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Kontratazio eta Erosketen Atala<br />

Sección de Contratación y Compras<br />

Ijentea, 1 - Tel. 943481031 - 943481029 - 943481000 - Faxa 943481092<br />

20003 Donostia-San Sebastián<br />

PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRÁ DE REGIR<br />

EN EL CONCURSO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA<br />

CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PUBLICO REFERENTE A LA<br />

EXPLOTACIÓN DEL BAR-COMEDOR DEL HOGAR DEL JUBILADO DE AMARA-BERRI.<br />

BD<br />

1º FORMA DE TRAMITACIÓN<br />

Ordinaria.<br />

2º OBJETO DEL CONTRATO<br />

La adjudicación, que mediante concurso se acuerde, tendrá por objeto la<br />

explotación del servicio de Bar-Comedor instalado en el <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong> de<br />

<strong>Amara</strong>-<strong>Berri</strong>.<br />

La explotación del servicio de Bar-Comedor comporta además la limpieza de las<br />

instalaciones y enseres directamente destinados al servicio de bar y cocina, así<br />

como la prestación del servicio de Conserjería del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>.<br />

3º VARIANTES O ALTERNATIVAS<br />

No se admiten.<br />

4º DURACIÓN<br />

El contrato tendrá una duración de un año, contado a partir de la fecha de la firma<br />

del mismo, con respeto de los plazos previstos en el art. 198 del Texto Refundido<br />

de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000).<br />

Este contrato podrá prorrogarse por el término de otro año más como máximo,<br />

salvo denuncia en contrario por cualquiera de las partes, con al menos dos meses<br />

de antelación a la finalización del mismo.<br />

Dicha prórroga deberá ser expresa, sin que pueda llevarse a efecto por<br />

consentimiento tácito de las partes.<br />

5º CANON<br />

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Kontratazio eta Erosketen Atala<br />

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20003 Donostia-San Sebastián<br />

El adjudicatario abonará al Ayuntamiento un canon mínimo anual de 60,00’€, que<br />

podrá ser mejorado por los licitadores en sus ofertas, pagaderos anticipadamente<br />

durante el primer trimestre del año a que corresponda.<br />

6º REVISIÓN DE PRECIOS<br />

En el supuesto de prórroga del contrato, el canon de adjudicación será<br />

incrementado mediante la aplicación del IPC de la C.A.P.V. del año natural<br />

inmediato anterior.<br />

7º GARANTÍAS<br />

Provisional: No se exige.<br />

Definitiva: El/la adjudicatari@ del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de<br />

las obligaciones contraídas, vendrá obligad@ a constituir, una garantía definitiva por<br />

importe de 300,00’€.<br />

El plazo para la total constitución de la citada garantía será de quince días<br />

naturales, contados desde el siguiente a aquel en que fuese notificad@ el/la<br />

adjudicatari@ a tal efecto.<br />

La prestación, constitución y efectos, responsabilidades a que se afectan, y<br />

devolución de las garantías se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos<br />

35 a 47 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones<br />

Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />

Las garantías que se constituyan en metálico, se ingresarán en KUTXA cuenta<br />

corriente nº 2101.0381.04.0000000018; las que se realicen por cualquier otro<br />

medio, de los admitidos por la legislación vigente, se presentarán ante el órgano de<br />

contratación o se depositarán en la Caja Municipal, de acuerdo con lo dispuesto en<br />

el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones<br />

Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />

8º CAPACIDAD PARA CONTRATAR<br />

Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o<br />

extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia<br />

económica, financiera y técnica o profesional.<br />

En ningún caso podrán contratar con el Ayuntamiento las personas en quienes<br />

concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 20 del Texto<br />

Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L.<br />

2/2000)<br />

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Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad<br />

que desarrolle el/la licitador/a tenga relación directa con el objeto del contrato,<br />

según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite<br />

debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y<br />

personales necesarios para la ejecución del contrato.<br />

9º PUBLICIDAD<br />

Por tratarse de concurso mediante procedimiento abierto, se dará publicidad al<br />

mismo, según lo que dispone el artículo 78 del Texto Refundido de la Ley de<br />

Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000), mediante su<br />

publicación en el Boletín Oficial de Gipúzkoa.<br />

10º PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN<br />

El expediente de esta licitación, con las condiciones y demás elementos podrá ser<br />

examinado en la Sección de Contratación de este Ayuntamiento, calle Ijentea,1, de<br />

9:00 a 14:00 h, a partir del día siguiente a aquél en que aparezca publicado en el<br />

Boletín Oficial de la Provincia.<br />

Igualmente, en el mismo lugar y horario señalados, durante el plazo de quince días<br />

naturales, contados desde el siguiente al que aparezca el referido anuncio podrán<br />

presentarse proposiciones.<br />

Las proposiciones serán secretas y su presentación presume la aceptación<br />

incondicionada por el/la empresari@ del contenido de la totalidad de lo previsto en<br />

los Pliegos de Cláusulas Administrativas.<br />

A la documentación cuyo original esté escrito en idioma distinto del castellano o del<br />

euskara, deberá acompañarse traducción oficial a uno de los dos idiomas.<br />

Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados, con la firma del/de la<br />

presentador/a en el reverso, que deberán llevar la inscripción "Proposición para<br />

tomar parte en el concurso sobre ". También se indicará el nombre de la empresa<br />

que presenta la proposición. Los sobres deberán contener la siguiente<br />

documentación:<br />

a) Sobre 1: "CAPACIDAD PARA CONTRATAR"<br />

a.a) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica del/de la empresari@ y,<br />

en su caso, de su representación.<br />

La personalidad se acreditará:<br />

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- Si la empresa fuera persona jurídica, mediante la presentación de escritura de<br />

constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando<br />

sea éste requisito exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable.<br />

Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la<br />

escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que<br />

consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el<br />

correspondiente Registro oficial, siendo suficiente cuando se trate de empresari@s<br />

no españoles/as de estados miembros de la Comunidad Europea, acreditar su<br />

inscripción en un Registro Profesional o Comercial cuando este requisito sea<br />

exigido por la legislación del estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros<br />

deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada<br />

de España en el Estado correspondiente.<br />

- Si el licitador actúa en nombre propio, mediante la presentación del Documento<br />

Nacional de Identidad, o equivalente de su estado respectivo.<br />

- L@s que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otr@, presentarán<br />

copia del DNI, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona<br />

jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.<br />

- Cuando la proposición se formule por una agrupación de empresas, deberá<br />

presentarse, además, documento firmado por l@s representantes legales de todas<br />

ellas en el que se señale la participación de cada una en la Unión Temporal de<br />

Empresas a constituir y designarse la persona que durante la vigencia del contrato<br />

habrá de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración.<br />

Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente<br />

compulsada.<br />

a.b) Justificación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional por<br />

los siguientes medios:<br />

- Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia<br />

de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.<br />

- Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o<br />

extracto de las mismas en el supuesto de que la publicación de éstas sea<br />

obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas.<br />

- Copia del título de manipulador de alimentos, o compromiso de obtención del<br />

mismo en el plazo máximo de un mes contado a partir de la notificación de la<br />

adjudicación del contrato.<br />

- Justificante que acrediten la experiencia hostelera en bar, <strong>Hogar</strong>es del<br />

<strong>Jubilado</strong> o similares<br />

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- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos<br />

tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de<br />

los mismos.<br />

a.c) Declaración expresa responsable de no estar incurs@ en prohibición de<br />

contratar, conforme al artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de<br />

las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />

a.d) Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las<br />

obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, debiendo presentarse, en el plazo<br />

máximo de 5 días hábiles, por el que vaya a resultar adjudicatario del contrato la<br />

justificación acreditativa de dicho requisito<br />

a.e) Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la<br />

jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas<br />

las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con<br />

renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder<br />

al/a la solicitante.<br />

NOTA: Aquell@s licitadores/as que se encuentren inscrit@s en el Registro Oficial<br />

de Contratistas regulado por el Decreto 12/1.998, de 3 de febrero, por el que se<br />

regula el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi,<br />

podrán presentar copia compulsada del certificado expedido por el/la letrad@<br />

responsable del registro en sustitución de la documentación requerida en los<br />

apartados a.a), a.c), y a.d) .<br />

Quienes hubieren presentado la documentación requerida en el punto a.a) para otro<br />

expediente de contratación tramitado por la Sección de Contratación de este<br />

Ayuntamiento, dentro del año anterior a la fecha de adjudicación, quedarán<br />

exent@s de la obligación de presentarla nuevamente, siempre que no hubiera<br />

habido modificaciones en la misma, haciendo constar esa circunstancia mediante<br />

declaración responsable.<br />

b) Sobre 2: "PROPOSICIÓN ECONÓMICA", se deberá incluir:<br />

b.a) Proposición ajustada al siguiente modelo:<br />

"Don/Doña ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... .. ... ..., con domicilio<br />

en ... ... ... ... ... ... ... ... ... y DNI nº ... ... ... ... ... ... en nombre propio, o, en<br />

representación de ... ... ... ... ... ... ... ... ... con domicilio en ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... y<br />

DNI o CIF nº... ... ... ... ... ... ..., en plena posesión de mi capacidad jurídica y de<br />

obrar, enterad@ del pliego y de las condiciones facultativas aprobados por ese<br />

Ayuntamiento, a regir en el concurso para ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...<br />

... ...<br />

DECLARO<br />

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1º) Que me comprometo a su ejecución con arreglo a los citados documentos, por<br />

un precio de……..€ anuales.<br />

2º) Que conozco el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y demás<br />

documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y<br />

acato en su totalidad.<br />

3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y<br />

obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente<br />

contrato.<br />

4º) Que, asimismo, me obligo al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en<br />

materia laboral y tributaria.<br />

En ... ... ... ... ... ... ... a ... ... ... de ... ... ... ... ... de 20 ...<br />

FIRMA"<br />

c) Sobre 3: “PLAN DE GESTION”<br />

En él describirá la prestación del servicio a realizar, detallando el personal y su<br />

capacitación, horario de comedor, menús a ofertar, etc.<br />

Las proposiciones también podrán ser enviadas por correo. En este caso, el/la<br />

empresari@ deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de<br />

Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante<br />

telex, telegrama o fax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no<br />

será admitida la proposición, si es recibida por el órgano de contratación con<br />

posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado.<br />

Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin<br />

haberse recibido la proposición, ésta no será readmitida en ningún caso.<br />

11º APERTURA PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN<br />

La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en<br />

tiempo y forma y si observare defectos materiales o de forma, podrá conceder, si lo<br />

estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el/la licitador/a<br />

subsane el error.<br />

A las 10:00 horas del primer miércoles siguiente a aquel en que finalice el plazo de<br />

presentación de proposiciones, excepto si éste coincide en festivo, en cuyo caso se<br />

trasladará al primer día hábil siguiente, se reunirá la Mesa y procederá en acto<br />

público a la apertura de las proposiciones presentadas y las elevará, con el acta y la<br />

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propuesta de adjudicación - que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios<br />

de adjudicación - al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación del<br />

contrato.<br />

La Mesa podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos<br />

considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.<br />

El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el<br />

contrato a la proposición más ventajosa mediante la aplicación de los criterios de<br />

adjudicación establecidos en la cláusula siguiente, o de declararlo desierto,<br />

motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación<br />

que figuran en el pliego.<br />

12º CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN<br />

El órgano de contratación adjudicará el concurso, teniendo en cuenta, los siguientes<br />

criterios objetivos, según se indican por orden decreciente de importancia y con su<br />

ponderación correspondiente:<br />

- Plan de Gestión…………………………….. hasta 90 puntos<br />

Se valorarán todos y cada uno de los aspectos descritos en el artículo 10º,<br />

sobre nº3 del presente pliego.<br />

- Canon ofertado……..………………………. hasta 10 puntos<br />

Se otorgará un punto por cada 12’- € de incremento sobre el canon mínimo<br />

establecido.<br />

13º DOCUMENTOS EXIGIDOS AL/A LA ADJUDICATARI@<br />

El/la adjudicatari@, en un plazo de quince días naturales, contados a partir del<br />

siguiente al de notificación de la adjudicación del contrato, deberá presentar la<br />

siguiente documentación:<br />

- Justificante que acredite haber constituido la garantía definitiva prevista en la<br />

cláusula 7 del Pliego.<br />

Si el/la adjudicatari@ fuere una agrupación de empresas, deberá, antes de la firma<br />

del contrato, acreditar su constitución legal como Unión Temporal de Empresas y el<br />

CIF de la misma.<br />

14º PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO<br />

El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el órgano de<br />

contratación competente.<br />

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El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de treinta<br />

días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación,<br />

constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro<br />

público.<br />

El/la adjudicatari@ podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura<br />

pública. En este caso, los gastos de formalización serán de cuenta del/de la<br />

adjudicatari@.<br />

15º MODIFICACIONES DEL CONTRATO<br />

El Ayuntamiento podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido<br />

a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el/la contratista a<br />

indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el art. 163 del Texto<br />

Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000)<br />

16º DERECHOS Y OBLIGACIONES<br />

- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del/de la contratista.<br />

- El contratista quedará obligado a darse de alta en el Impuesto de Actividades<br />

Económicas correspondiente a la actividad y en el Régimen de la Seguridad Social<br />

de Trabajadores Autónomos.<br />

- El/la contratista quedará obligad@ con respecto al personal que emplee en el<br />

servicio objeto de este contrato, al cumplimiento: de las disposiciones vigentes en<br />

materia de Legislación Laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos<br />

Laborales, y, de lo previsto en el art. 14 de la Constitución Española de 27 de<br />

diciembre de 1978.<br />

- El adjudicatario queda obligado a realizar su trabajo en el citado <strong>Hogar</strong> del<br />

<strong>Jubilado</strong>, debiendo mantenerlo abierto al público y en disposición de prestar todos<br />

los servicios que el <strong>Hogar</strong> entraña, todos los días del año, desde las 10 horas de la<br />

mañana a las 9 horas y 30 minutos de la noche, o durante los días y horas que en<br />

su caso se fije en las normas de funcionamiento del <strong>Hogar</strong> aprobadas por el<br />

Ayuntamiento, excepto las fechas que se acuerden entre el adjudicatario, la Junta<br />

Directiva y el Ayuntamiento para las vacaciones y el descanso semanal.<br />

- Dentro de las funciones de Conserjería, controlará el acceso a los locales, cuidará<br />

de la seguridad de los mismos, se ocupará de la apertura y cierre, siendo<br />

depositario de las llaves de acceso a ello y respondiendo de su uso, y cuidará del<br />

orden y de la buena convivencia dentro del <strong>Hogar</strong>.<br />

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- La limpieza de los locales e instalaciones y enseres directamente destinados al<br />

Bar-Comedor deberá realizarse diariamente y se hará con la diligencia propia del<br />

caso.<br />

- El contratista deberá realizar directa y personalmente las funciones propias a las<br />

que se refiere el presente contrato, pudiendo tener como colaboradores en su<br />

trabajo a personas de su familia, quienes por ello no adquirirán ningún derecho de<br />

dependencia o relación con el Ayuntamiento, debiendo en este último caso poner en<br />

conocimiento del Ayuntamiento los nombres de las personas que habitualmente<br />

presten tal colaboración.<br />

- Se deberá garantizar la atención en el idioma oficial de la C.A.V. que el ciudadano<br />

requiera.<br />

- El Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, en el momento de comenzar este<br />

contrato tiene instalados los útiles y enseres necesarios para el normal<br />

funcionamiento del Bar y del resto de las instalaciones del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>, los<br />

cuales revertirán al Ayuntamiento en las mismas condiciones de uso al final de la<br />

concesión, y que consta en el inventario que se une a este Pliego y que será todo<br />

ello entregado al contratista-adjudicatario, y de lo cual se levantará Acta pertinente.<br />

Serán usuarios del Bar-Comedor los socios del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>, así como las<br />

personas que sin tener la condición de socios cumplan con las previsiones de las<br />

Normas de funcionamiento interno del <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong>.<br />

- Los precios de las consumiciones no serán en ningún caso superiores a las<br />

aprobadas por el Ayuntamiento y que figurarán expuestas al público en la<br />

correspondiente lista de precios.<br />

Dicho listado de precios, así como cualquier aviso se expondrán al público<br />

redactados en euskera y castellano.<br />

- Será por cuenta del contratista la reposición y reparación del material de servicio<br />

del Bar-Comedor que se deteriore durante el periodo de vigencia del contrato, y<br />

asimismo los gastos por útiles y productos de limpieza.<br />

- El adjudicatario vendrá obligado durante el tiempo que dure el contrato a mantener<br />

un esmerado servicio tanto en lo que se refiere al del Bar-Comedor como al de<br />

Conserjería y limpieza de las instalaciones atendiendo en todo momento a las<br />

normas que al respecto dé el Ayuntamiento incluidas las necesarias para el correcto<br />

servicio de comedor, y asimismo deberá cumplir cuantas normas o disposiciones de<br />

carácter sanitario-alimentario se dicten para establecimientos públicos y,<br />

especialmente, deberá justificar que él o la persona que realice las labores de<br />

cocina posea el título de manipulador de alimentos, o se comprometa a obtenerlo en<br />

el plazo máximo de un mes contado a partir de la fecha de adjudicación del<br />

contrato.<br />

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- Las personas que presten servicios en el <strong>Hogar</strong> del <strong>Jubilado</strong> estarán pulcra y<br />

adecuadamente vestidas, debiéndose atener a cuantas instrucciones se reciban de<br />

la Alcaldía o departamento de Bienestar Social a este respecto.<br />

- El Ayuntamiento a través del Servicio de Bienestar Social o persona que designe<br />

en cada caso el Iltmo. Sr. Alcalde podrá realizar la función de vigilancia y control<br />

respecto al funcionamiento del local, su orden interior, horario de apertura y cierre,<br />

limpieza y condiciones sanitarias de locales y servicios, incluidos los departamentos<br />

de bar y cocina. Para ello el Ayuntamiento tendrá libre acceso a todos los lugares e<br />

instalaciones del <strong>Hogar</strong>.<br />

- Si se encontraré deficiencia alguna se levantará la oportuna Acta que en la<br />

primera ocasión dará lugar a apercibimiento por escrito, y en la segunda producirá<br />

el efecto de rescisión del contrato sin derecho alguno para el contratante que habrá<br />

de abandonar el local y poner todos sus efectos a disposición de la Alcaldía en el<br />

plazo de tres días a contar de la fecha del requerimiento.<br />

Si no abandonare el local, aparte de la responsabilidad penal en que pueda incurrir,<br />

el Ayuntamiento a través de cualquiera de sus órganos, podrá emplear las medidas<br />

coactivas y de apremio conducentes a tal fin.<br />

- El contratista no podrá transferir el contrato a terceros sin autorización de la<br />

Corporación Municipal. Asimismo, tampoco podrá colocar carteles, letreros o<br />

anuncios publicitarios de ningún género, ni realizar obra alguna sin autorización<br />

expresa del Iltmo. Sr. Alcalde, quedando expresamente prohibido la instalación de<br />

máquinas de juego o tragaperras.<br />

- El Excmo. Ayuntamiento viene obligado a asegurar el local, sus instalaciones y<br />

mobiliario por las cantidades que consideren convenientes.<br />

- Se faculta al Ayuntamiento para denunciar el contrato, dejándolo sin efecto y con<br />

pérdida de la fianza definitiva por incumplimiento de cualquiera de las condiciones<br />

establecidas en este Pliego o propuesta como base del contrato.<br />

Asimismo, podrá exigir, en cualquier momento, estar al corriente en el pago de<br />

cuantas obligaciones de carácter económico se deriven del mismo, pudiendo con<br />

independencia de lo dispuesto en el párrafo anterior, proceder al cobro de las que<br />

se le adeuden por vía de apremio y con los recargos legales pertinentes.<br />

- El contrato se extinguirá al cumplirse el plazo por el que se otorga, quedando el<br />

contratista obligado a abonar y dejar libres y vacíos a disposición del Ayuntamiento,<br />

al finalizar el expresado plazo, el local y los demás bienes objeto de la misma,<br />

reconociendo la potestad municipal para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento.<br />

- Será obligación del/de la empresari@ indemnizar los daños y perjuicios que se<br />

causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del<br />

servicio.<br />

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- El/la contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que<br />

desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las<br />

consecuencias que se deduzcan para la Administración o para tercer@s de las<br />

omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la<br />

ejecución del contrato. Sólo quedará exent@ de responsabilidad cuando los vicios<br />

que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o<br />

de las condiciones impuestas por ella.<br />

- La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas,<br />

para la prestación del servicio, correrá siempre a cargo del/de la adjudicatari@,<br />

quien deberá pedirlas en su nombre.<br />

- Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación<br />

con los servicios contratados se entienden confidenciales, debiendo guardar la<br />

identidad y el secreto de los mismos. El/la adjudicatari@ deberá indemnizar al<br />

Ayuntamiento y a las personas afectadas por los daños y perjuicios causados por la<br />

contravención del deber de sigilo profesional.<br />

- El/la adjudicatari@ deberá prestar, sin derecho de pago suplementario, los<br />

servicios que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del<br />

contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Esta<br />

obligación se mantendrá hasta la finalización del periodo de garantía.<br />

- La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de<br />

tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del<br />

contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la normativa vigente<br />

sobre protección de datos de carácter personal.<br />

- La empresa adjudicataria no podrá aplicar o utilizar los datos automatizados de<br />

carácter personal que obtenga por razón del contrato con fín distinto al que figura<br />

en el mismo, ni cederlos, ni siquiera para su conservación a otras personas.<br />

- Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal<br />

tratados deberán ser entregados al Ayuntamiento. La empresa adjudicataria deberá<br />

destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Ayuntamiento motivada<br />

por la posibilidad de ulteriores servicios, en cuyo caso se podrán almacenar, con las<br />

debidas condiciones de seguridad por un periodo de cinco años.<br />

17º CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS Y OBJETO. PENALIDADES<br />

El/la contratista está obligad@ a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para<br />

la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su<br />

ejecución sucesiva.<br />

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Kontratazio eta Erosketen Atala<br />

Sección de Contratación y Compras<br />

Ijentea, 1 - Tel. 943481031 - 943481029 - 943481000 - Faxa 943481092<br />

20003 Donostia-San Sebastián<br />

Si el/la contratista, por causas imputables al/a la mism@, hubiera incurrido en<br />

demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar<br />

indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades<br />

previstas en el artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las<br />

Administraciones Públicas (R.D.L. 2/2000).<br />

Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte<br />

del/de la contratista respecto a los plazos parciales, cuando la demora en el<br />

cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad del<br />

cumplimiento del plazo total.<br />

Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incumpla la ejecución<br />

parcial de las prestaciones definidas en el contrato, el Ayuntamiento, de<br />

conformidad con lo previsto en el art. 95-6 de la precitada disposición, optará,<br />

indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las siguientes<br />

penalidades: 15,00’ € por cada día de incumplimiento.<br />

18º RESOLUCIÓN DEL CONTRATO<br />

Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 111, 95-6, 167y<br />

168 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas<br />

(R.D.L. 2/2000)<br />

En cuanto a los efectos de la resolución se estará a lo regulado en los artículos 113<br />

y 169 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas<br />

(R.D.L. 2/2000)<br />

19º RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE<br />

El contrato tendrá carácter administrativo y se regirá por:<br />

- El presente Pliego de Condiciones Económico-Administrativas.<br />

- R.D.L. 2/2000, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos<br />

de las Administraciones Públicas.<br />

- Supletoriamente, regirán las normas generales del derecho administrativo y, sólo<br />

en su defecto, las del derecho privado.<br />

El desconocimiento por parte del/de la contratista de la normativa aplicable al<br />

contrato no eximirá al/a la mism@ de la obligación de su cumplimiento.<br />

La jurisdicción competente para el conocimiento de las discrepancias que puedan<br />

surgir del contrato será la contencioso-administrativa.<br />

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Kontratazio eta Erosketen Atala<br />

Sección de Contratación y Compras<br />

Ijentea, 1 - Tel. 943481031 - 943481029 - 943481000 - Faxa 943481092<br />

20003 Donostia-San Sebastián<br />

Las dudas que pudieran surgir para la aplicación e interpretación del contrato, su<br />

ejecución, modificación, cumplimiento por rescisión serán resueltas por el órgano de<br />

contratación, siendo sus acuerdos y resoluciones inmediatamente ejecutivos.<br />

Donostia-San Sebastián, a 12 de Febrero de 2.004<br />

EL JEFE DE SECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS<br />

Fdo.: Mariano Huici Astiz<br />

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