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Actualidad Societaria Abril a Junio 2012 - ESTUDIO YMAZ Abogados

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minar las operaciones que la sociedad necesita realizar para el funcionamiento<br />

de la empresa de que es titular y ello conlleva no a una restricción<br />

en la legitimación para actuar sino la exigencia impuesta a los órganos societarios<br />

de respetar tal elemento esencial y actuar encuadrándose en el<br />

mismo.<br />

8.- Señaló también el organismo que el objeto debe<br />

referir a una actividad principal que constituya un núcleo, y razonablemente<br />

podrán incluirse todas aquellas otras actividades conexas, accesorias<br />

o complementarias para el logro de dicho objetivo.<br />

9.- A causa de ello, se desprendía para la Inspección<br />

General de Justicia que la principal actividad de la sociedad era la de<br />

publicidad y marketing, no resultando las demás actividades descriptas en<br />

el objeto, ni conexas, ni accesorias ni complementarias de aquella, ya que<br />

en caso contrario se estaría asociando actividades que no se encontraban<br />

dirigidas a un mismo objetivo. 10<br />

X.- Sociedad de responsabilidad limitada. Fallecimiento de un socio.<br />

Administrador de la sucesión. Participación en reunión de socios.<br />

1.- Una sociedad de responsabilidad limitada solicitó<br />

ante el organismo la inscripción de la renuncia y designación de un gerente,<br />

que se tuvo por aprobada en una reunión de socios.<br />

2.- En dicha reunión, se cuestionó la participación<br />

del administrador provisorio de la sucesión de un socio fallecido, debido a<br />

que el contrato social no prevé una cláusula expresa de incorporación de<br />

herederos.<br />

3.- Para la sociedad, los intereses que representa<br />

el administrador provisorio de la sucesión corresponden a los derechos<br />

económicos y no a los derechos políticos, y, que en consecuencia, la resolución<br />

social se adoptó por la mayoría del capital presente en la reunión de<br />

socios conforme lo dispuesto por el artículo 160 de la Ley de Sociedades<br />

Comerciales.<br />

10 Resolución Particular IGJ N° 736/2011 del 7 de junio de 2011 dictada en el expediente<br />

N° 1.834.761/433.96, siendo el caso “Prototipo Public S.R.L.”.<br />

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