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ROTOS "dESTRUCCION INSTITUCIONAL DE UNA ... - Prodeni

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PRO<strong>DE</strong>NI<br />

ASOCIACION PARA LOS <strong>DE</strong>RECHOS <strong>DE</strong>L NIÑO Y <strong>DE</strong> LA NIÑA<br />

Que todo el tiempo que el menor estuvo en el centro la dicente fue su<br />

psicóloga.<br />

Que no se efectuó ninguna prueba de credibilidad a Pablo.<br />

Que la primera denuncia fue presentada ante la Guardia Civil el día 16 de<br />

febrero de 2005 cuando Pablo se lo comunicó, pero los hechos habían<br />

sucedido el día 13.<br />

Que no entiende a que se refiere la pregunta del por qué si los hechos fueron<br />

el día 13 y tuvieron conocimiento el día 16, cómo es que presentaron con la<br />

denuncia documentos de la Junta compulsados el día 14.<br />

Que no recuerda porque el menor no fue (a la Guardia Civil) que tardó unos<br />

días en contarlo y la educadora misma decidió ir a la Guardia Civil.<br />

Que no recuerda si la Guardia Civil en la segunda ocasión le dijo que<br />

llevara al menor a declarar a Comisaría.<br />

Que no recuerda porque no llevaron al Juzgado a Pablo el día en que<br />

ocurrieron los hechos.<br />

Que preguntada sobre la edad mental del menor, que en el informe es de<br />

diez, que diga si el niño puede fabular, señala que el informe no lo emitió<br />

ella, que lo firma porque es un trámite administrativo (se refiere al informe<br />

educativo de 6 de julio 2004)<br />

Es una declaración que suscita dudas por varios “no recuerda”, un “no<br />

entiende” y el incomprensible dato de un informe que no se asume pero,<br />

firma por mero trámite administrativo… Y eso que la directora era la<br />

psicóloga de Pablo.<br />

Según la declarante, a Pablo lo abordó por primera vez su padre el 13 de<br />

febrero, si bien el chico se lo calló hasta el día 16, fecha en la que la<br />

educadora acudió a la Guardia Civil (se sabe que Pablo no compareció<br />

ante la Guardia Civil ni en la primera ni en la segunda). Sin embargo, está<br />

acreditado que acompañando a la denuncia que se interpuso el día 16, se<br />

adjuntaron documentos de la Junta compulsados para el efecto el día 14,<br />

o sea, dos días antes de que Pablo se lo contara a los técnicos del centro.<br />

A Pablo se le creyó sin más y no se tomó la precaución o cautela de<br />

aplicarle una prueba de credibilidad. Esa anomalía no es de extrañar si<br />

nos atenemos a que el propio centro habría influido con anterioridad en el<br />

adolescente al imponerle meses atrás acompañamiento en las salidas “por<br />

motivos de seguridad”. De otro lado, ¿Porque se dice en la denuncia “que<br />

no era la primera vez que le amenazaba”, si no hay ningún apunte,<br />

informe, ni registro que lo acredite? Todo fue preparado a conciencia y el<br />

experimento funcionó.<br />

Tf/Fax:952 39 07 45<br />

<strong>DE</strong>CLARADA <strong>DE</strong> UTILIDAD PÚBLICA<br />

www.prodeni.org<br />

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