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Regasificadoras mar adentro - Sedigas

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La UE apuesta<br />

por la eficiencia energética<br />

PATRICIA BACCHETTI<br />

La edificación sostenible representa<br />

una pieza clave para que<br />

la Unión Europea cumpla los<br />

objetivos que se ha fijado en materia<br />

de cambio climático y para paliar la<br />

dependencia energética europea del<br />

exterior. Por ello, el Parlamento Europeo<br />

ha dado un paso definitivo con<br />

la refundición de la Directiva Europea<br />

de Eficiencia Energética, publicada<br />

el 18 de junio en el Diario Oficial de<br />

la UE. La directiva europea 2010/31/<br />

UE –Energy Performance of Buildings<br />

Directive (EPBD)–, que modifica la<br />

directiva de eficiencia energética en<br />

en la construcción<br />

El Parlamento Europeo ha dado luz verde a una<br />

nueva directiva que tiene como objetivo promover el<br />

ahorro energético en los edificios. De acuerdo a esta<br />

nueva legislación, todos los edificios construidos a<br />

partir de 2020 tendrán un consumo energético<br />

cercano a cero, mientras que los inmuebles<br />

existentes cumplirán con estándares más exigentes.<br />

edificios de 2002/91/CE, responde a<br />

la necesidad de instaurar acciones<br />

más concretas con el fin de aprovechar<br />

el gran potencial de ahorro de<br />

energía en los edificios y reducir las<br />

grandes diferencias que existen entre<br />

estados miembros en este sector. Y<br />

obligará a que los edificios sean autosuficientes<br />

y produzcan su propia<br />

energía en los próximos años.<br />

Objetivo: edificios<br />

con consumo casi cero<br />

La legislación introduce un nuevo<br />

concepto, el Net-Zero Energy Buildings<br />

(NZEB), para denominar a los<br />

edificios de balance energético cero.<br />

La norma contempla que, antes de<br />

que finalice 2020, todos los inmuebles<br />

nuevos deberán tener un consumo<br />

de energía casi nulo. Es decir que<br />

los edificios deberán producir casi<br />

tanta energía como la que consumen.<br />

Los Estados miembros deberán aplicar<br />

una metodología de cálculo de la<br />

eficiencia energética de los edificios<br />

que tendrá en cuenta las características<br />

térmicas reales del edificio, las<br />

instalaciones que consumen energía,<br />

la ventilación natural y mecánica<br />

o el diseño del inmueble, entre otros.<br />

Cuando se proceda a la sustitución<br />

o mejora de dichos elementos, és-<br />

tos deberán cumplir unos requisitos<br />

mínimos de eficiencia energética,<br />

que serán inspeccionados periódicamente<br />

a intervalos no superiores a<br />

cinco años.<br />

Jaume Salom, Group Leader en Energía<br />

Térmica y Edificación del Instituto<br />

de Investigación en Energía de Cataluña<br />

(IREC), explica que un edificio<br />

NZEB debe definirse como un “edificio<br />

bioclimático” en el que la aplicación<br />

de soluciones técnicas y de diseño<br />

reduzca la necesidad de aporte<br />

energético hasta niveles muy bajos<br />

sin comprometer el confort de sus<br />

ocupantes. “El concepto general está<br />

claro, no obstante, a nivel internacional<br />

se está trabajando para armonizar<br />

y clarificar lo que entendemos<br />

como NZEB y qué aspectos deben<br />

considerarse en el balance energético.<br />

A nivel nacional, este concepto<br />

deberá ser coherente con la política<br />

energética a medio plazo”, añade.<br />

El texto acordado exige la introducción<br />

de contadores inteligentes y sistemas<br />

de control y gestión orientados<br />

al ahorro de energía. Asimismo se establecerán<br />

requisitos para garantizar<br />

que instalaciones técnicas como las<br />

calefacciones, tuberías de agua caliente,<br />

sistemas de aire acondicionado<br />

y conductos de ventilación, sean<br />

sustituidos por infraestructuras más<br />

nuevas.<br />

Los ahorros del sector de la<br />

construcción<br />

La UE ha identificado al sector de la<br />

construcción como uno de los mercados<br />

con un potencial de ahorro<br />

energético más elevado. Este sector<br />

es responsable del 40% del consu-<br />

José Manuel Domínguez, de la<br />

Asistencia y Promoción Técnica<br />

NC de Gas Natural Fenosa,<br />

menciona tres razones por las<br />

que el gas natural permitirá<br />

cumplir con los objetivos de<br />

eficiencia energética:<br />

22 23<br />

Será obligatoria la<br />

introducción de<br />

contadores inteligentes<br />

y sistemas de control<br />

y gestión orientados al<br />

ahorro de energía<br />

Principales puntos de<br />

la Directiva de Eficiencia<br />

Energética de los Edificios<br />

Los Estados miembros deben establecer requisitos mínimos<br />

para la mejora energética de los edificios existentes.<br />

Los requisitos mínimos serán obligatorios para todos los trabajos<br />

de rehabilitación, independientemente de la superficie.<br />

Los Estados miembros deben calcular los niveles de eficiencia<br />

de coste óptimo y ajustar los requisitos nacionales a esos<br />

niveles.<br />

Los Certificados de Eficiencia Energética deberán estar expuestos<br />

públicamente en todos los edificios, incluidos los comerciales<br />

y públicos, con una superficie superior a 500 m 2 .<br />

1. Por sus características químicas,<br />

es la energía fósil con menor<br />

impacto ambiental, porque<br />

es la que produce una menor<br />

cantidad de emisiones de CO 2<br />

por cada kWh de energía útil.<br />

2. Al ser un combustible que no<br />

precisa transformaciones desde<br />

su extracción hasta su utilización<br />

en el punto final de uso, optimiza<br />

sus rendimientos de ciclo de vida.<br />

3. Por sus características de<br />

combustión, es la energía ideal<br />

para su uso en sistemas térmicos<br />

de alta eficiencia como son<br />

las calderas de condensación,<br />

los sistemas de cogeneración y<br />

las bombas de calor con motor<br />

endotérmico.<br />

mo energético y del 35% de las emisiones<br />

totales. El ahorro energético<br />

derivado de los edificios con eficiencia<br />

energética se sitúa en una media<br />

del 30% respecto de los edificios<br />

convencionales.<br />

Se establece a los propietarios de edificios la obligación de infor<strong>mar</strong><br />

a los potenciales compradores o inquilinos de las mejoras obtenidas<br />

con la rehabilitación energética y su nivel de certificación.<br />

Los Estados miembros deben diseñar instrumentos financieros<br />

para estimular las inversiones en eficiencia energética.<br />

Los Estados miembros deberán poner en <strong>mar</strong>cha sistemas más<br />

estrictos de control para asegurar el cumplimiento de las nuevas<br />

obligaciones.<br />

Un dato importante a reseñar es que la nueva directiva impone<br />

una revisión periódica de las partes accesibles de las instalaciones<br />

de calefacción cuando la potencia nominal útil de las calderas<br />

sea superior a 20 kW. La misma revisión se llevará a cabo en<br />

los sistemas de aire acondicionado cuya potencia nominal supere<br />

los 12 kW. Estas inspecciones, así como la certificación energética<br />

de los edificios, será realizada por expertos independientes<br />

debidamente cualificados o acreditados.

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