Regasificadoras mar adentro - Sedigas
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La UE apuesta<br />
por la eficiencia energética<br />
PATRICIA BACCHETTI<br />
La edificación sostenible representa<br />
una pieza clave para que<br />
la Unión Europea cumpla los<br />
objetivos que se ha fijado en materia<br />
de cambio climático y para paliar la<br />
dependencia energética europea del<br />
exterior. Por ello, el Parlamento Europeo<br />
ha dado un paso definitivo con<br />
la refundición de la Directiva Europea<br />
de Eficiencia Energética, publicada<br />
el 18 de junio en el Diario Oficial de<br />
la UE. La directiva europea 2010/31/<br />
UE –Energy Performance of Buildings<br />
Directive (EPBD)–, que modifica la<br />
directiva de eficiencia energética en<br />
en la construcción<br />
El Parlamento Europeo ha dado luz verde a una<br />
nueva directiva que tiene como objetivo promover el<br />
ahorro energético en los edificios. De acuerdo a esta<br />
nueva legislación, todos los edificios construidos a<br />
partir de 2020 tendrán un consumo energético<br />
cercano a cero, mientras que los inmuebles<br />
existentes cumplirán con estándares más exigentes.<br />
edificios de 2002/91/CE, responde a<br />
la necesidad de instaurar acciones<br />
más concretas con el fin de aprovechar<br />
el gran potencial de ahorro de<br />
energía en los edificios y reducir las<br />
grandes diferencias que existen entre<br />
estados miembros en este sector. Y<br />
obligará a que los edificios sean autosuficientes<br />
y produzcan su propia<br />
energía en los próximos años.<br />
Objetivo: edificios<br />
con consumo casi cero<br />
La legislación introduce un nuevo<br />
concepto, el Net-Zero Energy Buildings<br />
(NZEB), para denominar a los<br />
edificios de balance energético cero.<br />
La norma contempla que, antes de<br />
que finalice 2020, todos los inmuebles<br />
nuevos deberán tener un consumo<br />
de energía casi nulo. Es decir que<br />
los edificios deberán producir casi<br />
tanta energía como la que consumen.<br />
Los Estados miembros deberán aplicar<br />
una metodología de cálculo de la<br />
eficiencia energética de los edificios<br />
que tendrá en cuenta las características<br />
térmicas reales del edificio, las<br />
instalaciones que consumen energía,<br />
la ventilación natural y mecánica<br />
o el diseño del inmueble, entre otros.<br />
Cuando se proceda a la sustitución<br />
o mejora de dichos elementos, és-<br />
tos deberán cumplir unos requisitos<br />
mínimos de eficiencia energética,<br />
que serán inspeccionados periódicamente<br />
a intervalos no superiores a<br />
cinco años.<br />
Jaume Salom, Group Leader en Energía<br />
Térmica y Edificación del Instituto<br />
de Investigación en Energía de Cataluña<br />
(IREC), explica que un edificio<br />
NZEB debe definirse como un “edificio<br />
bioclimático” en el que la aplicación<br />
de soluciones técnicas y de diseño<br />
reduzca la necesidad de aporte<br />
energético hasta niveles muy bajos<br />
sin comprometer el confort de sus<br />
ocupantes. “El concepto general está<br />
claro, no obstante, a nivel internacional<br />
se está trabajando para armonizar<br />
y clarificar lo que entendemos<br />
como NZEB y qué aspectos deben<br />
considerarse en el balance energético.<br />
A nivel nacional, este concepto<br />
deberá ser coherente con la política<br />
energética a medio plazo”, añade.<br />
El texto acordado exige la introducción<br />
de contadores inteligentes y sistemas<br />
de control y gestión orientados<br />
al ahorro de energía. Asimismo se establecerán<br />
requisitos para garantizar<br />
que instalaciones técnicas como las<br />
calefacciones, tuberías de agua caliente,<br />
sistemas de aire acondicionado<br />
y conductos de ventilación, sean<br />
sustituidos por infraestructuras más<br />
nuevas.<br />
Los ahorros del sector de la<br />
construcción<br />
La UE ha identificado al sector de la<br />
construcción como uno de los mercados<br />
con un potencial de ahorro<br />
energético más elevado. Este sector<br />
es responsable del 40% del consu-<br />
José Manuel Domínguez, de la<br />
Asistencia y Promoción Técnica<br />
NC de Gas Natural Fenosa,<br />
menciona tres razones por las<br />
que el gas natural permitirá<br />
cumplir con los objetivos de<br />
eficiencia energética:<br />
22 23<br />
Será obligatoria la<br />
introducción de<br />
contadores inteligentes<br />
y sistemas de control<br />
y gestión orientados al<br />
ahorro de energía<br />
Principales puntos de<br />
la Directiva de Eficiencia<br />
Energética de los Edificios<br />
Los Estados miembros deben establecer requisitos mínimos<br />
para la mejora energética de los edificios existentes.<br />
Los requisitos mínimos serán obligatorios para todos los trabajos<br />
de rehabilitación, independientemente de la superficie.<br />
Los Estados miembros deben calcular los niveles de eficiencia<br />
de coste óptimo y ajustar los requisitos nacionales a esos<br />
niveles.<br />
Los Certificados de Eficiencia Energética deberán estar expuestos<br />
públicamente en todos los edificios, incluidos los comerciales<br />
y públicos, con una superficie superior a 500 m 2 .<br />
1. Por sus características químicas,<br />
es la energía fósil con menor<br />
impacto ambiental, porque<br />
es la que produce una menor<br />
cantidad de emisiones de CO 2<br />
por cada kWh de energía útil.<br />
2. Al ser un combustible que no<br />
precisa transformaciones desde<br />
su extracción hasta su utilización<br />
en el punto final de uso, optimiza<br />
sus rendimientos de ciclo de vida.<br />
3. Por sus características de<br />
combustión, es la energía ideal<br />
para su uso en sistemas térmicos<br />
de alta eficiencia como son<br />
las calderas de condensación,<br />
los sistemas de cogeneración y<br />
las bombas de calor con motor<br />
endotérmico.<br />
mo energético y del 35% de las emisiones<br />
totales. El ahorro energético<br />
derivado de los edificios con eficiencia<br />
energética se sitúa en una media<br />
del 30% respecto de los edificios<br />
convencionales.<br />
Se establece a los propietarios de edificios la obligación de infor<strong>mar</strong><br />
a los potenciales compradores o inquilinos de las mejoras obtenidas<br />
con la rehabilitación energética y su nivel de certificación.<br />
Los Estados miembros deben diseñar instrumentos financieros<br />
para estimular las inversiones en eficiencia energética.<br />
Los Estados miembros deberán poner en <strong>mar</strong>cha sistemas más<br />
estrictos de control para asegurar el cumplimiento de las nuevas<br />
obligaciones.<br />
Un dato importante a reseñar es que la nueva directiva impone<br />
una revisión periódica de las partes accesibles de las instalaciones<br />
de calefacción cuando la potencia nominal útil de las calderas<br />
sea superior a 20 kW. La misma revisión se llevará a cabo en<br />
los sistemas de aire acondicionado cuya potencia nominal supere<br />
los 12 kW. Estas inspecciones, así como la certificación energética<br />
de los edificios, será realizada por expertos independientes<br />
debidamente cualificados o acreditados.