13.01.2021 Views

Mutualismo Hoy 294 Alta

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CORDOBA

PRESUPUESTO 2021: FEMUCOR

PARTICIPÓ EN LA AUDIENCIA

PÚBLICA LEGISLATIVA

En el marco del tratamiento de los Proyectos de Ley de Presupuesto

de la Administración Pública provincial 2021, modificaciones

al Código Tributario y Ley Impositiva provincial

2021, se concretó, de manera virtual, la Audiencia Pública

Legislativa prevista por la ley, convocada por las comisiones

de Economía, Presupuesto, Gestión Pública e Innovación,

de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos y de Legislación

General.

FEMUCOR participo a través del Cr. Héctor M. Pajón y el

secretario Héctor Acosta, al final de la audiencia que se

inició pasadas las 9,00 horas y en la que representantes

de entidades empresariales, sociales, agrarias y ONGs,

quienes expusieron diferentes observaciones y solicitaron

diversas modificaciones con respecto al paquete de leyes

aprobado en primera lectura por la Legislatura provincial.

Los representantes del Cooperativismo y el Mutualismo de

Córdoba, fueron coincidentes en los reclamos por el pago

de ingresos brutos, que afecta al sector de la economía social

y solidaria, por parte del cooperativismo a través de sus

organizaciones presentes entre otras el IMFC y CONINA-

GRO y del Mutualismo representado por FEMUCOR

de cooperativas y mutuales. Les asegura una adecuada

asistencia, difusión y fiscalización que garantice su carácter

y finalidades. “Nos deberíamos preguntar –afirma la nota–

que si la aplicación de un impuesto como el que solicitamos

sea eliminado, constituye parte de una política activa de

promoción y fomento de las entidades mutuales por parte

del Estado”. Se agregan La Ley de Desarrollo y Promoción

de la Actividad Mutual en la Provincia de Córdoba Nº 7697

sancionada en el año 1988, mediante la cual la provincia

adhiere a la ley 20.321, se suman lo dispuesto en la Ley

Nacional Nº 23.548, Ley de Coparticipación Federal de Recursos

Fiscales, que establece con claridad que el tributo

de ingresos brutos se debe aplicar a entidades con fines

de lucro, quedando las entidades mutuales fuera de esta

obligación por ser entidades sin fines de lucro. Hace referencia

a un fallo de la Suprema Corte de Justicia de Tucumán,

el recurso extraordinario a la Suprema Corte de Justicia

de la Nación fue desestimado por esta y finalmente hace

referencia a la Resolución de INAES 447 que pone claridad

a esta cuestión reafirmando que las entidades mutuales y

cooperativas son entidades sin fines de lucro y abunda en

una ordenada fundamentación, citando doctrina y jurisprudencia

ad hoc, enfocado en la naturaleza del conflicto y como

columna vertebral varios y sólidos argumentos,

señalaron la inconstitucionalidad del gravamen y dieron

cuenta de los antecedentes jurídicos y legales que avalan

la solicitud para que sean eliminados del presupuesto considerado.

El encuentro virtual fue encabezado por el presidente de la

comisión de Economía y Presupuesto, el legislador Leonardo

Limia, quien estuvo acompañado en la sede legislativa

por el presidente del bloque Hacemos por Córdoba, el legislador

Francisco Fortuna.

FEMUCOR CELEBRA JUNTO

A LA MUTUAL DE LASPIUR

LOS ARGUMENTOS DE FEMUCOR

Nuestra Federación defendió con firmeza, la posición y razones

de no estar alcanzadas por tributo de ingresos brutos.

En una nota presentada a la Unicameral se realiza un pormenorizado

análisis de estos fundamentos, partiendo de

que la misma ley 20.321 las defines como entidades sin

fines de lucro, pasando por la Constitución Provincial que

en su artículo 36 establece la obligatoriedad del Estado Provincial

en fomentar y promover la organización y desarrollo

MUTUALISMO HOY 294 18 www.mutualismohoy.com.ar

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!