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comparecenciaDG_ISSST+ - issste

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esponder a los intereses de la gente, lo que se está haciendo en México es realmente irse en contra de los<br />

trabajadores.<br />

¿Y por qué digo esto? Porque en el caso que nos ocupa, los trabajadores acreditados del FOVISSSTE tienen<br />

en estos momentos 100 órdenes de aprehensión, mil averiguaciones previas y 4 mil expedientes de acuerdo a<br />

las cifras que se nos dieron por parte de FOVISSSTE.<br />

Y esto ¿a raíz de qué? A raíz de que la Auditoría Superior de la Federación detectó que había un fraude, pero<br />

este fraude no es responsabilidad de los trabajadores. ¿Y por qué digo esto? Porque de acuerdo a la misma<br />

Ley del ISSSTE, que fue reformada en el 2007, señala claramente que es la Comisión Ejecutiva de Vivienda<br />

la que propone a la Junta Directiva del ISSSTE las reglas específicas de cada crédito.<br />

Por lo tanto, yo aquí diría que el fraude es responsabilidad directa del ISSSTE y de su director, ya que de<br />

acuerdo a la misma ley se señala que el vocal propone a la comisión los programas específicos de crédito, y<br />

este fondo de previsión social es un fondo que está constituido con las aportaciones que se dan por parte de<br />

los mismos trabajadores y que se registran en la subcuenta de vivienda.<br />

¿Qué es lo que ha sucedido? Que en estos momentos las mismas aportaciones quedan registradas en la<br />

subcuenta. Esto quiere decir que de ninguna manera puede plantearse que la institución desconocía el monto<br />

del crédito que se le estaba otorgando al trabajador, porque todo esto está dentro del mismo sistema de<br />

cómputo.<br />

Ahí en este registro se especifica obviamente cuánto es lo que está ganando el trabajador a partir del<br />

descuento que se les está haciendo a partir de esta aportación en donde se está originando este fondo social.<br />

Por lo tanto, de acuerdo a los mismos artículos, y yo le diría aquí, señor director, que estamos hablando del<br />

artículo 174, del artículo 175, del artículo 177, del artículo 179, todos de la Ley del ISSSTE que señala, en el<br />

caso concreto del 179 que los créditos se otorgarán considerando las subcuenta y desde luego, evidentemente<br />

el sueldo.<br />

O sea que no puede hacerse omiso el órgano que usted representa, el órgano que usted dirige con relación a<br />

cómo se fraguó este fraude. Usted me podrá decir: sí, pero yo no estaba al frente de la institución. Pues<br />

efectivamente, pero se tiene que dar respuesta como institución y no se tienen que ir por el hilo más delgado,<br />

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