10.05.2013 Views

LEY DE TRANSITO N° 18.290 Introducción - Autoescuela Stop

LEY DE TRANSITO N° 18.290 Introducción - Autoescuela Stop

LEY DE TRANSITO N° 18.290 Introducción - Autoescuela Stop

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

www.autoescuelastop.cl<br />

3. Para efectuar un viraje a la izquierda desde una vía de doble tránsito a una de<br />

tránsito en un solo sentido, el vehículo deberá tomar previamente el costado<br />

derecho del eje de la línea central de la vía por donde se transita, y;<br />

4. El viraje a la izquierda de una vía de tránsito en un solo sentido, hacia otra de<br />

doble tránsito, deberá efectuarse de manera que el vehículo; una vez pasada la<br />

intersección, tome el costado derecho del eje de la línea central de la vía de doble<br />

tránsito.<br />

La Dirección de Vialidad o las Municipalidades según corresponda, podrán autorizar<br />

los virajes desde segunda pista, previa demarcación y señalización.<br />

CONDUCCIÓN Y CIRCULACIÓN<br />

De la Conducción<br />

Los conductores tienen derecho a transitar en<br />

sus vehículos por las vías públicas, salvo las<br />

excepciones que establece la ley de tránsito, y<br />

las medidas que, en contrario y en casos<br />

especiales adopte la autoridad competente.<br />

Todo conductor deberá mantener el control de su<br />

vehículo durante la circulación y conducirlo<br />

conforme a las normas de seguridad<br />

determinadas por la ley de tránsito, sin que por<br />

motivo alguno justifique el desconocimiento o<br />

cumplimiento de ellas.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!