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Id a Tomás Principios fundamentales del ... - UCCuyo San Luis

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los principios <strong>fundamentales</strong> para una genuina renovación <strong>del</strong> pensamiento filosófico,<br />

indicando también las vías concretas a seguir» (Ib. 57).<br />

Así lo hizo, agrega Juan Pablo II, la encíclica Aeterni Patris. «El proponer de nuevo el<br />

pensamiento <strong>del</strong> Doctor Angélico» era para el Papa León XIII «el mejor camino para<br />

recuperar un uso de la filosofía conforme a las exigencias de la fe» (Fides et ratio, 57).<br />

Gracias a aquella intervención ponti/ficia, «los teólogos católicos más influyentes de<br />

este siglo, a cuya reflexión e investigación debe mucho el Concilio Vaticano II, son<br />

hijos de esta renovación de la filosofía tomista. La Iglesia ha podido así disponer, a lo<br />

largo <strong>del</strong> siglo XX, de un número notable de pensadores formados en la escuela <strong>del</strong><br />

Doctor Angélico» (Ib., 58).<br />

No obstante, añade el Papa, «si en diversas circunstancias ha sido necesario intervenir<br />

sobre este tema, reiterando el valor de las intuiciones <strong>del</strong> Doctor Angélico e insistiendo<br />

en el conocimiento de su pensamiento, se ha debido a que las directrices <strong>del</strong> Magisterio<br />

no han sido observadas siempre con la deseable disponibilidad» (Ib. 61).<br />

9<br />

Primacía de la doctrina tomista<br />

Puede concluirse, por ello, con Canals que «parece obvio que las XXIV tesis se<br />

proponen "a modo de normas directivas seguras" porque contienen algunos puntos<br />

característicos de aquella síntesis (...) la más coherente y armónica, edificada por <strong>San</strong>to<br />

<strong>Tomás</strong> de Aquino sobre aquellos fundamentos ciertos que son en <strong>San</strong>to <strong>Tomás</strong> lo<br />

capital de su doctrina filosófica» (Canals, 1998a, 110).<br />

En este texto, se refiere Canals a la respuesta de la Sagrada Congregación de Estudios,<br />

Dubia «Cum Summus», <strong>del</strong> 7 de marzo de 1916, en el pontificado de Benedicto XV. La<br />

cuestión que se preguntaba era «si las XXIV tesis de filosofía, aprobadas por la Sagrada<br />

congregación de Estudios, contienen verdaderamente la genuina doctrina de <strong>San</strong>to<br />

<strong>Tomás</strong>, y si, en caso afirmativo, deben ser impuestas en las Escuelas Católicas». La<br />

respuesta fue la siguiente:<br />

«Todas esas XXIV tesis de filosofía expresan la genuina doctrina de <strong>San</strong>to <strong>Tomás</strong>, y deben ser propuestas<br />

como normas directivas seguras» (Benedicto XV, AAS 8, 1916, 156-157).<br />

Un poco antes el mismo Papa había contestado a la siguiente carta <strong>del</strong> Prepósito General<br />

de la Compañía, P. Wladimiro Ledóchowski:<br />

«A los pies de Vuestra <strong>San</strong>tidad, pido humildemente a Vuestra <strong>San</strong>tidad que, para disipar todas las dudas,<br />

se digne aprobar la respuesta dada al R. P. General Martín sobre las cuestiones relativas a la distinción<br />

real entre esencia y existencia. La respuesta fue la siguiente: "La sentencia de la distinción real entre<br />

esencia y existencia es libre -tanto como su contraria- en la Compañía, y cualquiera puede seguirla y<br />

enseñarla, con tal de que cumpla dos condiciones: que no la tome como fundamento de toda la filosofía<br />

cristiana, y no la arguya como necesaria para probar la existencia de Dios, sus atributos, su infinitud, o la<br />

emplee para explicar e ilustrar debidamente los dogmas, y que no censure a los eximios doctores de la<br />

Compañía, de merecida alabanza en la Iglesia» (En Saranyana, 1992, 282-283).<br />

Esta carta, Ad pedes <strong>San</strong>ctitatis, alude a otra <strong>del</strong> P. <strong>Luis</strong> Martín, en el que planteaba la<br />

obligatoriedad de la tercera tesis, que establecía la distinción real de esencia y ser.<br />

Como observa Saranyana, «la insistencia <strong>del</strong> Papa, primero de carácter universal en la<br />

encíclica Aeterni Patris y después particularizada en la carta (Gravissime Nos), debió<br />

provocar algunas perplejidades entre los filósofos y teólogos jesuitas, incertidumbres

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