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4.- La liquidación de las comisiones que le correspondan al comisionista
se harán en una sola exhibición señalándose un porcentaje de un 5 %
(cinco por ciento) sobre el precio de la venta del bien descrito
anteriormente. Si por alguna razón debe darse al COMISIONISTA
porcentajes diferentes según se trate del tipo o el origen de los bienes
que venda, entonces los porcentajes serán los que se pacten en ese
momento.
5.- Si El COMISIONISTA recibe para su resguardo productos, dinero o
documentos, propiedad de EL COMITENTE, actuará en todo momento
con honradez garantizando su buen manejo de los mismos.
6.- El COMISIONISTA, conviene en regirse por principios de honradez,
diligencia y profesionalismo en su encargo. Buscará con todos los
medios legales a su alcance la expansión de la venta del bien inmueble
el cual le ha sido encomendado su venta. No desviará el dinero o
productos que por su representación llegara a tener por la confianza que
le otorga EL COMITENTE. Por lo que si El COMISIONISTA se llegara a
exceder en su representación y faltara a esos principios de rectitud y
lealtad para con LA COMITENTE, este contrato será rescindido,
respondiendo EL COMISIONISTA por todos los daños que haya causado
al COMITENTE.
7.- LA COMITENTE conviene en proporcionar en todo momento al
COMISINISTA, de todos los medios a los que se comprometió en este
contrato para facilitarle el desempeño de su representación, so pena de
responder por los daños y perjuicios causados al COMISIONISTA.
8.- La comisión por la venta del bien inmueble es por el 5%, DEL
PRECIO FINAL QUE LA PARTE COMITENTE RECIBA POR EL BIEN
INMUEBLE ANTES DESCRITO, quedando obligada EL COMITENTE a
pagarlos AL COMISIONISTA, al momento en que se lleve a cabo la
venta.
Para el caso de que la compra venta del inmueble, materia del presente
contrato, sea pactada en pagos proporcionales, la liquidación de la
comisión establecida, se efectuara al COMISIONISTA conforme a las
eventualidades de pago del predio.
9.- Para todo lo que se refiere a la interpretación y cumplimiento del
presente contrato las partes se someten a la jurisdicción de los
Tribunales del Orden Común y a la leyes que rigen en el estado de
Colima, renunciando al fuero que por razón de domicilio u otra causa
pudiera tener.
10.- El presente contrato se firma en Chihuahua, Cihuahua,
correspondiendo el original a EL COMITENTE y la copia a la
comisionista estando de acuerdo en que en su fecha empiece a regir a
partir de ser suscrito.
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