638 MADRID. ESTADO de los valores producidos por los derechos dc puertas para la Hacienda en los años 4840 y 484?, total y año común, con la parte que corresponde á cada habitante. Alicante Almería Avila Badajoz Barcelona Burgos Cádiz Córdoba Coruña Cuenca Granada Guadalajara Huelva Jaén León Logroño Madrid Málaga PROVINCIAS. Mallorca (Palma) M u r c i a Murcia. . . t (*)• Cartagena. Oviedo. Palencia Oviedo . . Gijon . . . Pontevedra ¡Pontevedra {Vigo Salamanca Santander Segovia Sevilla Soria Toledo Valencia \ . . . Valladolid Zamora Totales. AÑO DE 1846. AÑO DE 4847. TOTAL. AÑO COMÚN. Corresponde á cada hab. 524,704 429,84 5 27 954,549 27 477,259 29 4 46 585,458 28 394,200 20 976,365 27 488,482 24 2 3 202,679 2 4 49,299 33 354,979 4 475,989 48 4 9 384,060 9 357,840 4 0 741,900 49 370,950 9 4 6 40.536,457 34 9.420,424 6 49.656,579 3 9.828,289 48 22 7 4.040,747 24 843,591 5 4.884,308 26 942,454 4 3 4 6 3.235,492 4 2.823,391 4 6.058,583 2 3.029,294 48 9 44 4.322,423 4 9 4.064,504 28 2.383,928 4 3 4.494,964 7 3 26 4.084,640 4 5 957,495 4 3 2.042,435 28 4.024,067 34 2 44 239,087 25 482,932 40 422,020 4 244,040 4 » 30 58 2.727,736 15 2.048,453 30 4.746,490 44 2.373,095 6 6 43 344,464 6 241,079 5 532,840 4 4 276,420 6 4 24 173,240 29 4 40,025 31 315,866 26 457,933 43 1 6 595,706 46 500,463 25 4.095,870 7 547,935 4 2 2 576,458 46 383,411 17 964,569 33 480,784 33 4 28 324,804 22 4 34,596 9 459,400 31 229,700 45 4 48 21.262,288 6 49.4 99,734 30 40.462,020 2 20.234,040 4 54 27 3.607,348 20 4.743,293 26 5.350,642 42 2.675,324 6 7 30 634,744 28 4.597,095 33 2.234,840 27 1.4 15,920 44 3 43 4.045,720 27 592,287 24 464,087 29 238,924 43 914,709 24 407,963 24 391,4 59 5 200,902 5 3.04 7,684 34 4.508,840 33 5 42 4.292,070 48 646,035 9 4 46 546,600 24 490,584 5 4.007,484 29 503,592 44 3 43 468,972 4 496,747 32 467,995 2 4 94,604 25 728,289 26 364,444 30 4 » 840,478 9 656,340 4 4.496,848 43 748,409 7 3 48 849,699 23 765,505 44 4.585,205 792,602 47 4 23 444,369 42 289,748 40 704,087 22 352,043 28 2 20 4.302,223 4 4 3.985,084 4 8.287,304 4 5 4.443,658 8 44 9 460,710 30 " 4 4 8,939 29 279,650 25 4 39,825 4 3 4 7 578,684 24 518,24 3 48 4.096,898 8 548,449 4 4 33 2.679,944 4 9 2.650,519 48 5.330,434 3 2.665,24 5 48 5 30 4.584,840 27 4.339,589 4 2.924,429 28 4.460,744 34 7 30 544,378 34 435,633 3 977,042 488,506 3 4 64.509,646 33 55.863,009 3 420.372,626 2 60.486,348 A 7 4 (*) Este impuesto, como conocen nuestros lectores, es local; pero como nosotros tenemos precisión de enlazar su resultado con de consumos, que es provincial, hemos creído conveniente seguir el orden alfabético de provincias; pero debe notarse bien, que en de Murcia hay dos puntos en que se paga á saber: Murcia y Cartagena; en la de Oviedo , Oviedo y Gijon; en la de Pontevedra, Vow ~ vedra y Vigo: las cuotas que cada una de estas pobl, pagan están en el estado con separación.
MADRID. Conviene desde luego notar una importante palabra en el estado, á saber: que se trata de los valores producidos por los derechos de puertas para la Hacienda. Mas adelante, en el art. de Madrid villa, presentaremos curiosas é importantes noticias sobre los valores producidos por los derechos de puertas para la municipalidad, y veremos que la cap. de España contribuye por este concepto con una suma de 15.000,000 dc rs". poco mas ó menos. Porque no hay que desconocerlo; Madrid no es ni un centro agrícola, ni un centro ind., ni un centro mercantil de la nación española. Esta prov., agrícolamente considerada, no es un terr. privilegiado, ni de abundantísimas producciones, hasta el punto de poder dar la superabundancia de los frutos de la tierra la importancia que por otros conceptos pueda tener la prov. La industria no puede prosperar, como en otras capitales, centro tal vez perjudicial de la vida de las naciones , y punto de reunión de las grandes comunicaciones por caminos ordinarios, por ferro-carriles, por grandes rios, ó por cómodos canales. Madrid hoy es en cierta manera inaccesible á los esfuerzos industriales, porque su terr. carece de las principales primeras materias, porque no pueden conducirse, sin grandes gastos, hasta el punto de sostener la concurrencia con artículos elaborados en otras prov. dc España-. Madrid tampoco puede ser hoy una pobl. mercantil , porque no siendo un pais agrícola productor hasta el punto de esportar, porque no siendo tampoco terr. de condiciones industriales para poder llevar á capitales y provincias importantes, vecinas ó lejanas, los prod. sobrantes de sus fábricas, su comercio se ha de reducir al consumo de los hab. v á la escasa venta de géneros, que, traídos de otros puntos del interior ó del e\.trangero , se remitan á determinadas localidades. Es pues Madrid una pobl. de consumos y de consumos caros, por dos razones; porque el alto precio de los transportes impiden la baratura, poique los derechos de puertas promueven forzosamente el esceso de valor en venta de muchos artículos. Asi puede decirse que Madrid vive ficticiamente, de tal suerte, que la época e n que el tesoro publico no remitiera á la pobl. los grandes caudales que envía por conducto de la guarnición y de los empleados de todas clases y categorías, Madrid, preciso es reconocerlo , no tendría condición alguna de existencia pro- P'a. Esta es la razón por la cual hace muchos años , según ya hemos dicho, abogamos por el establecimiento de un ca- ^'no de hierro desde Madrid á los dos mares. Entonces Madrid podrá ser ind., entonces Madrid podrá ser mercantil en el sentido mas beneficioso de esta palabra, y sin duda entonces se dará mas importancia á las altas cuestiones que tienen relación directa con la ind. y el comercio de nuestra patria. Después de estas observaciones, que hemos considerado convenientes, procurando así preparar la opinión en favor de nuestras ideas sobre intereses materiales , cuyo triunfo anhelamos ardientemente, entrando ya en el examen del estado que tienen nuestros lectores á la vista, vemos que Madrid dio á la Hacienda por derechos de puertas en el ano de 1846 la suma de 21.262,288 rs. 6 mrs., y en el ano de 18471a de 19.199,731—30, ósea en un año común la de 20.231,010—1 maravedí, correspondiendo á cada hab. (de « Prov., nótese bien esto , que en otro art. hemos de hablar detenidamente dc sola la cap.) 54 rs. 27 mrs. Como que el derecho de puertas produjo en España en el año de 1816 la cantidad de 64.509,016 rs. 33 mrs., y en el año de 18*7 la de 55.863,009—3, puede decirse que la cap. de Espana figura en este impuesto en el primer año con el 32*81 por 100, en el segundo con 34'37 por 100. Ya hemos dicho que los derechos de puertas deben considerarse como un rnedio de realizar el impuesto sobre consumos ; y de aquí se Oeduce, que para apreciar los resultados, es indispensable tratar en globo, es decir, reunir los ingresos por ambos conceptos. Por esta razón vamos á ocuparnos de la CONTRIBUCIÓN DE CONSUMOS Y DBRECIIOS DE PUERTAS Ó J>E LOS VALORES DE AMBOS REUNIDOS Y ENGLOBADOS. DEbiendo mirarse este impuesto, según acabamos de decir, contó una misma cosa, se hace preciso unir las partidas del u no y del otro para hacer después la distribución en el nú- ÍT^ro de hab. que tiene cada prov. En el derecho de puertas hemos adoptado el año común del bienio de 1846 y 1847, Y en consumos nos hemos atenido al cargo de este último año, J el resultado de esta operación aparece en el siguiente 639 ESTADO que marca englobados y reunidos los productos dc la contribución de consumos y los derechos dc puertas, aquella tomada del cargo hecho á las provincias en el afio dc *SJt» , y estos dc los valores obtenidos parala Hacienda pública en el año común del bienio de 1S4« y ltHV, y parte con que ha contribuido cada habitante. PROVINCIAS. Albacete.. . . Alicante.. . . Almería. . . . Avila.'. . . . Badajoz.. . . Barcelona. . . Burgos. . . . Cáceres. . . . Cádiz. . . . Canarias.. . Castellón. . Ciudad-Real. Córdoba..' . Coruña. . . Cuenca. . . Gerona. . . Granada.. . Guadalajara. Huelva. . . Huesca. . . Jaén León. . . . Lérida.. . . Logroño.. . Lugo. . . . Madrid. . . Málaga. . . Mallorca.. . Murcia. . . Orense. . . Oviedo. . . Palencia.. . Pontevedra. Salamanca.. Santander.. Segovia.. . Sevilla.. . . Soria. . . . Tarragona.. Teruel.. . . Toledo. . . Valencia.. . Valladolid.. Zamora. . . Zaragoza. . Total. Consumos y dere Cuota con que chos de puertas ha contribuido en 1847. c ada habitante. 1.152,559 29 6 42 2.740,011 29 8 49 1.771,112 24 7 48 1.010,307 27 7 44 2.583,653 9 8 6 12.761,431 8 28 28 2.613,368 48 11 25 2.006,458 12 8 22 6.678,762 18 20 49 470,283 » 2 42 1.134,696 » 5 22 1.711,142 » 6 5 3.839,782 7 12 5 3.742,813 19 8 49 1.922,031 11 8 7 1.393,739 20 6 47 4.404,770 6 11 29 1.937,182 25 12 5 1.272,933 13 10 9 1.500,000 » 6 33 3.020,293 3 11 44 1.669,095 33 6 8 1.305,968 29 8 21 2.124,057 15 14 1 1 1.073,487 28 3 » 22.344,740 14 60 17 3.853,693 45 44 9 1.892,290 16 8 8 3.240,09 3 20 4 4 17 1.682,148 8 5 9 1.490,883 16 3 14 2.072,039 14 43 32 1.946,843 18 5 14 2.227,013 7 40 49 1.347,170 17 8 2 1.318,931 » 9 25 6.776,600 8 48 44 1.148,268 14 9 í 31 1.454,979 » 6 3 8 4.133,444 » 5 9 3.860,460 13 43 31 5.158,720 48 44 43 2.857,784 31 45 45 1.965,924 » 42 40 2.574,580 » 7 2 . 136.316,562 » 4 4 24 Se ve por este estado, que esta contribución doble en sus medios, pero única en su naturaleza y origen, produjo 436.316,562 rs. figurando la prov. de Madrid con 22.344,740 rs. 4 4 mrs. , ó sea I6'39 por 100 de aquella suma. Esos mismos 436.316,562 rs. repartidos entre los hab. de las prov. que figuran en el estado , representan una cuota individual de 4 4 rs. 21 mrs. Nada mas decimos, bastando recordar que el hab. de la prov. de Madrid por la contribución de consumos y derechos de puertas, satisface 60 rs. 17 mrs., y si se añaden los 15.000,000 de rs. que se recaudan para la municipalidad, la cuota individual entonces asciende á 101 rs. 6 mrs. HIPOTECAS. En la ley de 23 de mayo de 1845 figuraban los derechos de hipotecas por la suma de 18.000,000 de rs., resultado de la cuota que se exigia por la traslación de bienes inmuebles en propiedad ó en usufruto, por los arriendos ó subarriendos de los mismos, y por la imposición ó redención de censos ú otras cargas. Tenemos el resultado de este impuesto correspondiente al año de 1846, que presentamos á •nuestros lectores en el siguiente estado.
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