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INFORME ANUAL - Gamesa

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72 | Informe Anual 2012<br />

Cuentas anuales consolidadas<br />

73 |<br />

Las subvenciones a la explotación son imputadas a resultados en el ejercicio en que se incurre<br />

en los gastos correspondientes. El epígrafe “Otros ingresos de explotación” de las cuentas de<br />

pérdidas y ganancias consolidadas correspondientes a los ejercicios 2012 y 2011 incluye unos<br />

importes de 270 y 539 miles de euros, respectivamente, por este concepto (Nota 28.a).<br />

n) Clasificación de pasivos corrientes y no<br />

corrientes-<br />

La clasificación de los pasivos entre corrientes y no corrientes se realiza teniendo en cuenta el<br />

plazo previsto para el vencimiento, enajenación o cancelación de la deuda. Así las deudas no<br />

corrientes corresponden a aquellos importes con vencimiento posterior a doce meses desde la<br />

fecha del balance, excepto por lo explicado a continuación.<br />

Los préstamos y créditos afectos a los parques eólicos destinados a la venta se clasifican como<br />

corrientes o no corrientes en función del plazo previsto para la venta del parque eólico, dado<br />

que esta enajenación, que se realiza a través de la venta de las acciones/participaciones de la<br />

sociedad anónima/limitada en la que estos parques eólicos están jurídicamente estructurados,<br />

lleva asociada la salida del perímetro de consolidación de todos sus activos y pasivos.<br />

Por este motivo, independientemente del calendario de vencimientos que contractualmente<br />

corresponda a esta financiación afecta, en el balance consolidado adjunto se clasifica como<br />

corriente el importe total de la financiación afecta a parques eólicos cuya venta está prevista en<br />

doce meses desde el cierre del ejercicio.<br />

ñ) Impuesto sobre las ganancias-<br />

Desde el ejercicio 2002, GAMESA y ciertas sociedades dependientes radicadas en el País<br />

Vasco sometidas a la normativa foral del Impuesto sobre Sociedades tributan por dicho<br />

impuesto acogidas al Régimen Especial de Consolidación Fiscal. Desde el ejercicio 2010, y<br />

como consecuencia del cambio de domicilio social de la Sociedad dominante del grupo fiscal<br />

(Nota 1), dicho Régimen se encuentra regulado por la Norma Foral 3/1996, de 26 de julio, de la<br />

Diputación Foral de Bizkaia, del Impuesto sobre Sociedades.<br />

Asimismo, desde el ejercicio 2010, las sociedades dependientes radicadas en la Comunidad<br />

Foral Navarra <strong>Gamesa</strong> Eólica, S.L. Unipersonal, <strong>Gamesa</strong> Innovation and Technology, S.L.<br />

Unipersonal y Estructuras Metálicas Singulares, S.A. Unipersonal tributan en Régimen de<br />

Consolidación Fiscal, regulado por la Norma Foral 24/1996, de 30 de diciembre, de la<br />

Comunidad Foral de Navarra, del Impuesto sobre Sociedades.<br />

Las sociedades extranjeras y el resto de sociedades españolas, que no tributen en régimen de<br />

consolidación fiscal, tributan de acuerdo con la legislación en vigor en sus respectivas<br />

jurisdicciones.<br />

La contabilización del gasto por Impuesto sobre Sociedades se realiza por el método del pasivo<br />

basado en el balance general. Este método consiste en la determinación de los impuestos<br />

anticipados y diferidos en función de las diferencias entre el valor en libros de los activos y<br />

pasivos y su base fiscal, utilizando las tasas fiscales que se espera objetivamente que estén en<br />

vigor cuando los activos y pasivos se realicen. Los impuestos diferidos activos y pasivos<br />

originados por cargos o abonos directos en cuentas de patrimonio se contabilizan también con<br />

cargo o abono a patrimonio.<br />

Sin embargo, los impuestos diferidos no se contabilizan si surgen del reconocimiento inicial de<br />

un activo o pasivo en una transacción, distinta de una combinación de negocios que, en el<br />

momento de la transacción, no afecta ni al resultado contable ni a la ganancia o pérdida fiscal.<br />

Informe Anual 2012<br />

Cuentas anuales consolidadas<br />

El Grupo GAMESA procede al reconocimiento de activos por impuestos diferidos siempre y<br />

cuando espere disponer de ganancias fiscales futuras contra las que cargar los impuestos<br />

diferidos activos por diferencias temporarias (Notas 24 y 26).<br />

Se reconocen impuestos diferidos sobre las diferencias temporarias asociadas a beneficios no<br />

distribuidos de sociedades filiales, excepto en aquellos casos en que el Grupo pueda controlar<br />

la fecha en que revertirán las diferencias temporarias y sea probable que éstas no vayan a<br />

revertir en un futuro previsible.<br />

Las deducciones de la cuota para evitar la doble imposición y por incentivos fiscales, y las<br />

bonificaciones del Impuesto sobre Sociedades originadas por hechos económicos acontecidos<br />

en el ejercicio minoran el gasto devengado por Impuesto sobre Sociedades, salvo que existan<br />

dudas sobre su realización.<br />

o) Acciones propias de la Sociedad<br />

Dominante-<br />

Las acciones propias de la Sociedad Dominante del Grupo GAMESA al cierre del ejercicio se<br />

registran a su coste de adquisición con cargo al epígrafe “Patrimonio Neto de la Sociedad<br />

dominante – Acciones propias” del balance consolidado (Nota 18.e).<br />

Las pérdidas y beneficios obtenidos por el Grupo GAMESA en la enajenación de sus acciones<br />

propias se registran con cargo o abono al patrimonio consolidado del Grupo.<br />

p) Provisiones-<br />

Se diferencia entre:<br />

- Provisiones: obligaciones presentes a la fecha del balance surgidas como<br />

consecuencia de sucesos pasados sobre las que existe incertidumbre acerca de su<br />

cuantía o vencimiento.<br />

- Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de<br />

sucesos pasados, cuya materialización está condicionada a que ocurran, o no, uno o<br />

más eventos futuros independientes de la voluntad de las sociedades consolidadas;<br />

u obligaciones posibles, cuya materialización es improbable o cuyo importe no puede<br />

estimarse con fiabilidad.<br />

Las cuentas anuales consolidadas del Grupo recogen todas las provisiones significativas con<br />

respecto a asuntos en los cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la<br />

obligación es mayor que de lo contrario y su importe puede medirse con fiabilidad. Los pasivos<br />

contingentes no se reconocen en las cuentas anuales consolidadas, sino que se informa sobre<br />

los mismos, excepto los que surgen en las combinaciones de negocios (Notas 2.g y 22).<br />

Las provisiones -que se cuantifican teniendo en consideración la mejor información disponible<br />

sobre las consecuencias del suceso en el que traen su causa y son reestimadas con ocasión de<br />

cada cierre contable- se utilizan para afrontar las obligaciones específicas para las cuales<br />

fueron originalmente reconocidas, procediéndose a su reversión, total o parcial, cuando dichas<br />

obligaciones dejan de existir o disminuyen.<br />

Su dotación se efectúa al nacimiento de la responsabilidad o de la obligación con cargo al<br />

epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias que corresponda según la naturaleza de la<br />

obligación por el valor presente de la provisión cuando el efecto de la actualización de la<br />

obligación resulta material.<br />

Por otro lado, las provisiones para garantías se reconocen en la fecha de venta de los<br />

productos pertinentes, sobre la base de la mejor estimación del gasto por este motivo que

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