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1 - Funcas

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MESES. Ingreso mensual.<br />

MADRID. 645<br />

Ingreso que corres­<br />

ponde al año.<br />

7.904,770 25 94.857,248 28<br />

5.962,709 22 71.553,237 30<br />

5.882,691 6 70.592,294 4<br />

Abril 5.788,591 1 7 69.463,094 16<br />

Si prescindimos del cálculo anual sobre la base de las<br />

mensualidades, y buscamos la del trimestre, veremos que<br />

él primero presupone la suma de 79.000,920 rs. v 22 mrs.;<br />

el segundo la de 72.822,908 rs.; el tercero la de 81.035,318<br />

rs. y 32 mr., y el cuarto la de 127.708,278 rs. y 31 mrs.<br />

No debe sin embargo desconecerse, que la base del último<br />

trimestre no puede adoptarse en un artículo, del que forzosamente<br />

se ha de consumir mas cantidad en los tres meses<br />

á que se refiere, y mas en los dos últimos, época de<br />

mucha salazón, particularmente de cerdo. Creemos por<br />

consiguiente que están bien presupuestados los 100.820,000<br />

rs., y que se obtendrán, si los agentes del Gobierno consiguen<br />

custodiar bien las salinas y evitar el contrabando<br />

en cuanto sea posible en las circunstancias actuales.<br />

Veamos ahora qué gastos tiene la renta de la sal, presentando,<br />

como dato oficial, el resumen siguiente del presupuesto<br />

general de sueldos y gastos de la adm. provincial,<br />

y del de gastos reproductivos de la renta de sal para el<br />

¡mo de 1848.<br />

Admiuistracion pro-<br />

^ vincial<br />

Fáhricas de sal. . .<br />

Portes y fletes. . .<br />

Alquileres de edificios<br />

r,.P e<br />

, du<br />

f ida<br />

I'KUSONAL. MATEKIAL. TOTAL.<br />

496,300<br />

5.414,870<br />

1.009,220<br />

4.483,423<br />

14.021,000<br />

182,522<br />

1.505,300<br />

9.898,295<br />

14.021,000<br />

182,522<br />

Total 5.911,170 19.696,167 ;25.607,3I7<br />

... L l . . ± - .<br />

esta suma de los 100.820,000 rs. (ingresos calá"..<br />

\' resulta un beneficio de 75.212,683 rs. Pero to-<br />

. vía estos han de rebajarse con la parte que corresponde<br />

a renta de la sal en el presupuesto del resguardo tere<br />

Y rnarít., porque por tierra v por mar se hace el<br />

tabacos^<br />

S C h a C C d c d u c c i o n d e l o s<br />

; l s t o s<br />

8<br />

6.163,788 14 73.965,460 32<br />

6.253,347 19 75.040,170 24<br />

6.605,439 5 79.265,269 26<br />

6.595,470 22 79.145,647 26<br />

7.002,919 32 84.755,039 10<br />

7.509,252 22 90.111,033 30<br />

10.410,355 22 121.924,267 26<br />

14.007,461 8 108.089,534 28<br />

contrabando. Hemos dicho que la sal, salitre y pólvora,<br />

en nuestro juicio , figuraban por 7.426,256 rs. en los<br />

40.414,099 rs. vn. del presupuesto del resguardo ; y deduciendo<br />

250,000 rs., que es la cantidad mayor que puede<br />

aplicarse á la pólvora y al salitre, quedan para la sal<br />

7.170,256 rs., lo cual rebaja las utilidades que obtiene la<br />

Hacienda por este artículo a la suma de 68.036,427 rs. (*).<br />

Vemos, pues, que los beneficios líquidos suben á la suma<br />

de 68.036,427 rs., que es lo que verdaderamente constituye<br />

esta renta, porque las demás cantidades se invierten<br />

ya en el personal, ya en el material, ya en los medios deasegurar<br />

la esclusion de la renta de este artículo. ¿Y cuál<br />

es la contr. que por este concepto paga el pueblo español ?<br />

La suma que resulta superior al valor de la materia elaborada<br />

, habida consideración á los jornales que se emplean,<br />

y al beneficio legítimo de una sencilla operación de comercio.<br />

Pero de este cálculo nunca puede deducirse el alivio<br />

que pudieran recibir los contribuyentes con el desestanco<br />

de la sal, porque esto dependería de las condiciones con<br />

que se vendieran las salinas, y de los precios que después<br />

se fijasen al artículo elaborado. Mas no entremos en esta<br />

cuestión sumamente espinosa, en la que tanto se ha escrito<br />

, sobre la que hemos leido mucho, estudiando detenidamente<br />

las ventajas y desventajas del desestanco en los<br />

muchos informes de las diputaciones provinciales y sociedades<br />

económicas del pais, cuyos documentos hemos logrado<br />

reunir para el dia que se discuta un punto tan delicado.<br />

Teniendo presentes los gastos y los ingresos de<br />

esta renta, se ve que la relación dc aquellos con estos es<br />

de 32'31 por 100; y aplicando este resultado á los ingresos<br />

de la prov. de Madrid en 1847 , que fueron de 3.704,470 rs.<br />

y 33 mrs., se conoce que las utilidades que en la misma<br />

obtuvo la Hacienda por este concepto fueron de 2.500,148<br />

reales. Concluiremos el examen de esta renta diciendo,<br />

que siendo 90.146,838 rs. y 6 mrs. los ingresos habidos<br />

cn 1817, á cada hab. corresponden 7 rs. y 27 mrs., proporción<br />

inferior todavía á la que resulta en la prov. de<br />

Madrid, donde cada uno contribuye con la suma de 10 rs.<br />

y 1 maravedí.<br />

PAPEL SELLAHO. Principiaremos el examen de esta<br />

renta publicando el siguiente estado :<br />

ocasionados en las oficinas generales, por la razón manifestada al tratar de los

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