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recomendación número: 005 /2005. quejoso: gabriel flores gómez ...

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policiacos de las patrullas 11 y 16 de la Policía Municipal de Izúcar<br />

de Matamoros que llegaron a ese lugar bajo el mando del<br />

Comandante Tamayo, que resguardaran al <strong>quejoso</strong>, se le hiciera un<br />

examen médico y posteriormente sería puesto a disposición del<br />

Ministerio Público (evidencia IV).<br />

c).- Oficio DSVTM/007/04 suscrito por el Jefe de<br />

circulación, adscrito a la Dirección de Seguridad Vial y Tránsito<br />

Municipal de Izúcar de Matamoros, Pue., que obra en actuaciones<br />

de la averiguación previa 291/04 (evidencia VIII inciso b), del que<br />

se desprende que el día 4 de abril de 2004, a la altura de la calle<br />

Prolongación Allende esquina con Eje Poniente, el C. Ing. Pablo<br />

Manuel Vargas, Director de Vialidad Municipal realizó la detención<br />

de Gabriel Flores Gómez y posteriormente solicitó la presencia<br />

elementos de Seguridad Pública para su aseguramiento y traslado<br />

(evidencia VIII inciso b), lo que permite concluir que el <strong>quejoso</strong> fue<br />

detenido en primera instancia por el Director de Vialidad Municipal<br />

mencionado y dado en custodia al comandante de la Policía<br />

Municipal de Izúcar de Matamoros, Pue., siendo finalmente puesto a<br />

disposición del Representante Social por conducto de un elemento<br />

de seguridad vial municipal.<br />

Las evidencias reseñadas, tienen pleno valor probatorio<br />

en términos del artículo 41 de la Ley de la Comisión de derechos<br />

Humanos del Estado de Puebla, en virtud de que en ellas se<br />

observa la versión de las autoridades que intervinieron en los<br />

hechos constitutivos de la queja y quienes aceptan expresamente<br />

que la detención de Gabriel Flores Gómez aconteció el 4 de abril de<br />

2004, aproximadamente a las 17:45 horas.<br />

Ahora bien, es necesario puntualizar que a pesar de que<br />

uno de los actos violatorios que reclama Gabriel Flores Gómez, es<br />

la detención realizada en su contra por el Director de Seguridad Vial<br />

y Tránsito Municipal de Izúcar de Matamoros, Puebla, de las<br />

evidencias que fueron obtenidas durante la investigación,<br />

especialmente de las actuaciones practicadas dentro de la<br />

indagatoria 291/2004, se infiere el acuerdo emitido a las 11:00 horas<br />

del día 5 de abril de 2004, por la Licenciada María Esther Santana<br />

Méndez, Agente del Ministerio Público Investigador Par, de Izúcar<br />

de Matamoros, Puebla, por el que decretó la formal detención de

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