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La vegetación protegida en Castilla la Mancha

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LA FIGURA DEL HÁBITAT DE

PROTECCIÓN ESPECIAL EN LA LEGISLACIÓN

DE CASTILLA-LA MANCHA

En la Región castellano-manchega existe un

buen número de comunidades vegetales que merecen

ser protegidas con independencia de encontrarse

dentro o fuera de la Red NATURA 2000, o de

estar o no incluidas en el Anexo I de la Directiva

Hábitats. Téngase en cuenta que el Anexo I de la

Directiva se elaboró tras el establecimiento por la

Comisión Europea de sus prioridades de conservación

de hábitat a nivel de la Unión, y que estas

prioridades no tienen por qué ser plenamente coincidentes

con las que establezcan a nivel más local

los Países miembros o sus Regiones.

En 1999 la comunidad de Castilla-La Mancha

adoptó una iniciativa legislativa para establecer un

régimen de protección general para estas valiosas

comunidades vegetales, bajo la denominación de

Hábitat de Protección Especial. En el País no existía

ningún precedente similar en el que apoyarse,

de manera que hubo que innovar y diseñar una normativa

con las únicas referencias de los principios

jurídicos que pudieran ser extrapolables en la normativa

convencional de protección de especies

amenazadas y en la propia Directiva Hábitats. La

base bioecológica de la norma se apoyó fundamentalmente

en la fitosociología, como ciencia dedicada

al estudio de las comunidades vegetales. Dicha

iniciativa se materializó en el Título V y el Anejo 1

de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación

de la Naturaleza (D.O.C.M. nº 40 de 12 de junio de

1999).

El Catálogo de Hábitat de Protección Especial

de Castilla-La Mancha se incluye como Anejo 1 de

la citada Ley. Posteriormente, el Catálogo se

amplió por el Decreto 199/2001, de 6 de noviembre

de 2001, que también incluía la denominación

fitosociológica equivalente para los hábitat del

Anejo 1 de la Ley.

Para la elaboración del Catálogo se seleccionaron

los hábitat naturales considerados más escasos,

limitados por sus especiales condicionantes ecológicos,

vulnerables o particularmente importantes

por su aportación a la biodiversidad y al paisaje.

También se incluyeron algunos hábitat de carácter

seminatural, derivados del efecto de las prácticas

ganaderas tradicionales, que han dado lugar a

comunidades de fauna o flora y paisajes de gran

interés. Era el caso de determinados tipos de prados

de siega y praderas de diente, las dehesas, etc.

Tras la ampliación efectuada por el Decreto

199/2001, el Catálogo de Hábitat de Protección

Especial está formado por los 66 tipos que se indican

en la tabla 1. Para una mayor facilidad de comprensión

se han clasificado en vegetación zonal y

azonal. Dentro de la vegetación zonal se separan

los bosques, arbustedas y matorrales de los pastizales.

Dentro de la vegetación azonal, vinculada a

singularidades en el medio, se incluyen las comunidades

acuáticas e higrófilas, comunidades rupícolas

y glerícolas, comunidades sabulícolas, comunidades

gipsófilas y halófilas.

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