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recomendación número: 005 /2005. quejoso: gabriel flores gómez ...

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permitan proyectar la imagen verdadera de un servidor público”.<br />

Artículo 58.- “Son obligaciones del personal sujeto a ésta<br />

Ley: I.- Cumplir con la Constitución General de la República, la<br />

Constitución Política del Estado y las leyes que de ellas emanen y,<br />

dentro de las atribuciones que les competen cuidar que las demás<br />

personas las cumplan; ....... XIII.- En caso de flagrante delito,<br />

poner al detenido, de inmediato, a disposición de la Autoridad<br />

competente.”<br />

Del Bando de Policía y Buen Gobierno para el Municipio<br />

de Izúcar de Matamoros, Puebla, en su artículo 22, vigente al<br />

momento de realizarse los hechos a que se contrae la presente<br />

queja, disponía:<br />

Artículo 22.- “El infractor dentro de las doce horas<br />

siguientes contadas a partir de la hora y fecha de su detención, será<br />

puesto a disposición del Juez Calificador para el efecto de que se le<br />

imponga la sanción correspondiente, sea presentado ante el Agente<br />

del Ministerio Público si la acción así lo amerita o bien ante el Juez<br />

Menor si así procede.”<br />

SEGUNDA.- Del análisis de los hechos puestos a<br />

consideración de este Organismo, de las evidencias obtenidas<br />

durante la investigación y atento al contenido de los dispositivos<br />

legales que fueron enunciados en el capitulo que precede, se llega a<br />

la conclusión de que se vulneraron los derechos humanos de<br />

Gabriel Flores Gómez y en consecuencia sus garantías individuales<br />

previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos<br />

Mexicanos.<br />

En efecto, la inconformidad de Gabriel Flores Gómez,<br />

esencialmente radica en el hecho de que aproximadamente a las<br />

17:40 horas del día 4 de abril de 2004, a la altura de la calle Allende<br />

y la carretera que va a Cuahutla, cerca del Centro Escolar de Izúcar<br />

de Matamoros, Puebla, fue detenido, maltratado y lesionado por el<br />

C. Pablo Manuel Vargas Rodríguez, Director de Seguridad Vial y<br />

Tránsito Municipal y elementos de la Policía Municipal de esa

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