REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL ... - Orito
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<strong>REPUBLICA</strong> <strong>DE</strong> <strong>COLOMBIA</strong><br />
<strong>DE</strong>PARTAMENTO <strong>DE</strong>L PUTUMAYO<br />
MUNICIPIO <strong>DE</strong> ORITO<br />
CONCEJO MUNICIPAL<br />
NIT: 846 001 001 - 1<br />
el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal, promover la<br />
participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes, planificar el<br />
desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la ley y la<br />
coordinación con otras entidades, solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación,<br />
saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y<br />
deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados,<br />
directamente y en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades<br />
territoriales y la nación, en los términos que defina la ley, velar por el adecuado manejo de los<br />
recursos naturales y del medio ambiente, de conformidad con la ley, promover el manejo<br />
económico y social de los habitantes del respectivo municipio, hacer cuanto pueda adelantar por<br />
si mismo, en subsidio de otras entidades territoriales mientras estas proveen lo necesario, las<br />
demás que señale la Constitución y la Ley.<br />
Que el artículo 204 de la ley 1098 del 2006, establece que los mandatarios territoriales, en los<br />
primero cuatro meses de sus mandatos deben elaborar un diagnóstico sobre los temas infancia,<br />
niñez y adolescencia teniendo en cuenta el ciclo de vida, el enfoque de garantía y<br />
restablecimiento de derechos, con el fin de establecer los problemas prioritarios y las estrategias a<br />
corto, mediano y largo plazo que se implementaran en el Plan de Desarrollo para atenderlas.<br />
Que una vez agotados todos los procedimientos y la metodología que consagran las normas<br />
constitucionales y legales que rigen la aprobación y promulgación de los planes de Desarrollo, El<br />
Honorable Concejo Municipal de <strong>Orito</strong>,<br />
ACUERDA:<br />
ARTÍCULO 1º. – ADOPTESE para el municipio de<strong>Orito</strong> el Plan de Desarrollo denominado<br />
“VOLVER A CREER PARA CRECER” para el periodo de 2012 – 2015.<br />
ARTÍCULO 2º.– ESTRUCTURA <strong>DE</strong>L PLAN <strong>DE</strong> <strong>DE</strong>SARROLLO. La Estructura del Plan de<br />
Desarrollo del Municipio de <strong>Orito</strong>, se desarrolla teniendo en cuenta los lineamientos Nacionales, de<br />
conformidad a la Ley Marco de Planificación Territorial, la Ley 152 de 1.994 “Ley Orgánica del Plan<br />
de Desarrollo”y los Decretos Reglamentarios vigentes, además se presenta el proceso de<br />
articulación teniendo en cuenta la concurrencia y concordancia de la Planificación Local, Regional<br />
y Nacional.<br />
Las políticas presentadas se generan alrededor de los seres humanos como eje central de<br />
planificación, trazando metas y estrategias con un enfoque diferencial; el presente Plan de<br />
Desarrollo está estructurado en cuatro Títulos, así:<br />
Título I: “Componente General” presenta la caracterización del municipio y el diagnóstico<br />
situacional.<br />
Telefax 098 – 4292102<br />
Alcaldía Municipal de <strong>Orito</strong><br />
B/ Marcos Fidel Suarez