.42 10.02 9.76 592.87 0.42 10.48 10.48<br />

M. de obra 933.01 0.04 7.17 5.67 922.02 -1.18 5.91 5.91<br />

General 717.74 0.17 7.69 6.62 712.88 -.068 6.96 6.96<br />

Parcial 715.26 0.21 7.89 6.96 711.67 -0.50 7.35 7.35<br />

Materiales 583.14 0.44 9.07 8.87 586.14 0.51 9.63 9.63<br />

M. de obra 926.12 0.03 7.11 5.57 914.03 -1.31 5.71 5.71<br />

Edificio Tipo 1: Torre de 10 pisos con ascensor. Edificio Tipo 2: Planta baja y tres pisos sin ascensor<br />

Edificio Tipo 3: Conjunto duplex en tira Edificio Tipo 4: Conjunto aislados en planta baja.<br />

Variación<br />

mensual<br />

ASESORIAS PROFESIONALES<br />

APPCU cuenta con una secretaría especializada<br />

en informar sobre reglamentaciones y<br />

normativas con el objetivo de ayudar a los<br />

promotores a tomar las mejores decisiones.<br />

BPS: Sr. Radamés Ayala<br />

Financiero: Cr. Alfredo Kaplan<br />

Derecho Laboral: Dr. Hebert Machado y<br />

Dr. Elbio Paladino<br />

Derecho Civil: Prof: Esc. Roque Molla<br />

Calidad: Sra. Alcira Castro<br />

Medianería: Arq. Julio González<br />

Gestoría: Sra. Adriana Bertelli<br />

Seguridad e Higiene:<br />

Tec. Prevencionista Angel Dobrich<br />

CONTACTO CON ENTES<br />

Nuestra secretaría derivará a la persona en<br />

cada organismo para agilizar el trámite en:<br />

OSE / UTE / ANTEL / Direc. Nac. de Bomberos /<br />

Agencia Nac. de Vivienda / BSE<br />

CONVENIOS APPCU<br />

• Secom: Servicio de compañía con descuento<br />

para categoría 3 y exoneración de la<br />

matrícula. Sra. Sylvia Nairac,<br />

tel: 29030610 int. 1130<br />

• Semm: Areas protegida, precios actualizados<br />

en la <strong>web</strong>. Sra. María del C. Bustillo y Sra.<br />

Isabel Colmenares, tel: 27112121 int. 306<br />

• Medicina Personalizada: Precios actualizados<br />

en la página <strong>web</strong>. Sra. Jenny Cavare,<br />

tel. 094308019 / 27070851<br />

• UNIT: 10% descuento en cursos, 25% en<br />

venta de normas, 10% en libros, Ing. Pablo<br />

Benia, tels.: 29012048 - 29021680<br />

• Optica Garese: Descuentos.<br />

Sra. Adriana Olivera: tel 099594207<br />

• ORT - Facultad de Arquitectura: Beneficios<br />

fiscales en la contratación de pasantes. Sra.<br />

Fernanda Puciano, tel: 27071806 int 2266.<br />

• Macromercado: Tarjeta de cliente<br />

Sra. Estela Paladjian,<br />

epaladjian@macromercado.com.uy<br />

• El Libro de los Clasificados / El Gallito Luis:<br />

Descuento en avisos,<br />

Sra. Silvia Pérez, tel: 29089809<br />

• International House London Institute:<br />

Sra. Cristina Ramos, tel: 27096774 o<br />

27092461, www.londoninstitute.edu.uy<br />

internationalhouse@adinet.com.uy<br />

• Edenred: Complemento salarial con ticket<br />

alimentación. Cr. Javier Figueredo,<br />

tel: 24088080, 24026918<br />

javier.figueredo@edenred.com<br />

• Drayser Ltda: Descuento en ropa e insumos<br />

de trabajo. Sr. Javier Valle. Tel. 24004366<br />

• Uruware: Beneficios en facturación<br />

electrónica, Sr. Mauro Cuello. Tel:<br />

27077778 int. 311


01<br />

02<br />

Servicios fuera de obra<br />

1.1 Asesorías y Consultorías / 1.2 Sistema Financiero / 1.3 Gestión Inmobiliaria<br />

1.4 Publicidad / 1.5 Estudios de Arquitectura e Ingeniería / 1.6 Empresas Constructoras<br />

Servicios en el sitio<br />

2.1 Demolición, Pilotes, Excavación / 2.2 Movimientos de tierras / 2.3 Riego y drenaje<br />

2.4 Insumos para obradores / 2.5 Máquinas y herramientas / 2.6 Trabajos en altura<br />

2.1 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo G. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />

2.1 Pilotes Victor Maia Clerc Avda. Uruguay 1562 EP - 2400.0129 info@pilotesvictor.com.uy - www.pilotesvictor.com.uy<br />

2.2 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo G. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />

2.2 Tramec S.A. Sandro Mazzolli I. de María 51-P. Carrasco-2604.5129 tramec@adinet.com.uy<br />

2.3 Hidroservice S.A. Mario Bellizzi San Martín 2866 - 2200.7460 hidroservice@adinet.com.uy<br />

2.4 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />

2.4 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

2.4 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />

2.4 Pergol Maquinaria S.A. Ruben Pérez / Juan P. Pérez Vilardebó 1333 - 2209.1414 pergol@multi.com.uy - ggimenez@pergol.com.uy<br />

2.4 Prontometal S.A. Iael Noachas Avda. San Martín 3370 - 2203.5330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy<br />

2.4 Quinro S.A. Alejandro Quintana Tte. Galeano 3458 - 2511.4001 ventas@quinro.com<br />

2.5 Atenko Jorge Ruiz Br. Artigas 1917 - 2400.2010 soler@soler.com.uy<br />

2.5 Pergol Maquinaria S.A. Ruben Pérez / Juan P. Pérez Vilardebó 1333 - 2209.1414 pergol@multi.com.uy - ggimenez@pergol.com.uy<br />

2.5 Tecnoandamio Nicolás López 12 de Octubre 5615 - 2513.2020 tecnoandamio@tecnoandamio.com<br />

2.6 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />

2.6 Vertical-Ind. Rope Access Alvaro Cañette Jaime Roldos y Pons 4079 - 2216.8945 vertical@vertical.com.uy - www.vertical.com.uy<br />

03 Hormigón<br />

3.1 Portland, acero y agregados / 3.2 Accesorios y aditivos / 3.3 Encofrados<br />

3.4 Hormigón pre-mezclado / 3.5 Hormigón pre-moldeado / 3.6 Corte, doblado y armado de barras<br />

3.1 Cementos Artigas S.A. María Orticochea 4707 - 2309.2810 gjo@hartigas.com.uy<br />

3.1 Cementos del Plata S.A. Cr. Roger Apoj Cno Boiso Lanza y Vigía - 2227.2842/4 clientes@cemplata.com.uy - www.cemplata.com.uy<br />

3.1 Gerdau Tte. Galeano 2250 - 2514.2727 uruguay_ventas@gerdau.com<br />

3.1 Quinro S.A. Alejandro Quintana Tte. Galeano 3458 - 2511.4001 ventas@quinro.com<br />

3.2 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

3.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

3.3 Atenko Jorge Ruiz Br. Artigas 1917 - 2400.2010 soler@soler.com.uy<br />

3.4 Cementos Artigas S.A. María Orticochea 4707 - 2309.2810 gjo@cartigas.com.uy<br />

3.4 Concrexur S.A. Cr. Morgan Martínez Ipar Paso de la Española 5200 - 2222.4939 ventas@concrexur.com.uy - concrexur@concrexur.com<br />

Catálogo de Proveedores<br />

3.4 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />

3.4 Hormigones Uruguay Ignacio Daguerre Br. España 2683 ap 502 - 2708.9102 / 42252020 www.hormigonesuruguay.com<br />

3.6 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />

3.6 Gerdau Tte. Galeano 2250 - 2514.2727 uruguay_ventas@gerdau.com<br />

04 Albañilería<br />

4.1 Canteras de extracción / 4.2 Revoques y morteros / 4.3 Construcción en seco<br />

4.4 Bloques modulados / 4.5 Ladrilleras / 4.6 Restauración y limpieza<br />

4.2 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />

4.3 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 -2200.0845 jaime@barracaparana.com<br />

4.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

4.4 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

4.6 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />

4.6 Vertical-Ind. Rope Access S.A. Alvaro Cañette Jaime Roldos y Pons 4079 - 2216.8945 vertical@vertical.com.uy - www.vertical.com.uy<br />

05 Metales<br />

5.1 Aleaciones / 5.2 Hierro fundido / 5.3 Tratamiento de metales<br />

5.4 Metalúrgicas / 5.5 Estructuras metálicas<br />

5.1 Prontometal S.A. Iael Noachas Avda. San Martín 3370 - 2203.5330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy


06<br />

Maderas y plásticos<br />

6.1 Barracas de maderas / 6.2 Tratamnientos para la madera / 6.3 Molduras<br />

6.4 Laminados plásticos / 6.5 Fibra de vidrio / 6.6 Epoxis<br />

6.1 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />

6.1 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo Gral. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />

6.2 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />

6.2 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 milesi@enko.com.uy<br />

6.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

6.4 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />

07 Barreras<br />

7.1 Impermeabilizantes / 7.2 Sobretechos y tejas / 7.3 Sellado y pegado<br />

7.4 Aislantes térmicos y acústicos / 7.5 Barreras ignífugas<br />

7.1 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />

7.1 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />

7.1 Hidrotécnica Arq. Gabriel Sztryk Ciudadela 1178 - 2903.0529 hidrotec@adinet.com.uy<br />

7.1 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />

7.2 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />

7.3 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />

7.4 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

7.4 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />

7.4 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />

7.5 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 ventas@enko.com.uy<br />

7.5 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />

08 Cerramientos<br />

8.1 Metálicos, Madera, PVC / 8.2 Cristales y Policarbonatos / 8.3 Herrajes, Cerrajerías<br />

8.4 Muro cortina / 8.5 Automatismos / 8.6 Carpintería de obra<br />

8.1 Alumex Pascual Cetraro Barros Arana 5415 - 2511.5075 alumex@alumex.com.uy - www.alumex.com.uy<br />

8.1 Aluminios del Uruguay S.A. Roberto Puñales Ramón Marquez 3222 - 2200.1435 aluminios@aluminios.com.uy<br />

8.1 AsiaAlum Sandra Ambrosio Mateo Cortés 5075 - 2514.8232 asiaalum_articelsa@yahoo.com<br />

8.1 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />

8.1 Prontometal S.A. Iael Noachas Avda. San Martín 3370 - 2203.5330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy<br />

8.1 WA Cecimur S.A. Giselle Ameijeenda Cnel. Raíz 1447 - 2358.6364 cecimur@adinet.com.uy<br />

8.2 Vidriería Bia Yoselin Bia Bvar. Batlle y Ordoñez 3125 - 2487.0707 bia@bia.com.uy - www.bia.com.uy<br />

Catálogo de Proveedores<br />

8.3 AsiaAlum Sandra Ambrosio Mateo Cortés 5075 - 2514.8232 asiaalum_articelsa@yahoo.com<br />

8.3 Vidriería Bia Yoselin Bia Bvar. Batlle y Ordoñez 3125 - 2487.0707 bia@bia.com.uy - www.bia.com.uy<br />

8.4 Aluminios del Uruguay S.A. Roberto Puñales Ramón Marquez 3222 - 2200.1435 aluminios@aluminios.com.uy<br />

8.4 AsiaAlum Sandra Ambrosio Mateo Cortés 5075 - 2514.8232 asiaalum_articelsa@yahoo.com<br />

8.4 Vidriería Bia Yoselin Bia Bvar. Batlle y Ordoñez 3125 - 24870707 bia@bia.com.uy - www.bia.com.uy<br />

8.5 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2209.2424 ventas@enko.com.uy<br />

8.6 WA Cecimur S.A. Giselle Ameijeda Cnel. Raíz 1447 - 2358.6364 cecimur@adinet.com.uy<br />

09<br />

Revestimientos y Terminaciones<br />

9.1 Cerámicos, Cementicios / 9.2 Madera, Piedra, Yeso / 9.3 Metálicos<br />

9.4 Plásticos y Epoxis / 9.5 Textiles / 9.6 Revestimientos texturados y pinturas<br />

9.1 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />

9.1 Bosch y Cia. Marcelo Bosch Av. Rivera 2560 - 2708.4545 csandro@bosch.com.uy<br />

9.1 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />

9.2 Barraca Paraná S.A. Jaime Feldman Democracia 2354 - 2200.0845 Jaime@barracaparana.com<br />

9.2 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo Gral. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />

9.3 Aluminios del Uruguay S.A. Roberto Puñales Ramón Marquez 3222 - 2200.1435 aluminios@aluminios.com.uy


9.3 P. Oddone Zunino S.A. Guillermo Bidondo Gral. Flores 2227 - 2203.3747/2203.3980 oddone galain@adinet.com.uy<br />

9.5 Kalpakian Olga Mathó Av. L. A. de Herrera 1248 T. 3 of. 267 - 2628.0850 omatho@kalpakian.com<br />

9.6 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />

9.6 Bikova S.A. Juan Carlos Martínez L. A. de Herrera 1248 - 2628.6194 bikova@adinet.com.uy<br />

9.6 Pinturas INCA S.A. Alejandro García de Zuñiga Carlos A. López 7897 - 2320.0891 alejandro.garciadezuniga@akzonobel.com<br />

10 Equipamiento<br />

10.1 Industrial, Comercial / 10.2 Enseñanza, Cines, Teatros / 10.3 Hospitalario, Gastronómico<br />

10.4 Informático / 10.5 Lavaderos / 10.6 Exteriores<br />

10.1 Prontometal S.A. Marcelo Bosch Avda. San Martín 3370 - 2205330 prontome@prontometal.com.uy - www.prontometal.com.uy<br />

11<br />

Equipamiento para el hogar<br />

11.1 Baños y cocinas / 11.2 Amoblamiento / 11.3 Electrodomésticos<br />

11.4 TV Digital / 11.5 Tapicería y cortinados / 11.6 Decoración de interiores<br />

11.1 Bosch y Cia. Marcelo Bosch Av. Rivera 2560 - 2708.4545 csandro@bosch.com.uy<br />

11.1 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />

11.2 Bosch y Cia. Marcelo Bosch Av. Rivera 2560 - 2708.4545 csandro@bosch.com.uy<br />

11.2 Cerámicas Castro Marcelo Ramos Ruta 8 km 22,500 - 2288 9818 castro@castro.com.uy<br />

11.5 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 ventas@enko.com.uy<br />

11.6 Enko S.A. Enrique Kogan Mariano Soler 3290 - 2200.1986 ventas@enko.com.uy<br />

12<br />

Construcciones especiales<br />

12.1 Prefabricados / 12.2 Piscinas y saunas / 12.3 Cámaras Frías<br />

12.4 Estructuras / 12.5 Techos Livianos<br />

12.1 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

12.2 Cotexsa S.R.L. Noelia Barboza Juan Paullier 2142 - 2400.3822 www.cotexsa.com.uy - contacto@cotexsa.com.uy<br />

12.3 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

12.4 Barraca Uno - Nelit S.A. Daniel Osorio San Martín 3116 - 2209.6073 ventas@barracauno.com.uy - www.barracauno.com.uy<br />

12.5 Bromyros S.A. Tania Thomsen Pedro Cosio 2430 - 2525.1320 www.bromyros.com.uy<br />

12.5 Imperplast S.A. Jorge Rial Avalle Av. Italia 3880 - 2613.0935 imperplast@imperplast.com.uy<br />

13<br />

Equipamiento mecánico/térmico<br />

13.1 Ascensores y escaleras / 13.2 Ventilación / 13.3 Calefacción<br />

13.4 Aire acondicionado / 13.5 Energía solar / 13.6 Instaladores<br />

13.1 Adamoli S.A. Ing. Juan Pablo Rios Daniel Muñoz 2117 - 2408.2655 info@adamoli.com.uy - www.adamoli.com.uy<br />

13.1 Ascensores Otis del Uruguay Felipe Herrera Colonia 1972 - 2400.7144 otis.uruguay@otis.com - www.otis.com<br />

Catálogo de Proveedores<br />

13.1 Ascensores Schindler Ing. Eduardo Sellart Edif. Torre Colonia - Colonia 950 - 2901 5594 schindler.tesor@adinet.com.uy<br />

14<br />

Instalaciones Sanitarias<br />

14.1 Cañerías y accesorios / 14.2 Grifería y valvulería / 14.3 Bombas y accesorios<br />

14.4 Equipamiento sanitario / 14.5 Protección contra el fuego / 14.6 Suministro de gas e insumos<br />

14.1 Anilco - Grupo Dema Bruno Sedelmayr Gral. Urquiza 2575 - 2481 0530 anilco@anilco.com.uy<br />

14.3 Hidroservice S.A. Mario Bellizzi San Martín 2866 - 2200.7460 hidroservice@adinet.com.uy<br />

14.4 Dacelco S.A. Oscar Giménez Martín García 1973 - 2204.1868 info@dacelco.com<br />

14.5 Dacelco S.A. Oscar Giménez Martín García 1973 - 2204.1868 info@dacelco.com<br />

14.6 Dacelco S.A. Oscar Giménez Martín García 1973 - 2204.1868 info@dacelco.com<br />

14.6 Montevideo Gas Vannesa García 25 de Mayo 702 - 2901.7454 mbusquet@montevideogas.com.uy<br />

14.6 Anilco - Grupo Dema Bruno Sedelmayer Gral. Urquiza 2575 - 2481.0530 anilco@anilco.com.uy<br />

15<br />

Instalaciones Eléctricas<br />

15.1 Generación alta y baja / 15.2 Materiales / 15.3 Iluminación<br />

15.4 Comunicación y seguridad / 15.5 Instaladores / 15.6 Edificios inteligentes<br />

15.2 Vivion S.A. Ana Barragan Ejido 1690 - 2902.0314 abarragan@vivionelectric.com<br />

Para figurar en el Catálogo de Proveedores de APPCU es necesario llenar el formulario de consentimiento que deberá ser solicitado en<br />

secretaria: appcu@appcu.org. Solicitamos a las empresas socias que son proveedoras de Insumos y servicios, que nos hagan llegar<br />

cómo desean figurar en estas páginas, indicando rubro e items. Le recordamos que figurarán sin costo.


ACERO URUGUAYO<br />

PARA LA CONSTRUCCION<br />

Gerdau busca permanentemente satisfacer las necesidades de sus<br />

clientes, desarrollando productos de altísima calidad, comprometiéndose<br />

con las personas y con el desarrollo sostenible de la sociedad<br />

Tte. Galeano 2250, tel: 2514 2727 - uruguay_ventas@gerdau.com


THE TWIST<br />

Un sinuoso museo<br />

en medio de un parque<br />

de esculturas<br />

ATRAVESANDO EL RÍO RANDSELVA EN LAS AFUERAS DE OSLO, THE TWIST<br />

CONECTA LAS DOS RIBERAS DEL RIO Y SE PRESENTA AL VISITANTE COMO<br />

UN PUENTE HABITABLE, FORMANDO UNA VERDADERA OBRA DE ARTE<br />

DENTRO DEL PARQUE DE ESCULTURAS KISTEFOS.


KISTEFOS ES EL MUSEO AL AIRE LIBRE DE ESCULTURAS MÁS GRANDE DE EUROPA Y<br />

EL TOUR CULTURAL SE EXTIENDE A AMBAS MÁRGENES DEL RIO DONDE EL VISITANTE VA<br />

DESCUBRIENDO DENTRO DEL BOSQUE ESCULTURAS DE FERNANDO BOTERO Y OTROS<br />

DE LA MISMA TALLA.<br />

PUENTE Y MUSEO<br />

THE TWIST SE CONSTRUYÓ PRÓXIMO A UNA VIEJA FÁBRICA DE CELULOSA, DONDE<br />

TAMBIÉN SE EXPONEN ESCULTURAS, PARA DUPLICAR EL ESPACIO DE EXHIBICIÓN BAJO<br />

TECHO.<br />

THE TWIST ES EL NUEVO MUSEO QUE TRANSFORMA LA EXPERIENCIA DEL VISITANTE Y SE<br />

CONCIBE COMO UNA VIGA DEFORMADA 90 GRADOS CERCA DEL CENTRO, PARA CREAR<br />

UNA FORMA ESCULTÓRICA QUE UNE LAS MÁRGENES DEL RÍO.<br />

UN SIMPLE GIRO EN EL VOLUMEN DEL EDIFICIO PERMITE QUE EL PUENTE SE LEVANTE<br />

DESDE LA ORILLA ARBOLADA EN EL SUR, HASTA EL ÁREA DE LA LADERA NORTE.<br />

COMO UN CAMINO CONTINUO EN EL PAISAJE, AMBOS LADOS DEL EDIFICIO SIRVEN<br />

COMO ENTRADA PRINCIPAL.


EL VOLUMEN DE LA EDIFICACIÓN PERMITE<br />

LA UNIÓN DE AMBAS MÁRGENES DEL RÍO.<br />

LA TORSIÓN DEL VOLUMEN COMPENSA LA DIFERENCIA DE<br />

ALTURA DE LOS MÁRGENES DEL RIO.<br />

EL ESPACIO EN DOBLE ALTURA RECIBE LA LUZ<br />

NATURAL DESDE ARRIBA, MIENTRAS QUE LA GRAN<br />

GALERÍA HORIZONTAL ESTA ABIERTA HACIA EL<br />

NORTE Y SE INTEGRA VISUALMENTE AL BOSQUE Y<br />

A LA VIEJA FABRICA DE PULPA DE CELULOSA.<br />

LA GEOMETRÍA CONVIERTE<br />

LAS PAREDES EN PISO Y TECHO


DESDE LA ENTRADA SUR, LOS VISITANTES CRUZAN UN PUENTE REVESTIDO DE<br />

ALUMINIO PARA LLEGAR AL ESPACIO DE DOBLE ALTURA.<br />

LA GEOMETRÍA CURVA SE COMPONE DE PANELES DE ALUMINIO RECTOS DE 40<br />

CM DE ANCHO DISPUESTOS VERTICALMENTE COMO LIBROS EN UNA BIBLIOTECA,<br />

PERO MOVIDOS MUY LIGERAMENTE EN UN MOVIMIENTO DE TIPO ABANICO.<br />

EL MISMO PRINCIPIO SE USA EN EL INTERIOR CON LISTONES DE ABETO PINTADOS<br />

DE BLANCO DE 8 CM DE ANCHO QUE REVISTEN EL PISO, LA PARED Y EL TECHO.<br />

EN EL EXTREMO NORTE, LA PARED DE VIDRIO SE CURVA Y SE CONVIERTE EN<br />

TECHO PERMITIENDO LA ENTRADA DE LUZ NATURAL DESDE AMBOS PLANOS.<br />

.<br />

DEBIDO A LA FORMA CURVA DE LAS VENTANAS DE VIDRIO, LA VARIEDAD DE<br />

LUZ NATURAL QUE INGRESA AL MUSEO CREA TRES GALERÍAS DISTINTIVAS: UNA<br />

GALERÍA AMPLIA, CON LUZ NATURAL Y VISTAS PANORÁMICAS EN EL LADO NORTE;<br />

UNA GALERÍA ALTA Y OSCURA CON ILUMINACIÓN ARTIFICIAL EN EL LADO SUR; Y,<br />

EN EL MEDIO, UN ESPACIO ESCULTÓRICO.<br />

TRAZO EN NEGRO INDICA EL TOUR DE ESCULTURAS.<br />

AREA SOMBREADA CORRESPONDE A LA VISTA PANORAMICA (FOTO) DE LA GALERIA NORTE.


DESDE CUALQUIER DIRECCIÓN, LOS VISITANTES RECORREN<br />

LA GALERÍA RETORCIDA COMO SI CAMINARAN A TRAVÉS DEL<br />

OBTURADOR DE UNA CÁMARA.<br />

LA CAPACIDAD DE COMPARTIMENTAR, DIVIDIR O FUSIONAR<br />

LOS ESPACIOS DE LA GALERÍA CREA FLEXIBILIDAD PARA LA<br />

EXHIBICION DE LAS ESCULTURAS.<br />

UNA ESCALERA DE VIDRIO CONDUCE AL VISITANTE AL NIVEL<br />

INFERIOR DEL MUSEO Y LO CONDUCE AL TERRAPLEN DEL<br />

LADO NORTE DEL RIO.


ASOCIACION DE PROMOTORES<br />

PRIVADOS DE LA CONSTRUCCION<br />

DEL URUGUAY<br />

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CONSTRUCTORES Y PENSADORES CON SEDE EN NUEVA YORK Y COPENHAGUE<br />

QUE OPERAN DENTRO DE LOS CAMPOS DE LA ARQUITECTURA Y EL URBANISMO.<br />

TIENEN PROYECTOS EJECUTADOS EN EUROPA, AMÉRICA DEL NORTE, ASIA Y<br />

ORIENTE MEDIO Y SU ARQUITECTURA SURGE DE UN ANÁLISIS CUIDADOSO DE<br />

CÓMO LA VIDA CONTEMPORÁNEA EVOLUCIONA Y CAMBIA CONSTANTEMENTE.<br />

BIG CREA ARQUITECTURA PRAGMÁTICA PARA EL OCIO, EL TRABAJO, EL<br />

AFINCAMIENTO Y LAS COMPRAS.<br />

BIG ENCUENTRA LA LIBERTAD DE CAMBIAR LA SUPERFICIE DE NUESTRO<br />

PLANETA PARA ADAPTARSE MEJOR A LAS FORMAS DE VIDA CONTEMPORÁNEAS<br />

Y EL MUSEO DE OSLO TWIST ES UN TESTIMONIO MÁS DE SUS CAPACIDADES.


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