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CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS ... - Caja Trujillo

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<strong>CONTRATO</strong> <strong>DE</strong> <strong>OPERACIONES</strong> Y <strong>SERVICIOS</strong> CMAC-T PERSONA JURIDICA<br />

No.<br />

CONDICIONES GENERALES<br />

1. Toda cuenta o depósito que EL CLIENTE abra en La <strong>Caja</strong><br />

Municipal de Ahorro y Crédito de <strong>Trujillo</strong> S.A. en adelante<br />

LA CAJA, será nominativo e intransferible, y le será<br />

aplicable las presentes condiciones y normas legales<br />

sobre la materia, que EL CLIENTE declara conocer y<br />

aceptar previa la suscripción del presente documento.<br />

2. La información otorgada por EL CLIENTE en el<br />

documento denominado Ficha de Conocimiento del<br />

Cliente, como dirección, número telefónico, correo<br />

electrónico, tiene plena validez para todos los efectos de<br />

este contrato, por lo que cualquier comunicación directa<br />

que efectúen LA CAJA o terceros será considerada<br />

válidamente hecha siempre que se envíe a la dirección<br />

domiciliaria, cuenta de correo electrónico, o número de<br />

teléfono previamente informado<br />

3. El plazo del presente contrato es por tiempo indefinido.<br />

4. Toda cuenta o depósito que EL CLIENTE abra en LA<br />

CAJA se encuentra sujeto a los gastos y comisiones<br />

informados en la cartilla informativa que se entrega y corre<br />

anexo de este contrato. EL CLIENTE acepta a la<br />

suscripción del presente contrato, la aplicación de los<br />

gastos, las comisiones y/o tasas de interés y frecuencia<br />

de capitalización establecidas para cada modalidad de<br />

cuenta o deposito, que han sido debidamente indicados e<br />

informados en la Cartilla Informativa, la que forma parte<br />

integrante del presente contrato, y que recibe EL<br />

CLIENTE a su entera satisfacción.<br />

Las modificaciones de tasas, comisiones, gastos<br />

establecidos en la Catilla Informativa, podrán ser<br />

modificadas cuando:<br />

i) LA CAJA adecúe sus servicios a los cambios en la<br />

normatividad vigente y esto genere un sobrecosto en<br />

la tasa, comisión o gasto contratado,<br />

ii) EL CLIENTE solicite un servicio adicional y distinto<br />

que no sugiera cambio del tipo de ahorro contratado;<br />

iii) Los gastos por los servicios contratados aumenten de<br />

forma tal que sea insostenible la continuidad de la<br />

contratación, y<br />

iv) Existan variaciones de los costos del servicio debido a<br />

fluctuaciones del índice inflacionario.<br />

5. Las modificaciones de tasas de interés, comisiones y<br />

gastos en caso no sean favorables al cliente, entrarán en<br />

vigencia luego de los quince (15) días calendario de<br />

puestas en conocimiento de EL CLIENTE.<br />

Las modificaciones contractuales distintas a las tasas<br />

de interés, comisiones o gastos, en caso impliquen<br />

pérdida o sustitución de condiciones previamente<br />

establecidas, entrarán en vigencia luego de los 30 días<br />

puestas en conocimiento de EL CLIENTE.<br />

Adicionalmente LA CAJA, en caso se traten de<br />

modificaciones a condiciones no esenciales del<br />

contrato, se obliga a efectuar dichas comunicaciones<br />

con la indicación clara y exacta de la fecha en que<br />

entrarán en vigencia a las modificaciones, dichas<br />

comunicaciones se efectuarán a través de la página<br />

web: www.cajatrujillo.com.pe y al interior de las<br />

agencias y oficinas especiales, declarando EL<br />

CLIENTE como suficientes y adecuados para tomar<br />

conocimiento, no pudiendo ser tachado de insuficiente<br />

en el futuro.<br />

En caso se traten de modificaciones a condiciones<br />

esenciales del contrato (comisiones, gastos y/o<br />

intereses), LA CAJA se obliga a efectuar dichas<br />

comunicaciones con la indicación clara y exacta de la<br />

fecha en que entrarán en vigencia a través de<br />

cualquiera de los medios de comunicación directa<br />

(cuenta de correo electrónico, dirección domiciliaria,<br />

número telefónico), indicados en la Ficha de<br />

Conocimiento del Cliente que forma parte de este<br />

contrato, declarando EL CLIENTE como suficiente y<br />

adecuado la notificación a uno y cualquiera de ellos<br />

para tomar conocimiento, no pudiendo ser tachado de<br />

insuficiente en el futuro.<br />

LA CAJA podrá modificar las tarifas contenidas en la<br />

cartilla informativa y las condiciones contractuales de<br />

presente contrato, comunicando previamente a EL<br />

CLIENTE. Dichas modificaciones serán puestas en<br />

conocimiento mediante publicación en las instalaciones<br />

de las agencias, oficinas especiales y página web de<br />

LA CAJA, www.cajatrujillo.com.pe. EL CLIENTE<br />

acepta que dichos mecanismos de información son<br />

suficientes y adecuados para tomar conocimiento de<br />

las modificaciones que se realicen sobre el contrato y<br />

la cartilla informativa, no pudiendo en el futuro<br />

desconocerlo o tacharlo de insuficiente; dichas<br />

modificaciones entrarán en vigencia conforme a lo<br />

señalado por la normatividad legal vigente.<br />

6. El (los) representante(s) de EL CLIENTE registrará(n)<br />

en LA CAJA su identificación, domicilio, capacidad<br />

legal, representación y firma individual, para disponer<br />

Version 2012.05.3 1


de la(s) cuenta(s) o depósito(s); y presentarán la<br />

información que le solicite LA CAJA. La información<br />

proporcionada podrá ser verificada por LA CAJA, en<br />

cuyo caso EL CLIENTE asumirá los gastos que ello<br />

demande.<br />

Para cualquier operación, el (los) representante(s) de EL<br />

CLIENTE deben acreditar su identidad y/o derecho de<br />

representación o autorización para hacerlo.<br />

LA CAJA no cumplirá con las órdenes o mandatos de<br />

EL CLIENTE cuando estas sean, de manera indubitable,<br />

ambiguas, incompletas, imprecisas o se emitan de tal<br />

forma que no aseguren una inequívoca o libre<br />

declaración de EL CLIENTE; o si la firma de EL<br />

CLIENTE no concuerda con la firma registrada; o los<br />

poderes no sean suficientes a juicio de LA CAJA; o no<br />

tenga disponibilidad de fondos. Igual norma será de<br />

aplicación para la atención de terceros o cuando las<br />

operaciones se realicen vía documentos tales como<br />

órdenes de pago, cartas de transferencia u otro<br />

documento análogo de cuyo contenido se deba realizar<br />

actos de disposición de fondos.<br />

7. En el caso de revocatoria, modificación de facultades o<br />

cambio de régimen de firmas de el(los) representante(s),<br />

EL CLIENTE se obliga a actualizar dicha representación,<br />

haciendo llegar a LA CAJA la documentación respectiva<br />

y cuando esta sea pertinente, debidamente inscrita en<br />

los Registros Públicos correspondientes. Dicha<br />

comunicación sólo surtirá efecto para LA CAJA a partir<br />

de las cuarenta y ocho (48) horas de recibido el<br />

documento. Mientras EL CLIENTE no comunique por<br />

escrito la revocatoria de poderes o cambio de régimen<br />

de firmas, seguirá vigente y con plena validez para todos<br />

los efectos legales los registrados en LA CAJA.<br />

Cuando LA CAJA, a su criterio, considere que existe<br />

duda o conflicto sobre la legitimidad o la legalidad de la<br />

representación respecto a las facultades para disponer<br />

de las cuentas de ahorro, EL CLIENTE la faculta a<br />

inmovilizar y suspender toda orden, instrucción, contrato<br />

o pago de órdenes de pago hasta que tales dudas o<br />

conflictos sean resueltos a satisfacción de LA CAJA. EL<br />

CLIENTE deberá devolver, bajo responsabilidad, la(s)<br />

tarjeta(s) entregada(s) por LA CAJA, talonario(s) de<br />

orden(es) de pago que estuviera(n) en su poder una vez<br />

cerrada la cuenta.<br />

8. En la(s) cuenta(s) o depósito(s) se registrará(n) el(los)<br />

abono(s), depósito(s), retiro(s), cargo(s), débito(s), u<br />

orden(es) de pago, transferencia de cuenta(s), y<br />

cualquier otro servicio u operación que EL CLIENTE o<br />

LA CAJA realicen, por operaciones de ahorro o<br />

crédito, de acuerdo a cada modalidad de cuenta,<br />

depósito u operación. Estas anotaciones podrán<br />

constar en hojas sueltas o removibles y podrán<br />

emplearse medios electrónicos, facsímil u otros.<br />

9. La(s) cuenta(s) o depósito(s) abierto(s) a nombre de<br />

EL CLIENTE con representación en forma<br />

mancomunada deberá(n) ser movilizada(s) con la<br />

intervención de todos los representantes.<br />

10. En el(los) abono(s) o depósito(s) efectuado(s) con<br />

cheque(s), LA CAJA se reserva el derecho de no<br />

procesar el(los) retiro(s) mientras no haya efectuado el<br />

cobro del(los) referido(s) cheque(s) y registrado el<br />

correspondiente abono. LA CAJA efectuará el(los)<br />

cargo(s) en cuenta por devolución del(los) cheque(s) no<br />

pagado(s), incluyendo comisión(es) y gasto(s).<br />

11. LA CAJA queda autorizada a extornar de la respectiva<br />

cuenta el abono que hubiera efectuado por pago de<br />

obligaciones, servicios y cobranzas, cuando se<br />

hubiera(n) realizado mediante cheque(s) y este(os) no<br />

fuera(n) pagado(s) por el Banco girado. En este sentido,<br />

LA CAJA para todos los casos de (los) abono(s) o<br />

cargo(s) indebido(s), generado(s) por equivocación,<br />

error o por otro motivo, lo realizará comunicando<br />

posteriormente a EL CLIENTE; pudiéndose realizar<br />

dicho comunicado mediante los medios de<br />

comunicación admitidos como suficientes por EL<br />

CLIENTE.<br />

12. EL CLIENTE libera de toda responsabilidad a LA CAJA<br />

por daños ocasionados por trastornos en sus servicios<br />

causados por hechos fortuitos o de fuerza mayor,<br />

disturbios, guerra o fenómenos de la naturaleza, o por<br />

otros acontecimientos no imputables a LA CAJA.<br />

Incluso LA CAJA estará liberada de responsabilidad por<br />

incumplimiento parcial, tardío, defectuoso o inexacto de<br />

cualquier obligación estipulada en el presente contrato o<br />

en las instrucciones para determinada operación, que<br />

tenga como origen causas que escapen a su control<br />

razonable y debida diligencia, como los casos de fuerza<br />

mayor y caso fortuito.<br />

13. EL CLIENTE es responsable de mantener en un lugar<br />

seguro los documentos confidenciales concernientes a<br />

su relación financiera, tales como talonarios de<br />

órdenes de pago, certificados de depósito a plazo fijo y<br />

Version 2012.05.3 2


números de clave, como las que corresponden a la<br />

tarjeta electrónica, o cualquier otra por las que pueda<br />

autorizar y/o realizar operaciones.<br />

EL CLIENTE libera a LA CAJA de responsabilidad por<br />

cualquier daño, perjuicio o pérdida que puedan surgir del<br />

incumplimiento de esta regla o resultante de la pérdida o<br />

el robo de tales documentos, del abuso, falsificación o<br />

adulteración de la firma de EL CLIENTE como<br />

consecuencia de tales actos, a menos que se haya<br />

comunicado en forma inmediata a LA CAJA tales<br />

hechos.<br />

EL CLIENTE libera a LA CAJA de cualquier daño y<br />

perjuicio o falsificación que resulte de la pérdida o robo<br />

de tales documentos en tránsito, si los mismos a petición<br />

autorización de EL CLIENTE, han tenido que ser<br />

enviados o entregados a él por correo o mensajero,<br />

diferente al usualmente utilizado LA CAJA.<br />

14. En caso EL CLIENTE desee efectuar órdenes por<br />

teléfono o correo electrónico deberá previamente informar<br />

a LA CAJA el empleo de dichos mecanismos, mediante<br />

comunicación escrita, de no efectuarse dicha<br />

comunicación previa LA CAJA no podrá efectuar las<br />

operaciones u órdenes solicitadas por EL CLIENTE.<br />

LA CAJA tomará todas las medidas necesarias para que<br />

las comunicaciones por teléfono o correo electrónico sean<br />

totalmente seguras y se cumpla con todo lo necesario<br />

para salvaguardar el secreto de las comunicaciones, sin<br />

embargo EL CLIENTE reconoce que al ser estos<br />

mecanismos diferentes a los habituales para la ejecución<br />

de sus órdenes involucran un mayor riesgo.<br />

15. Para las operaciones de disposición sobre cuentas de<br />

ahorros, ambas partes establecen el uso de tarjetas<br />

electrónica, las cuales podrán ser utilizada en ventanillas<br />

ubicadas en las agencias, oficinas especiales de LA<br />

CAJA.<br />

La ampliación o disminución de estos canales de<br />

atención serán debidamente comunicados por LA CAJA,<br />

a través de su página web: www.cajatrujillo.com.pe.<br />

16. Los fondos y/o depósitos (valores) que EL CLIENTE<br />

tiene o pudiera tener en cualquier modalidad o moneda,<br />

garantizan todas y cada una de las obligaciones a favor<br />

de LA CAJA, sin reserva ni limitación, incluyendo<br />

principal, intereses compensatorios y moratorios, así<br />

como los gastos que correspondan a la recuperación que<br />

pudiera iniciar LA CAJA. En este sentido, EL CLIENTE<br />

autoriza en forma irrevocable a cargar total o<br />

parcialmente, en cualquiera de las cuentas o depósitos<br />

o valores u otros bienes que tiene o pudiera tener, los<br />

importes derivados de cualquier obligación, descuentos<br />

o cobranzas vencidas en las que EL CLIENTE tuviera<br />

la condición de deudor, aceptante, descontante a favor<br />

de LA CAJA, incluyendo aquellas obligaciones cedidas<br />

o endosadas a favor de éste, por acreedores de EL<br />

CLIENTE. El cargo incluirá el principal, intereses,<br />

gastos, tributos y comisiones.<br />

17. Los abonos y cargos que fueran realizados<br />

indebidamente y registrados por LA CAJA serán<br />

objetos de corrección por parte de ésta. LA CAJA<br />

comunicará posteriormente a EL CLIENTE sobre lo<br />

realizado en sus cuentas, mediante comunicación<br />

escrita.<br />

18. LA CAJA queda facultada para realizar las<br />

operaciones de compra o venta de moneda extranjera<br />

que sean necesarias para el cumplimiento de pago de<br />

cualquier obligación a que se refiere los párrafos<br />

anteriores. LA CAJA aplicará el tipo de cambio vigente<br />

a la fecha en que se realice la operación, el cual se<br />

encontrará publicado en toda la red de agencias y su<br />

página web.<br />

19. Los embargos y medidas cautelares que recaigan<br />

sobre los fondos que tenga EL(LOS) CLIENTE(S), en<br />

cualquier cuenta o depósito, sólo surtirán efecto sobre<br />

el saldo que resulte luego que LA CAJA aplique los<br />

cargos que correspondan por los adeudos vencidos de<br />

EL(LOS) CLIENTE(S) en la fecha de la notificación y<br />

siempre que no se encuentre sujeto a gravamen<br />

alguno. LA CAJA no asumirá responsabilidad alguna<br />

por los perjuicios que pudieran generarse a EL(LOS)<br />

CLIENTE(S) por retenciones de saldos en sus<br />

respectivas cuentas o depósitos, en cumplimiento de<br />

mandatos legales, judiciales o administrativos<br />

(ejecuciones coactivas). En caso, como resultado de la<br />

retención, se produzca la cancelación de una de las<br />

cuentas afectadas, EL(LOS) CLIENTE(S) autoriza(n) a<br />

LA CAJA abrir una cuenta de ahorros simples, para el<br />

abono de saldos que hayan quedado a favor de<br />

EL(LOS) CLIENTE(S).<br />

20. En el caso que los fondos de cualquier cuenta o<br />

depósito que permanezcan inactivos durante 10 años o<br />

más, sin que se hagan nuevas imposiciones, ni se<br />

retire intereses o medie reclamación durante ese lapso,<br />

Version 2012.05.3 3


serán transferidos al Fondo de Seguro de Depósitos, en<br />

cumplimiento de las normas legales vigentes.<br />

21. La dirección domiciliaria que señala EL CLIENTE al abrir<br />

la Cuenta de Ahorros constituye su domicilio para todas<br />

las relaciones y comunicaciones judiciales o<br />

extrajudiciales que LA CAJA le dirija, así como las<br />

operaciones, cierres y demás actos operativos<br />

relacionados con la cuenta. La variación de domicilio<br />

deberá ser comunicada por escrito a LA CAJA,<br />

conforme a lo señalado por la legislación pertinente, a<br />

efectos de su validez respecto a la institución y sólo<br />

podrá efectuarse dentro del ámbito del territorio nacional.<br />

22. Las discrepancias que pudieran surgir entre LA CAJA y<br />

EL CLIENTE sobre el alcance, interpretación o<br />

aplicación de las cláusulas del presente documento,<br />

podrán ser sometidos a cualquier medio o mecanismo<br />

de resolución de conflicto válidos por la legislación<br />

peruana.<br />

23. EL CLIENTE declara que toda información que<br />

proporcione a LA CAJA es veraz y cierta, teniendo<br />

carácter de declaración jurada conforme a las normas<br />

legales pertinentes. Si la información proporcionada por<br />

EL CLIENTE a LA CAJA con ocasión de la celebración<br />

del presente contrato o cualquier otro fuera falsa,<br />

inexacta o incompleta en forma total o parcial, LA CAJA<br />

está facultada para suspender las respectivas<br />

operaciones y/o cerrar las cuentas o depósitos de todo<br />

tipo que pudiera mantener EL CLIENTE .<br />

Dicha facultad podrá ser igualmente ejercida por LA<br />

CAJA, en las siguientes situaciones:<br />

En caso, no se acepte su vinculación legal definitiva<br />

con LA CAJA, por ser considerado, a juicio de la<br />

misma, como “cliente sensible al lavado de activos”.<br />

En caso, a juicio de LA CAJA, las operaciones que<br />

realice EL CLIENTE presenten una magnitud o<br />

velocidad de rotación inusual, o condiciones de<br />

complejidad inusitada o injustificada, y que en base a<br />

la información recopilada, de conformidad con las<br />

normas sobre el conocimiento de EL CLIENTE, se<br />

presuma proceden de alguna actividad ilícita, o que,<br />

por cualquier motivo, no tengan un fundamento<br />

económico o lícito aparente y que podrían estar<br />

vinculadas al lavado de activos y/o al financiamiento<br />

del terrorismo.<br />

<br />

<br />

En caso se tenga conocimiento, por medios de<br />

información pública, que EL CLIENTE está siendo<br />

investigado o procesado por el delito de lavado de<br />

activos, delitos precedentes, el delito de<br />

financiamiento del terrorismo y/o delitos conexos y<br />

Por la falta de transparencia cuando en la<br />

evaluación realizada a la información señalada o<br />

presentada antes de la contratación o durante la<br />

relación contractual, se desprende que dicha<br />

información es inexacta, incompleta, falsa o<br />

inconsistente con la información previamente<br />

declarada o entregada por el usuario y repercuta<br />

negativamente en el riesgo de reputación o legal<br />

que enfrenta la empresa<br />

EL CLIENTE expresa, de manera irrevocable, su<br />

voluntad de colaborar y entregar todo tipo de<br />

información y documentación, en el modo y forma<br />

requeridos por LA CAJA, en especial aquella solicitada<br />

en cumplimiento con su política interna de<br />

conocimiento de EL CLIENTE y demás políticas,<br />

procedimientos, mecanismos relacionados con la<br />

prevención del lavados de activos y del financiamiento<br />

del terrorismo.<br />

La negativa o demora inmotivada de entrega de la<br />

información y documentación solicitada, será causal de<br />

resolución del contrato. Consecuentemente, LA CAJA<br />

comunicará en forma escrita al CLIENTE la decisión<br />

dentro de los siete (07) días posteriores<br />

24. EL CLIENTE se obliga a tomar conocimiento mensual<br />

de las operaciones realizadas, en su(s) cuenta(s) de<br />

ahorro(s), a través de la información brindada mediante<br />

la página web: www.cajatrujillo.com.pe.<br />

25. Sin perjuicio de lo antes acordado, EL CLIENTE podrá<br />

solicitar el extracto de su(s) cuenta(s), acercándose a<br />

las agencias y oficinas especiales de LA CAJA,<br />

procediendo a cancelar las comisiones y gastos<br />

detallados en el Tarifario vigente al día de la solicitud.<br />

26. Las condiciones del presente contrato, sus<br />

modificatorias y/o ampliatorias, serán de aplicación<br />

automática para cualquier relación de EL CLIENTE con<br />

LA CAJA desde la fecha de su celebración y regirán<br />

también para todas las operaciones o servicios que<br />

el(los) cliente(s) realice(n) o constituya(n)<br />

posteriormente, sin perjuicio de establecer en cada<br />

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caso las tasas, plazos, intereses y vencimiento, que se<br />

fijarán o confirmarán en cada oportunidad.<br />

27. LA CAJA aplicará una comisión mensual a la(s)<br />

cuenta(s) que no registre(n) movimientos durante doce<br />

meses, o que durante seis meses haya(n) tenido un<br />

saldo inferior al mínimo establecido. Dicha comisión<br />

detallada en la cartilla informativa entregada, se<br />

mantendrá vigente hasta que LA CAJA, comunique la<br />

modificación de la misma a través de cualquiera de los<br />

medios de comunicación directa y con una anticipación<br />

no menor de 15 días.<br />

28. LA CAJA a solicitud expresa de EL CLIENTE podrá<br />

brindar el servicio de débito automático para el pago de<br />

servicios o productos brindado por LA CAJA o por<br />

terceras personas a su favor. Las comisiones que se<br />

cargue a EL CLIENTE por el servicio que se brinde,<br />

serán detallados en la cartilla informativa. EL CLIENTE<br />

podrá solicitar con una anticipación de cuarenta y ocho<br />

(48) horas, la suspensión de dicho servicio o limitar el<br />

monto máximo de débito ordenado, por cualquier medio<br />

de fecha cierta y sin expresión de causa. EL CLIENTE<br />

libera a LA CAJA de toda responsabilidad ante la<br />

suspensión del servicio de débito automático, cuando el<br />

incumplimiento de la obligación de un tercero, provenga<br />

de una causa ajena o justificada de este.<br />

29. EL CLIENTE declara haberse informado de manera<br />

previa a la firma del presente contrato, sobre el<br />

contenido y alcance del Contrato de Operaciones y<br />

Servicios CMAC-T Personas Jurídicas, a cuya<br />

satisfacción los recepciona físicamente y acepta su<br />

contenido.<br />

30. En todo lo no previsto en forma expresa en el<br />

documento, será de aplicación subsidiaria las<br />

disposiciones del Código Civil, la Ley Nº 26702 – Ley<br />

General del Sistema Financiero y del Sistema de<br />

Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y<br />

Seguros- en lo que fuera pertinente, las disposiciones del<br />

Banco Central de Reserva o la Superintendencia de<br />

Banca y Seguros, las normas y los reglamentos de LA<br />

CAJA que resulten pertinentes.<br />

TARJETA ELECTRÓNICA<br />

31. La Tarjeta Electrónica (en adelante la tarjeta) es<br />

intransferible y será entregada a EL CLIENTE a la firma<br />

y aceptación de las cláusulas del presente contrato.<br />

Dicha tarjeta posee una numeración, elementos<br />

electrónicos y digitales que identifican al titular de la<br />

tarjeta, pudiendo con ella acceder a las distintas<br />

cuentas, en moneda nacional o extranjera, que EL<br />

CLIENTE hubiera afiliado; así como otros servicios que<br />

ofrece LA CAJA; por lo que toda operación realizada<br />

con la tarjeta se reputa indubitablemente realizada por<br />

EL CLIENTE en la fecha que se efectúe la operación;<br />

salvo que EL CLIENTE demuestre que por causas<br />

ajenas a su voluntad, no pudo haber realizado las<br />

operaciones reportadas como válidas.<br />

32. La tarjeta electrónica es de propiedad de LA CAJA, EL<br />

CLIENTE se obliga a hacer buen uso de la misma,<br />

quedando sujeta a la devolución cuando ésta la<br />

requiera. El costo de la reposición será a cargo de EL<br />

CLIENTE, quien facultará a LA CAJA para debitar de<br />

su cuenta, el valor de dicho costo de las operaciones,<br />

comisiones, seguros y demás tasas originadas en el<br />

uso de la tarjeta. Dicha autorización se tendrá por<br />

entendido y aceptado a la recepción de la nueva tarjeta<br />

entregada.<br />

33. El (Los) representante(s) registrado(s) de EL CLIENTE<br />

se obliga a realizar en forma personal todas las<br />

operaciones sobre sus cuentas de ahorro, a través de<br />

red de agencias, dispositivos electrónicos o cajeros<br />

corresponsales, de conformidad con los<br />

procedimientos y condiciones establecidas por LA<br />

CAJA.<br />

34. EL CLIENTE asume plena responsabilidad por el uso<br />

de la tarjeta y de la clave secreta, así como de su<br />

pérdida o sustracción; así como a mantener a buen<br />

resguardo y cuidado, la posesión directa y física de la<br />

tarjeta, a la que podrá modificar la clave secreta<br />

cuantas veces crea conveniente, más aun cuando<br />

presuma del conocimiento de un tercero.<br />

35. En caso de pérdida, extravío, sustracción o destrucción<br />

de una tarjeta entregada por LA CAJA, cualquiera de<br />

los representantes de EL CLIENTE deberá darse aviso<br />

en forma inmediata a LA CAJA, a través de su Centro<br />

de Llamadas o en la red de agencias y oficinas<br />

especiales de LA CAJA, quien procederá al bloqueo<br />

de ésta. LA CAJA no se hace responsable por retiros o<br />

pagos a terceros realizados con el uso de la tarjeta<br />

extraviada o sustraída, si no ha tenido aviso previo<br />

dentro de las 24 horas de su pérdida o extravío de la<br />

manera indicada, ni de las pérdidas, daños o<br />

contingentes derivadas de la inmovilización de la<br />

Version 2012.05.3 5


cuenta. EL CLIENTE autoriza a LA CAJA a debitar de<br />

cualquiera de sus cuentas de ahorro el importe<br />

correspondiente a las comisiones y gastos por el uso o<br />

reposición de la tarjeta entregada por LA CAJA, los<br />

mismos que a la suscripción del presente contrato se<br />

encuentra debidamente informado, así como de las<br />

comisiones, gastos y forma de uso de la tarjeta<br />

entregada por LA CAJA.<br />

EL CLIENTE se obliga que ante cualquier tipo de<br />

operación, se informará previamente de los costos y<br />

gastos que se incurrirán, dando por entendido a LA<br />

CAJA de la aceptación del débito sobre sus cuentas y/o<br />

depósitos de las comisiones y gastos con la recepción o<br />

firma de voucher que registra la entrega o débito.<br />

36. LA CAJA queda autorizada a retener directamente o a<br />

través de la entidad a la cual LA CAJA se encuentre<br />

afiliada, la tarjeta que sea presentada para cualquier tipo<br />

de transacción y que al momento de la operación se<br />

encuentre expirada o bloqueada por cualquier motivo.<br />

CONDICIONES <strong>DE</strong> LAS CUENTAS <strong>DE</strong> AHORRO<br />

Además de las condiciones generales antes señaladas, las<br />

cuentas de ahorro se rigen por las siguientes normas<br />

específicas:<br />

1. Los depósitos de ahorros en cuentas podrán ser<br />

constituidos por personas naturales o jurídicas, según las<br />

normas legales vigentes y percibirán intereses conforme<br />

a las tasas que LA CAJA determine para este tipo de<br />

depósitos, que serán generados al cierre de las<br />

operaciones diarias.<br />

2. Las cuentas de ahorro, deberán ser utilizadas<br />

únicamente para uso exclusivo del ahorro, en caso LA<br />

CAJA identifique operaciones no declaradas diferentes<br />

al ahorro, que involucren custodia de dinero u<br />

operaciones masivas de pago, LA CAJA queda<br />

autorizada a bloquear las cuentas, o podrá aplicar las<br />

comisiones y gastos dejados de percibir por las<br />

operaciones no declaradas; pudiendo LA CAJA cargar<br />

los montos adeudados sobre los saldos de las cuentas<br />

que tenga vigente. Lo adeudado se aplicará desde la<br />

fecha de identificación de la operación no declarada.<br />

3. Los abonos o retiros de ahorros serán atendidos por LA<br />

CAJA mediante el uso de tarjeta electrónica, así como<br />

mediante órdenes de pago no negociables emitidas<br />

nominativamente. El uso de la tarjeta entregada por LA<br />

CAJA es obligatoria para las operaciones de retiro de<br />

fondos de cuentas, la cual se hará efectiva con la<br />

asignación de un código numérico o clave de acceso,<br />

que deberá ser conservado en secreto, bajo absoluta<br />

responsabilidad de EL CLIENTE.<br />

4. LA CAJA atenderá los retiros a simple requerimiento,<br />

salvo casos especiales en los que se encuentran<br />

sujetos a revisión de la capacidad de los<br />

representantes o de alguna otra formalidad de carácter<br />

legal, o se haya acordado un número limitado de<br />

operaciones, dentro de un plazo determinado, en<br />

dichos supuestos LA CAJA podrá tomarse un plazo<br />

para la ejecución de la operación, el que será<br />

informado al cliente al momento en que éste solicita la<br />

operación. La identificación para los retiros será<br />

solamente con el Documento Nacional de Identidad o<br />

Carné de Extranjería expedido en Perú. En caso se<br />

actúe a través de algún representante deberán<br />

someterse a las siguientes reglas:<br />

- Carta Poder Simple con firma legalizada, en caso<br />

el representante desea ejecutar algún retiro por un<br />

monto de hasta el 50% de una (01) UIT.<br />

- Poder Fuera de Registro, en caso el representante<br />

desee ejecutar algún retiro por un monto mayor al<br />

50% de una (01) UIT y hasta el 100% de una (01)<br />

UIT.<br />

- Poder por Escritura Pública debidamente inscrito<br />

ante la SUNARP en caso el representante desee<br />

ejecutar algún retiro por un monto mayor al 100%<br />

de una UIT.<br />

CONDICIONES <strong>DE</strong> LAS CUENTAS <strong>DE</strong> AHORRO CON<br />

OR<strong>DE</strong>NES <strong>DE</strong> PAGO<br />

Además de las condiciones generales antes señaladas, las<br />

cuentas de ahorro con órdenes de pago se rigen por las<br />

siguientes normas específicas:<br />

1. LA CAJA, luego de la suscripción del contrato por<br />

parte de EL CLIENTE, entregará a éste un talonario de<br />

órdenes de pago, numerados en forma correlativa,<br />

mediante las cuáles podrá efectuar retiros con cargo a<br />

su cuenta de ahorros. En este sentido, una vez<br />

solicitado las Órdenes de Pago, EL CLIENTE podrá<br />

recoger dentro del plazo de 60 días los talonarios<br />

emitidos; por lo que una vez vencido el plazo LA CAJA<br />

procederá a eliminar los talonarios, bajo cualquier<br />

medio de destrucción no asumiendo responsabilidad<br />

alguna.<br />

Version 2012.05.3 6


2. Las órdenes de pago que se emitan deberán ser<br />

nominativas a nombre del ahorrista o tercera persona<br />

natural o jurídica. No podrá emitir una orden de pago a<br />

nombre de dos o más personas naturales o jurídicas.<br />

3. Por tratarse de una cuenta de ahorros, no está permitido<br />

el sobregiro de la misma; en consecuencia sólo serán<br />

atendidas por LA CAJA las órdenes contra la cuenta que<br />

tenga los fondos suficientes. En caso ocurra el giro sobre<br />

una cuenta que mantenga un saldo menor a la orden de<br />

pago, la cuenta será bloqueada y generará una comisión<br />

que asumirá EL CLIENTE. LA CAJA cerrará la cuenta<br />

de ahorros en caso suceda cualquiera de los siguientes<br />

supuestos:<br />

- Cuando en un período de 6 (seis) meses, LA CAJA<br />

deje constancia de la falta de pago por carecer de<br />

fondos, totales o parciales, en 2 (dos) órdenes de<br />

pago;<br />

- Cuando en un período de un año, LA CAJA rechace<br />

por 10 (diez) veces el pago de una o más órdenes de<br />

pago, por carecer de fondos totales o parciales, sea<br />

que deje o no la constancia de ello en el mismo<br />

título. El rechazo de una misma Orden de Pago se<br />

computará a razón de uno por día;<br />

- Cuando LA CAJA sea notificada del inicio del<br />

proceso penal por libramiento indebido o de<br />

cualquier proceso civil para su pago, de una orden<br />

de pago girada a su cargo, rechazado por falta de<br />

fondos;<br />

- Cuando algún titular de cuenta de ahorros resulte<br />

incluido en la relación de cuentas cerradas que<br />

publique la Superintendencia de Banca, Seguros y<br />

AFP; y<br />

- Por otros hechos que por disposición legal conlleven<br />

el cierre de la cuenta de ahorros.<br />

4. Una vez emitida una orden de pago, ésta tendrá un plazo<br />

de 30 días calendarios para ser cobrada en LA CAJA.<br />

5. No se pagarán órdenes de pago emitidas con fecha<br />

anterior a la fecha de pago ordenada.<br />

CONDICIONES <strong>DE</strong> LOS <strong>DE</strong>PÓSITOS <strong>DE</strong> AHORRO A<br />

PLAZO FIJO<br />

LOS <strong>DE</strong>PÓSITOS <strong>DE</strong> AHORRO A PLAZO FIJO, se rigen<br />

por las normas establecidas en las disposiciones legales<br />

vigentes, las condiciones generales antes señaladas y las<br />

normas específicas que se señala a continuación:<br />

1. Las condiciones y características del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />

AHORRO A PLAZO FIJO, será informada al cliente<br />

mediante la cartilla informativa, constituyendo este<br />

documento prueba suficiente del depósito realizado y<br />

de sus condiciones de retorno.<br />

2. EL CLIENTE podrá incrementar o retirar capital<br />

depositado en cualquier momento. LA CAJA aceptará<br />

cualquier incremento de un <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong> AHORRO<br />

A PLAZO FIJO, siempre que este sea igual o mayor al<br />

monto mínimo señalado en la cartilla informativa. El<br />

incremento o retiro del capital del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />

AHORRO A PLAZO FIJO, realizado por EL CLIENTE o<br />

LA CAJA, según el presente documento, podrá<br />

generar tanto la variación de la tasa de interés pactada<br />

originalmente, dentro de los límites de monto y plazo<br />

informados en la cartilla informativa, y que para los<br />

casos de modificaciones tasas y comisiones<br />

posteriores serán informados a través del tarifario que<br />

LA CAJA ponga a disposición a través de su página<br />

web: www.cajatrujillo.com.pe y en las agencias y<br />

oficinas especiales.<br />

3. En caso EL CLIENTE aumente, retire capital y/o<br />

modifique el plazo del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong> AHORRO A<br />

PLAZO FIJO, éste autoriza a LA CAJA tanto a<br />

capitalizar los intereses generados a la fecha de<br />

operación, como a efectuar el recálculo<br />

correspondiente a los intereses generados a la fecha,<br />

pudiendo LA CAJA afectar el capital en caso de pago<br />

de intereses en exceso.<br />

4. Si el capital o los intereses del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />

AHORRO A PLAZO FIJO no fueran retirados a su<br />

vencimiento y LA CAJA no recibiera instrucciones de<br />

EL CLIENTE al respecto, el depósito se renovará por<br />

un período igual con la tasa de interés aplicable a este<br />

tipo de depósito señalada en la cartilla informativa,<br />

capitalizando el principal más los intereses generados<br />

en el periodo anterior.<br />

5. La tasa de interés y la frecuencia de capitalización,<br />

serán fijadas por LA CAJA según el plazo efectivo del<br />

depósito. Su pago se realizará en la forma y frecuencia<br />

que EL CLIENTE señale en el momento de la<br />

apertura.<br />

6. La disponibilidad de los intereses se tendrá en el día<br />

del vencimiento. El principal y los intereses podrán ser<br />

retirados a la fecha de cancelación indicada en el<br />

certificado; salvo que EL CLIENTE mediante<br />

Version 2012.05.3 7


documento escrito manifieste una modalidad diferente de<br />

disposición.<br />

7. EL CLIENTE acepta, que en los casos de incremento,<br />

retiro de capital y cancelación del depósito, antes del<br />

plazo de vencimiento pactado con LA CAJA, la forma de<br />

pago de los intereses estará sujeto al siguiente<br />

procedimiento:<br />

En caso de cancelación antes del plazo convenido, se<br />

pagará la tasa de interés mínima aplicable a este tipo de<br />

depósitos señalados en la cartilla informativa.<br />

En caso de incremento de capital de un <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />

AHORRO A PLAZO FIJO se pagará la tasa de interés<br />

pactada.<br />

En caso de disminución de capital, se aplicará la tasa de<br />

interés establecida por plazos, tasas y montos e<br />

informados en la cartilla informativa.<br />

<br />

En caso de cancelación antes del vencimiento del<br />

<strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong> AHORRO A PLAZO FIJO con tasas<br />

preferenciales (mayores a las establecidas en el<br />

tarifario informado en el anexo de este contrato), se<br />

aplicará la tasa de interés mínima aplicable a este tipo<br />

de depósitos, señalada en la cartilla informativa.<br />

Dejamos constancia de nuestra conformidad con las<br />

condiciones precedentes, las que tienen carácter de<br />

irrevocables y cuya ejecución releva a LA CAJA de toda<br />

responsabilidad.<br />

Firmado en fecha:<br />

…………..................................<br />

Firma dentro del recuadro Huella Firma dentro del recuadro Huella<br />

Version 2012.05.3 8


Firma dentro del recuadro Huella Firma dentro del recuadro Huella<br />

Sello y Vo.Bo. Auxiliar de Operaciones<br />

Controlador de Operaciones<br />

Sello y Vo.Bo. Administrador de Agencia<br />

Representantes Legales<br />

Nombres y Apellidos Tipo y No. de DOI Cargo<br />

Tipo de Cuenta Individual Indistinta Mancomunada<br />

Comentario (Para ser llenado por Oficina de Asesoría Jurídica)<br />

Sello y Vo. Bo. Oficina<br />

Asesoría Jurídica<br />

Version 2012.05.3 9

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