30.12.2015 Views

SDT65 ok

SDT65 ok.pdf

SDT65 ok.pdf

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Varios<br />

El Colegio informa<br />

que no existía ninguna regulación<br />

a pesar de su necesidad.<br />

Uno de los artículos que más<br />

interés ha suscitado a lo largo de<br />

todo el proceso de elaboración del<br />

Protocolo ha sido el art. 9, relativo<br />

a las sustituciones entre letrados.<br />

Dicha regulación ha tenido como<br />

origen una situación que se da en<br />

la aparición de la mayoría de las<br />

normas: la existencia de abusos por<br />

parte de unos pocos que obligan a<br />

una regulación para todos. En las<br />

sustituciones se ha elegido el sistema<br />

de excepcionalidad de las mismas,<br />

en base a una obligación “intuitu<br />

personae”, una de las posibles<br />

opciones.<br />

Curiosamente, frente a ese interés<br />

que suscitó en su momento tal<br />

regulación de la materia al momento<br />

de la realización del borrador del<br />

Protocolo, ninguno se prestó al régimen<br />

sancionador que se establecía<br />

en el anterior Protocolo, y fueron<br />

pocos los comentarios previos<br />

que se realizaron más allá de los la<br />

Comisión del Turno de oficio y los<br />

de la propia Junta de Gobierno, que<br />

han concluido en su supresión.<br />

Finalmente, de la necesidad de<br />

seguir trabajando sobre esta materia<br />

y de su importancia hablan las<br />

cifras 11 : la población atendida por<br />

nuestro Colegio en el años 2010 ha<br />

sido de 35.614 personas (5,09 % de<br />

la población); y ha sido atendida<br />

por 514 abogados adscritos al turno<br />

de oficio y 408 abogados adscritos<br />

a la asistencia letrada al detenido;<br />

aquellos han atendido 12.538 asuntos<br />

y estos últimos 12.583; y para<br />

ese año el total de los importes certificados<br />

fue de 3.081.107 euros. 12<br />

Por ello animo a todos aquellos<br />

que prestan servicio en el ámbito<br />

del turno de oficio y asistencia a<br />

detenidos, presos, imputados y víctimas<br />

de violencia de género a la<br />

mayor participación en la búsqueda<br />

y el establecimiento de los objetivos<br />

de este servicio público y de<br />

los medios para su consecución. •<br />

11 Datos publicados en el V Informe del Observatorio<br />

de la Justicia Gratuita, referidos al año 2010.<br />

Está pendiente de publicarse el correspondiente al<br />

año 2011.<br />

12 La cuantía de las compensaciones económicas a<br />

los Abogados se encuentran recogidas en la Orden de<br />

la Consejería de Justicia y Administración Pública<br />

de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los<br />

módulos y bases de compensación económica de los<br />

servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno<br />

de oficio, modificada por Orden de 16 de abril de<br />

2010. La Orden de 26 de enero de 2012 de la misma<br />

Consejería determina el número de guardias que<br />

corresponde realizar a los Colegios de Abogados de<br />

Andalucía para el ejercicio 2012, así como el baremo<br />

a aplicar para la compensación económica de dichos<br />

servicios.<br />

OBITUARIOS<br />

Fallecimientos recientes en la<br />

comunidad colegial almeriense:<br />

- Ha fallecido el padre de D.<br />

Guillermo Abad López.<br />

- Ha fallecido el padre de D.<br />

Antonio Gómez Herrera.<br />

- Ha fallecido el esposo de<br />

nuestra compañera de El Ejido<br />

D.ª María Ángeles Herrero<br />

de Haro.<br />

- Ha fallecido el compañero<br />

D. Antonio Gómez Herrera,<br />

padre de los también colegiados<br />

D.ª María Inmaculada<br />

y D. Antonio David<br />

Gómez Ponce.<br />

Normativa sobre incompatibilidad<br />

Ante la reiteración de consultas sobre qué profesiones son incompatibles con la de<br />

abogado, el Consejo General de la Abogacía remitió la Circular 7/2012 que reproducimos<br />

Tras la entrada en vigor de la<br />

legislación de desarrollo de<br />

la Directiva de Servicios, con la<br />

promulgación de la Ley 17/2009,<br />

de 23 de noviembre, sobre el libre<br />

acceso a las actividades de<br />

servicios y su ejercicio (Ley Paraguas),<br />

y la Ley 25/2009, de 22<br />

de diciembre, de modificación<br />

de diversas leyes para su adaptación<br />

(Ley Omnibus), el marco<br />

de incompatibilidades entre profesiones<br />

se reduce a aquellas que<br />

vengan establecidas por norma<br />

de rango de Ley.<br />

En relación con la profesión<br />

de abogado, dos son los cuerpos<br />

normativos que, con rango de<br />

Ley, determinan la incompatibilidad<br />

con otras profesiones:<br />

- Con la profesión de procurador:<br />

La Ley 1/2000, de 7 de enero,<br />

de Enjuiciamiento Civil, dispone<br />

en su artículo 23.3 (añadido por<br />

la Ley 13/2009, de 3 de noviembre,<br />

de reforma de la legislación<br />

procesal para la implantación de<br />

la nueva Oficina Judicial) que<br />

“es incompatible el ejercicio simultáneo<br />

de las profesiones de<br />

abogado y procurador”.<br />

- Con la profesión de auditor<br />

de cuentas:<br />

La incompatibilidad viene<br />

dada por el Real Decreto Legislativo<br />

1/2011, de 1de julio, por el<br />

que se aprueba el Texto Refundido<br />

de la Ley de Auditoría de<br />

Cuentas, que declara en su artículo<br />

13.g) que la prestación de<br />

servicios de auditoría simultáneamente<br />

en la entidad auditada,<br />

como una causa de incompatibilidad.<br />

SALA DE TOGAS<br />

ABRIL 2012<br />

Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Almería 103

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!