Hogar Jubilado Amara-Berri.pdf
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Kontratazio eta Erosketen Atala<br />
Sección de Contratación y Compras<br />
Ijentea, 1 - Tel. 943481031 - 943481029 - 943481000 - Faxa 943481092<br />
20003 Donostia-San Sebastián<br />
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRÁ DE REGIR<br />
EN EL CONCURSO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA<br />
CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PUBLICO REFERENTE A LA<br />
EXPLOTACIÓN DEL BAR-COMEDOR DEL HOGAR DEL JUBILADO DE AMARA-BERRI.<br />
BD<br />
1º FORMA DE TRAMITACIÓN<br />
Ordinaria.<br />
2º OBJETO DEL CONTRATO<br />
La adjudicación, que mediante concurso se acuerde, tendrá por objeto la<br />
explotación del servicio de Bar-Comedor instalado en el <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong> de<br />
<strong>Amara</strong>-<strong>Berri</strong>.<br />
La explotación del servicio de Bar-Comedor comporta además la limpieza de las<br />
instalaciones y enseres directamente destinados al servicio de bar y cocina, así<br />
como la prestación del servicio de Conserjería del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>.<br />
3º VARIANTES O ALTERNATIVAS<br />
No se admiten.<br />
4º DURACIÓN<br />
El contrato tendrá una duración de un año, contado a partir de la fecha de la firma<br />
del mismo, con respeto de los plazos previstos en el art. 198 del Texto Refundido<br />
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000).<br />
Este contrato podrá prorrogarse por el término de otro año más como máximo,<br />
salvo denuncia en contrario por cualquiera de las partes, con al menos dos meses<br />
de antelación a la finalización del mismo.<br />
Dicha prórroga deberá ser expresa, sin que pueda llevarse a efecto por<br />
consentimiento tácito de las partes.<br />
5º CANON<br />
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El adjudicatario abonará al Ayuntamiento un canon mínimo anual de 60,00’€, que<br />
podrá ser mejorado por los licitadores en sus ofertas, pagaderos anticipadamente<br />
durante el primer trimestre del año a que corresponda.<br />
6º REVISIÓN DE PRECIOS<br />
En el supuesto de prórroga del contrato, el canon de adjudicación será<br />
incrementado mediante la aplicación del IPC de la C.A.P.V. del año natural<br />
inmediato anterior.<br />
7º GARANTÍAS<br />
Provisional: No se exige.<br />
Definitiva: El/la adjudicatari@ del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de<br />
las obligaciones contraídas, vendrá obligad@ a constituir, una garantía definitiva por<br />
importe de 300,00’€.<br />
El plazo para la total constitución de la citada garantía será de quince días<br />
naturales, contados desde el siguiente a aquel en que fuese notificad@ el/la<br />
adjudicatari@ a tal efecto.<br />
La prestación, constitución y efectos, responsabilidades a que se afectan, y<br />
devolución de las garantías se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos<br />
35 a 47 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones<br />
Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />
Las garantías que se constituyan en metálico, se ingresarán en KUTXA cuenta<br />
corriente nº 2101.0381.04.0000000018; las que se realicen por cualquier otro<br />
medio, de los admitidos por la legislación vigente, se presentarán ante el órgano de<br />
contratación o se depositarán en la Caja Municipal, de acuerdo con lo dispuesto en<br />
el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones<br />
Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />
8º CAPACIDAD PARA CONTRATAR<br />
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o<br />
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia<br />
económica, financiera y técnica o profesional.<br />
En ningún caso podrán contratar con el Ayuntamiento las personas en quienes<br />
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 20 del Texto<br />
Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L.<br />
2/2000)<br />
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Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad<br />
que desarrolle el/la licitador/a tenga relación directa con el objeto del contrato,<br />
según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite<br />
debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y<br />
personales necesarios para la ejecución del contrato.<br />
9º PUBLICIDAD<br />
Por tratarse de concurso mediante procedimiento abierto, se dará publicidad al<br />
mismo, según lo que dispone el artículo 78 del Texto Refundido de la Ley de<br />
Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000), mediante su<br />
publicación en el Boletín Oficial de Gipúzkoa.<br />
10º PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN<br />
El expediente de esta licitación, con las condiciones y demás elementos podrá ser<br />
examinado en la Sección de Contratación de este Ayuntamiento, calle Ijentea,1, de<br />
9:00 a 14:00 h, a partir del día siguiente a aquél en que aparezca publicado en el<br />
Boletín Oficial de la Provincia.<br />
Igualmente, en el mismo lugar y horario señalados, durante el plazo de quince días<br />
naturales, contados desde el siguiente al que aparezca el referido anuncio podrán<br />
presentarse proposiciones.<br />
Las proposiciones serán secretas y su presentación presume la aceptación<br />
incondicionada por el/la empresari@ del contenido de la totalidad de lo previsto en<br />
los Pliegos de Cláusulas Administrativas.<br />
A la documentación cuyo original esté escrito en idioma distinto del castellano o del<br />
euskara, deberá acompañarse traducción oficial a uno de los dos idiomas.<br />
Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados, con la firma del/de la<br />
presentador/a en el reverso, que deberán llevar la inscripción "Proposición para<br />
tomar parte en el concurso sobre ". También se indicará el nombre de la empresa<br />
que presenta la proposición. Los sobres deberán contener la siguiente<br />
documentación:<br />
a) Sobre 1: "CAPACIDAD PARA CONTRATAR"<br />
a.a) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica del/de la empresari@ y,<br />
en su caso, de su representación.<br />
La personalidad se acreditará:<br />
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- Si la empresa fuera persona jurídica, mediante la presentación de escritura de<br />
constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando<br />
sea éste requisito exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable.<br />
Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la<br />
escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que<br />
consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el<br />
correspondiente Registro oficial, siendo suficiente cuando se trate de empresari@s<br />
no españoles/as de estados miembros de la Comunidad Europea, acreditar su<br />
inscripción en un Registro Profesional o Comercial cuando este requisito sea<br />
exigido por la legislación del estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros<br />
deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada<br />
de España en el Estado correspondiente.<br />
- Si el licitador actúa en nombre propio, mediante la presentación del Documento<br />
Nacional de Identidad, o equivalente de su estado respectivo.<br />
- L@s que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otr@, presentarán<br />
copia del DNI, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona<br />
jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.<br />
- Cuando la proposición se formule por una agrupación de empresas, deberá<br />
presentarse, además, documento firmado por l@s representantes legales de todas<br />
ellas en el que se señale la participación de cada una en la Unión Temporal de<br />
Empresas a constituir y designarse la persona que durante la vigencia del contrato<br />
habrá de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración.<br />
Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente<br />
compulsada.<br />
a.b) Justificación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional por<br />
los siguientes medios:<br />
- Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia<br />
de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.<br />
- Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o<br />
extracto de las mismas en el supuesto de que la publicación de éstas sea<br />
obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas.<br />
- Copia del título de manipulador de alimentos, o compromiso de obtención del<br />
mismo en el plazo máximo de un mes contado a partir de la notificación de la<br />
adjudicación del contrato.<br />
- Justificante que acrediten la experiencia hostelera en bar, <strong>Hogar</strong>es del<br />
<strong>Jubilado</strong> o similares<br />
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- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos<br />
tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de<br />
los mismos.<br />
a.c) Declaración expresa responsable de no estar incurs@ en prohibición de<br />
contratar, conforme al artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de<br />
las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />
a.d) Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las<br />
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, debiendo presentarse, en el plazo<br />
máximo de 5 días hábiles, por el que vaya a resultar adjudicatario del contrato la<br />
justificación acreditativa de dicho requisito<br />
a.e) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la<br />
jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas<br />
las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con<br />
renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder<br />
al/a la solicitante.<br />
NOTA: Aquell@s licitadores/as que se encuentren inscrit@s en el Registro Oficial<br />
de Contratistas regulado por el Decreto 12/1.998, de 3 de febrero, por el que se<br />
regula el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi,<br />
podrán presentar copia compulsada del certificado expedido por el/la letrad@<br />
responsable del registro en sustitución de la documentación requerida en los<br />
apartados a.a), a.c), y a.d) .<br />
Quienes hubieren presentado la documentación requerida en el punto a.a) para otro<br />
expediente de contratación tramitado por la Sección de Contratación de este<br />
Ayuntamiento, dentro del año anterior a la fecha de adjudicación, quedarán<br />
exent@s de la obligación de presentarla nuevamente, siempre que no hubiera<br />
habido modificaciones en la misma, haciendo constar esa circunstancia mediante<br />
declaración responsable.<br />
b) Sobre 2: "PROPOSICIÓN ECONÓMICA", se deberá incluir:<br />
b.a) Proposición ajustada al siguiente modelo:<br />
"Don/Doña ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... .. ... ..., con domicilio<br />
en ... ... ... ... ... ... ... ... ... y DNI nº ... ... ... ... ... ... en nombre propio, o, en<br />
representación de ... ... ... ... ... ... ... ... ... con domicilio en ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... y<br />
DNI o CIF nº... ... ... ... ... ... ..., en plena posesión de mi capacidad jurídica y de<br />
obrar, enterad@ del pliego y de las condiciones facultativas aprobados por ese<br />
Ayuntamiento, a regir en el concurso para ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...<br />
... ...<br />
DECLARO<br />
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1º) Que me comprometo a su ejecución con arreglo a los citados documentos, por<br />
un precio de……..€ anuales.<br />
2º) Que conozco el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y demás<br />
documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y<br />
acato en su totalidad.<br />
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y<br />
obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente<br />
contrato.<br />
4º) Que, asimismo, me obligo al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en<br />
materia laboral y tributaria.<br />
En ... ... ... ... ... ... ... a ... ... ... de ... ... ... ... ... de 20 ...<br />
FIRMA"<br />
c) Sobre 3: “PLAN DE GESTION”<br />
En él describirá la prestación del servicio a realizar, detallando el personal y su<br />
capacitación, horario de comedor, menús a ofertar, etc.<br />
Las proposiciones también podrán ser enviadas por correo. En este caso, el/la<br />
empresari@ deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de<br />
Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante<br />
telex, telegrama o fax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no<br />
será admitida la proposición, si es recibida por el órgano de contratación con<br />
posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado.<br />
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin<br />
haberse recibido la proposición, ésta no será readmitida en ningún caso.<br />
11º APERTURA PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN<br />
La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en<br />
tiempo y forma y si observare defectos materiales o de forma, podrá conceder, si lo<br />
estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el/la licitador/a<br />
subsane el error.<br />
A las 10:00 horas del primer miércoles siguiente a aquel en que finalice el plazo de<br />
presentación de proposiciones, excepto si éste coincide en festivo, en cuyo caso se<br />
trasladará al primer día hábil siguiente, se reunirá la Mesa y procederá en acto<br />
público a la apertura de las proposiciones presentadas y las elevará, con el acta y la<br />
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propuesta de adjudicación - que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios<br />
de adjudicación - al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación del<br />
contrato.<br />
La Mesa podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos<br />
considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.<br />
El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el<br />
contrato a la proposición más ventajosa mediante la aplicación de los criterios de<br />
adjudicación establecidos en la cláusula siguiente, o de declararlo desierto,<br />
motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación<br />
que figuran en el pliego.<br />
12º CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN<br />
El órgano de contratación adjudicará el concurso, teniendo en cuenta, los siguientes<br />
criterios objetivos, según se indican por orden decreciente de importancia y con su<br />
ponderación correspondiente:<br />
- Plan de Gestión…………………………….. hasta 90 puntos<br />
Se valorarán todos y cada uno de los aspectos descritos en el artículo 10º,<br />
sobre nº3 del presente pliego.<br />
- Canon ofertado……..………………………. hasta 10 puntos<br />
Se otorgará un punto por cada 12’- € de incremento sobre el canon mínimo<br />
establecido.<br />
13º DOCUMENTOS EXIGIDOS AL/A LA ADJUDICATARI@<br />
El/la adjudicatari@, en un plazo de quince días naturales, contados a partir del<br />
siguiente al de notificación de la adjudicación del contrato, deberá presentar la<br />
siguiente documentación:<br />
- Justificante que acredite haber constituido la garantía definitiva prevista en la<br />
cláusula 7 del Pliego.<br />
Si el/la adjudicatari@ fuere una agrupación de empresas, deberá, antes de la firma<br />
del contrato, acreditar su constitución legal como Unión Temporal de Empresas y el<br />
CIF de la misma.<br />
14º PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO<br />
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el órgano de<br />
contratación competente.<br />
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El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de treinta<br />
días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación,<br />
constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro<br />
público.<br />
El/la adjudicatari@ podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura<br />
pública. En este caso, los gastos de formalización serán de cuenta del/de la<br />
adjudicatari@.<br />
15º MODIFICACIONES DEL CONTRATO<br />
El Ayuntamiento podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido<br />
a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el/la contratista a<br />
indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el art. 163 del Texto<br />
Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />
16º DERECHOS Y OBLIGACIONES<br />
- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del/de la contratista.<br />
- El contratista quedará obligado a darse de alta en el Impuesto de Actividades<br />
Económicas correspondiente a la actividad y en el Régimen de la Seguridad Social<br />
de Trabajadores Autónomos.<br />
- El/la contratista quedará obligad@ con respecto al personal que emplee en el<br />
servicio objeto de este contrato, al cumplimiento: de las disposiciones vigentes en<br />
materia de Legislación Laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos<br />
Laborales, y, de lo previsto en el art. 14 de la Constitución Española de 27 de<br />
diciembre de 1978.<br />
- El adjudicatario queda obligado a realizar su trabajo en el citado <strong>Hogar</strong> del<br />
<strong>Jubilado</strong>, debiendo mantenerlo abierto al público y en disposición de prestar todos<br />
los servicios que el <strong>Hogar</strong> entraña, todos los días del año, desde las 10 horas de la<br />
mañana a las 9 horas y 30 minutos de la noche, o durante los días y horas que en<br />
su caso se fije en las normas de funcionamiento del <strong>Hogar</strong> aprobadas por el<br />
Ayuntamiento, excepto las fechas que se acuerden entre el adjudicatario, la Junta<br />
Directiva y el Ayuntamiento para las vacaciones y el descanso semanal.<br />
- Dentro de las funciones de Conserjería, controlará el acceso a los locales, cuidará<br />
de la seguridad de los mismos, se ocupará de la apertura y cierre, siendo<br />
depositario de las llaves de acceso a ello y respondiendo de su uso, y cuidará del<br />
orden y de la buena convivencia dentro del <strong>Hogar</strong>.<br />
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- La limpieza de los locales e instalaciones y enseres directamente destinados al<br />
Bar-Comedor deberá realizarse diariamente y se hará con la diligencia propia del<br />
caso.<br />
- El contratista deberá realizar directa y personalmente las funciones propias a las<br />
que se refiere el presente contrato, pudiendo tener como colaboradores en su<br />
trabajo a personas de su familia, quienes por ello no adquirirán ningún derecho de<br />
dependencia o relación con el Ayuntamiento, debiendo en este último caso poner en<br />
conocimiento del Ayuntamiento los nombres de las personas que habitualmente<br />
presten tal colaboración.<br />
- Se deberá garantizar la atención en el idioma oficial de la C.A.V. que el ciudadano<br />
requiera.<br />
- El Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, en el momento de comenzar este<br />
contrato tiene instalados los útiles y enseres necesarios para el normal<br />
funcionamiento del Bar y del resto de las instalaciones del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>, los<br />
cuales revertirán al Ayuntamiento en las mismas condiciones de uso al final de la<br />
concesión, y que consta en el inventario que se une a este Pliego y que será todo<br />
ello entregado al contratista-adjudicatario, y de lo cual se levantará Acta pertinente.<br />
Serán usuarios del Bar-Comedor los socios del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>, así como las<br />
personas que sin tener la condición de socios cumplan con las previsiones de las<br />
Normas de funcionamiento interno del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>.<br />
- Los precios de las consumiciones no serán en ningún caso superiores a las<br />
aprobadas por el Ayuntamiento y que figurarán expuestas al público en la<br />
correspondiente lista de precios.<br />
Dicho listado de precios, así como cualquier aviso se expondrán al público<br />
redactados en euskera y castellano.<br />
- Será por cuenta del contratista la reposición y reparación del material de servicio<br />
del Bar-Comedor que se deteriore durante el periodo de vigencia del contrato, y<br />
asimismo los gastos por útiles y productos de limpieza.<br />
- El adjudicatario vendrá obligado durante el tiempo que dure el contrato a mantener<br />
un esmerado servicio tanto en lo que se refiere al del Bar-Comedor como al de<br />
Conserjería y limpieza de las instalaciones atendiendo en todo momento a las<br />
normas que al respecto dé el Ayuntamiento incluidas las necesarias para el correcto<br />
servicio de comedor, y asimismo deberá cumplir cuantas normas o disposiciones de<br />
carácter sanitario-alimentario se dicten para establecimientos públicos y,<br />
especialmente, deberá justificar que él o la persona que realice las labores de<br />
cocina posea el título de manipulador de alimentos, o se comprometa a obtenerlo en<br />
el plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha de adjudicación del<br />
contrato.<br />
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- Las personas que presten servicios en el <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong> estarán pulcra y<br />
adecuadamente vestidas, debiéndose atener a cuantas instrucciones se reciban de<br />
la Alcaldía o departamento de Bienestar Social a este respecto.<br />
- El Ayuntamiento a través del Servicio de Bienestar Social o persona que designe<br />
en cada caso el Iltmo. Sr. Alcalde podrá realizar la función de vigilancia y control<br />
respecto al funcionamiento del local, su orden interior, horario de apertura y cierre,<br />
limpieza y condiciones sanitarias de locales y servicios, incluidos los departamentos<br />
de bar y cocina. Para ello el Ayuntamiento tendrá libre acceso a todos los lugares e<br />
instalaciones del <strong>Hogar</strong>.<br />
- Si se encontraré deficiencia alguna se levantará la oportuna Acta que en la<br />
primera ocasión dará lugar a apercibimiento por escrito, y en la segunda producirá<br />
el efecto de rescisión del contrato sin derecho alguno para el contratante que habrá<br />
de abandonar el local y poner todos sus efectos a disposición de la Alcaldía en el<br />
plazo de tres días a contar de la fecha del requerimiento.<br />
Si no abandonare el local, aparte de la responsabilidad penal en que pueda incurrir,<br />
el Ayuntamiento a través de cualquiera de sus órganos, podrá emplear las medidas<br />
coactivas y de apremio conducentes a tal fin.<br />
- El contratista no podrá transferir el contrato a terceros sin autorización de la<br />
Corporación Municipal. Asimismo, tampoco podrá colocar carteles, letreros o<br />
anuncios publicitarios de ningún género, ni realizar obra alguna sin autorización<br />
expresa del Iltmo. Sr. Alcalde, quedando expresamente prohibido la instalación de<br />
máquinas de juego o tragaperras.<br />
- El Excmo. Ayuntamiento viene obligado a asegurar el local, sus instalaciones y<br />
mobiliario por las cantidades que consideren convenientes.<br />
- Se faculta al Ayuntamiento para denunciar el contrato, dejándolo sin efecto y con<br />
pérdida de la fianza definitiva por incumplimiento de cualquiera de las condiciones<br />
establecidas en este Pliego o propuesta como base del contrato.<br />
Asimismo, podrá exigir, en cualquier momento, estar al corriente en el pago de<br />
cuantas obligaciones de carácter económico se deriven del mismo, pudiendo con<br />
independencia de lo dispuesto en el párrafo anterior, proceder al cobro de las que<br />
se le adeuden por vía de apremio y con los recargos legales pertinentes.<br />
- El contrato se extinguirá al cumplirse el plazo por el que se otorga, quedando el<br />
contratista obligado a abonar y dejar libres y vacíos a disposición del Ayuntamiento,<br />
al finalizar el expresado plazo, el local y los demás bienes objeto de la misma,<br />
reconociendo la potestad municipal para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.<br />
- Será obligación del/de la empresari@ indemnizar los daños y perjuicios que se<br />
causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del<br />
servicio.<br />
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- El/la contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que<br />
desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las<br />
consecuencias que se deduzcan para la Administración o para tercer@s de las<br />
omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la<br />
ejecución del contrato. Sólo quedará exent@ de responsabilidad cuando los vicios<br />
que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o<br />
de las condiciones impuestas por ella.<br />
- La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas,<br />
para la prestación del servicio, correrá siempre a cargo del/de la adjudicatari@,<br />
quien deberá pedirlas en su nombre.<br />
- Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación<br />
con los servicios contratados se entienden confidenciales, debiendo guardar la<br />
identidad y el secreto de los mismos. El/la adjudicatari@ deberá indemnizar al<br />
Ayuntamiento y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la<br />
contravención del deber de sigilo profesional.<br />
- El/la adjudicatari@ deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los<br />
servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del<br />
contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Esta<br />
obligación se mantendrá hasta la finalización del periodo de garantía.<br />
- La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de<br />
tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del<br />
contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la normativa vigente<br />
sobre protección de datos de carácter personal.<br />
- La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de<br />
carácter personal que obtenga por razón del contrato con fín distinto al que figura<br />
en el mismo, ni cederlos, ni siquiera para su conservación a otras personas.<br />
- Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal<br />
tratados deberán ser entregados al Ayuntamiento. La empresa adjudicataria deberá<br />
destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Ayuntamiento motivada<br />
por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las<br />
debidas condiciones de seguridad por un periodo de cinco años.<br />
17º CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS Y OBJETO. PENALIDADES<br />
El/la contratista está obligad@ a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para<br />
la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su<br />
ejecución sucesiva.<br />
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Kontratazio eta Erosketen Atala<br />
Sección de Contratación y Compras<br />
Ijentea, 1 - Tel. 943481031 - 943481029 - 943481000 - Faxa 943481092<br />
20003 Donostia-San Sebastián<br />
Si el/la contratista, por causas imputables al/a la mism@, hubiera incurrido en<br />
demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar<br />
indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades<br />
previstas en el artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las<br />
Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000).<br />
Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte<br />
del/de la contratista respecto a los plazos parciales, cuando la demora en el<br />
cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad del<br />
cumplimiento del plazo total.<br />
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incumpla la ejecución<br />
parcial de las prestaciones definidas en el contrato, el Ayuntamiento, de<br />
conformidad con lo previsto en el art. 95-6 de la precitada disposición, optará,<br />
indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las siguientes<br />
penalidades: 15,00’ € por cada día de incumplimiento.<br />
18º RESOLUCIÓN DEL CONTRATO<br />
Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 111, 95-6, 167y<br />
168 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas<br />
(R.D.L. 2/2000)<br />
En cuanto a los efectos de la resolución se estará a lo regulado en los artículos 113<br />
y 169 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas<br />
(R.D.L. 2/2000)<br />
19º RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE<br />
El contrato tendrá carácter administrativo y se regirá por:<br />
- El presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas.<br />
- R.D.L. 2/2000, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos<br />
de las Administraciones Públicas.<br />
- Supletoriamente, regirán las normas generales del derecho administrativo y, sólo<br />
en su defecto, las del derecho privado.<br />
El desconocimiento por parte del/de la contratista de la normativa aplicable al<br />
contrato no eximirá al/a la mism@ de la obligación de su cumplimiento.<br />
La jurisdicción competente para el conocimiento de las discrepancias que puedan<br />
surgir del contrato será la contencioso-administrativa.<br />
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Kontratazio eta Erosketen Atala<br />
Sección de Contratación y Compras<br />
Ijentea, 1 - Tel. 943481031 - 943481029 - 943481000 - Faxa 943481092<br />
20003 Donostia-San Sebastián<br />
Las dudas que pudieran surgir para la aplicación e interpretación del contrato, su<br />
ejecución, modificación, cumplimiento por rescisión serán resueltas por el órgano de<br />
contratación, siendo sus acuerdos y resoluciones inmediatamente ejecutivos.<br />
Donostia-San Sebastián, a 12 de Febrero de 2.004<br />
EL JEFE DE SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS<br />
Fdo.: Mariano Huici Astiz<br />
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