Mutualismo Hoy 294 Alta
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CORDOBA
PRESUPUESTO 2021: FEMUCOR
PARTICIPÓ EN LA AUDIENCIA
PÚBLICA LEGISLATIVA
En el marco del tratamiento de los Proyectos de Ley de Presupuesto
de la Administración Pública provincial 2021, modificaciones
al Código Tributario y Ley Impositiva provincial
2021, se concretó, de manera virtual, la Audiencia Pública
Legislativa prevista por la ley, convocada por las comisiones
de Economía, Presupuesto, Gestión Pública e Innovación,
de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos y de Legislación
General.
FEMUCOR participo a través del Cr. Héctor M. Pajón y el
secretario Héctor Acosta, al final de la audiencia que se
inició pasadas las 9,00 horas y en la que representantes
de entidades empresariales, sociales, agrarias y ONGs,
quienes expusieron diferentes observaciones y solicitaron
diversas modificaciones con respecto al paquete de leyes
aprobado en primera lectura por la Legislatura provincial.
Los representantes del Cooperativismo y el Mutualismo de
Córdoba, fueron coincidentes en los reclamos por el pago
de ingresos brutos, que afecta al sector de la economía social
y solidaria, por parte del cooperativismo a través de sus
organizaciones presentes entre otras el IMFC y CONINA-
GRO y del Mutualismo representado por FEMUCOR
de cooperativas y mutuales. Les asegura una adecuada
asistencia, difusión y fiscalización que garantice su carácter
y finalidades. “Nos deberíamos preguntar –afirma la nota–
que si la aplicación de un impuesto como el que solicitamos
sea eliminado, constituye parte de una política activa de
promoción y fomento de las entidades mutuales por parte
del Estado”. Se agregan La Ley de Desarrollo y Promoción
de la Actividad Mutual en la Provincia de Córdoba Nº 7697
sancionada en el año 1988, mediante la cual la provincia
adhiere a la ley 20.321, se suman lo dispuesto en la Ley
Nacional Nº 23.548, Ley de Coparticipación Federal de Recursos
Fiscales, que establece con claridad que el tributo
de ingresos brutos se debe aplicar a entidades con fines
de lucro, quedando las entidades mutuales fuera de esta
obligación por ser entidades sin fines de lucro. Hace referencia
a un fallo de la Suprema Corte de Justicia de Tucumán,
el recurso extraordinario a la Suprema Corte de Justicia
de la Nación fue desestimado por esta y finalmente hace
referencia a la Resolución de INAES 447 que pone claridad
a esta cuestión reafirmando que las entidades mutuales y
cooperativas son entidades sin fines de lucro y abunda en
una ordenada fundamentación, citando doctrina y jurisprudencia
ad hoc, enfocado en la naturaleza del conflicto y como
columna vertebral varios y sólidos argumentos,
señalaron la inconstitucionalidad del gravamen y dieron
cuenta de los antecedentes jurídicos y legales que avalan
la solicitud para que sean eliminados del presupuesto considerado.
El encuentro virtual fue encabezado por el presidente de la
comisión de Economía y Presupuesto, el legislador Leonardo
Limia, quien estuvo acompañado en la sede legislativa
por el presidente del bloque Hacemos por Córdoba, el legislador
Francisco Fortuna.
FEMUCOR CELEBRA JUNTO
A LA MUTUAL DE LASPIUR
LOS ARGUMENTOS DE FEMUCOR
Nuestra Federación defendió con firmeza, la posición y razones
de no estar alcanzadas por tributo de ingresos brutos.
En una nota presentada a la Unicameral se realiza un pormenorizado
análisis de estos fundamentos, partiendo de
que la misma ley 20.321 las defines como entidades sin
fines de lucro, pasando por la Constitución Provincial que
en su artículo 36 establece la obligatoriedad del Estado Provincial
en fomentar y promover la organización y desarrollo
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