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CONTRATO DE COMISION MERCANTIL PARA VENTA DE BIENES
INMUEBLES.
CONTRATO DE COMISION MERCANTIL, QUE CELEBRAN POR UNA
PARTE EL C. DANIEL BARRIOS PEÑA, A QUIEN EN LO SUCESIVO
DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARA "EL COMITENTE" Y POR
LA OTRA PARTE EL C. RUBEN ALEJANDRO VALTIERRA
GUTIERREZ, A QUIEN SE LE DENOMINARA COMO “EL
COMISIONISTA”, QUIENES SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES
DECLARACIONES:
I.- Declara LA COMITENTE ser profesionista y tener su domicilio en
Espinosa No. 405 Pte, 2º Piso. Chihuahua, Nuevo Chihuahua , México.
C.P. 64000
II.- Declara EL COMISIONISTA ofrecer servicios en asesoría inmobiliaria
y tener su domicilio en Santiago Hermosillo No.4, Colonia Tapeixltes, en
Chihuahua, Chihuahua. C.P. 28239
III.- Ambas partes declaran por mutuo acuerdo y bajo voluntad propia que
para realizar con éxito el presente contrato, se sujetan a las siguientes:
CLAUSULAS:
1.- EL COMISIONISTA conviene en hacerse cargo de la venta de bien
inmueble que mas a delante se describe, en la inteligencia de que la
venta que lleve a cabo EL COMISIONISTA será realizada de acuerdo
con el precio, términos y condiciones de pago que LA COMITENTE
EXPRESAMENTE PACTE EN EL MOMENTO DE REALIZAR LA
VENTA DEL BIEN INMUEBLE.
2.- Ambas partes convienen, que EL COMISIONISTA sólo tendrá a su
cargo la venta del bien inmueble a que se refiere la cláusula anterior,
cuya ubicación y características se describe a continuación:
SOLAR URBANO UBICADO EN LAS INMEDIACIONES DEL
CRUCERO DE MINATITLAN , MARCADO CON EL LOTE-4,
MANZANA-7, ZONA-7, CON SEPERFICIE DE 39,651.16 M2, EN LA
ZONA INDUSTRIAL DE TAPEIXLTES , MANZAILLO, COLIMA . BAJO
LA CLAVE CATASTRAL 07-01-09-144-029-000, AMPARADO CON EL
FOLIO REAL 157563-1 ANTE EL REGISTRO PUBLICO DE LA
PROPIEDAD.
3.- El comisionista queda en libertad para vender por su cuenta o por
cuenta de terceros el bien inmueble descrito en el párrafo anterior.
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4.- La liquidación de las comisiones que le correspondan al comisionista
se harán en una sola exhibición señalándose un porcentaje de un 5 %
(cinco por ciento) sobre el precio de la venta del bien descrito
anteriormente. Si por alguna razón debe darse al COMISIONISTA
porcentajes diferentes según se trate del tipo o el origen de los bienes
que venda, entonces los porcentajes serán los que se pacten en ese
momento.
5.- Si El COMISIONISTA recibe para su resguardo productos, dinero o
documentos, propiedad de EL COMITENTE, actuará en todo momento
con honradez garantizando su buen manejo de los mismos.
6.- El COMISIONISTA, conviene en regirse por principios de honradez,
diligencia y profesionalismo en su encargo. Buscará con todos los
medios legales a su alcance la expansión de la venta del bien inmueble
el cual le ha sido encomendado su venta. No desviará el dinero o
productos que por su representación llegara a tener por la confianza que
le otorga EL COMITENTE. Por lo que si El COMISIONISTA se llegara a
exceder en su representación y faltara a esos principios de rectitud y
lealtad para con LA COMITENTE, este contrato será rescindido,
respondiendo EL COMISIONISTA por todos los daños que haya causado
al COMITENTE.
7.- LA COMITENTE conviene en proporcionar en todo momento al
COMISINISTA, de todos los medios a los que se comprometió en este
contrato para facilitarle el desempeño de su representación, so pena de
responder por los daños y perjuicios causados al COMISIONISTA.
8.- La comisión por la venta del bien inmueble es por el 5%, DEL
PRECIO FINAL QUE LA PARTE COMITENTE RECIBA POR EL BIEN
INMUEBLE ANTES DESCRITO, quedando obligada EL COMITENTE a
pagarlos AL COMISIONISTA, al momento en que se lleve a cabo la
venta.
Para el caso de que la compra venta del inmueble, materia del presente
contrato, sea pactada en pagos proporcionales, la liquidación de la
comisión establecida, se efectuara al COMISIONISTA conforme a las
eventualidades de pago del predio.
9.- Para todo lo que se refiere a la interpretación y cumplimiento del
presente contrato las partes se someten a la jurisdicción de los
Tribunales del Orden Común y a la leyes que rigen en el estado de
Colima, renunciando al fuero que por razón de domicilio u otra causa
pudiera tener.
10.- El presente contrato se firma en Chihuahua, Cihuahua,
correspondiendo el original a EL COMITENTE y la copia a la
comisionista estando de acuerdo en que en su fecha empiece a regir a
partir de ser suscrito.
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Chihuahua, Chihuauha a 01 de Junio de 2011.
COMITENTE
COMISIONISTA
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C. DANIEL BARRIOS PEÑA C. RUBEN A. VALTIERRA G.
TESTIGOS:
_________________________ _________________________
C. ENRIQUE CEBALLOS GONZALEZ GAMALIEL TORRES MENDOZA.
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