07.05.2013 Views

Pliego Definitivo - Copnia

Pliego Definitivo - Copnia

Pliego Definitivo - Copnia

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CONTRATISTA, deberá ser constituida a favor de entidades estatales y aprobada por el<br />

COPNIA. 2) El CONTRATISTA deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para<br />

mantener vigentes las garantías a que se refiere este contrato. 3) Será de cargo del<br />

CONTRATISTA, el oportuno pago de todas las primas y erogaciones de constitución y<br />

mantenimiento de las garantías a que se refiere esta cláusula. SÉPTIMA: CESIÓN DEL<br />

CONTRATO: a) El CONTRATISTA no puede ceder, ni total, ni parcialmente el presente<br />

contrato, sin previa autorización escrita del COPNIA. OCTAVA: OBLIGACIONES DE LAS<br />

PARTES: - I) OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Éste queda obligado a: 1) Realizar<br />

tres (3) entregas en cada una de las sedes de elementos de papelería y artículos de<br />

oficina, de acuerdo a la programación del COPNIA. 2) Entregar en perfectas condiciones y<br />

debidamente empacados los productos requeridos, garantizando las condiciones de los<br />

elementos de papelería y artículos de oficina en cuanto a la marca, unidades de medida y<br />

demás condiciones. 3) Los elementos a entregar en cada uno de los seccionales, deben<br />

estar empacados y rotulados con el respectivo destino. 4) Sufragar por su cuenta, los<br />

gastos que ocasionen las entregas en cada seccional del COPNIA. 5) Responder por los<br />

daños o pérdidas que se presenten en las entregas a nivel nacional. 6) Cumplir según el<br />

cronograma con los plazos de entrega de elementos de papelería y artículos de oficina. 7)<br />

Acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos<br />

profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto<br />

Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. II) OBLIGACIONES<br />

DEL COPNIA: Éste se obliga a 1) Facilitar la información para que EL CONTRATISTA<br />

pueda desarrollar su trabajo. Esta información corresponde a las cantidades de elementos<br />

a suministrar en la sede del Nacional y la fecha de envió a los Seccionales. 2) Pagar<br />

oportunamente al CONTRATISTA los bienes de conformidad con la cláusula cuarta del<br />

presente contrato. NOVENA: SANCIONES EL COPNIA, podrá imponer las siguientes<br />

sanciones conforme lo estipulado en el Art. 17 de la ley 1150 de 2007, y de acuerdo al<br />

procedimiento establecido en el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. a). MULTAS: En el<br />

evento de presentarse retardo en el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del<br />

contrato y con el fin de que el CONTRATISTA cumpla debidamente la ejecución del<br />

mismo, se impondrán multas cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por<br />

ciento (0.5%) del valor del contrato por cada día de retardo o incumplimiento y hasta por<br />

un plazo máximo de quince (15) días calendario en calidad de sanción. Esta sanción se<br />

impondrá conforme a lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007 y sus decretos Reglamentarios<br />

o normas que lo modifiquen o adicionen. EXTENSIÓN PARA LAS DEMÁS<br />

OBLIGACIONES CONTRACTUALES: Esta sanción puede hacerse efectiva por parte del<br />

COPNIA no sólo para la obligación de entregar el bien, sino para las demás obligaciones<br />

contractuales, especialmente si se trata de la obligación por parte del CONTRATISTA de<br />

suscribir las adiciones acordadas o cualquier otro acuerdo que conste en documento y que<br />

se perfeccione con la suscripción del mismo por las partes aquí involucradas. b).<br />

CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento grave y definitivo del<br />

contrato, se causará a cargo del CONTRATISTA una pena pecuniaria equivalente al veinte<br />

por ciento (20%) del valor del contrato, como estimación anticipada y parcial de los<br />

perjuicios que cause al COPNIA. El pago de la pena no extingue para el CONTRATISTA el<br />

CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA - COPNIA<br />

Calle 78 Nº 9-57 Piso 13 PBX 3220112 - email: contratacion@copnia.gov.co - Bogotá D.C.<br />

www.copnia.gov.co<br />

46

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!