09.05.2013 Views

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Ve Claufulas Inftrumentales, Cap. L i $<br />

Juezes con fu conciencia, fon caftigados los Efcrivanos gravemente,<br />

que examinaren algún teíligo fin prefencia del Juez, cuya pena por la<br />

primera vez, es de dos mil maravedís, y por la fegunda, doblados,y<br />

por la tercera, privación de oñc\o,fegun la /.28 tit. 6. lib. 3. Reccp,<br />

Y hafe de notar, que no por efto fe caufa nulidad de las dichas informaciones;<br />

porque todas las vezes que fe probare, ó confiare , que la<br />

nulidad íc caufare por deícuydo, 6 malicia del Efcrivano, ó Juez, no<br />

íerá juíto^ue lo padezcan las partes, aora fean en caufas civiles, criminales<br />

, 6 executivas, vt ita notat Azeved. in el. /.2S. n, 6. in ¡in.<br />

17 Ibi: Al otorgamiento de la dicha eferiiura. d. Y es de advertir<br />

, que en qualquier tiempo , íi rio es por caufa de jufto impedimento<br />

, tiene obligación el Efcrivano á exerciiar fu oficio , aunque fea<br />

contra fu voluntad, y para ello puede fer apremiado , vt ejl text.in l.<br />

qutdamperfon¿, §. 1.jf.'de edendo, Avend. in c.i. Pratorum , n. 14.<br />

ver/'. Ñequeexcufatur, ¿>¡bLi$. tit.2lib. 4. Recop,<br />

2 a Y para que mas claramente fe pueda averiguar la verdad de<br />

las eferituras, que ante los dichos fe celebraren, y otorgaren, tienen<br />

obligación á ordenar por extenfo las dichas eferituras de la forma que<br />

fe otorgaron, fin dexar nada en blanco : porque de otra manera no<br />

hará fee, mas de aquello que íe hallare eferito, como confia, y fe'colige<br />

de las palabras de la dicha /. 1 $. tit. 25. til, 4. Re¿op. ibi: Mandamos<br />

, que cada vno de los Efcrivanos aya de tener , / tenga vn libro<br />

deprotoioh, encuadernado de pliego de papel entero, en el qual aya de<br />

efenvir,y eferiva por extenfo las notas de las eferituras , que ante el<br />

pajjaren,y fe huvieren de hazer, en la qual dicha nota fe contenga tada<br />

la eferitura, que fe huviere de otorgar por extenfo.<br />

29 Y no folo haze fee el original, pero también el frailado, fiendo<br />

eferito, y facado por el tenor del dicho original, fiendó autorizado<br />

del mifmo Efcrivano ante quien pafsó , aunque fea defpues del<br />

oficio : la qual autoridad noíele concede al fuceíTor en él , fino es<br />

que la dicha eícritura fe faca con citación de la otra parte , como en<br />

efecto es neceííario, fino es en cafo que fe le otorgaren todos los protocolos,<br />

y regifiros por inventario , y autoridad de Juez , vt htecom*<br />

ntaprebatur in l. 24.//V.15. //¿.4. Recop. ¿? ita docet Bald.Paul. S¿ Jaf.<br />

in Authent. Siquis in aliquo documento, Alex. & Jafon. in l. Si quis ex<br />

argenta* ij Sy§, Cogitur ,ff. de edendo.<br />

30 Y aviendofe facado vn traílado de fu original, no fe puede facar<br />

otro , fino es probando^ averfe perdido otro , citada lasarte, y<br />

con autoridad, y mandamiento de Juez, vt ita probatur ex Li y.d.tit.<br />

25/^.4. Recopilat. & in 12. tit. \9.part. Y fi el Efcrivano<br />

diere el dicho traílado en otra forma, fera caftigado con el interés,

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!