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Sanción a quien viole las patentes de los innovadores e inventores
El evitar la violación de la Patente en el tiempo, por cuanto que se trata de un derecho
temporal, se constituye en el principal y mas caro objetivo que busca lograr el titular de la
Patente. En esta coyuntura, cabe señalar que la posibilidad de cobrar una indemnización o
de que le sean pagados daños y perjuicios al titular de la Patente, no constituye un objetivo
deseado, como no sea en la forma de un último recurso que le permita salir lo menos
afectado posible en sus derechos e intereses. Así pues, lo primero que debe señalarse por
cuanto hace a sanciones es que éstas no son deseables para el titular de la Patente; las
sanciones implican que se haya dado una violación a la Patente, lo que se traduce en que se
haya lesionado fatalmente el derecho de explotación exclusiva que fuera otorgado. Como
hemos señalado a lo largo de este trabajo, el valor fundamental que proporciona una
Patente se concibe en la seguridad de que el monopolio concedido será respetado.
La situación actual en materia de sanciones se presenta francamente insuficiente e incluso
ineficaz, sobre todo por el tiempo que debe transcurrir para estar en posibilidad real de
recuperar daños y perjuicios. Acorde con la legislación vigente, es menester solicitar y
obtener una declaración administrativa de infracción, que puede tomar un promedio de 5 a
8 años antes de quedar firme, para que resulte entonces procedente iniciar un procedimiento
civil para determinar daños y perjuicios. La perspectiva de que el titular de una Patente
logre obtener una sentencia firme que le otorgue daños y perjuicios en un plazo mínimo de
10 años aproximadamente, no es sino una gran motivación para aquellas empresas que
consideran invadir derechos de Patente. (Calderon, 2017)
❖ Marca
Se entiende por marca a todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su
misma especie o clase en el mercado.
Autoridad que estudia su violación
Nuevamente, el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI), es el encargado de
procurar que la marca no sea quebarntada. A través de un proceso administrativo pueden
determinar si alguien utilizó tu marca y darle el seguimiento corresponidente.
Otras instancias, pueden ser el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, o incluso a la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, se deben de considerar las opciones que puedan
resultar más efectivas y menos costosas.
Sanción aplicable
En este caso, mientras tu marca se encuentre vigente, cuentas con toda la protección de la
autoridad y puedes hacer valer tus derechos de solicitar las infracciones administrativas y
medidas de sanción aplicables, señaladas en la Ley de la Propiedad Industrial.
Como podrían ser multas, clausura, arresto administrativo y el pago de indemnización no
menor del 40% de las ganancias obtenidas por la venta del producto o servicio de quien
haya comercializado con la marca en tu perjuicio.