CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS ... - Caja Trujillo
CONTRATO DE OPERACIONES Y SERVICIOS ... - Caja Trujillo
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<strong>CONTRATO</strong> <strong>DE</strong> <strong>OPERACIONES</strong> Y <strong>SERVICIOS</strong> CMAC-T PERSONA JURIDICA<br />
No.<br />
CONDICIONES GENERALES<br />
1. Toda cuenta o depósito que EL CLIENTE abra en La <strong>Caja</strong><br />
Municipal de Ahorro y Crédito de <strong>Trujillo</strong> S.A. en adelante<br />
LA CAJA, será nominativo e intransferible, y le será<br />
aplicable las presentes condiciones y normas legales<br />
sobre la materia, que EL CLIENTE declara conocer y<br />
aceptar previa la suscripción del presente documento.<br />
2. La información otorgada por EL CLIENTE en el<br />
documento denominado Ficha de Conocimiento del<br />
Cliente, como dirección, número telefónico, correo<br />
electrónico, tiene plena validez para todos los efectos de<br />
este contrato, por lo que cualquier comunicación directa<br />
que efectúen LA CAJA o terceros será considerada<br />
válidamente hecha siempre que se envíe a la dirección<br />
domiciliaria, cuenta de correo electrónico, o número de<br />
teléfono previamente informado<br />
3. El plazo del presente contrato es por tiempo indefinido.<br />
4. Toda cuenta o depósito que EL CLIENTE abra en LA<br />
CAJA se encuentra sujeto a los gastos y comisiones<br />
informados en la cartilla informativa que se entrega y corre<br />
anexo de este contrato. EL CLIENTE acepta a la<br />
suscripción del presente contrato, la aplicación de los<br />
gastos, las comisiones y/o tasas de interés y frecuencia<br />
de capitalización establecidas para cada modalidad de<br />
cuenta o deposito, que han sido debidamente indicados e<br />
informados en la Cartilla Informativa, la que forma parte<br />
integrante del presente contrato, y que recibe EL<br />
CLIENTE a su entera satisfacción.<br />
Las modificaciones de tasas, comisiones, gastos<br />
establecidos en la Catilla Informativa, podrán ser<br />
modificadas cuando:<br />
i) LA CAJA adecúe sus servicios a los cambios en la<br />
normatividad vigente y esto genere un sobrecosto en<br />
la tasa, comisión o gasto contratado,<br />
ii) EL CLIENTE solicite un servicio adicional y distinto<br />
que no sugiera cambio del tipo de ahorro contratado;<br />
iii) Los gastos por los servicios contratados aumenten de<br />
forma tal que sea insostenible la continuidad de la<br />
contratación, y<br />
iv) Existan variaciones de los costos del servicio debido a<br />
fluctuaciones del índice inflacionario.<br />
5. Las modificaciones de tasas de interés, comisiones y<br />
gastos en caso no sean favorables al cliente, entrarán en<br />
vigencia luego de los quince (15) días calendario de<br />
puestas en conocimiento de EL CLIENTE.<br />
Las modificaciones contractuales distintas a las tasas<br />
de interés, comisiones o gastos, en caso impliquen<br />
pérdida o sustitución de condiciones previamente<br />
establecidas, entrarán en vigencia luego de los 30 días<br />
puestas en conocimiento de EL CLIENTE.<br />
Adicionalmente LA CAJA, en caso se traten de<br />
modificaciones a condiciones no esenciales del<br />
contrato, se obliga a efectuar dichas comunicaciones<br />
con la indicación clara y exacta de la fecha en que<br />
entrarán en vigencia a las modificaciones, dichas<br />
comunicaciones se efectuarán a través de la página<br />
web: www.cajatrujillo.com.pe y al interior de las<br />
agencias y oficinas especiales, declarando EL<br />
CLIENTE como suficientes y adecuados para tomar<br />
conocimiento, no pudiendo ser tachado de insuficiente<br />
en el futuro.<br />
En caso se traten de modificaciones a condiciones<br />
esenciales del contrato (comisiones, gastos y/o<br />
intereses), LA CAJA se obliga a efectuar dichas<br />
comunicaciones con la indicación clara y exacta de la<br />
fecha en que entrarán en vigencia a través de<br />
cualquiera de los medios de comunicación directa<br />
(cuenta de correo electrónico, dirección domiciliaria,<br />
número telefónico), indicados en la Ficha de<br />
Conocimiento del Cliente que forma parte de este<br />
contrato, declarando EL CLIENTE como suficiente y<br />
adecuado la notificación a uno y cualquiera de ellos<br />
para tomar conocimiento, no pudiendo ser tachado de<br />
insuficiente en el futuro.<br />
LA CAJA podrá modificar las tarifas contenidas en la<br />
cartilla informativa y las condiciones contractuales de<br />
presente contrato, comunicando previamente a EL<br />
CLIENTE. Dichas modificaciones serán puestas en<br />
conocimiento mediante publicación en las instalaciones<br />
de las agencias, oficinas especiales y página web de<br />
LA CAJA, www.cajatrujillo.com.pe. EL CLIENTE<br />
acepta que dichos mecanismos de información son<br />
suficientes y adecuados para tomar conocimiento de<br />
las modificaciones que se realicen sobre el contrato y<br />
la cartilla informativa, no pudiendo en el futuro<br />
desconocerlo o tacharlo de insuficiente; dichas<br />
modificaciones entrarán en vigencia conforme a lo<br />
señalado por la normatividad legal vigente.<br />
6. El (los) representante(s) de EL CLIENTE registrará(n)<br />
en LA CAJA su identificación, domicilio, capacidad<br />
legal, representación y firma individual, para disponer<br />
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de la(s) cuenta(s) o depósito(s); y presentarán la<br />
información que le solicite LA CAJA. La información<br />
proporcionada podrá ser verificada por LA CAJA, en<br />
cuyo caso EL CLIENTE asumirá los gastos que ello<br />
demande.<br />
Para cualquier operación, el (los) representante(s) de EL<br />
CLIENTE deben acreditar su identidad y/o derecho de<br />
representación o autorización para hacerlo.<br />
LA CAJA no cumplirá con las órdenes o mandatos de<br />
EL CLIENTE cuando estas sean, de manera indubitable,<br />
ambiguas, incompletas, imprecisas o se emitan de tal<br />
forma que no aseguren una inequívoca o libre<br />
declaración de EL CLIENTE; o si la firma de EL<br />
CLIENTE no concuerda con la firma registrada; o los<br />
poderes no sean suficientes a juicio de LA CAJA; o no<br />
tenga disponibilidad de fondos. Igual norma será de<br />
aplicación para la atención de terceros o cuando las<br />
operaciones se realicen vía documentos tales como<br />
órdenes de pago, cartas de transferencia u otro<br />
documento análogo de cuyo contenido se deba realizar<br />
actos de disposición de fondos.<br />
7. En el caso de revocatoria, modificación de facultades o<br />
cambio de régimen de firmas de el(los) representante(s),<br />
EL CLIENTE se obliga a actualizar dicha representación,<br />
haciendo llegar a LA CAJA la documentación respectiva<br />
y cuando esta sea pertinente, debidamente inscrita en<br />
los Registros Públicos correspondientes. Dicha<br />
comunicación sólo surtirá efecto para LA CAJA a partir<br />
de las cuarenta y ocho (48) horas de recibido el<br />
documento. Mientras EL CLIENTE no comunique por<br />
escrito la revocatoria de poderes o cambio de régimen<br />
de firmas, seguirá vigente y con plena validez para todos<br />
los efectos legales los registrados en LA CAJA.<br />
Cuando LA CAJA, a su criterio, considere que existe<br />
duda o conflicto sobre la legitimidad o la legalidad de la<br />
representación respecto a las facultades para disponer<br />
de las cuentas de ahorro, EL CLIENTE la faculta a<br />
inmovilizar y suspender toda orden, instrucción, contrato<br />
o pago de órdenes de pago hasta que tales dudas o<br />
conflictos sean resueltos a satisfacción de LA CAJA. EL<br />
CLIENTE deberá devolver, bajo responsabilidad, la(s)<br />
tarjeta(s) entregada(s) por LA CAJA, talonario(s) de<br />
orden(es) de pago que estuviera(n) en su poder una vez<br />
cerrada la cuenta.<br />
8. En la(s) cuenta(s) o depósito(s) se registrará(n) el(los)<br />
abono(s), depósito(s), retiro(s), cargo(s), débito(s), u<br />
orden(es) de pago, transferencia de cuenta(s), y<br />
cualquier otro servicio u operación que EL CLIENTE o<br />
LA CAJA realicen, por operaciones de ahorro o<br />
crédito, de acuerdo a cada modalidad de cuenta,<br />
depósito u operación. Estas anotaciones podrán<br />
constar en hojas sueltas o removibles y podrán<br />
emplearse medios electrónicos, facsímil u otros.<br />
9. La(s) cuenta(s) o depósito(s) abierto(s) a nombre de<br />
EL CLIENTE con representación en forma<br />
mancomunada deberá(n) ser movilizada(s) con la<br />
intervención de todos los representantes.<br />
10. En el(los) abono(s) o depósito(s) efectuado(s) con<br />
cheque(s), LA CAJA se reserva el derecho de no<br />
procesar el(los) retiro(s) mientras no haya efectuado el<br />
cobro del(los) referido(s) cheque(s) y registrado el<br />
correspondiente abono. LA CAJA efectuará el(los)<br />
cargo(s) en cuenta por devolución del(los) cheque(s) no<br />
pagado(s), incluyendo comisión(es) y gasto(s).<br />
11. LA CAJA queda autorizada a extornar de la respectiva<br />
cuenta el abono que hubiera efectuado por pago de<br />
obligaciones, servicios y cobranzas, cuando se<br />
hubiera(n) realizado mediante cheque(s) y este(os) no<br />
fuera(n) pagado(s) por el Banco girado. En este sentido,<br />
LA CAJA para todos los casos de (los) abono(s) o<br />
cargo(s) indebido(s), generado(s) por equivocación,<br />
error o por otro motivo, lo realizará comunicando<br />
posteriormente a EL CLIENTE; pudiéndose realizar<br />
dicho comunicado mediante los medios de<br />
comunicación admitidos como suficientes por EL<br />
CLIENTE.<br />
12. EL CLIENTE libera de toda responsabilidad a LA CAJA<br />
por daños ocasionados por trastornos en sus servicios<br />
causados por hechos fortuitos o de fuerza mayor,<br />
disturbios, guerra o fenómenos de la naturaleza, o por<br />
otros acontecimientos no imputables a LA CAJA.<br />
Incluso LA CAJA estará liberada de responsabilidad por<br />
incumplimiento parcial, tardío, defectuoso o inexacto de<br />
cualquier obligación estipulada en el presente contrato o<br />
en las instrucciones para determinada operación, que<br />
tenga como origen causas que escapen a su control<br />
razonable y debida diligencia, como los casos de fuerza<br />
mayor y caso fortuito.<br />
13. EL CLIENTE es responsable de mantener en un lugar<br />
seguro los documentos confidenciales concernientes a<br />
su relación financiera, tales como talonarios de<br />
órdenes de pago, certificados de depósito a plazo fijo y<br />
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números de clave, como las que corresponden a la<br />
tarjeta electrónica, o cualquier otra por las que pueda<br />
autorizar y/o realizar operaciones.<br />
EL CLIENTE libera a LA CAJA de responsabilidad por<br />
cualquier daño, perjuicio o pérdida que puedan surgir del<br />
incumplimiento de esta regla o resultante de la pérdida o<br />
el robo de tales documentos, del abuso, falsificación o<br />
adulteración de la firma de EL CLIENTE como<br />
consecuencia de tales actos, a menos que se haya<br />
comunicado en forma inmediata a LA CAJA tales<br />
hechos.<br />
EL CLIENTE libera a LA CAJA de cualquier daño y<br />
perjuicio o falsificación que resulte de la pérdida o robo<br />
de tales documentos en tránsito, si los mismos a petición<br />
autorización de EL CLIENTE, han tenido que ser<br />
enviados o entregados a él por correo o mensajero,<br />
diferente al usualmente utilizado LA CAJA.<br />
14. En caso EL CLIENTE desee efectuar órdenes por<br />
teléfono o correo electrónico deberá previamente informar<br />
a LA CAJA el empleo de dichos mecanismos, mediante<br />
comunicación escrita, de no efectuarse dicha<br />
comunicación previa LA CAJA no podrá efectuar las<br />
operaciones u órdenes solicitadas por EL CLIENTE.<br />
LA CAJA tomará todas las medidas necesarias para que<br />
las comunicaciones por teléfono o correo electrónico sean<br />
totalmente seguras y se cumpla con todo lo necesario<br />
para salvaguardar el secreto de las comunicaciones, sin<br />
embargo EL CLIENTE reconoce que al ser estos<br />
mecanismos diferentes a los habituales para la ejecución<br />
de sus órdenes involucran un mayor riesgo.<br />
15. Para las operaciones de disposición sobre cuentas de<br />
ahorros, ambas partes establecen el uso de tarjetas<br />
electrónica, las cuales podrán ser utilizada en ventanillas<br />
ubicadas en las agencias, oficinas especiales de LA<br />
CAJA.<br />
La ampliación o disminución de estos canales de<br />
atención serán debidamente comunicados por LA CAJA,<br />
a través de su página web: www.cajatrujillo.com.pe.<br />
16. Los fondos y/o depósitos (valores) que EL CLIENTE<br />
tiene o pudiera tener en cualquier modalidad o moneda,<br />
garantizan todas y cada una de las obligaciones a favor<br />
de LA CAJA, sin reserva ni limitación, incluyendo<br />
principal, intereses compensatorios y moratorios, así<br />
como los gastos que correspondan a la recuperación que<br />
pudiera iniciar LA CAJA. En este sentido, EL CLIENTE<br />
autoriza en forma irrevocable a cargar total o<br />
parcialmente, en cualquiera de las cuentas o depósitos<br />
o valores u otros bienes que tiene o pudiera tener, los<br />
importes derivados de cualquier obligación, descuentos<br />
o cobranzas vencidas en las que EL CLIENTE tuviera<br />
la condición de deudor, aceptante, descontante a favor<br />
de LA CAJA, incluyendo aquellas obligaciones cedidas<br />
o endosadas a favor de éste, por acreedores de EL<br />
CLIENTE. El cargo incluirá el principal, intereses,<br />
gastos, tributos y comisiones.<br />
17. Los abonos y cargos que fueran realizados<br />
indebidamente y registrados por LA CAJA serán<br />
objetos de corrección por parte de ésta. LA CAJA<br />
comunicará posteriormente a EL CLIENTE sobre lo<br />
realizado en sus cuentas, mediante comunicación<br />
escrita.<br />
18. LA CAJA queda facultada para realizar las<br />
operaciones de compra o venta de moneda extranjera<br />
que sean necesarias para el cumplimiento de pago de<br />
cualquier obligación a que se refiere los párrafos<br />
anteriores. LA CAJA aplicará el tipo de cambio vigente<br />
a la fecha en que se realice la operación, el cual se<br />
encontrará publicado en toda la red de agencias y su<br />
página web.<br />
19. Los embargos y medidas cautelares que recaigan<br />
sobre los fondos que tenga EL(LOS) CLIENTE(S), en<br />
cualquier cuenta o depósito, sólo surtirán efecto sobre<br />
el saldo que resulte luego que LA CAJA aplique los<br />
cargos que correspondan por los adeudos vencidos de<br />
EL(LOS) CLIENTE(S) en la fecha de la notificación y<br />
siempre que no se encuentre sujeto a gravamen<br />
alguno. LA CAJA no asumirá responsabilidad alguna<br />
por los perjuicios que pudieran generarse a EL(LOS)<br />
CLIENTE(S) por retenciones de saldos en sus<br />
respectivas cuentas o depósitos, en cumplimiento de<br />
mandatos legales, judiciales o administrativos<br />
(ejecuciones coactivas). En caso, como resultado de la<br />
retención, se produzca la cancelación de una de las<br />
cuentas afectadas, EL(LOS) CLIENTE(S) autoriza(n) a<br />
LA CAJA abrir una cuenta de ahorros simples, para el<br />
abono de saldos que hayan quedado a favor de<br />
EL(LOS) CLIENTE(S).<br />
20. En el caso que los fondos de cualquier cuenta o<br />
depósito que permanezcan inactivos durante 10 años o<br />
más, sin que se hagan nuevas imposiciones, ni se<br />
retire intereses o medie reclamación durante ese lapso,<br />
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serán transferidos al Fondo de Seguro de Depósitos, en<br />
cumplimiento de las normas legales vigentes.<br />
21. La dirección domiciliaria que señala EL CLIENTE al abrir<br />
la Cuenta de Ahorros constituye su domicilio para todas<br />
las relaciones y comunicaciones judiciales o<br />
extrajudiciales que LA CAJA le dirija, así como las<br />
operaciones, cierres y demás actos operativos<br />
relacionados con la cuenta. La variación de domicilio<br />
deberá ser comunicada por escrito a LA CAJA,<br />
conforme a lo señalado por la legislación pertinente, a<br />
efectos de su validez respecto a la institución y sólo<br />
podrá efectuarse dentro del ámbito del territorio nacional.<br />
22. Las discrepancias que pudieran surgir entre LA CAJA y<br />
EL CLIENTE sobre el alcance, interpretación o<br />
aplicación de las cláusulas del presente documento,<br />
podrán ser sometidos a cualquier medio o mecanismo<br />
de resolución de conflicto válidos por la legislación<br />
peruana.<br />
23. EL CLIENTE declara que toda información que<br />
proporcione a LA CAJA es veraz y cierta, teniendo<br />
carácter de declaración jurada conforme a las normas<br />
legales pertinentes. Si la información proporcionada por<br />
EL CLIENTE a LA CAJA con ocasión de la celebración<br />
del presente contrato o cualquier otro fuera falsa,<br />
inexacta o incompleta en forma total o parcial, LA CAJA<br />
está facultada para suspender las respectivas<br />
operaciones y/o cerrar las cuentas o depósitos de todo<br />
tipo que pudiera mantener EL CLIENTE .<br />
Dicha facultad podrá ser igualmente ejercida por LA<br />
CAJA, en las siguientes situaciones:<br />
En caso, no se acepte su vinculación legal definitiva<br />
con LA CAJA, por ser considerado, a juicio de la<br />
misma, como “cliente sensible al lavado de activos”.<br />
En caso, a juicio de LA CAJA, las operaciones que<br />
realice EL CLIENTE presenten una magnitud o<br />
velocidad de rotación inusual, o condiciones de<br />
complejidad inusitada o injustificada, y que en base a<br />
la información recopilada, de conformidad con las<br />
normas sobre el conocimiento de EL CLIENTE, se<br />
presuma proceden de alguna actividad ilícita, o que,<br />
por cualquier motivo, no tengan un fundamento<br />
económico o lícito aparente y que podrían estar<br />
vinculadas al lavado de activos y/o al financiamiento<br />
del terrorismo.<br />
<br />
<br />
En caso se tenga conocimiento, por medios de<br />
información pública, que EL CLIENTE está siendo<br />
investigado o procesado por el delito de lavado de<br />
activos, delitos precedentes, el delito de<br />
financiamiento del terrorismo y/o delitos conexos y<br />
Por la falta de transparencia cuando en la<br />
evaluación realizada a la información señalada o<br />
presentada antes de la contratación o durante la<br />
relación contractual, se desprende que dicha<br />
información es inexacta, incompleta, falsa o<br />
inconsistente con la información previamente<br />
declarada o entregada por el usuario y repercuta<br />
negativamente en el riesgo de reputación o legal<br />
que enfrenta la empresa<br />
EL CLIENTE expresa, de manera irrevocable, su<br />
voluntad de colaborar y entregar todo tipo de<br />
información y documentación, en el modo y forma<br />
requeridos por LA CAJA, en especial aquella solicitada<br />
en cumplimiento con su política interna de<br />
conocimiento de EL CLIENTE y demás políticas,<br />
procedimientos, mecanismos relacionados con la<br />
prevención del lavados de activos y del financiamiento<br />
del terrorismo.<br />
La negativa o demora inmotivada de entrega de la<br />
información y documentación solicitada, será causal de<br />
resolución del contrato. Consecuentemente, LA CAJA<br />
comunicará en forma escrita al CLIENTE la decisión<br />
dentro de los siete (07) días posteriores<br />
24. EL CLIENTE se obliga a tomar conocimiento mensual<br />
de las operaciones realizadas, en su(s) cuenta(s) de<br />
ahorro(s), a través de la información brindada mediante<br />
la página web: www.cajatrujillo.com.pe.<br />
25. Sin perjuicio de lo antes acordado, EL CLIENTE podrá<br />
solicitar el extracto de su(s) cuenta(s), acercándose a<br />
las agencias y oficinas especiales de LA CAJA,<br />
procediendo a cancelar las comisiones y gastos<br />
detallados en el Tarifario vigente al día de la solicitud.<br />
26. Las condiciones del presente contrato, sus<br />
modificatorias y/o ampliatorias, serán de aplicación<br />
automática para cualquier relación de EL CLIENTE con<br />
LA CAJA desde la fecha de su celebración y regirán<br />
también para todas las operaciones o servicios que<br />
el(los) cliente(s) realice(n) o constituya(n)<br />
posteriormente, sin perjuicio de establecer en cada<br />
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caso las tasas, plazos, intereses y vencimiento, que se<br />
fijarán o confirmarán en cada oportunidad.<br />
27. LA CAJA aplicará una comisión mensual a la(s)<br />
cuenta(s) que no registre(n) movimientos durante doce<br />
meses, o que durante seis meses haya(n) tenido un<br />
saldo inferior al mínimo establecido. Dicha comisión<br />
detallada en la cartilla informativa entregada, se<br />
mantendrá vigente hasta que LA CAJA, comunique la<br />
modificación de la misma a través de cualquiera de los<br />
medios de comunicación directa y con una anticipación<br />
no menor de 15 días.<br />
28. LA CAJA a solicitud expresa de EL CLIENTE podrá<br />
brindar el servicio de débito automático para el pago de<br />
servicios o productos brindado por LA CAJA o por<br />
terceras personas a su favor. Las comisiones que se<br />
cargue a EL CLIENTE por el servicio que se brinde,<br />
serán detallados en la cartilla informativa. EL CLIENTE<br />
podrá solicitar con una anticipación de cuarenta y ocho<br />
(48) horas, la suspensión de dicho servicio o limitar el<br />
monto máximo de débito ordenado, por cualquier medio<br />
de fecha cierta y sin expresión de causa. EL CLIENTE<br />
libera a LA CAJA de toda responsabilidad ante la<br />
suspensión del servicio de débito automático, cuando el<br />
incumplimiento de la obligación de un tercero, provenga<br />
de una causa ajena o justificada de este.<br />
29. EL CLIENTE declara haberse informado de manera<br />
previa a la firma del presente contrato, sobre el<br />
contenido y alcance del Contrato de Operaciones y<br />
Servicios CMAC-T Personas Jurídicas, a cuya<br />
satisfacción los recepciona físicamente y acepta su<br />
contenido.<br />
30. En todo lo no previsto en forma expresa en el<br />
documento, será de aplicación subsidiaria las<br />
disposiciones del Código Civil, la Ley Nº 26702 – Ley<br />
General del Sistema Financiero y del Sistema de<br />
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y<br />
Seguros- en lo que fuera pertinente, las disposiciones del<br />
Banco Central de Reserva o la Superintendencia de<br />
Banca y Seguros, las normas y los reglamentos de LA<br />
CAJA que resulten pertinentes.<br />
TARJETA ELECTRÓNICA<br />
31. La Tarjeta Electrónica (en adelante la tarjeta) es<br />
intransferible y será entregada a EL CLIENTE a la firma<br />
y aceptación de las cláusulas del presente contrato.<br />
Dicha tarjeta posee una numeración, elementos<br />
electrónicos y digitales que identifican al titular de la<br />
tarjeta, pudiendo con ella acceder a las distintas<br />
cuentas, en moneda nacional o extranjera, que EL<br />
CLIENTE hubiera afiliado; así como otros servicios que<br />
ofrece LA CAJA; por lo que toda operación realizada<br />
con la tarjeta se reputa indubitablemente realizada por<br />
EL CLIENTE en la fecha que se efectúe la operación;<br />
salvo que EL CLIENTE demuestre que por causas<br />
ajenas a su voluntad, no pudo haber realizado las<br />
operaciones reportadas como válidas.<br />
32. La tarjeta electrónica es de propiedad de LA CAJA, EL<br />
CLIENTE se obliga a hacer buen uso de la misma,<br />
quedando sujeta a la devolución cuando ésta la<br />
requiera. El costo de la reposición será a cargo de EL<br />
CLIENTE, quien facultará a LA CAJA para debitar de<br />
su cuenta, el valor de dicho costo de las operaciones,<br />
comisiones, seguros y demás tasas originadas en el<br />
uso de la tarjeta. Dicha autorización se tendrá por<br />
entendido y aceptado a la recepción de la nueva tarjeta<br />
entregada.<br />
33. El (Los) representante(s) registrado(s) de EL CLIENTE<br />
se obliga a realizar en forma personal todas las<br />
operaciones sobre sus cuentas de ahorro, a través de<br />
red de agencias, dispositivos electrónicos o cajeros<br />
corresponsales, de conformidad con los<br />
procedimientos y condiciones establecidas por LA<br />
CAJA.<br />
34. EL CLIENTE asume plena responsabilidad por el uso<br />
de la tarjeta y de la clave secreta, así como de su<br />
pérdida o sustracción; así como a mantener a buen<br />
resguardo y cuidado, la posesión directa y física de la<br />
tarjeta, a la que podrá modificar la clave secreta<br />
cuantas veces crea conveniente, más aun cuando<br />
presuma del conocimiento de un tercero.<br />
35. En caso de pérdida, extravío, sustracción o destrucción<br />
de una tarjeta entregada por LA CAJA, cualquiera de<br />
los representantes de EL CLIENTE deberá darse aviso<br />
en forma inmediata a LA CAJA, a través de su Centro<br />
de Llamadas o en la red de agencias y oficinas<br />
especiales de LA CAJA, quien procederá al bloqueo<br />
de ésta. LA CAJA no se hace responsable por retiros o<br />
pagos a terceros realizados con el uso de la tarjeta<br />
extraviada o sustraída, si no ha tenido aviso previo<br />
dentro de las 24 horas de su pérdida o extravío de la<br />
manera indicada, ni de las pérdidas, daños o<br />
contingentes derivadas de la inmovilización de la<br />
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cuenta. EL CLIENTE autoriza a LA CAJA a debitar de<br />
cualquiera de sus cuentas de ahorro el importe<br />
correspondiente a las comisiones y gastos por el uso o<br />
reposición de la tarjeta entregada por LA CAJA, los<br />
mismos que a la suscripción del presente contrato se<br />
encuentra debidamente informado, así como de las<br />
comisiones, gastos y forma de uso de la tarjeta<br />
entregada por LA CAJA.<br />
EL CLIENTE se obliga que ante cualquier tipo de<br />
operación, se informará previamente de los costos y<br />
gastos que se incurrirán, dando por entendido a LA<br />
CAJA de la aceptación del débito sobre sus cuentas y/o<br />
depósitos de las comisiones y gastos con la recepción o<br />
firma de voucher que registra la entrega o débito.<br />
36. LA CAJA queda autorizada a retener directamente o a<br />
través de la entidad a la cual LA CAJA se encuentre<br />
afiliada, la tarjeta que sea presentada para cualquier tipo<br />
de transacción y que al momento de la operación se<br />
encuentre expirada o bloqueada por cualquier motivo.<br />
CONDICIONES <strong>DE</strong> LAS CUENTAS <strong>DE</strong> AHORRO<br />
Además de las condiciones generales antes señaladas, las<br />
cuentas de ahorro se rigen por las siguientes normas<br />
específicas:<br />
1. Los depósitos de ahorros en cuentas podrán ser<br />
constituidos por personas naturales o jurídicas, según las<br />
normas legales vigentes y percibirán intereses conforme<br />
a las tasas que LA CAJA determine para este tipo de<br />
depósitos, que serán generados al cierre de las<br />
operaciones diarias.<br />
2. Las cuentas de ahorro, deberán ser utilizadas<br />
únicamente para uso exclusivo del ahorro, en caso LA<br />
CAJA identifique operaciones no declaradas diferentes<br />
al ahorro, que involucren custodia de dinero u<br />
operaciones masivas de pago, LA CAJA queda<br />
autorizada a bloquear las cuentas, o podrá aplicar las<br />
comisiones y gastos dejados de percibir por las<br />
operaciones no declaradas; pudiendo LA CAJA cargar<br />
los montos adeudados sobre los saldos de las cuentas<br />
que tenga vigente. Lo adeudado se aplicará desde la<br />
fecha de identificación de la operación no declarada.<br />
3. Los abonos o retiros de ahorros serán atendidos por LA<br />
CAJA mediante el uso de tarjeta electrónica, así como<br />
mediante órdenes de pago no negociables emitidas<br />
nominativamente. El uso de la tarjeta entregada por LA<br />
CAJA es obligatoria para las operaciones de retiro de<br />
fondos de cuentas, la cual se hará efectiva con la<br />
asignación de un código numérico o clave de acceso,<br />
que deberá ser conservado en secreto, bajo absoluta<br />
responsabilidad de EL CLIENTE.<br />
4. LA CAJA atenderá los retiros a simple requerimiento,<br />
salvo casos especiales en los que se encuentran<br />
sujetos a revisión de la capacidad de los<br />
representantes o de alguna otra formalidad de carácter<br />
legal, o se haya acordado un número limitado de<br />
operaciones, dentro de un plazo determinado, en<br />
dichos supuestos LA CAJA podrá tomarse un plazo<br />
para la ejecución de la operación, el que será<br />
informado al cliente al momento en que éste solicita la<br />
operación. La identificación para los retiros será<br />
solamente con el Documento Nacional de Identidad o<br />
Carné de Extranjería expedido en Perú. En caso se<br />
actúe a través de algún representante deberán<br />
someterse a las siguientes reglas:<br />
- Carta Poder Simple con firma legalizada, en caso<br />
el representante desea ejecutar algún retiro por un<br />
monto de hasta el 50% de una (01) UIT.<br />
- Poder Fuera de Registro, en caso el representante<br />
desee ejecutar algún retiro por un monto mayor al<br />
50% de una (01) UIT y hasta el 100% de una (01)<br />
UIT.<br />
- Poder por Escritura Pública debidamente inscrito<br />
ante la SUNARP en caso el representante desee<br />
ejecutar algún retiro por un monto mayor al 100%<br />
de una UIT.<br />
CONDICIONES <strong>DE</strong> LAS CUENTAS <strong>DE</strong> AHORRO CON<br />
OR<strong>DE</strong>NES <strong>DE</strong> PAGO<br />
Además de las condiciones generales antes señaladas, las<br />
cuentas de ahorro con órdenes de pago se rigen por las<br />
siguientes normas específicas:<br />
1. LA CAJA, luego de la suscripción del contrato por<br />
parte de EL CLIENTE, entregará a éste un talonario de<br />
órdenes de pago, numerados en forma correlativa,<br />
mediante las cuáles podrá efectuar retiros con cargo a<br />
su cuenta de ahorros. En este sentido, una vez<br />
solicitado las Órdenes de Pago, EL CLIENTE podrá<br />
recoger dentro del plazo de 60 días los talonarios<br />
emitidos; por lo que una vez vencido el plazo LA CAJA<br />
procederá a eliminar los talonarios, bajo cualquier<br />
medio de destrucción no asumiendo responsabilidad<br />
alguna.<br />
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2. Las órdenes de pago que se emitan deberán ser<br />
nominativas a nombre del ahorrista o tercera persona<br />
natural o jurídica. No podrá emitir una orden de pago a<br />
nombre de dos o más personas naturales o jurídicas.<br />
3. Por tratarse de una cuenta de ahorros, no está permitido<br />
el sobregiro de la misma; en consecuencia sólo serán<br />
atendidas por LA CAJA las órdenes contra la cuenta que<br />
tenga los fondos suficientes. En caso ocurra el giro sobre<br />
una cuenta que mantenga un saldo menor a la orden de<br />
pago, la cuenta será bloqueada y generará una comisión<br />
que asumirá EL CLIENTE. LA CAJA cerrará la cuenta<br />
de ahorros en caso suceda cualquiera de los siguientes<br />
supuestos:<br />
- Cuando en un período de 6 (seis) meses, LA CAJA<br />
deje constancia de la falta de pago por carecer de<br />
fondos, totales o parciales, en 2 (dos) órdenes de<br />
pago;<br />
- Cuando en un período de un año, LA CAJA rechace<br />
por 10 (diez) veces el pago de una o más órdenes de<br />
pago, por carecer de fondos totales o parciales, sea<br />
que deje o no la constancia de ello en el mismo<br />
título. El rechazo de una misma Orden de Pago se<br />
computará a razón de uno por día;<br />
- Cuando LA CAJA sea notificada del inicio del<br />
proceso penal por libramiento indebido o de<br />
cualquier proceso civil para su pago, de una orden<br />
de pago girada a su cargo, rechazado por falta de<br />
fondos;<br />
- Cuando algún titular de cuenta de ahorros resulte<br />
incluido en la relación de cuentas cerradas que<br />
publique la Superintendencia de Banca, Seguros y<br />
AFP; y<br />
- Por otros hechos que por disposición legal conlleven<br />
el cierre de la cuenta de ahorros.<br />
4. Una vez emitida una orden de pago, ésta tendrá un plazo<br />
de 30 días calendarios para ser cobrada en LA CAJA.<br />
5. No se pagarán órdenes de pago emitidas con fecha<br />
anterior a la fecha de pago ordenada.<br />
CONDICIONES <strong>DE</strong> LOS <strong>DE</strong>PÓSITOS <strong>DE</strong> AHORRO A<br />
PLAZO FIJO<br />
LOS <strong>DE</strong>PÓSITOS <strong>DE</strong> AHORRO A PLAZO FIJO, se rigen<br />
por las normas establecidas en las disposiciones legales<br />
vigentes, las condiciones generales antes señaladas y las<br />
normas específicas que se señala a continuación:<br />
1. Las condiciones y características del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />
AHORRO A PLAZO FIJO, será informada al cliente<br />
mediante la cartilla informativa, constituyendo este<br />
documento prueba suficiente del depósito realizado y<br />
de sus condiciones de retorno.<br />
2. EL CLIENTE podrá incrementar o retirar capital<br />
depositado en cualquier momento. LA CAJA aceptará<br />
cualquier incremento de un <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong> AHORRO<br />
A PLAZO FIJO, siempre que este sea igual o mayor al<br />
monto mínimo señalado en la cartilla informativa. El<br />
incremento o retiro del capital del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />
AHORRO A PLAZO FIJO, realizado por EL CLIENTE o<br />
LA CAJA, según el presente documento, podrá<br />
generar tanto la variación de la tasa de interés pactada<br />
originalmente, dentro de los límites de monto y plazo<br />
informados en la cartilla informativa, y que para los<br />
casos de modificaciones tasas y comisiones<br />
posteriores serán informados a través del tarifario que<br />
LA CAJA ponga a disposición a través de su página<br />
web: www.cajatrujillo.com.pe y en las agencias y<br />
oficinas especiales.<br />
3. En caso EL CLIENTE aumente, retire capital y/o<br />
modifique el plazo del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong> AHORRO A<br />
PLAZO FIJO, éste autoriza a LA CAJA tanto a<br />
capitalizar los intereses generados a la fecha de<br />
operación, como a efectuar el recálculo<br />
correspondiente a los intereses generados a la fecha,<br />
pudiendo LA CAJA afectar el capital en caso de pago<br />
de intereses en exceso.<br />
4. Si el capital o los intereses del <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />
AHORRO A PLAZO FIJO no fueran retirados a su<br />
vencimiento y LA CAJA no recibiera instrucciones de<br />
EL CLIENTE al respecto, el depósito se renovará por<br />
un período igual con la tasa de interés aplicable a este<br />
tipo de depósito señalada en la cartilla informativa,<br />
capitalizando el principal más los intereses generados<br />
en el periodo anterior.<br />
5. La tasa de interés y la frecuencia de capitalización,<br />
serán fijadas por LA CAJA según el plazo efectivo del<br />
depósito. Su pago se realizará en la forma y frecuencia<br />
que EL CLIENTE señale en el momento de la<br />
apertura.<br />
6. La disponibilidad de los intereses se tendrá en el día<br />
del vencimiento. El principal y los intereses podrán ser<br />
retirados a la fecha de cancelación indicada en el<br />
certificado; salvo que EL CLIENTE mediante<br />
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documento escrito manifieste una modalidad diferente de<br />
disposición.<br />
7. EL CLIENTE acepta, que en los casos de incremento,<br />
retiro de capital y cancelación del depósito, antes del<br />
plazo de vencimiento pactado con LA CAJA, la forma de<br />
pago de los intereses estará sujeto al siguiente<br />
procedimiento:<br />
En caso de cancelación antes del plazo convenido, se<br />
pagará la tasa de interés mínima aplicable a este tipo de<br />
depósitos señalados en la cartilla informativa.<br />
En caso de incremento de capital de un <strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong><br />
AHORRO A PLAZO FIJO se pagará la tasa de interés<br />
pactada.<br />
En caso de disminución de capital, se aplicará la tasa de<br />
interés establecida por plazos, tasas y montos e<br />
informados en la cartilla informativa.<br />
<br />
En caso de cancelación antes del vencimiento del<br />
<strong>DE</strong>PÓSITO <strong>DE</strong> AHORRO A PLAZO FIJO con tasas<br />
preferenciales (mayores a las establecidas en el<br />
tarifario informado en el anexo de este contrato), se<br />
aplicará la tasa de interés mínima aplicable a este tipo<br />
de depósitos, señalada en la cartilla informativa.<br />
Dejamos constancia de nuestra conformidad con las<br />
condiciones precedentes, las que tienen carácter de<br />
irrevocables y cuya ejecución releva a LA CAJA de toda<br />
responsabilidad.<br />
Firmado en fecha:<br />
…………..................................<br />
Firma dentro del recuadro Huella Firma dentro del recuadro Huella<br />
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Firma dentro del recuadro Huella Firma dentro del recuadro Huella<br />
Sello y Vo.Bo. Auxiliar de Operaciones<br />
Controlador de Operaciones<br />
Sello y Vo.Bo. Administrador de Agencia<br />
Representantes Legales<br />
Nombres y Apellidos Tipo y No. de DOI Cargo<br />
Tipo de Cuenta Individual Indistinta Mancomunada<br />
Comentario (Para ser llenado por Oficina de Asesoría Jurídica)<br />
Sello y Vo. Bo. Oficina<br />
Asesoría Jurídica<br />
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