1 - Funcas
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MESES. Ingreso mensual.<br />
MADRID. 645<br />
Ingreso que corres<br />
ponde al año.<br />
7.904,770 25 94.857,248 28<br />
5.962,709 22 71.553,237 30<br />
5.882,691 6 70.592,294 4<br />
Abril 5.788,591 1 7 69.463,094 16<br />
Si prescindimos del cálculo anual sobre la base de las<br />
mensualidades, y buscamos la del trimestre, veremos que<br />
él primero presupone la suma de 79.000,920 rs. v 22 mrs.;<br />
el segundo la de 72.822,908 rs.; el tercero la de 81.035,318<br />
rs. y 32 mr., y el cuarto la de 127.708,278 rs. y 31 mrs.<br />
No debe sin embargo desconecerse, que la base del último<br />
trimestre no puede adoptarse en un artículo, del que forzosamente<br />
se ha de consumir mas cantidad en los tres meses<br />
á que se refiere, y mas en los dos últimos, época de<br />
mucha salazón, particularmente de cerdo. Creemos por<br />
consiguiente que están bien presupuestados los 100.820,000<br />
rs., y que se obtendrán, si los agentes del Gobierno consiguen<br />
custodiar bien las salinas y evitar el contrabando<br />
en cuanto sea posible en las circunstancias actuales.<br />
Veamos ahora qué gastos tiene la renta de la sal, presentando,<br />
como dato oficial, el resumen siguiente del presupuesto<br />
general de sueldos y gastos de la adm. provincial,<br />
y del de gastos reproductivos de la renta de sal para el<br />
¡mo de 1848.<br />
Admiuistracion pro-<br />
^ vincial<br />
Fáhricas de sal. . .<br />
Portes y fletes. . .<br />
Alquileres de edificios<br />
r,.P e<br />
, du<br />
f ida<br />
I'KUSONAL. MATEKIAL. TOTAL.<br />
496,300<br />
5.414,870<br />
1.009,220<br />
4.483,423<br />
14.021,000<br />
182,522<br />
1.505,300<br />
9.898,295<br />
14.021,000<br />
182,522<br />
Total 5.911,170 19.696,167 ;25.607,3I7<br />
... L l . . ± - .<br />
esta suma de los 100.820,000 rs. (ingresos calá"..<br />
\' resulta un beneficio de 75.212,683 rs. Pero to-<br />
. vía estos han de rebajarse con la parte que corresponde<br />
a renta de la sal en el presupuesto del resguardo tere<br />
Y rnarít., porque por tierra v por mar se hace el<br />
tabacos^<br />
S C h a C C d c d u c c i o n d e l o s<br />
; l s t o s<br />
8<br />
6.163,788 14 73.965,460 32<br />
6.253,347 19 75.040,170 24<br />
6.605,439 5 79.265,269 26<br />
6.595,470 22 79.145,647 26<br />
7.002,919 32 84.755,039 10<br />
7.509,252 22 90.111,033 30<br />
10.410,355 22 121.924,267 26<br />
14.007,461 8 108.089,534 28<br />
contrabando. Hemos dicho que la sal, salitre y pólvora,<br />
en nuestro juicio , figuraban por 7.426,256 rs. en los<br />
40.414,099 rs. vn. del presupuesto del resguardo ; y deduciendo<br />
250,000 rs., que es la cantidad mayor que puede<br />
aplicarse á la pólvora y al salitre, quedan para la sal<br />
7.170,256 rs., lo cual rebaja las utilidades que obtiene la<br />
Hacienda por este artículo a la suma de 68.036,427 rs. (*).<br />
Vemos, pues, que los beneficios líquidos suben á la suma<br />
de 68.036,427 rs., que es lo que verdaderamente constituye<br />
esta renta, porque las demás cantidades se invierten<br />
ya en el personal, ya en el material, ya en los medios deasegurar<br />
la esclusion de la renta de este artículo. ¿Y cuál<br />
es la contr. que por este concepto paga el pueblo español ?<br />
La suma que resulta superior al valor de la materia elaborada<br />
, habida consideración á los jornales que se emplean,<br />
y al beneficio legítimo de una sencilla operación de comercio.<br />
Pero de este cálculo nunca puede deducirse el alivio<br />
que pudieran recibir los contribuyentes con el desestanco<br />
de la sal, porque esto dependería de las condiciones con<br />
que se vendieran las salinas, y de los precios que después<br />
se fijasen al artículo elaborado. Mas no entremos en esta<br />
cuestión sumamente espinosa, en la que tanto se ha escrito<br />
, sobre la que hemos leido mucho, estudiando detenidamente<br />
las ventajas y desventajas del desestanco en los<br />
muchos informes de las diputaciones provinciales y sociedades<br />
económicas del pais, cuyos documentos hemos logrado<br />
reunir para el dia que se discuta un punto tan delicado.<br />
Teniendo presentes los gastos y los ingresos de<br />
esta renta, se ve que la relación dc aquellos con estos es<br />
de 32'31 por 100; y aplicando este resultado á los ingresos<br />
de la prov. de Madrid en 1847 , que fueron de 3.704,470 rs.<br />
y 33 mrs., se conoce que las utilidades que en la misma<br />
obtuvo la Hacienda por este concepto fueron de 2.500,148<br />
reales. Concluiremos el examen de esta renta diciendo,<br />
que siendo 90.146,838 rs. y 6 mrs. los ingresos habidos<br />
cn 1817, á cada hab. corresponden 7 rs. y 27 mrs., proporción<br />
inferior todavía á la que resulta en la prov. de<br />
Madrid, donde cada uno contribuye con la suma de 10 rs.<br />
y 1 maravedí.<br />
PAPEL SELLAHO. Principiaremos el examen de esta<br />
renta publicando el siguiente estado :<br />
ocasionados en las oficinas generales, por la razón manifestada al tratar de los